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I. DATOS GENERALES Instituto: Departamental “José Trinidad Reyes” Código: 50001 Fundado: 10 de Mayo 1926 Ubicaci

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I.

DATOS GENERALES

Instituto:

Departamental “José Trinidad Reyes”

Código:

50001

Fundado:

10 de Mayo 1926

Ubicación:

Colonia San José de Sula 10 calle S.E. San Pedro Sula, Cortés

Director:

LIC. JOSE ANTONIO CARBALLO

Servicios educativos:

Ciclo Común de Cultura General Educación Comercial Bachillerato en Ciencias y Letras Bachillerato Técnico en Hostelería y Turismo Bachillerato Técnico en Mercadotecnia Bachillerato en CC y LL y Técnico en Computación Educación Magisterial

Población Estudiantil:

5832 Alumnos

Jornadas de trabajo:

Matutina, Vespertina y nocturna

Población estudiantil:

5,832 alumnos, distribuidos en las tres jornadas de atención

Modalidad de Gestión:

Pública

Cuerpo directivo:

Director

Lic. José Antonio Carballo

Subdirectores

Lic. José Porfirio Membreño M.Sc. Rafael Hernández. Lic. Eliseo Vallecillo

Secretaria

Lic. Nadín Teruel

I.

PERFIL HISTORICO

Los orígenes del JTR se remontan al momento cuando el profesor José María Gonzales Rosa, desde las columnas informativas de Radio el Norte, infundía la excelente idea de que se fundara un instituto oficial en SPS. El señor Gobernador Político del Departamento de Cortes, Licenciado don Julián R. Cáceres, el señor Alcalde Municipal don Pedro Guillen y el Sindico Municipal, Licenciado don José Antonio Reyes, promovieron una reunión con la sociedad pueblo Sampedranos. La primera reunión de trabajo se realizó con una numerosa y concurrida asistencia, en la escuela José Cecilio del Valle, el 6 de diciembre de 1925, así se formó la directiva provisional pro fundación del Instituto, dicha directiva quedó integrada de la manera siguiente: Presidente: Lic. Antonio Madrid Vicepresidente: Lic. Julián Cáceres Secretario: Prof. José María González Rosa Debido a las gestiones positivas realizadas, se decidió formar la directiva

en

propiedad y en una segunda reunión se eligió a las personas siguientes: Presidente:

Lic. Julián Cáceres

Vicepresidente:

Don Pablo Hernández

Secretario:

Prof. José María González Rosa

Vocales:

Lic. Ricardo López,

Lic. Guillermo Campos, Lic. Ramón

Alcerro, Don Salomón Bueso,

Don Carlos Zerón , Don

Carlos Leiva. La Directiva pro-colegio envió entonces, a la Sociedad

“La Juventud”, una

solicitud encaminada a obtener de ella el edificio de su propiedad para dar principio a las labores del nuevo establecimiento educativo, y su oportunidad aquella agrupación altruista contesto en los siguientes términos:”San Pedro Sula, 20 de enero de 1926. Señor Secretario de la Junta de Padres de Familia procolegio, Presente. La Sociedad “Juventud”, considerando que una de sus mas nobles finalidades es la cooperación efectiva en pro de la educación popular,

como principio para el engrandecimiento patrio, y considerando la nobleza de ideas de los padres de familia que desean fervientemente la fundación de un Colegio de Segunda Enseñanza en esta ciudad, para lo cual necesitan la ayuda de todos los elementos sociales: en sesión celebrada del día 20 del presente mes, acordó: CEDER TODO EL EDIFICIO DE SU PROPIEDAD PARA LA INSTALACION DEL COLEGIO, de conformidad con las siguientes bases: PRIMERO: La Sociedad “La Juventud” cede su edificio de manera gratuita al colegio por espacio de un año que principia en esta fecha y caduca el 20 de febrero de 1927. SEGUNDO: La directiva pro-colegio se compromete a hacer las refacciones urgentes del edificio y para mayor seguridad de este, mandara poner en la puerta principal un candado Yale, entregando una de las llaves al señor Presidente de la sociedad. CUATRO: La sociedad “La Juventud” se compromete a prestar gratuitamente el mobiliario de su propiedad para el servicio del colegio mediante entrega por inventario. QUINTO: La directiva pro-colegio se compromete a permitir a la sociedad “La Juventud” que celebre sus sesiones todos los días a las 7:00 pm. F. Juan A Paredes. F.M. Angel Rivas. Adquirido en esta forma el edifico con el mobiliario mas indispensable, la directiva al señor Ministro de Instrucción Pública, hace el planteamiento y obtiene la autorización correspondiente para la apertura del establecimiento, además comisionó al Profesor Miguel Angel Rivas, nombrado Secretario interino del colegio, para que procediera a matricular a los alumnos que se presentaran. La dirección del Instituto fue propuesta a los profesores José María González, Leopoldo Aguilar, Héctor Pérez Estrada, Domingo Sagastume, Luis Landa, Pompilio Ortega y Agustín Alonso; pero ninguno aceptó el cargo y mientras se resolvía el asunto el profesor Miguel Ángel Rivas fungió como director interino, finalmente se nombró en propiedad al Prof. Justo Spilsbury. El edificio donde inicio sus actividades el JTR y los dos subsiguientes locales que ocupo, estuvieron ubicados en la cuarta avenida noroeste y la tercera calle. Inicia sus labores en la Sociedad “La Juventud”, edificación de madera ubicada al lado sur de la tercera calle, luego en el edificio de la “Logia Masónica” (Primera Planta),

situada al lado norte de la tercera calle donde actualmente se encuentra el Centro cultural Sampedrano. El segundo edificio propio, hoy en abandono, es el de la 12 y 13 ave. Barrio los Andes. Su tercer edificio propio se encuentra en la 10 calle S.E. de la colonia San José de Sula, donde funciona en la actualidad desde el 1 de Marzo de 1990. El Colegio José Trinidad Reyes. Inició en 1926 sirviendo unicamente las carreras: Educación Comercial y Bachillerato en Ciencias y Letras y a partir de 1935 se da apertura a la Carrera de Magisterio. Actualmente

se

han

agregado

las

Carreras

de

Bachiller

Tècnico

en

Mercadotecnia, Bachiller Técnico en Hostelería y turismo y Bachiller Técnico en Computación. Nuestra biblioteca lleva el nombre del primer director oficial Justo Spilsbury. Profesores que han fungido como Directores: 1. Justo R Spilbury.

1927

2. Ramón Castro

1937

3. Jesús Medina Nolasco

1938- 1949

4. José María Gonzales Rosa.

1949

5. José María Espinoza 6. Gertrudis Bográn

1965-1967

7. Braulio Fajardo 8. Raúl Zepeda Montoya.

1975-1980.

9. Gladis Fajardo.

1980- 2005.

10. José Antonio Carballo.

2006-2009.

Entre los datos biográficos del Instituto José Trinidad Reyes se encuentran registros sobre nuestros egresados que han destacado como funcionarios públicos: 1. Eloy Page

Gobernador Político de Cortes

2. Walter López Reyes

Designado Presidencial

3. Jaime Rosenthal

Designado Presidencial, Diputado al

Congreso Nacional 4. Samuel Bográn

Diputado al Congreso Nacional

5. Tomas Vaquero

Ministro del Ambiente

6. Víctor Meza

Ministro de Gobernación

7. Ovidio Navarro

Fiscal General

8. Adán Palacios

Presidente Tribunal Nacional de Elecciones

9. Bernardo Rivera

Diputado al Congreso Nacional

10. Milton Jiménez Puerto

Ministro del Exterior

11. Rafael Pineda Ponce

Presidente Congreso Nacional y Ministro de Educación.

12. Gertrudis Bográn

Ministra de Educación

13. Italia de Gómez

Diputada CN

14. Oscar Kilgore

Alcalde Municipal SPS.

15. Arturo Alvarado

Ministro de Finanzas.

16. Toribio Aguilera

Ministro de Educación

17. Gladis Del Cid

Diputada CN

18. Edgardo Dumas R.

Ministro de Defensa y Diplomático

19. Agenor Sabillón

Gobernador Político de Santa Bárbara

20. Reginaldo Panting

Ministro, Diputado CN

21. Delmer Urbizo

Ministro. Diplomático

22. Mario Ramón López

Ministro, Diputado CN

23. Oscar Ramírez

Secretario Dirección Dptal de Educación

24. Juan Almendarez

Rector UNAH

25. Ramón Ulises Salgado

Rector Universidad Pedagógica Nacional.

26. Gautama Fonseca

Ministro de Seguridad y Diputado CN

27. German Leizelar V.

Ministro del Trabajo.

28. Darío Gámez P.

Diputado CN

29. Guillermo Florentino.

Diputado CN

30. Juan Pablo Osorio.

Diputado CN

31. Mauro Caballero

Diputado CN, Regidor Alcaldía Villanueva.

32. Oscar Ramírez.

Secretario Dirección Departamental de Cortes.

1.

VISION

Ser una institución educativa, de reconocido prestigio en la formación de estudiantes, mediante una educación integral de alta calidad académica y práctica de valores, que provea a la sociedad, profesionales honestos, responsables con alto grado de competencia y profesionalismo en las diversas áreas de desempeño e identificados con las expectativas de su familia, la comunidad y la patria.

1.

MISION

Brindar a la comunidad un servicio educativo de alta calidad con excelencia profesional, fundamentado en los pilares de la ciencia, la tecnología,

la

investigación y los valores universales, conduciendo al discente hacia el logro de los aprendizajes significativos, así como conformar su propia identidad y construir una concepción de la realidad que les permita afrontar con propiedad y solvencia los desafíos y retos de la vida.

DECLARACION DE PRINCIPIOS Nuestro Instituto, se caracteriza por mantener una docencia profesional, calificada y comprometida con el trabajo en equipo, desarrollado en un ambiente de dialogo, respeto y solidaridad, enfocado hacia el estudiante como el principal actor del proceso educativo. Nos diferenciamos categóricamente porque la nueva imagen institucional del José Trinidad Reyes demuestra que nuestra labor educativa, la realizamos de forma ordenada,

disciplinada,

transparente

y

personalizada,

con

empatía

y

comprometida con los aprendizajes significativos de los estudiantes, enmarcada en las grandes expectativas de la comunidad y sociedad. El proceso educativo se desarrolla con un enfoque sistémico e integral y procesualmente estructurado, interrelacionado y secuencial. Nos regimos por una tendencia de amplia participación social en el desarrollo de los diversos proyectos educativos, permitiendo la incorporación y cooperación de las familias, comunidad estudiantil, fuerzas vivas y sociedad en general tanto nacional como internacional.

NUESTROS VALORES Nuestro centro educativo, asume los valores de reconocimiento de la dignidad humana, disciplina, orden, honestidad, responsabilidad, solidaridad, justicia, equidad, democracia, tolerancia, apego a la verdad, legalidad, compromiso y servicio a la comunidad.

A. Notas de Identidad Institucional. 1. Generalidades del centro  Nombre del Centro:

Instituto Departamental José Trinidad Reyes

 Lugar de ubicación:

Col. San José de Sula, San Pedro Sula, Cortés

 Población estudiantil:

5,832 alumnos

 Personal Docente y administrativo: 259 Profesores

2. Directiva Docente Director:

1

Subdirectores:

3

Secretaria:

1

3. Personal técnico docente Coordinador general académico:

1

Jefes de: orientación, consejería, talleres y laboratorios: 10 Asistentes de: secretaría, laboratorios y talleres:

Consejeros:

37

Orientadores:

5

Coordinadores de asignatura:

9

Coordinadores de área:

5

Personal área de educación musical:

4

Personal área ciencias naturales:

18

Personal área ciencias sociales:

22

Personal área educación física:

7

Personal área matemáticas:

17

Personal idioma extranjero:

13

Personal área español:

19

Personal área actividades prácticas:

9

Personal área artes plásticas:

3

12

Personal área comercial:

29

Personal hostelería y turismo:

2

Personal área computación:

5

Personal área mercadotecnia:

5

Total personal docente permanente: 237

4. Docentes con nombramiento interino:

Educación musical:

4

Educación física:

1

Actividades prácticas:

2

Matemáticas:

1

Ciencias naturales:

11

Artes plásticas:

1

Computación:

10

Mercadotecnia:

2

Total docentes interinos:

22

En total de docentes permanentes e interinos:

259

5. Jornadas de prestación de servicios educativos: Se atiende los servicios educativos en tres diferentes jornadas: Matutina: Vespertina: Nocturna

7:00 a.m.

a

12:00 m.

12:30 p.m.

a

5:00 p.m.

5:30 p.m.

a

10:15 p.m.

6. Modalidad de Gestión:

Pública

7. Modalidades de servicios educativos:

Ciclo Común y Diversificado

8. Carácter del centro educativo:

Oficial

Área Geográfica de ubicación:

Urbana.

I.

PERFIL ORGANIZACIONAL

1. ORGANIZACIÓN ACADEMICA La organización del Instituto José Trinidad Reyes, en lo referente a sus unidades académicas, se estructura a partir de: Coordinación General Académica: Es una unidad técnica docente responsable del trabajo en dos vías: Académico y Administrativo: Académico: Es responsable de trabajar con las coordinaciones de asignatura y de carrera en el proceso de jornalización, planificación y supervisión del proceso educativo. Administrativa: Es responsable de designar y distribuir

las cargas

académicas, número de horas clase semanal, estructura presupuestaria y acción de nombramiento a cada miembro del personal de directiva docente, técnico docente y docente en servicio estricto. Coordinación de Asignatura o Centro: Se denomina Coordinación de Asignatura a cada una de las nueve unidades académicas, responsables de organizar, planificar, coordinar, supervisar, controlar y dirigir el trabajo docente o de laboratorio de cada Área formativa específica. Son coordinaciones de asignatura; coordinación de ciencias sociales, coordinación de español, coordinación de matemáticas, coordinación de ciencias naturales, coordinación de inglés, coordinación de actividades prácticas, coordinación de artes plásticas, coordinación de educación musical, coordinación de educación física. Coordinador de Carrera: Se denomina coordinador de carrera al profesor técnico docente responsable directo de la jornalización, planificación, y supervisión del proceso educativo de cada una de las seis carreras que se sirven (educación

comercial, bachillerato en ciencias y letras, bachillerato en ciencias y letras y técnico en computación, hostelería y turismo, mercadotecnia y magisterio). DESIGNACION DE UNIDADES ACADÉMICAS a. Coordinación General Académica

Lic. Iván Meza

b. Coordinación de Asignatura: o Coordinación de Español

Lic. Doris Castro

o Coordinación de Matemática

Lic. Mario Canales

o Coordinación de Ciencias Naturales

Lic. Vinia Reyes

o Coordinación de Ciencias Sociales

Lic. José Elías Chinchilla

o Coordinación de Educación Física

Lic. Galia Gale

o Coordinación de Educación Musical

Profa. Brenda Valeriano

o Coordinación de Ingles

Prof. Juan A. Castellanos

o Coordinación de Actividades Prácticas

Lic. Ilsi Ivania Pérez

o Coordinación de Orientación (matutina)

Lic. Aracely de Vallecillo

c. Coordinación de Carreras o Coordinación de Educación Comercial

Lic. Sandra Leiva

o Coordinación de Computación:

Miguel Ángel Laínez

o Coordinación de Mercadotecnia

Lic. Jaime Roberto López

o Coordinación de Hostelería y Turismo

Lic. Mercedes Caballero

o Coordinación de Magisterio

Prof. Gustavo Acosta

2. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

La organización administrativa, es la responsable de dirigir, coordinar, apoyar y asesorar los recursos humanos y manejo de los recursos físicos; los sistemas y métodos de organización en función de los objetivos del Instituto.

Están facultados por ley a ejercer la organización administrativa la estructura denominada Directiva Docente, conformada por tres cargos que son: La Dirección, Sub Dirección y Secretaría.

La Dirección:

1. Lic. José Antonio Carballo

Sub Dirección:

1. Jornada Matutina:

Lic. José Porfirio Membreño

2. Jornada Vespertina:

Lic. Sergio Sabillón

3. Jornada Nocturna:

Lic. Eliseo Vallecillo

Secretaría:

1. Lic. Nadín Teruel

Dirección: Es el cargo único y de mayor jerarquía de Directiva Docente en el Instituto, a cargo de un Director, responsable de la administración general de los bienes y recursos del centro educativo; del correcto funcionamiento de todas sus estructuras organizativas y de la calidad de los servicios educativos.

Sub Dirección: Es el cargo de Directiva Docente, conformado por tres

Sub

Directores con responsabilidad individual en asistir al director en cada una de las tres jornadas.

Secretaría: Es el cargo único de Directiva Docente, responsable de la custodia manejo, registro, archivo y sistematización de datos de ingresos o matrícula, evaluación y promoción controlada, reprobación y recuperación; datos de egresos por promoción, deserción y traslados.

La secretaría, para su mejor funcionalidad se ubica en el departamento de Registro.

Departamentos 

Registro Secretaria Asistente Sección de Nómina

(a cargo de Coord. General Académico)

Sección de Reproducción 

Tecnología de la Información



Gestión Humana

(se recomienda su creación)

Sección de aseo 

Sección de servicios generales



Sección de suministros

(se recomienda su creación)

(podría estar a cargo de servicios generales) 

Contabilidad y Presupuesto



Tesorería



Bienestar estudiantil



ORGANIGRAMA DEL INSTITUTO

(a cargo de Orientación)

I.

P ROCESOS ADMINISTRATIVOS Reglamento interno del Instituto República de Honduras Secretaría de Educación Pública Dirección General de Educación Media Capítulo I Generalidades

Art. 1 El Instituto Departamental “JOSE TRINIDAD REYES” se encuentra ubicado en la ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés. Art. 2 Funciona con carácter oficial. Art. 3 Su fundación data del mes de Mayo de 1926 Art. 4 Esta ubicado en la colonia San José de Sula Art. 5 Funciona con las ramas de estudio siguientes: Ciclo Común, diversificado de secundaria Bachillerato, Mercadotecnia, Magisterio, Educación Comercial, Hostelería y turismo, Computación Capítulo II De los fines Art 6. Como centro de educación media se ha trazado por metas: a) Ampliar y profundizar en los alumnos los conocimientos de las ciencias, la moral y el civismo. b) Aprovechar en forma sistemática el caudal de energías físicas e

c) intelectuales de los educandos orientado a una formación integral. d) Aprovechar las riquezas de la tierra, el medio ambiente y las luces de la cultura para obtener de ellas una vida cómoda, útil y civilizada. e) Estimular a los adolescentes en sus inquietudes artísticas, deportivas y culturales hacia un sentido más humano y sensibilidad social. f) Acrecentar su conciencia social y vincularla a la vida social de la comunidad y convertirla en un agente de cambio para su propio bienestar y progreso comunal. g) Promover la actualización y profesionalización del personal docente y administrativo para un mejor desarrollo en su quehacer educativo. h) Procurar el mantenimiento y mejoramiento de la estructura física de la institución y el enriquecimiento de aquellas áreas y departamentos tales como biblioteca, laboratorios y talleres. Capítulo II De la organización Art. 7 a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n)

El instituto “JOSE TRINIDAD REYES” comprende las siguientes secciones: Dirección Sub- dirección Secretaria Consejería Centros de Estudio Departamentos de orientación Auxiliar de contabilidad Biblioteca Laboratorio de física y química Laboratorio de ciencias naturales Laboratorio de área contable y computación Talleres de actividades prácticas Docentes Personal de servicio

Art. 8 Se rige por las leyes y reglamentación del Estado dado su carácter oficial. Capítulo IV Deberes y derechos del personal Art. 9 Son atribuciones del director:

a) Cumplir y hacer cumplir las leyes establecidas en la Ley Orgánica de Educación, reglamentos, acuerdos, disposiciones, ordenanzas e instructivos que emanen de las autoridades superiores del ramo. b) Dirigir, organizar y supervisar la educación c) Convocar a sesiones periódicamente al personal de Secretaria, subdirección y otras. d) Mantener un criterio renovado acorde con las normas de la institución e) Apoyar y estimular a maestros y alumnos en todas las actividades que emprendan en beneficio del instituto y de su propio mejoramiento. f) Supervisar el trabajo de que realicen los docentes con el fin de armonizar y coordinar el mejor logro en el proceso enseñanza aprendizaje. g) Coordinar el Trabajo Educativo Social h) Proporcionar ante quien corresponda los nombramientos, remociones, cambios y licencias de los miembros de los personales administrativo docente y de servicio. i) Presidir las sesiones del Consejo de Maestros y orientar las labores de acuerdo con las necesidades y circunstancias. Art. 10 Son atribuciones del Sub-director a) Sustituir al director en ausencia o imposibilidad de este y cooperar con el en todo lo que concierne al funcionamiento y prestigio del Instituto. b) Asistir con puntualidad al desempeño de su cometido. c) Cumplir y hacer cumplir las órdenes que dentro de la ley lo establece. d) Atender las peticiones de los alumnos emanadas dentro de la ley del derecho. e) Supervisar la labor de los consejeros y orientarles en su trabajo. f) Asistir a las reuniones de los padres de familia y contribuir al mejoramiento de las relaciones entre el hogar y el instituto. g) Someter a la consideración del Director sugerencias conducentes al bienestar de los docentes y de los alumnos. h) Representar al director en las actividades que este no pueda realizar por cuestiones de trabajo y por limitaciones de tiempo. i) Informar al director sobre todo lo que lleva a cabo en la realización de su trabajo. Art. 11 Son atribuciones de la Secretaria a) Asistir con puntualidad a la oficina cubriendo un horario de ocho horas. b) Guardar la debida reserva en los asuntos que se traten y resuelvan en el Instituto. c) Velar porque los docentes entreguen la documentación requerida en el tiempo estipulado.

d) Reportar a la dirección cualquier anomalía en el trabajo de cuadros y documentos. e) Tramitar las secciones y demás documentos que se le determinen. f) Remitir acciones de personal y solicitar acuerdos. g) Informar a los consejeros y docentes sobre lo que estos consulten siempre y cuando no se infrinja el reglamento. h) Propiciar y mantener buenas relaciones entre el personal de oficina.

Art.12 Del personal de Oficina a) Asistir con puntualidad a la oficina conforme calendario de trabajo y cubrir las ocho horas reglamentarias. b) Guardar la debida reserva en los asuntos que se traten y resuelvan en el instituto. c) Cuidar de que los docentes no cambien sus notas y promedios cuando hayan entregado sus cuadros. d) Atender con puntualidad y esmero los trabajos que se le asignen. e) Conocer el trabajo de sus compañeros para sustituirlas en su ausencia. f) Condición ineludible es la cooperación entre los miembros del personal. g) Las oficinistas mecanógrafas deberán auxiliar al secretario en los trabajos que se requieran. h) Todo empleado de la secretaria deberá a cabalidad su cometido, evitando en lo posible cometer errores en libros , cuadros, etc. i) Cuando por cualquier motivo dejaran de asistir al desempeño de sus labores, enviarán excusa escrita al director del plantel. j) Proporcionar y mantener buenas relaciones entre el personal de oficina. k) Atender todo tipo de consulta relacionado con su trabajo. l) Mantener buenas relaciones humanas. m) Permanecer en sus oficinas durante sus jornadas de trabajo. n) Elaboración de materiales de los centros de estudio y el solicitado por estos catedráticos con la debida aprobación de la dirección. o) Atender el tiraje de exámenes según horario. p) Tratar con cortesía y respeto a las personas que solicitan sus servicios. q) Reportar cualquier anomalía a la dirección. Art. 13 Son atribuciones de los Consejeros Primeros a) Atender las indicaciones que le haga al señor sub director, b) Estar presente en todas los eventos culturales, sociales, cívicos, artísticos que se realicen en el establecimiento son cuando se llevan a cabo de noche. c) Atender quejas de los alumnos y procurar evacuarlos satisfactoriamente.

d) Concurrir el lugar donde se requiera su presencia y vigilar la practica de los exámenes parciales y finales en ausencia o presencia de los exámenes e) Reemplazar en el turno a cualesquiera de los consejeros en ausencia voluntaria o involuntaria de estos. f) Cooperar con el subdirector en la distribución de turnos de los consejeros y vigilar su cumplimiento. g) Notificar a los consejeros con la debida antelación cualquier disposición relacionada con el desempeño de sus labores. h) Controlar el ingreso de los alumnos y las alumnas. i) Evitar que los alumnos introduzcan armas, drogas, bebidas prohibidas por el reglamento general de Educación Media. j) Velar porque los alumnos sancionados cumplan su castigo. Art. 14 Son atribuciones de los consejeros de estudiantes a) Asistir puntualmente al desempeño de su cometido por lo menos 15 minutos antes que los alumnos y salir a la hora reglamentaria b) Exigir a los alumnos puntualidad y la debida presentación según las normas establecidas en el plantel. c) Cumplir en forma eficiente en la jornada señalada. d) Atender los cursos en horas vacantes o en ausencia del catedrático. e) Vigilar la permanencia de los alumnos dentro del recinto del establecimiento en horas de clase y controlar la salida de los mismos. f) Autorizar la salida y entrada de los alumnos al plantel de acuerdo con las regulaciones establecidas en el Reglamento Interno. g) Velar en forma permanente porque los alumnos cumplan sus obligaciones. h) Proporcionar tiza, borradores y otros implementos necesarios a los docentes. i) Ayudar a los alumnos en la solución de sus problemas j) Asistir a todas las sesiones del Consejo de Profesores y a las reuniones de los padres de familia con el fin de conocerlos para informarles sobre el comportamiento de sus hijos. k) Acompañar a los alumnos en las excursiones, competencias deportivas y visitas sean estas locales, interdepartamentales e internacionales. l) Velar porque se cumplan las sanciones impuestas a los alumnos. m) Velar porque los alumnos asistan a la biblioteca en horas vacantes. n) Reportar al depto. de orientación los casos de alumnos con problemas de conducta para que se le de seguimiento, así como los de bajo rendimientos académico. o) Comunicar a los catedráticos las informaciones de sus superiores p) Entrega de nombramientos de supervisión de exámenes a los catedráticos.

q) Entrega de notas en cada parcial auxiliado por los profesores guías y personal docente en general. r) Notificar al padre de familia la conducta irregular de sus hijos s) Consignar en la ficha de control de disciplina el tipo de falta que el alumno cometiera estipulado en el reglamento General de Informe. t) Velar porque se cumpla a cabalidad lo estipulado en el Reglamento Interno. Art. 15 Son atribuciones de los Centros de Estudio a) Se integrarán con los profesores que sirven la misma asignatura o asignaturas afines y serán particulares, locales, zonales y nacionales b) Centros particulares de asignatura serán los de cada establecimiento c) Todos los centros de Profesores de asignaturas deberán sesionar por lo menos una vez al mes. d) La dirección del Establecimiento dispondrá todo lo concerniente a ala organización de sus propios centros de profesores y les prestará toda la colaboración que sea necesaria para su buen funcionamiento. Art. 16 Los Centros de Profesores tiene por objeto a) Estudiar e interpretar programas, métodos, procedimientos y otros aspectos para el mejoramiento de la enseñanza. b) Preparar textos de enseñanza en las respectivas asignaturas. c) Realizar investigaciones relacionadas con la enseñanza y ensayar nuevos métodos. d) Fomentar el acordamiento social y cultural de sus miembros y estimular su mejoramiento cultural. e) Lograr simultaneidad de los programas de estudio f) Unificar en lo posible las pruebas de exámenes. g) Colaborar con los profesores guías para la calificación de la parcialidad de los alumnos y la resolución de problemas de los mismos. h) Integrar las comisiones necesarias para elaborar las pruebas parciales de cada centro. Art. 17 Corresponde al Jefe de Centro a) Supervisar la labor de los profesores del centro b) Dirigir la elaboración del plan anual de trabajo con la colaboración de los integrantes del Centro. c) Jornalizar y planificar la programación de cada una d3e las asignaturas centralizadas bajo su dependencia con la colaboración de los integrantes del centro. d) Dar el informe parcial del pendiente a la Asamblea General de maestros, después de cada periodo de exámenes o cuando lo solicite la Dirección.

e) Recibir y entregar el cargo por inventario f) Rendir el informe anual de trabajo del Centro a la Dirección. g) Sustituir al catedrático que por enfermedad o cualquier otra razón justificada falte al servicio de su labor docente hasta por una semana. h) Colaborar en la dirección en la escogencia de personal para cubrir licencias cuando las mismas no sean mayor de meses. i) Reunir una vez al personal en sesiones de trabajo o extra ordinariamente cuando lo considere necesario. Art. 18 Además de todo lo estipulado en las leyes vigentes del ramo los centros de estudio colaboración con todas las actividades programáticas que se efectúen en la Institución. Art. 19 Corresponde a los profesores miembros de cada centro. a) Asistir a las sesiones alas que fuera convocado por el jefe del centro. b) Colaborar en la jornalización de la programación de las asignaturas centralizadas. c) Integrar las comisiones necesarias para elaborar las pruebas parciales de cada centro. d) Participar en el desarrollo de los proyectos que el centro planifique como actividad co-programática de la Institución. e) Elegir el coordinador del centro y proponerle a la dirección para los trámites de ley. f) Organizar la directiva del centro. g) Todas las demás contempladas en el reglamento que corresponde a los centros de estudio y sus coordinadores. Art. 20 Correspondiente al auxiliar de contabilidad a) Recaudar los fondos provenientes de los derechos de exámenes y el derecho de matrícula. De acuerdo a lo prescrito en el reglamento de evaluación vigente, los derecho a pagar son los siguientes: Derecho de matrícula L.10.00 Derecho de exámenes

L. 1.00 por materia

Folletos y guías de estudio

L. 2.00 por materia

Pruebas de cada parcial y recuperación

L. 5.00

Art. 21 Todo alumno al principio del año escolar y en el periodo matricula deberá pagar en la tesorería el valor estipulado.

Art. 22 Todo alumno que lleve materia retrasada al llegar a los exámenes finales del mes de Noviembre para tener derecho a exámenes de dicha materia, tiene que estar solvente en la tesorería en la pago de todas sus obligaciones. Art. 23 Todo alumnos que fuere aplazado en una, dos o más materias en los exámenes ordinario de promoción para poder tener derecho a exámenes de recuperación, quinto examen y del mes de Enero, tiene que pagar en la tesorería el valor total de las asignaturas en que fue aplazado para cumplir lo anterior debe presentar en la tesorería al momento del pago dichos derechos, sus respectivos certificados de estudio y así cobrar el numero de pagos de aplazados que dicho certificado señale. Art. 24 En los exámenes de promoción del mes de noviembre todos los alumnos deberán pagar: Art. 25 El auxiliar de contabilidad tiene el deber de satisfacer cordialmente a las interrogantes que le hagan las personas interesadas. Art. 26 Asistir a todas las sesiones de asamblea de maestros. Art. 27 Presentarse con puntualidad a sus labores con el horario establecido para el personal administrativo. Art. 28 Acatar las disposiciones emanadas de la dirección del Instituto Art. 29 Extender comprobante de pago a los alumnos que hayan extraviado el recibo. Art. 30 Agilizar los trámites de pago del personal Art. 31 Colaborar en las gestiones que realice el personal pendientes a mejorar su situación económica. Art. 32 Rendir el informe mensual de las inasistencias del personal al escalafón y oficina de personal de ministerio de educación para su respectiva deducción y control. Art. 33 Elaborar el inventario general de Instituto Art. 34 Rendir un informe del numero de alumnos matriculados y del pago de derecho de exámenes a la dirección del Instituto. Art. 35 Rendir un informe mensual de las compras y demás gastos que se realizan a la dirección del instituto.

Art. 36 Agilizar las compras del material necesario para el buen funcionamiento de la Institución Art. 37 Supervisar todas las reparaciones y demás trabajos que se ejecuten en el local. Art. 38 Redactar el respectivo contrato cuando así lo amerite la situación. Art. 39 Velar porque el mobiliario del instituto siempre exista en cantidad suficiente para no estar alterando el servicio de cátedra. Art. 40 Solicitar a la dirección general de educación media el material didáctico y de oficina necesario para el buen funcionamiento del Instituto. Art. 41 Solicitar a la oficina de escalafón las planillas de pago de cada mes y el codo del cheque del docente. Art. 42 Llevar el seguimiento de las acciones de personal con el propósito de realizar los trámites de pago respectivos. Art. 43 Recibir al banco de los Trabajadores las remesas correspondientes a pagos de docentes. Art. 44 Entregar fotocopia o copia de las facturas y recibos adjuntando el comprobante del cheque pagado a la dirección del Instituto. Art. 45 Del departamento de Orientación. Las actividades de orientación dentro del Instituto “JOSE TRINIDAD REYES” tendrán como finalidad atender la formación de los alumnos en los distintos aspectos de su personalidad y vida escolar, familiar y social, contribuyendo así a darles una formación integral. Art. 46 Según el art. 135 del Reglamento General de Educación Media, un departamento de Orientación debe estar organizado así: a) b) c) d) e) f) g)

Un orientador que será el jefe de la oficina Un asistente Un médico Una enfermera graduada Un odontólogo Un trabajador social Una secretaria

Art. 47 Son colaboradores directos del departamento de Orientación los profesores guías, el catedrático de la asignatura y los consejeros de estudiantes.

Art. 48 Son atribuciones del Jefe de Departamento de Orientación: a) Planificar y coordinar las actividades de orientación del establecimiento. b) Colaborar con el director en la selección del personal de Orientación del establecimiento. c) Organizar y asesorar el funcionamiento del consejo de orientación. d) Asesorar y supervisar el funcionamiento de los consejos de curso y demás organizaciones estudiantiles del plantel. e) Llevar el expediente acumulativo de cada alumno y garantizar el carácter confidencial de toda la información recopilada. f) Ayudar a los alumnos en la solución de sus problemas emocionales, vocacionales y de cualquier otra índole. g) Organizar la biblioteca de información educativa y vocacional para servicio de profesores y alumnos del plantel. h) Organizar periodos de orientación profesional y emprender campaña en pro de una eficiente formación de los alumnos, i) Establecer relaciones y unificar esfuerzos con los padres de familia por medio de entrevistas y reuniones periódicas. j) Estar en comunicación y relación constante con los profesores guías, revisar y aprobar sus planes de trabajo e instruirles en el desempeño de sus funciones. k) Estudiar detenidamente el comportamiento de aquellos estudiantes que presentes problemas y los que a juicio de las autoridades del plantel sean de mayor cuidado, solicitar cooperación del departamento de orientación de la dirección general cuando el caso lo amerite. l) Presentar ante quienes corresponda el informe parcial y anual de actividades que se realicen en el aspecto orientación y consejo del Instituto. m) Procurar que el trabajo de la oficina sea eficiente en cuanto a las relaciones humanas, trabajo de archivo y documentaciones. n) Observar atentamente órdenes y demás disposiciones que para efecto de trabajo emanen de las autoridades superiores e inmediatas en lo que se refiere a entradas y salidas de empleados. o) Elaborar cuadro de alumnos que lleven materia retrasada y de aquellos que estudien por equivalencia. p) Confeccionar el respectivo horario de consejos de curso. q) Asesorar el consejo coordinador de estudiantes cuando lo haya o al consejo de presidentes de curso. r) Asistir y colaborar en todas las actividades programáticas y co programáticas que se realicen fuera y dentro del Instituto. s) Asistir a las sesiones de padres de familia. Art. 49 Corresponde al asistente técnico del Departamento de Orientación: a) Colaborar con el Jefe del Departamento en el desempeño de sus funciones y atribuciones específicas. b) Sustituirlo en caso de ausencia.

c) Vigilar que los alumnos de materia retrasada reciban debidamente su clase. d) Atender la correspondencia de los alumnos. e) Investigar los factores que influyen en el desenvolvimiento y rendimiento del alumno. f) Buscar en la comunidad los recursos que puedan ayudar a evitar o solucionar el problema del estudiante. g) Elaborar la ficha socio-económica de cada alumno para incorporarles a su expediente acumulativo. h) Investigar y conocer las oportunidades y necesidades que ofrece mundo del trabajo de la localidad y del país para informar a los alumnos. i) Elaborar y aplicar test vocacionales a los alumnos de III Curso de Ciclo Común y último año de Secundaria. j) Elaborar y aplicar pruebas de capacitación a los alumnos que presenten problemas en el rendimiento escolar. k) Asistir y colaborar en todas las actividades programáticas y co programáticas que se realicen dentro y fuera del Instituto l) Asistir puntualmente a sus labores según horario establecido. m) Mantener comunicación constante con el jefe del depto. y demás colaboradores. n) Asistir a las sesiones de padres de familia. Art. 50 Son atribuciones de la Secretaria del Departamento de Orientación. a) b) c) d) e) f) g) h) i)

Realizar los trabajos de oficina propios de su cargo. Atender la correspondencia Reproducir materiales de información Organizar el archivo Trasladar el expediente acumulativo de cada alumno la información correspondiente y guardar sobre la misma completa reserva. Cumplir las instrucciones del Jefe del Departamento Cumplir las horas de entrada y salida de trabajo reglamentario Elaborar los carnet de los alumnos Colaborar en las actividades organizadas por el departamento

Art. 51 De los profesores guías: Son los encargados de orientar y dirigir a los alumnos de un curso o sección, siendo sus funciones especificas. a) Elaborar el plan anual de trabajo y someterlo a su aprobación al Jefe del departamento de Orientación. b) Desempeñar funciones de orientador educacional de los alumnos a su cuidado. c) Organizar el consejo de curso a su cargo y dirigir y estimular las distintas actividades que se realicen del mismo. d) Cooperar con el departamento de orientación en cuanto a información para el expediente acumulativo del alumno. e) Cooperar en todas aquellas actividades que el orientador le indique.

f) Estar en constante relación con los profesores del curso organizarlo en consejo de profesores de curso. g) Relacional la labor de orientación con las actividades del aula y de programa. h) Integrar el consejo de orientación y prestar decidida cooperación al mismo. i) Estimular a los alumnos para poder apreciar sus reacciones, destrezas, aptitudes y habilidades. j) Informar al orientador sobre el comportamiento de los educandos. k) Desarrollar el programa de orientación colectiva correspondiente. l) Desarrollar el comité de padres de familia del curso para discutir y buscar solución a los problemas de sus hijos. m) Presentar informe parcial y anual al jefe del departamento de orientación y al director de las labores que realice. n) Cumplir con la asistencia a sesiones ordinarias y extraordinarias de la asamblea del consejo de profesores guías. o) Ser puntual en cuanto a la asistencia a sesiones y legalizar sus ausencias mediante excusa ante quien corresponda. Art. 52 Son atribuciones del consejo de orientación a) Cumplir y velar porque se establezca y cumplan las disposiciones emitidas en relación con la orientación educativa y profesional. b) Trabajar coordinadamente en los procesos de orientación. c) Planificar y llevar a cabo en forma centralizada las actividades. d) Procurar mejorar las relaciones entre catedráticos de asignaturas y entre profesores y alumnos. e) Asistencia a seminarios, cursillos, etc… que se realicen en busca de mejoramiento profesional y cultural. f) Colaborar activamente con la dirección del establecimiento en la buena marcha de su labor educativa y en el departamento de orientación en su labor especifica. g) Propiciar campaña tendentes a estrechar relaciones entre padres de familia y el centro educativo. h) Elegir un representante ante el consejo técnico del establecimiento. i) Cooperar en la selección de alumnos de las becas que otorgue bienestar estudiantil. j) Asistir con la debida regularidad y puntualidad a sesiones ordinarias y extraordinarias que al efecto se celebren. k) Planificar su trabajo anual. l) Elaborar el calendario de fiestas cívicas, escolares y nacionales de común acuerdo con el jefe del departamento de orientación. m) Tratar por todos los medios posibles que la labor educativa del Instituto se proyecte hacia la comunidad.

n) Emprender campañas a través de los consejos de curso, a favor de la higiene y ornato del edificio. o) Procurar siempre por medio de los profesores , jefes de curso, lograr actividades concernientes a conservación del mobiliario y demás enseres del edificio. Art. 53 Son obligaciones de la enfermera: a) Atender al alumnado cuando sus servicios sean necesarios. b) Llevar un control de los alumnos con problemas de salud. c) Remitir a los alumnos con problemas graves a cualquier centro de asistencia pública. d) Organizar la cruz roja estudiantil. e) Coordinar acciones interinstitucionales del área de salud. f) Solicitar medicamentos y organizar actividades para abastecer el botiquín escolar. g) Llevar el control de ingresos y egresos de medicamentos. h) Proporcionar los primeros auxilios i) Actualizar la documentación que compruebe el ingreso y egreso de medicamentos. j) Cumplir con el horario de trabajo. Art. 54 Son requisitos para ser enfermera del departamento de orientación: a) Tener titulo de enfermera o diploma de capacitación. b) Experiencia mínima de 5 años c) Solvencia moral Art. 55 Las funciones de la biblioteca son formativas, informativas y recreativas Art. 56 Son obligaciones del bibliotecario: a) Conocer los planes de estudio b) Conocer los programas de educación media c) Materiales auxiliares a fin de estar con condición de ofrecer a maestros y alumnos orientación en el uso de los recursos de la biblioteca que respondan al contenido de los programas y a los objetivos de la recreación y salud mental. Art. 57 Son funciones del bibliotecario. a) Estimular a los alumnos y servirles de guía en sus lecturas con labores recreativas.

b) Proveer a los estudiantes de materiales relacionados con sus intereses y pasatiempos e invitarles a participar en actividades co-programática que organiza la biblioteca. c) Fomentar en los estudiantes comportamiento democrático haciéndolos respetar gustos y derechos de sus compañeros y compartir el patrimonio común representado por las colecciones de libros y materiales audiovisuales. d) Prestar ayuda a os alumnos en la solución de sus problemas personales, sociales, éticos a través de conversaciones y recomendaciones de lecturas adecuadas. e) Poner al alcance de los estudiantes las fuentes de información última acerca de profesiones, especializaciones técnicas y oficios que son impartidas en universidades, instituciones y escuelas de tecnología contribuyendo así a la orientación vocacional. f) Dar cuenta a estudiantes y maestros obre adquisición de nuevas obras. g) Trabajar estrechamente con los catedráticos, ayudándoles a seleccionar y utilizar libros tanto para su enseñanza colabora su preparación personal. h) Mantener la organización de la biblioteca en forma pulcra. i) Mantener las normas de conducta que deberán observar maestros y alumnos de la biblioteca. j) Hacer hincapié porque maestros, alumnos demás visitantes de la biblioteca al entrar y salir de ella guarden la mayor compostura y el más absoluto silencio para no interrumpir a los demás. k) Velar porque los libros no permanezcan en poder del prestarle por más de días y en caso de libros extraviados a los responsables no se les aceptará el reembolso de su precio sino que deberá efectuar la compra de libro. l) Cooperar en las actividades co- programáticas en las que sean solicitados sus servicios así como las del ayudante. m) Observar estrictamente las horas de entrada y salida de su trabajo. n) Colaborar en las actividades co programáticas que se realicen Art. 58 Son funciones del asistente de la biblioteca: a) Colaborar con el jefe del departamento en el desempeño de sus funciones específicas. b) Sustituirlo en caso de ausencia c) Cumplir estrictamente con el horario establecido d) Responsabilizarse de l función encomendada e) Cooperar en todas las actividades co programáticas en las que sea solicitada su cooperación y en todas aquellas programadas oficialmente. Art. 59 De los laboratorios y talleres

a) Para ser jefe y asistente del laboratorio de física, química y ciencias naturales se requiere el título de la especialidad. Art. 60 Para los jefes y asistentes de laboratorio contable se requiere ser maestro con experiencias en el manejo de oficina y papelería contable o bien con la especialidad en área contable. Art. 61 El laboratorio de ciencias naturales estará bajo la jurisdicción del centro respectivo al igual que el laboratorio contable. Art. 62 Corresponde a los asistentes de los laboratorios de física y química: a) Asistir en las prácticas de los jefes de laboratorio. b) Colaborar en la planificación de las diversas actividades del laboratorio. c) Sustituir al jefe del laboratorio en ausencia del mismo. d) Colaborar en la elaboración de guías y prácticas velando por el tiraje de las mismas. e) Colaborar en la elaboración del informe anual. Art. 63 Corresponde al jefe y asistente del laboratorio contable a) Organizar y planificar las prácticas b) Levantar el inventario c) Reportar las máquinas en mal estado para su reparación d) Reportar las necesidades materiales del laboratorio y velar por el suministro de los materiales necesarios. e) Cumplir con el horario de trabajo asignado. f) Colaborar en las diversas actividades co programáticas y programáticas de la Institución g) Velar porque los estudiantes le presten el cuidado necesario al equipo, mobiliario y materiales del laboratorio así como el mantenimiento y aseo del local. h) Contribuir en la supervisión de la práctica contable de los alumnos próximos a graduarse. i) Presentar el informe anual de las actividades al director del Instituto con copia al coordinador del centro contable. j) Informar a la asamblea general de profesores los logros y dificultades en la ejecución de las diversas actividades del taller contable. Art. 64 Corresponde al jefe y asistente del laboratorio de ciencias naturales: a) Organizar y planificar las prácticas b) Levantar el inventario

c) Reportar las necesidades de materiales del laboratorio y velar por el suministro de esos materiales. d) Cumplir con el horario de trabajo asignado e) Colaborar en las diversas actividades programadas y co programadas de la Institución. f) Velar para que los estudiantes presten el cuidado necesario al mobiliario, equipo y materiales del laboratorio así como el mantenimiento del aseo del local. g) Asesorar el club de ciencias. h) Rendir informe sobre las prácticas y otras actividades. i) Todo lo contemplado en el reglamento general de educación media. Art. 65 Asistir a las prácticas de laboratorio de acuerdo la jornalización y planificación de las mismas j) Dedicar a las prácticas de laboratorio el tiempo que las mismas requieren k) Elaboración de material didáctico que pertenecerá el tiempo en el laboratorio. l) Reportar el faltante del material al jefe del mismo este a su vez al jefe del centro quien lo hará el auxiliar de contabilidad para la descarga o deducción respectivo. m) Solicitar los materiales que se necesiten con la debida anticipación. Art. 66 Corresponde al jefe y asistente de los talleres de actividades prácticas: a) Elaborar los proyectos de acuerdo a los contenidos programáticos b) Elaborar los proyectos de acuerdo con el jefe del centro c) Pasar las solicitudes de materiales al auxiliar de contabilidad con el vito bueno del jefe del centro y dirección. d) Coordinar la labor de los profesores de actividades prácticas, dándoles las instrucciones necesarias para el buen funcionamiento de los talleres. e) Organizar actividades tendientes a la obtención de materiales ya libros para los talleres. f) Entregar el informe anual a la dirección y copia del inventario con copia para el jefe del centro. g) Reportar las máquinas y herramientas en mal estado al auxiliar de contabilidad para su reparación o descarga de inventario h) Cumplir con el horario de trabajo asignado i) Colaborar en las diversas actividades programáticas y co programáticas de la Institución. j) Velar porque los estudiantes le presten el cuidado necesario l mobiliario, equipo y herramientas del taller, así como el mantenimiento del aseo del local.

k) Colaborar en la planificación de las diversas actividades del centro de actividades prácticas. l) Corresponde al asistente a sustituir al jefe en ausencia del mismo. m) Colaborar en la elaboración de proyectos y aplicación de las prácticas. n) Asistir a las prácticas de taller de acuerdo a la jornalización y planificación de las mismas. o) Reportar el faltante de material al jefe del centro de auxiliar de contabilidad. p) Todo lo contemplado en el reglamento de educación media.

Art. 67 Es prohibido al jefe y asistente del taller: a) Cualquier tipo de préstamo de herramientas y materiales para su uso fuera del taller. b) Calificar a los alumnos para las prácticas que se efectúen en el taller. c) Dejar de rendir el informe de sus labores. d) Abandonar el Instituto sin la autorización respectiva. EN LAS ACTIVIDADES CO PROGRMÁTICAS: Art. 68 Son actividades co programáticas aquellas que tienden a reforzar actividades que estimulen al alumno en su desarrollo integral. Están comprendidas entre ellas las diferentes áreas: deportivas, musicales, artísticas, técnicas, científicas y culturales. Por ser especiales deberán establecerse y desarrollarse en calendarios y horarios especiales, bajo la supervisión de los profesores nombrados por las autoridades respectivas. Art. 69 Corresponde al profesor de actividades co programáticas a) Organizar y planificar todas las actividades concernientes a su área. b) Asistir puntualmente a las actividades conforme a calendarización y horario establecido. c) Fomentar en el estudiante hábitos de estudio, solidaridad y disciplina. d) Presentar informe de sus actividades a la dirección o autoridades respectivas. e) Cooperar en los eventos sociales y culturales dentro y fuera de la institución. f) Solicitar permisos en caso de desarrollar actividades fuera del horario establecido. g) Acompañar y estar presente en los distintos eventos co programáticos que realice según su planificación.

h) Vigilar y controlar la permanencia de los alumnos en los lugares asignados para desarrollar la actividad. i) Acatar las disposiciones emanadas por las autoridades. j) Firmar en el diario pedagógico su entrada y salida. DEL PERSONAL DE SERVICIO Art. 70 El personal de servicio para el mejor desempeño de sus funciones estará distribuido de la siguiente manera: a) Un conserje y encargado de personal. b) Vigilantes c) Aseadores y aseadoras. Art. 71 Son obligaciones del jefe de personal de servicio. a) Vigilar la limpieza del edificio b) Controlar la entrada y salida del personal de servicio. c) Estar pendiente de que no falten los útiles necesarios y solicitarlos al auxiliar de contabilidad. d) Reunirse periódicamente con los sub directores para la evaluación del trabajo de equipo y la reubicación del personal en forma rotativa. e) Reportar a los sub directores las faltas del personal de servicio. Art. 72 Son obligaciones del conserje: a) Comunicar recados ya visos oficiales, llevar la correspondencia, hacer citaciones, convocatorias, cotizaciones y cumplir otras encomiendas. b) Estar en disposición de ordenar el archivo y realizar cualquier misión que le mande. c) Entrar y salir según horario establecido. d) Responder ante la autoridad competente por todo los enseres y mobiliario. Art. 73 Son obligaciones de los vigilantes: a) Trabajar por turnos rotativos de acuerdo con el calendario especial elaborado el efecto. b) Asear las áreas que le corresponde. c) Responder ante la autoridad competente por todos los enseres y mobiliario bajo su responsabilidad. Art. 74 Son obligaciones de los aseadores (as) a) Barrer y sacudir por áreas según se le asigne b) Procurar que las áreas que le corresponde barrer, trapear, sacudir permanezcan en el mayor aseo posible.

c) Atender cualquier solicitud de colaboración que le haga un inmediato superior. d) Responder por módulo a su cargo. e) Reportar todos los daños y deteriores que en el módulo detecte al jefe de conserjes quien a su vez lo hará ante quien corresponda. Art. 75 Corresponde al portero. a) Permanecer en el portón que le corresponda. b) Vigilar y controlar la entrada de particulares al Instituto. c) No permitir el ingreso de alumnos sin uniforme. d) Colaborar en el aseo de su área de trabajo. e) Solicitar la respectiva identificación a cualquier persona extraña que requiera el ingreso a las instalaciones del Instituto. Art. 76 todo el personal de oficina y el personal de servicio estará a su vez sujeto a las reglamentaciones de servicio civil y del ramo de educación. Art. 77 Del consejo técnico: corresponde al consejo técnico todas las atribuciones contempladas en el reglamento general de educación media. Art. 78 corresponde al consejo general de profesores todas las atribuciones contempladas en el reglamento general de educación media. Art. 79 El consejo de profesores sesionará al final de cada parcial en forma ordinaria en donde deberá presentar los resultados del mismo, y en forma extraordinaria cada vez que sea necesario. Capitulo VI De las prohibiciones del personal Art. 80 Se prohíbe a los docentes todo lo contemplado en las leyes del ramo. Art. 81 Hacer comentarios maliciosos y tendenciosos que propendan a menoscabar el prestigio y honra de cualquier compañero o autoridad del Instituto. Capítulo VII De los alumnos Art. 82 Son requerimientos de ingreso al Instituto: a) Partida de Nacimiento del R.N.P. b) Certificación de estudios realizados

c) d) e) f) g) h) i)

Tarjeta de salud Fotografías Carnet del R.N.E. para los de reingreso Constancia de trabajo para la jornada nocturna Examen de SIDA para la jornada nocturna Certificación de conducta Un índice académico de 65% a 75% para alumnos que provienen de otro instituto. j) No tener materia retrasada si viene de otro instituto. Art. 84 Se consideran los alumnos del instituto: a) Los que hayan cancelado la cuota de matrícula y se encuentre inscrito en los libros de matrícula. t) Que hayan entregado los documentos que legalmente exija la ley u) Los que una vez entregado los requisitos para su ingreso, reingreso o equivalencia ACEPTEN EL CUMPLIMIENTO DELL REGLAMENTO INTERNO. Art. 85 Los alumnos deben asistir puntualmente a sus clases siendo sus horas de entrada y salida: a) Jornada Matutina 7:00 a.m. a 12:40 p.m. b) Jornada Vespertina 12:20 a.m. a 6:00 p.m. c) Jornada Nocturna 6:00 p.m. a 10:40 p.m. Art. 86 El uniforme reglamentario es el siguiente:  Jornada diurna a) Señoritas  Falda gris paletoneada hasta las rodillas sin cortes.  Camisa lisa blanca por dentro, con su respectivo monograma costurado en la bolsa izquierda de la misma.  Zapatos negros, cerrados, de tacón bajo y sin adorno  Calcetines blancos b) Varones  Pantalón kaki  Camisa blanca por dentro, con su respectivo monograma costurado en la bolsa izquierda de la misma.  Zapatos negros 

Jornada Nocturna c) Señoritas  Falda gris paletoneada hasta las rodillas sin cortes  Camisa lisa celeste por dentro, con su respectivo monograma costurado en la bolsa izquierda de la misma.  Zapatos negros, cerrados de tacón bajo y sin adorno.  Calcetines azul celeste

d) Varones  Pantalón kaki  Camisa lisa azul celeste por dentro con su respectivo monograma costurado en la bolsa izquierda de la misma.  Zapatos negros El uniforme de educación física determinado por el centro educativo y deporte y la dirección del establecimiento de acuerdo a los intereses institucionales y del estudiante. Se reportará como inasistencia de todo alumno que concurriere a clases después que se haya pasado lista.

Art. 87 Los alumnos deberán presentarse al plantel diez minutos antes de la hora señalada. Pasados diez minutos del toque reglamentario el portón será cerrado y se abrirá hasta nuevo cambio de hora. Art. 88 Se reportará como inasistencia de todo alumno que concurriere a clase después que se haya lista. DE LOS DEBERES Art. 89 Son deberes de los alumnos: a) Asistir puntualmente a sus aulas de clases. b) Permanecer del establecimiento en los lugares detonados de acuerdo a los horarios, respetado las áreas restringidas. c) Realizar con el mejor esmero todos los trabajos que sus profesores y demás autoridades superiores le señalen. d) Proceder en todas las actividades conectadas con el plantel de acuerdo con la más estricta disciplina y obedecer las disposiciones reglamentarias. e) Cuidar, conservar el buen estado del edificio, mobiliario, libros, herramientas y demás objetos de uso permanente de la institución siendo responsable de los daños que les causaren. f) Realizar las campañas de extensión para el progreso de la comunidad y que hayan sido previamente planificadas con los profesores empleados y demás personas particulares dentro y fuera del plantel consolidado el prestigio del mismo. g) Cooperar en la organización disciplinaria en los servicios de higiene y aseo en las demás actividades que sean necesarias. h) Llevar al establecimiento únicamente los útiles necesarios para la clase. i) Concurrir al establecimiento y demás lugares con aseo y compostura y acatar las disposiciones al respecto. j) Acatar, respetar y cumplir el sistema disciplinario del establecimiento. k) Conocer el reglamento interno del instituto. DE LOS DERECHOS

Art. 90 Los estudiantes tienen derecho a: a) Recibir puntualmente a sus clases, según horario establecido. b) Enviar excusa firmada por sus padres encargados, cuando por enfermedad o fuerza mayor no pueda asistir. c) Ingresar al instituto en horas hábiles cuando cumpla con los requisitos establecidos y exigidos. d) Hacer uso de la biblioteca cuando lo necesiten según horario. e) Organizarse en consejo de curso f) Hacer uso de los recursos de aprendizaje que ofrece la institución conforme a los fines de educación. g) Que se les respete sus derechos humanos. h) Que se les brinde educación seria e integral. i) Tener asesoría en consejo de curso. j) En ser oídos en caso de cometer falta k) Disfrutar de estímulos, oportunidades y mejoramiento dependiendo de su buen comportamiento. l) Socializar revisión de exámenes dentro de los ocho primeros días de haberlo realizado. m) Pretender a los distintos cuadros artísticos, culturales, deportivos, musicales y otros existentes en la institución, bajo la dirección y supervisión y asesoría de los profesores nombrados para tal efecto pro las autoridades respectivas.

DE LAS PROHIBICIONES Art. 91 Es prohibido a los alumnos del José Trinidad Reyes: a) No portar el uniforme reglamentario para realizar cualquier actividad dentro de la institución. b) Asistir maquilladas con otros cortes y peinados extravagantes, pelo largo en los varones y atuendos no acordes con el uniforme. c) Fumar dentro del recinto y alrededores de la institución. d) Manchar paredes, puertas, pupitres, pizarras y demás enseres con inscripciones o figuras de cualquier clase. e) Colocar afiches en las paredes o puertas de la institución sin la debida autorización. f) Salir furtivamente del aula y el establecimiento durante las horas de clase sin el permiso correspondiente. g) Asistir con el uniforme o salones o centros de diversión a excepción de actividades programadas por el instituto. h) Proferir dentro y fuera del establecimiento del establecimiento expresiones soeces, gritos silbatos y ofensas con el propósito de molestar. i) Entrar y salir del establecimiento saltando el muro, cerca o bien romperla. j) Escudriñar el libro pedagógico cualquier material o que se encuentre en cualquier oficina. k) Denigrar a la institución con hechos y acciones dentro y fuera de ella

l) Falsificar notas o cualquier documento. m) Agredir físicamente a cualquier compañero o miembro de la institución. Capítulo VII Del sistema disciplinario de los alumnos Art. 92 Son faltas leves las siguientes: a) Impuntualidad reiterada a la asistencia a clases. b) Manifiesta indisciplina c) Promover desórdenes dentro y fuera del aula. d) No presentarse con el uniforme completo al establecimiento. Art. 93 Son faltas graves. a) Reincidencia en cualquier falta leve. b) Irrespeto manifiesto a las personas con quienes interactúan en el Instituto. c) Presentarse al Instituto bajo los efectos de drogas, alcohol o cualquier otro estupefaciente. d) Violar la correspondencia. e) Promover riñas, gritos, silbidos y cualquier otro desorden dentro del establecimiento. f) Manchar, dañar, rayar paredes, pupitres, pizarras y cualquier objeto perteneciente al establecimiento. g) El fraude comprobado en la realización de exámenes. h) Escrudiñar el libro pedagógico y cualquier material que se encuentre en cualquier oficina. Art. 94 Son faltas muy graves: a) Reincidencia en las faltas graves. b) Denigrar a la institución o sus representantes dentro y fuera de la misma. c) Fumar dentro del establecimiento. d) Portar armas y objetos punzo-cortantes. e) Robo en perjuicio de cualquier persona dentro y fuera del Instituto. f) Malversación de fondos del instituto o de cualquier o de cualquier compañero estudiante. g) Práctica de actos inmorales, soborno, violación dentro y fuera de la institución. h) Introducción de drogas y licores o cualquier otro objeto prohibido por las leyes del ramo. i) Sustracción de documentos de exámenes j) Falsificación de expedientes, notas, calificaciones o cualquier otro documento. k) Agresión física en contra de cualquier miembro de la institución. l) Causar daños intencional al edificio, enseres y mobiliario m) Promover desórdenes con pretexto de despedida de año, cumpleaños o actividades recreativas y deportivas o cívico culturales. n) Portar en los desfiles pancartas, mantas u otros que no sean alusivas al acto que se celebra y que no estén autorizadas por la Institución.

Art. 95 Son sanciones por faltas leves: a) Amonestación verbal por el catedrático, director, sub director o consejeros de estudiantes. b) Amonestación por escrito. c) Todas las contempladas en el reglamento general de educación media. Art. 96 Las sanciones por faltas graves. a) Amonestación escrita, con copia para sus padres, para su expediente y advertencia de suspensión temporal. b) Pago de los daños si fuere necesario. c) Expulsión hasta por tres días por los consejeros de estudiantes. d) Expulsión hasta por quince días por reincidir en cualquier falta grave. Art. 97 Sanciones por falta muy graves. a) Aplicación del reglamento de educación media en su art. 297. b) Cancelación de matrícula. c) Todas las contempladas en el reglamento general de educación media. Art. 98 Tendrán efecto de ley todo lo contemplado en el reglamento general de educación media respecto a las faltas y sanciones estudiantiles. Capítulo IX Del bienestar estudiantil Art. 99 Todo lo prescrito en el reglamento de orientación. Art. 100 Cuando existan las organizaciones estudiantiles, las mismas estarán sujetas a las reglamentaciones del ramo y las autoridades superiores. Art. 101 Cada curso se organizará en consejo de curso asesorados por el profesor guía, de acuerdo a lo establecido a las leyes del ramo. Art. 102 Toda organización estudiantil existente en el Instituto deberá estar asesorada por el departamento de orientación y la dirección. Art. 103 Cualquier problema o situación parecida será conocida por el consejo de orientación y del consejo técnico emitirá su fallo cuando el caso lo amerite, salvo cuando haya que aplicar sanciones, que será el cuerpo docente quien decida. Art. 111 Solamente a los alumnos que pierdan de 8 a todas las asignaturas serán emitidos como repitentes. Art 112 El alumno que apareciere en tres o más reportes de consejería, debido a su indisciplina manifiesta no serán admitidos en el año siguiente.

Art. 113 Los consejeros de estudiantes de acuerdo a la reincidencia de las faltas, pasarán una lista a la secretaría del Instituto con copia al departamento de orientación y la dirección de los alumnos que no deberán ser remitidos en el siguiente periodo escolar. Art. 114 El departamento de orientación, consejería y secretaría podrán determinar que alumnos son admitidos con matrícula condicionada, dependiendo de su rendimiento académico, debiendo para ello el padre de familia, tutor o encargado firmar un acta de compromiso al igual que el alumno matriculado. Capítulo XI De los padres de familia Art. 115 Integran la sociedad de padres de familia todos aquellos que tienen hijos o pupilos inscritos en la jornada diurna. Art. 116 La sociedad de padres de familia será un bastión en el proceso de enseñanza aprendizaje, como institución de apoyo en el mismo. Art. 117 La sociedad de padres de familia tendrá sus propios estatutos y será organizada bajo la asesoría de la dirección y el departamento de orientación. Art. 118 Todo lo prescrito a su funcionamiento también estará sujeto a los dispuesto en el reglamento general de educación media y el reglamento de orientación. Capítulo XII Disposiciones generales Art. 119 Todas las reglamentaciones emitidas convencionalmente en este reglamento interno serán consultados en el reglamento general de educación media. Art. 120 Este reglamento, revisado y actualizado será refrendado por la dirección general de educación media y técnica. Art. 121 Todo lo contemplado en este reglamento será objeto de estudio y decisión del consejo técnico del instituto y en su defecto por la dirección general de educación media y técnica cuando el caso lo amerite y de acuerdo a su competencia.

ALUMNOS