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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente documento el Contrato de Arrendamiento que celebran de una parte el ………

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente documento el Contrato de Arrendamiento que celebran de una parte el ……………………… , identificado con DNI N° ………….. , señalando domicilio legal en la ………………………………………………………, a quien en adelante se le llamará EL ARRENDADOR y de la otra parte el Sr. ............................................................................................... identificado con DNI N° ....................... a quien en adelante se le denominará EL ARRENDATARIO, ….. …………………………………………………………………………………………; Quienes celebran el acuerdo, en los términos y condiciones en las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO 1.1. EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO el inmueble ubicado en …………………………………………………………, provincia y departamento de Lima, así como los bienes muebles que este contenga. Dicha propiedad inmueble será destinada exclusivamente como Casa-habitación. SEGUNDA: PLAZO DEL ARRENDAMIENTO 2.1. Ambas partes convienen en fijar plazo de este contrato por 12 meses forzosos, iniciándose el alquiler el día ………………………………., finalizando el ………………………………………, fecha en que EL ARRENDATARIO desocupará y entregará el inmueble a EL ARRENDADOR. 2.2.

Si EL ARRENDATARIO deseara renovar el presente contrato a su vencimiento, deberá expresarlo así por escrito a EL ARRENDADOR con efectiva de vencimiento establecida en la sección 2.1 de esta cláusula, asimismo EL ARRENDADOR deberá responder por escrito dentro de los 15 días siguientes a recibir la solicitud de prorroga.

2.3.

El contrato podrá ser renovado con las condiciones que se establezcan para tal efecto; en caso contrario EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el inmueble y a hacer entrega del mismo a EL ARRENDADOR en las mismas condiciones en que le fue entregado.

TERCERA: RENTA Y LUCRO CESANTE 3.1 3.1.1 3.1.

La renta mensual pactada es de …………………………………………….. La mensualidad deberá pagarse por adelantado ambas de propiedad de ………………………………………………………………………………….. La falta de pago de 1 mensualidades vencidas y 15 días dará lugar a la resolución del presente contrato, se somete a un allanamiento voluntario y autoriza a EL ARRENDADOR a proceder al desalojo y cobranza ejecutiva de los arrendamientos devengados y de los daños y perjuicios correspondientes. Asimismo, la mora generará los intereses compensatorios y moratorios en la tasa más alta permitidas por Ley.

3.2.

En caso que EL ARRENDATARIO deseara dar por terminado el presente contrato antes del plazo pactado, deberá cursar una comunicación a EL ARRENDADOR con una anticipación no menor de 30 días calendario a la fecha en que decidiera devolver el inmueble a EL ARRENDADOR y deberá abonar una penalidad equivalente a 2 (dos) mensualidades de renta del inmueble por concepto de Lucro Cesante.

3.3.

Si EL ARRENDATARIO permanece en uso del inmueble arrendado luego del vencimiento del contrato sin que haya ocurrido la renovación del contrato estipulada en la cláusula segunda del presente contrato, se obliga a pagar como penalidad a EL ARRENDADOR el importe de US$50.00 (CIEN Y 00/100) DÓLARES AMERICANOS por cada día de demora en la desocupación y entrega del inmueble y sin perjuicio de la renta mensual pactada y de las acciones que por daños y perjuicios pueda iniciar EL ARRENDADOR.

CUARTA: PAGO ANTICIPADO DE RENTA 4.1. En la fecha de firma del presente contrato, EL ARRENDATARIO se compromete a abonar a EL ARRENDADOR la suma de S/. 1500 ( MIL QUINIENTOS y 00/100 ) NUEVOS SOLES, correspondiente al primer mes de renta. QUINTA: RECEPCION, MEJORAS, CONSERVACION Y DEVOLUCION DEL INMUEBLE 5.1. EL ARRENDATARIO no podrá hacer ninguna modificación o alteración del inmueble que afectará la estructura o acabado del mismo. Cualquier mejora de carácter permanente o estable que introduzca EL ARRENDATARIO en el inmueble, quedará en beneficio de este, y para hacerlo deberá pedir autorización escrita de EL ARRENDADOR. 5.2. Es de cargo de EL ARRENDATARIO del pago de los servicios de agua, luz eléctrica, teléfono, cable TV, internet, y demás servicios que contrate EL ARRENDADOR a favor de EL ARRENDATARIO (siempre y cuando EL ARRENDATARIO lo solicite), así como los gastos que originen la conservación y buen mantenimiento del inmueble materia de este contrato, sus servicios e instalaciones. 5.3. Es de cargo de EL ARRENDATARIO el pago de arbitrios municipales tales como serenazgo, limpieza, parques o cualquier otro tributo que pueda crearse que por naturaleza sea de cargo de EL ARRENDATARIO. Es de cargo de EL ARRENDADOR el pago del Impuesto Predial. 5.4. Todo daño o deterioro que sufriera el inmueble durante la vigencia del presente contrato derivado del mal uso deberán ser reparados por EL ARRRENDATARIO. En caso de desperfecto a causa de antigüedad, vicio de construcción o defectos fundamentales, o algún deterioro del inmueble en el plazo de 30 días después del ocupamiento del inmueble las reparaciones serán a cargo de EL ARRENDADOR.

5.5. El inmueble y los bienes muebles que se alquilan, se entregan en buenas condiciones, recién pintado y de estreno, por lo que EL ARRENDATARIO se compromete a mantener, conservar y devolver a EL ARRENDADOR, el inmueble y los bienes muebles mismos (servicios, puertas, luces, cerraduras, llaves, etc.) en las mismas condiciones en que los recibe, salvo el desgaste normal de uso cuidadoso. También se compromete devolver pintado previo a la devolución del mismo. 5.6. EL ARRENDADOR no asume ninguna responsabilidad de los desperfectos o robo que pudiera sufrir el vehículo o los vehículos de EL ARRENDATARIO o de sus familiares estacionados en el lugar correspondiente al parqueo, así como dentro del departamento. SEXTA: PROHIBIDO DE CESION Y SUBARRENDAMIENTO 6.1. EL ARRENDATARIO no podrá sub-arrendar, ni ceder total o parcialmente el inmueble, traspasar directa o indirectamente bajo cualquier forma o condición, ni dedicarlo a otro uso que el de casa-habitación, por lo que es causal de resolución del contrato. 6.2. EL ARRENDATARIO se obliga a no introducir sustancias inflamables en el inmueble, a no producir ruidos ni situaciones molestas para los vecinos, ni a dedicarlo a actividades distintas que la de casa-habitación. SEPTIMA: INSPECCION 7.1. EL ARRENDADOR personalmente o mediante apoderado debidamente acreditado para tal efecto, tiene derecho de inspeccionar el estado del inmueble, cada 11 meses, con un previo aviso de 7 días calendario. OCTAVA: GARANTIA 8.1. En garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas por EL ARRENDATARIO en el presente contrato, hace entrega a EL ARRENDADOR la suma de S/. 1000 ( MIL y 00/100 ) NUEVOS SOLES, cantidad que NO GENERARÁ intereses alguno y que será devuelta a EL ARRENDATARIO en la fecha del término y desocupación del inmueble materia del presente Contrato y previa constatación de su estado de conservación. 8.2. El dinero entregado en garantía podrá ser aplicado por EL ARRENDADOR para cubrir los eventuales daños que pudiera sufrir el inmueble por causa de EL ARRENDATARIO y entendiéndose que de ninguna manera se imputara la mencionada garantía al pago del arrendamiento. NOVENA: FIADOR SOLIDARIO 9.1 Interviene en el presente contrato la Sra. .................................................. .......................................................................... Campos cuyos datos constan en la introducción del presente contrato a fin de constituirse en FIADOR SOLIDARIO de EL ARRENDATARIO, fianza que cubrirá todas las mensualidades que se pudieran adeudar, los desperfectos que pudiera dejar EL ARRENDATARIO y en general

garantizará el fiel cumplimiento del contrato y servirá para cubrir cualquier obligación que no haya sido satisfecha por EL ARRENDATARIO y se mantendrá en caso de prórroga o renovación del presente contrato no pudiendo ser tachada de insuficiente en caso alguno. DECIMA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO, DE LA JURISDICCION Y LEY APLICABLE 10.1. Las disputas entre LAS PARTES respecto de la interpretación y/o aplicación del presente Contrato que no puedan ser resueltas mediante negociación directa en un plazo de 10 días calendarios, contados desde la fecha en que se reciba una comunicación por escrito informando la existencia del asunto materia de la disputa, serán resueltas por Arbitraje, sujeto a las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El Arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Lima. El Laudo Arbitral será definitivo e inapelable, renunciando LAS PARTES desde ya al fuero judicial de sus respectivos domicilios. LAS PARTES CONTRATANTES, señalan como sus domicilios legales los fijados en la introducción de este documento, no pudiendo variarlo sin previo aviso por Carta Notarial con diez días de anticipación y siempre que el cambio se verifique dentro del perímetro del radio urbano de la ciudad de Lima. 10.2. Cualquier variación de domicilio, para ser válida, deberá comunicarse a la otra parte, mediante carta remitida por conducto notarial. En señal de conformidad con la totalidad de las cláusulas que anteceden, EL ARRENDADOR y LA ARRENDATARIO suscriben el presente contrato por duplicado, considerándose un original para cada una de las partes. Firmado en Lima a los …. días del mes de ………………. del 2017

____________________________ EL ARRENDADOR Nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn DNI Nº nnnnnnnnnnn

_____________________________ EL ARRENDATARIO nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn DNI Nº mmmmmmmmm

___________________________ FIADOR SOLIDARIO ............................................... DNI N° ssssssssssssss