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REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL RESOLUCIÓN NÚMERCI

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SEP 2015

Por medio de la cual se resuelve la solicitud de modificación del registro calificado al programa de Administración en Salud Ocupacional de la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTOcon registro calificado otorgado mediante Resolución número 2794 de 6 de abril de 2011. LA VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, en ejercicio de las funciones delegadas mediante Resolución número 6663 de 2 de agosto de 2010, y las contenidas en la Ley 30 de 1992, la Ley 1188 de 2008, y el Decreto 1075 de 2015, y CONSIDERANDO: Que la Ley 30 de 1992 señala como objetivo de la educación superior y de sus instituciones, prestar a la comunidad un servicio con calidad referido a los resultados académicos, a los medios y procesos empleados, a la infraestructura institucional, a las dimensiones cualitativas y cuantitativas del mismo y a :as condiciones en que se desarrolla cada institución. Que la Ley 1188 de 2008 y el Decreto 1075 de 2015 establecen que para poder ofrecer y desarrollar un programa académico de educación superior se requiere haber obtenido registro calificado del mismo y determinan las condiciones de calidad que deberán demostrar las instituciones de educación superior para su obtención. Que mediante Resolución número 2794 de 6 de abril de 2011, el Ministerio de Educación Nacional otorgó registro calificado al programa de Administración en Salud Ocupacional, de la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTO- ofrecido bajo la metodología a distancia en Bogotá D.C. Que la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTO-, solicitó mediante proceso registrado en el sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior-SACES, llevar el programa de Administración en Salud Ocupacional ofrecido bajo la metodología a distancia en Bogotá D.C, a los centros tutoriales de Zipaquirá — (Cundinamarca); Villeta - (Cundinamarca); Villavicencio — (Meta); Villapinzón - (Cundinamarca); Ubaté - (Cundinamarca); Tibú — (Norte de Santander); Tenjo (Cundinamarca); Soacha - (Cundinamarca); Silvania - (Cundinamarca); Sílbate - (Cundinamarca); San Juan de Rioseco - (Cundinamarca); Puerto Carreño — (Vichada); Puerto Boyacá — (Boyacá); Pitalito — (Huila); Piedecuesta — (Santander); Pereira — (Risaralda); Pasto — (Nariño); Pacho (Cundinamarca); Orocue — (Casanare); Ocaña — (Norte de Santander); Neiva - (Huila); Mocoa — (Putumayo); Mitú — (Vaupés); Melgar — (Tolima); Medina - (Cundinamarca); Mariquita — (Tolima); Madrid - (Cundinamarca); Lérida - (Tolima); Líbano - (Tolima); La Vega - (Cundinamarca); La Palma (Cundinamarca); La Mesa - (Cundinamarca); La Dorada — (Caldas); Itagüí — (Antioquia); Ibagué (Tolima); Guasca - (Cundinamarca); Guaduas - (Cundinamarca); Girón — (Santander); Girardot (Cundinamarca); Garzón — (Huila); Funza - (Cundinamarca); Fresno - (Tolima); Florida — (Valle); Floridablanca — (Santander); Florencia — (Caquetá); Facatativá - (Cundinamarca); Choachi (Cundinamarca); Chinchiná — (Caldas); Cúcuta — (Norte de Santander); Cali - (Valle); Cajamarca (Tolima); Buga - (Valle); Buenaventura - (Valle); Bucaramanga — (Santander); Bello — (Antioquia); Barranquilla — (Atlántico); Barrancabermeja — (Santander); El Bagre — (Antioquia); Apulo — (Cundinamarca); Apartado — (Antioquia). Que la Sala de Evaluación de Ciencias Económicas y Administrativas de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior — CONACES, con base en la competencia asignada mediante Ley 1188 de 2008, el Decreto 1075 de 2015 y la Resolución número 10100 de 2013, modificada parcialmente por la Resolución número 6634 de 2014, en sesión del 11 de septiembre de 2015, estudió la información que fundamenta la solicitud de ampliación de cobertura, como el informe de los pares académicos que realizaron la visita de verificación, y recomendó a este Despacho aprobar la ampliación del lugar de Desarrollo del programa de Administración en Salud Ocupacional de la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTO-.

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16141 HOJA No. 2

Que este Despacho acoge el concepto de la Sala de Evaluación de Ciencias Económicas y Administrativas de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de' la Educación Superior —CONACES-, y encuentra procedente aprobar la Ampliación del lugar de desarrollo del programa de Administración en Salud Ocupacional de la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTO-. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el artículo primero de la Resolución número 2794 de 6 de abril de 2011, por medio del cual se otorgó el registro calificado al programa de Administración en Salud Ocupacional de la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTO-, el cual quedará así: "ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar el registro calificado por el término de siete (7) años al siguiente programa: Institución: Denominación del programa: Título a otorgar: Sede Principal: Lugar de desarrollo del programa:

Metodología: Número de créditos académicos:

Corporación Universitaria Minuto de Dios UNIMINUTOAdministración en Salud Ocupacional Administrador en Salud Ocupacional Bogotá D.C. En los centros tutoríales de Zipaquírá (Cundinamarca); (Cundinamarca); Villeta Villavicencio — (Meta); Villapinzón - (Cundinamarca); Ubaté - (Cundinamarca); Tibú — (Norte de Santander); Tenjo - (Cundinamarca); Soacha - (Cundinamarca); Silvania - (Cundinamarca); Sílbate - (Cundinamarca); San Juan de Rioseco - (Cundinamarca); Puerto Carreño — (Vichada); Puerto Boyacá — (Boyacá); Pitalito — (Huila); Piedecuesta — (Santander); Pereira — (Risaralda); Pasto — (Nariño); Pacho - (Cundinamarca); Orocue — (Casanare); Ocaña — (Norte de Santander); Neiva - (Huila); Mocoa — (Putumayo); Mitú — (Vaupés); Melgar — (Tolima); Medina - (Cundinamarca); Mariquita — (Tolima); Madrid - (Cundinamarca); Lérida - (Tolima); Líbano - (Tolima); La Vega - (Cundinamarca); La Palma - (Cundinamarca); La Mesa - (Cundinamarca); La Dorada — (Caldas); Itagüí — (Antioquía); Ibagué (Tolima); Guasca - (Cundinamarca); Guaduas (Cundinamarca); Girón — (Santander); Girardot (Cundinamarca); Garzón — (Huila); Funza (Cundinamarca); Fresno - (Tolima); Florida — (Valle); Floridablanca — (Santander); Florencia — (Caquetá); Facatativá - (Cundinamarca); Choachi (Cundinamarca); Chinchiná — (Caldas); Cúcuta — (Norte de Santander); Cali - (Valle); Cajamarca (Tolima); Buga - (Valle); Buenaventura - (Valle); Bucaramanga — (Santander); Bello — (Antioquía); Barranquilla — (Atlántico); Barrancabermeja — (Santander); El Bagre — (Antioquía); Apulo (Cundinamarca); Apartado — (Antioquía) A distancia 144"

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Institución deberá solicitar la renovación del registro calificado de éste programa en los términos del artículo 2.5.3.2.10.3. del Decreto 1075 de 2015 o de la norma que lo sustituya. ARTÍCULO TERCERO.- El programa identificado en el artículo primero de esta resolución deberá ser registrado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior —SNIES-. ARTÍCULO CUARTO.- La presente resolución no modifica el término de vigencia del registro calificado otorgado mediante Resolución número 2794 de 6 de abril de 2011.

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HOJA No

ARTÍCULO QUINTO.- Notificar por conducto de la Secretaría General de este Ministerio la presente resolución, al representante legal de la Corporación Universitaria Minuto de Dios -UNIMINUTO-, a su apoderado, o a la persona debidamente autorizada por él para notificarse personalmente, acorde a lo dispuesto en los artículos 67 al 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO.-

Contra la presente resolución, procede el recurso de reposición dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo COntencioso Administrativo. ARTÍCULO SÉPTIMO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo la presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria .

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D. C., a los

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LA VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,

1\10-dialki NATALIA ARIZA R

Prc yectó: Magaly Álvarez Mahecha - Profesional Especializado Subdirección de Aseguramiento de la Calidad para j.akducación Superior Revisó: Jeannette Gilede González - Subdirectora de aseguramiento de la Calidad p r la Educación Superior Felipe Montes Jiménez - Director de Calidad para la Educación Superior Jairo Cristancho Rodríguez- Asesor Viceministerio de Educación Superior Cód. Proceso: 33888

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REPUBLICA DE GOILOMBIA

MINISTERIODE EDUCACIÓNNACIONAL

REsoLUcróN NúuERO 27514

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Pormediode la cualse resuelveel recursode reposiciión por la Corporación interpuesto Universitaria Minutode DiosUNIMf NUTO-,en contrade la Resolución número11122de 20 de dicir:mbre de 2010porla cualse resolvió no otorgarel registrocalificado al programade Administración paraserofrecidobajola metodología en SaludOcupacional, a distancia EL VIGEMINISTRO DE EDUCACI()N SUPERIOR, en ejerciciode lasfunciones delegadas m,ediante Resolución 6663de 2 de agostode 2010,y, CONSIDERANDO: prestara la comunidadun Que la Ley 30 de 1992señalacomoobjetivode la educación superiory de sus instituciones, serviciocon calidadreferidoa los resultadosacadémicos, a los m,ediosy procesosempleados,a la infraestructura institucional, a las dimensionescualitativas y cuantitativas cada del nnismoy a las condicionesen que se clesarrolla institución. que parapoderofrecery desarrollar Que el artículoprimerode la Ley 11BBde 2008establece un programaacadémicode educación superiorse requierehaberobtenidoregistrocalificado del mismo. Universitaria Minutode Dios-UN|Í\4|N¡UTOQue la Corporación solicitóel registrocalificadoparael programanuevode paraserofrecidobajola metodokrgía Administración en SaludOcupacional, a distancia. y Administrativasi de Aseguramiento de la Que la Sala de CienciasEconómicas de la ComisiónNacionalIntersectorial de 2003y ley asignadamedianteDecreto25610 Calidadde la Educación Superior-CONACES-, conbaseen la competencia 'l 188de 2008,en sesiónde 23 de juliode 2010,estudióla información quefundamenta la solicitudde registroy el informe que realizaron y reconrendó condicionar el otorgamiento a esteDespacho de los paresacadémicos la visitade verificación, de las exigencias al cumplimiento del registrocalificadopara el programade Administración en SaludlOcupacional, planteadas en el concepto. de lo dispuestoen el Decreto2566de 2003,estr;Despachoprofirióauto de 17 de agostode 2010 Que en acatamiento el usuarioy la paraque:presentara virtualdel programa,sumin¡strando ordenandorequerira la institución el componente con su presentara de los créditosacadrámicos, en la plataforma; claveparaverificarlo de maneramás precisala estructura nuevamente virtual;y presentara guiadoe independiente y adiculando el componente entretrabajopresencial, distribución y con la y de evaluación biendesanollado de todoel plande estudios,con el componente los microcurrículos metodológico distribución deltiempode trabajodel estudiante, de conformidad conlo señaladoen el conceptode CONACES. presentóa travésdel sistemaSACES,la respuestaal auto,que dentrodel términolegal,la institución Que encontrándose de,Aseguramiento por y de la ComisiónNacionalIntersectorial fue evaluada la Salade CienciasEconómicasAdministrativas quela institución de 2010,encontrando Superior-CONACES-, en sesiónde 22 de noviembre de la Calidadde la Educación porlo querecomendó no otorgare[ registrocalificado. satisfactoria a los requerimientos, no dio unarespuesta al programa número11122de 20 de diciembre de 2010se decidióno otorgarel registrocalificado QuemedianteResolución Minutode Dios-UNIMINUTO--paraser ofrecido en SaludOcupacional de la Corporación Universitaria de Administración a distancia. bajola metodología de Atenciónal CiudadanoderlMinisteriode fue notificadapor edictofrjadoen la LJnidad Que la mencionadaResolución 2011. de de 2010 al 14 de enero Nacional, del31 de diciembre Educación que contralos actosque ponganfin a las erstablece Administrativo Colombiano Que el artículo50 del CódigoContencioso que tomó la decisiónpararque la aclare, procede funcionario ar¡te el el recursode reposición, administrativas actuaciones modifique o revoque. el recursoclereposición Minutode Diosinterpuso la Corporación Universitaria eue en ejerciciodel derechode impugnación, en el términooportunoparahacerlo,en el cual encor¡trándose 21 de enerode 2011,por mediode-oficio2011ER3948, al programa. solicitoque se repongala decisióny en su lugarse otorgueel registrocalificado de la calidadque les es propia,se tienenunafunciónde evaluación en cuentaque las salasde CONACES eue teniendo juntocon la el recursode reposicirÓn, en aportada y informacirin la Administrativas, Económicas Ciencias de remitióa la Sala en Administración que programa de el aportadaal procesoy encóntró,en sesiónde 21 de febrcrode 2011, documentación registro del el otorgamiento que pror recomendó lo de la normatividad, satisfacelos requerimientos Salud Ocupacional al mismo. calificado Universitaria de la CorporaciÓn en SaludOcupacional el programade Administraoión eue este Despachoencuentraque 'cumpie para su requeridas vigentes y normas demás -UNIMINUTOcaliclad de las condiciones don Dios de Minuto funcionamiento. En méritode lo expuesto,

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27 9 4' REsolucrón núueRo

HOJA No. 2

RESUEI,VE: ARTICULoPRIMERo.'Reponerpararevocar,de acuerdocon lasrazonesexpuestas en la parteconsiderativa del presente actoadministrativo, la Resolución número11122de 20 de dicier¡brede 20'10que negóel registrocalificado al programade AdministraciÓn en SaludOcupacional de la Corporación Universitaria Minutode Dios-utrtttr,llÑufO ART¡CULOSEGUNDO.Conformecon lo anteriory atendiendo por CONACES, a lo conceptuado otorgarpor el términode siete(7)años,el registrocalificado al siguiente programa: lnstitución: Programa: Metodología: Sededel programa: Títuloa otorgar: Númerode CréditosAcadémicos:

CorporaciónUnive¡sitariaMinuto de Dios -UNIMINUTOAdministración en $alud Ocupacional A distancia Bogotá D.G. Administradoren Salud Ocupacional 144

PARÁGRAFO.Paraefectosde la actualización la institución del registrocalificado de esteprograma, deberásolicitarcon antelación a la fechade su vencimiento, la renovación del mismo; ARTíCULOTERCERO.-El programaidentificado deberáser registradoen el en el artículqsegurrdode esta resolución, SistemaNacionalde Información de la EducaciónSuperior-SNIES-,mediantela asignación del correspondiente código, registrando igualmente, el númerode créditosacadémicos bajosfoscualesse desarrollará. y vigilanciay, pcrdráser objetode visitade inspección ARTÍCULOCUARTO.-El programadescritoen el artículosegu¡rdo, que no mantienelas condiciones parasu desarrollo, se ordenarála apertura en casode encontrarse de calidadrerqueridas de investigación en lostérminosestablecidos en la normatividad Vigente. ARTíCULOQUINTO,-De conformidad con lo establecido en el incisocuartodel artículo44 del CódigoContencioso en el Sistema Administrativo, la presenteresolución se entiendenotificada el dia en que se efectúeel registrodel programia -SNlES. Nacional de Información de la Educación Superior La presenteresolución, rigea partirde la fechade su ejecutoria.

NOTIFíQUESE Y OÚMPI'ASE,

Dada en BogotáD. C., a los

* $ Anft.?i]?T SUPERIOR, EL VICEMINISTRO DEEDITCACIÓN

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