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NIC-21 EFECTOS DE LAS VARIACIONES EN LAS TASAS DE CAMBIO DE LA MONEDA EXTRANJERA 1.-INTRODUCCIÓN En presente trabajo se

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NIC-21 EFECTOS DE LAS VARIACIONES EN LAS TASAS DE CAMBIO DE LA MONEDA EXTRANJERA

1.-INTRODUCCIÓN En presente trabajo se describe, objetivos, alcance, detalle de las definiciones y todo lo relacionado de la Norma Internacional de Contabilidad numero 21 denominado Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera, que básicamente está ligado a las operaciones en moneda extranjera, dicha norma regula las operaciones que establecen o exigen su liquidación en una moneda extranjera. Más concretamente: Compra o venta de bienes o servicios cuyos precios se expresan en moneda extranjera. Préstamos recibidos o concedidos en moneda extranjera. Intervenciones en contratos en moneda extranjera no finalizados en el momento de emitir los estados financieros. Compras o venta de activos en moneda extranjera. Cancelación de pasivos en moneda extranjera. Pese al comportamiento volátil de la moneda extranjera (tal como el dólar), es frecuente que esta sea utilizada en las transacciones realizadas por la empresa. En ese sentido, producto de las diferentes operaciones, se genera una diferencia cambiaria en la oportunidad de su reconocimiento inicial, así como medición posterior. La NIC 21 en versión 2011, se ocupa del registro de las operaciones y transacciones que realiza un ente, por medio del empleo de una moneda como recurso para expresar los distintos elementos patrimoniales y que regula el reconocimiento de dichas transacciones, así como las diferencias de cambio que se produzcan por la aplicación de monedas extranjeras. Al respecto, la NIC 21considera, entre otros, los conceptos siguientes: moneda funcional y moneda de presentación. 2.-OBJETIVOS Una entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero de dos maneras diferentes. Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, la entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera. El objetivo de esta Norma es prescribir cómo se incorporan, en los estados financieros de una entidad, las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación elegida. Los principales problemas que se presentan son la tasa o tasas de cambio a utilizar, así como la manera de informar sobre los efectos de las variaciones en las tasas de cambio dentro de los estados financieros. Los principales temas contables transacciones en moneda extranjera y operaciones extranjeras son los referidos a la decisión de uso del tipo del cambio y como reconocer en los estados financieros el efecto financiero de las variaciones en los tipos de cambio.

3.-ALCANCE Esta Norma se aplicará: a) contabilizar las transacciones y saldos en moneda extranjera, excepto las transacciones y saldos con derivados que estén dentro del alcance de la NIIF 9 Instrumentos Financieros. b) Al convertir los resultados y la situación financiera de los negocios en el extranjero que se incluyan en los estados financieros de la entidad, ya sea consolidación, por consolidación proporcional o por el método de la por participación. c) Al convertir los resultados y la situación financiera de la entidad en una moneda de presentación. La NIIF 9 se aplicará a muchos derivados en moneda extranjera y, por tanto, éstos quedan excluidos del alcance de esta Norma. No obstante, aquellos derivados en moneda extranjera que no están dentro del alcance de la NIIF 9 (por ejemplo, ciertos derivados en moneda extranjera implícitos en otros contratos), entran dentro del alcance de esta Norma. Además, esta Norma se aplica cuando la entidad convierte los importes relacionados con derivados desde su moneda funcional a la moneda de presentación. Esta Norma no se aplica a la contabilidad de coberturas para partidas en moneda extranjera, incluyendo la cobertura de la inversión neta en un negocio en el extranjero. La contabilidad de coberturas se trata en la NIC 39. Esta Norma se aplica a la presentación de los estados financieros de una entidad en una moneda extranjera, y establece los requisitos para que los estados financieros resultantes puedan ser calificados como conformes con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). También se especifica la información a revelar, en el caso de conversión de información financiera a una moneda extranjera que no cumpla los anteriores requerimientos. Esta Norma no se aplicará a la presentación, dentro del estado de flujos de efectivo, de los flujos de efectivo que se deriven de transacciones en moneda extranjera, ni de la conversión de los flujos de efectivo de los negocios en el extranjero (véase la NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo). 4.- DEFINICIONES Los términos siguientes se usan, en esta Norma, con los significados que a continuación se especifican: Tasa de cambio de cierre: Es la tasa de cambio de contado existente al final del periodo sobre el que se informa. Diferencia de cambio: Es la que surge al convertir un determinado número de unidades de una moneda a otra moneda, utilizando tasas de cambio diferentes. Tasa de cambio: Es la relación de cambio entre dos monedas. Valor razonable: Es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transacción libre. Moneda extranjera (o divisa): Es cualquier otra distinta de la moneda funcional de la entidad. Negocio en el extranjero: Es toda entidad subsidiaria, asociada, negocio conjunto o sucursal de la entidad que informa, cuyas actividades están basadas o se llevan a cabo en un país o moneda distintos a los de la entidad que informa.

Moneda funcional: Es la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad. Un grupo es una controladora y todas sus subsidiarias. Partidas monetarias: Son unidades monetarias mantenidas en efectivo, así como activos y pasivos que se van a recibir o pagar, mediante una cantidad fija o determinable de unidades monetarias. Inversión neta en un negocio en el extranjero: Es el importe que corresponde a la participación de la entidad que presenta sus estados financieros, en los activos netos del citado negocio. Moneda de presentación: Es la moneda en que se presentan los estados financieros.

Moneda funcional Monedas reguladas en la NIC 21

Moneda de presentación Moneda extranjera

5.-DESARROLLO DE LAS DEFINICIONES 5.1 Moneda funcional: El entorno económico principal en el que opera la entidad es, normalmente, aquél en el que ésta genera y emplea el efectivo. Ejemplo: Una empresa lleva a cabo sus operaciones comerciales en dólares americanos en un alto porcentaje (90% del total de operaciones), mientras que solo el 10%, las realiza en moneda nacional (nuevo soles). Bajo el panorama descrito anteriormente, la moneda funcional viene a ser el dólar americano. 5.2 Tasa de cambio: Una tasa de cambio o tipo de cambio es precio de una moneda con relación al precio de otra; es decir, que cantidad de moneda se requiere para comprar cierta cantidad de otra moneda, por el cual algunos consideran al tipo de cambio como el precio de compra de las unidades de moneda extranjera. En otras palabras, el importe resultante equivale a decir que para convertir de la moneda 1 a la moneda 2 se requiere tantas unidades monetarias. La tasa de cambio es la relación de cambio entre dos monedas. Procede destacar en relación con este tópico dos hechos: • •

Existen dos cotizaciones: compra y venta. La tasa de cambio del día solo puede conocerse al cierre de operaciones de ese mismo día, que es publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros, a través de su página web o en el diario oficial el peruano.

5.3 Inversión neta en un negocio en el extranjero: Una entidad puede tener una partida monetaria que ha de cobrar o pagar al negocio en el extranjero. Si la liquidación de esa partida no está contemplada, ni es probable que se produzca, en un futuro previsible, la partida es, en esencia, una parte de la inversión neta de la entidad en ese negocio en el extranjero, y se contabilizará de acuerdo con los párrafos 32 y 33. Entre estas partidas monetarias pueden estar incluidos préstamos o partidas a cobrar a largo plazo. No se incluyen las cuentas de deudores o acreedores comerciales. Entre los ejemplos se incluyen: importes pagados por anticipado de bienes y servicios (por

ejemplo, cuotas anticipadas en un alquiler); la plusvalía; activos intangibles; inventarios; propiedades, planta y equipo; así como los suministros que se liquidan mediante la entrega de un activo no monetario. Comentario y Aplicación práctica: De acuerdo al Plan Contable Empresarial las partidas monetarias de los rubros de activos y pasivos están representadas principalmente por las siguientes cuentas

10FECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 12CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS

Cuentas de

13CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – RELACIONADAS 14CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL, A LOS ACCION. (SOCIOS), DIRECT.Y GERENTES 16CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS 17CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – RELACIONADAS

Partidas

Cuentas de

40TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 41REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 42CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS 43CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS 44CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – RELACIONADAS 45OBLIGACIONES FINANCIERAS 46CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS 47CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – RELACIONADAS

6.-RESUMEN DEL ENFOQUE REQUERIDO POR ESTA NORMA Al preparar los estados financieros, cada entidad ya sea una entidad aislada, una entidad con negocios en el extranjero (tal como una controladora) o un negocio en el extranjero (tal como una subsidiaria o sucursal) determinará su moneda funcional de acuerdo con los párrafos 9 a 14. La entidad convertirá las partidas en moneda extranjera a la moneda funcional, e informará de los efectos de esta conversión, de acuerdo con los párrafos 20 a 37 y 50. Muchas entidades que presentan estados financieros están compuestas por varias entidades individuales (por ejemplo, un grupo está formado por una controladora y una o más subsidiarias). Algunos tipos de entidades, sean o no miembros de un grupo, pueden tener inversiones en asociadas o negocios conjuntos. También pueden tener sucursales. Es necesario que los resultados y la situación financiera de cada entidad individual, incluida en la entidad que informa, se conviertan a la moneda en la que esta entidad presenta sus estados financieros. Esta Norma permite a la entidad que informa utilizar cualquier moneda (o monedas) para presentar sus estados financieros. Los resultados y la situación financiera de cada entidad individual que forme parte de la entidad que informa, pero cuya moneda funcional sea diferente de la moneda de presentación, se convertirán de acuerdo con los párrafos 38 a 50. Esta Norma permite asimismo, a una entidad aislada que prepare estados financieros, o bien a una entidad que prepare estados financieros separados de acuerdo con la NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados, utilizar cualquier moneda (o monedas) para presentar sus estados financieros. Si la moneda de presentación utilizada por la

entidad es distinta de su moneda funcional, sus resultados y su situación financiera se convertirán a la moneda de presentación de acuerdo con los párrafos 38 a 50.

7.-Conversión de un negocio en el extranjero Al convertir a una moneda de presentación los resultados y la situación financiera de un negocio en el extranjero, como paso previo a su inclusión en los estados financieros de la entidad que informa, ya sea mediante consolidación, consolidación proporcional o utilizando el método de la participación, se aplicarán los párrafos 45 a 47, además de lo establecido en los párrafos 38 a 43.

Subsidiaria (Control 50% o más)

NEGOCIO Afiliada o Asociada

EXTRANJERO

(Influencia más 20%)

Negocio Conjunto

Sucursal

9.-Tipo de cambio a aplicar para fines del impuesto a la renta Tomando en consideración las características cualitativas principales de los Estados Financieros contenidas en el prefacio de los Principios y Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas, una de las cuales es la Confiabilidad, debe aplicarse, ente

otros, el Principio Contable de la Prudencia, que consiste en incluir cierto grado de precaución en el ejercicio de los criterio necesarios para hacer las estimaciones requeridas en condiciones de incertidumbre, de modo que los activos o ingresos no se sobrestimen ni los pasivos o gastos se subestimen . Costo o gasto Operación de Compra

Cuenta de pasivo

Se aplicara el Tipo de cambio Venta

Cuenta del activo

Se aplicara el Tipo de cambio Compra

Operaciones de Venta Ingresos

DESCRIPCION TIPO DE

EXPLICACION

CAMBIO APLICABLE

(Criterio Contable-Económico)

Canje de Moneda Extranjera a Moneda Nacional En los libros de vendedores se aplicará T/C compra

Canje de Moneda Nacional a Moneda Extranjera

En los libros del comprador se aplicará T/C venta

En los libros del vendedor se aplicará T/C

Venta de Existencias, Activos Fijos o Inversiones e Ingresos Varios en Moneda Extranjera.

Compra

Se presume que la empresa que ofrece su moneda extranjera al mercado cambiario, obtendrá moneda nacional al tipo de cambio de dicha operación.

Se presume que la empresa que demanda moneda extranjera en el mercado cambiario, obtendrá moneda extranjera al T/C de dicha operación.

Se presume que el vendedor reconoce la venta u otro ingreso con el mismo tipo de cambio con el cual reconoce la acreencia

10.-TRATAMIENTO DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO PARA EFECTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA

El tratamiento de la Diferencia de Cambio se encuentra regulado en el artículo 61 del TUO de la LIR, de acuerdo a los siguientes: TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LAS DIFERENCIAS DE CAMBIO (Base Legal: Artículo 61 del TUO LIR y Artículo 34 Reglamento)

Las Diferencias de Cambio se reconocen en el estado de resultados, siempre que resulte de:

a) Las diferencias de cambio que resulten

del canje de la extranjera por moneda

d) Las diferencias de cambio que resulten de

nacional, se considerarán ganancias o

expresar en moneda nacional los saldos de

pérdidas del ejercicio en que se efectúa

moneda extranjera correspondientes a activos

el canje.

y pasivos, deberán ser incluidas en la

b) Los

pagos

operaciones

o

cobranzas

pactadas

en

por

moneda

extranjera, contabilizadas en moneda nacional,

se

considerarán

determinación de la materia imponible del período en el cual la tasa de cambio fluctúa, considerándose como utilidad o como pérdida.

como

ganancia i perdida de dicho ejercicio.

c) Expresar moneda nacional los saldos de moneda extranjera correspondiente activos y pasivos , deberán ser incluidos en la determinación de la materia imponible del período en el cual la tasa de cambio fluctúa, considerándose como utilidad o pérdida

MODIFICACION SEGÚN: Decreto Legislativo N° 1112 (29.06.2012). Decreto

Legislativo



1120

(18.07.2012). Decreto Legislativo N° 1124 (23.07.2012). Fue derogado enciso (e) y (f) del artículo 61° de la Ley de Impuesto a la Renta y se regirán por los dispuestos enciso (d) del artículo 61°

11.-Introduccion del euro CASO N° 01 VENTA Y COMPRA DE MERCADERIAS Base para la aplicación de la NIC – 21, para los 1, 2, 3 ,4 Enunciado: La empresa Filipense S.A. vende el 20.03.2013 a la empresa Colórense S.A. mercadería por $ 15000.00 dólares americanos más IGV 18% mediante la siguiente factura Nº 909, siendo los tipos de Cambio al día 20.03.2013 como sigue: Tipo de venta fecha de cierre al 20.03.2013 TCV S/. 2.694 Tipo de cambio compra fecha cierre al 20.03.2013 TCC S/.2.693 Tipo de cambio venta fecha de publicación al 20.03.2013 TCVFP S/. 2.692 Tipo de cambio compra fecha de publicación al 20.03.2013 TCCFP S/. 2.690 TIPO DE CAMBIO APLICANDO

FACTURA Nº 909 EN MONEDA EXTRANJERA TCV Cierre

TCV F.P.

CONVERSIÓN FACTURA Nº 909 A NUEVOS SOLES

Valor de Venta

$

15000.00 IGV 18% $ 2700.00 Precio de Venta Diferencia de Cambio $

2.694

40410.00

2.692

7268.40 47678.40

DETERMINACIÓN DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO

17700.00

2.694

47683.80

-5.40

A) Contabilización del comprador Solución Asiento Contable __________________x_________________

60

COMPRAS

601

DEBE

HABER

40,410.00

Mercaderías 6011

40

Mercaderías manufacturadas

TRIBUTOS Y APORTES POR PAGAR

401

7,268.00

Gobierno central 4011

Impuesto general a las ventas

40111 IGV - cuenta propia 67

GASTOS FINACIEROS

676

5.40

Diferencia de Cambio A CUENTAS P PAGAR COMERCIALES –

42

47 ,683.80

TERCEROS

421

Emitidas

x/x por la adquisición de la mercadería con factura Nº 909 en Moneda Extranjera al Contado.

________________ x _______________

20

MERCADERÍAS 201

Mercaderías manufacturadas

40,410.00

2011

Mercaderías manufacturadas

97

GASTOS FINANCIEROS

5.40

61

A VARIACIÓN DE EXISTENCIAS

79

Cargas Imputables A Cuenta de costo y Gasto

40 ,410.00 5.40

X/contabilización por destino compra mercadería al contado en moneda nacional.

__________________ x _______________

B) Contabilización del vendedor

TIPO DE CAMBIO APLICANDO

FACTURA Nº 909 A NUEVOS

FACTURA Nº 909 EN MONEDA EXTRANJERA TCV Cierre

Valor de Venta

$ 15000.00

IGV 18%

CONVERSIÓN

TCV F.P.

SOLES

2.693

$ 2700.00

DETERMINACIÓN DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO

40395.00 2.690

7263.00

Precio de Venta

47658.00

Diferencia de Cambio $ 17700.00

2.693

47666.10

-8.10

Nota: El costo de la mercadería vendida fue de $ 14000.00 dólares americanos. __________________x_________________ 12

CUENTAS POR PAGAR COMERCIAL 121

Factura por Cobrar 1212

Emitida en Carteras

DEBE 47,666.10

HABER

70

VENTAS 701

40

40 ,395.00

Mercadería TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIÓN Y APORTE

7 ,263.00

AL SISTEMA DE PENSIONES 40111 IGV - cuenta propia 77

GASTOS FINACIEROS

8.10

Diferencia de Cambio x/x por la venta de la mercadería con factura Nº 909 en Moneda Extranjera al Contado. ________________ x _______________ 69

COSTO DE MERCADERÍA 691

20

Mercaderías MERCADERIA

201

37,702.00

Mercadería Manufactura x/xCosto de mercadería vendida con factura Nº 909 al contado. $ 14000.00 X S/. 2.693 = S/. 37702.00.

37 ,702.00