LAS CUENTAS DEL ACTIVO

LAS CUENTAS DEL ACTIVO Es un recurso económico de propiedad de la empresa, representa bienes y derechos cuantificables,

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LAS CUENTAS DEL ACTIVO Es un recurso económico de propiedad de la empresa, representa bienes y derechos cuantificables, que se espera produzcan beneficios económicos futuros para la empresa. Para las instituciones financieras, los principales grupo de cuentas del Activo son:  Fondos disponibles  Operaciones interbancarias  Inversiones  Cartera de créditos  Deudores por aceptaciones  Cuentas por cobrar  Bienes realizables, adjudicados por pago, de arrendamiento mercantil y no utilizados por la institución  Propiedades y equipo  Otros activos 3.2 OPERACIONES INTERBANCARIAS Registra los fondos de alta liquidez de los cuales dispone la entidad para sus operaciones regulares y que no está restringido su uso. Comprende cuentas que se registran en efectivo o equivalente de efectivo como: 11 01 Caja 11 02 Depósitos para encaje 11 03 Bancos y otras instituciones Financieras 11 04 Efectos de cobro inmediato 11 05 Remesas en Transito 11 01 CAJA Registra los recursos de alta liquidez de los cuales dispone la entidad para sus operaciones regulares y que no está restringido su uso. Comprende las cuentas que se registran en efectivo o equivalente de efectivo tales como: caja, depósitos para encaje, depósitos en bancos y otras instituciones financieras, efectos de cobro inmediato y las remesas en tránsito. DEBITA: Cuando la empresa recibe dinero en efectivo. ACREDITA: Cuando paga con dinero en efectivo Es Cuenta del Activo porque representa el dinero en efectivo propiedad de la entidad.

11 02 DEPÓSITOS POR ENCAJE En esta cuenta se registran los depósitos que la entidad mantiene en el Banco Central del Ecuador, en las sucursales del Banco Nacional de Fomento y otros bancos locales, cuando la entidad que reporta tiene su domicilio principal en una ciudad donde el Banco Central no dispone de oficinas.

Todas las transacciones que devienen de la cámara de compensación preliminar deberán contabilizarse en la fecha del día siguiente hábil. Los saldos acreedores que pudieren presentarse por sobregiro en cuenta corriente representan obligaciones a favor del Banco Central, Banco Nacional de fomento o en otros bancos locales y por lo tanto deben reclasificarse a la cuenta 2601 Obligaciones Financieras - Sobregiros. Los débitos no correspondidos por el Banco Central, el Banco Nacional de Fomento o los bancos locales públicos y privados en un plazo máximo de quince días deberán transferirse a la subcuenta 110505 Remesas en tránsito Del país. Los depósitos para encaje que se realizaren en otros bancos públicos o privados locales deberán efectuarse en una cuenta corriente independiente y exclusiva para tal objeto. La cuenta 110205 Depósitos para encaje - Banco Central del Ecuador, registra 11 03 BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Registra los saldos en cuentas corrientes y otros depósitos a la vista incluyendo los depósitos “overnight”, constituidos por la entidad, en moneda de uso local o en otras monedas, en bancos y otras entidades financieras tanto del país como del exterior. SUBCUENTAS 11 03 01 BANCOS 11 03 02 FINANCIERAS 11 03 03 CAJAS MUNICIPALES DE AHORRO Y CRÉDITO 11 03 04 CAJAS RURALES DE AHORRO Y CRÉDITO 11 03 06 COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO 11 03 09 OTRAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO

11 04 EFECTO DE COBRO INMEDIATO En esta cuenta se registra el valor de los cheques locales recibidos por la institución que han sido girados contra otras instituciones, cuyo cobro se efectúa a través de la cámara de compensación. Los cheques deben ser enviados a la próxima sesión de cámara de compensación o a más tardar al día siguiente hábil al de su recepción. Los cheques locales deben remitirse al cobro dentro de las 24 horas siguientes a su recepción debidamente revisadas, registradas y en depósitos intactos.

11 05 REMESAS EN TRANSITO En esta cuenta se registra el valor de los cheques recibidos por la institución que han sido girados contra instituciones de otras plazas del país (que no participan en cámara de compensación) o instituciones del exterior y que deben ser cobrados directamente por la entidad o a través de un banco corresponsal. Estos cheques deben ser remitidos para su cobro máximo al día hábil siguiente. La remesa de los cheques sobre otras plazas del país deberá ser debidamente revisada, registrada y depositada intacta.

3.2 OPERACIONES INTERBANCARIAS Registra los fondos interbancarios vendidos hasta un plazo de 8 días y las compras con pactos de reventa hasta un plazo de 30 días a entidades del sistema financiero cuando la entidad tiene excesos de liquidez, así como las provisiones requeridas, según disposiciones emitidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

GRUPOS QUE CONFORMAN LAS OPERACIONES INTERBANCARIAS 12.01 FONDOS INTERBANCARIOS VENDIDOS 12.02 OPERACIONES DE REPORTO CON INSTITUCIONES FINANCIERAS 12.99 PROVISIÓN PARA OPERACIONES INTERBANCARIAS

1201 FONDOS INTERBANCARIOS VENDIDOS SUBCUENTAS 1201 Fondos Interbancarios Vendidos 120105 Bancos 120110 Otras Instituciones del Sistema Financieras Registra el monto de los fondos que coloca las entidades financieras legalmente autorizadas a corto plazo (no mayor de 8 días) en otras entidades del país, en las cuales el Banco Central del Ecuador interviene y actúa como intermediario, utilizando el servicio que para el efecto ofrece entre cuentas e instituciones. La instrumentación de estas operaciones debe efectuarse contractual mente, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias, sin excederse de las tasas de interés establecidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador.

1401 Cartera de Créditos Comercial por Vencer DÉBITOS Por la colocación de fondos en otras entidades. CRÉDITOS Por la recuperación de los fondos colocados. Por las reclasificaciones a la cuenta 1401 Cartera de créditos comercial por vencer cuando los fondos no han sido recuperados a su vencimiento. 1202 OPERACIONES DE REPORTO CON INSTITUCIONES FINANCIERAS SUBCUENTAS 1202 Operaciones de Reporto con Instituciones Financieras 120205 Instituciones Financieras Públicas 120210 Bancos 120215 Otras Instituciones del Sistema Registra los fondos que la entidad entrega a las instituciones del sistema financiero, por el cumplimiento de aquellas operaciones, en las que adquiere la propiedad del portafolio de inversiones o de crédito con la obligación de transferir al vendedor dicha propiedad o la de otros de la misma especie y características, en un plazo que no podrá ser mayor de 30 días, más un premio o interés. La diferencia entre el valor presente (entrega de efectivo) y el valor futuro (precio de reventa) constituye un ingreso de rendimiento financiero que se registra en la cuenta: Operaciones interbancarias - Operaciones de reporto Que se debe reconocer en los términos pactados (anticipados o vencidos) en función de la acusación de los mismos. Las operaciones en las cuales el vendedor (reportado) no ejerza su opción de re compra de los documentos vendidos, independientemente de que sean o no renovadas, deben legalizarse y contabilizarse en los grupos: 13 “Inversiones” 14 “Cartera de créditos” DÉBITOS Por la entrega de los fondos por la compra. CRÉDITOS Por el cumplimiento del contrato o pacto de reventa. Por la transferencia al grupo: Por la transferencia a la cuenta: 1299 PROVISIÓN PARA OPERACIONES INTERBANCARIAS SUBCUENTAS 1299 (Provisión para Operaciones Interbancarias y de Reporto) 129905 (Provisión fondos interbancarios vendidos) 129910 (Provisión para Operaciones de Reporto con Instituciones Financieras)

Es una cuenta de valuación del activo (acreedora) que registra los valores que periódicamente se van acumulando, con cargo a la cuenta de resultados 4407

3.3. INVERSIONES Corresponde a los recursos que la empresa ha invertido en Títulos valores, Acciones y cuotas partes entre otros. Igual que los CDT, las inversiones se deben clasificar según el tiempo necesario para convertirlas en efectivo. Por costumbre se ha considerado que todas las inversiones se clasifican en activos corrientes y no siempre es así, toda vez que bien pueden existir inversiones que aunque sea posible convertirlas en efectivo, no es la intención de la empresa. A manera de ejemplo tenemos las acciones y/o cuotas partes, las cuales algunas empresas las adquieren con la intención de mantenerlas por tiempo indefinido lo que las lleva a convertirse en activo no corriente.

Definición y características: Es cuando la empresa cuenta con fondos que no son necesarios aplicar a la actividad normal por lo tanto los destina a operaciones donde generen una renta adicional, parte del capital operativo se destina a actividades secundarias. A esto se los llama inversiones y pueden ser temporarias o permanentes, depende la intención y periodo por el cual se crean Temporarias: Se realizan con el objetivo de obtener una rentabilidad a corto plazo, menor a 12 meses, se realiza en un mercado conocido y de fácil acceso de donde surjan cotizaciones para las mismas. Permanente: No tiene la posibilidad de un recupero inmediato, se forma en un plazo mayor a 12 meses. Generalmente se dan en compras de acciones de empresas que se quiere tener participación.

CATALOGO UNICO DE CUENTAS ELEMENTO GRUPO CUENTAS USUARIOS 1 13 1306 B I F ACTIVO INVERSIONE MANTENIDAS M C CBEB E A S O S HASTA SU B S U T O A T F E D N C C L G D VENCIMIENT P F T C O M H N V E F E C M C E O DEL P ESTADO O I ENTIDADES DEL SECTOR X X X X X X X X X X X X X X X X PUBLICO SUBCUENTA S

130605 130610 130615 130620 130625 130630 130635 130640 DINAMICA DEBITOS

De 1 a 30 días De 31 a 90 días De 91 a 180 días De 181 a 1 año De 1 a 3 años De 3 a 5 años De 5 a 10 años De más de 10 años

XXX XXX XXX XXX XXX XXX XXX XXX

XXX XXX XXX XXX XXX XXX XXX XXX

XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX

XX XX XX XX XX XX XX XX

CRÉDITOS

1. Por el valor razonable de las inversiones 1. Por la venta, vencimiento o adquiridas más los costos de transacción castigo de las inversiones; que sean directamente atribuibles a la cuando el valor de negociación adquisición de dichas inversiones. sea mayor o menor al registrado en libros, la diferencia se 2. Por la valoración del portafolio de registrará en el estado de inversiones a vencimiento al costo pérdidas y ganancias. amortizado, como mínimo mensualmente con el método de la tasa de interés efectiva, 2. Por la transferencia entre las con crédito a la cuenta 5302 “Utilidades subcuentas, conforme transcurre financieras - En valuación de inversiones”. el plazo remanente de los títulos. 3. Por el valor proporcional de los 3. Por las actualizaciones a la descuentos devengados mensualmente de cotización de cierre de los saldos acuerdo al plazo de los títulos con crédito a en moneda extranjera cuando la respectiva subcuenta de la cuenta 5103 ésta ha disminuido respecto a la “Intereses y descuentos de inversiones en actualización anterior, con débito títulos valores”. a la cuenta 4301 “Pérdidas financieras - Pérdida en cambio”. 4. Por la transferencia entre subcuentas, conforme transcurre el plazo remanente de 4. Por la transferencia a otras los títulos. categorías tales como 1304 “Disponibles para la venta del 5. Por las actualizaciones a la cotización Estado o de entidades del sector de cierre de los saldos en moneda extranjera público” o 1307 “De disponibilidad cuando ésta ha aumentando respecto a la restringida”, ésta última en el actualización anterior, con crédito a la cuenta caso de que los títulos tengan 5301 “Utilidades financieras - Ganancia en alguna restricción. cambio”. 5. Por la transferencia a otras 6. Por la transferencia de otras categorías subcuentas de la cuenta 1307 De tales como 1304 “Disponibles para la venta disponibilidad restringida en el del Estado o de entidades del sector público” caso de que los títulos o 1307 “De disponibilidad restringida”. mantengan otra restricción. 6. Por el valor proporcional de las primas devengadas mensualmente de acuerdo al

plazo de los respectivos títulos, con débito a la cuenta 4305 “Prima de inversiones en títulos valores". 7. Por el valor de los activos transferidos a la cuenta 190205 “Derechos fiduciarios – Inversiones”.

3.4 CARTERA DE CRÉDITO Es importante que toda entidad bancaria o negocio registre sus movimientos u operaciones durante los periodos contables de sus productos ó servicios, del segmento de mercado al que se dedica, en la moneda nacional o extranjera dependiendo el tipo de servicio o producto que esta preste o produzca. Y dentro del proceso contable es importante conocer la cartera de crédito de dicha empresa, para poder prepararse para un futuro previsible. En este comentario nos referimos específicamente a la cartera de créditos, de una entidad financiera que se ajusta al reglamento de la Junta Monetaria. Y comprendiendo un poco sobre la importancia de la contabilidad en la administración de la cartera de crédito. Cartera de Crédito 1) Representa el saldo de los montos efectivamente entregados a los acreditados más los intereses devengados no cobrados. La estimación preventiva para riesgos crediticios se presenta deduciendo los saldos de la cartera de crédito. Es el conjunto de documentos que amparan los activos financieros o las operaciones de financiamiento hacia un tercero y que el tenedor de dicho (s) documento (s) o cartera se reserva el derecho de hacer valer las obligaciones estipuladas en su texto.1 ORDENANTE: es el importador o comprador de la mercancía, y es entonces quien solicita la apertura del crédito documentario e instruye al banco emisor sobre las condiciones para llevarlo a cabo. Es el obligado final a pagar, y deberá reembolsar al banco emisor cuantas cantidades o gastos anticipe éste. BANCO EMISOR: es el banco sobre el que recae la obligación principal para con el beneficiario, y el que deberá abrir el crédito documentario a favor de éste. Obra a pedido y bajo las instrucciones del ordenante. BENEFICIARIO: es el exportador o vendedor de la mercancía, y el que tiene el derecho de cobro en función del cumplimiento de las condiciones impuestas en el crédito. l receptor del documento que sustenta el crédito, y el que recibirá entonces una garantía de pago siempre que esté en posición de presentar la Documentación requerida en los plazos correspondientes.

Banco corresponsal: según la responsabilidad que tenga, se llamará banco pagador si debe entregarle dinero a la vista al beneficiario contra el cumplimiento de sus obligaciones (pago a la vista), banco negociador si estuviera encargado de descontar letra/s al beneficiario contra el cumplimiento de sus obligaciones (pago diferido), banco aceptador si acepta la/s letra/s del beneficiario para pagárselas al vencimiento o banco avisador si solo actúa. Notificando al beneficiario de la apertura del crédito a su favor. Los usos y costumbres hacen que el banco corresponsal pueda investir la figura de más de un sujeto, por tener responsabilidades diferentes (por ejemplo, puede ser banco avisador y banco negociador a la vez).

TIPOS DE CARTAS DE CRÉDITO Domestica Es la carta de crédito abierta en favor de un beneficiario que tiene su domicilio localmente y, generalmente, no requiere la intervención de otra institución financiera. Establece una relación triangular entre el ordenante del instrumento, el banco emisor y el beneficiario vendedor. CONTRA PAGO Este tipo de carta puede subdividirse a su vez en pago a la vista y diferido. Pago a la vista y confirmado por el banco pagador, éste no puede demorar el pago. CONTRA ACEPTACIÓN El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de una letra de cambio liberada a plazo contra un banco designado por el crédito que puede ser el propio emisor. CONTRA NEGOCIACIÓN El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de una letra de cambio liberada a la vista o a plazo contra el banco emisor. El banco negociador “compra” por cuenta del emisor los derechos del beneficiario sobre el crédito. Un crédito libremente negociable puede ser negociado por cualquier banco. REVOCABLES O IRREVOCABLES Por omisión, la carta de crédito se considera irrevocable, es decir, el compromiso emitido y aceptado por las partes no puede ser modificado sin el consentimiento de todas las partes involucradas (ordenante, bancos, beneficiario). Por expresa indicación puede emitirse un crédito documentario nominado revocable, en cuyo caso podrá modificarse siempre que no haya sido utilizado, y quedarán firmes las obligaciones adquiridas, o en curso de ejecución. COMERCIALES O FINANCIERAS Según el tipo de obligación que ampara, la carta de crédito puede ser comercial, cuando la transacción que la involucra es una operación de compraventa, que puede ser local o internacional (de importación o de

exportación), o financiera, cuando asegura el cumplimiento de una obligación de este orden (stand by). NOMINATIVAS O NEGOCIABLES Es nominativa la carta de crédito que indica expresamente los bancos autorizados para confirmar, avisar y negociar el instrumento, y serán negociables libremente aquellas que no indican expresamente los bancos nominados para intervenir en su manejo. CARTAS DE CRÉDITO PARTICULARES Transferibles: La carta de crédito que expresamente así lo indique le permite al beneficiario hacer disponible el crédito total o parcialmente a un tercero (segundo beneficiario), conforme a los mismos términos, condiciones, obligaciones y beneficios, excepto el valor y precio de las mercancías que podrá ser reducido. 1907 FONDO DE SEGUROS DE DEPOSITOS E HIPOTECAS Registra el valor depositado por el Banco Ecuatoriano de la Vivienda en el Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas, administrado por el banco por intermedio de la Junta de Administración, cuyas resoluciones las ejecutará el Director Nacional de Seguros, de acuerdo al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Sección Seguros del Banco Ecuatoriano de la Vivienda, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Junta Bancaria CONTABILIZACION DEBITOS Por las contribuciones realizados al Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas CREDITOS Por las devoluciones realizadas por la utilización de los recursos del Fondo.

1908 TRANSFERENCIAS INTERNAS Registra el movimiento de las operaciones realizadas entre agencias, sucursales y oficina principal. Su saldo es de naturaleza deudora cuando existan notas débito pendientes por corresponder o de naturaleza acreedora cuando, en contrario, representa notas crédito pendientes de regularizar

1907 FONDO DE SEGUROS DE DEPOSITOS E HIPOTECAS Registra el valor depositado por el Banco Ecuatoriano de la Vivienda en el Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas, administrado por el banco por

intermedio de la Junta de Administración, cuyas resoluciones las ejecutará el Director Nacional de Seguros, de acuerdo al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Sección Seguros del Banco Ecuatoriano de la Vivienda, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Junta Bancaria CONTABILIZACION DEBITOS Por las contribuciones realizados al Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas CREDITOS Por las devoluciones realizadas por la utilización de los recursos del Fondo.

1908 TRANSFERENCIAS INTERNAS Registra el movimiento de las operaciones realizadas entre agencias, sucursales y oficina principal. Su saldo es de naturaleza deudora cuando existan notas débito pendientes por corresponder o de naturaleza acreedora cuando, en contrario, representa notas crédito pendientes de regularizar 3.5 DEUDORES POR ACEPTACIONES Son los acuerdos por el que un Banco actuando a petición y de conformidad con las instrucciones de un cliente o en su propio nombre también se origina de importaciones y exportaciones así como carta de crédito de institución que asume la responsabilidad de pago una vez cumplido los requisitos. Hacer un pago a un tercero Autoriza a otro banco para que efectué el pago INSTITUCIONES FINANCIERA BANCO PRIVADO ASOCIACIONES MULTILATERALES DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA BANCO PÚBLICO SOCIEDADES FINANCIERAS Autoriza a otro banco para que negocie en su nombre. Dentro del Plazo Y Después del Plazo

DENTRO DEL PLAZO SON AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO SE ACREDITA POR EL VALOR DE ACUERDO A LA ACEPTACION POR LA CANCELACION DEL ACUERDO POR PARTE DEL CLIENTE POR EL VALOR DE LOS ACTIVOS TRASFERIDOS A LA CUENTA DE

DERECHOS

FIDUCIARIOS.DEUDORES POR ACEPTACION

TIPOS DE CARTERA DE CRÉDITO REVOCABLES O IRREVOCABLES Por omisión, la carta de crédito se considera irrevocable, es decir, el compromiso emitido y aceptado por las partes no puede ser modificado sin el consentimiento de todas las partes involucradas (ordenante, bancos, beneficiario). Por expresa indicación puede emitirse un crédito documentario nominado revocable, en cuyo caso podrá modificarse siempre que no haya sido utilizado, y quedarán firmes las obligaciones adquiridas, o en curso de ejecución. CONTRA ACEPTACIÓN El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de una letra de cambio liberada a plazo contra un banco designado por el crédito que puede ser el propio emisor.

3.6 CUENTAS POR COBRAR Registra los valores de cobro inmediato provenientes del giro normal del negocio. Se castigarán los intereses y comisiones por cobrar que no hubieren sido recaudados hasta 3 años posteriores a su exigibilidad de cobro, excepto los intereses provenientes de operaciones de cartera de créditos. Las cuentas por cobrar se comprenden de:  Intereses por cobrar operaciones interbancarias  Intereses por cobrar inversiones  Intereses por cobrar cartera de créditos  Otros intereses por cobrar  Comisiones por cobrar  Rendimientos por cobrar de fideicomisos mercantiles  Facturas por cobrar  Deudores por disposición de mercaderías  Garantías pagadas pendientes de recuperación 1601. INTERESES POR COBRAR OPERACIONES INTERBANCARIAS Registra las acumulaciones de los intereses devengados, generados por fondos interbancarios vendidos y por operaciones de compra con pacto de reventa. SUBCUENTAS 160105 Interbancarios vendidos 160110 Operaciones de reporto 1602. INTERESES POR COBRAR INVERSIONES Registra las acumulaciones de los intereses devengados, generados por las inversiones vigentes y cuyo cobro se ha pactado al vencimiento del plazo. SUBCUENTAS 160205 A valor razonable con cambios en el estado de resultados 160210 Disponibles para la venta 160215 Mantenidas hasta el vencimiento 160220 De disponibilidad restringido

1603. INTERESES POR COBRAR DE CARTERA DE CRÉDITOS Registra las acumulaciones de los intereses devengados, originadas por la cartera. SUBCUENTAS 160305 Cartera de créditos comercial 160310 Cartera de créditos de consumo 160315 Cartera de créditos de vivienda 160320 Cartera de créditos para la microempresa 1 160325 Cartera de crédito educativo 160330 Cartera de créditos de inversión pública 160345 Cartera de créditos refinanciada 160350 Cartera de créditos reestructurada 1604. OTROS INTERESES POR COBRAR Registra las acumulaciones de los intereses devengados, originados por pagos por cuenta de clientes, préstamos entregados sobre los fondos de reserva y otros. 1605. COMISIONES POR COBRAR Registra la acumulación de las comisiones devengadas, originadas en la concesión de operaciones de cartera de créditos aceptaciones y operaciones contingentes. SUBCUENTAS 160505 Cartera de créditos 160510 Deudores por aceptación 160515 Operaciones contingentes 160590 Otras 1606. RENDIMIENTOS POR COBRAR DE FIDEICOMISOS MERCANTILES Registra la acumulación mensual de los rendimientos devengados que se originan por los bienes entregados en fideicomiso mercantil y los rendimientos. Los rendimientos ganados y no recaudados luego de 30 días de ser exigibles, se reversarán en un 100%, si el vencimiento se produce dentro del mismo ejercicio económico.

1607. FACTURAS POR COBRAR Registra el valor de las facturas a cargo de los clientes por concepto de tarifas de almacenamiento de mercaderías depositadas. 1608 DEUDORES POR DISPOSICION DE MERCADERIAS Registra los valores de los faltantes de mercadería que se encontraban depositadas bajo la modalidad de bodegas y almacenes de campo. 1609 GARANTÍAS PAGADAS PENDIENTES DE RECUPERACIÓN Registra el valor de las garantías pagadas por las instituciones que conforman el sistema de garantía crediticia a las instituciones financieras participantes. Las instituciones del sistema de garantía crediticia deberán llevar, a nivel de

auxiliares contables de cada una de las subcuentas la identificación de cada una de las instituciones financieras subrogantes. SUBCUENTAS 160905 Créditos comerciales 160910 Créditos para la microempresa 160990 Contingentes 1610 TARIFA PERIÓDICA POR COBRAR Registra el valor de las tarifas periódicas anuales, por operaciones crediticias con plazo superior a un año y que están pendientes de cobro por parte de las instituciones que conforman el sistema de garantía crediticia. La tarifa periódica anual se calculará multiplicando el porcentaje de tarifa periódica pactado, por el saldo insoluto de capital afianzado a la fecha de cobro, monto que deberá ser calculado y reportado por la institución financiera participante a la entidad del sistema de garantía crediticia. El pago de esta tarifa deberá realizarse en el mismo mes de actualización de la fianza. 1611 ANTICIPO PARA ADQUISICION DE ACCIONES Registra el valor de los anticipos para adquisición de acciones con la finalidad de obtener rendimientos y servicios de apoyo o complementario a la gestión principal de la entidad. 1612. INVERSIONES VENCIDAS Registra el monto total de las inversiones que realice la institución en los títulos valores registrados y que se encuentran pendientes de cobro después de su vencimiento. 1613. DIVIDENDOS PAGADOS POR ANTICIPADO Registra el saldo de los dividendos anticipados a los accionistas de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 de la Codificación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. 1614. PAGOS POR CUENTA DE CLIENTES Registra los valores pagados por la institución por cuenta de sus clientes siempre y cuando exista la probabilidad razonable de que serán recuperados SUBCUENTAS 161405 Intereses 161410 Comisiones 161415 Gastos por operaciones contingentes 161420 Seguros 161425 Impuestos 161430 Gastos judiciales 161490 Otros 1615. INTERESES REESTRUCTURADOS POR COBRAR Registra el valor de los intereses corrientes y de mora, reestructurados por las entidades financieras, siempre y cuando dichos intereses estén respaldados por pagares suscritos por los deudores. SUBCUENTAS 161505 Intereses de cartera de créditos comercial

161510 Intereses de cartera de créditos de consumo 161515 Intereses de cartera de créditos de vivienda 161520 Intereses de cartera de créditos para la microempresa 161525 Intereses de cartera de crédito educativo 161530 Intereses de cartera de créditos de inversión pública 1617. SUBSIDIOS POR COBRAR Registra los valores pendientes de cobro por concepto de subsidios del gobierno nacional, que excedan los costos operacionales en que deba incurrir la institución financiera pública en el otorgamiento de créditos de desarrollo productivo e inclusión social o reestructuraciones instrumentadas. 1618. BECAS DESEMBOLSADAS POR JUSTIFICAR Y LIQUIDAR Registra el valor de los desembolsos realizados en favor del becario por concepto de becas otorgadas, hasta que éste justifique el uso de los fondos, momento en que se procederá a liquidar el monto verificado. 1690. CUENTAS POR COBRAR VARIAS El cargo de los préstamos otorgados a los servidores de la entidad será Fondos de reserva empleados. Esta cuenta no podrá incrementarse en el futuro, será susceptible únicamente de disminución, por haberse trasladado la administración del fondo de reserva de los empleados del sistema financiero al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. 1699. (PROVISION PARA CUENTAS POR COBRAR) Es una cuenta de valuación del activo (acreedora) que registra los valores que periódicamente se van acumulando, con el fin de cubrir eventuales pérdidas de las cuentas que integran el grupo de cuentas por cobrar. La provisión para intereses, descuentos y comisiones será registrada de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Bancos. SUBCUENTAS 169905 (Provisión para intereses, descuentos y comisiones) 169910 (Provisión para otras cuentas por cobrar) 169915 (Provisiones para garantías

pagadas)

3.7 BIENES REALIZABLES POR PAGO DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL Registra el monto de los bienes y valores entregados a la entidad en cancelación de deudas o adquiridos en ventas judiciales para satisfacer el pago de obligaciones en favor de la institución. Dichos bienes se contabilizarán por la suma de remate o cesión. Incluye además las obligaciones emitidas por las sociedades anónimas y recibidas por las instituciones financieras privadas y la Corporación Financiera Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 1490 de noviembre 10 de 1999. Registra también la cartera adjudicada por pago a la Corporación Financiera Nacional, por parte de las instituciones financieras cuya liquidación y existencia legal concluyó. La entidad receptora de la cartera de créditos adjudicada deberá llevar a nivel de auxiliares contables el desglose de las operaciones crediticias recibidas, de conformidad con la clasificación establecida por la Superintendencia de Bancos y Seguros en la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de

Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria y remitir dicha información en las estructuras establecidas para el efecto. DINAMICA DEBITOS Por el valor de remate o cesión de los bienes, más los gastos de adjudicación. Por el monto de las obligaciones entregadas por las sociedades anónimas en cancelación de sus deudas vigentes o vencidas según el Decreto Ejecutivo No 1490. Por las mejoras, terminaciones o reparaciones, siempre que fueren destinadas a mantener en funcionamiento el bien, evitar el deterioro de su valor comercial y para obtener un mejor precio en su enajenación.

CREDITOS Por el saldo de los bienes enajenados. La diferencia entre el saldo registrado y el precio de venta se afectará a las respectivas cuentas de resultados. Por el valor de los activos transferidos a la subcuenta 190255 Derechos fiduciarios Bienes adjudicados por pago. Por el valor de los bienes transferidos como propiedad y equipo, previa autorización de la Superintendencia de Bancos y Seguros. DISPOSICIONES LEGALES: Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, artículos 118 al 120. Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, capítulo VIII, título VI, libro I. Resolución No. SBS-2011-348 25 de abril del 2011

3.8 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO Definición: Las propiedades, planta y equipos pueden definirse como todo bien tangible, de naturaleza relativamente permanente, que son usados o se usaran en la explotación del negocio con el objetivo de generar ingresos y sobre los cuales no se tiene la intención de venderlos. Clasificación y principales rubros: Se clasifican en: Depreciables y Agotables. Sus principales No depreciables Terreno Activos en construcción Depreciables: Edificio Instalaciones Inmuebles Maquinarias Equipos de oficina Equipos de computación Vehículo Mobiliario Aeronaves Equipo de reparto Embarcaciones,

No depreciables, rubros son:

Agotables: Bosques Madereros Pozos Petroleros Minas y yacimientos Canteras, entre otros Características Las propiedades, planta y equipos que se identifiquen como activos fijos, deben reunir las siguientes características:  Deben ser propiedad de la empresa  Deben ser de naturaleza perdurable y permanente en el tiempo  Deben estar destinadas exclusivamente las operaciones normales del negocio  La intención al adquirirlos, no es venderlos

Operaciones con activos fijos Adquisición: Los activos fijos se registran por el costo de la factura más todos los desembolsos realizados para ponerlos operativos, realizando un debito a la cuenta del activo y un crédito a la cuenta bancos u otra cuenta según sea la operación. -1Terreno Banco Regional P/r adquisición de

10.000 un -2-

terreno

de

Vehículo 50.000 Crédito fiscal Préstamo bancario P/r adquisición de un vehículo con financiamiento del banco

10.000 contado

4.500 54.500

Construcción: La construcción de un activo debe ser registrada incluyendo en el activo en proceso, todos los costos relacionados con su puesta en marcha o funcionamiento. Los principios contables establecen que una vez terminada la construcción de un activo y que este sea puesto en funcionamiento, deben capitalizarse y en consecuencia depreciarse. La cuenta construcciones en proceso debe reflejar todos los costos que van siendo desembolsados y que están relacionados con el activo en proceso de construcción, así como las desincorporaciones de activos una vez terminados y capitalizados.

Edificio Crédito Banco P/r

en

costo

-1construcción fiscal de

materiales

de

25.000 2.250 27.250 construcción

Edificio Crédito Banco P/r

en

-2construcción fiscal

costo

3.500 315 3.815 eléctricos

materiales -3-

Edificio Edificio en construcción P/r capitalización del edificio

560.000 560.000

3.9 OTROS ACTIVOS En este grupo se registran las Inversiones en acciones, Inversiones en participaciones, Pagos anticipados, Gastos diferidos; Materiales, mercaderías e insumos, Transferencias internas entre las oficinas, sucursales, agencias de las entidades, Fondo de seguro de depósito e hipotecas y Otros, adicionalmente incluye las amortizaciones y provisiones para cubrir eventuales pérdidas de los activos registrados en este grupo. Aquellas cuentas que son de naturaleza transitoria deben ser objeto de regularización permanente, transfiriéndolas a las cuentas correspondientes. La institución debe efectuar una evaluación de la cobrabilidad de las partidas registradas en este grupo y deben contabilizarse las provisiones necesarias, de conformidad con las disposiciones emitidas al respecto por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Si existen saldos registrados dentro de este grupo correspondientes a deudores vinculados a la entidad por propiedad, dirección, gestión o control de la institución, dichos saldos no deberán castigarse, de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

1901 1902 1903 1904 1905 1906

1907 1908

Inversiones en X acciones Derechos fiduciarios X Otras inversiones en participaciones Pagos anticipados X Gastos diferidos X Materiales, X mercaderías e insumos Fondo de seguro de depósitos e hipotecas Transferencias X internas

X

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X-

XX

XX

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X X X X X X X X X X - X X X X - X- - - - - - - - - - - - X X X X X X X X X X X X X X X X XX XX XX XX XX XX XX X X X X X X X X X X X X X X X

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X X X X X X X X X X X X X -

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1909

1910 1990 1999

Derechos fiduciarios X recibidos por resolución bancaria Divisas X Otros X (Provisión para X otros activos irrecuperables)

X

X-

X-

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X X X X X X X X X X X X X - X X XX XX XX XX XX XX XX X X X X X X X X X X X X X X X

1901 Inversiones en acciones 190105 En subsidiarias y afiliadas 190110 En otras instituciones financieras 190115 En compañías 190120 En compañías de servicios auxiliares del sistema financiero 190125 En otros organismos de integración cooperativa

Descripción: Esta categoría comprende los instrumentos representativos de capital adquiridos por la entidad financiera con el fin de: Participar patrimonialmente en el capital de la entidad receptora de la inversión; tener control acorde con la Norma Internacional de Contabilidad - NIC 27 “Estados Financieros Consolidados y Contabilización de Inversiones en Dependientes” y/o poseer influencia significativa en la entidad receptora de la inversión tomando en consideración la Norma Internacional de Contabilidad NIC 28 “Contabilización de Inversiones en Empresas Asociadas”. El saldo de esta cuenta debe estar sustentado con la existencia física de los títulos valores y/o certificados correspondientes. Las inversiones en acciones y participaciones en instituciones del sistema financiero y otras sociedades, poseídas al cierre del mes anterior, se ajustarán en base del valor patrimonial proporcional obtenido de los estados financieros correspondientes al mes inmediato anterior al del ajuste, conforme lo establecido por la Superintendencia de Bancos. El registro contable inicial de las inversiones en acciones permitidas por la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero se efectuará al valor razonable, incluyendo los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de dichas inversiones. Las instituciones financieras mantendrán registros individualizados de las inversiones que efectúen en cada entidad receptora en el marco de las disposiciones del presente capítulo. En el registro inicial, la diferencia entre el costo de la inversión y la porción que corresponda al inversionista en el valor razonable neto de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, será contabilizada en la forma siguiente: En caso de que el costo de adquisición sea mayor al valor razonable de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, generándose una plusvalía mercantil o crédito mercantil (goodwill), dicho valor se registrará en

una cuenta separada de la inversión conforme las disposiciones de éste catálogo. En caso de que el costo de adquisición sea menor al valor razonable de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, generándose una plusvalía mercantil negativa o minusvalía mercantil (badwill), dicha diferencia deberá registrarse directamente en una cuenta de ingreso diferido del pasivo, conforme las disposiciones establecidas en este catálogo. El valor en libros de la inversión se incrementará o disminuirá por el reconocimiento de la porción que le corresponde en el resultado del ejercicio obtenido por la entidad receptora de la inversión, después de la fecha de adquisición. Las distribuciones de utilidades recibidas de la participada reducirán el valor en libros de la inversión. Cuando las variaciones en el patrimonio de la entidad receptora de la inversión se deban a variaciones en sus cuentas patrimoniales, la porción que le corresponda a la institución financiera inversionista será también reconocida directamente en cuentas patrimoniales. CONTABILIZACION DEBITOS 1. Por el costo de adquisición de las acciones y participaciones hasta el monto del valor patrimonial proporcional debidamente certificado al mes inmediato anterior, a la fecha de adquisición de las acciones o participaciones. 2. Por los valores aportados para la constitución de las compañías. 3. Por los ajustes mensuales derivados de la modificación del valor patrimonial proporcional con contrapartida a la cuenta 5501 Otros ingresos - Utilidades en acciones y participaciones. CREDITOS 1. Por los ajustes mensuales derivados de la modificación del valor patrimonial proporcional con contrapartida a la cuenta 4601 Otras pérdidas operacionales – Pérdida en acciones y participaciones. 2. Por la venta de las acciones y participaciones. 3. Por el castigo de las acciones de empresas cuyas pérdidas hubieren afectado al capital. 4. Por el ajuste del valor patrimonial proporcional por efecto de la percepción de dividendos en efectivo utilizando como contrapartida a la cuenta 4601 Otras pérdidas operacionales – Pérdida en acciones y participaciones. Paralelamente se debe efectuar el ingreso en la cuenta 5501 Otros ingresos - Utilidades en acciones y participaciones. 5. Por el valor de los activos transferidos a la cuenta 190235 Derechos fiduciarios de otros activos. 1902 Derechos Fiduciarios 190205 Inversiones 190210 Cartera de créditos por vencer 190215 Cartera de créditos que no devenga intereses 190220

Cartera de créditos vencida

190221 190225 190230 190231

Cartera de créditos que no devenga intereses Cartera de créditos reestructurada por vencer Cartera de créditos reestructurada que no devenga intereses Cartera de créditos refinanciada vencida

190235 Cartera de créditos reestructurada vencida 190240 Deudores por aceptación 190245 Cuentas por cobrar 190250 Bienes realizables 190255 Bienes adjudicados por pago 190260 Bienes recuperados 190265 Bienes no utilizados por la institución 190270 Propiedades y equipo 190275 Otros activos 190280 Inversiones en acciones y participaciones 190285 Fondos disponibles 190286 Fondos de liquidez Registra los derechos fiduciarios representativos de los activos entregados en fideicomiso mercantil, contratados de conformidad con lo establecido en la Ley de Mercado de Valores y sus respectivos reglamentos; así como las cuotas de participación en el fideicomiso mercantil del “Fondo de liquidez del sistema financiero ecuatoriano”. La transferencia de activos a un fideicomiso mercantil se efectuará con el objetivo de obtener liquidez en el corto plazo, para lo cual se podrá utilizar el mecanismo de titularización. Las provisiones no son susceptibles de transferencia, por lo que de acuerdo con las normas de calificación de activos de riesgo, la constitución del fideicomiso no altere bajo ninguna circunstancia el valor neto de riesgo que la entidad mantenía con anterioridad a la operación fiduciaria. Por lo tanto, no es permisible la reversión de la provisión hasta que la evaluación del riesgo determine la restitución de las condiciones de recuperabilidad de la operación o su cobro se haya hecho efectivo. El contrato de fideicomiso deberá incorporar un detalle desglosado del valor de los activos fideicomitidos, de manera que se identifique plenamente el valor nominal, los intereses, descuentos y cualquier otro concepto que sea transferido al fideicomiso, en caso de ser aplicable. Los saldos de los derechos fiduciarios se reducirán conforme estos sean realizados o transferidos a otras cuentas de acuerdo a las disposiciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros. Conforme se deberá especificar en el contrato de fideicomiso, el fiduciario deberá entregar mensualmente al beneficiario un detalle desglosado y pormenorizado de los movimientos que hubiere tenido el patrimonio autónomo, en sus activos, pasivos, cuentas patrimoniales y cuentas de resultados con la especificación de los rubros y valores que generaron tales modificaciones. CONTABILIZACION DEBITOS 1.Por el valor de los derechos fiduciarios representativos de los activos transferidos a fideicomiso mercantil 2.Por el registro de los rendimientos reportados por el fideicomiso y las actualizaciones de su valor, con contrapartida a la cuenta 5304 “Utilidades financieras - Rendimientos por fideicomiso mercantil”

3. Por el registro de los rendimientos anticipados entregados por el fideicomiso, cuando el contrato establezca esta opción con cargo a la cuenta 290190 “Ingresos recibidos por anticipado - Otros”. CREDITOS 1. Por el cumplimiento o recuperación de los derechos fiduciarios 2. Por el registro de las pérdidas reportadas por el fideicomiso, con contrapartida a la cuenta 4304 “Pérdidas financieras – Pérdidas por fideicomiso mercantil“ 3. Por la venta a través de cesión ordinaria de los derechos fiduciarios, que deberán incluir, el principal y los rubros accesorios del activo fideicomitido. La utilidad que se genere en la venta de los derechos fiduciarios

1903 OTRAS INVERSIONES EN PARTICIPACIONES 190305 Proyectos inmobiliarios en numerario 190310 Proyectos inmobiliarios en bienes DESCRIPCION Registra los contratos de asociación en participación constituidos por las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, de conformidad con lo contemplado en la Ley de Compañías. La sumatoria de los saldos de éstas subcuentas se computarán para el cupo establecido en el artículo 195 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. Los administradores de los proyectos que se desarrollan mediante cuentas en participación contratadas por las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, deberán llevar la contabilidad de los proyectos inmobiliarios en proceso de desarrollo, de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad No. 11 “Contratos de construcción” y la Norma Internacional de Información Financiera No. 8 “Segmentos operativos”, en lo que sea aplicable, debiendo remitir mensualmente a las entidades contratantes, controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros, un informe económico y financiero del proyecto inmobiliario, los que deberán estar a disposición de la entidad de control. Esta particularidad deberá estar incluida como una cláusula en los respectivos contratos de asociación en participación. CONTABILIZACION DEBITOS 1. Por los valores aportados según el respectivo contrato. CREDITOS 1. Por el cumplimiento del contrato o recuperación de la participación. 1904 Pagos anticipados 190405 Intereses 190410 Anticipos a terceros 190490 Otros 190499 (Amortización de gastos anticipados) Registra los desembolsos efectuadas por la entidad por el pago de servicios que serán recibidos en el futuro, los cuales se amortizarán durante el período en que sean recibidos o que se causen los costos o gastos. Los gastos

anticipados suponen la ejecución sucesiva de los servicios a recibir, en consecuencia, no tendrán este tratamiento los denominados anticipos. Registra también, los intereses que se causarán durante el período prepagado en la medida que transcurra el tiempo; los seguros durante la vigencia de la póliza; los arrendamientos durante el período prepagado; y otros anticipos a terceros CONTABILIZACION DEBITOS 1. Por el valor de los gastos y pagos anticipados CREDITOS 1. Por el valor de las amortizaciones mensuales con cargo a la subcuenta 450605 “Gastos de operación - Amortizaciones - Gastos anticipados”, cuando corresponda. 2. Por el valor de las amortizaciones mensuales de los pagos anticipados con cargo a la respectiva subcuenta de la cuenta 4503 “Gastos de operación Servicios varios”. 3. Por la cancelación de la partida respectiva cuando se ha recibido todo el servicio que fue prepagado. 1905 Gastos diferidos 190505 Gastos de constitución y organización 190510 Gastos de instalación 190515 Estudios 190520 Programas de computación 190525 Gastos de adecuación 190530 Plusvalía mercantil 190590 Otros 190599 (Amortización acumulada gastos diferidos) Adicionalmente registra los desembolsos efectuados por concepto de: gastos de adecuación, programas para computación (software), plusvalía mercantil y otros. El registro de la plusvalía mercantil se lo realizará con base a las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Bancos y deberá ser comunicado a esta entidad de control dentro de los ocho días posteriores a la fecha de adquisición de las acciones, con los justificativos pertinentes. La plusvalía mercantil deberá ser amortizada con cargo al estado de resultados. El método de amortización será el de línea recta y se usará como período de amortización el tiempo estimado de recuperación del gasto efectuado, en función de los beneficios futuros esperados, sin que éste pueda ser mayor a diez años. A En esta cuenta se registran el valor de los materiales de construcción adquiridos por la entidad en el mercado local y por importaciones para su futura utilización. Incluye además las mercaderías de cooperativas adquiridos por la entidad, que servirán para cumplir con ciertos servicios previstos en la Ley de Cooperativas.

En esta subcuenta se registran las existencias de papelería, útiles y otros efectos de la institución que serán utilizados en el futuro, en el desarrollo de sus actividades o que en algunos casos serán vendidos a los clientes. En la cuenta proveeduría se incluye toda la papelería preimpresa, los útiles y materiales de oficina, chequeras, materiales de computación, materiales para servicios generales, especies valoradas para la venta de terceros o uso interno, etc CONTABILIZACION DEBITOS 1. Por el valor de las facturas en las adquisiciones efectuadas localmente o por importaciones incluyendo fletes, seguros y otros gastos. 2.

Por el reingreso de materiales, mercaderías o útiles no utilizados.

CREDITOS 1. Por el valor de los materiales y mercaderías que salen de las bodegas mediante órdenes de egreso debidamente autorizados. 2. Por el valor de los materiales y mercaderías que se den de baja por destrucción o merma previo informe de auditoría interna. 3. Por los faltantes de materiales o mercaderías establecidos en los inventarios físicos, faltantes que estarán a cargo del responsable de las bodegas 4. Por el valor de los bienes o artículos suministrados para el uso o consumo de las unidades administrativas de la entidad. 5.

Por el valor de la venta o utilización interna de las especies valoradas.

6. Por el valor de los activos transferidos a la cuenta 190235 Derechos fiduciarios de otros activos

1907 FONDO DE SEGUROS DE DEPOSITOS E HIPOTECAS Registra el valor depositado por el Banco Ecuatoriano de la Vivienda en el Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas, administrado por el banco por intermedio de la Junta de Administración, cuyas resoluciones las ejecutará el

Director Nacional de Seguros, de acuerdo al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Sección Seguros del Banco Ecuatoriano de la Vivienda, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Junta Bancaria CONTABILIZACION DEBITOS 1. Por las contribuciones realizados al Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas CREDITOS 1. Por las devoluciones realizadas por la utilización de los recursos del Fondo.

1908 TRANSFERENCIAS INTERNAS

Registra el movimiento de las operaciones realizadas entre agencias, sucursales y oficina principal. Su saldo es de naturaleza deudora cuando existan notas débito pendientes por corresponder o de naturaleza acreedora cuando, en contrario, representa notas crédito pendientes de regularizar

La oficina que origine la operación deberá efectuar el registro contable mediante cargos o abonos a las diversas subcuentas. La oficina que corresponda contabilizará la operación mediante abonos o cargos en la misma subcuenta. Con el anterior procedimiento, al revelar la existencia de un saldo consolidado de naturaleza débito o crédito, se indica que tales saldos al corresponderse finalmente, suman o restan un rubro de activo determinado y mientras tanto pueden "valuar" un concepto activo, dado que si el valor consolidado es de naturaleza contraria a la de los activos, los disminuye y viceversa. Los saldos de las subcuentas deberán conciliarse mensualmente y, las partidas que resulten pendientes deberán regularizarse en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario. Para balances de cierre de ejercicio -trimestral, semestral o anual-, así como para efectos de la publicación de estados financieros, no deberán existir partidas pendientes por corresponder 1907 FONDO DE SEGUROS DE DEPOSITOS E HIPOTECAS Registra el valor depositado por el Banco Ecuatoriano de la Vivienda en el Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas, administrado por el banco por intermedio de la Junta de Administración, cuyas resoluciones las ejecutará el Director Nacional de Seguros, de acuerdo al Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Sección Seguros del Banco Ecuatoriano de la Vivienda,

de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Junta Bancaria CONTABILIZACION DEBITOS 1. Por las contribuciones realizados al Fondo de Seguros de Depósitos e Hipotecas CREDITOS 1. Por las devoluciones realizadas por la utilización de los recursos del Fondo.

1908 TRANSFERENCIAS INTERNAS Registra el movimiento de las operaciones realizadas entre agencias, sucursales y oficina principal. Su saldo es de naturaleza deudora cuando existan notas débito pendientes por corresponder o de naturaleza acreedora cuando, en contrario, representa notas crédito pendientes de regularizar La oficina que origine la operación deberá efectuar el registro contable mediante cargos o abonos a las diversas subcuentas. La oficina que corresponda contabilizará la operación mediante abonos o cargos en la misma subcuenta. Con el anterior procedimiento, al revelar la existencia de un saldo consolidado de naturaleza débito o crédito, se indica que tales saldos al corresponderse finalmente, suman o restan un rubro de activo determinado y mientras tanto pueden "valuar" un concepto activo, dado que si el valor consolidado es de naturaleza contraria a la de los activos, los disminuye y viceversa. Los saldos de las subcuentas deberán conciliarse mensualmente y, las partidas que resulten pendientes deberán regularizarse en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario. Para balances de cierre de ejercicio -trimestral, semestral o anual-, así como para efectos de la publicación de estados financieros, no deberán existir partidas pendientes por corresponder