Justicia Social

JUSTICIA SOCIAL 1.1 Origen En sentido general, el término Justicia Social es un concepto referido a las situaciones de d

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JUSTICIA SOCIAL 1.1 Origen En sentido general, el término Justicia Social es un concepto referido a las situaciones de desigualdad social, que define la búsqueda del equilibrio entre partes desiguales por medio de la creación de protecciones o desigualdades de signo contrario, a favor de los más débiles. El concepto de Justicia Social fue utilizado por primera vez en 1840 por el sacerdote italiano Luigi Taparelli D'Azeglio en el libro titulado Saggio teoterico di dritto naturale, appogiato sul fatto (Ensayo teórico del derecho natural apoyado en los hechos), publicado en Livorno, Italia, en el año 1843. En dicho trabajo, el sacerdote Taparelli dice que la justicia social debe igualar de hecho a todos los hombres en lo tocante a los derechos de la humanidad. Históricamente, el concepto de justicia social aparece relacionado al conflicto que en el siglo XIX se le llamó la cuestión social. Es decir, el creciente malestar y reclamo de los trabajadores, que fue creciendo en importancia en todo el mundo a partir del surgimiento del capitalismo. Por ello, Taparelli, es considerado como uno de los fundadores de la doctrina social de la Iglesia, creó el término de justicia social para aplicarlo a los conflictos obreros que se extendieron a raíz del establecimiento de la sociedad industrial. En 1848, el pensador y filósofo italiano Antonio Rosmini-Serbati, publicó un folleto en el que hacía especial relieve en el concepto de justicia social. Y trece años después, en 1861 fue el filósofo y político inglés John Stuart Mill quien dio el respaldo y el prestigio definitivos a dicho término, el cual ha influido hasta la actualidad en los pensadores modernos. En su libro Utilitarismo, John Stuart Mill dice que la sociedad debería tratar igualmente bien a los que se lo merecen, es decir, a los que se merecen absolutamente ser tratados igualmente. Según el propio Mill, este es el más elevado estándar abstracto de justicia social y distributiva hacia el que todas las instituciones, así como los esfuerzos de todos los ciudadanos virtuosos, deberían convergir en el mayor grado posible. Pero la definición más concreta y exacta del concepto de justicia social la tenemos en el texto de la Encíclica Gaudium et Spes (alegría y esperanza), emitida en el transcurso del Concilio Vaticano II (1962-1965). Según dicha Encíclica existe justicia social cuando la sociedad posibilita que cada persona, asociación o pueblo, disponga de los medios necesarios según su naturaleza y condición, para poder desarrollarse plenamente; a esto se le denomina bien común. Según la doctrina conciliar, el bien común conlleva tres elementos esenciales: el respeto a la persona, el bienestar social, y el desarrollo y la paz a modo de estabilidad y seguridad social. La autoridad está para garantizar la justicia social para la búsqueda del bien común. 1.2 Evolución del concepto Varias décadas después de las exposiciones de Taparelli y de Mills sobre la justicia social, este mismo término fue usado nuevamente en Inglaterra a finales del siglo XIX por los socialistas fabianos ingleses, en los famosos Fabian Essays in Socialism (Ensayos fabianos sobre el socialismo), publicados en 1889. En el socialismo fabiano la justicia social desempeña el papel de finalidad ética por excelencia, para guiar la evolución social mediante cambios no revolucionarios hacia un sistema de socialdemocracia. En este punto cabe indicar que la Sociedad Fabiana es un sistema socialista británico, cuyo propósito es el de avanzar en la aplicación de los principios del socialismo democrático, mediante reformas graduales. La Sociedad Fabiana se fundó el 4 de enero de 1884 en Londres, por el matrimonio formado por Sidney y Beatrice Webb. El nombre de la sociedad está tomado del general de la antigua Roma Quinto Fabio Maximo, el Cunctator o Contemporizador. La Sociedad Fabiana formó los cimientos de lo que más tarde sería el Partido Laborista británico. A partir de los fabianos, el concepto de justicia social fue adoptado por la socialdemocracia, principalmente en Inglaterra, Francia y Argentina. En Inglaterra el político David Lloyd George indicó que su objetivo era el de lograr la justicia social. En Francia, el dirigente del Partido Socialista, Jean Jaurés, adoptó en la misma época el concepto de justicia social como parte del socialismo ético y pacifista. Y en Argentina, el diputado del Partido Socialista, Alfredo Palacios, vinculó las ideas de nuevo derecho y justicia social en 1904. Después de la Primera Guerra Mundial, en 1919 se creó la Organización Internacional de Trabajo, la OIT, que incorporó la noción de justicia social a su Constitución como fundamento del todo indispensable para la paz universal. En 1931 la noción de justicia social se incorpora plenamente a la Doctrina Social de la Iglesia Católica, al incluirla el Papa Pío XI en la Encíclica Quadragesimo anno. Para Pío XI la justicia social es un límite al que debe sujetarse la distribución de la riqueza en la sociedad, de tal modo que se reduzca la diferencia entre los ricos y los necesitados. Pero entre tanta argumentación también emergió una crítica que no ha podido ser acallada. Fue la de Friederich Hayek, filósofo, jurista y economista austríaco (1889-1992), quien fue galardonado con el Premio Nobel de Economía en 1974. Hayek fue directamente al fondo del problema de la desigualdad social al decir que la justicia social es una virtud o no lo es. Si lo es, sólo puede adscribirse a los actos deliberados de personas individuales. La mayoría de los que usan el término justicia social no lo adscriben a individuos, sino a sistemas sociales. Utilizan el concepto de justicia social para designar un principio regulador del orden, pero no están centrados en la virtud, sino en el poder. 1.3 Definiciones de justicia social Justicia social se refiere a la necesidad de lograr un reparto equitativo de los bienes sociales. En una sociedad con justicia social, los derechos humanos son respetados y las clases sociales más desfavorecidas cuentan con oportunidades de desarrollo.

La justicia social remite directamente al derecho de los sectores más desfavorecidos de la sociedad y al goce de los derechos humanos, tanto sociales como económicos, conocidos como derechos de segunda generación, de los que ningún ser humano debería ser privado. En otras palabras, podemos decir que mientras la justicia tradicional es ciega, la justicia social debe quitarse la venda para poder ver la realidad y compensar las desigualdades que en ella se producen. En el mismo sentido se ha dicho que mientras la llamada justicia conmutativa es la que corresponde entre iguales, la justicia social es la que corresponde entre desiguales. La idea de la justicia social está orientada a la creación de las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos y de oportunidades. Comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados como razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población. Involucra también la concepción de un Estado activo, removiendo los obstáculos que impiden el desarrollo de relaciones en igualdad de condiciones. El liberalismo en general, sostiene que la justicia social está vinculada a la generación de oportunidades y a la protección de las iniciativas privadas. En cambio, el socialismo y las propuestas de izquierda se centran en la intervención estatal para lograr la justicia social. Hay quienes sostienen que ciertos márgenes de ganancia son inmorales en medio de sociedades empobrecidas, y buscan combatir el lucro desmedido a través de impuestos, tasas u otras medidas de tipo económico. El pensamiento del político español Joaquín Ruiz-Jiménez (1913-2009) es el de que la justicia social está directamente relacionado con la tradición cristiana por su vinculación al concepto del amor al prójimo. Y como teología moral, la definición de justicia social llega más allá: los bienes de este mundo están originalmente destinados a todos; es un compromiso para la justicia según la función, vocación y circunstancias de cada uno. En el 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 20 de febrero de cada año como Día Mundial de la Justicia Social. Al fundamentar esta decisión, la ONU sostuvo que la justicia social es un principio fundamental para la convivencia pacífica y próspera, y que constituye el núcleo de nuestra misión global para promover el desarrollo y la dignidad humana. La ONU indica que las actividades que se desarrollen con motivo del Día Mundial de la Justicia Social deben orientarse a erradicar la pobreza y promover el pleno empleo y el trabajo decente, la igualdad entre los sexos y el acceso al bienestar social y la justicia social para todos. Sin embargo es conveniente añadir que esas acciones no deberían llevarse a cabo solamente un día al año, sino que deben efectuarse todos los días de año hasta alcanzar el pleno bienestar dentro de una total y efectiva justicia social. La justicia social es un valor que promueve el respeto igualitario de los derechos y las obligaciones de cada ser humano en determinada sociedad. La justicia social, se enfoca generalmente, a la repartición justa y equitativa de los bienes y servicios básicos necesarios para el desarrollo y el desenvolvimiento de una persona en la sociedad como, por ejemplo, el bienestar socioafectivo, la educación, la salud y los Derechos Humanos. La justicia social tiene el propósito de realizar acciones que benefician a las clases más necesitadas y una mejor distribución de la riqueza que produce un país para asegurar mejores condiciones de vida. Se habla de justicia social para incidir en el hecho de que sus destinatarios son las clases desvalidas y menesterosas. 1.4 Principios de la justicia social El concepto de justicia social surge en medio de la segunda Revolución Industrial en el siglo XIX, justo antes de estallar la Primera Guerra Mundial. Los principios de la justicia social aparecen frente a la aparición de lo que se denomina la clase obrera frente a la explotación de ella por parte de la burguesía, cuyos problemas se conoce como cuestión social. Dentro de lo que se conoce como justicia social podemos encontrar conceptos como la justicia distributiva, término rescatado de autores como Aristóteles, indica el aporte que cada uno le debe a la sociedad. Por otro lado, existe la justicia retributiva que indica la imposición de la ley frente a los delitos que se cometen en determinada sociedad. Es importante recalcar que la justicia social sigue mayoritariamente los principios de los valores sociales fundamentales para el funcionamiento equilibrado y armónico en sociedad. 1.5 Tipos de justicia social Los tipos de justicia social se categorizan en el ámbito social en que se aplica. Como tal, se indican aquellas áreas que se ha estado trabajando desde la Revolución industrial como, por ejemplo: 1.5.1 La justicia social laboral: vela tanto por la relación saludable entre trabajador y patrón, como las condiciones físicas y psicológicas necesarias para que el empleado pueda ejercer sus funciones adecuadamente. 1.5.2 La justicia social económica: regula que la distribución de la riqueza tienda a un estado de equidad, que no sea acumulada solo por unos, ya que, crea como consecuencia, una disparidad extrema de clases sociales, entre otras injusticias sociales. 1.5.3 La justicia social sanitaria: el derecho de la salud debe ser asegurada para todos los seres humanos por igual, siendo un derecho fundamental al que todos pueden acceder, velando por un cuerpo y una mente sana.

CAPÍTULO II: JUSTICIA SOCIAL COMO VALOR SUPREMO DEL DERECHO La justicia social entendida como valor supremo del Derecho, es el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables por un colectivo social determinado. Un estándar de justicia sería aquello que se considera más razonable para una situación dada. Razonable significa que determinada acción es defendible ante los demás con independencia de sus intereses u opiniones personales, esto es, desde una perspectiva imparcial. Toda justicia es social. La justicia social es conmutativa, distributiva y legal; rige relaciones entre grupos o clases sociales. Constatamos que actualmente el valor de la justicia social brilla por su ausencia; existen macro desigualdades internas y externas, esto es un fenómeno peculiar de nuestro tiempo. 2.1 La justicia como ordenamiento jurídico o conformidad con la ley La justicia como virtud es contemplada desde el punto de vista del sujeto que la practica; se trata de una justicia subjetiva. Pero lo que interesa más al Derecho es el punto de vista objetivo de la justicia, esto es, la contemplación del acto justo en sí mismo, prescindiendo de la persona que lo realiza, porque el Derecho no se crea para promover la virtud entre los seres humanos, sino para asegurar la justicia en las relaciones sociales. Las normas jurídicas establecen la obligación de dar a cada uno lo suyo. Y en esto consiste precisamente la justicia, dar a cada uno lo que le corresponde por derecho. Así, es preciso dar las cosas a su dueño, la pena al delincuente, los premios a los que se lo merecen, los impuestos al Estado, etc. El Derecho es el medio necesario para alcanzar la justicia que toda la sociedad aspira. Lo justo es lo que se ajusta a la ley. “El hombre injusto, dice Aristóteles, parece ser aquél que obra contra la ley”. Es éste el concepto de justicia que tenemos en mente cuando decimos, por ejemplo, que una sentencia judicial es justa porque se atiene estrictamente a lo que dice la ley. La tesis de que lo justo es lo exigido por la ley suele atribuirse al positivismo jurídico entendido como ideología. Thomas Hobbes, por ejemplo, filósofo inglés del siglo XVII al que se considerara precursor de esa corriente de pensamiento, ya concebía la justicia como una virtud exclusivamente jurídica, es decir, una virtud derivada o dependiente del Derecho. Teniendo en cuenta que esta virtud consiste en respetar lo que es de cada uno, y dado que corresponde al Derecho decidir qué es de cada uno, Hobbes deduce que una acción será justa cuando cumpla la ley o el Derecho, e injusta cuando lo vulnere. Es tanto como decir que lo justo es aquello que el soberano ordena en la ley. La ley o la voluntad del soberano plasmada en ella es el criterio supremo de justicia. Este segundo concepto de justicia como equivalente a legalidad es también insatisfactorio, porque de hecho las leyes pueden valorarse y juzgarse como justas o injustas. La afirmación de que una ley es injusta es bastante corriente en nuestro lenguaje y no parece que carezca de sentido, como ocurriría si realmente justicia equivaliera a legalidad. No carece de sentido porque las leyes a veces desatienden las exigencias de la moral, y en consecuencia no puede ser la ley la medida o el criterio último de la justicia. 2.2 La justicia como igualdad Se trata de un concepto cuyos orígenes se remontan a la escuela de Pitágoras y que posteriormente fue desarrollado por Aristóteles en el famoso libro quinto de la Ética a Nicómaco, que todavía hoy fascina a los estudiosos del tema. Aristóteles distingue dos tipos de justicia entendida como igualdad, la justicia distributiva y la justicia correctiva. La distributiva gobierna el reparto equitativo de cargos, honores, riquezas y demás ventajas sociales. Para que sea justa, esta distribución no tiene por qué ser absolutamente igualitaria, sino igualitaria relativamente a los méritos de cada uno. La justicia distributiva exige tratar igual a los iguales y desigualmente a los desiguales. La justicia correctiva, o conmutativa, como se denominó más tarde, rige las transacciones privadas, es decir, las relaciones de intercambio entre particulares y exige, ésta sí, igualdad absoluta. El tipo de igualdad que se da o que debe darse, por ejemplo, en la compraventa, entre el valor de una cosa y el precio pagado por ella. La razón que parece empujar a Aristóteles a concebir la justicia como igualdad es su tesis de que la virtud consiste es un término medio entre dos extremos viciosos. La valentía, por ejemplo, sería un término medio entre la cobardía y la temeridad. La generosidad, un término medio entre la ruindad y la prodigalidad, y así sucesivamente. Según esta misma lógica, la igualdad es la esencia de la virtud de la justicia, porque lo igual es el justo medio entre dos desigualdades opuestas. “Lo igual consiste en un término medio” dice literalmente el filósofo. La justicia correctiva, por ejemplo, es el término medio entre una pérdida indebida y una ganancia indebida, y ese término medio es lo igual. El concepto de justicia como igualdad es válido pero insuficiente. Es cierto que la igualdad es la médula de la justicia, pero también es cierto que muchas exigencias de justicia van más allá de la simple igualdad. Gran parte de los derechos humanos, por ejemplo, que son exigencias fundamentales de justicia, contienen demandas de libertad o de seguridad. La igualdad, otro de los grandes valores que están en la raíz de los derechos humanos, es el elemento central o primordial de la idea de justicia, pero esta idea integra más elementos. 2.3 La justicia como ideal

Como el ordenamiento jurídico no siempre coincide con la realidad social, es que puede ser valorado de acuerdo a un ideal de justicia alcanzable por medio de la inteligencia y la razón. Ese ideal que anida en la conciencia de cada persona (gobernantes, magistrados, juristas, políticos, etc.), al final se traduce en la opinión pública que aspira y presiona por el perfeccionamiento de las normas que regulan el comportamiento. Quitarle al Derecho su sentido de idealidad es quitarle al ser humano su calidad de ente valorativo, lo que implica despojarlo de su dignidad y libertad. La justicia no es solamente el ordenamiento positivo vigente, sino también el Ideal que el Derecho aspira realizar. El ser humano tiene un sentido Innato de justicia inspirado en el comportamiento de las personas y el ordenamiento jurídico". Sin embargo la justicia como ideal, resulta difícil de concretar en su realidad permanente. La justicia es un Ideal de la verdad, tiene en la apreciación de los hombres distintos prismas, y es imposible albergarla en una ley física, inmutable. "Como el ordenamiento jurídico no siempre coincide con la realidad social, es que puede ser valorado de acuerdo a un nivel de justicia alcanzable por medio de la inteligencia y de la razón. Este ideal que anida en la conciencia de cada persona (gobernantes, juristas, políticos, etc.) al final se traduce en la opinión pública que aspira y presiona por el perfeccionamiento de las normas que regulan el comportamiento. La justicia como ideal nunca puede ser alcanzada totalmente, pero, como estrella polar inasequible, es siempre orientadora del anhelo constante de perfeccionamiento del Derecho. 2.4 Justicia y moral Cuando llamamos “Justo algo”, con esto queremos denotar que se trata de algo moralmente bueno. Hago moral, en tanto en cuanto viene en cuestión solamente la justicia allí donde opera la voluntad humana. Las cosas y los animales, en tanto que tales no pueden ser ni justos ni Injustos. Por otra parte, es característico para la Justicia el hecho de que con este vocablo no sólo se designa una voluntad humana, una Intención, una "virtud" sino también relaciones estructuras e Instituciones creadas por los hombres. Esta primera mediación pone ya manifiesto que mediante el concepto de justicia lo moral es ensanchado más allá del reino Inmediato de la voluntad; y que con este concepto se produce una cierta objetivación o dosificación de lo moral". 2.5 Justicia social y equidad La justicia social implica equidad. Se denomina comúnmente la justicia social como sinónimo de equidad social, pero se diferencian en términos de las expresiones de la búsqueda de la igualdad.De manera general, la justicia social implica la creación y aplicación de leyes que permiten que ella funcione. La equidad social, en cambio, abarca todo tipo de igualdad, sean ellas escritas o no, apelando a la justicia moral. 2.6 Día Mundial de la Justicia Social En el 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas, proclamó el 20 de febrero de cada año como Día Mundial de la Justicia Social. Este día fue establecida por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como una forma de conmemorar y velar por este valor social fundamental. La importancia de la justicia social radica en que fomenta la integración y la protección frente a la explotación de los más vulnerables, para de esta manera, caminar hacia una sociedad más justa y equitativa. Al fundamentar esa decisión, las Naciones Unidas han sostenido que "la justicia social es un principio fundamental para la convivencia pacífica y próspera" y que constituye "el núcleo de nuestra misión global para promover el desarrollo y la dignidad humana En esta materia, la ONU hace referencia a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), organismo especializado que integra el sistema de Naciones Unidas, y en especial al documento Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa. Las Naciones Unidas explican que, las actividades que se desarrollen con motivo del Día Mundial de la Justicia Social, deben orientarse a "erradicar la pobreza y promover el empleo pleno y el trabajo decente, la igualdad entre los sexos y el acceso al bienestar social y la justicia social para todos". CONCLUSIONES La justicia es el supremo ideal que consiste en la voluntad firme y constante de dar a cada uno lo suyo. Aunque en la realidad la justicia como ideal, resulta difícil de concretar, pero como estrella polar inasequible, es siempre orientada al anhelo constante de perfeccionamiento del Derecho. La justicia a través de la historia a sido objeto de varias definiciones según el momento histórico y según los autores. Ello además tomando en cuenta las concepciones propias de cada corriente filosófica, por ejemplo, los positivistas concebían de manera un tanto diferente a la justicia que los iusnaturalistas. Todos los humanos tenemos un mismo origen y una misma naturaleza; todos estamos llamados a la vida eterna y, por ello, tenemos la misma dignidad y los mismos derechos. En la vida real existen una serie de diferencias producidas por las distintas capacidades y por otras circunstancias, como puede ser el origen familiar, el lugar de nacimiento o las estructuras sociales. La justicia social reclama, desde la igualdad de todos los seres humanos, el que todos y cada uno tengamos la misma igualdad de oportunidades, a pesar de las desigualdades con las que partimos. La lucha por la justicia social no sólo es tarea individual, sino también eclesial. La existencia de comunidades implicadas en proyectos de liberación es una de las condiciones de credibilidad de la fe cristiana en el mundo actual en que la distancia entre pobres y ricos es cada vez mayor.