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TEMA Importancia del Secreto Profesional en la Psicología Walters E. Gonzalo Sustentante: Leudy Ferry Matricula: 13-SPSS

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TEMA Importancia del Secreto Profesional en la Psicología Walters E. Gonzalo Sustentante: Leudy Ferry Matricula: 13-SPSS-6-110 Sección: 1061

Fecha: Julio del 2018 Santo Domingo, República Dominicana

Secreto Profesional en el Ámbito de la Psicología

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 3 SECRETO PROFESIONAL .......................................................................................................... 4 COLEGIO DOMINICANO DE PSICÓLOGOS (CODOPSI) ............................................................ 6 DE LA CONFIDENCIALIDAD ..................................................................................................... 7 IMPORTANCIA DE LA CONFIDENCIALIDAD Y EL SECRETO PROFESIONAL .............................. 7 SECRETO PROFESIONAL .......................................................................................................... 8 CONFIDENCIALIDAD ............................................................................................................... 9 CUANDO SE VIOLA LA CONFIDENCIALIDAD EN PSICOTERAPIA PARA PACIENTES ADICTOS 10 OPINIÓN PERSONAL ............................................................................................................. 13 CONCLUSION ........................................................................................................................ 14 BIBLIOGRAFIA

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INTRODUCCIÓN El secreto profesional representa uno de los aspectos más significativos de la actuación de todo profesional, tiene el deber ético de guardar celosamente la reserva de los asuntos vinculados con la vida privada de sus clientes. Ello, porque se debe proteger la intimidad de la vida privada de las personas

Cuando se habla de principios éticos en psicología, sin duda la confidencialidad de los datos ofrecidos por el/los pacientes, resulta uno de los elementos que mayores implicaciones e importancia reviste en este marco.

El uso de información privada tiene un papel importante en todas las actividades científicas y de formación del psicólogo. A la confidencialidad se le debe brindar la máxima prioridad y autodeterminación posible: antes de utilizar la información personal o de su identificación con fines didácticos, los psicólogos deben obtener el consentimiento de la persona o una identidad en clave de la información. La psicología como ciencia ha mantenido una máxima en cuanto a la defensa y la lucha por el estricto cumplimiento del principio de confidencialidad, influenciada por su objeto de estudio. Al constituir el sujeto y su conciencia el cuerpo de trabajo del psicólogo, la responsabilidad que demanda entonces su labor reviste una mayor complejidad e importancia.

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SECRETO PROFESIONAL El secreto profesional se impone a todas las personas a quienes se confían secretos por razones de su estado, profesión o cargo. Tal y como lo afirma Eduardo Rodríguez Piñeres

RODRIGUEZ PIÑERES, Eduardo (1980). Estudio sobre el

Secreto Profesional. “cuando en un particular revela los secretos de otro comete una grave falta contra el honor, esta adquiere mayor magnitud cuando es cometida por aquel que solo en razón de su profesión ha obtenido una confidencia o ha sorprendido los secretos de sus clientes”

Se entiende por secreto aquel compromiso moral que adquiere una persona de no manifestar algo oculto que ha llegado a conocer por vía de confidencia u observación. Debe ser un asunto que nadie conozca. Pero se advierte que si es algo generalmente conocido, ya no existe la obligación de callarlo, pues la principal condición para la guarda de un secreto es que lo que se confía sea algo realmente reservado. La confianza que deposita el cliente o patrocinador de los servicios a un Contador Público (y el propio ejercicio de sus actividades profesionales) permiten a éste conocer planes, hechos o situaciones particulares de una empresa o persona, por lo que se obliga a guardar discreción en razón de la confianza que le ha sido 5

otorgada. La obligación de guardar el secreto profesional es aún más estricta para el Contador Público por el hecho de que este profesionista asiste con sus conocimientos y consejos a los interesados que recurren a él en demanda de sus servicios. Sería una traición al ejercicio profesional servirse de eso para divulgar los secretos de una organización o persona.

La obligación de guardar un secreto tiene sus límites. En el caso de los Contadores Públicos, expertos en la preparación y comunicación de los datos financieros, existe una gran responsabilidad. La Contaduría Pública tiene un enfoque social: produce la información financiera, que está muy estrechamente relacionada con la toma de decisiones de los dirigentes de las empresas, pero también de los inversionistas y personas en otras entidades o instituciones. La obligación de guardar el secreto profesional no debe confundirse con ocultar la verdad; eso sería manipular o tergiversar ésta en perjuicio de algunos usuarios de la información. El secreto deja de obligar cuando afecta el bien público, el de un tercero o el del mismo interesado.

El secreto profesional es la obligación legal que tienen ciertas profesiones de mantener en secreto la información que han recibido de sus clientes. Al contrario de lo que ocurre con otros tipos de deberes de confidencialidad, el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio. Entre estos profesionales, 6

cabe citar como casos más típicos el abogado, el médico, el psicólogo o el. Sin embargo, también puede haber otros casos de asesores o servicios que tengan ese tipo de obligación, como por ejemplo los asesores fiscales (a veces incluidos dentro de los abogados) o las compañías de seguros.

El secreto profesional existe para garantizar que en la relación establecida entre las partes se pueda transmitir toda la información necesaria para llevar a cabo de manera correcta la labor. Debido a que al momento de llevar a cabo su intervención el psicólogo, así como el abogado, médico o terapeuta, necesita acceder a información que el usuario podría querer reservar para sí se hace necesario que existan condiciones que garanticen al usuario que podrá hablar con libertad para que así se pueda presentar un servicio adecuado. En la medida en que el usuario reconoce que su tratante se encuentra en la obligación de reservar para sí mismo la información adquirida durante la consulta información, él podrá comunicar todo aquello relevante al proceso sin temer a que sea usado en su contra.

Es de esta manera que se presenta el secreto profesional como una defensa del derecho a la privacidad, intimidad y buen nombre de los usuarios del servicio psicológico. Por lo tanto, la violación del mismo consta una violación de los derechos del usuario. Adicionalmente, en la medida que el secreto es una condición necesaria para la correcta práctica de la profesión, al violarlo se está poniendo en riesgo la idoneidad del psicólogo para llevar a cabo sus labores; y se está afectando indirectamente al gremio como un todo en la medida que el público podría interpretar la falta al secreto como una conducta adecuada de todos los profesionales si esta no es atendida. Sin embargo, se reconoce que el profesional podrá encontrarse en situaciones límite en las cuáles proceder estrictamente de acuerdo al secreto profesional podría considerarse como una postura incompleta. Por esto el secreto profesional puede verse como una problemática ética y como una legal.

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COLEGIO DOMINICANO DE PSICÓLOGOS (CODOPSI) CÓDIGO DE ÉTICA Y DISCIPLINA El Colegio Dominicano de Psicólogos (CODOPSI) presenta el conjunto de principios éticos que regulan la práctica de la psicología en la República Dominicana, conforme a la Ley No. 22-01, de fecha 1ro. De febrero del año 2001, que crea el CODOPSI y regula el ejercicio de la profesión de psicólogo. Los principios éticos que conforman este Código de Ética y Disciplina fueron elaborados por una Comisión designada por el Comité de Estructuración. El presente Código fue conocido y aprobado en sesiones de Asamblea realizadas desde el 28 de octubre de 2001 hasta el 12 de enero de 2002.

El Código de Ética y Disciplina del CODOPSI provee a los profesionales de la psicología los principios éticos que le permitan conducirse y enfrentar situaciones de su competencia, procurando siempre el bienestar y la protección de los individuos y de los grupos con quienes interrelacionan en su quehacer profesional.

IMPORTANCIA DE LA CONFIDENCIALIDAD Y EL SECRETO PROFESIONAL Resguardar en secreto la información entregada por un cliente es un factor clave en la relación terapéutica, primero porque los psicólogos nos regimos por un código de ética profesional y segundo porque cuidar el mundo interno y las vivencias del consultante asegura la confianza y la credibilidad en el/la psicoterapeuta, y por ende el éxito del tratamiento. Este es un tema que influye en la decisión de tomar o no una psicoterapia y en la elección del psicólogo/a que estará a cargo de este proceso, porque hay muchas personas que temen que sus historias o identidades sean reveladas, piensan que si se encuentran con su psicólogo/a en una situación social puede hacer 8

comentarios inapropiados, pero esto es algo que no debería ocurrir con un Psicólogo con formación Ética. Cuidar el espacio que se crea en la relación terapéutica es un deber, ya que la persona ha confiado, ha abierto su mundo interior sagrado, lo que es un paso importante para su sanación emocional. La mayoría de los psicólogos hemos recibido una larga formación en ética profesional, en mi caso fue durante todos los años de la carrera en talleres anuales, cosa que agradezco ya que fue una instancia de reflexión y clarificación de distintas situaciones que ocurren en el ejercicio profesional. Dentro de la ética, se estudia el Código de Ética Profesional de los Psicólogos y quiero citar dos aspectos fundamentales que aparecen en este documento: EL SECRETO PROFESIONAL y LA CONFIDENCIALIDAD.

SECRETO PROFESIONAL El secreto profesional constituye un DEBER del psicólogo/a que perdura en forma INDEFINIDA y que alcanza incluso el NOMBRE del paciente o cliente. El secreto profesional es un derecho del paciente o cliente establecido en su beneficio.

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El psicólogo/a no podrá́, en caso alguno, revelar directa, ni indirectamente los hechos, datos o informaciones que haya conocido o le hayan sido revelados en el ejercicio de su profesión, salvo orden judicial expresa, o autorización por escrito del cliente o paciente mayor de edad, que obre con discernimiento e informada mente. El psicólogo/a estará́ eximido del secreto solo y exclusivamente cuando sea requerido por Orden Judicial expresa. Aun así́, el psicólogo/a debe procurar mantener en la más estricta reserva aquellos antecedentes no relacionados directamente en el asunto judicial. Asimismo, el psicólogo/a estará́ liberado del secreto profesional cuando su paciente o cliente por escrito lo releve expresamente del mismo; siempre cuando tenga pleno discernimiento y haya sido debidamente informado por el profesional.  En el caso de disputa judicial del psicólogo/a con su paciente o cliente, el profesional podrá́

revelar lo indispensable en su legítima defensa,

procurando no abusar jamás de su información privilegiada sobre el paciente o cliente.  La violación al secreto profesional por parte del psicólogo/a se estimará como una grave infracción ética. 

CONFIDENCIALIDAD Es la propiedad de la información, por la que se garantiza que no está accesible únicamente a confidencialidad

personal autorizado ha

sido

definida

a acceder a dicha por

la Organización

información. La Internacional

de

Estandarización (ISO) en la norma ISO/IEC 27002 como "garantizar que la información es accesible sólo para aquellos autorizados a tener acceso" y es una de las piedras angulares de la seguridad de la información. La confidencialidad es uno de los objetivos de diseño de muchos criptosistemas, hecha posible en la práctica gracias a las técnicas de criptografía moderna.La confidencialidad de los antecedentes del paciente constituye un DEBER para el 10

psicólogo/a en cuanto deberá́ preocuparse de manejarlos mediante procedimientos y métodos que los resguarden del conocimiento de personas no autorizadas. Los antecedentes del paciente institucional o que por hacer uso de beneficios previsionales o subsidiados a derechos de salud deban ser manejados o conocidos por personas autorizadas, tendrán siempre de parte del psicólogo/a que atiende profesionalmente una especial preocupación de confidencialidad. El psicólogo/a procurará que los antecedentes del paciente sean confeccionados de una forma tal que se restrinja al máximo el conocimiento por terceros, de datos o información, que por su naturaleza, le pueda procurar un desmedro personal. Es un DEBER del psicólogo/a mantener en secreto la identidad del consultante así como los antecedentes y relatos que exponga en cada consulta. Salvo las excepciones contempladas en el código, que refieren a situaciones dónde esté en riesgo la vida del cliente/a. En el caso de los menores de edad se les consulta a ellos si hay cosas que quieren mantener en privado con el/la psicólogo/a y esto se respeta, siempre que no hayan sido expuestas situaciones que impliquen vulneración de derechos o pongan en peligro su vida. Es por esto que en situaciones de maltrato y abusos hacia niños, niñas y adolescentes, que sean develados en la psicoterapia, el profesional tiene la obligación legal de denunciar a los tribunales competentes.

CUANDO SE VIOLA LA CONFIDENCIALIDAD EN PSICOTERAPIA PARA PACIENTES ADICTOS Violentar el principio de confidencialidad en una psicoterapia para pacientes adictos trae consigo consecuencias adversas y contrarias al objetivo de la terapia de rehabilitar y reinsertar al paciente en su medio social.

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Los resultados pueden venir desde la desacreditación total o parcial del psicoterapeuta, así como de la institución que presta el servicio.

Los centros o lugares de tratamiento pasan por cambios en la calidad de sus servicios profesionales. Aunque se trabaje con un programa estructurado, el cómo se trabaje y el tratamiento que reciben los pacientes, tiene que ver con las personalidades y el liderazgo en la institución. Cuando hay periodos donde no existe una buena relación de equipo, el cuidado de los pacientes se debilita y con ello las posibilidades de éxito en el tratamiento. Es cuando toda una institución puede fallar éticamente porque ya no se puede proteger el bien del paciente. Esta puede ser una de las causas que provoque la pérdida de confianza del paciente que esté recibiendo un tratamiento para rehabilitarse de alguna adicción. Sumamente grave para el prestigio de la institución y del personal que labora en la misma, pero más peligroso y delicado para el paciente que se da cuenta como ha sido ridiculizado por la persona en la cual en algún momento confió revelándole cierta y determinada información muy confidencial. Otra de las secuelas que se deriva de la falta o pérdida de confianza en el profesional (psicoterapeuta) se centra en el conflicto que presentará el paciente a 12

partir de ese momento para integrarse nuevamente a un tratamiento. Esto conlleva a nuevas recaídas y lo más probable a que nunca vuelva a retomar el proceso de rehabilitación, sin contar que esa experiencia es transmitida a otro grupo de adictos, personas en riesgo adictivo o sanas que no han estado en rehabilitación y a partir de este momento va a resultar poco probable que puedan insertarse en alguno.

La cadena de efectos debido a la violación de la confidencialidad se extiende de igual modo a la familia del paciente adicto que una vez estuvo bajo tratamiento. Al abandonar la terapéutica el individuo en poco tiempo vuelve a retornar al punto cero desde donde comenzó la terapia, o sea, recae nuevamente en la adicción. Esta recaída no solo afecta a quien la padece por conveniencia o gusto, sino también influye de manera directa en la familia causando efectos indeseables para todos los miembros de la misma que están en relación constante, directa o indirecta con el adicto.

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Para la sociedad también hay efectos negativos devenidos de la transgresión de este principio ético de la psicoterapia que en ocasiones es subvalorado. El resultado es la adhesión de un individuo que en cierto momento actuó e influyó en el desorden público, estuvo ausente por un tiempo largo o efímero mientras estaba en tratamiento, pero al violentarse su integridad retoma la senda que le daba satisfacción y solución a sus problemas y no bienestar familiar ni social. Debido a la diversidad de personalidades, resulta harto complejo el trabajo terapéutico del psicólogo. El mismo demanda de un elevado nivel de preparación profesional no solo en las habilidades que posea para preparar la terapia, sino también de un compromiso ético que le brinde la posibilidad al paciente de depositar absoluta confianza en él. La confidencialidad constituye un aspecto vital en cualquier ámbito en el que las relaciones humanas vayan a desarrollarse, pero adquiere importancia cuando es tratada en el abordaje tanto psicoterapéutico como asistencial de las adicciones. Los principios de intimidad y confidencialidad son necesarios, pero no suficientes para preservar la integridad del paciente. Es indispensable que la entereza moral del psicólogo respete los matices y las sutilezas del derecho del paciente a la confidencialidad. Por tanto, el psicólogo debe ser una persona que tenga la virtud de la integridad, una persona que no solo acepte el respeto por la autonomía de otros como principio que lo conllevará a respetar su intimidad y confidencialidad, sino también una persona en la que se pueda confiar para que interprete su responsabilidad con la máxima sensibilidad moral.

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OPINIÓN PERSONAL Ser confidente es un derecho que concierne a los profesionales que garantizan el derecho de sus pacientes. Cuando hablamos del secreto profesional, nos referimos al que garantiza un espacio que nadie puede invadir, actividades absolutamente personales para cada individuo y revelarlo constituye una violación a ese espacio reflejado en una intromisión a la vida privada y a la honra de cualquier persona y su familia. Nosotros como futuros psicólogos tenemos la obligación de guardar siempre el secreto profesional de nuestros pacientes ya que con él se garantiza la privacidad, dignidad, integridad, la no discriminación y la libertad individual de las personas, relacionados todos con el derecho a la salud que es un derecho humano.

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CONCLUSION El secreto profesional existe para garantizar que en la relación establecida entre las partes se pueda transmitir toda la información necesaria para llevar a cabo de manera correcta la labor. Debido a que al momento de llevar a cabo su intervención el psicólogo, así como el abogado, médico o terapeuta, necesita acceder a información que el usuario podría querer reservar para sí se hace necesario que existan condiciones que garanticen al usuario que podrá hablar con libertad para que así se pueda presentar un servicio adecuado. En la medida en que el usuario reconoce que su tratante se encuentra en la obligación de reservar para sí mismo la información adquirida durante la consulta información, él podrá comunicar todo aquello relevante al proceso sin temer a que sea usado en su contra. La confianza como un valor de gran relevancia se sitúa en medio de la relación entre el psicólogo y el paciente de manera fluida en el que las palabras que salen del paciente solo son tenidas en cuenta para una posible intervención terapéutica que conlleve a mejorar la calidad de vida del sujeto. Pienso que el secreto profesional en este caso es algo que debe ser pensado de manera más profunda, el establecer una relación implica generar una confianza que se adquiriría con la ley puesto que es la ley la que defiende la confidencialidad del paciente, es así como no debe romperse el secreto profesional, a mi parecer el secreto debería mantenerse pero siempre y cuando se sigan algunos procedimientos con respecto a mantener una terapia con el sujeto con ese tipo de pensamientos destructivos y que se advierta de una manera más táctil, más dócil pensada en el sujeto y su futuro después de dicha intervención.

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BIBLIOGRAFIA

http://elpsicoasesor.com/etica-del-psicologo/ http://psicologiauasd.blogspot.com/ http://excepcionessecretoprofesional.blogspot.com/ http://elsecretoprofesionalpsico.blogdiario.com/ http://psicocode.com/psicologia/la-confidencialidad-con-el-paciente-enpsicoterapia/ http://www.eldia.com/nota/2013-2-7-los-psicologos-y-el-secreto-profesional-uncomplejo-debate-sobre-sus-limites http://www.idpp.org/idpp_pubs/codopsi/codetica.htm http://www.cop.es/infocop/vernumeroCOP.asp?id=1019 http://www.iluminatuser.cl/la-importancia-de-confidencialidad-y-el-secretoprofesional-en-la-psicoterapia/ http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=18400508

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