Inspeccion de obras

1. INGENIERO RESIDENTE Está obligado a suscribir el acta de recepción de entrega del terreno donde se ejecutara la obra.

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1. INGENIERO RESIDENTE Está obligado a suscribir el acta de recepción de entrega del terreno donde se ejecutara la obra. Es el responsable directo de la ejecución y manejo de la obra a su cargo, en los aspectos técnicos y administrativos. 2. INGENIERO INSPECTOR Es el representante del Ente Contratante y generalmente es el único autorizado para comunicar al contratista, las posibles modificaciones (Autorizadas por el contratante) o nuevas propuestas técnicas que modifiquen el proyecto o el presupuesto. 3. INSPECCION DE OBRA Es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realización de la obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales derivados del interés colectivo y objetivos específicos derivados de los variados intereses que intervienen en el proceso total de la obra. Alcance: Al desempeñarse como Inspector, el profesional actúa como representante del Ente Contratante ante el Contratista y ante los beneficiarios de la obra. Este tipo de servicio involucra: 1) La inspección técnica. 2) La inspección administrativa. 4. TIPOS DE INSPECCION 

La inspección técnica: Cuyo objeto es garantizar que la obra se ejecute de acuerdo con los planos y especificaciones, requiriéndose en la mayoría de los casos servicios de apoyo, como la ejecución de ensayos de control de calidad, mediciones o levantamientos topográficos, etc.



La inspección administrativa: La cual implica mediciones de obra, verificación del presupuesto, trámite de actas, control de programas de trabajo y autorizaciones de pago o valuaciones al Contratista: firma de valuaciones las actividades necesarias para inspeccionar una obra deben responder a un proceso previo de estudio, donde se deberán determinar los

factores incidentes para lograr una inspección eficiente y eficaz de acuerdo con la obra que se va ejecutar. 5. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL INGENIERO INSPECTOR Y RESIDENTE Ingeniero Residente: 

El ingeniero residente está obligado a suscribir el acta de recepción de entrega del terreno donde se ejecutara la obra.



Es responsable directo de la ejecución y manejo de la obra a su cargo, en los aspectos técnicos y administrativos.



Controlar el buen estado de operatividad y el buen uso del equipo mecánico asignado así como el aprovisionamiento oportuno de los insumos necesarios.



Autorizar, controlar y evaluar el gasto de planillas, combustibles, lubricantes repuestos,

viáticos,

y

otros

rubros

inherentes

a

las

actividades

administrativas del proyecto. 

Impartir normas de seguridad para el personal y custodia de los bienes de la obra a su cargo.



Supervisar, controlar y evaluar el cumplimiento de las funciones y responsabilidades del personal técnico y administrativo a su cargo.

Ingeniero Inspector: 

Elaborar y firmar el Acta de Inicio de los trabajos conjuntamente con el Ingeniero Residente y el Contratista.



Supervisar la calidad de los materiales, los equipos y la tecnología que el contratista utilizará en la obra.



Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales, y equipos que no reúnan las condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra.



Fiscalizar los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las obras concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos, 2

a las especificaciones particulares, al presupuesto original o a sus modificaciones, a las instrucciones del ente contratante y a todas las características exigibles para los trabajos que ejecute el contratista. 

Rechazar cualquier integrante del personal técnico u obrero del contratista cuando a su juicio no sea idóneo para la ejecución de los trabajos o sea perjudicial a la buena marcha de los mismos.

6. CUALES SON LAS CUALIDADES DEL INGENIERO INSPECTOR Y RESIDENTE Ingeniero Inspector: 

Intuición.



Disciplina.



Iniciativa.



Sentido común.



Sensibilidad social.



Facilidad de expresión y redacción.

Ingeniero Residente: 

Honestidad a toda prueba.



Atención permanente.



Responsabilidad.



Experiencia suficiente.



Decisión.



Capacidad para trabajos de campo.



Autoridad (Técnica, Administrativa, Laboral).



Buenas Relaciones con los elementos del proceso.

7. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligación y responsabilidad de realizar una obra a través de una relación contractual en un lapso establecido y por un monto acordado. Según el tipo de contrato, aporta elementos de trabajo, 3

materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares necesarios y previstos en el presupuesto contratado. 8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN LA OBRA Y CON TERCEROS Los contratistas y subcontratistas que realizan su actividad en una obra de construcción tienen la consideración, a efectos legales, de empresas que desarrollan su actividad en una obra (centro de trabajo). En consecuencia, tendrán la obligación, respecto a sus propios trabajadores, de cumplir todas las exigencias derivadas del deber de protección (art. 14 Ley 31/1995). Más concretamente, desglosando el artículo 11 del RD 1627/97 referente a las obligaciones de contratistas y subcontratistas en obra de construcción, los contratistas y subcontratistas estarán obligados a: 1. Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, desarrolladas en el artículo 10 del RD 1627/97. 2. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud. Para ello, cada contratista, previo al inicio de los trabajos, deberá hacer entrega a cada subcontratista y trabajador autónomo que haya contratado, aquella parte del plan de seguridad y salud que le afecte. De igual forma, el empresario (contratista y subcontratista) deberá informar a sus trabajadores sobre los riesgos y medidas preventivas en obra y cuáles son sus obligaciones al respecto. 3. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales desarrolladas por el RD 171/2004. En concreto hace referencia a su deber de cooperación y al deber de información, ampliamente desarrollado en otros artículos publicados en este portal.

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4. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. Esta información e instrucciones puede ser de carácter general (la que emana del plan de prevención de la empresa que le subcontrata) y específica (derivada del plan de seguridad y salud), más concretamente la relativa a los riesgos y medidas preventivas generales de obra y tareas del trabajador. 5. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa. De ello se deriva que el incumplimiento de las medidas previstas en el plan de seguridad y salud en el trabajo, por

parte

de

contratistas

y

subcontratistas,

será

objeto

de

responsabilidad administrativa. 9. CUALES

SON

LAS

CARACTERISTICAS

DE

UN

INGENIERO

INSPECTOR IDEAL 

Debe tener experiencia en las técnicas constructivas, en la interpretación de planos, y en la organización y administración de obras.



Conocer y dominar las normas vigentes para la construcción, a fin de aplicarlas con seguridad en la obra.



Criterios profesionales bien formados mediante el análisis concienzudo de los problemas de ingeniería, que le permitan tomar decisiones maduras y efectivas.



Una esmerada preparación profesional y conocimientos sólidos de la construcción, que le permitan aplicar, o recomendar su aplicación en la obra, de una tecnología moderna, práctica y segura.



Conocer y saber aplicar los métodos de control de calidad en el área que le compete.



Observador acucioso para detectar los detalles, identificar las fallas y preocuparse por que se ejecuten los correctivos cuando sean necesarios. 5

10. INSPECCION AL CONTROL DE CALIDAD Arquitecto Alfredo Cilento, en la Ponencia “La Inspección de Obras, la Normalización y el Control de Calidad en el Sector Construcción” presentada en las Primeras Jornadas Venezolanas sobre Inspección de Obras, dice: El control de calidad en su sentido más amplio se refiere al control sistemático de aquellas variables de los procesos de producción que influyen sobre la excelencia del producto final. Estas variables se deben a la aplicación de los materiales, hombres y maquinarias; y a las condiciones de fabricación. 11. RESIDENCIA DE OBRA Y SU ALCANCE Es una actividad ejecutada para una empresa o contratista, por un profesional de la ingeniería Colegiado o grupo de profesionales y técnicos, coordinados igualmente por un profesional de la ingeniería responsable de dirigir la ejecución de una obra y cuya misión primordial consiste en ejecutar la construcción de la obra tal como se previó en los planos, especificaciones y demás documentos del proyecto, salvo las adaptaciones aprobadas que sean necesarias en campo; de conformidad con el presupuesto y el proyecto de la Obra, las normas técnicas y de seguridad, la ética y dentro de los límites presupuestarios y contractuales programados. Alcance: El profesional residente suele tener simultáneamente la responsabilidad técnica y administrativa de la obra, no obstante, de acuerdo a la magnitud de la obra, las funciones administrativas pueden compartirse o asignarse a personal de apoyo al residente. El ejercicio de las funciones del profesional residente reviste obligatoriedad legal para efectuar construcciones, detentando además como persona natural o jurídica responsabilidad civil y penal de la construcción, compartida con el Contratista. 12. CUALES SON LAS ACTIVIDADES PREVIAS A LA INSPECCION Y EXPLIQUE 6



Previo al inicio de la obra, revisar los documentos relacionados con el terreno, estudios e investigaciones, permisos, trámites oficiales, incluyendo la preparación de informes relacionados con estos tópicos.



Revisar de forma detallada los planos de la construcción, elaborados por el contratista y los fabricantes de equipos.



Velar porque el cumplimiento de la obra esté bajo el concepto con el que fue diseñado, indistintamente de las circunstancias o inconvenientes que puedan presentarse durante el desarrollo de la misma.



Solucionar aquellos problemas de diseño complementarios al proyecto, elaborando cualquier tipo de documentación necesaria (diseño de croquis, planos, especificaciones complementarias, etc).



Coordinar y vigilar el correcto desempeño de la obra, de manera que todas las actividades se realicen bajo el total cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas y de seguridad, siguiendo así lo mejor posible, el diseño elaborado en los planos del proyecto.



Proporcionar indicaciones oportunas, eficaces y aptas a la dirección de Inspección y Residencia de la obra, en su calidad de asesor.



Garantizar que el desarrollo de la obra se realice bajo el presupuesto, costos y los tiempos calculados para la misma o a lo sumo lo más parecido a dicha proyección.



Revisar los contratos y los conocimientos técnicos responsables de los contratistas.



Recabar todo tipo de documentos generales de consulta y control.



Realizar el debido control de calidad en materiales, maquinaria y equipos dispuestos para el proyecto.



Finalmente, revisar regularmente los informes que elabora la dirección de inspección de la obra, donde acepta conforme el desarrollo de la misma.

13. CONSIDERACIONES DE LA RESIDENCIA DE OBRAS DE ACUERDO AL COLEGIO DE INGENIEROS 7

Se entiende por residencia, el servicio prestado por un profesional que actúa como representante técnico y profesional del contratista, durante la ejecución de una obra. Su misión tiene como fin primordial el que ella sea ejecutada eficientemente, de conformidad con las mejores normas técnicas y de seguridad, según los planos, especificaciones y demás documentos del proyecto. El profesional residente suele tener simultáneamente la responsabilidad técnica y administrativa de la obra; sin embargo de acuerdo a la magnitud de la misma se le puede desligar de la responsabilidad administrativa. En cualquier caso sin embargo, las funciones del profesional residente son de obligatoriedad legal, detentando además como persona jurídica individual y en primera instancia, la responsabilidad civil y penal de la construcción. Consiste en llevar adelante la obra en la forma tal como se previó en el proyecto, salvo los ajustes que sea necesario efectuar en campo, para desarrollar de una mejor manera la obra dentro de los límites presupuestarios programados. Sustituye en muchos casos las actividades y alcances indicados en la gerencia de construcción (SI-10), incluye el asiento de información (Libro de Obra-CIV). Normalmente la residencia es llevada a cabo por un sólo profesional responsable en el sitio de la obra, pudiéndose acordar con el cliente la coordinación de personal supervisor adicional, puesto a disposición por el cliente para la obra. 14. OBLIGACIONES DE LA PRESENCIA DEL INGENIERO RESIDENTE EN LAS OBRAS DECRETO Nº 1.417- CGCO-GACETA Nº 5096 DEL 16/09/96 (Importante para la defensa del Ejercicio Profesional). “Artículo 21° CGCO: El contratista deberá mantener al frente de la obra un Ingeniero en legal y libre ejercicio de la profesión, quién ejercerá las funciones de Ingeniero Residente, con experiencia y especialidad en el área de la obra objeto del contrato, certificado como tal por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, y participará por escrito al Ente Contratante la designación de éste, acompañada de la constancia de su aceptación, de copia de la solvencia y la certificación emitida 8

por el Colegio de Ingeniero de Venezuela. El Ingeniero Residente tendrá poder suficiente para actuar por el Contratista durante la ejecución de los trabajos.” “El contratista deberá notificar al ente contratante cuando por cualquier causa deba sustituir al Ingeniero Residente designado. Mientras el contratista no dé cumplimiento a lo previsto en este artículo, no podrá iniciar o continuar según el caso la ejecución de la obra. El ente contratante podrá ordenar la paralización de los trabajos en cualquier momento cuando compruebe que no se cumple lo previsto en este artículo, sin perjuicio de declarar la rescisión del contrato si el incumplimiento de este requisito se prolonga por más de una semana. En caso de que el Ingeniero Residente se retire de la obra sin dar previo aviso al contratista o cuando se compruebe debidamente que ha sufrido un accidente, alguna enfermedad u otra causa que lo justifique, el Contratista no podrá continuar las obras sin la presencia de un Ingeniero Residente. El ente contratante tendrá el derecho de rechazar al Ingeniero Residente designado por el contratista cuando, a su juicio, existan causas que lo justifiquen. Cuando la naturaleza de la obra lo requiera, el ente contratante podrá exigir al contratista la designación de varios Ingenieros en ejercicio legal de la profesión. En tal caso, uno de ellos deberá ser designado Ingeniero Residente de la Obra.”

15. RESPONSABILIDAD DEL ENTE CONTRATANTE, ENTE EJECUTO, SUPERVISOR, GERENCIA 

DE

CONTRALORIA PROYECTOS,

Y

UNIDAD

DE

CONTRATISTA,

EOBRAS Y GERENTE GENERAL DE PROYECTOS Ente contratante:

9

FISCALIZACION, SUPERVISION

D

Organismo Público, Persona Natural o Jurídica, de carácter Público o Privado, encargado de ejecutar una obra de ingeniería, Contratar un servicio o adquirir bienes, bien sea para uso colectivo o particular, mediante el aporte de los recursos financieros y la contratación de una o varias empresas contratistas, según la magnitud o complejidad del proyecto. Ente que origina la contratación y la avala un Contrato mediante la firma de su representante legal, efectuando los pagos correspondientes. 

Ente ejecutor:

Entidad encargada de llevar adelante una determinada obra con la aplicación de las medidas de control e inspección. Ejemplo: el ente contratante puede ser una Gobernación de Estado y el ejecutor podría ser una Dirección de un Ministerio, o también un Instituto Estadal y una dependencia regional adscrita a un Ministerio, respectivamente. Generalmente el Contratante y el Ejecutor son la misma persona jurídica.  Supervisor: Profesional de la Ingeniería altamente calificado, designado como asesor para prestar asistencia técnica al contratante de obras, sirve como un apoyo adicional y asistencia a las labores de Inspección y Residencia, para hacer cumplir los criterios y concepción original de la obra, canalizando las necesidades que surjan de modificaciones del proyecto o nuevas especificaciones.  Contraloría o unidad de fiscalización: En los Organismos Públicos y en algunos entes privados existe un órgano que se encarga por velar que efectivamente los recursos se están invirtiendo de acuerdo con las previsiones presupuestarias y al marco técnico y administrativo.  Gerencia de Proyectos: Con el transcurrir del tiempo las obras se hacen más sofisticadas. La especialización se diversifica. Surge un nuevo elemento adicional a la Inspección: La Gerencia de Proyectos, dentro del proceso total de la obra, conforma un sistema o manejo integral de coordinación, control, evaluación y retroalimentación de todo el proceso de la obra desde el momento mismo de su concepción, donde la Inspección es una fase de apoyo dentro de ese sistema. 10



Contratista:

Empresa Calificada que asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligación y responsabilidad de realizar una obra a través de una relación contractual en un lapso establecido y por un monto acordado. Según el tipo de contrato, aporta elementos de trabajo, materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares necesarios y previstos en el presupuesto contratado. 

Supervisión de Obras:

Servicio que realiza periódicamente el profesional consultor durante la ejecución de una obra de manera que, actuando directamente en representación del propietario,

comitente

(Contratante),

promotor

o

entidad

financiera

correspondiente, cumpla conjunta o separadamente sus objetivos. En general su responsabilidad no implica funciones de dirección pero sí, de asesoramiento, vigilancia y control. 

Gerente general de proyectos:

Hay casos en los cuales el cliente cuenta dentro de su organización con recursos profesionales capacitados y desea llevar a cabo un proyecto, generalmente de elevada complejidad, desde sus estudios preliminares hasta la puesta en marcha de la obra, pero no cuenta con la organización adecuada o suficiente para acometerlos por sí mismo.

16. INSPECCION DE TRABAJO La Inspección de Trabajo, es un servicio público a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que tiene como objeto velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales en materia laboral, de promoción y formación para el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir o solucionar los conflictos o riesgoslaborales entre trabajadores y empleadores.

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17. COMPUTOS METRICOS Es un estudio minucioso de todos los elementos del proyecto, para determinar qué cantidad de materiales y qué cantidad de obra requiere y por supuesto cuánto costará hacer realidad ese proyecto. 18. CONCEPTO Y DIFERENCIAS DE TIPOS DE ACERAS, BROCALES, 

ASFALTADOS Y BACHEO Acera:

Las aceras constituyen una sección de la orilla de una vía pública destinada a la circulación de peatones; debe tener una superficie cómoda y durable y brindar seguridad a los usuarios. Tipos de acera: o Aceras baldosas: Son los solados constituidos por baldosas de cemento sobre una base de hormigón en masa. o Aceras de cemente continuo: Son los solados constituidos por una capa de mortero sobre un cimiento de hormigón. 

Brocal:

Es un antepecho que rodea la boca de un pozo para impedir que alguien se caiga en él.



Asfaltado:

Es un material viscoso, pegajoso y de color negro. Se utiliza mezclado con arena o gravilla para pavimentar caminos y como revestimiento impermeabilizante de muros y tejados. Tipos de asfalto: o Asfalto natural: Se encuentra en estado natural formando una mezcla compleja de hidrocarburos sólidos en lagunas de algunas cuencas petroleras, como sucede en el lago de Guanoco, el lago de asfalto más 12

extenso del mundo (Estado Sucre, Venezuela), con 4km² de extensión y 75 millones de barriles de asfalto natural. o Asfalto de petróleo: Es un asfalto obtenido de la destilación del crudo de petróleo. o Asfalto fillerizado: Asfalto elaborado a partir de un cemento asfáltico, al cual luego de un proceso de oxidación, se le incorpora una carga mineral inerte. Asfalto que contiene materias minerales finamente molidas que pasan por el tamiz N°200. o Asfalto liquido: Material asfáltico cuya consistencia blanda o fluida hace que esté fuera del campo de aplicación del ensayo de penetración, cuyo límite máximo es 300.Generalmente, se obtienen fluidificando el betún asfáltico con disolventes de petróleo, al exponer estos productos a los agentes atmosféricos los disolventes se evaporan, dejando solamente el betún asfáltico en condiciones de cumplir su función. 

Bacheo:

Es cuando la superficie presenta fallos, brechas o huecos se requiere de un método rápido y eficiente que soluciones permanentemente la falla del pavimento, sin contaminar, y que la presencia del agua o temperatura del material al ser aplicado garanticen su duración y así no tener que repetir este trabajo.

19. LIBROS DE OBRAS Y SU USO Documento con páginas numeradas que forma parte del expediente oficial de la obra y que se mantiene en ésta durante su desarrollo, en el cual se consignan las instrucciones y observaciones a la obra formuladas por los profesionales competentes, los instaladores autorizados, el inspector técnico, el revisor independiente cuando corresponda, y los inspectores de la Dirección de Obras Municipales o de los Organismos que autorizan las instalaciones. 20. VALUACIÓN Y CUADRO DE CIERRE 

Valuación: 13

Son los documentos o formatos requeridos para el pago de anticipos, valuaciones de obra ejecutada, variaciones de precios o devolución de retenciones. 

Cuadro de cierre:

Es el resumen de las cantidades de obras realmente ejecutadas en una construcción. 21. PASOS PARA UNA CONTRATACIÓN DE OBRAS 

Preparación:

El contrato de obras se inicia con una fase preparatoria, que incluye la elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto, y que necesariamente precederá a la adjudicación del contrato. 

Elaboración del proyecto:

La elaboración del proyecto corresponderá normalmente al ente del sector público que contrata. Excepcionalmente, la elaboración del proyecto podrá ser realizada por la propia empresa contratista. Tal supuesto se contempla para situaciones de gran dificultad técnica, e implica la necesidad de que la Administración presente un anteproyecto al que se ajustará el proyecto que elabore el contratista.



Supervisión:

La solicitud de informe de la oficina o unidad de supervisión correspondiente será obligatoria para las obras de cuantía igual o superior a 350.000 €, y para las obras que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad del inmueble. En los demás casos, la solicitud de informe será potestativa. 

Replanteo:

El replanteo del proyecto de obra consiste en la comprobación de la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución. El replanteo se producirá tras la aprobación del proyecto, y antes de la tramitación del expediente de contratación. 14

22. CONTRATO DE OBRAS Es aquel mediante el cual una parte se compromete a ejecutar determinado trabajo, por si solo o bajo su dirección, mediante un precio que la otra se obliga a satisfacerle. De acuerdo a esta definición legal, se puede entender que el contrato de obras es aquel en el que una persona se obliga a ejecutar un determinado trabajo de orden cualquiera, con vistas a un resultado final y en razón de una contraprestación o precio, que la otra se obliga a satisfacerle.

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