Las Fuentes Formales Del Derecho

Cuadro sinóptico y cuestionario fuentes formales del derecho                                    Deisy Vianeth Hernández

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Cuadro sinóptico y cuestionario fuentes formales del derecho                               

    Deisy Vianeth Hernández Velásquez Diana Marcela Panche Garzón Luisa Fabiana Rodriguez Sanchez Jeimy Estefany Tayak Mahecha Julio 2020   Corporación universitaria minuto de Dios Bogotá D.C Fundamentos de Derecho

Introducción Se busca dar a conocer mediante un cuadro sinóptico y las respuestas a ciertas preguntas cuáles son los fundamentos formales del derecho, como con el tiempo han venido cambiando respecto a la evolución de la constitución de 1886 a la de 1991 en el derecho Colombia, de cómo aplican en otros lugares y cuáles son las conclusiones para que lleguen hacer fuentes formales, cuáles son las características que debe impartir cada una de ellas y en qué caso son utilizadas, clasificando se aún así por orden jerárquico. Con igual relevancia la estructura de cómo jerárquicamente están organizadas las normas jurídicas, cuál es su importancia como están divididas porque se da esta posición, que exponen y ofrece cada una de ellas,porque si bien tiene una posición están sujetas una de la otra desde la superior en la jerarquía hasta la que se encuentra en la parte inferior.

1.Observen el video sobre fuentes formales de derecho disponible y responda ¿Qué tipo de fuentes existen y cuáles son sus características?

Existen 5 fuentes formales que crean e integran el derecho,la fuente formal directa es la ley ,pero existen otras como la costumbre ,jurisprudencia,doctrina y principios generales de derecho. La ley:También llamado procedimientos legislativo porque son pasos a seguir en el órdenes legislativos La costumbre: Ley secundaria para el uso y costumbres cuando la ley no es claro para aplicar se puede basar en ella. Jurisprudencia: Criterio constante y uniforme de aplicar el derecho mostrado en las sentencias judiciales, es interpretación de la ley . Doctrina: Teorías y opiniones expresadas por los juristas,quienes acuden más a ellas es el poder judicial y legislativo, permite la modificación o creación de nuevo derecho. Principios generales del derecho:Son verdades jurídicas indiscutibles de carácter general elaboradas por la ciencia del derecho ,condiciones que sean congruentes con las normas jurídicas,llenando vacíos existentes. 2. Elaborarán un cuadro sinóptico en el que describirán una estructura jerárquica de las normas jurídicas en el derecho colombiano, partiendo de la teoría clásica e incorporando las realidades legislativas contemporáneas del país https://drive.google.com/file/d/1LJxjby-qV--IbowWxWzoOVlDF2XNu1oi/view? usp=sharing

3. Desarrolle las preguntas del Cuestionario. Las fuentes formales del derecho.docx Preguntas: 1. El Derecho no tiene una definición unívoca, cuáles podrían ser las otras definiciones. ● La palabra Derecho no tiene un significado unívoco. Por ella se entiende el conjunto de conocimientos, principios e instrumentos que constituyen la denominada Ciencia del Derecho; o el sistema de normas jurídicas de carácter general, impersonal y abstracto que conforman el ordenamiento jurídico (derecho desde el punto de vista objetivo); o los derechos, facultades, atribuciones, potestades, que en favor de los individuos se derivan del ordenamiento jurídico (derecho desde el punto de vista subjetivo) 2. Definan: ciencia del Derecho; ordenamiento jurídico, derecho subjetivo, derecho positivo, norma jurídica ● Ciencia del Derecho como técnica jurídica

● Ordenamiento jurídico como conjunto de normas jurídicas generales impersonales y abstractas. ● Derecho subjetivo como aquel que en favor del sujeto se consagra en el ordenamiento jurídico. ● Derecho positivo ha de entenderse el sistema normativo dictado por un poder soberano que ejerce el monopolio de la fuerza en un territorio determinado. ● Normas jurídicas, en la norma jurídica está el derecho. Cuando se habla fuentes formales del derecho se hace referencia a la forma como el ordenamiento jurídico se manifiesta mediante normas jurídicas generales 3. El derecho se presenta en forma de norma jurídica, ¿qué otros ordenamientos normativos hay? ● Existen otros conjuntos de normas, otros ordenamientos normativos: la moral, la religión, la ética, podríamos clasificar las normas a partir del ordenamiento que las contienen; o los ordenamiento con base en las normas que los conforman. Este pensar y estudiar en qué es lo procedente y que lo consecuente, si el ordenamiento o la norma, constituirá en sí mismo un círculo vicioso insoluble, sólo superable a partir de un elemento adicional: la autoridad normativa. 4. ¿Cómo define fuentes formales del derecho García Máynez, Bobbio, Bonnecase? ● Si el derecho es conjunto de normas jurídicas, en la norma jurídica está el Derecho. Cuando se habla de fuentes formales del derecho se hace referencia a la forma como el ordenamiento jurídico se manifiesta mediante normas jurídicas generales, impersonales y abstractas según (Garcia Maynez), ● Para Bobbio Bonnecase fuentes del derecho son aquellos hechos o aquellos actos de los cuales el ordenamiento jurídico hace depender la producción de normas jurídicas. ● Bonnecase las define como las formas obligadas y predeterminadas que inevitablemente deben tomar los preceptos de conducta exterior para imponerse socialmente con el aspecto del poder coercitivo del derecho 5. En conclusión, una fuente formal del derecho es, sinónimo de norma jurídica de contenido general, impersonal y abstracto, define las tres anteriores características del derecho ● Es aplicable para todo el mundo de la misma forma cuando se habla del término impersonal,cuando nos referimos a abstracto se dice que la norma aplica para cualquier caso sin importar particularidad del suceso solo se debe aplicar de forma rigurosa como está plasmada,por último cuando se menciona el contenido general se define que fue realizada para una colectividad y no un grupo de personas en específico. 6. ¿Cómo clasifica Bobbio las normas jurídicas? ● Las clasifica en dos las cuales son las normas de conducta las cuales se inclinan hacia el derecho subjetivo y normas de estructura o competencia que van más hacia la creación o reconocimiento de la norma y estructura del sistema jurídico. 7. ¿Cuál es el objeto de este ensayo?

Radica en el deber del estudioso del derecho, profesor, del jurista, del magistrado, en verificar si las fuentes del Derecho Colombiano a partir de la nueva constitución, son o no las mismas de antes. 8. ¿Cuáles son las fuentes formales del derecho colombiano? Las fuentes formales del derecho en Colombia son la Ley, Costumbre, Jurisprudencia y Doctrina. 9. ¿Cómo se define Ley, ¿cuál es su carácter y aplicación? ● Se define como derecho positivo ,su carácter es cobijar las normas institucionales incluyendo los reglamentos y decretos ,se aplica de manera directa e indirecta por analogía. ● En carácter general de la ley es mandar, prohibir, permitir o castigar según el Artículo 8 de la ley de 1887 10. Cómo se define Costumbre, ¿cuál es su carácter y aplicación? ● La costumbre es una norma jurídica que se manifiesta en un uso social reiterado. Ulpiano la definió como “tacitus consensus populi, longa consuetudine inveterata” (consentimiento tácito del pueblo, inveterado por un largo uso). De Castro la definió como “norma creada e impuesta por el uso social”. ● Según Pau Pedrón (Estructura y Fuentes del derecho civil español. Fundación matritense del notariado), la aplicación analógica de las normas prevalece sobre la costumbre ● Según el artículo 1.4 Código Civil “Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico”. 11. ¿Cómo se resuelve en caso de dudas o vacíos en la interpretación de las normas? La interpretación tiene como objeto explicar o declarar el sentido de la norma, pudiendo distinguirse entre la interpretación auténtica (la que de una ley hace el mismo legislador); la interpretación doctrinal (la que se funda en las opiniones de los jurisconsultos); y la interpretación usual (la autorizada por la jurisprudencia de los tribunales). Por el contrario, la intelección es definida como la acción y efecto de entender. 12. ¿Cuál es la importancia que tiene el “principio de equidad” en el derecho general y laboral colombiano? ● En sentencia del 8 de agosto de 1973 y del 28 de febrero de 1980 la sala laboral de la corte sostiene que la equidad es fuente formal del derecho laboral; La jurisprudencia de esta sala ha precisado: el principio de equidad opera cuando no existe norma aplicable al caso, como lo previene el ART 19 del CST. ● En el derecho general la equidad sin duda alguna no podrá ser tomada para argumentar una decisión pero si puede ser utilizada para comprender el alcance y esencia de la fuente formal que se utilizó para tomar la decisión de la sentencia. 13. ¿Qué diferencia estableció la Constitución Política de 1991 (artículo 230) respecto de las fuentes formales del derecho?

● La diferencia establecida fue que la equidad,la jurisprudencia,los principios generales del derecho y la doctrina pasaron a ser criterios auxiliares de la actividad judicial, dejaron de tener el papel que aportan en la constitución de 1886 como fuentes formales. ● 14. ¿Por qué a la luz de la nueva constitución, no será constitucionalmente posible a los jueces ordinarios proferir fallos en equidad? ● No lo podrá hacer porque la equidad es un criterio auxiliar en el cual no se puede fundamentar una sentencia,solo se debe fundamentar en fuentes formales del derecho ,aunque sí debe ser incluirlo en el proceso para llegar a una decisión. ● 15. ¿De las 7 conclusiones que presenta el ensayo hagan referencia a una con la cual ustedes se identifiquen y argumenten por qué? ● La conclusión 2 ,Ya que es el interrogante que toda la lectura nos trata de aclarar desde varios ejemplos y perspectivas,para demostrar que ciertos términos dejaron de funcionar en el derecho como fuentes formales para pasar a ser criterios auxiliares de estos, además donde la ley puede crear otros criterios que permita la claridad de alguna situación con vacíos que lo necesite permitiendo así que la información de ayuda esté al alcance y no limitada solo por ciertos criterios.

Conclusiones

● Podemos concluir que tenemos 5 fuentes formales del derecho la cuales integran y al final forman la Ley o la sentencia ● Lo importante es que la ley se acate, ya que va a favor de la seguridad jurídica. ● Se puede concluir que las leyes nuevas nunca pueden regir para el pasado, pero sí hay algunas excepciones ya que tienen un límite, y estos generan conflictos con el tiempo. ● En principio las leyes están ligadas al ámbito territorial, existen los principios de la personalidad de ley ● Son las normas de conducta las cuales se inclinan hacia el derecho subjetivo y normas de estructura del sistema jurídico el objetivo. ● La ley necesita de criterios auxiliares porque en ciertas circunstancias deja vacíos donde necesita un apoyo para ser clara y concreta a la hora de tomar decisiones.

Referencias

● Cadavid, L. (2014). Fundamentos de derecho comercial, tributario y contable. 4ta. Edición. Bogotá: Editorial: McGraw-Hill. [Texto guía]. ● Constitución política de Colombia [Const.]. (1991). Bogotá: Consejo Superior de la Judicatura. Fuentes del derecho ● Fonseca, M. (1992). Las fuentes formales del derecho colombiano a partir de la nueva Constitución. Revista de derecho, Universidad del Norte, (1), 32-45.