Informe Final Del Residente_CSA

Informe Final del Residente de Obra LIQUIDACION DE OBRA PROYECTO: OBRA : Componente : 1) CONSTRUCCION DE PISTAS, VE

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Informe Final del Residente de Obra LIQUIDACION DE OBRA PROYECTO: OBRA

:

Componente

:

1)

CONSTRUCCION DE PISTAS, VEREDAS, DRENAJE PLUVIAL Y RECUPERACIÓN DE ÁREAS VERDES EN LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS, BARRIOS, CALLES Y JIRONES DEL DISTRITO DE CHAUPIMARCA, PROVINCIA DE PASCO - PASCO SALDO DE OBRA CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LOS JIRONES SAN SEBASTIAN, AV. LOS INSURGENTES Y PASAJE TUPAC AMARU

METAS PROGRAMADAS: En cuanto se refiere a esta estructura, se está considerando la construcción en todo el tramo de la vía en estudio de la siguiente manera:  Av. Los Insurgentes con una extensión de total de 147.56 ml, espesor del pavimento de e = 0.25m y ancho A=11.50m. 

Jr. Túpac Amaru con una extensión de total de 185.5 ml, espesor del pavimento e = 0.20m y ancho variable de A= 4m @ 6m según se detalla en los planos



Jr. San Sebastián con una extensión de total de 123.47 ml, espesor de e = 0.20m y ancho ancho=5.00 @ 7.60m en promedio.

Con la construcción de adicional de veredas, sardineles, muros de contención, sistemas de drenaje y tratamiento de áreas verdes. 2)

DE LOS AVANCES EJECUTADOS: Los avances mensuales fueron los siguientes, en donde está incluido un deductivo por partidas no ejecutadas por razones de orden técnico, los cuales fueron acordados con el inspector de obra:

3)

METRADOS EJECUTADOS: En la memoria descriptiva se adjunta cuadro de los metrados ejecutados que corresponden al expediente original. Además, hubo partidas que no se ejecutaron por razones técnicas, previo acuerdo con el Inspector de Obra, de los cuales se presentan los metrados respectivos: Item

4)

PA R T I D A

Und

Metrado

2.03 02.03.01 02.03.01.01 02.03.01.02 02.03.02 02.03.02.01 02.03.02.02 02.03.03 02.03.03.01 02.03.03.02 02.03.03.03 02.03.03.04

SUMIDEROS TRABAJOS PRELIMINARES LIMPIEZA DE TERRANO MANUAL TRAZO NIVELES Y REPLANTEO PRELIMINAR MOVIMIENTO DE TIERRAS EXCAVACION MANUAL EN TERRENO COMPACTO ELIMINACION DE MAT. EXCED. C/MAQ. d>1km OBRAS DE CONCRETO SIMPLE SUMIDERO DE CONCRETO DE F'C=175 KG/CM2. ENCOFRADO Y DESENCOFRADO SUMIDEROS ACERO FY=4200 KG/CM2 GRADO 60 REJILLA FIERRO 1/2" (0.30 DE ANCHO )

m2 m2 m3 m3 m3 m2 kg und

3.60 3.60 5.40 7.02 1.60 32.73 12.93 3.00

03.06 03.06.01 03.06.02

OTROS BARANDA DE TUBERIA FºGº DE 2 " SEGUN DISEÑO PINTURA EN BARANDAS METALICAS

m m

53.05 53.05

DE LOS ADICIONALES DE OBRA: No se han generado adicionales de obra a cargo del contratista. El adicional generado estuvo a cargo de la Entidad, tanto en la formulación del expediente técnico y de la ejecución del mismo, por el cual la obra sufrió una paralización de la obra por 49 días calendarios. Por el cual si corresponde el reconocimiento y el pago de los Mayores Gastos Generales

5)

DE LA PARALIZACION DE LA OBRA: En vista que en las tres áreas o componentes de la obra se ha encontrado redes de desagüe en mas estado de conservación, razón por el cual se comunicó este hecho al Inspector de Obra, luego de cual la Entidad tomo la decisión de hacerse cargo directamente de ejecución en el cambio de las redes del desagüe por tuberías nuevas. Motivo por el cual la obra estuvo paralizado desde el día 18-marzo-2017 hasta el día 05-mayo-2017, paralización que duro 49 días calendarios. Esta paralización se procedió en mérito al Art. 153 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, paralización que se tomó de mutuo acuerdo entre el Contratista y la Entidad, por el cual se suscribió el Acta de Paralización respectiva.

6)

DE LA AMPLIACION DE PLAZO: Una vez culminado la paralización de la obra, en mérito al Art. 169 y 170 se procedió a solicitar la respectiva Ampliación del Plazo de Ejecución Nº 01, por 49 días calendarios, con el cual la nueva fecha de culminación de la obra fue el día 05-julio-2017. Esta Ampliación de Plazo Nº 01 fue aprobado mediante la Resolución de Alcaldía Nº 0196-2017HMPP/A de fecha 25-mayo-2017.

7)

DE LOS CALCULOS: (A) DE LO COBRADO POR EL CONTRATISTA El contratista ha facturado el 99.50% del Monto del Contrato y por la suma de S/. 1’593,625.56 el cual corresponde a las 06 valorizaciones practicadas a lo largo de la ejecución de la obra; del cual solo ha quedado retenido el Fondo de Garantía de Fiel Cumplimiento que está en custodia de la Entidad y es por la suma de S/. 160,162.63. Por el Contratista solo ha recibido la suma efectiva de S/. 1’433,462.93 (B) DE LAS RETENCONES: En las 02 primeras valorizaciones se ha retenido el 100% del Fondo de Garantía de Fiel Cumplimiento, el cual se encuentra en custodia de la Entidad y este será devuelto cuando la Liquidación de Obra sea aprobado bajo documento resolutivo. El Fondo de Garantía de Fiel Cumplimiento que está retenido asciende a S/. 160,162.63 (C) DE LOS INTERESES POR DEMORA EN EL PAGO DE LAS VALORIZACIONES: En mérito al Art. 166 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Último párrafo) corresponde el pago de intereses por valorizaciones pagadas fuera de los plazos establecidos por razones imputables a la Entidad. Estos intereses se calculan en base a lo indicado en los Art. 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Pero en la presente liquidación el contratista renuncia al cobro de estos intereses generados. (D) MAYORES GASTOS GENERALES: Estos se calculan en virtud a que la obra ha sufrido una ampliación del plazo de ejecución por una paralización de la obra por un hecho no atribuible al contratista, lo cual está estipulado en el Art. 171 y 172 del Reglamento de la Ley Contrataciones del Estado. Los Mayores Gastos Generales solo se calculan para los Gastos Generales Variables, tal como está establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De la hoja de Gasto Generales del Expediente Técnico este es por la suma total de S/. 83,343.62 y del cual solo corresponde a los Gastos Generales Variables la suma de S/. 74,374.11 Siendo el plazo de ejecución contractual de 120 días calendarios, el Gasto General Variable Diario (GGVD) es por la suma de S/. 619.78 y para el cálculo de los Mayores Gastos Generales Variable se ha empleado la siguiente relación:

𝑀𝐺𝐺𝑉 = 𝑁 𝑥 𝐺𝐺𝑉𝐷 𝑥

𝐼𝑝 𝐼𝑜

Siendo “Io” el Índice Unificado de Precios para el Código 39 a la fecha del Presupuesto Referencial el cual está indicado en las Bases Integradas, que corresponde al mes de julio-2016 y para el Área Geográfica “3” al cual pertenece la región de Pasco. Además, Ip corresponde al Índice Unificado de Precios para el Código 39 a la fecha en que sucede la respectiva ampliación de plazo. La Ampliación de Plazo Nº 01, cuya causal fue la paralización de la obra desde el día 18-marzo2017 hasta el 05-mayo-2017, por un lapso de 49 días calendarios Los cálculos arrojan que el total de los Mayores Gastos Generales Variable ascienden a:

Periodo

Io

Ip

# de Días

18-Mar-17 31-Mar-17

429.42

444.52

14

S/

619.78 S/

01-Abr-17

429.42

443.37

30

S/

619.78

S/

19,197.55

01-May-17 05-May-17 429.42

441.5

5

S/

619.78 S/

3,186.10

TOTAL

49

Inicio

Fin

30-Abr-17

GGD

SUB TOTAL

MGG 8,982.09

= S/

31,365.74

Impuesto IGV (18%) = S/

5,645.83

TOTAL MAYORES GASTOS GENERALES = S/

37,011.57

Pero en el momento de la paralización de la obra se suscribió la respectiva Acta de Paralización, en donde además se acordó que la paralización no generaría los mayores gastos generales, razón por el cual este monto de S/. 37,011.57 no podrá ser reconocido. Además, el cual está indicado en el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 0196-2017HMPP/A. (E) DE LOS REINTEGROS: Para el cálculo de los reajustes de las valorizaciones contractuales, adicionales y deductivos, se ha tomado en cuenta los 03 calendarios por el cual ha transcurrido el plazo de ejecución de la obra, a razón de que la obra ha sufrido una Ampliaciones de Plazo por 49 días calendarios. Los reintegros se han calculado en base a los Calendarios de Avance de Obra Valorizado Programado Contractual y los actualizados, del cual se han tomado los montos de las valorizaciones programadas para el reajuste de las valorizaciones ejecutadas. Estos se calculan en merito a lo establecido en los Art. 17 y 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y Decreto Supremo Nº 011-79-VC (sus modificatorias, ampliatorias y complementarias). Para los reajustes se ha procedido acorde a lo establecido en el Articulo Nº 07 del D.S. Nº 01179-VC del 01-mar-1979, concordado con el D.S. Nº 011-89-VC del 12-set-1989. Los Índices Unificados de Precios de la Construcción fueron obtenidos de la página web del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), estos fueron bajados en formato Excel del cual esta adjuntado en el respectivo disco CD. Se adjunta la hoja de cálculo de los coeficientes de reajuste mes por mes y una copia de única fórmula polinómica. Siendo la fecha del Presupuesto Referencial el cual está indicado en las Bases Integradas, que corresponde al mes de julio-2016 y para el Área Geográfica “3” al cual pertenece la región de Pasco. Los reintegros de los avances programados del presupuesto contractual y de las valorizaciones ejecutadas, se calcularon en base a la siguiente relación: 𝑅 =𝑉(𝐾−1) Siendo el total del reintegro del presupuesto contractual la suma de S/. 38,924.92 con I.G.V.

VAL

MES

1 2 3 4 5 6

Ene-17 Feb-17 Mar-17 May-17 Jun-17 Jul-17

REINTEGRO AUTORIZADO

DEDUCCIONES QUE NO REINTEGRO NETO AUTORIZADO CORRESPONDEN

2,169.87 1,550.79 6,131.95 8,245.12 12,704.21 2,185.28 Sub Total Impuestos IGV 18% Total Reintegros

2,169.87 1,550.79 6,131.95 8,245.12 12,704.21 2,185.28 32,987.22 5,937.70 38,924.92

La Deducción del Adelanto Directo por reintegros que no corresponde se calcula para cada fórmula polinómica mes a mes y para los avances valorizados mensuales ejecutados contractuales y se determina en base la siguiente relación matemática: 𝐷 = 𝑉𝑝 𝑥

𝐴 𝐾𝑣 𝑥 ( −1) 𝐶 𝐾𝑎

La Deducción del Adelanto para Materiales por reintegros que no corresponde se calcula para cada una de las formulas polinómicas mes a mes y para los avances valorizados mensuales ejecutadas contractuales y se determina en base la siguiente relación matemática:

𝐷 = 𝑉 𝑥 𝐶𝐼 𝑥 (%𝐼) 𝑥 (

𝐼𝑚𝑟−𝐼𝑚𝑎 𝐼𝑚𝑜

)

Para el presente caso no se ha calculado estas deducciones de reintegros que no corresponden en vista que el contratista no ha solicitado ninguno de los adelantos, por tanto no corresponde este tipo de cálculos.

8)

DE LOS DEDUCTIVOS Por partidas no ejecutadas que asciende a la suma de S/. 8,000.73 el cual está considerado como un deductivo de obra, este fue previamente coordinado con el Inspector de Obra y el cual que será aprobado en la presente Liquidación de Obra. Este deductivo quedo autorizado por el Inspector de Obra, una vez que aprobó la Valorización de Obra Nº 06, solo falta su aprobación legal el cual se tiene que dar con la presente Liquidación de Obra.

9)

DE LAS DEVOLUCIONES: A la aprobación de la Liquidación de la Obra mediante acto resolutivo corresponde a la Entidad devolver al Contratista la suma de S/. 160,162.63 que corresponde al monto retenido que corresponde al Fondo de Garantía de Fiel Cumplimiento.

10)

PENALIDAD: Como el Contratista se ha demorado legalmente 02 días calendarios en la culminación de la obra, en mérito al Art. 132 y 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde la aplicación de la respectiva penalidad. Siendo la penalidad diaria de S/. 6,318.05 y la penalidad por los 02 días de atraso es por la suma total de S/. 12,636.10 Esta penalidad debe ser descontado del fondo de garantía de fiel cumplimiento.

11)

DE SALDOS A FAVOR:

Devolución de Retenciones Penalidad TOTAL

12)

FGFC

S/. S/. S/.

160,162.63 -12,636.10 147,526.53

POR RECONOCER AL CONTRATISTA:

Reintegros Mayores Gastos Generales

S/. S/. S/.

38,924.92 37,011.57 75,936.49