INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL MANUAL DEL PROTAGONISTA REGISTROS CONTABLES A
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INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL MANUAL DEL PROTAGONISTA REGISTROS CONTABLES
AREA: ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO. CUALIFICACION UC_114-2: REALIZAR REGISTROS PROFESIONAL: CONTABLES MODULO:
MF114_2: REGISTROS CONTABLES
HORAS:
120 HORAS
Mayo 2016
INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO Dirección Ejecutiva Cra. Loyda Azucena Barreda Rodríguez Subdirección Ejecutiva Cro. Walter Sáenz Dirección General de Formación Profesional Cra. Daysi Rivas Mercado Subdirección General de Formación Profesional Cro. José Virgilio Vásquez COORDINACION TÉCNICA Dirección Técnica Docente Cro. Freddy Garay Portocarrero Departamento de Currículum Cra. Mirna Cuesta Loaisiga
INDICE PAG. BIENVENIDA AL PROTAGONISTA ------------------------------------------------------------ 1 RECOMENDACIONES GENERALES ---------------------------------------------------------- 2 UNIDAD I: REGISTRO DE OPERACIONES ECONÓMICAS ---------------------------- 3 OBJETIVOS DE APRENDIZAJE DE LA UNIDAD --------------------------------------- 3 DESARROLLO ---------------------------------------------------------------------------------------- 4 1. EXPLICAR EL CONCEPTO REGISTROS, TIPOS DE OPERACIONES CONTABLES EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL. ------------------------------------ 4 2. CLASIFICAR CORRECTAMENTE LAS CUENTAS SEGÚN SU NATURALEZA PATRIMONIAL DE GESTIÓN. ------------------------------------------- 6 3. MÉTODO DE CONTABILIZACIÓN DE LA PARTIDA DOBLE Y LOS LIBROS DE REGISTROS QUE UTILIZAN. ------------------------------------------------ 9 Libros principales o mayores ---------------------------------------------------------------- 9 Libro de Inventarios y Balances------------------------------------------------------------- 9 Libro Diario ----------------------------------------------------------------------------------------- 9 Libro Mayor y Balances ------------------------------------------------------------------------ 9 Libros auxiliares ---------------------------------------------------------------------------------- 9 Tipos de libros auxiliares ---------------------------------------------------------------------- 9 4. INTERPRETANDDO MÉTODO DE CONTABILIZACIÓN DE LA PARTIDA DOBLE Y LOS LIBROS DE REGISTROS QUE UTILIZAN. ------------------------- 21 5. ESTRUCTURA DEL PLAN GENERAL CONTABLE (PGC) O CATÁLOGO DE CUENTAS. ------------------------------------------------------------------------------------ 27 SISTEMA DE CODIFICACIÓN UTILIZADO EN EL CATÁLOGO DE CUENTAS -------------------------------------------------------------------------------------------------------- 28 Actividad 1.1 ------------------------------------------------------------------------------------- 36 Actividad 1.2 ------------------------------------------------------------------------------------ 36 EJERCICIOS DE AUTO EVALUACION ----------------------------------------------------- 37 UNIDAD II: NORMATIVA MERCANTIL CONTABLE. ----------------------------------- 38 Objetivos de aprendizaje de la unidad -------------------------------------------------- 38 DESARROLLO -------------------------------------------------------------------------------------- 39 1. DOCUMENTACIÓN DE LA NORMATIVA MERCANTIL CONTABLE QUE SE UTILIZAN EN LAS TRANSACCIONES ECONÓMICAS QUE REALIZAN LAS ORGANIZACIONES. --------------------------------------------------------------------- 39
2. CÓDIGO MERCANTIL. LEY 822 LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA (IVA, RETENCIÓN 2%) Y PLAN DE ARBITRIO DE LA MUNICIPALIDAD. ---- 48 3. INFORMACIÓN RELEVANTE CONTENIDA EN LOS DOCUMENTOS MERCANTILES PARA SU REGISTRO CONTABLE. --------------------------------- 87 Actividad: 2.1------------------------------------------------------------------------------------- 93 Actividad: 2.2------------------------------------------------------------------------------------- 93 Actividad: 2.3------------------------------------------------------------------------------------- 93 Actividad 2.4-------------------------------------------------------------------------------------- 93 EJERCICIOS DE AUTO EVALUACION ----------------------------------------------------- 94 UNIDAD III: REGISTROS CONTABLES CON APLICACIONES INFORMATICAS ----------------------------------------------------------------------------------------------------------- 95 OBJETIVOS DE APRENDIZAJE DE LA UNIDAD ------------------------------------- 95 DESARROLLO -------------------------------------------------------------------------------------- 96 1. LOS DISTINTOS CAMPOS QUE ESTABLECE PARA CADA LIBRO LA LEGISLACIÓN DEL VA Y OTROS IMPUESTOS-------------------------------------- 96 2. DOCUMENTOS DE LAS OPERACIONES QUE INCORPORAN IVA, DEDUCIBLE Y NO DEDUCIBLE. ---------------------------------------------------------- 98 3. LIBROS DONDE SE SOPORTAN CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS DE LAS OPERACIONES QUE INCORPORAN IVA Y OTROS IMPUESTOS. 1122 4. REGISTROS CONTABLES A TRAVÉS DE APLICACIONES INFORMÁTICAS DE CONTABILIDAD Y DE IVA Y OTROS IMPUESTOS. -- 117 5. ESTRUCTURA DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS DE CONTABILIDAD Y DE IVA. ----------------------------------------------------------------- 119 Actividad: 3.1----------------------------------------------------------------------------------- 121 Actividad: 3.2----------------------------------------------------------------------------------- 121 EJERCICIOS DE AUTOEVALUACIÓN. --------------------------------------------------- 122 GLOSARIO ----------------------------------------------------------------------------------------- 124 PARA SABER MÁS ----------------------------------------------------------------------------- 125 BIBLIOGRAFIA ----------------------------------------------------------------------------------- 126
BIENVENIDA AL PROTAGONISTA
El manual “REGISTROS CONTABLES” está dirigido a los Protagonistas de esta formación con la finalidad de facilitar el proceso enseñanza aprendizaje durante su formación técnica. El propósito de este Manual es dotar al Protagonista de los conocimientos técnicos fundamentales para profundizar y fortalecer las capacidades que va adquiriendo en el Centro de Formación. Este manual está conformado por tres unidades didácticas: Registro de operaciones económicas Normativa mercantil contable Registros contables con aplicaciones informáticas.
Cada unidad didáctica tiene los siguientes apartados: Contenidos. Actividades. Autoevaluación. Las actividades para el aprendizaje y los ejercicios de autoevaluación te ayudarán a consolidar los contenidos estudiados con su respectivo: Glosario y para saber más. En los contenidos se presenta la información general, científica y técnica, que necesita saber el protagonista para el desarrollo de las unidades. Confiando en que logres con éxito culminar esta formación, que te convertirá en un profesional en el dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de registros contables y así contribuir al desarrollo de nuestro país. Te deseamos suerte, voluntad y ¡adelante!
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RECOMENDACIONES GENERALES Para iniciar el estudio del manual, debe estar claro, que su dedicación y esfuerzo, le permitirán adquirir los conocimientos tecnológicos para ponerlos en práctica en ejercicios de taller.
Al comenzar el estudio de la unidad didáctica, debe leer los objetivos planteados al inicio, estos le facilitarán la comprensión de los logros propuestos.
A medida que avance en el estudio, recopile inquietudes o dudas de los contenidos desarrollados, solicite aclaraciones en las sesiones de clase.
Analice la información descrita en el manual y consulte a su instructor cuando necesite aclaraciones
Amplíe sus conocimientos con la bibliografía indicada u otros textos que estén a su alcance.
Resuelva responsablemente los ejercicios de autoevaluación y verifique sus respuestas con sus compañeros e instructor.
Prepare el puesto de trabajo, según la operación a realizar, cumpliendo con las normas de higiene y seguridad laboral.
Durante las prácticas de taller, sea amigable con el medio ambiente, no tire residuos fuera de los lugares establecidos.
Recuerde siempre que el cuido y conservación de las herramientas y equipos garantizaran el correcto desarrollo de las clases prácticas y que en el futuro los nuevos participantes harán uso de ellas.
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UNIDAD I: REGISTRO DE OPERACIONES ECONÓMICAS. OBJETIVOS DE APRENDIZAJE DE LA UNIDAD 1) Interpretar a través de la resolución de casos el método de contabilización de la partida doble y los libros de registros que utilizan en la actividad empresarial. 2) Contabilizar los diferentes cargos y abonos aplicando la partida doble según operaciones realizadas en la actividad empresarial.
3) Elaborar sin error un plan general o catálogo de cuenta tomando en cuenta la estructura y codificación.
4) Registrar de manera precisa en un programa informático contable las cuentas y los asientos de las operaciones de una actividad empresarial.
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DESARROLLO 1. EXPLICAR EL CONCEPTO REGISTROS, TIPOS DE OPERACIONES CONTABLES EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL.
Registro contable: es un concepto que suele emplearse como sinónimo de apunte contable o de asiento contable. Se trata de la anotación que se realiza en un libro de contabilidad para registrar un movimiento económico. NOPALES S.A Fecha Concepto 1 Caja Banco Almacen Cuenta por Cobrar Terreno No Utilizado Terreno Edificio Deposito en Garantia Proveedores Acreedores Diversos Anticipo de Cliente Reserva Legal Utilidad Acumulada Capital Social 2 Banco Retencion por Cobrar 2% Retencion por Cobrar 1% Municipal Cuenta por Cobrar 3 Almacen IVA por Cobrar Proveedores 4 Almacen IVA por Cobrar Retencion Por Pagar 2% Retencion por Pagar 1% Municipal Banco 5 Proveedores Retencion por Cobrar 2% Rentencion por Cobrar 1% Municipal Banco 6 Gastos de Administrativo Gastos de Venta IVA por Cobrar Banco 7 Banco Cliente Retencion por Cobrar 2% Rentencion por Cobrar 1% Municipal Venta IVA por Pagar 7a Costo de Venta Inventario 8 Gastos Administrativo Gastos de Venta Banco 9 Banco Retencion por Cobrar 2% Rentencion por Cobrar 1% Municipal Venta IVA por Pagar 9a Costo de Venta Inventario 10 Proveedores Almacen IVA por Cobrar 11 Venta IVA por Pagar Cliente 11a Almacen Costo Sumas Iguales
Parcial Folio Debe C$
Haber 6,500.00 136,000.00 65,000.00 76,000.00 34,500.00 86,300.00 186,000.00 23,000.00 C$
29,700.00 14,460.00 27,000.00 35,000.00 46,000.00 C$ 461,140.00 58,976.00 1,216.00 608.00 60,800.00 39,652.17 5,947.83 45,600.00 12,300.00 1,845.00 246.00 123.00 13,776.00
El registro contable, por lo tanto, da cuenta del ingreso o de la salida de dinero del patrimonio de una corporación. Cada nuevo registro contable implica un movimiento de recursos que se registra en él debe (la salida) o en el haber (el ingreso). Por lo general, el registro contable siempre mantiene su doble condición. Todo movimiento supone una modificación del activo y del pasivo: al ingresar dinero, crece el activo y se reduce el pasivo; al egresar, pasa lo contrario.
26,730.00 534.60 267.30 25,928.10 2,128.30 2,128.30 552.49 4,809.09 83,014.40 15,042.00 1,482.40 741.20
Los registros contables suelen componerse de la fecha, las cuentas intervinientes, el importe y una descripción. Todos estos datos
87,200.00 13,080.00 35,200.00 35,200.00 12,820.00 12,820.00 25,640.00 19,478.26 347.83 173.91 17,391.30 2,608.70 9,560.00 9,560.00 6,118.00 5,320.00 798.00 5,391.30 808.70 6,200.00 2,500.00 2,500.00 C$ 970,882.09 C$ 970,882.09
quedan registrados en el libro contable y permiten controlar el estado económico de la entidad.
Cabe destacar que, de acuerdo a cada código de comercio, existen registros contables que resultan obligatorios para las empresas. Es habitual que llevar un libro diario (con todos los registros o asientos contables y sus correspondientes 4
comprobantes) y un libro de inventarios y balances (que detallen los cambios en el estado contable de cada ejercicio) sea una exigencia legal para el funcionamiento de una organización. La información volcada en los registros contables no sólo es útil para la empresa en cuestión: también resulta imprescindible para el Estado, ya que estos datos son fiscalizados y analizados para determinar si la compañía actúa de acuerdo con las exigencias de la ley. Si bien conviene dejar la elaboración y el mantenimiento de las tareas relacionadas con los ingresos y egresos de una compañía en manos de un profesional especializado, no todos los empresarios desean contratar los servicios de un contador, sino que algunos se embarcan en la emocionante pero ardua aventura de llevar sus propios libros contables sin ayuda. Cabe mencionar que la ley no obliga a nadie a delegar este trabajo; el único requisito es que no haya irregularidades.
A la hora de llevar el registro contable sin ayuda de un contador, existen dos caminos posibles: hacerlo a mano, usando los materiales tradicionales; aprovechar algunos de los muchos programas informáticos que existen con este propósito. La primera opción sigue siendo válida, pero exige un esfuerzo mucho mayor, sobre todo en lo que hace al orden y a la revisión. Con respecto al software, por otra parte, hay varias opciones, algunas de las cuales se listan a continuación: * Outright: se trata de un programa gratuito que permite registrar los ingresos y los egresos de una compañía, con una sección especial para el control de los impuestos. Dos de sus rasgos más atractivos son la posibilidad de importar el historial de transacciones de todas las cuentas relacionadas con el negocio (entre las cuales se encuentran las de Amazon, eBay y PayPal, además de las bancarias) y una función que muestra la situación financiera actual en cualquier momento; * Cuéntica: esta plataforma desarrollada en España ofrece paquetes de servicios que van desde 0 hasta 50 euros mensuales. Entre sus funciones se encuentra la facturación online y el registro contable de manera accesible a los autónomos y pequeños empresarios. También ofrece asesoramiento, gestoría y acceso a información fiscal y modelos oficiales de factura y del IVA; * e-autónomos: se trata de otro entorno español para el registro contable que ofrece opciones tales como la emisión de presupuestos y de facturas, además de automatizar el registro de estas últimas en el libro de ingresos y brindar 5
información relacionada con cuestiones fiscales. Sus servicios pueden obtenerse en un rango de los 10 a los 59,90 euros al mes. 2. CLASIFICAR CORRECTAMENTE LAS CUENTAS SEGÚN SU NATURALEZA PATRIMONIAL DE GESTIÓN. CUENTA: Se le llama cuentas contables al conjunto de registros donde se detallan de forma cronológica todas las transacciones que ocurren en un ente económico. Estas operaciones se registran en asientos de débito o crédito dependiendo del origen de la transacción. Así por ejemplo, una empresa tendrá una cuenta de efectivo en donde registrará todos los movimientos que involucren dinero en efectivo. Si la empresa compra bienes al contado, eso significa que tendrá que dar un crédito a la cuenta de efectivo; si la empresa vende mercancías al contado, entonces deberá de dar un débito a la cuenta de efectivo. Las cuentas contables se clasifican en dos grupos: Cuentas Reales y Cuentas Nominales. En las cuentas reales se incluyen los Activos, Pasivos y el Capital. Estas tres cuentas son las que se utilizan en el Estado de Situación Financiera y se les llama “cuentas reales” porque permanecen abiertas por más de un período contable conservando sus balances. En las cuentas nominales se incluyen los Ingresos, Costos y Gastos. Estas últimas se usan en el Estado de Resultados (también llamado Estado de Ganancias y/o Pérdidas). Se les llama nominales porque se cierran tras finalizar cada período contable, es decir, que solo se utilizan durante un período de tiempo determinado y luego su balance comenzará en cero
CLASES DE CUENTAS CUENTAS REALES DE BALANCE Cuentas de Activo Cuentas de pasivo Cuentas de patrimonio CUENTAS NOMINALES O DE RESULTADOS Cuentas de ingresos Cuentas de costos Cuentas de gastos CUENTAS DE ORDEN
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TIPOSDECUENTAS. 1) Cuentas patrimoniales: registran las variaciones producidas en los elementos que componen el balance de la empresa y muestran su situación en un momento determinado. Distinguimos entre cuentas de activo (ejemplo: maquinaría, clientes, caja…) y cuentas de neto patrimonial y pasivo. (Ejemplo: capital social, proveedores, deudas con entidades de crédito) 2) Cuentas de gestión: recogerlos ingresos y los gastos generados como resultado de la actividad de la empresa. Distinguimos cuenta de gastos (ejemplo: compras, sueldos y salarios,…) y cuentas de ingresos (Ejemplo: ventas de mercaderías) FUNCIONAMIENTODELASCUENTAS: Cuentas de activo: el valor inicial los aumentos de valor se anotan en él debe y las disminuciones en el haber. Cuentas de pasivo y neto patrimonial: el valor inicial y los aumentos de valor se anotan en el haber y las disminuciones en él debe. Cuentas de gastos: funcionan como las cuentas de activo. Cuentas de
ingresos: funcionan como las
cuentas de pasivo.
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CONCEPTOSDE ACTIVO, PASIVO YPATRIMONIO NETO
Activo: Son los bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultante de sucesos pasados, delos que se espera que la empresa obtenga beneficios en el futuro. Activo=Estructura económica=Inversión
Pasivo: Obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados, para cuya cancelación la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficioso resultados económicos en el futuro. Pasivo=Estructura financiera=Financiación. Patrimonio neto: Esla parte residual de los activos una vez deducido todos sus pasivos.
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3. MÉTODO DE CONTABILIZACIÓN DE LA PARTIDA DOBLE Y LOS LIBROS DE REGISTROS QUE UTILIZAN.
PARTIDA DOBLE Se llama partida doble al movimiento contable que afecta a por lo menos dos cuentas, movimiento que representa un movimiento deudor y un movimiento acreedor. La partida doble es la esencia de la Contabilidad actual y parte integral de la Ecuación patrimonial. El Método de la partida doble, es un principio universal introducido por Fray Lucas Luca Pacioli, según el cual si se debita una cuenta por un valor, se debe acreditar otra u otras por igual valor. Es un sistema universalmente aceptado para el registro contable de transacciones comerciales. Se fundamenta en el siguiente hecho:
Cuando una persona vende, hay otra que compra. Cuando una persona entrega, hay otra que recibe. No puede existir deudor sin acreedor. No puede existir acreedor sin deudor. Tal situación da lugar a los asientos de contabilidad, que no son otra cosa que el registro de las transacciones u operaciones comerciales en cada una de las cuentas afectadas.
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Esto quiere decir que toda transacción comercial implica: entrega de mercancías o servicios y entrega de efectivo o aceptación de la deuda.
El principio universal de la Partida Doble significa que en cualquier asiento contable, la suma de los débitos debe ser igual a la suma de los créditos
Comente usted: ¿Qué comprendes por Método de la “PARTIDA DOBLE”?
Origen de la partida doble Aun cuando parezca no tener importancia, la aferración tradicionalista es que el nombre del precursor de la partida doble en contabilidad, que a mí juicio, y también de otros que coinciden conmigo, es LUCA PACIOLI. Es cierto que muchos autores, incluso enciclopedias especializadas lo nombran bien como Luca Paciolo o Lucas Pacioli, a veces con doble c, pero no obstante me remito a la forma original expresada en otros muchos documentos de gran relevancia histórica
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PASOS PARA RESOLVER EJERCICIOS DE PARTIDA DOBLE
Apertura – Clasificar las Cuentas Clasificar las Cuentas en: Activo-------Debe Pasivo-------Haber Capital------Haber (Sumar las del DEBE y Restar las del HABER )
1-03-06 3-03-06
Operaciones
Ventas---------Venta---------Haber IVA por Pagar ----------------Haber Caja/banco------ Debe----Contado Retención por Cobrar----Debe Cliente- Doc. X Cobrar---Debe----Crédito
o
N
OPERACIONES CONTABLES TRES ROSAS EL 1O MARZO DEL 2001, INICIA EL NEGOCIO DENOMINADO “LAS 3 ROSAS CON EL SIGUIENTE BALANCE Caja Banco Banco Mercancía Cliente Mobiliario y Equipo de Oficina Proveedores Documento por Pagar Capital
C$ 10,000.00 70,000.00 150,000.00 120,000.00 60,000.oo C$ 75,000.00 80,000.00 255,000.00
REGISTRO EN ESQUEMA DE MAYOR Caja 10,000.00
Banco 70,000.00
Mercancía 150,000.00
Cliente 120,000.00
Mobiliario y equipo de OFF 60,000.00
Proveedor
Documento por pagar 80,000.00
Patrimonio
El 3 de marzo -06 Se vende mercancía por C$ Ventas 120,000.00 nos pagaron el 60% con cheque y por el resto nos firmaron pagaré. ANALISIS DE OPERACIÓN
120,000.00
1,440.00 72,000.00
IVA Debitable (72,000*15%)
10,800.00
Sub- total
82,800.00
Anticipo IR (2% *72,000)
1,440.00
Caja
81,360.00
Venta de Crédito (120,000*40%)
48,000.00
IVA Debitable (48,000*15%) Documento por Cobrar
255,000.00 IVA Debitable
Anticipo del IR
Venta de contado (120,000*60'%)
75,000.00
18,000.00
Caja 81,360.00
Documento por Cobrar 55,200.00
7,200.00 55,200.00
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PASOS PARA RESOLVER EJERCICIOS DE PARTIDA DOBLE
05-03-06 09-03-06
Operaciones
Aumenta el efectivo en Reduce la deuda de cliente y caja por la aportación de Aumenta el efectivo con un capital y aumenta el descuento sobre venta capital
o
N
OPERACIONES CONTABLES TRES ROSAS
REGISTRO EN ESQUEMA DE MAYOR
El 5 de marzo-06 Un cliente nos pagó con cheque Caja su cuenta de C$ 45,000.00 por la que se le 44,217.40 concedió un descuento del 2% por pronto pago. ANÁLISIS DE OPERACIÓN Cuentas Caja Descuento sobre Venta Cliente
DEBE Aumenta Aumenta
HABER Disminuye Disminuye
Aumenta
Disminuye
El 9 de marzo-06 El propietario de Las Tres Rosa, hizo una nueva aportación de capital por C$ 75,000.00 en efectivo.
Cliente 45,000.00
Descuento/venta 782.60
Descuento sobre Venta = (45000/1.15*2%)= 782.60 Caja 45,000-782.60 = 44,217.40 Caja 75,000.00
Capital 75,000.00
ANÁLISIS DE OPERACIÓN Cuentas Caja Capital
DEBE Aumenta Disminuye
HABER Disminuye Aumenta
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PASOS PARA RESOLVER EJERCICIOS DE PARTIDA DOBLE
Caja/banco------ Haber----Contado Retención por Pagar (2% de la Compra)-----Haber Proveedores--- Doc. X Pagar----Haber----Crédito
11-03-06 13-03-06
Operaciones
Compra--15% de la Compra-----Debe Aumenta activo --- Debe Aumenta un pasivo----Haber IVA por Cobrar (15% de la Compra)---- Debe
o
N
OPERACIONES CONTABLES TRES ROSAS
REGISTRO EN ESQUEMA DE MAYOR
El 11 de marzo-06 Se compró mercancía por valor Compras de C$ 175,000.00 a crédito el 60% y el resto se 175,000.00 firma documento.
Retención Por pagar 1,400.00
ANÁLISIS DE OPERACIÓN Compra de contado (175,000*40'%)
70,000.00
IVA Acreditable (70,000*15%)
10,500.00
Sub- total
80,500.00
Retención por pagar (2% *70000)
IVA Acreditable
Documento por Pagar
26,250.00
120,750.00
1,400.00
Banco
79,100.00
Compra de Crédito (175,000*60%)
Banco 79,100.00
105,000.00
IVA Acreditable (105,000*15%)
15,750.00
Documento por Pagar
120,750.00
El 13 de marzo-06 Se compra equipo de cómputo por C$ 40,000.00 de crédito
Equipo de Computo 40,000.00
Documento por pagar 46,000.00
ANÁLISIS DE OPERACIÓN Cuentas Equipo de Computo IVA Acreditable Documento por pagar
DEBE Aumenta
HABER Disminuye
Aumenta Disminuye
Disminuye Aumenta
IVA Acreditable 6,000.00
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PASOS PARA RESOLVER EJERCICIOS DE PARTIDA DOBLE o
N
OPERACIONES
OPERACIONES CONTABLES TRES ROSAS
REGISTRO EN ESQUEMA DE MAYOR
El 13 de marzo-06 Se paga nómina de la forma siguiente:
Gasto de administración C$ 60,900.00 Gasto de Venta C$ Salario Básico 42,000.00 Salario Básico Otros Ingresos 0 Otros Ingresos INSS Patronal 18% 7,560.00 INSS Patronal 18% INATEC 2% 840.00 INATEC 2% Treceavo Mes 3,500.00 Treceavo Mes Vacaciones 3,500.00 Vacaciones Indemnización 3,500.00 Indemnización
Gasto de administración C$ 60,900.00
Nombre y Apellido
Sal. Bás.
Otros Ingresos
Total
Julio Pérez
Gerente G.
26,000.00
26,000.00
Manuel Sánchez
Contador
16,000.00
16,000.00
Mayra Suarez
Gerente Vta.
18,000.00
10,000.00
28,000.00
Francis Vargas
Vendedor
14,000.00
2,300.00
16,300.00
74,000.00
12,300.00
86,300.00
Total
Para trabajar es punto se debe utilizar la siguiente tabla
Debe Haber Gasto de administración C$ 60,900.00 Gasto de Venta 61,160.00
13-03-06
Prestaciones Sociales Por pagar Vacaciones, Treceavomes, Indemnizacion)
mas Igual Menos Igual Por Igual Menos Igual Por Igual Mas Igual Entre Igual
Salario Básico Otros Ingresos Total Ingresos INSS LABORAL 6.25% Renta Gravable Mensual meses Año Renta Gravable Anual Sobre exceso Renta Neta Gravable Anual Porcentaje Aplicable Sub- Total Impuesto Base IR Anual meses Año IR Mensual
Administración Julio Perez Manuel Sánchez 26,000.00 16,000.00 26,000.00 1,625.00 24,375.00 12 292,500.00 200,000.00 92,500.00 20% 18,500.00 15,000.00 33,500.00 12 2,791.67
Venta Mayra Suarez Francis Vargas 18,000.00 14,000.00 10,000.00 2,300.00 16,000.00 28,000.00 16,300.00 1,000.00 1,750.00 1,018.75 15,000.00 26,250.00 15,281.25 12 12 12 180,000.00 315,000.00 183,375.00 100,000.00 200,000.00 100,000.00 80,000.00 115,000.00 83,375.00 15% 20% 15% 12,000.00 23,000.00 12,506.25 0 15,000.00 0 12,000.00 38,000.00 12,506.25 12 12 12 1,000.00 3,166.67 1,042.19
61,160.00 32,000.00 12,300.00 7,974.00 886.00 2,666.67 2,666.67 2,666.67
Prestaciones Sociales Por pagar 18,500.00 Obligaciones por Pagar 17,260.00 Retenciones por pagar 13,394.27
18,500.00 Banco
72,905.73
Obligaciones por Pagar INSS Patronal e INATEC
17,260.00
Retenciones por pagar INSS Laboral e IR Mensual
13,394.27
Banco Sumas Iguales
Gasto de Venta C$ 61,160.00
72,905.73 C$ 122,060.00 C$ 122,060.00
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Sobre la cuenta contable
La cuenta contable el instrumento que permite identificar, clasificar y registrar un elemento o hecho económico realizado por una empresa.
La cuenta está compuesta de los siguientes elementos: Código de la cuenta Nombre de la cuenta Debito Crédito Libros principales o mayores De acuerdo con las disposiciones legales los comerciantes deben llevar los siguientes libros: Libro de Inventarios y Balances Al iniciar la actividad comercial, la empresa debe elaborar un inventario y un balance general que le permitan conocer de manera clara y completa la situación de su patrimonio, en este libro deben registrarse todos estos rubros, de acuerdo con las normas legales. La información que debe contener este libro es
La cantidad de artículos inventariados al inicio del periodo contable. (Generalmente son los inventarios y los activos fijos). El nombre y código de las cuentas y las subcuentas que conforman los rubros 15
anteriormente descritos. El valor que corresponde al valor unitario de cada artículo. El valor parcial de las operaciones.
El valor total correspondiente a cada cuenta.
Legalidad contable: Los libros de contabilidad deben conservarse por lo menos diez años, contados desde el cierre de aquellos o la fecha del último asiento o comprobante. Libro Diario Es un libro principal, denominado también “diario columnario”, en él se registran en orden cronológico todos los comprobantes de diario elaborados por la empresa durante el mes. Con el fin de obtener el movimiento mensual de cada cuenta, al finalizar el mes se totalizan los registros débitos y créditos, trasladándolos al libro mayor. En este libro se encuentra información como
La fecha completa del día en el cuál se realizó el comprobante de diario. La descripción del comprobante. La totalidad de los movimientos débito y crédito de cada cuenta Los saldos finales de cada cuenta y su traslado a las cuentas del mayor.
Todos los comerciantes deben conformar su contabilidad en libros y registros contables de acuerdo con la normatividad del código del comercio y las disposiciones legales.
Libro Mayor y Balances Es un libro principal que deben llevar los comerciantes para registrar el movimiento mensual de las cuentas en forma sintética. La información que en él se encuentra se toma del libro Diario y se detalla analíticamente en los libros auxiliares. En él se encuentra la siguiente información:
La cuenta y su respectivo código (Este código es según el plan de cuentas de la empresa). El saldo anterior de cada una de las cuentas que lo tengan. El movimiento débito o crédito de cada cuenta. Las operaciones mensuales. 16
Los saldos finales para la elaboración de los Estados financieros.
Libros auxiliares Son los libros de contabilidad donde se registran en forma analítica y detallada los valores e información registrada en los libros principales. Cada empresa determina el número de auxiliares que necesita de acuerdo con su tamaño y el trabajo que se tenga que realizar. En ellos se encuentra la información que sustenta los libros mayores y sus aspectos más importantes son: 1. Registro de las operaciones cronológicamente. 2. Detalle de la actividad realizada. 3. Registro del valor del movimiento de cada subcuenta
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Tipos de libros auxiliares
Cuentas de control: En estos libros se detalla y amplía la información de una cuenta en varias subcuentas, para evitar los inconvenientes que puede ocasionar el manejo de muchos registros individuales de una cuenta. Subcuentas: Este es el que sustenta la información presentada en los libros mayores y diario y contiene los valores correspondientes a las subcuentas y sus auxiliares. Auxiliar de compras y ventas: Las empresas utilizan auxiliares de compras y ventas donde se registran en forma detallada la información solicitada por la administración de impuestos. Auxiliar de vencimientos: Este se lleva con el fin de saber las cuentas por pagar que se tiene con terceros y las cuentas por cobrar.
Existen otros libros que tienen el resto de la información financiera de la empresa, como el libro de actas y registro de socios, el libro fiscal, el registro de facturación etc.
IMPORTANCIA DE LA DOCUMENTACIÓN MERCANTIL La importancia de la documentación mercantil es tal que ha creado normas especiales de carácter técnico y disposiciones legales para impresión, archivo y conservación de los distintos documentos que se utilizan en las operaciones mercantiles. Aún los formularios de simple orden interno para tramitación entre dependencias de una misma empresa constituyen elementos probatorios que permiten seguir el curso de un lote de mercancías, identificar un envío de dinero o exigir el cumplimiento de una norma o
disposición interna cualquiera como pudiera ser la de reclamar al Departamento de Compras, haciendo
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a. Facturas Nombre femenino 1. Cuenta en la que se detallan las mercancías compradas o los servicios recibidos, junto con su cantidad y su importe, y que se entrega a quien debe pagarla. "no te olvides de pedir factura de todo lo que compres". 2. Manera en la que está hecha una cosa. Documentos equivalentes a la factura: son documentos equivalentes a la factura: Los tiquetes de máquinas registradoras Las boletas de ingreso a espectáculos públicos Los tiquetes de transporte. Los recibos de pago de matrículas y pensiones expedidos por los establecimientos de educación reconocidos por el gobierno Pólizas de seguros, títulos de capitalización y los respectivos comprobantes de pago Extractos expedidos por sociedades fiduciarias, fondos de inversión, fondos de inversión extranjera, fondos mutuos de inversión, fondos de valores. Fondos de pensiones y de cesantías. Facturas electrónicas: entiéndase por factura electrónica el documento computacional que soporta una transacción de venta de bienes o prestación de servicios, transferido bajo un lenguaje estándar universal denominado EDIFACT de un computador a otro
b. Recibos Documento firmado en el que se declara haber recibido una cantidad de dinero, una mercancía o un servicio o un recibo es un documento escrito que se entrega para dejar constancia y certificar que alguien ha abonado aquello que debía o tenía que pagar. También se lo denomina como constancia de pago. Normalmente, el recibo se hace por duplicado y en los casos que así se lo exige hasta por triplicado. Esto quiere decir, que así se realice de manera escrita o bien por un medio electrónico, el recibo en cuestión se emitirá con una o dos copias porque una de ellas, generalmente el original será entregado a la persona que cancela un pago como medio de prueba fehaciente que ha abonado, mientras que 19
la copia del mismo quedará en manos de quien lo emite para también tener una constancia que tal cuenta o deuda se ha pagado conforme.
c. Cheques Un cheque es una orden de pago puesta por escrito que permite a la persona que lo recibe cobrar una cierta cantidad de dinero que está estipulada en el documento y que debe estar disponible en la cuenta bancaria de quien lo expide. Es importante resaltar el hecho de que en sus orígenes los cheques fueron utilizados como una medida para evitar fraudes en los bancos gracias a que en los mismos se guardaban las firmas de quienes realizaban los distintos depósitos y estas se cotejaban cuando alguien iba a efectuar el cobro de uno de esos cheques. El cheque, por lo tanto, es un título a través del cual se autoriza a un individuo a realizar una extracción de dinero de una cuenta, sin necesidad de que este sujeto sea el titular de dicha cuenta. Por tal motivo, el cheque se utiliza como medio de pago, reemplazando al dinero en efectivo.
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COMPROBANTE DE CHEQUE No. Ck:
JULIO LOPEZ S - BAC CONCEPTO: CANCELACION DE SALARIO CORRESPONDIENTE AL MES DE NOVIEMBRE DEL 2012.-
No. CEDULA DE IDENTIDAD
CODIGO
NOMBRE DE LA CUENTA GASTOS DE ADMINISTRACION Salario Ordinario Antiguedad Vacaciones Producción Zonaje Devengado por Hrs. Extras Aguinaldo INSS patronal INATEC 2%
FIRMA DEL BENEFICIARIO
PARCIAL
DEBE C$ 20,103.42
HABER
C$ 8,750.00 C$ 787.50 C$ 1,458.33 C$ 1,750.00 C$ 0.00 C$ 583.33 C$ 4,375.00 C$ 2,132.67 C$ 266.58
BANCO BAC
C$ 16,038.35
RETENCIONES POR PAGAR Inss Laboral IR IMPUESTOS POR PAGAR Inss Patronal Inatec 2%
SUMAS IGUALES ELABORADO POR:
C$ 1,665.81 C$ 833.07 C$ 832.74 C$ 2,399.25 C$ 2,132.67 C$ 266.58 C$ 20,103.42
C$ 20,103.42
AUTORIZADO POR: RECIBO CONFORME
4. INTERPRETANDDO MÉTODO DE CONTABILIZACIÓN DE LA PARTIDA DOBLE Y LOS LIBROS DE REGISTROS QUE UTILIZAN. Código de la cuenta: es el conjunto números que identifica un elemento de la ecuación patrimonial o un hecho económico. En nuestro plan de cuentas el primer digito representa la clase de la cuenta (activo, pasivo, patrimonio, ingresos, gastos, costos de venta, costos de producción o cuentas de orden). El segundo digito representa el grupo de la respectiva clase. Cada clase, para mayor claridad y puntualidad, se divide en varios grupos. Tenemos que en la clase 21
1 (activo), se tiene el grupo 1 que hace referencia al disponible, el grupo 2 que hace referencia a las inversiones, etc. Los dígitos 3 y 4 identifican la cuenta como tal, y es el nombre general de un concepto o hecho económico. Los dígitos 5 y 6, son la subcuenta y especifican más la cuenta, como por ejemplo la cuenta “flota y equipo de transporte” es muy general, por lo que se requiere de la subcuenta autos, camionetas y camperos, para identificar uno de los muchos tipos posibles de flota y equipo de transporte. Los dígitos 7 y 8 son los auxiliares y permiten especificar aún más en un determinado concepto. Una cuenta con 8 dígitos sería 154005. El primer digito nos dice que se trata de un activo, el segundo que se trata de una propiedad plante y equipo, los dos siguientes dígitos nos dice que se trata de una flota y equipo de transporte, y los dos últimos dígitos dicen que específicamente se refiere a autos camionetas y camperos. Si aún queremos ser más específicos, le agregamos dos dígitos más 15400501, ya que es posible que existan diferentes tipos de autos, como por ejemplo un auto de una u otra marca.
Nombre de la cuenta. Es el nombre que identifica el hecho económico codificado, por ejemplo caja general, bancos, proveedores, clientes, arrendamiento, etc. Debito. Es el lado izquierdo de la cuenta Crédito. Es el lado derecho de la cuenta Otra forma de explicar el tema sería: Cuenta contable es una representación numérica (código) que identifica y representa un concepto o hecho económico de la empresa, como por ejemplo la compra de una mercancía, la venta de la mercancía, un pago a un tercero, la consignación de un dinero en el banco, etc. 22
Los libros contables, conocidos también como libros de contabilidad, son registros o documentos que deben llevar obligatoria o voluntariamente los comerciantes y en los cuáles se registran en forma sintética las operaciones mercantiles que realizan durante un período de tiempo determinado. Mención de la fecha y número de una solicitud de compras, el que un pedido no se hubiera recibido dentro del plazo establecido.
Licores Bell REGISTRO EN LIBRO DIARIO Fecha Concepto 1 Caja Banco Inventario Cuenta por Cobrar Equipo Rodante Terreno Edificio Proveedores Préstamo Bancario Gastos Acumulados Por pagar Patrimonio 2 Compra IVA por Cobrar Proveedores 3 Gastos de Compra IVA por Cobrar Retención por Pagar 2% Retención por Pagar 1% Municipal Banco 4 Gastos de Administración Gastos de Ventas IVA por Cobrar Retención Por Pagar Retención por Pagar 1% Municipal Banco 5 Banco Retención por Cobrar 2%
Parcial Folio Debe C$ 26,000.00 347,000.00 195,000.00 204,000.00 236,000.00 186,000.00 536,000.00
Haber
C$
167,000.00 156,000.00 47,000.00 C$ 1360,000.00 332,000.00 49,800.00 381,800.00 22,300.00 3,345.00 446.00 223.00 24,976.00 34,116.00 22,744.00 8,529.00 1,137.20 568.60 63,683.20 443,520.00 7,920.00 23
6
7
8
9
10 11 A1 A2 A3 A4 A5
Retención por Cobrar 1% Municipal Venta IVA por Pagar Proveedores Dev. / Compra IVA por Cobrar Banco Retención por Cobrar 2% Retención por cobrar 1% Cuenta por Cobrar Proveedores Retención por Pagar 2% Retención por Pagar 1% Municipal Banco Dev. / Venta IVA por Pagar Retención por Cobrar 2% Retención por Pagar 1% Municipal Banco Banco Caja Inventario Costos de Venta Costos de Venta Inventario Costos de Venta Gastos de Compra Dev. / Compra Costos de Venta Costos de Venta Compra Venta Dev. / Venta Sumas Iguales
3,960.00 396,000.00 59,400.00 20,010.00 17,400.00 2,610.00 102,820.00 2,120.00 1,060.00 106,000.00 167,000.00 2,904.35 1,452.17 162,643.48 19,500.00 2,925.00 390.00 195.00 21,840.00 13,000.00 13,000.00 190,000.00 190,000.00 195,000.00 195,000.00 22,300.00 22,300.00 17,400.00 17,400.00 332,000.00 332,000.00 19,500.00 19,500.00 C$ 3762,869.00
C$ 3762,869.00
24
Registro en Esquema de Mayor
Caja
Banco 26,000.00
13,000.00
Inventario
347,000.00
24,976.00
195,000.00
443,520.00
63,683.20
190,000.00
102,820.00
162,643.48
385,000.00
13,000.00
21,840.00
190,000.00
906,340.00
273,142.68
195,000.00
195,000.00
633,197.32
Cuenta por Cobrar 204,000.00
Equipo Rodante 106,000.00
Terreno
186,000.00
186,000.00
98,000.00
Edificio
Proveedores
536,000.00
Préstamo Bancario
20,010.00
167,000.00
167,000.00
381,800.00
187,010.00
548,800.00
156,000.00
361,790.00
Gastos Acumulados Por pagar 47,000.00
Gastos de Compra 22,300.00
Patrimonio
Compra 1360,000.00
Retención por Pagar 2% 22,300.00
332,000.00
332,000.00
IVA por Cobrar 446.00 1,137.20
49,800.00
2,610.00
3,345.00
25
2,904.35
8,529.00
4,487.55
61,674.00
2,610.00
59,064.00 Retención por Pagar 1% Municipal
Gastos de Administración 223.00
Gastos de Ventas
34,116.00
22,744.00
568.60 1,452.17 2,243.77
Retención por Cobrar 2% 7,920.00
390.00
2,120.00 10,040.00
3,960.00
Venta 195.00
19,500.00
1,060.00 390.00
9,650.00
5,020.00
396,000.00 376,500.00
195.00
4,825.00
Dev. / Venta 19,500.00
Retención por Cobrar 1% Municipal
Dev. / Compra 19,500.00
17,400.00
IVA por Pagar 17,400.00
2,925.00
59,400.00 56,475.00
Costos de Venta 195,000.00
190,000.00
22,300.00
17,400.00
332,000.00 549,300.00
207,400.00
341,900.00
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5. ESTRUCTURA DEL PLAN GENERAL CONTABLE (PGC) O
CATÁLOGO DE CUENTAS. El catálogo de cuentas en contabilidad electrónica es una lista de las cuentas que se necesitan para que una empresa registre sus operaciones, se crea según las actividades desarrolladas en cada empresa, aunque hay cuentas básicas que se usan en todas. Las cuentas se clasifican en cuentas de activo, pasivo, capital, cuentas de orden y cuentas de resultados (ventas, costos y gastos). Ejemplo de catálogo de 3 niveles de cuentas
1120-000-000 BANCOS 1120-001-000 Bancos Moneda Nacional 1120-001-001 BANPRO 741107-1 suc 201
Codificación de un Plan de Cuentas Codificar un plan de cuentas, implica reemplazar el nombre de cada cuenta por símbolos, ya sean éstos, letras, números o ambos combinados. El objetivo de la codificación es economizar tiempo y trabajo, ya que el símbolo utilizado facilitará la memorización de la cuenta, su ordenamiento y su identificación y localización dentro del plan de cuentas.
Por lo expuesto, este procedimiento debe reunir ciertas condiciones, a saber: Sencillez, que permita memorizar y recordar fácilmente los símbolos. Precisión, cada símbolo debe representar un único significado, evitando ambigüedades por semejanza con otros símbolos. Flexibilidad, de manera que posibilite la inserción de nuevas cuentas a medida que las circunstancias lo exijan. Racionalidad, que posibilite el agrupamiento de cuentas relacionadas, facilitando la integración de los rubros. Existen varios sistemas de codificación y ordenamiento de un plan de cuentas. Dentro de los sistemas mnemotécnicos (fáciles de recordar), el más perfeccionado 27
es el numérico decimal, ya que permite en forma ilimitada agrupar todas las cuentas que sean necesarias e intercalar nuevas.
SISTEMA DE CODIFICACIÓN UTILIZADO EN EL CATÁLOGO DE CUENTAS
Pasos a seguir en la confección: Se debe encuadrar dentro del sistema numérico decimal, veremos cuáles son los pasos graduales que hacen a la mecánica de su confección. El primer paso consiste en determinar el primer grado o nivel de análisis, que siguiendo la clasificación de cuentas según su naturaleza, implica asignar un número a las cuentas recompuestas (elementos) o de menor grado de análisis:
1 ACTIVO 2 PASIVO 3 PATRIM. NETO 4 RESULTADOS 5 CTAS. DE ORDEN
El segundo paso consiste en determinar el segundo grado o nivel de análisis, asignando el segundo dígito a las llamadas cuentas compuestas, en función a un criterio legal: 1 ACTIVO 1.1 ACTIVO CORRIENTE 1.2 ACTIVO NO CORRIENTE 2 PASIVO 2.1 PASIVO CORRIENTE 2.2 PASIVO NO CORRIENTE El tercer paso consiste en determinar el tercer grado o nivel de análisis, asignando el tercer dígito a las cuentas colectivas o sintéticas, que son aquellas representativas de los rubros: 1 ACTIVO 1.1 ACTIVO CORRIENTE 1.1.1 CAJA Y BANCOS 1.1.2 INVERSIONES CORRIENTES 1.1.3 CREDITOS 28
1.1.4 BIENES DE CAMBIO
El cuarto paso consiste en determinar el cuarto grado o nivel de análisis, asignando el cuarto dígito a las cuentas simples o analíticas de primer grado de análisis, que son aquellas integrantes de cada rubro, las cuales podrían ser utilizadas para registrar anotaciones en el libro diario general. A partir de este grado de análisis se formaliza la apertura analítica que se desee en función de los requerimientos de información de cada ente en particular:
1 ACTIVO 1.1 ACTIVO CORRIENTE 1.1.1 CAJA Y BANCOS 1.1.1.1 CAJA 1.1.1.2 BANCOS EN MONEDA NACIONAL 1.1.1.3 BANCOS EN MONEDA EXTRANJERA Los pasos siguientes determinarán el quinto o más grado o nivel de análisis, asignando el quinto o más dígitos a las cuentas simples o analíticas de segundo o más grado de análisis. En nuestro modelo de plan de cuentas, existen cuentas analíticas de distintos grados de análisis que cumplen con la función de anotar o registrar los cambios que se sucedan en los elementos del patrimonio del ente. A los efectos de contemplar una mayor flexibilidad en la confección del plan de cuentas, se ha optado por anteponer un cero al último grado de análisis considerado: 1 ACTIVO 1.1 ACTIVO CORRIENTE 1.1.1 CAJA Y BANCOS 1.1.1.1 CAJA 1.1.1.1.01 CAJA….EN MONEDA NACIONAL 1.1.1.1.02 CAJA….EN MONEDA NACIONAL 1.1.1.1.03 FONDO FIJO 1.1.1.1.04 CAJA EN MONEDA EXTRANJERA 1.1.1.2 BANCOS EN MONEDA NACIONAL 1.1.1.2.01 BANCO….CTA/CTE. 1.1.1.2.02 BANCO….CTA/CTE. 1.1.1.2.03 BANCO….CAJA DE AHORROS 1.1.1.2.04 BANCO….CAJA DE AHORROS 1.1.1.3 BANCOS EN MONEDA EXTRANJERA 1.1.1.3.01 BANCO….CTA/CTE. M/EXTRANJERA 1.1.1.3.02 BANCO….CTA/CTE. M/EXTRANJERA 1.1.1.3.03 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
29
Ejemplo Empresa Las Tres Rosas
Código 1 2 3 4 5 6 7
CUENTAS Descripción Activo Pasivos Capital Ingresos Costos Gastos Cuentas de Cierre
L as T res R o s as Catalogo de cuentas contables
CUENTA Activo Activo Activo Activo Pasivos Pasivos Pasivos Capital Ingresos Costos Gastos
Descripcion Circulante Fijo Diferido Otros Circulante Fijo Diferido Contable Operativos Venta Operativos
SUB CUENTAS CUENTA&SUBCUENTA Activo Circulante Activo Fijo Activo Diferido Activo Otros Pasivos Circulante Pasivos Fijo Pasivos Diferido Capital Contable Ingresos Operativos Costos Venta Gastos Operativos
CODIGO 1100 1200 1300 1400 2100 2200 2300 3100 4100 5100 6100
30
SUB SUB-CUENTAS SUB CUENTA Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Circulante Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Fijo Activo Diferido Activo Diferido Activo Diferido Activo Diferido Activo Diferido Activo Diferido Activo Otros Activo Otros Activo Otros Activo Otros Activo Otros Activo Otros Activo Otros Activo Otros Activo Otros
DESCRIPCION CAJA GENERAL CAJA CHICA BANCO MONEDA NACIONAL BANCO MONEDA EXTRANGERA CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES) ESTIMACION X CUENTAS INCOBRABLES CUENTAS A COBRAR SOCIOS DEUDORES DIVERSOS PRÉSTAMOS Y ADEL. A EMPLEADOS DOCUMENTOS POR COBRAR INVENTARIOS MERCADERIA EN TRANSITO ANTICIPOS A PROVEEDORES IMPUESTO Y RETENCIONES PAGADOS POR ANTICIPADO PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA CREDITO FISCAL POR SALDO A FAVOR Terrenos Edificios y Bodegas Equipo Rodante Mobiliario y Equipo de Oficina Otros Equipos y Utensilios Crédito Mercantil Construcciones en Proceso Equipo de Cómputo Activos Fuera de Uso DEPRECIACION ACUMULADA Gastos de Constitución Gastos de Instalación Gastos Legales Mejoras en Propiedades Arrendadas Gastos de Mantenimiento Depósitos en Garantía
Estimación Para Cuentas Incobrables Estimación Para Documentos por Cobrar Depreciación Acumulada Para Edificios y Bodegas Depreciación Acumulada de Equipos Rodantes Depreciación Acumulada de Mobiliario y Equipo Depreciación Acumulada de Equipo de Cómputo Depreciación Acumulada de Otros Equipos y Utensilios Amortización Acumulada Gastos de Constitución Amortización Acumulada Gastos de Instalación
CODIG O 1101 1102 1103 1104 1105 1106 1107 1108 1109 1110 1111 1112 1113 1114 1115 1116 1201 1202 1203 1204 1205 1206 1207 1208 1209 1210 1301 1302 1303 1304 1305 1306 1401 1402 1403 1404 1405 1406 1407 1408 1409 31
Activo Otros Activo Otros Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Circulante Pasivos Fijo Pasivos Fijo Pasivos Fijo Pasivos Fijo Pasivos Diferido Pasivos Diferido Capital Contable Capital Contable Capital Contable Capital Contable Capital Contable Capital Contable Capital Contable Capital Contable Capital Contable Activo Fijo Activo Diferido Gastos Operativos Gastos Operativos Ingresos Operativos Costos Venta Gastos Operativos
Amortización Acumulada Gastos Legales Amortización Acumulada Gastos de Mantenimiento Proveedores Préstamos Bancarios Documentos por Pagar IVA por Pagar Retenciones por Pagar Anticipos de Clientes Gastos Acumulados por Pagar Intereses Acumulados por Pagar Impuestos por Pagar Acreedores Diversos Préstamos Bancarios Largo Plazo Documentos por Pagar Largo Plazo Hipotecas por Pagar Bonos por Pagar Intereses Cobrados por Anticipado Rentas Cobradas por Anticipado Capital Social Capital Contable Aportes Adicionales de Capital Reserva Legal Utilidades o Pérdidas Acumulada Utilidad o Pérdida del Ejercicio Dividendos Superávit por Reevaluación de Terreno Superávit por Reevaluación de Edificio pol Gastos de seguros Gastos de Venta Gastos de Administración Ventas Costos de Venta Gastos Financiero
1410 1411 2101 2102 2103 2104 2105 2106 2107 2108 2109 2110 2201 2202 2203 2204 2301 2302 3101 3102 3103 3104 3105 3106 3107 3108 3109 1211 1307 6103 6103 4101 5101 6103
32
SUB SUB-CUENTAS DESCRIPCION
CODIGO
BANCO MONEDA EXTRANGERA
BANCENTRO 789
1104.001
BANCO MONEDA NACIONAL
BANPRO 1011
1103.001
BANCO MONEDA NACIONAL
BANCENTRO 123
1103.002
BANCO MONEDA NACIONAL
BAC 123
1103.003
BANCO MONEDA NACIONAL
CITIBANK 123
1103.004
CAJA GENERAL
Moneda Nacional
1101.001
CAJA GENERAL
Moneda Extranjera
1101.002
CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES)
Pagaré
1105.001
CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES)
Letras de Cambio
1105.002
CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES)
Otros
1105.003
Documentos por Pagar
Pagarés
2103.001
Documentos por Pagar
Letras de Cambio
2103.002
Documentos por Pagar
Otros
2103.003
Equipo Rodante
Camionetas
1203.001
Equipo Rodante
Camiones
1203.002
Equipo Rodante
Microbuses
1203.003
Equipo Rodante
Otros
1203.004
Equipo Rodante
CARCARCHITA
1203.005
INVENTARIOS
Inventario Materia Prima
1111.001
INVENTARIOS
Inventario Productos en Proceso
1111.002
INVENTARIOS
Inventario Productos Final
1111.003
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Escritorios
1115.001
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Sillas Ejecutivas
1115.002
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Archivadores
1115.003
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Computadoras
1115.004
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Impresoras
1115.005
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Máquinas de Escribir Eléctricas
1115.006
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Máquinas de Escribir Mecánicas
1115.007
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Máquinas Sumadoras
1115.008
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Otros
1115.009
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
Muebles Para Computadoras
1115.010
Préstamos Bancarios
Banco de Crédito Centroamericano
2102.001
Préstamos Bancarios
Banco de Finanzas
2102.002
Préstamos Bancarios
Banco de América Central
2102.003
Préstamos Bancarios
Otros
2102.004
Terrenos
Urbanos
1201.001
Terrenos
Rurales
1201.002
Préstamos Bancarios Largo Plazo
PRESTAMOS
2201.001
Capital Social
AHORROS
3101.001
INVENTARIOS
TELEVISORES
1111.004
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
MUEBLES Y ENSERES
1115.011
SUB SUB CUENTA
33
BANCO MONEDA NACIONAL
APERTURA CTA CITIBANK
1103.005
Proveedores
COMPRA TV
2101.001
Documentos por Pagar
Documento por Pagar
2103.004
IMPUESTO Y RETENCIONES PAGADOS POR ANTICIPADO
IMPUESTOS
1114.001
Gastos de seguros
Pago de seguros
1307.001
IVA por Pagar
IVA
2104.001
Acreedores Diversos
Compra vehículos
2110.001
Equipo Rodante
Vehículos
1203.006
PAPELERIA Y UTILES DE OFICINA
PAPELERIA
1115.012
Gastos de Venta
Transporte
6103.002
Gastos de Venta
Salario
6103.002
Gastos de Administración
Servicios Básicos
6103.002
Ventas
Ingresos por Venta
4101.001
Costos de Venta
Costo de Venta
5101.001
Impuestos por Pagar
Impuestos por pagar
2109.001
Utilidad o Pérdida del Ejercicio
Utilidad Bruta
3106.001
CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES)
Cliente
1105.004
Mobiliario y Equipo de Oficina
Mobiliario y Equipo de Oficina
1204.001
Gastos de Administración
Pago de Pagaré
6103.002
Gastos Financiero
Pago de Intereses
6103.001
Aportes Adicionales de Capital
Aporte de Capital
3103.001
Gastos de Administración
Salario del Personal Administrativo
6103.005
Gastos de Venta
Salario del Personal de Venta
6103.007
Gastos de Venta
INATEC
6103.007
Gastos de Venta
INSS Patronal
6103.007
Gastos de Venta
Treceavo Mes Proporcional
6103.007
Gastos de Venta
Indemnización
6103.007
Gastos de Administración
Salario del Personal de Venta
6103.008
Gastos de Administración
INATEC-2
6103.008
Gastos de Administración
INSS Patronal 2
6103.008
Gastos de Administración
Treceavo Mes Proporcional 2
6103.008
Gastos de Administración
Indemnización Proporcional 2
6103.008
Retenciones por Pagar
Retenciones del INSS Laboral
2105.001
Documentos por Pagar
Prestaciones de Ley
2103.005
Capital Contable
Capital
3102.001
Proveedores
Proveedores
2101.002
34
L as T res R o s as Libro Diario Desde = Jueves, 01 de Marzo de 2001 FECHA REFERENCIA CODIGO NOMBRE SUB SUB CUENTA CUENTA 01/03/2001 1103.002 Bancentro 123 BANCO MONEDA NACIONAL 01/03/2001 1111.003 Inventario Productos Final INVENTARIOS 01/03/2001 1105.004 Cliente CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES) 01/03/2001 1204.001 Mobiliario y Equipo de Oficina Mobiliario y Equipo de Oficina 01/03/2001 2101.002 Proveedores Proveedores 01/03/2001 2103.004 Documento por Pagar Documentos por Pagar 01/03/2001 3102.001 Capital Capital Contable 03/03/2001 1101.001 Moneda Nacional CAJA GENERAL 03/03/2001 1105.001 Pagaré CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES) 03/03/2001 1114.001 IMPUESTOS IMPUESTO Y RETENCIONES PAGADOS POR ANTICIPADO 03/03/2001 4101.001 Ingresos por Venta Ventas 03/03/2001 2104.001 Iva IVA por Pagar 03/03/2001 5101.001 Costo de Venta Costos de Venta 03/03/2001 1111.003 Inventario Productos Final INVENTARIOS 05/03/2001 1101.001 Moneda Nacional CAJA GENERAL 05/03/2001 4101.001 Ingresos por Venta Ventas 05/03/2001 1105.004 Cliente CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES) 07/03/2001 2103.004 Documento por Pagar Documentos por Pagar 07/03/2001 6103.001 Pago de Intereses Gastos Financiero 07/03/2001 1103.001 Banpro 1011 BANCO MONEDA NACIONAL 09/03/2001 1101.001 Moneda Nacional CAJA GENERAL 09/03/2001 3103.001 Aporte de Capital Aportes Adicionales de Capital 11/03/2001 1111.001 Inventario Materia Prima INVENTARIOS 11/03/2001 1114.001 IMPUESTOS IMPUESTO Y RETENCIONES PAGADOS POR ANTICIPADO 11/03/2001 2103.004 Documento por Pagar Documentos por Pagar 13/03/2001 1101.001 Moneda Nacional CAJA GENERAL 13/03/2001 1105.001 Pagaré CUENTAS POR COBRAR(CLIENTES) 13/03/2001 1114.001 IMPUESTOS IMPUESTO Y RETENCIONES PAGADOS POR ANTICIPADO 13/03/2001 4101.001 Ingresos por Venta Ventas 13/03/2001 2104.001 Iva IVA por Pagar 13/03/2001 5101.001 Costo de Venta Costos de Venta 13/03/2001 1111.003 Inventario Productos Final INVENTARIOS 15/03/2001 6103.005 Salario del Personal Administrativo Gastos de Administracion 15/03/2001 6103.008 INATEC-2 Gastos de Administracion 15/03/2001 6103.008 INSS Patronal 2 Gastos de Administracion 15/03/2001 6103.008 Treceavo Mes Proporcional 2 Gastos de Administracion 15/03/2001 6103.008 Indemnizacion Proporcional 2 Gastos de Administracion 15/03/2001 6103.007 Salario del Personal de Venta Gastos de Venta 15/03/2001 6103.007 INATEC Gastos de Venta 15/03/2001 6103.007 INSS Patronal Gastos de Venta 15/03/2001 6103.007 Treceavo Mes Proporcional Gastos de Venta 15/03/2001 6103.007 Indemnizacion Gastos de Venta 15/03/2001 2105.001 Retenciones del INSS Laboral Retenciones por Pagar 15/03/2001 1103.001 Banpro 1011 BANCO MONEDA NACIONAL 15/03/2001 2103.005 Prestaciones de Ley Documentos por Pagar
Hasta = DESCRIPCION
Jueves, 15 de Marzo de 2001 DEBE HABER 80,000.00 150,000.00 120,000.00 60,000.00 75,000.00 80,000.00 255,000.00 47,460.00 32,200.00 840.00 70,000.00 10,500.00 42,000.00 42,000.00 19,600.00 400.00 20,000.00 2,000.00 40.00 2,040.00 15,000.00 15,000.00 40,000.00 6,000.00 46,000.00 18,080.00 27,600.00 320.00 40,000.00 6,000.00 24,000.00 24,000.00 13,000.00 260.00 2,080.00 1,083.33 1,083.33 7,500.00 150.00 1,200.00 625.00 625.00 1,281.25 19,218.75 7,106.67
35
Actividad 1.1
Contesta las siguientes preguntas:
1) ¿Que comprende por cuenta?
2) Realiza un cuadro sinóptico o esquema, donde clasifique las cuentas según su naturaleza patrimonial y de gestión.
3) Cuando se habla de terminología de cargos y abonos a que se refiere contablemente y da un ejemplo de cada uno.
Actividad 1.2
Responda las siguientes preguntas y ejemplifica. 1) Cuál es la importancia de método de contabilización de la partida doble y los libros de registros que utilizan en la actividad empresarial. Realiza un cuadro representativo de las cuentas utilizadas para contabilizar.
2) Apoyado de un papelón realiza un análisis del concepto y las reglas de la partida doble y los libros de registros que utilizan en la actividad empresarial.
3) Haciendo uso de otro papelón elabora un plan general o catálogo de cuenta tomando en cuenta la estructura y codificación delos asiento de cargos y abonos utilizando el sistema perpetuo.
36
EJERCICIOS DE AUTO EVALUACION Del caso presentado desarrolle lo siguiente: 1) Contabiliza los diferentes cargos y abonos aplicando la partida doble según operaciones realizadas en la actividad empresarial.
2) Elabora sin error un plan general o catálogo de cuenta tomando en cuenta la estructura y codificación.
3) Registra de manera precisa en un programa informático contable las cuentas y los asientos de las operaciones de una actividad empresarial.
La empresa “EL VERDUGO” presenta a Ud. La siguiente información acerca de su operación: a. Se inician actividades con: Vehículo $4.500.000, Mercaderías $ 300.000, Dinero en efectivo $389.000, Préstamo bancario $ 52.000. b. Se compran mercaderías en $ 539.260 (brutos) cancelados el 40% en efectivo, saldo crédito simple. c. Se abre cuenta corriente con el 20% del dinero en caja. d. Se venden mercaderías por $ 800.000 con IVA de las cuales 64% fueron canceladas con efectivo y el saldo con crédito simple. El costo de las mercaderías fue de $300.000. e. Se deposita el 80% del efectivo adquirido en la transacción (d). f. Se cancelan anticipos de sueldos con cheque por $250.000. g. Se vende el 10% de las mercaderías existentes en bodega con una rentabilidad del 35% cancelada al crédito simple.
37
UNIDAD II: NORMATIVA MERCANTIL CONTABLE. Objetivos de aprendizaje de la unidad 1) Interpretar con sus propias palabras la información de las leyes vigentes en las transacciones económicas que realizan las organizaciones.
2) Aplicar a través de la resolución de casos la legislación mercantil aplicada al tratamiento de la documentación contable en las transacciones económicas de las organizaciones.
3) Organizar un archivo informático de los documentos justificantes mercantiles y contables en las transacciones económicas que realiza la organización.
4) Realizar con orden y aseo registros de operaciones en libros contables obligatorios y auxiliares según las transacciones económicas en las organizaciones.
38
DESARROLLO 1. DOCUMENTACIÓN DE LA NORMATIVA MERCANTIL CONTABLE QUE SE UTILIZAN EN LAS TRANSACCIONES ECONÓMICAS QUE REALIZAN LAS ORGANIZACIONES.
CODIGO TRIBUTARIO DE NICARAGUA Capítulo I Principios y Definiciones Arto. 1 Arto. 2 Arto. 3 Arto. 4 Arto. 5 Arto. 6 Arto. 7 Arto. 8
Ámbito de aplicación Fuentes Principio de Legalidad Interpretación de las Normas Tributarías y Analogía Vigencia Cumplimiento de Normas Derogadas Plazos Actualización de valores
Capitulo II Tributos Arto. 9 Arto. 10 Arto. 11 TITULO
Concepto y Clasificación Otros Ingresos Nomenclatura Tributaria
II DE LA RELACION TRIBUTARIA Capítulo I Obligación Tributaria Arto. 12 Arto. 13 Arto. 14
Concepto Inoponibilidad de Convenios entre Particulares Alcances de la Obligación Tributaria
Capitulo II Sujetos Contribuyentes y Responsables Arto. 15 Arto. 16 Arto. 17 Arto. 18 Arto. 19 Arto. 20 Arto. 21
Sujeto Activo Sujeto Pasivo Solidaridad Contribuyentes Responsable por la Deuda Tributaria Responsables Directos Responsabilidad de los Agentes
Capitulo III Domicilio Tributario Arto. 22 Arto. 23 Arto. 24 Arto. 25 Arto. 26 Arto. 27
Personas Naturales y Personas Jurídicas Residentes en el Extranjero Domicilio Especial Actualización del Domicilio Registro Único de Contribuyentes Suministro de Información y su Valor Probatorio
DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
39
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Capitulo IV Hecho Generador Arto. 28 Arto. 29 Arto. 30 Arto. 31
Concepto Ocurrencia Caso Especial Medios de Extinción
Sección I Pago Arto. 32 Arto. 33 Arto. 34 Arto. 35 Arto. 36 Arto. 37 Arto. 38
Concepto de Pago Pago por Terceros Cumplimiento Dación en Pago Imputación de Pago Pagos a Cuenta Facilidades de Pago
Sección II Compensación, Confusión y Condonación Arto. 39 Arto. 40 Arto. 41
Compensación Confusión Condonación
Sección III Prescripción Arto. 42 Arto. 43 Arto. 44 Arto. 45 Arto. 46 Arto. 47
Concepto de Prescripción Términos Cómputo Interrupción Suspensión No hay Prescripción
Capítulo V Del traslado a cuenta de Orden y de la Incobrabilidad de la Obligación Tributaria Arto. 48 Arto. 49 Arto. 50
Casos Efectos Reanulación del Cobro
Capítulo VI De los Recargos Moratorios Arto. 51 Arto. 52 Arto. 53 Arto. 54 Arto. 55 Arto. 56 Arto. 57 Arto. 58 Arto. 59 Arto. 60 Arto. 61 Art. 62
De los recargos moratorios Prelación Exención Concepto Exoneración Concepto Condiciones Beneficio Tributario Intransferibilidad Exenciones Taxativas Modificaciones Cumplimiento de Requisitos Consulta Previa Nulidades 2
40
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 TITULO III DERECHOS Y RECURSOS DE LOS CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES Capítulo I De los Derecho Arto. 63
Normas
Capitulo II Derechos de Oficio Arto. 64 Arto. 65 Arto. 66 Art. 67 Arto. 68 Arto. 69 Arto. 70 Arto. 71 Arto. 72
Asistencia Deber de Notificación Divulgación Fiscalización. Derechos del Contribuyente Derecho a la Confidencialidad Documentos del Contribuyente Aplicación de Saldos Declaraciones Sustitutivas Dictamen Fiscal
Capitulo III Derechos a Solicitud del Contribuyente Sección I Consultas Arto. 73 Arto. 74
Alcances Contestación
Sección II Régimen Especial de Estimación Administrativa para Contribuyentes por Cuota Fija Arto. 75
Derecho Especial del Contribuyente
Sección III Acción de Devolución o Reembolso Arto. 76 Arto. 77 Arto. 78 Arto. 79 Arto. 80 Arto. 81
Definición Traslado o Retención indebida Procedimiento y Resolución Reintegro Conflicto de Intereses Sistemas Computarizados
Capitulo IV Normas sobre Gestión, Actuación y Tramitación Sección I Comparecencia Arto. 82 Arto. 83
Personería Recepción de Escritos
Sección II Notificaciones 3
41
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Arto. 84 Arto. 85 Arto. 86 Arto. 87
Requisitos Términos Resoluciones Improcedencia
Sección III Medios de Prueba Arto. 88 Arto. 89 Arto. 90 Arto. 91 Arto. 92
Acceso a Expedientes Carga de la Prueba Medios de Prueba Respaldo Documental Término Probatorio
Capítulo V De los recursos Arto. 93 Arto. 94 Arto. 95 Arto. 96 Arto. 97 Arto. 98 Arto. 99 Arto. 100 Arto. 101
Impugnación Contenido Efecto Suspensivo Tipos de Recursos Recurso de Reposición Recurso de Revisión Recurso de Apelación Silencio Administrativo Sanción Término de la Distancia
TITULO IV DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTE Y RESPONSABLES RECAUDADORES Capítulo I Disposiciones Generales Arto. 102 Arto. 103 Arto. 104 TITULO Capítulo I Sección I Arto. 105 Arto. 106
Deberes Generales Deberes Formales Responsables por Cuenta Ajena V
INFRACCIONES SANCIONES Y DELITOS Naturaleza y Alcance Principios Generales Ámbito Presunciones
Sección II Responsabilidades Arto. 107 Arto. 108 Arto. 109 Arto. 110 Arto. 111 Arto. 112 Arto. 113
Definición Eximentes Autores Concurso de Infractores Suspensión del Ejercicio Responsabilidad Administrativa de Personas Jurídicas Responsabilidad de los Socios 4
42
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Capitulo II Ilícitos Tributarios
Sección Infracciones Administrativas Tributarias Arto. 114 Arto. 115 Arto. 116 Arto. 117 Arto. 118 Arto. 119 Arto. 120 Arto. 121 Arto. 122
Concepto de Ilícitos Tributarios Tipos de Ilícitos Tributarios Concepto de Infracción Tributaria Clasificación Acumulación de Sanciones Reincidencia y Reiteración Extinción Prescripción Interrupción de la Prescripción
Sección II Sanciones Arto. 123 Arto. 124 Arto. 125
Alcances Sanciones Aplicación de la Prescripción
Capitulo III Disposiciones Especiales Sección
I
Arto. 126 Arto. 127 Arto. 128 Arto. 129 Sección Mora Arto. 130 Arto. 131 Arto. 132 Arto. 133
Incumplimiento de Deberes y Obligaciones del Contribuyente y/o Responsable Tipos de Infracción Administrativa Sanciones Inaplicabilidad de Multas por Causa Justa Circunstancias Consideradas como Causa Justa
II
Concepto Sanción Excepción en Caso de Declaración Sustitutiva Efectos
Sección III Omisión y presentación Tardía de Declaraciones Arto. 134 Arto. 135
Concepto Sanción
Sección IV Contravención Tributaria Arto. 136 Arto. 137 Arto. 138
Concepto Configuración de la Contravención Tributaria y su Sanción Otras Sanciones
5
43
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Sección V Incumplimiento de Deberes y Obligaciones por los Funcionarios de Administración Tributaria Arto. 139
Incumplimiento
Sección VI Delitos Tributarios
TITULO
Arto. 140 Arto. 141 Arto. 142 Arto. 143
Concepto Defraudación Tributaria Concepto Competencia Penas
VI
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Capítulo I
Facultades y Deberes de la Administración Tributaria
Sección I Facultades de la Administración Arto. 144 Arto. 145 Arto. 146 Arto. 147 Arto. 148
Presunción de la legalidad Administración Tributaria Facultades Particulares Acción Fiscalizadora Facultades de los Inspectores o Auditores Fiscales
Sección II Deberes De la Administración Tributaria Arto. 149 Arto. 150
Obligaciones Generales Asistencia a los Contribuyentes y Responsables
Sección III Del Sigilo Tributario Arto. 151
De los funcionarios Obligados y Excepciones al Sigilo Tributario
Capitulo II Atribuciones del Titular de la Administración Tributaria Arto. 152
Responsabilidades y Atribuciones del Titular de la Administración Tributaria
Capitulo III Dictamen Fiscal Arto. 153 Arto. 154 Arto. 155 Arto. 156
Alcances Contenido Documentos de Respaldo Garantía
Arto. 157
Responsabilidad
6
44
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Capitulo IV Determinación de la obligación Tributaria Arto. 158 Arto. 159 Arto. 160 Arto. 161 Arto. 162 Arto. 163
Facultad y Definición Error de Cálculo Sistemas de Determinación Trámite Requisitos de la Resolución Cumplimiento
Capítulo V Consultas Arto. 164 Arto. 165 Arto. 166 Arto. 167 Arto. 168 Arto. 169 Arto. 170 Arto. 171
Evacuación Requisitos Improcedencia Plazo Efectos Eximente Nulidad de la Consulta Improcedencia de los Recursos
Capítulo VI Cobro Judicial de las Deudas
Tributarios
Sección I Aspectos Generales Arto. 172 Arto. 173 Arto. 174 Sección Arto. 175 Arto. 176 Arto. 177 Arto. 178 Arto. 179 Arto. 180 Arto. 181 Arto. 182 Arto. 183 Arto. 184 Arto. 185 Arto. 186 Arto. 187 Arto. 188 Arto. 189
Requerimiento de Pago Acción Ejecutiva Título Ejecutivo Administrativo II
Del Juicio Ejecutivo Tribunales Competentes Presentación de la Demanda y Legitimidad de Personería Solicitud de Embargo Ejecutivo Mandamiento de Ejecución Contenido del Mandamiento Tramitación del Mandamiento y Ejecución Suspensión de la Ejecución Facultades del Ejecutor del Embargo Embargo de Bienes Embargo de Personas Jurídicas Alcances de la Retención Levantamiento del Embargo Oposición y Excepciones Trámite de Oposición Resolución y Apelación
Sección III De las Tercerías, Concurso y Quiebra Arto. 190 Arto. 191
Tercerías Concursos y Quiebra
7
45
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Sección VI Alcance de la Ejecución Arto. 192 Arto. 193 Arto. 194 Arto. 195 Arto. 196 Arto. 197 Arto. 198 Arto. 199 Arto. 200 Arto. 201 Arto. 202 TITULO
Ejecución Judicial Prestaciones Monetarias Devengadas Avalúo y Venta Publicidad de la Subasta Reglas de la Subasta Adjudicación por Falta de Postor Entrega y Escritura Ampliación y Embargo Procedimiento Especial Costas Normas Complementarias
VI TRIBUNAL TRIBUTARIO ADMINISTRATIVO Capítulo I Creación, Naturaleza y Competencia Arto. 203 Arto. 204 Arto. 205 Arto. 206
Alcances Competencia Atribuciones Ultima Instancia Administrativa
Capitulo II Organización y Funcionamiento Arto. 207 Arto. 208 Arto. 209 Arto. 210 Arto. 211 Arto. 212 Arto. 213 TITULO
Nombramiento e Integración Quórum Resoluciones Requisitos Deberes de los Miembros Destitución Causas Incompatibilidades Impedimentos. Excusa y Recusación
VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATIVAS Capítulo I Disposiciones Transitorias Arto. 214Administración Tributaria Arto. 215Referencias Arto. 216Solvencia Fiscal Arto. 217 Capitulo II Disposiciones Finales Arto. 218 Arto. 219 Arto. 220 Arto. 221 Arto. 222 Arto. 223
Vigencia del Ordenamiento Jurídico Acciones y Recursos Interpuestos Infracciones y Sanciones Efectos Tributarios de la Expropiación Preeminencia Emisión de Disposiciones
8
46
Código Tributario de la República de Nicaragua y sus Reformas 2012 Capítulo III Disposiciones Derogatorias y Vigencia Arto. 224 Arto. 225 Arto. 226
Derogaciones Generales Derogaciones Específicas Vigencia
(Publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial, No 227 del 23 de noviembre de 2005)
47
2. CÓDIGO MERCANTIL. LEY 822 LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA (IVA, RETENCIÓN 2%) Y PLAN DE ARBITRIO DE LA MUNICIPALIDAD. LEY No. 822 “LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA” El 30 de noviembre de 2012, la Asamblea Nacional mediante un consenso entre el Gobierno y las principales organizaciones económicas y sociales para configurar el nuevo sistema tributario, aprobó La Ley No. 822 “Ley de Concertación Tributaria”, publicada en la Gaceta No. 241 del 17 de Diciembre de 2012. Con el objetivo de actualizar a nuestros clientes y nuestra comunidad, a continuación presentamos un resumen de los principales cambios –conceptos y regulaciones– de la nueva Ley No. 822. INDICE DEL TEMARIO DE LA LEY 822 LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA Y SU REGLAMENTO Concepto
Artículo Reglamento Le y
Título Capítulo
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
a06-2014
TÍTULO PRELIMINAR Capítulo Único Objeto y Principios Tributarios Objeto
1
2
Abreviaturas Principios tributarios.
1
2
Reglamentación
3 4
Ámbito de Aplicación
1
TÍTULO I IMPUESTO SOBRE LA RENTA IR IR IR IR
Capítulo I Disposiciones Generales Sección I Creación, Naturaleza, Materia Imponible y Ámbito de Aplicación
IR
Creación, naturaleza y materia imponible.
3
5
IR
Ámbito subjetivo de aplicación
4
6y7
IR
Ámbito territorial de aplicación.
5
8
IR
Presunción del valor de las transacciones.
6
IR
48
Sección II IR
Definiciones 2, adiciona el
IR
Definicion es
Residente
7
9 art. 8 bis
IR
Definicion es
Establecimiento permanente
8
9
IR
Definicion es
Paraísos fiscales
9
9
IR
Sección III
IR
Definiciones de rentas de fuente nicaragüense y sus vínculos económicos
IR
Definicion es
Rentas de fuente nicaragüense
10
IR
Definicion es
Rentas del trabajo
11
IR
Definicion es
Vínculos económicos de las rentas del trabajo de fuente nicaragüense
12
10
IR
Definicion es
Rentas de actividades económicas
13
11
IR
Definicion es
Vínculos económicos de las rentas de actividades económicas de fuente nicaragüenses
14
IR
Definicion es
Rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital
15
IR
Definicion es
Vínculos económicos de las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital
3
12 4, adiciona el
16 art. 12 bis
IR
Capítulo II
IR IR IR IR
Rentas del Trabajo Sección I Materia Imponible y Hecho Generador Laboral Materia imponible y hecho generador
IR
Laboral
13
Contribuyentes.
18
14
Exenciones objetivas.
19
15
20
16
Sección II Exencion es
IR IR IR
17
Laboral
IR
Sección III
IR
Base imponible
IR
Laboral
Base imponible
49
4, adiciona el IR
Laboral
Deducciones autorizadas
21 art. 16 bis
IR
Sección IV
IR
Período Fiscal y Tarifa del Impuesto
IR
Laboral
Período fiscal
22
17
50
Concepto
Artículo Reglamento Ley
Capítul Título o
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
IR
Laboral
Tarifa
23
IR
Laboral
Retenciones definitivas sobre dietas y a contribuyentes no residentes.
24
18
25
19
IR
Sección V
IR
Gestión del Impuesto
IR
Laboral
Obligación de retener, liquidar, declarar y enterar el impuesto.
a06-2014
19 IR
Laboral
Salarios Periodo Fiscal Completo (Salarios Fijos) numeral 1
19 IR
Laboral
Salarios Pagos Ocasionales (vacaciones, bonos o incentivos) numeral 2
19 IR
Laboral
Salarios Incrementos Salariales en un mismo periodo fiscal numeral 3
19 IR
Laboral
Salarios Salarios Periodo Fiscal Incompleto
numeral 4 y5 19
IR
Laboral
Salarios Salarios Variables numeral 6
IR
Laboral
Responsabilidad Solidaria
26
IR
Laboral
Constancia de retenciones
27
20
IR
Laboral
Excepción de la obligación de declarar de los trabajadores
28
21
IR
Laboral
Obligación de liquidar, declarar y pagar
29
22
IR
Capítulo III
51
IR Renta de Actividades Económicas IR
Sección I
IR
Materia Imponible, Hecho Generador y Contribuyentes
IR
A. Económicas
Materia imponible y hecho generador imponible.
30
23
IR
A. Económicas
Contribuyentes
31
23 y 24
IR
A. Económic as
Exenciones subjetivas
32
25
IR
A. Económic as
Condiciones para las exenciones subjetivas
33
26
IR
A. Económic as
Exclusiones de rentas.
34
27
35
28
IR
Sección II
IR
Exencion es
IR
Sección III
IR
Base Imponible y su Determinación
IR
A. Económic as
IR
A. Económic as
Base imponible y su determinación
4, adiciona el Renta bruta
36 art. 28 bis
IR
A. Económic as
Exclusiones de la renta bruta
37
IR
A. Económic as
Integración de las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, como re
38
IR
A. Económic as
29 4, adiciona el
Costos y gastos deducibles
39 art. 29 bis
IR
A. Económic as
Deducciones en donaciones recibidas
40 5, adiciona el
IR
A. Económic as
Ajustes a la deducibilidad
41
30
numeral 5 al art. 30 6, reforma al
IR
A. Económic
Requisitos de las deducciones
42
31
numeral 2 del
52
as art. 31
IR
A. Económic as
Costos y gastos no deducibles
43
32
IR
A. Económic as
Valuación de inventarios y costo de ventas
44
33
IR
A. Económi Deprecia Sistemas de depreciación y amortización ca ción
45
34
IR
A. Económic as
46
Renta neta negativa y traspaso de pérdidas.
53
IR
Secció n IV Concepto
Artículo Reglamento Ley
Capítul Título o
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
IR
Reglas Especiales de Valoración
IR
A. Económic as
Regulaciones sobre precios de transferencia
47
IR
A. Económic as
Deducción máxima de intereses
48
35
IR
A. Económic as
Operaciones con paraísos fiscales
49
36
IR
Sección V
IR
Período Fiscal y Retención
IR
A. Económic as
Período fiscal
50
37
IR
A. Económic as
Retención definitiva a no residentes
51
38
52
39
IR
Sección VI
IR
Deuda Tributaria, Anticipos y Retenciones
IR
a06-2014
A. Económic as
Alícuotas del IR
6, reforma al
IR
A. Económic o
PMD
Alícuotas de retención definitiva a no residentes
53
38 y 40 numeral 3 del art. 40
IR
A. Económic as
IR anual
54
41
IR
A. Económic as
IR a pagar
55
42
IR
A. Económic as
Formas de pago, anticipos y retenciones del IR
56
43
IR
A. Económi
Retencio Forma de pago de retenciones a cuenta del IR nes
44
54
c
IR
A. Económi Retencio Base imponible y Cálculo de Retenciones c nes
45
IR
A. Económic as
Forma de pago de retenciones definitivas del IR
46
IR
A. Económic as
Determinación y liquidación
IR
Sección VII
IR
Pago Mínimo Definitivo del IR
57
47
IR
A. Económic o
PMD
Contribuyentes y hecho generador
58
IR
A. Económic o
PMD
Excepciones
59
IR
A. Económic o
PMD
No afectación del pago mínimo
60
IR
A. Económic o
PMD
Base imponible y alícuota del pago mínimo definitivo
61
49
IR
A. Económic o
PMD
Determinación del pago mínimo definitivo
62
50
IR
A. Económic o
PMD
Formas de entero del pago mínimo definitivo
63
51
IR
A. Económic o
PMD
Liquidación y declaración del pago mínimo definitivo
64
52
IR
Sección VIII
IR
Acreditaciones, Saldo a Pagar, Compensación, Solidaridad y Prescripción.
48
IR
A. Económic as
Acreditaciones y saldo a pagar
65
53
IR
A. Económic as
Compensación, saldo a favor y devolución
66
54
IR
A. Económic as
Solidaridad por no efectuar la retención
67
55
IR
A. Económic as
Prescripción de la acreditación, compensación y devolución
68
IR
Sección IX
IR
Obligaciones y Gestión del Impuesto
IR
Subsección I
IR
Obligaciones de Declarar, Anticipar y Retener
55
IR
A. Económic as
Obligación de declarar y pagar
69
IR
A. Económic as
Sujetos obligados a realizar anticipos
70
IR
A. Económic as
Sujetos obligados a realizar retenciones y Obligaciones
71
57
58
IR
Subsección II
IR
Obligaciones Contables y Otras Obligaciones Formales
IR
A. Económic as
Obligaciones contables y formales de los contribuyentes
72
IR
A. Económic as
Representantes de establecimientos permanentes
73
IR
Capítulo IV
56
IR Rentas de Capital y Ganancias y Pérdidas de Capital IR
Sección I
IR
Materia Imponible y Hecho Generador 59
IR
A. Capital
Materia imponible y hecho generador
74
Párrafo 1ro 7, adiciona el
IR
A. Capital
Realización del hecho generador
75 art. 59 bis
56
Concepto
Artículo Reglamento Ley
Capítul Título o
Secció n
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
IR
Sección II
IR
Contribuyentes y Exenciones
a06-2014
Art. 59 Párrafo IR
Contribuyentes
76
2do Art.y
A. Capital 60 IR
A. Capital
Exenciones subjetivas
77
IR
A. Capital
Condiciones para las exenciones subjetivas
78
IR
A. Capital
Exenciones objetivas
79
IR
Sección III
IR
Determinación de las Bases Imponibles
IR
Subsección I
IR
Base Imponible de las Rentas de Capital
IR
A. Capital
Base imponible de las rentas de capital inmobiliario
80
61
IR
A. Capital
Base imponible de las rentas de capital mobiliario
81
62
63
IR
Subsección II
IR
Base Imponibles de las Ganancias y Pérdidas de Capital
IR
A. Capital
Base imponible de las ganancias y pérdidas de capital
82
IR
A. Capital
Base imponible de transmisiones o enajenaciones onerosas
83
IR
A. Capital
Valoración de transmisiones a título gratuito
84
64
65
IR
Sección IV
IR
Período Fiscal y Realización del Hecho Generador
IR
A. Capital
Período fiscal indeterminado
85
IR
A. Capital
Compensación y diferimiento de pérdidas
86
IR Sección
57
V IR
Deuda Tributaria
IR
A. Capital
Alícuota del impuesto
87
IR
A. Capital
IR a pagar
88
IR
Sección VI
IR
Gestión del Impuesto
IR
A. Capital
Retención definitiva
89
IR
A. Capital
Rentas no sujetas a retención
90
IR
A. Capital
Sujetos obligados a realizar retenciones
91
66
67
68 8, adiciona un párrafo antes
IR
A. Capital
Declaración, liquidación y pago
92
69
del párrafo último del art. 69
IR
Capítulo V
IR
Precios de Transferencia
IR
Partes Relacionadas
Regla general
93
IR
Partes Relacionadas
Partes relacionadas
94
IR
Partes Relacionadas
Ámbito objetivo de aplicación
95
IR
Partes Relacionadas
Principio de libre competencia
96
IR
Partes Relacionadas
Facultades de la Administración Tributaria
97
IR
Partes Relacionadas
Principio de la realidad económica
98
IR
Partes Relacionadas
Análisis de comparabilidad
99
IR
Partes Relacionadas
Métodos para aplicar el principio de libre competencia
100
IR
Partes Relacionadas
Tratamiento específico aplicable a servicios entre partes relacionadas
101
IR
Partes Relacionadas
Acuerdos de precios por anticipado
102
IR
Partes Relacionadas
Información y documentación
103
IR
Partes Relacionadas
Principios generales
104
58
IR
Partes Relacionadas
Información y documentación relativa al grupo empresarial al que pertenezca el c 105
IR
Partes Relacionadas
Otras obligaciones del contribuyente
106
59
TÍTULO II Concepto
Artículo Reglamento Ley
Capítul Título o
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
a06-2014
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA Capítulo I IVA Creación, Materia Imponible, Hecho Generador y Alícuotas IVA
Reglamentación
70
IVA
Creación, materia imponible, hecho generador y ámbito de aplicación
107
IVA
Naturaleza
108
IVA
Alícuotas
109
72
73
71
IVA Capítulo II IVA Sujetos Pasivos y Exentos IVA
Sujetos pasivos
110
IVA
Sujetos exentos
111 74 y 75
IVA
Procedimiento de devolución del IVA a sujetos exentos
IVA
Condiciones de las exenciones subjetivas
75 112
76
IVA Capítulo III Determinación del IVA IVA IVA
Sección I
IVA
Aspectos Generales del Impuesto
IVA
Técnica del impuesto
113
77
IVA
Traslación o débito fiscal
114
78 9, reforma el primer párrafo
IVA
Autotraslación
115
79 del numeral 1 del art. 79
9, reforma el el
60
IVA
Crédito Fiscal
116
80
numeral 2 del art. 80
IVA
Acreditación
117
81
IVA
Requisitos de la acreditación
118
82
IVA
Plazo de acreditación
119
83
IVA
No acreditación
120
IVA
Acreditación proporcional
121
84
IVA
Rebajas, bonificaciones y descuentos
122
85
IVA
Devolución
123
86
IVA
Sección II
IVA
Enajenación de Bienes
IVA
Concepto
124
IVA
Realización del hecho generador
125
87
IVA
Base imponible
126
88
IVA
Exenciones objetivas
127 89 y 91
IVA
Sección III
IVA
Importaciones o Internaciones de Bienes
IVA
Definiciones
128
IVA
Realización del hecho generador
129
IVA
Base imponible
130
90
IVA
Exenciones
131
91
IVA
Sección IV
IVA
Servicios y Otorgamiento de Uso o Goce de Bienes
IVA
Concepto
132
92
IVA
Realización del hecho generador
133
93
IVA
Base imponible
134
94
IVA
Exclusión de servicios del trabajo
135 10, adiciona el
IVA
Exenciones objetivas
136
95
numeral 9 al art. 95
IVA Capítulo IV
61
Concepto
Artículo Reglamento Ley
Capítul Título o
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
a06-2014
IVA Disposiciones Comunes para Enajenaciones, Importaciones e Internaciones y Servicios IVA
Sección I
IVA
Liquidación, Declaración y Pago del Impuesto
IVA
Liquidación
137 96 y 97
IVA
Declaración
138
97
IVA
Pago
139
98
140
99
IVA
Sección II
IVA
Compensación y Devolución de Saldos a Favor.
IVA
Compensación y devolución de saldos a favor
IVA
Sección III
IVA
Aspectos de Administración y Fiscalización del Impuesto
IVA
Obligación de trasladar
141
IVA
Actos ocasionales
142
IVA
Sección IV
IVA
Obligaciones del Contribuyente 11, reforma el
IVA
Otras obligaciones
143
100 art. 100
IVA
Responsabilidad solidaria de los representantes
144
IVA
Obligaciones para importadores
145
IVA
Cierre de operaciones
146
IVA
Pago en especie, dación en pago, permuta y donaciones
147
IVA
Omisiones y faltantes
148
101
62
TÍTULO III IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO ISC Capítulo I ISC Creación, Materia Imponible, Hecho Generador, Ámbito y Alícuota ISC
Creación, materia imponible, hecho generador y ámbito
149
ISC
Reglamentación
102
ISC
Objeto
103
ISC
Naturaleza
150
ISC
Alícuotas
151
104
ISC Capítulos II ISC Sujetos Pasivos y Exentos ISC
Sujetos pasivos
152
105
ISC
Exenciones subjetivas
153
106
ISC
Procedimiento de devolución del ISC para las exenciones subjetivas
ISC
Condiciones para las exenciones subjetivas
107 154
108
ISC Capítulo III ISC Técnica del ISC ISC
Sección I
ISC
Aspectos Generales del Impuesto
ISC
Técnica del impuesto
155
109
ISC
Traslación o débito fiscal
156
110
ISC
Crédito fiscal
157
ISC
Acreditación
158
11
ISC
Requisitos para la acreditación
159
112
ISC
Plazos de acreditación
160
113
ISC
No acreditación
161
ISC
Acreditación proporcional
162
114
ISC
Rebajas, bonificaciones y descuentos
163
115
ISC
Devolución
164
116
117
ISC
Sección II
ISC
Enajenación de Bienes
ISC
Concepto
165
ISC
Realización del hecho generador
166
63
ISC
Base imponible
167 118 y 119
64
Concepto
Artículo Reglamento Ley
Capítul Título o
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
ISC
Exenciones objetivas
ISC
Sección III
ISC
Importación o Internación de Bienes
168
120
ISC
Concepto
169
ISC
Realización del hecho generador
170
ISC
Base imponible
171
121
ISC
Exenciones
172
122
ISC
Capítulo IV
ISC
ISC al Azúcar
ISC
ISC al azúcar
173
123
ISC
Sujetos obligados
174
124
ISC
Base imponible
175
ISC
Alícuota del azúcar
176
ISC
Distribución de la recaudación del ISC al azúcar
177
ISC
Capítulo V
ISC
Disposiciones Comunes para Enajenaciones, Importaciones e Internaciones
ISC
Sección I
ISC
Liquidación, Declaración y Pago del Impuesto
ISC
Liquidación
178
125
ISC
Declaración y pago
179
126
ISC
Pago
180
127
ISC
Sección II
ISC
Compensación y Devolución de Saldos a Favor.
a06-2014
11, reforma el ISC
Compensación y devolución de saldos a favor
181
128 art. 128
ISC
65
Sección III ISC
Obligaciones del Contribuyente
ISC
Otras obligaciones
182
ISC
Responsabilidad solidaria de los representantes
183
ISC
Cierre de operaciones
184
ISC
Pago en especie, dación en pago, permuta y donaciones
185
ISC
Omisiones y faltantes
186
ISC
Capítulo VI
ISC
Impuesto Específico al Consumo de Cigarrillos (IEC)
ISC
Hecho generador y su realización
187
ISC
Sujetos obligados
188
ISC
Base imponible
189
ISC
Tarifa
190
ISC
Destrucción de cigarrillos a presencia de las autoridades competentes
ISC
Actualización y publicación de la cuota del IEC de Cigarrillos
191
ISC
Obligaciones
192
129
130
131
132 133
TÍTULO IV IMPUESTO ESPECÍFICO CONGLOBADO A LOS COMBUSTIBLES IECC Capítulo I IECC Creación, Hecho Generador y Tarifas 134
IECC
Reglamentación
IECC
Creación y hecho generador
193
135
IECC
IECC Conglobado
194
136
IECC
Tarifas conglobadas de los bienes derivados del petróleo
195
IECC
Sujetos obligados
196
IECC
Sujetos exentos
197
IECC Capítulo II IECC Sujetos pasivos 137
IECC IECC IECC
66
Capítulo III Técnica del IECC Sección I Artícul o
Concepto
Reglamento Ley Capítul Título o
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822 a01-2013
IECC
a06-2014
Aspectos Generales del Impuesto
IECC
Naturaleza
198
138
IECC
No acreditación
199
139
140
IECC
Sección II
IECC
Enajenación
IECC
Concepto
200
IECC
Realización del hecho generador
201
IECC
Base Imponible
202
IECC
Sección III
IECC
Importación o Internación
IECC
Concepto
203
IECC
Realización del hecho generador
204
IECC
Base imponible
205
141
141
IECC Capítulo IV IECC Liquidación, Declaración y Pago del Impuesto
IECC
Liquidación, declaración y pago
206
142, 143 y 144
IECC
Formas de pago
207
IECC
Obligaciones
208
144
67
TÍTULO V IMPUESTO ESPECIAL PARA EL FINANCIAMIENTO DEL FONDO DE MANTENIMIENTO VIAL (IEFOMAV) IEFOM AV Capítulo I IEFOM Creación, Hecho Generador, Objeto y AV Tarifas IEFOM AV
Reglamentación
IEFOM AV
Creación y hecho generador
209
IEFOM AV
Objeto.
210
IEFOM AV
Impuesto especial.
211
IEFOMAV
Sujetos obligados
212
147
IEFOMAV
Obligación de pago
213
147
IEFOMAV
Enajenaciones no sujetas al IEFOMAV
214
147
145 146
IEFOM AV Capítulo II IEFOMAV
Sujetos Pasivos
IEFOMAV
Capítulo III
IEFOMAV
Técnica del IEFOMAV
IEFOMAV
Sección I
IEFOMAV
Aspectos Generales del Impuesto
IEFOMAV
Naturaleza
215
IEFOMAV
No acreditación
216
148
IEFOMAV
Sección II
IEFOMAV
Enajenación
IEFOMAV
Concepto
217
149
IEFOMAV
Realización del hecho generador
218
149
IEFOMAV
Base imponible.
219
IEFOMAV
Bonificaciones
220
IEFOMAV
68
Sección III Importación o Internación
IEFOMAV IEFOMAV
Concepto
221
150
IEFOMAV
Realización del hecho generador
222
150
IEFOMAV
Base imponible
223
150
Tarifas
224
151
IEFOMAV
Capítulo IV
IEFOMAV
Tarifas
IEFOMAV IEFOMAV
Capítulo V
IEFOMAV
Liquidación, Declaración, Pago y Destino de la Recaudación
IEFOMAV
Liquidación y Declaración
225 152, 153
IEFOMAV
Formas de Pago
226
154
69
Concepto
Artículo Reglamento Ley
Título
Capítulo
Sección
Nombre del Artículo
Decretos 822
a
01-2013
a
Destino de la recaudación
227
IEFOMAV
Obligaciones en general.
228
IEFOMAV
Obligaciones para importadores
229
IEFOMAV IEFOMAV
Capítulo VI
IEFOMAV
Obligaciones 155
TÍTULO VI IMPUESTO ESPECIAL A LOS CASINOS, MÁQUINAS Y MESAS DE JUEGOS ICASINO
Capítulo Único
ICASINO
Creación y hecho generador
230
ICASINO
Definición
231
ICASINO
Sujetos pasivos
232
ICASINO
Base imponible e impuesto para mesas y máquinas de juegos
233
ICASINO
Liquidación, declaración y pago.
234
ICASINO
No deducibilidad
235
ICASINO
Autorización a salas de juegos
236
TÍTULO VII IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES ITIMBRES Capítulo Único ITIMBRES
Creación, ámbito y hecho generador
237
ITIMBRES
Reglamentación
ITIMBRES
Definición
238
ITIMBRES
Denominación
239
156
70
0 6 2 0 1 4
ITIMBRES
Tarifas
240 157 y 158
ITIMBRES
Forma de pago
241
ITIMBRES
Papel sellado
242
ITIMBRES
Otras formas de pago del Impuesto de Timbre Fiscal
243
ITIMBRES
Responsabilidad solidaria
244
ITIMBRES
Devolución de Timbres
159
ITIMBRES
Documento no timbrado
160
ITIMBRES
Obtención de Patentes
161
ITIMBRES
Honorarios
162
ITIMBRES
Formalidades y Requisitos
163
ITIMBRES
Sanción
164
ITIMBRES
Cancelación de Patente
165
TÍTULO VIII REGÍMENES SIMPLIFICADOS CFIJA CFIJA
Capítulo I Impuesto de Cuota Fija
CFIJA
Creación, naturaleza y hecho generador
245
CFIJA
Reglamentación
CFIJA
Pequeños contribuyentes
246
CFIJA
Régimen simplificado
247
CFIJA
Sujetos exentos
248
CFIJA
Exclusiones subjetivas
249
CFIJA
Otras exclusiones
250
CFIJA
Requisitos.
251
CFIJA
Base imponible
252
CFIJA
Tarifa del impuesto de cuota fija
253
CFIJA
Pago de la tarifa.
254
167
CFIJA
Suspensión temporal de la tarifa
255
168
CFIJA
Traslado del régimen simplificado al régimen general
256
CFIJA
Comisión del Régimen Simplificado de Cuota Fija
257
CFIJA
Obligaciones
258
166
71
169
No obligatoriedad
CFIJA
Capítulo II
CFIJA
CFIJA
259
Retención definitiva por transacciones en bolsas agropecuarias Concepto
Artículo Reglamento
Tít Capít ulo ulo
Ley
Secci ón
Nombre del Artículo
Decretos 822 01-2013
a
CFIJA
Creación, naturaleza y hecho generador
260
CFIJA
Pequeños y medianos contribuyentes.
261
CFIJA
Agentes retenedores
262
CFIJA
Régimen Simplificado
263
06-2014
a
170
171
11, reforma el CFIJA
Exenciones.
264
172 art. 172 11, reforma el
CFIJA
Requisitos.
265
173 art. 173
CFIJA
Base imponible
266
CFIJA
Deuda tributaria
267
174
11, reforma el parrafo CFIJA
Retención definitiva
268
175 primero del art. 175
CFIJA
Pago de las retenciones definitivas
269
176
CFIJA
Exclusiones
270
177
CFIJA
Depuración del régimen
271
TÍTULO IX DISPOSICIONES ESPECIALES
72
Capítulo I Beneficios Tributarios a la Exportación Beneficios Fiscales
Reglamentación
178
Beneficios Fiscales
Acreditación del IECC
272
179
Beneficios Fiscales
Crédito tributario
273
180
Capítulo II Beneficios Tributarios a Productores Beneficios Fiscales
Exoneraciones a productores
274
Capítulo III Cánones a la Pesca y Acuicultura Beneficios Fiscales
Cánones
275
Beneficios Fiscales
Aprovechamiento
276
Capítulo IV Beneficios Tributarios a Inversiones Hospitalarias Beneficios Fiscales
Beneficios Fiscales.
277
Capítulo V Beneficios Tributarios a Medios de Comunicación Social Escritos, Radiales y Televisivos Beneficios Fiscales
Beneficios tributarios
278
Capítulo VI Transacciones Bursátiles Beneficios Fiscales
Retención definitiva IR a transacciones bursátiles
279
181
Fondos de inversión
280
182
Capítulo VII Fondos de Inversión Beneficios Fiscales
Capítulo VIII Contratos de Casas Extranjeras e Importación de Vehículos Beneficios Fiscales
Vigencia de contratos de casas extranjeras
281
Beneficios Fiscales
Vehículos con motores híbridos
282
Capítulo IX Beneficios Fiscales al Sector Forestal
73
Beneficios Fiscales
Beneficios fiscales
Beneficios Fiscales
Extensión de beneficios e incentivos fiscales para el Sector Forestal
Beneficios Fiscales
Pago único sobre extracción de madera
283 183 284
184
74
TÍTULO X CONTROL DE EXENCIONES Y EXONERACIONES Capítulo Único Exención y Exoneraciones
Reglamentación
185 Concepto
Artículo Reglamento Ley
Tít Capí Secci ulo tulo ón
Nombre del Artículo
Decretos 822
0601-2013 2014 a
a
Exención y Exoneraciones
Control de exenciones y exoneraciones
285
Exención y Exoneraciones
Publicación de exenciones y exoneraciones
286
Exención y Exoneraciones
Exenciones y exoneraciones.
287 12, adici ona un
Exención y Exoneraciones
Trámites
186
párra fo al final del art. 186
Exención y Exoneraciones
Formato Único
187
Exención y Exoneraciones
Entidades Competentes
188
Exención y Exoneraciones
Otros Requisitos
189
Exención y Exoneraciones
Remisión de Documentos
190
Exención y Exoneraciones
Procedimiento ante la Administración Aduanera
191
Exención y Exoneraciones
Exención a cooperativas de transporte
192
Exención y Exoneraciones
Autorización de programa anual público
193
Exención y Exoneraciones
Compras locales
194
75
Exención y Exoneraciones
Procedimiento según exención
195
Exención y Exoneraciones
Franquicias para compras locales
196
Exención y Exoneraciones
Requisitos para rembolsos
197
Exención y Exoneraciones
Condiciones de las exenciones y exoneraciones
Exención y Exoneraciones
Exenciones y exoneraciones al cuerpo diplomático
199
Reglamentación
200
288
198
TÍTULO XI TRANSPARENCIA TRIBUTARIA Capítulo Único
Entidades recaudadoras.
289
Informes de recaudación.
290
Publicación legal
291
201
TITULO XII REFORMAS A OTRAS LEYES Reglamentación
202
Capítulo I Código Tributario Código Tributario
292
203
Reforma
Adición al artículo 2 de la Ley No. 339, Ley Creadora de la Dirección General de
293
204
Reforma
Reforma al artículo 5 de la Ley No. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística
294
Reforma
Adicional artículo 20 del Decreto No. 46-91, Zonas Francas Industriales de Exportaci
295
Reforma
Capítulo II Otras Leyes
TÍTULO XIII
76
DEROGACIONES Derogaciones
Derogaciones
296
Derogaciones
Reglamentación
205
Derogaciones
Efecto de las derogaciones
206
Derogaciones
Matrícula municipal
207
Derogaciones
Exclusión del pago de tributos
208
TÍTULO XIV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Reglamentación Capítulo I Disposiciones Transitorias Normalización de devoluciones y acreditaciones
209
297
Retenciones a cuenta
210
Devoluciones y acreditaciones
211
Vigencia de listas taxativas de exenciones objetivas del IVA y a sectores productivos
212
Prórroga de exoneraciones a sectores productivos
298
Prórroga a instituciones estatales
299
77
Concepto
Artículo Reglamento
Capí Título tulo
Ley
Secci ón
Nombre del Artículo
Decretos 822 01-2013
06-2014
a
Período fiscal transitorio
300
Declaraciones por categoría de rentas
a
213 214
Liquidación del IR de los asalariados
301
Excepción del pago mínimo al período fiscal del año 2012
302
Aplicación de precios de transferencia
303
Reconocimiento de obligaciones y derechos
304
Promociones y bonificaciones del ISC
305
Crédito tributario del 1.5%
306
Bebidas espirituosas y licores dulces o cordiales
307
Telefonía celular
308
Concertación tributaria
309
Sujeción a esta Ley
310
Beneficio al consumidor de energía eléctrica domiciliar
311
Fiscalización conjunta
312
Inscripción automática
313
Vigencia temporal de los incentivos forestales
314
Traspaso de negocios
315
Aplicación de los DAI
316
Impuesto a los bienes y servicios de procedencia u origen colombiano
317
Normas internacionales
318
Leyes complementarias
319
215
216
Capítulo II Disposiciones Finales
Clasificación arancelaria
74, 80
217
Técnica legislativa
320
Oposición a la Ley
321
78
Disposición Final
218
Reglamentación
322
Publicación
323
219
Vigencia
324
220
13
79
NUEVOSCONCEPTOS INCORPORADOS EN LA NUEVA LEY: Clasificación de Rentas: Rentas del trabajo; Rentas de actividades económicas; Rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital.
Otros conceptos:
Residentes Fiscales; Establecimientos Permanentes; Paraísos Fiscales; y Precios de Transferencia.
1. Rentas del trabajo (Arto. 11 LCT): Las provenientes de toda clase de contraprestación, retribución o ingreso, cualquiera sea su denominación o naturaleza, en dinero o especie, que deriven del trabajo personal prestado por cuenta ajena.
2. Rentas de las actividades económicas (Arto. 13 LCT): Los ingresos devengados o percibidos en dinero o en especie por un contribuyente que suministre bienes y servicios, incluyendo las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, siempre que éstas se constituyan o se integren como rentas de actividades económicas.
3. Rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital (Arto. 15 LCT): Rentas de capital: Los ingresos devengados o percibidos en dinero o especie, provenientes de la explotación o disposición de activos bajo cualquier figura jurídica, tales como: enajenación, cesión, permuta, remate, dación o adjudicación en pago, entre otras. Rentas de ganancias y pérdidas de capital: Las variaciones en el valor de los elementos patrimoniales del contribuyente, como consecuencia de la enajenación de bienes, o cesión o traspaso de derechos. Asimismo, constituyen ganancias de capital las provenientes de juegos, apuestas, donaciones, herencias y legados, y cualquier otra renta similar.
80
4. Residentes Fiscales (Arto. 7 LCT): Para efectos fiscales, se define como residente, la persona natural cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias: a. Que permanezca en territorio nacional más de 180 días(dentro de un período anual), aun cuando no sea de forma continua; b. Que su centro de interés económico o principal se situé en el país; c. Nicaragüenses que residan en el extranjero en misiones diplomáticas u oficinas consultares nicaragüenses; d. Nicaragüenses que residan en el extranjero que ejerzan cargo o empleo oficial de Estado nicaragüense y funcionarios en servicio activo; e. Nicaragüenses que residan en el extranjero que ejerzan empleo oficial sin carácter de diplomático ni consular; f. Extranjeros residiendo en Nicaragua en misiones diplomáticas, cuando no exista reciprocidad; g. Las personas jurídicas, fideicomisos, fondos de inversión, entidades o colectividades y establecimientos permanentes que:
Que se hayan constituido conforme las leyes de Nicaragua; Que tengan su domicilio social o tributario en territorio nacional; o Que tenga su sede de dirección o administración efectiva en territorio nacional
5. Establecimientos Permanentes (Arto. 8 LCT): Se define como establecimiento permanente: El lugar en el cual un contribuyente no residente realiza toda o parte de su actividad económica, y comprende, entre otras: a. a. b. c. d. e.
La sede central de dirección o administración; Las sucursales; Las oficinas o representante; Las fábricas; Los talleres Las minas, los pozos de petróleo o de gas, las canteras o cualquier otro lugar de extracción de recursos naturales; f. Obras, proyectos de construcción o instalación, o las actividades de supervisión que excedan de 6 meses; y g. Servicios de consultoría empresarial siempre que excedan de 6 meses dentro de un período anual.
81
6. Paraísos Fiscales (Arto. 9 LCT): a. Territorios donde se tributa IR o impuestos análogos con tasas sustancialmente inferiores a los que se tributa en Nicaragua por Rentas de Actividades Económicas y Rentas de Capital.
b. Estados o Territorios considerados como jurisdicciones no cooperativas por parte del Foro Global para la Transparencia y el Intercambio de Información Tributaria o el órgano que haga esas veces.
7. Precios de transferencia (Arto. 93 LCT): Este nuevo concepto, regula las operaciones entre partes relacionadas, así como las adquisiciones o transmisiones gratuitas, las cuales serán valoradas de acuerdo con el principio de libre competencia. Para aplicar dicho principio, se utilizarán los siguientes métodos: a. b. c. d. e.
Método del precio comparable no controlado; Método del costo adicionado; Método del precio de reventa; Método de la participación de utilidades; y Método del margen neto de la transacción.
NUEVAS DISPOSICIONES
1. Se establece como período fiscal ordinario el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Se podrán autorizar períodos fiscales especiales por rama de actividad a solicitud fundada del contribuyente (Arto. 50 LCT). 2. Se suprime la exención del pago del IR a las Cooperativas que obtengan rentas brutas anuales mayores a C$40, 000,000.00 (Arto. 32, Numeral 5 LCT). 3. Se eleva el monto de C$480,000.00 a C$1, 200,000.00 de ingresos anuales para ser considerado como pequeño contribuyente y pagar una cuota fija de IR. También podrán ser beneficiados y acogerse a ésta 82
clasificación, quienes dispongan de inventario de mercancías con un costo no mayor a C$500,000.00 (Arto. 251 LCT). 4. Se eximen de pagar impuesto de cuota fija, las personas naturales que perciban ingresos menores o iguales a C$10,000.00 mensuales (Arto. 248). 5. Se incluyen como sujetos pasivos del IVA a los Poderes del Estado, Ministerios, Municipalidades, Consejos y Gobiernos regionales y autónomos, entes autónomos y descentralizados y demás organismos estatales, siempre y cuando adquieran, enajenen, reciban o presten: Bienes o Servicios que no tengan relación con sus atribuciones y funciones de autoridad o de derecho público (Arto. 110 LCT). 6. Se incorpora el término de la auto-traslación del IVA, cuando la prestación de un servicio o el uso de bienes gravados, sean suministrados por una persona natural residente, o natural o jurídica no residente que no sean responsables recaudadores del IVA, el pagador del servicio o usuario deberá efectuar una auto-traslación por el impuesto causado (Arto. 115 LCT). 7. Se reduce el techo de C$60, 000,000.00 a C$40, 000,000.00 para aplicar al beneficio de pagar retención definitiva a los productores que tranzan en la bolsa agropecuaria (Arto. 265 LCT). 8. Se reduce en un 0.5% el pago de retención definitiva al transar en la bolsa agropecuaria el arroz y la leche cruda pasando del 1.5% al 1% de IR (Arto. 267 9. Se impone una retención definitiva del 17% sobre gastos pagados o acreditados por un contribuyente residente o un establecimiento permanente a una persona o entidad residente en un paraíso fiscal (Arto. 49 LCT). 10. Se grava con tasa 0% del IVA, a las exportaciones de bienes de producción nacional y de servicios prestados al exterior (Arto. 109 LCT). 11. Se agregan nuevos conceptos de enajenación de bienes para efectos de aplicar el IVA (Arto. 124 LCT): a. Las rebajas, bonificaciones y descuentos; b. La destrucción de bienes, disponibles para la venta;
mercancías
o
productos
c. La venta de bienes tangibles e intangibles realizadas a través de operaciones electrónicas incluyendo las ventas por internet; y 83
d. La adquisición en el país de bienes tangibles enajenados por personas que los introduzcan libres de tributos mediantes exoneración aduanera.
84
12. Se establecen nuevos montos para aplicar al crédito tributario a la exportación, bajo el siguiente calendario (Arto. 263): Años
Porcentaje
De 1 a 6
1.50%
7
1.00%
8
0.50%
9 en adelante
0%
13. Se exonera de impuestos las enajenaciones de materias primas, bienes intermedios, bienes de capital, repuestos, partes y accesorios para la maquinaria y equipos a los productores agropecuarios y de la micro, pequeña y mediana empresa industrial y pesquera, mediante lista taxativa. 14. Estos beneficios se aplicarán de manera individual a cada productor, quien estará exonerado y gravado con las alícuotas correspondientes, en los plazos y porcentajes establecidos en el siguiente calendario (Arto. 274 LCT):
Años
Alícuota
ISC
del IVA 1y2
Exonerado
Exonerado
3
0%
Exonerado
4
5%
Gravado
5
10%
Gravado
6 en adelante
15%
Gravado
85
NUEVOS BENEFICIOS RENTA DEL TRABAJO
1 Se incrementó el techo de exonerado del IR para las rentas de trabajo de C$75,000.00 a C$100,000.00
Estratos de
Impuesto
Renta Neta Anual De C$
Porcentaje
Base
Aplicable
Sobre Exceso de
Hasta C$ 0.01
100,000.00
0
0.00%
0
100,000.01
200,000.00
0
15.00%
100,000.00
200,000.01
350,000.00
15,000.00
20.00%
200,000.00
350,000.01
500,000.00
45,000.00
25.00%
350,000.00
500,000.01
a más
82,500.00
30.00%
500,000.00
2. Se exime del IR, lo percibido uso o asignación de medios y servicios necesarios para ejercerla función propia del cargo 3. A partir del 2014 inclusive, se permitirá una deducción soportada con factura o recibos, equivalente al 25% de gastos en educación, salud y contratación de servicios profesionales, hasta por un monto máximo incremental de C$5,000.00 por año, por los siguientes 4 años, hasta alcanzar un monto de C$20,000.00 en el año 2017 (Arto. 21 LCT).
86
3. INFORMACIÓN RELEVANTE CONTENIDA EN LOS DOCUMENTOS MERCANTILES PARA SU REGISTRO CONTABLE. NUEVOS GRAVAMENES - RENTAS DEL TRABAJO: 1. Se gravan con el IR, las indemnizaciones mayores a 5 meses de sueldos y salarios contemplados en el Código del Trabajo siempre y cuando excedan los C$500,000.00. Sobre el excedente se aplicará un 10% de IR (Arto. 19 numeral 3). 2. Se encarece la canasta básica, ya que se gravan algunos productos que antes estaban exentos del IVA, por ejemplo (Arto. 127 numerales 5 y 10): a. Arroz calidad mayor a 80/20 empacado en presentación menor o igual a 50 lb.; b. Azucares especiales; c. Aceite de oliva, ajonjolí, girasol y maíz; d. Café con mezcla superior a 80/20; y e. Filetes y lomos de res y cerdo.
DISPOSICIONESTRANSITORIAS: 1. Esta Ley entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2013. (Arto. 324 LCT). 2. Todos los contribuyentes, cualquiera que sea su período fiscal, deberán efectuar un cierre contable al 31 de diciembre de 2012, liquidar, declarar y pagar el IR a más tardar el 31 de marzo de 2013. (Arto. 300 LCT). 3. Los precios de transferencia entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2016. (Arto.303 LCT).
87
SE PIDE: Elaborar los asientos contables correspondientes a las operaciones mencionadas. El Cairo S.A REGISTRO DE OPERACIONES EN DIARIO Fecha
Concepto
Parcial
1 Caja
Folio
Debe C$
Haber 42,000.00
Banco
240,000.00
Almacén
276,000.00
Cliente
125,000.00
Deudor Diverso Edificio
14,000.00 226,000.00
Proveedores
C$
Documento Por Pagar
54,000.00 26,000.00
Gastos Acumulados Por pagar
34,560.00
Capital
808,440.00
2 Equipo de Computo IVA por Cobrar
57,391.30 8,608.70
Acreedores Diversos 3 Mercancía
66,000.00 72,650.00
IVA por Cobrar
10,897.50
Retención por pagar 2%*65%*72650
944.45
Municipal 1%*65%*72650
472.23
Banco
((72,000+10897.5)*65%))-944.45
52,889.20
Proveedores 4 Banco
((169,391.30+25,408.7)))-3,387.83-1693.91
29,241.63 189,718.26
Retención por Cobrar 2%*169,391.30
3,387.83
Municipal 1%*169,391.30
1,693.91
Venta
(194,800/1.15)
169,391.30
IVA por Pagar 4a Costo de Venta
25,408.70 76,000.00
Inventario
76,000.00
5 Proveedores (27,000+4050)-540
30,240.00
Retención por Pagar 27,000*2%
540.00
Municipal 27,000*1%
270.00
Mercancía
27,000.00
IVA por Cobrar 27,000*15% 6 Venta
(19,760/1.15)
IVA por Pagar
4,050.00 17,182.61 2,577.39
Banco
19,244.52
Municipal 1%*17,182.61
171.83
Retención por Cobrar 2%*17,182.61
343.65
7 Gastos de Venta 37560*64% Gastos de Administración 37560*36%
24,038.40 13,521.60
88
IVA por Cobrar
5,634.00
Banco
43,194.00
8 Proveedores
15,600.00
Retención por pagar 2%*15600
312.00
Municipal 1%*15,600
156.00
Banco 9 Equipo Rodante
15,132.00 65,478/1.15
IVA por Cobrar
56,937.39 8,540.61
Acreedores Diversos 10 Retención por Pagar
65,478.00 716.45
Retenciones por Cobrar IVA por Pagar
716.45 22,831.30
IVA por Cobrar Sumas Iguales
22,831.30 C$ 1541,977.25
C$ 1541,977.25
89
Registro de Operaciones en esquema de Mayor Caja
Almacén
1 42,000.00
Banco
1 276,000.00 76,000.00 3 72,650.00
27,000.00
4a
1
240,000.00
52,889.20
3
5
4
189,718.26
19,244.52
6
43,194.00
7
15,132.00 130,459.72
8
169,391.30
4
348,650.00 103,000.00 245,650.00 429,718.26 299,258.54 Cliente
Deudores Diversos
1 125,000.00
Edificio
1 14,000.00
Equipo de Computo
1
IVA por Cobrar
2 57,391.30
226,000.00
Ventas
2 8,608.70
4,050.00
5
3 10,897.50
22,831.30
10
6
17,182.61
152,208.70
7 5,634.00 9 8,540.61 33,680.80
26,881.30
6,799.50
IVA por Pagar 6 2,577.39
25,408.70
Retenciones por Cobrar 4
4 3,387.83
10 22,831.30 25,408.70
343.65 716.45
25,408.70
3,387.83
Costos de Venta 6 4a
76,000.00
10
1,060.10
2,327.72
Proveedor 5 30,240.00
Gastos Acumulados por pagar
Documento por pagar 54,000.00
1
26,000.00
1
34,560.00 90
1
8 15,600.00
29,241.63
45,840.00
83,241.63
3
37,401.63 Capital
Acreedores Diversos 808,440.00
1
66,000.00
Retención por Pagar 2
5 10
540.00 716.45 1,256.45
944.45 312.00 1,256.45 -
Gastos de Administración
Gastos de Venta 7 24,038.40
Equipo de Transporte
7 13,521.60
Acreedores Diversos 65,478.00
9
56,937.39
Impuesto Municipal 9
4 1,693.91
472.23
3
5 270.00
171.83
6
156.00
8
1,963.91
800.05
1,163.86
91
3 8
Balanza de Comprobación El Cairo S.A BALANZA DE COMPROBANCIÓN Movimiento Debe Caja
Haber
Saldo
Debe
42,000.00
Haber 42,000.00
Almacén
348,650.00
103,000.00
245,650.00
Banco
429,718.26
130,459.72
299,258.54
Cliente
125,000.00
125,000.00
14,000.00
14,000.00
226,000.00
226,000.00
Deudores Diversos Edificio Equipo de Computo
57,391.30
IVA por Cobrar
33,680.80
26,881.30
Ventas
17,182.61
169,391.30
IVA por Pagar
25,408.70
25,408.70
3,387.83
1,060.10
Retenciones por Cobrar Costos de Venta
76,000.00
Proveedor
45,840.00
Documento por pagar Gastos Acumulados por pagar Capital Acreedores Diversos Retención por Pagar
1,256.45
57,391.30 6,799.50 152,208.70 2,327.72 76,000.00 83,241.63
37,401.63
26,000.00
26,000.00
34,560.00
34,560.00
808,440.00
808,440.00
66,000.00
66,000.00
1,256.45
Gastos de Venta
24,038.40
24,038.40
Gastos de Administración
13,521.60
13,521.60
Equipo de Transporte
56,937.39
Acreedores Diversos Impuesto Municipal Sumas Iguales
56,937.39 65,478.00
65,478.00
1,963.91
800.05
1,163.86
1541,977.25
1541,977.25
1190,088.32
1190,088.32
92
Actividad: 2.1 Se reunirán en pareja para: 1. Comentar cada una de las leyes, elabora preguntas relacionadas con leyes vigentes en las transacciones económicas que realizan las organizaciones. 2. En un cuadro clasifica las leyes de acuerdo a la transacción económicas que realizan las organizaciones de los documentos mercantiles.
Actividad: 2.2 1. Identifica característica cada una de las leyes tomando en cuenta su transacción económica. 2. Explicar a través de ejemplos la importancia de cada una las leyes comentadas en parejas.
Actividad: 2.3 1. Define el concepto con sus propias palabras de: mercantil, ley, confidencial, acuerdo, aplicación, registros, normativa, sigilo, transacciones 2. Menciona de forma clara y precisa las características de leyes aplicadas en esta lección. Actividad 2.4 Analice las siguientes transacciones y contabilice en el Libro Diario, y Libro Mayor. .02.05. Se inicia actividades con dinero en efectivo por $ 1.400.000. 05.05. Se compran mercaderías en $ 300.000 netos los cuales se cancelan al crédito simple. 10.05. Se compra vehículo en $ 4.500.000 brutos, cancelados con préstamo bancario. 11.05. Se vende mercaderías en $ 700.000 neto, cancelados 80% en efectivo y saldo a crédito simple; cuyo costo asciende a $ 200.000 15.05. Se anticipan sueldos por $ 300.000 en efectivo. 17.05. Se abre cuenta corriente en Banco de Chile con $ 400.000, gasto bancario $10.000
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EJERCICIOS DE AUTO EVALUACION 1) Explicar de forma coherente la importancia de estos documentos en las transacciones comerciales. 2) Los protagonistas en grupo de cuatro resolverán diferentes casos relacionados a problemas de registros contables en las transacciones económicas apoyándose en las leyes vigentes del país, propondrán soluciones a dichos casos. 3) Aplicar a través de la resolución de casos la legislación mercantil aplicada al tratamiento de la documentación contable en las transacciones económicas de las organizaciones. 4) Organizar un archivo informático de los documentos justificantes mercantiles y contables en las transacciones económicas que realiza la organización. 5) Realizar con orden y aseo registros de operaciones en libros contables obligatorios y auxiliares según las transacciones económicas en las organizaciones. 6) Seguidamente se describen varias transacciones comerciales efectuadas por "Almacén Solidaridad" Elabore los correspondientes asientos en el libro diario, pases al mayor general y balance de comprobación. En el mes de marzo los días: 01 vendió mercancía al contado por C$.60.000 02 adquiere mercancía a crédito por C$100.000 y firmo 2 letras de cambio a 30 y 90 días respectivamente 03 pago en efectivo C$5.000 correspondientes al sueldo semanal de los vendedores 06 vendió mercancía a crédito por C$.34.000 06 pago en efectivo C$.7.000 por gastos de alquiler del local 07compro artículos de oficina por C$.5.600 y cancelo en efectivo 07 un cliente cancelo en efectivo C$15.000 de la venta del día seis 08 se cancelan C$.5000 en efectivo, de la obligación contraria el día tres 08 se efectúan ventas al contado por C$32.000
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UNIDAD III: REGISTROS CONTABLES CON APLICACIONES INFORMATICAS. OBJETIVOS DE APRENDIZAJE DE LA UNIDAD
1) Interpretar cada uno de los libros obligatorios que establece la legislación vigente del IVA en Nicaragua.
2) Aplicar sin errores en resolución de casos los impuestos de IVA según la ley vigente.
3) Realizar sin enmiendas ni errores la documentación que reflejan las operaciones del IVA según la ley vigente.
4) Introducir sin errores datos de registros contables en las aplicaciones informáticas de contabilidad y de IVA
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DESARROLLO 1. LOS DISTINTOS CAMPOS QUE ESTABLECE PARA CADA LIBRO LA LEGISLACIÓN DEL IVA Y OTROS IMPUESTOS. El libro diario es el libro de primera entrada donde se anotan en forma cronológica todas las operaciones del ente económico, bien sea por partidas individuales o por resúmenes que no pueden exceder de un mes. La unidad de registro en el libro diario es el hecho económico. En el libro diario se deben anotar en forma inicial todos los hechos económicos del ente susceptibles de ser cuantificados en unidades monetarias por esto se le conoce como libro de primera entrada o de registros originales, De acuerdo a la empresa y al volumen de sus operaciones se utilizan diferentes tipos de diario. EL DIARIO GENERAL También se conoce en algunos países como Diario Continental y su sistema de registro se remonta hasta el renacimiento en los orígenes de la partida doble. Es el más elemental y tiene el siguiente esquema:
Las partes que integran el diario general son: Fecha de la operación: en esta columna se registra en forma cronológica el mes y el día en que se realizó el hecho económico que se está asentando. Código de afectación: en esta columna se anota el código que le corresponde según el PUC a cada una de las cuentas afectadas. 96
Cuenta y detalle: en esta columna se registra el nombre de cada cuenta afectada y un detalle breve pero suficientemente explicativo de la operación. Número de folio del mayor: esta columna registra el número de folio del libro mayor en el cual se ha hecho el pase de la operación del diario. Debe y Haber: estas son las columnas que recibirán los débitos y créditos de la operación. Número de folio del diario: es el número consecutivo que le corresponde a la hoja del diario donde se realiza el asiento. Número de línea: es la pre-numeración consecutiva que posee el libro desde su adquisición.
El libro mayor es un cuaderno empastado con un rayado característico, en el que se registran las operaciones clasificadamente a través de cuentas. El libro mayor contiene: *Folio de la cuenta *Nombre de la cuenta *Fecha de operación *Nombre de la cuenta contraria o contra cuenta *Numero del asiento registrado en el libro diario *Número de folio de la contra cuenta *Importe del cargo o del abono *Acumulación de los movimientos para facilitar la determinación del saldo.
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2. DOCUMENTOS DE LAS OPERACIONES QUE INCORPORAN IVA, DEDUCIBLE Y NO DEDUCIBLE.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS IMPUESTOS APLICADOS EN NICARAGUA EL sistema tributario Nicaragüense tiene como fundamento los siguientes principios generales de la tributación: · Legalidad · Generalidad · Equidad · Suficiencia Neutralidad y · Simplicidad. Los principales impuestos del sistema tributario nicaragüense, contenidos en la Ley 822 Ley de Concertación Tributaria, son: Impuesto Sobre la Renta. Impuesto al Valor Agregado. Impuesto Selectivo al Consumo. I.- BREVE DESCRIPCIÓN DE LOS IMPUESTOS 1.- Impuesto sobre la Renta: Es un impuesto directo y personal que grava las siguientes rentas de fuente nicaragüense obtenidas por los contribuyentes, residentes o no residentes: 1 Las rentas del trabajo; 2 Las rentas de las actividades económicas; y 3 Las rentas de capital y las ganancias y pérdidas de capital. Asimismo, el IR grava cualquier incremento de patrimonio no justificado y las rentas que no estuviesen expresamente exentas o exoneradas por ley (Arto 3 LCT) Sujetos Pasivos: El IR se exigirá a las personas naturales o jurídicas, fideicomisos, fondos de inversión, entidades y colectividades, sea cual fuere la forma de organización que adopten y su medio de constitución, con independencia de su nacionalidad y residencia, cuenten o no con establecimiento permanente. En las donaciones, transmisiones a título gratuito y condonaciones, serán sujetos contribuyentes del IR quienes perciban los beneficios anteriores. En caso que el beneficiario sea un no residente, estará sujeto a retención de parte del donante, transmitente o condonante, residente (Arto 4 LCT). Para efectos fiscales, se define como residente, la persona natural cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias: 98
1. Que permanezca en territorio nacional más de ciento ochenta (180) días durante el año calendario, aun cuando no sea de forma continua; 2. Que su centro de interés económico o principal se sitúe en el país. Asimismo, se consideran residentes en territorio nacional, las personas jurídicas, fideicomisos, fondos de inversión, entidades o colectividades y establecimientos permanentes, y que cumplan lo siguiente: a. Que se hayan constituido conforme las leyes de Nicaragua; b. Que tengan su domicilio social o tributario en territorio nacional; o c. Que tengan su sede de dirección o administración efectiva en territorio nacional. A estos efectos, se entiende que una persona jurídica, fideicomisos, fondos de inversión, entidad o colectividad y establecimiento permanente, tiene su sede de dirección o administración efectiva en territorio nacional, cuando en él se ejerzan la dirección, administración y el control del conjunto de sus actividades. (Arto 7LCT) Establecimiento permanente. 1. El lugar en el cual un contribuyente no residente realiza toda o parte de su actividad económica, y comprende, entre otras: a. La sede central de dirección o administración; b. Las sucursales; c. Las oficinas o representante; d. Las fábricas; e. Los talleres; y f. Las minas, los pozos de petróleo o de gas, las canteras o cualquier otro lugar de extracción de recursos naturales. 2. También comprende: a. Una obra o un proyecto de construcción o instalación o las actividades de supervisión en conexión con los mismos, pero sólo sí la duración de esa obra, proyecto o actividad de supervisión excedan de seis meses; y b. Servicios de consultoría empresarial, siempre que excedan de seis meses dentro de un período anual. 3. No obstante lo dispuesto en los numerales 1 y 2 anteriores, cuando una persona distinta de un agente independiente actúe por cuenta de un contribuyente no residente, se considerará que esa empresa tiene un establecimiento permanente en Nicaragua respecto de las actividades que dicha persona realice para la empresa, si la misma: a. Tiene en Nicaragua poderes con facultad para suscribir habitualmente contratos o realizar actos en nombre de la empresa; o No tiene dichos poderes, pero mantiene habitualmente en Nicaragua un depósito de bienes o mercancías desde el cual realiza regularmente entregas de bienes o mercancías en nombre de la empresa 99
Principio jurisdiccional: El IR obedece al modelo de Renta Territorial Reforzada, esto significa que el IR se aplicará a las rentas devengadas o percibidas de fuente nicaragüense, obtenidas en territorio nicaragüense o provengan de sus vínculos económicos con el exterior, (Arto 5 LCT). Son rentas de fuente nicaragüense las que se derivan de bienes, servicios, activos, derechos y cualquier otro tipo de actividad en el territorio nicaragüense, aun cuando dicha renta se devengue o se perciba en el exterior, hubiere el contribuyente tenido o no presencia física en el país.(Arto 10 LCT).
Período Fiscal: estará comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. (Arto 22, 50 LCT) 1.1 Rentas del Trabajo: Hecho Generar y Materia Imponible: las provenientes de toda clase de contraprestación, retribución o ingreso, cualquiera sea su denominación o naturaleza, en dinero o especie, que deriven del trabajo personal prestado por cuenta ajena en el territorio nacional. Como rentas del trabajo, se incluyen los salarios y demás ingresos percibidos por razón del cargo, tales como: sueldos, zonaje, antigüedad, bonos, sobre sueldos, sueldos variables, reconocimientos al desempeño y cualquier otra forma de remuneración adicional. Asimismo, se consideran rentas del trabajo, aunque no respondan a las características de los párrafos anteriores, entre otras, las siguientes: 1. Las cantidades que se les paguen o acrediten por razón del cargo, a los representantes nombrados en cargos de elección popular y a los miembros de otras instituciones públicas; y 2. Las retribuciones de los administradores y miembros de los órganos de administración y demás miembros de otros órganos representativos de sociedades anónimas y otros entes jurídicos. (Arto 11 LCT). Ver: Vínculos económicos de las rentas del trabajo de fuente nicaragüense Arto 12 LCT Exenciones Objetivas: Ver artículos 19 LCT y 15 RLCT Base Imponible:(Arto 20 LCT). Deducciones Autorizadas: Las cotizaciones o aportes en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social; y Los aportes o contribuciones a fondos de ahorro y/o pensiones distintos de la seguridad social, siempre que dichos fondos cuenten con el aval de la autoridad competente. A partir del año 2014 inclusive, se permitirá una deducción soportada con facturas o recibos, equivalente al 25% de gastos en educación, salud y contratación de servicios profesionales, hasta por un monto máximo de cinco mil córdobas por año (C$5,000.00) por los siguientes cuatro años, hasta alcanzar un monto de veinte mil córdobas (C$20,000.00) en el año 2017;(Arto 21 LCT). 100
Tarifa; Los contribuyentes residentes determinarán el monto de su IR a pagar por las rentas del trabajo con base en la renta neta, conforme la tarifa progresiva siguiente: Estratos Renta Neta Anual
de
Impuesto base
Porcentaje aplicable
Sobre exceso de
De C$
Hasta C$
C$
%
C$
0.01
100,000.00
0.00
0.0%
0.00
100,000.01
200,000.00
0.00
15.0%
100,000.00
200,000.01
350,000.00
15,000.00
20.0%
200,000.00
350,000.01
500,000.00
45,000.00
25.0%
350,000.00
500,000.01
a más
82,500.00
30.0%
500,000.00
Retenciones definitivas sobre dietas y a contribuyentes no residentes: 1. Del 10% a las indemnizaciones estipuladas en el numeral 3 del artículo 19 de esta Ley. 2 Del 12.5% a las dietas percibidas en reuniones o sesiones de miembros de directorios, consejos de administración, consejos u organismos directivos o consultivos y otros consejos u organismos similares; y 3. Del 20% a los contribuyentes no residentes.(Arto 24 LCT y 18 RLCT) Renta de Actividades Económicas Contribuyentes: personas naturales o jurídicas, fideicomiso, fondos de inversión, entidades y colectividades, residentes, así como todas aquellas personas o entidades no residentes, que operen con o sin establecimientos permanentes, que devenguen o perciban, habitual u ocasionalmente, rentas de actividades económicas. (Arto 31 LCT y 24 RLCT). Hecho Generador y Materia Imponible: Son rentas de actividades económicas, los ingresos devengados o percibidos en dinero o en especie por un contribuyente que suministre bienes y servicios, incluyendo las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, siempre que éstas se constituyan o se integren como rentas de actividades económicas; también son rentas de actividades económicas las originadas en los sectores económicos de: agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, minas, canteras, manufactura, electricidad, agua, alcantarillado, construcción, vivienda, comercio, hoteles, restaurantes, transporte, comunicaciones, servicios de intermediación financiera y conexos, propiedad de la 101
vivienda, servicios del gobierno, servicios personales y empresariales, otras actividades y servicios. Dentro de la sectorización de actividades económicas detalladas en el párrafo anterior, se incluyen las originadas del ejercicio de profesiones, artes y oficios, entre otros. (Arto 13 y 30 LCT y 11 y 23 RLCT) Vínculos económicos de las rentas de actividades económicas de fuente nicaragüense: ver Arto 14 LCT. Exenciones subjetivas y Exclusiones de rentas: Ver Artículos 32, 33 34, LCT y 25,26, 27 RLCT Base Imponible:(Artos 35,36, 37,38 LCT y 28 y 29 RLCT) Deducciones a la renta bruta: Son deducibles los costos y gastos causados, generales, necesarios y normales para producir la renta gravable y para conservar su existencia y mantenimiento, siempre que dichos costos y gastos estén registrados y respaldados por sus comprobantes correspondientes. (Arto 39, 40,41, 42, 43 LCT) Reglas especiales de valoración: En el impuesto sobre la renta, están contenidas las reglas sobre los Precios de Transferencia, las que entrarán en vigencia a partir del año 2016. También se estipula que los gastos pagados o acreditados por un contribuyente residente o un establecimiento permanente de una entidad no residente, a una persona o entidad residente en un paraíso fiscal, están sujetos a una alícuota de retención definitiva del 17%.(Arto 47,49 LCT y 36 RLCT). Alícuota: La alícuota del IR, será del treinta por ciento (30%). Esta alícuota será reducida en un punto porcentual por año, a partir del año 2016 por los siguientes cinco años, paralelo a la reducción de la tarifa para rentas del trabajo Los contribuyentes personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales menores o iguales a doce millones de córdobas (C$12,000.000.00), liquidarán y pagarán el IR aplicándole a la renta neta la siguiente tarifa:
De C$
Hasta C$
Porcentaje aplicable sobre la renta neta (%)
0.01
100,000.00
10%
100,000.01
200,000,00
15%
200,000.01
350,000.00
20%
350,000,01
500,000.00
25%
Estratos de Renta Neta Anual
102
500,000.01
a más
30%
Alícuotas de retención definitiva a no residentes Las alícuotas de retención definitiva del IR para personas naturales y jurídicas no residentes, son: 1. Del uno y medio por ciento (1.5%) sobre los reaseguros; 2. Del tres por ciento (3%) sobre: a) Primas de seguros y fianzas de cualquier tipo; b) Transporte marítimo y aéreo; y c) Comunicaciones telefónicas y de internet internacionales; y 3. Del quince por ciento (15%) sobre las restantes actividades económicas (Artículos 52, 53 LCT y 39 y 40 RLCT). 1.3 Rentas de Capital y Ganancias y Pérdidas de Capital Hecho Generador y Materia Imponible: I. Son rentas de capital los ingresos devengados o percibidos en dinero o especie, provenientes de la explotación de activos o cesión de derechos. Las rentas de capital se clasifican en rentas de capital inmobiliario y mobiliario, como sigue: 1. Rentas de capital inmobiliario: las provenientes del arrendamiento, subarrendamiento, cesión de derechos o facultades de uso o goce de bienes inmuebles, incluyendo los activos fijos, instalaciones y equipos. Son bienes inmuebles, entre otros, los siguientes: a) Terrenos; b) Edificios y construcciones; c) Plantaciones permanentes; d) Vehículos automotores, naves y aeronaves; e) Maquinaria y equipos fijos; y f) Instalaciones y demás bienes considerados inmobiliarios por accesión. 2. Rentas de capital mobiliario: las provenientes de elementos patrimoniales diferentes del inmobiliario, tales como: a) Las utilidades, excedentes y cualquier otro beneficio pagado en dinero o en especie; b) Las originadas por intereses, comisiones, descuentos y similares, provenientes de: i. Créditos, con o sin cláusula de participación en las utilidades del deudor; ii. Depósitos de cualquier naturaleza y plazo; 103
iii. Instrumentos financieros de cualquier tipo transados o no en el mercado de valores, bancario o en bolsas, incluyendo aquellos transados entre personas; y iv. Préstamos de cualquier naturaleza. 3. Las obtenidas por el arrendamiento, subarrendamiento, así como por la constitución o cesión de derechos de uso o goce, cualquiera sea su denominación o naturaleza, de bienes corporales muebles y de bienes incorporales o derechos intangibles, tales como prestigio de marca y regalías. Se consideran regalías los pagos por el uso o la concesión de uso de: a) Derechos sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas y para la televisión; b) Patentes, marcas de fábrica o de comercio, nombres comerciales, señales de propaganda, dibujos o modelos, planos, suministros de fórmulas o procedimientos secretos, privilegios o franquicias; c) Derechos sobre programas informáticos; d) Información relativa a conocimiento o experiencias industriales, comerciales o científicas; e) Derechos personales susceptibles de cesión, tales como los derechos de imagen; f) Las rentas vitalicias o temporales originadas en la inversión de capitales; g) Las originadas en donaciones que impongan condiciones o cargas onerosas para el donatario; y h) Cualquier derecho similar a los anteriores. I.) Son ganancias y pérdidas de capital, las variaciones en el valor de los elementos patrimoniales del contribuyente, como consecuencia de la enajenación de bienes, o cesión o traspaso de derechos. Asimismo, constituyen ganancias de capital las provenientes de juegos, apuestas, donaciones, herencias y legados, y cualquier otra renta similar. (Arto 15 LCT). Vínculos económicos de las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital de fuente nicaragüense. Ver Arto 16 LCT) Período fiscal: Las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, no tienen período fiscal determinado, por estar gravadas con retenciones definitivas al momento que se perciban, con base en el artículo 87 LCT, excepto cuando la Administración Tributaria lo autorice, previa solicitud del contribuyente, para compensar pérdidas con ganancias de capital que hayan ocurrido en el mismo período fiscal, conforme el artículo 86 de la presente Ley. (Arto 85 LCT y 65 RLCT).
104
Exenciones objetivas y subjetivas: Artículos 77,78 y 79 LCT. Alícuota: La alícuota del IR a pagar sobre las rentas de capital y las ganancias y pérdidas de capital es: 1) Cinco por ciento (5%), para la transmisión de activos dispuesta en el Capítulo I, Título IX de la Ley No. 741, “Ley Sobre el Contrato de Fideicomiso”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 19 de enero del año 2011; y 2) Diez por ciento (10%), para residentes y no residentes. En la transmisión de bienes sujetos a registro ante una oficina pública, se aplicarán las siguientes alícuotas de retención a cuenta del IR a las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital: Equivalente en córdobas del Porcentaje valor del bien en US$ aplicable De
Hasta
0.01
50,000.00
1.00%
50,000.01
100,000.00
2.00%
100,000.01
200.000.00
3.00%
200.000.01
A más
4.00%
El IR a pagar por las rentas de capital y las ganancias y pérdidas de capital, es el monto que resulte de aplicar las alícuotas del impuesto a la base imponible. (Artos 87 y 88 LCT) 2. Impuesto al Valor Agregado Naturaleza, materia imponible, hecho generador y ámbito de aplicación. El IVA, es un impuesto indirecto que grava los actos realizados en el territorio nicaragüense sobre las actividades siguientes: 1. Enajenación de bienes;(Arto 124, 25,126 LCT) 2. Importación e internación de bienes;(Arto 128, 129 y 130 LCT) 3. Exportación de bienes y servicios, de conformidad con el art.109 LCT 4. Prestación de servicios y uso o goce de bienes. (Arto 107, 132, 133, 134, 135 LCT y 71, 92, 93, 94 RLCT). 105
Sujetos pasivos: Son sujetos pasivos del IVA, las personas naturales o jurídicas, fideicomisos, fondos de inversión, entidades y colectividades, así como los establecimientos permanentes que realicen los actos o actividades aquí indicadas. Se incluyen en esta disposición, los Poderes de Estado, ministerios, municipalidades, consejos y gobiernos regionales y autónomos, entes autónomos y descentralizados y demás organismos estatales, cuando éstos adquieran bienes, reciban servicios, o usen o gocen bienes; así mismo, cuando enajenen bienes, presten servicios u otorguen el uso o goce de bienes que no tengan relación con sus atribuciones y funciones de autoridad o de derecho público. (Arto 110 LCT y 72 RLCT) Sujetos exentos y condiciones: Artículos 111, 112,127, 131,136 LCT y 76, 16,89, 91, 94 RLCT. Alícuotas: La alícuota del IVA es del quince por ciento (15%), salvo en las exportaciones de bienes de producción nacional y de servicios prestados al exterior, sobre las cuales se aplicará una alícuota del cero por ciento (0%). 3. Impuesto Selectivo al Consumo El ISC es un impuesto indirecto que grava el consumo selectivo de bienes o mercancías, conforme los Anexos I, II y III de la LCT (Arto 150 LCT y 104 RLCT) Creación, materia imponible, hecho generador y ámbito. Créase el Impuesto Selectivo al Consumo, en adelante denominado ISC, el cual grava los actos realizados en el territorio nicaragüense sobre las actividades siguientes: 1. Enajenación de bienes; Solamente los bienes contenidos en los Anexos I, II y II de la LCT. (Arto 168 LCT). 2. Importación e internación de bienes (Artos 169-172 LCT); y 3. Exportación de bienes, de conformidad con el art. 151 LCT. El ISC no será considerado ingreso a los efectos del IR o tributos de carácter municipal, pero será parte de la base imponible del IVA. (Arto 149 LCT). Sujetos pasivos. Están sujetos al pago del ISC: 1. El fabricante o productor no artesanal, en la enajenación de bienes gravados; 2. El ensamblador y el que encarga a otros la fabricación o producción de bienes gravados; y Las personas naturales o jurídicas, fideicomisos, fondos de inversión, entidades y colectividades, que importen o introduzcan bienes gravados, o en cuyo nombre se efectúe la importación o introducción
106
Exenciones subjetivas: arto 153, 154, 168 LCT y 106,107, 108 RLCT ISC al azúcar El azúcar está gravado con una alícuota de ISC porcentual sobre el precio, y no podrá gravarse en su enajenación, importación o internación con ningún otro tributo regional o municipal. Alícuota del azúcar. La alícuota del ISC al azúcar es del dos por ciento (2%) y es aplicable a las siguientes partidas arancelarias del SAC: 1701.11.00.00, 1701.12.00.00, 1701.91.00.00, 1701.99.00.10 y 1901.99.00.90. II. GESTIÓN Y PAGO DE LOS IMPUESTOS 1. IR por Rentas del trabajo: Los empleadores personas naturales o jurídicas y agentes retenedores, están obligados a retener mensualmente a cuenta del IR anual de rentas del trabajo que corresponda pagar al trabajador, La Liquidación y declaración del IR anual de las rentas del trabajo, se hará a más tardar cuarenta y cinco (45) días después de haber finalizado el período fiscal. (Arto 25 LCT y 19 RLCT). Los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de dos o más empleadores, y que en conjunto exceda el monto exento, deberán presentar declaración anual del IR de rentas del trabajo, y liquidar y pagar el IR que corresponda. La liquidación, declaración y pago se realizará ante la DGI después de noventa (90) días de haber finalizado el período fiscal. Los contribuyentes que hagan uso de su derecho a las deducciones contempladas en el artículo 21 de la LCT, o a reclamar saldo a favor para devolución, acreditación o compensación, que provengan de deducciones, exceso de retenciones, rentas variables o periodos fiscales incompletos, deberán presentar declaración anual en el plazo establecido en el párrafo anterior. (Arto 29 LCT y 22 RLCT) 2. IR por Actividades Económicas: El IR de rentas de actividades económicas, deberá pagarse anualmente mediante anticipos y retenciones en la fuente a cuenta del IR de la siguiente manera: i. Anticipo mensual a cuenta. Estarán obligados a pagar un anticipo mensual a cuenta del IR anual del 1% (uno por ciento) sobre la renta bruta gravable de los sujetos exceptuados del pago mínimo definitivo dispuesto en el art. 59 de la LCT. La obligación de presentar declaración de anticipo mensual se hará sin perjuicio de que el contribuyente no tuviere renta bruta gravable; ii. Anticipos mensuales del pago mínimo definitivo. 1. De conformidad al art. 63 de la LCT, los contribuyentes no exceptuados del pago mínimo definitivo estarán obligados a pagar un anticipo mensual a cuenta de dicho pago; y
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2. Estarán obligados a pagar un anticipo mensual a cuenta del pago mínimo definitivo anual, los contribuyentes señalados en el art. 52 de la LCT con ingresos percibidos menor o igual a doce millones de córdobas (C$12,000,000.00); iii. No estarán obligados a pagar el anticipo del 1% (uno por ciento) mensual a cuenta del IR o del pago mínimo definitivo, los contribuyentes siguientes: 1. Los exentos del pago del IR según el art. 32 de la LCT, para lo cual deberán demostrar dicha condición con la correspondiente carta de exoneración emitida por la Administración Tributaria, excepto los ingresos provenientes de realizar habitualmente actividades económicas lucrativas, caso en que estarán sujetos al pago mensual de anticipo a cuenta del IR anual; 2. Los inscritos en el Régimen Especial Simplificado de Cuota Fija contemplado en el Título VIII de la LCT, por estar sujetos a un impuesto de cuota fija mensual; y 3. Los sujetos a retenciones definitivas; y iv. La liquidación, declaración y pago de los anticipos del IR se hará mediante formularios que suplirá la Administración Tributaria a costa del contribuyente. La declaración y pago de los anticipos de un mes se efectuará a más tardar el día quince del mes siguiente, si ese día fuese un día no hábil, el pago será exigible el día hábil inmediato siguiente. En su declaración mensual de anticipos a cuenta del IR y del pago mínimo definitivo, el contribuyente podrá acreditar las retenciones a cuenta que le hicieren los agentes retenedores, los créditos de ley y los saldos a favor del período anterior.(Arto 43 RLCT)
Forma de pago de retenciones a cuenta del IR. 1 Los grandes contribuyentes no serán sujetos a efectuarles retenciones en la fuente de rentas de IR de actividades de económicas; No obstante, serán sujetos de las retenciones por las ventas en que se utilicen como medio de pago tarjetas de créditos y/o débitos; Además, están afectos al pago del IR de rentas de capital y ganancias y pedida de capital, conforme lo establecido en los arts. 87 y 89 de la LCT, en su caso; 2 El régimen de retenciones en la fuente a cuenta del IR, se aplicará en los actos gravados por el IR y con las alícuotas siguientes: 2.1 Del 1.5 % (uno punto cinco por ciento):Sobre la venta de bienes, prestación de servicios y uso o goce de bienes en que se utilice como medio de pago tarjetas de crédito y/o débito, retenidas en el pago por instituciones financieras a sus establecimientos afiliados.; 2.2 Del 2 % (dos por ciento): Sobre la compra de bienes y prestación de servicios en general, incluyendo los servicios prestados por 108
personas jurídicas, trabajos de construcción, arrendamiento y alquileres, que estén definidos como rentas de actividades económicas. En los casos que los arrendamientos y alquileres sean concebidas como rentas de capital, la retención será del 10% (diez por ciento) sobre la base imponible establecida en los arts. 80 y 81 de la LCT; 2.3 Del 3% (tres por ciento) en compraventa de bienes agropecuarios. Las retenciones indicadas en este numeral no se aplicarán si la transacción es registrada a través de las bolsas agropecuarias, por estar sujetos a retenciones definitivas indicadas en el art. 267 de la LCT; 2.4 Del 5% (cinco por ciento) sobre metro cúbico de madera en rollo, aplicada sobre el precio de las diferentes especies establecidas por el INAFOR, mediante publicación de acuerdo ministerial; 2.5 Del 10% (diez por ciento): a. Sobre servicios profesionales o técnico superior, prestados por personas naturales; b. Al importador que previa notificación por parte de la Administración Tributaria con copia a la Administración Aduanera, sobre la próxima importación de bienes de uso o consumo final. La notificación de la Administración Tributaria contendrá la información sobre los valores de sus operaciones en los últimos tres meses en la que se reflejen inconsistencias significativas entre los montos importados, el valor de las ventas e ingresos declarados, así como los tributos declarados y pagados. La retención del 10% (diez por ciento) sobre esas importaciones se realizará cuando el contribuyente no aclare las inconsistencias en un plazo de diez (10) días; c. Para toda persona natural o jurídica importador que no se encuentre inscrita ante la Administración Tributaria o que estando inscrita su actividad principal no sea la importación y comercialización habitual, aplicado sobre el valor en aduana de la declaración o del formulario aduanero de Importación que sea mayor al equivalente en moneda de curso legal al tipo de cambio oficial a dos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$2,000.00); d. Al comercio irregular de exportaciones de mercancía en general que sea mayor al equivalente en moneda de curso legal al tipo de cambio oficial a quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US$500.00), no inscritos en la Administración Tributaria; y e. Sobre los montos generados en cualquier actividad no indicada en los numerales anteriores. 3. El monto mínimo para efectuar las retenciones aquí establecidas, es a partir de un mil córdobas (C$1,000.00), inclusive, por factura emitida. Se exceptúa de este monto las retenciones referidas en 109
los numerales 2.3, 2.4 y 2.5 de este artículo, casos en los cuales se aplicará la retención aunque fueren montos menores de un mil córdobas (C$1,000.00); y Los montos retenidos deberán ser enterados a la Administración Tributaria, mediante los formularios que para tal efecto suplirá la Administración Tributaria a costa del contribuyente. La declaración y pago de las retenciones efectuadas en un mes, deberán pagarse dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente Liquidación y declaración del pago mínimo definitivo. El pago mínimo definitivo se liquidará y declarará en la misma declaración del IR de rentas de actividades económicas del período fiscal correspondiente. (Arto 64 LCT) Las retenciones aplicadas a rentas de actividades económicas de no residentes, son de carácter definitivo El IR a pagar será el monto mayor que resulte de comparar el IR anual y el pago mínimo definitivo establecido en el artículo 61 de la presente Ley. (Arto 55 LCT y 42 RLCT) Acreditaciones y saldo a pagar. El saldo a pagar resultará de restar del IR que se liquide, las siguientes acreditaciones: 1. Anticipos pagados; 2. Retenciones en la fuente que le hubiesen sido efectuadas a cuenta; y Otros créditos autorizados a cuenta del IR de rentas de actividades económicas por la presente Ley, la legislación vigente y la Administración Tributaria (Arto 65 LCT). 3. IR por Ganancias y Pérdidas de Capital Las retenciones por renta de capital y ganancia y pérdida de capital deberán ser enterados a la Administración Tributaria en los formularios que para tal efecto suplirá la Administración Tributaria a costa del contribuyente. La declaración y pago de las retenciones definitivas efectuadas en un mes deberán pagarse dentro de los primeros cinco días hábiles del siguiente mes. (Arto 67 RLCT). Cuando las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, sean integradas o declaradas como rentas de actividades económicas, según lo dispuesto en el artículo 38 de la presente Ley, las retenciones definitivas serán consideradas como retenciones a cuenta del IR de rentas de actividades económicas. (Arto 89 LCT). Los contribuyentes sujetos a las retenciones a cuenta del IR por transmisión de bienes que deban registrarse ante una oficina pública, liquidarán, declararán y pagarán el IR de las ganancias de capital en un plazo no mayor de treinta (30) días posterior al entero de la retención. (Arto 92 LCT) 4. Impuesto al Valor Agregado El IVA se liquidará en períodos mensuales utilizando la técnica débito-crédito. La 110
Administración Tributaria determinará períodos especiales de declaración y pago para casos particulares. (Arto 138 LCT.
liquidación,
Pago: El saldo del IVA liquidado en la declaración se pagará: 1 En la enajenación de bienes, prestación de servicios, o uso o goce de bienes, el pago se hará mensualmente a la Administración Tributaria dentro de los quince (15) días subsiguientes al período gravado, o en plazos menores; 2. En la importación o internación de bienes o mercancías, en la declaración o formulario aduanero de importación correspondiente, previo al retiro de los bienes o mercancías del recinto o depósito aduanero; y 3. En la enajenación posterior a la importación o internación de bienes o mercancías con exoneración aduanera. 5. Impuesto Selectivo al Consumo Liquidación. El ISC se liquidará en períodos mensuales utilizando la técnica débito-crédito. La Administración Tributaria determinará períodos especiales de liquidación, declaración y pago para casos particulares. (Arto 178 LCT). Pago. El ISC se pagará de la manera siguiente: 1. En la enajenación de bienes, el pago se hará mensualmente a la Administración Tributaria dentro de los quince días subsiguientes al período gravado, o en menores plazos conforme se establezca en el Reglamento de la presente Ley; 2. En la importación o internación de bienes, el pago se hará conforme la declaración o formulario aduanero correspondiente, previo al retiro de las mercancías del recinto o depósito aduanero; y 3. En la enajenación posterior a la importación o internación de bienes o mercancías con exoneración aduanera, el pago se hará de conformidad con el Reglamento de la presente Ley. (Arto 180 LCT). *LCT: Ley No 822, Ley de Concertación Tributaria, Gaceta No. 241 del lunes 17 de diciembre del 2012. *RLCT: Decreto 01-2013 Reglamento a la Ley de Concertación Tributaria, Gaceta No 12 del 22 de Enero del 2013.
111
3. LIBROS DONDE SE SOPORTAN CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS DE LAS OPERACIONES QUE INCORPORAN IVA Y OTROS IMPUESTOS.
Alina S.A Libro Diario 01-Jul-14 Fecha Descripción 01/07/2014 Caja Banco Mercancía Cliente Mobiliario Edificio Equipo de Oficina Rentas pagadas por anticipado Proveedor Documento por Pagar Capital Utilidad Retenida 02/07/2014 Mercancía IVA Acreditable Banco Retención 2% Retención 1% 03/07/2014 Caja Anticipo IR 2% Anticipo ISV 1% Venta IVA Debitable Costo de Venta Mercancía 04/07/2014 Caja Venta IVA Debitable Costo de Venta Mercancía 05/07/2014 Caja Anticipo IR 2% Anticipo ISV 1% Cliente 06/07/2014 Proveedor Retención IR 2% Retención ISV 1%
Parcial Debe C$ 40,000.00 250,000.00 68,000.00 120,000.00 185,000.00 540,000.00 300,000.00 100,000.00
Folio 1. Haber
C$
105,000.00 250,000.00 1100,000.00 148,000.00
80,000.00 12,000.00 89,600.00 1,600.00 800.00 56,000.00 1,000.00 500.00 50,000.00 7,500.00 22,000.00 22,000.00 80,500.00 70,000.00 10,500.00 38,000.00 38,000.00 77,600.00 1,600.00 800.00 80,000.00 20,000.00 400.00 200.00 112
07/07/2014
08/07/2014
10/07/2014
15/07/2014
25/07/2014 31/07/2014
31/07/2014
31/07/2014 31/07/2014
Banco Pasa al Folio #2 Viene del Folio # 1 Gastos de Administrativo IVA Acreditable Banco Gastos de Venta IVA Acreditable Banco Caja Cliente Anticipo IR 2% Anticipo ISV 1% Venta IVA Debitable Costo de Venta IVA Acreditable Gastos de Venta Gastos de Administración Banco Terreno Hipoteca por pagar Gastos de Administración Depreciación Acumulada Mob Depreciación Acumulada Edificio Depreciación Acumulada Equipo de Oficina Papelería y Útiles de Oficina IVA Acreditable Banco Retención IR 2% Retención ISV 1% Gastos de Administración Amortización de Renta pagada por anticipado Gastos de Venta Estimación para cuentas Incobrable Sumas Iguales
19,400.00 Folio # 2 1,500.00 225.00 1,725.00 1,800.00 270.00 2,070.00 44,400.00 46,000.00 800.00 800.00 80,000.00 12,000.00 25,000.00 25,000.00 4,500.00 10,500.00 15,000.00 80,000.00 80,000.00 25,600.00 8,000.00 12,000.00 5,600.00 7,000.00 1,050.00 7,840.00 140.00 70.00 5,000.00 5,000.00 2,040.00 C$ 2249,485.00
2,040.00 C$ 2249,485.00
113
Alina S.A
S 3 4 5 8
S 8
S
Caja 40,000.00 56,000.00 80,500.00 77,600.00 44,400.00 298,500.00
S
Cliente 80,000.00 5 S 120,000.00 46,000.00 166,000.00 C$ 80,000.00 86,000.00
Equipo de Oficina 300,000.00
S
7 9 # #
Depreciacion Acumulada Mob 8,000.00 11
Mobiliario 185,000.00
Rentas pagadas por anticipado 100,000.00
Capital 1100,000.00 S
Documento por Pagar 250,000.00 S
Gastos de Administrativo 1,500.00 10,500.00 25,600.00 5,000.00 42,600.00
Esquema de Mayor 01-Jul-14 IVA Acreditable Mercancia Banco 22,000.00 3a 1 12,000.00 89,600.00 1 S 68,000.00 250,000.00 225.00 38,000.00 4a 7 19,400.00 5 1 80,000.00 270.00 25,000.00 8a 1,725.00 7 85,000.00 12 1,050.00 148,000.00 2,070.00 13,545.00 63,000.00 15,000.00 9 7,840.00 250,000.00 135,635.00 114,365.00
9 14
Gastos de Venta 1,800.00 4,500.00 2,040.00 8,340.00
Depreciacion Acumulada Edificio 12,000.00 11
S
Edificio 540,000.00
3 5 8
Proveedor 6 20,000.00 C$ 105,000.00 S C$ 85,000.00
Utilidad Retenida C$ 148,000.00 S 3a 4a 8a
Terreno 10 80,000.00
Depreciacion Acumulada Equipo de Oficina 5,600.00 11 12
Retencion 2% 1,600.00 1 400.00 6 140.00 12 2,140.00
Retencion 1% 800.00 3 200.00 6 70.00 12 1,070.00
Anticipo IR 2% 1,000.00 1,600.00 800.00 3,400.00
IVA Debitable 7,500.00 3 10,500.00 4 12,000.00 8 30,000.00 Costo de Venta 22,000.00 38,000.00 25,000.00 85,000.00
3 5 8
Venta 50,000.00 3 70,000.00 4 80,000.00 8 200,000.00 Anticipo ISV 1% 500.00 800.00 800.00 2,100.00
Hipoteca por pagar 80,000.00 10
Estimacion para cuentas Incobrable 2,040.00 14
Papeleria y Utiles de Oficina 7,000.00
Amortizacion de Renta pagada por anticipado 5,000.00 13
114
Alina S.A Estado de Resultado 01-Jul-14 Ventas
C$
200,000.00
C$
115,000.00
Costo de Venta
85,000.00
Utilidad Bruta Gastos Operativo Gastos Administrativo
C$
Gasto de Venta
42,600.00 8,340.00
Utilidad Operativa
50,940.00 C$
64,060.00
Alina S.A Balance General 30-Jul-14 Activo Corriente Caja
C$ 298,500.00
Banco
114,365.00
Mercancía Cliente Estimación para cuentas Incobrables
63,000.00 C$
86,000.00 2,040.00
83,960.00
IVA Acreditable
13,545.00
Papelería y Útiles de Oficina
7,000.00
Anticipo de ISV
2,100.00
Anticipo de IR
3,400.00
C$
585,870.00
Activo No Corriente Terreno Edificio Depreciación Edificio Mobiliario Depreciación Mobiliario Equipo de Oficina Depreciación Equipo de Oficina Rentas pagadas por anticipado Amortización de Renta pagada por anticipado
C$
80,000.00
C$ 540,000.00 12,000.00
528,000.00
C$ 185,000.00 8,000.00
177,000.00
C$ 300,000.00 5,600.00
294,400.00
C$ 100,000.00 5,000.00
95,000.00
Total Activo
1174,400.00 C$ 1760,270.00
Pasivo a Corto plazo Proveedores Documento por pagar
C$
85,000.00 250,000.00
115
Retención IR 2% Retención ISV 1% IVA Debitables
2,140.00 1,070.00 30,000.00
C$
368,210.00
Pasivo a Largo plazo Hipoteca por Pagar
80,000.00
Total Pasivo
448,210.00
Capital
C$ 1312,060.00
Capital Social Utilidad Retenida Utilidad del Ejercicio
C$ 1100,000.00 148,000.00 64,060.00
116
4. REGISTROS CONTABLES A TRAVÉS DE APLICACIONES INFORMÁTICAS DE CONTABILIDAD Y DE IVA Y OTROS IMPUESTOS.
MONICA. - Es un programa de contabilidad que la puede utilizar como su asistente en los negocios. Le permitirá resolver muchos de las tareas asociadas con un negocio pequeño o mediano. Mónica ha sido diseñada para servirle de una manera fácil y rápida, pero a la vez dándole la información lo más detalladamente posible. MONICA le permite realizar con bastante facilidad los siguientes trabajos: Facturación.- Crea facturas, lleva el control de éstas, obtiene totales de ventas por clientes, por fechas, por item, por vendedor. Permite versatilidad en la impresión de facturas (forma pre-impresa, hoja simple/media pág.). Permite realizar estimados, así como la facilidad de imprimir las facturas y estimados en inglés y/o castellano. Puede realizar devoluciones. Cuando hace una factura el inventario automáticamente queda actualizado. Inventario. - Ud. puede llevar el control de los ítems de su inventario: asignando códigos, conociendo en cualquier momento el precio, el costo, y la cantidad disponible de un determinado ítem. Así mismo tiene la capacidad de determinar el movimiento de ítems para un período determinado (Cuánto se vendió, montos, etc.). Determina el costo de su inventario. Lleva el Kardex de los productos. Clientes.- Ud. puede determinar mediante el auxilio de MONICA cuales han sido sus ventas por clientes, cuáles son sus mejores clientes, cuanto les ha vendido y cuando. Cuentas por cobrar (Cartera).- Permite manejar las ventas al crédito que realiza con sus clientes: Vencimiento de facturas, Cargos financieros, puede obtener los estados de cuenta por cada cliente. Cierre de periodos que le permite determinar cuánto le debe cada uno de sus clientes. Cuentas por pagar.- Maneja las compras a sus suplidores, MONICA le permite realizar cotizaciones (Averiguación del precio de un producto) y luego realizar la orden de compra (Formalizar la compra del producto). Ud. puede saber cuánto le debe a un abastecedor, si la compra fue al crédito, cuando se vence la factura, etc. Cheques.- Lleva un control preciso de los montos girados, los cheques que han sido cobrados, aquellos que faltan ser cobrados, montos totales para un período. Asimismo Ud. puede imprimir directamente los cheques con total seguridad (montos en números y en letras), utilizando formato pre-impreso y numeración dada por computador. También puede obtener un reporte de reconciliación bancaria. Permite saber cuál es su saldo. Ud. puede tener desde una o más Cuentas. Corrientes. La impresión de cheques puede ser en castellano/Inglés. 117
Libro Diario. Registra las actividades de la empresa mediante asientos contables (Método de la partida doble). Lo cual involucra un plan contable (Cuentas) que es prácticamente ilimitado, con códigos de hasta 14 caracteres y multinivel. MONICA le proporciona una tabla de cuentas para la mayoría de países del habla hispana. Ud. puede así mismo modificar estas cuentas de acuerdo a la modalidad del negocio. ANÁLISIS DE CUENTAS. Le permite al contador analizar en cualquier momento las diferentes cuentas que conforman el plan contable de la empresa y de esta manera determinar la situación de la empresa. La transferencia de asientos del 'Libro diario' al libro 'Mayor' se hace automáticamente. REPORTES CONTABLES. El Contador tiene a su alcance y en cualquier momento el Libro Diario, Reporte de Análisis de cuentas, y el Balance de Comprobación, El Balance General de la empresa, el Estado de Ganancias y Pérdidas. MONICA permite obtener estos reportes en forma interactiva, es decir, tan pronto Ud. ingresa un asiento en el libro diario, se vea reflejado inmediatamente en los reportes, no es necesario el cierre de un período para poder tener los reportes, así mismo, Ud. tiene acceso a reportes históricos ya que no existe límite en el número de períodos que puede tener en su computador (la limitación viene dada por la rapidez y capacidad de procesamiento de su computador). Así mismo MONICA le ofrece una gran versatilidad en el manejo de la información ya que tiene pantallas intuitivas que no necesitan mayor explicación en los cuales no necesita grandes conocimientos en computación de los que probablemente ya tiene. MONICA le permite tener hasta 99 empresas en su computador y puede trabajar como punto de venta. Si Ud. ha realizado una factura en forma manuscrita, entonces Ud. puede realizarlo en su computador utilizando a MONICA sin mayores problemas. La mayor parte de las opciones son auto explicativas. No se preocupe si Ud. comete un error al utilizar a MONICA, ya que puede ser corregido sin mayores contratiempos, sea que realiza una nueva factura, un asiento contable, etc.
118
5. ESTRUCTURA DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS DE CONTABILIDAD Y DE IVA.
Módulos Principales de Mónica Aunque el sistema MONICA tiene múltiples utilidades y opciones, le presentaremos los principales módulos:
MODULOS DEL SISTEMA MONICA Inventario Facturación Punto de venta Cuentas por Pagar Cuentas Corrientes Cuentas por Cobrar Órdenes de compra Contabilidad General Salida de Almacén Cotización a Cltes. y Supls. Impresoras Fiscales por país. . . FACTURACIÓN Le permite crear facturas, modificarlas y eliminarlas. Ud. puede especificar sus propios números. De factura, ordenar las facturas por diferentes criterios (fechas, clientes, vendedor, etc.). Así mismo puede realizar devoluciones sobre el inventario. Las facturas actualizan el inventario apenas son creadas. También puede realizar facturas en lotes (ideal por ejemplo cuando se tiene que facturar al mismo grupo de clientes al final del mes por un mismo concepto). . INVENTARIO Controla los productos en el almacén: crea, modifica elimina (si el usuario tiene acceso), puede hacer su lista de precios, precios-costo, para un grupo de productos, cambiar de precios de uno o varios productos a la vez, puede almacenar más de 10 millones de items en sus archivos. Así mismo puede enviar 119
cotizaciones a sus proveedores (si lo desea puede imprimirlo en inglés) y luego convertirlos en órdenes de compra (está enlazado con el módulos de cuentas por pagar). Otro aspecto importante es el kárdex que puede llevar de su inventario, es fácil de actualizar y manejar. Por otra parte MONICA le brinda la posibilidad de manejar las imágenes (fotos o diagramas) de sus productos. Por ejemplo Ud. puede tener un catálogo de todos sus productos en su computador. . CUENTAS POR COBRAR Cuando Ud. vende al crédito, MONICA le permite controlar las facturas vencidas, abiertas, pagos parciales, etc. Ud. puede tener un listado de clientes impagos, facturas canceladas, vencimientos de las próximas facturas. Asimismo obtener el estado de cuenta de cualquier cliente en cualquier momento. . CUENTAS POR PAGAR Si su empresa quiere llevar un registro de compras de sus proveedores, entonces este módulo es para Ud. ya que le permite saber a qué proveedores les debe, cuándo se vencen las facturas, etc. Calendario de pagos para el proveedor. Estado de pagos para cada proveedor. . CUENTAS CORRIENTES Su empresa ahora puede llevar una o 1,000 cuentas corrientes. Es muy fácil crear un nuevo cheque en la cuenta corriente de la empresa, hacer sus depósitos, consultar los saldos, clasificar los cheques, etc. Hacer un cheque es como escribir uno en su chequera, solamente tiene que llenar los espacios en blanco. Realiza una reconciliación con el estado de cta. de su banco. . CONTABILIDAD GENERAL . Diseñado especialmente para el profesional contable. Registro de asientos por partida doble, Ud. puede definir su tabla contable ó utilizar la que viene diseñada especialmente para su país! el cual puede ser manejado en multinivel (Agrupación de cuentas). Con MONICA Ud. puede tener el libro Diario, Mayor, y los principales reportes financieros: Balance de la Empresa, Estado de Ganancias y Pérdidas, Balance Tributario, etc. . OTROS DETALLES MONICA adicionalmente puede trabajar en red: Novell y Windows. Es decir Ud. puede realizar una factura en una estación de la red, mientras que la otra estación por ejemplo puede estar manejando el inventario. MONICA acepta el símbolo de su moneda y ha sido diseñada para ajustarse a los reglamentos de su país (por ejemplo en Santo Domingo, los comprobantes fiscales (NCF).MONICA tiene acceso de seguridad. Por ejemplo a un nuevo empleado puede ser asignado nivel básico el cual solamente le permite hacer una factura, sin posibilidad de eliminarla o cambiarla y no puede consultar costos.
120
Actividad: 3.1 1) En grupo de do o cuatro analiza e Interpretar cada uno de los libros obligatorios que establece la legislación vigente del IVA en Nicaragua.
Actividad: 3.2 2) Aplique sin errores la resolución del caso los impuestos de IVA según la ley vigente. La empresa “La Curacao Ltda.” distribuye electrodomésticos y le entrega a Ud. Información acerca de las transacciones ocurridas hasta la fecha: 1) 10/08/01: Se compraron 5 lavadoras en $600.000 valor neto, cancelando 28%con letras y saldo al crédito simple; y 6 televisores cada uno en $ 80.000 + IVA cancelados 45% con letras y saldo con efectivo. 2) 20/08/01: Se cancelan anticipos de sueldo por $ 100.000 en efectivo, además de consumos básicos por $ 45.000 3) 25/08/01: Se venden 3 lavadoras con una rentabilidad del 47% se cancelan en efectivo; además se venden 4 televisores con un margen de rentabilidad del 35% cancelada en efectivo y crédito simple por partes iguales. 4) 30/08/01: Se cancelan sueldos por $ 250.055 con efectivo. Leyes sociales 20%. 5) 05/09/01: Se compran 4 lavadoras en $150.000 + IVA cada una, canceladas al crédito simple. 6) 12/09/01: Se cancela el 40% del crédito documentado.
121
EJERCICIOS DE AUTOEVALUACIÓN. 1) Realice sin enmiendas ni errores la documentación que reflejan las operaciones del IVA según la ley vigente.
2) Introduzca sin errores datos de registros contables en las aplicaciones informáticas de contabilidad utilizando el programa Mónica o el que su instructor asigne y de IVA.
3) Analice las siguientes transacciones y contabilice en el Libro Diario, y Libro Mayor Tres socios deciden formar una empresa cuyo giro comercial es la compra-venta de telas, bajo el nombre de “EL Telar, S.A.” Las operaciones que realizaron durante el mes de marzo fueron las siguientes: 1) El día 2 de marzo los socios de la empresa “El telar, S.A. de C.V.” aportan $150,000 en equipo de cómputo y $450,000 en documentos por cobrar, el total constituye el capital aportado. 2) El día 5 de marzo se cobran los documentos por cobrar y se depositan en la chequera. 3) El día 7 de marzo se crea un fondo en efectivo por $200,000 que se retira de la cuenta de bancos. 4) Se compra mercancía por $770,000 más I.V.A. misma que se cubre 20% con cheque y el resto se queda a deber al proveedor la operación se realiza el 9 de marzo. 5) El día 12 de marzo se vende mercancía por $980,000 más I.V.A. la cual se paga 50% con cheque, 25% se firman documentos y el resto la queda a deber el cliente, el costo de la mercancía es de $375,000. 6) El día 14 de marzo se efectúan gastos de promoción y publicidad por $75,000 más I.V.A. mismos que se pagan con cheque. 7) El día 16 de marzo se paga seguro por la mercancía vendida el 12 de marzo por el 2.5% del valor de la venta. El pago de la prima se hace en efectivo y genera el pago del I.V.A en adición. 8) El día 18 de marzo se compra equipo de transporte para reparto de mercancías por $175,000 más I.V.A. mismos que se quedan a deber. 122
9) Se paga la renta del mes el día 20 de marzo con cheque por la cantidad de $15,000 más I.V.A. 10) Se pagan gastos de luz y teléfono por $45,000 más I.V.A. en efectivo del departamento de administración el 22 de marzo. 11) Se pagan sueldos por $35,000 en efectivo al departamento de ventas el día 25 de marzo correspondientes a la segunda quincena del mes. 12) Se vende mercancía por $750,000 más I.V.A. misma que se cobra 50% con cheque y el resto en efectivo. El costo de la mercancía es del 30% del precio de venta, el día 26 de marzo. 13) El día 27 de marzo se pagan $175,000 al proveedor de mercancías con cheque 14) El día 29 de marzo se pagan con cheque $145,000 a la empresa que nos vendió el equipo de reparto. 15) El día 30 de marzo se pagan fletes por la mercancía vendida el 26 de marzo por un total de $55,000 más I.V.A. en efectivo. Con base en las operaciones que realizó la empresa, se pide: a) Registrar las operaciones en asientos de diario b) registrar las operaciones en esquemas de mayor
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GLOSARIO Alícuotas: adj. Referido especialmente a una cantidad, generalmente económica, que es proporcional: la parte alícuota de una herencia. Aferración: Agarrar con fuerza: el escalador se aferró a las rocas. Aferrarse Insistir, con fuerza y convicción, en mantener una idea, opinión o posición: aferrarse a una idea; huía del progreso y se aferraba a los valores antiguos. Unirse a una persona o cosa de la que se espera un bien: se aferró a la familia para superar aquella mala época. Arrendamiento: m. Acción y efecto de arrendar (alquilar). Contrato, por el cual una de las partes se obliga a dar a otra por cierto tiempo y a cambio de un precio determinado el uso Auxiliares: en contabilidad son libros que sirven de ayuda Enajenación: s. f. Transmisión a otra persona del derecho sobre un bien. ≡enajenamiento. Falta de atención a causa de un pensamiento o de una impresión fuerte. ≡enajenamiento. Exenciones: sustantivo femenino derecho efecto de eximir a alguien de una culpa u obligación. La exención del criminal generó la ira de los presentes. Libertad de que goza alguien para eximirse de una obligación exenciones tributarias Generador: es un conjunto generador de un grupo. Indemnización: Compensación que recibe una persona por un daño o perjuicio que ha recibido ella misma o sus propiedades. Cantidad de dinero u otra cosa con la que se compensa por un daño o perjuicio. Imponible: Que puede o debe estar sujeto a un impuesto o tributo: cantidad imponible. Se aplica a la base evaluativa obtenida de una declaración patrimonial por la que se determina la cuantía de un impuesto y sobre la que este se aplica. Patrimonio: Conjunto de bienes que una persona adquiere por herencia familiar: su patrimonio se calcula en millones de euros. Conjunto de bienes que posee una persona o una institución y que son susceptibles de estimación económica: el patrimonio histórico-artístico de un país; muchas obras de arte pertenecen al patrimonio de la Iglesia; las playas forman parte del patrimonio del estado. Pol: mejor precio. Retención: Dinero que se descuenta en un pago o en un cobro, especialmente el destinado al pago de impuestos: la empresa hace una retención del 20 % para el pago de impuestos. 124
PARA SABER MÁS Primer curso de Contabilidad, Elías Lara Flores/ 22 edición Código de Comercio de la República de Nicaragua. LIBRO I del comercio en general y de los comerciantes y agentes intermediarios http://todoejercicios.es/resueltos/Economia/Contabilidad/pagina2 es.thefreedictionary.com/
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BIBLIOGRAFIA TEXTOS: CÓDIGO TRIBUTARIO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA LA GACETA - Dirección General de Ingresos DGI... CÓDIGO MERCANTIL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Plan Contable General Empresarial _Formulación de EEFF Análisis Financiero en el Marco de las NIIF CPCC. Pascual Ayala Zavala Inst. Pacifico, 2014. Libros y registros contables con efectos tributarios concordados con el PCGE (tomo IV) 01 Mario Apaza M. Atrium 2009
Página de INTERNET: http://todoejercicios.es/resueltos/Economia/Contabilidad/pagina2 www.legislacion.asamblea.gob.ni/Normaweb.nsf/ www.dgi.gob.ni/.../GACETA_241_Ley_822_Ley_de_Concert._Tributaria www.mific.gob.ni/Portals/0/CodigoMercantil/tituloPreliminar_VF.pdf
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