INFORME FINA - EMPRESA BACKUS

UNIVERSIDAD TÉCNOLOGICA DEL PERÚ FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS Escuela Profesional de Administración de Empresas

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UNIVERSIDAD TÉCNOLOGICA DEL PERÚ FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS Escuela Profesional de Administración de Empresas

INFORME:

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LA EMPRESA UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A.

Autores: GUERRERO ROJAS, Eduardo. LIZANA CARLOS, Rosa. MELGAREJO TRELLES, Rosa.

Docente: ZÚÑIGA CASTILLO, Jaime.

Lima/San Juan de Lurigancho, julio de 2020.

ÍNDICE. ÍNDICE............................................................................................................................................2 I.

INTRODUCCIÓN...............................................................................................................1

1.1.

Contexto del informe............................................................................................................1

1.2.

Objetivo................................................................................................................................1

II.

DESARROLLO...................................................................................................................2

2.1.

Constitución e Inscripción de Backus...................................................................................4

2.2.

Tributación............................................................................................................................4

2.3.

Definiciones relacionadas......................................................................................................5

2.4.

Marco jurídico.......................................................................................................................5

2.5.

Régimen Tributario...............................................................................................................5

2.6.

Comprobates de pago............................................................................................................7

2.7.

Libros contables.....................................................................................................................7

2.8.

Impuesto General a las Ventas..............................................................................................9

2.9.

Impuesto de Renta tercera categoría....................................................................................10

2.10. Impuesto Selectivo al Consumo..........................................................................................16 2.11. Planilla de trabajadores........................................................................................................20 III.

CONCLUSIONES.............................................................................................................21

IV.

BIBLIOGRAFÍA...............................................................................................................22

I. 1.1.

INTRODUCCIÓN.

Contexto del informe Actualmente, el sector cervecero ha tenido un enorme deceso a nivel nacional e

internacional debido al coronavirus, ya que se ha visto obligado el cierre de la hostelería, la cual genera un mayor ingreso. Según el ministerio de comercio exterior y turismo peruano, el sector cervecero vende anualmente 1 millón y medio de litros de cerveza, cuyos precios están en un rango de 8 a 10 soles por litro. Debido a la pandemia este sector esta obtiene una disminución en las ventas e, incluso, en el empleo. El presente trabajo, detallará información acerca de la empresa Backus, la cual está dedicada a la producción, envasado y venta de cerveza. Asimismo, como está constituida e inscripta. Finalmente, se presentará la situación tributación de dicha empresa, tales como: Impuesto a la renta, Impuesto selectivo al consumo, Impuesto general a las ventas (IGV), Impuesto a la renta de tercera categoría. Además, el régimen tributario a la que esta afecta, ya que estos son un conjunto de normas que regulan el cumplimiento de las obligaciones fiscales que realiza la organización.

1.2.

Objetivo. El presente informe está orientado a describir cómo funciona el pago de las obligaciones

tributarias dentro de la empresa Backus y asimismo explicar a qué tipo de régimen tributario está sujeta.

II. 2.1.

DESARROLLO

Constitución e Inscripción de Backus. La Cervecería Backus & Johnston S.A., hoy Unión de Cervecerías Peruanas Backus y

Johnston S.A.A., se constituyó el 10 de mayo de 1955, asumiendo el activo y pasivo de la empresa Backus & Johnston Brewery Company Limited, fundada en Londres el 13 de septiembre de 1889 y que, a su vez, adquirió, de los señores Jacobo Backus y Howard Johnston, la fábrica de cerveza establecida en el distrito de Rímac el 17 de enero de 1879. Por Escritura Pública Extendida ante el Notario Público de Lima, doctor Felipe de Osma, el 31 de diciembre de 1996, se formalizó la fusión por absorción de Cervecerías Backus y Johnston S.A., Compañía Nacional de Cerveza S.A. (CNC), Sociedad Cervecera de Trujillo S.A. y Cervecería del Norte S.A., mediante la absorción de estas tres últimas empresas, que fueron disueltas sin liquidarse. En cumplimiento de la Ley General de Sociedades, la empresa adecuó su pacto social y su estatuto social a los requisitos de esta normativa, mediante Escritura Pública del 18 de febrero de 1998, otorgada ante el Notario Público de Lima, doctor Felipe de Osma. Como consecuencia de su adecuación a la actual Ley General de Sociedades, Backus adoptó la forma de sociedad anónima abierta, que en la actualidad mantiene. Por Escritura Pública del 8 de noviembre de 2006 y Escritura Complementaria del 12 de febrero de 2007, expedida ante el Notario de Lima, doctor Eduardo Laos De Lama, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. absorbió por fusión a la Compañía Cervecería del Sur del Perú S.A., Vidrios Planos del Perú S.A., Inmobiliaria Pariachi S.A., Muñoz S.A., Corporación Backus y Johnston S.A., Backus & Johnston Trading S.A., Embotelladora San Mateo S.A., Inversiones Nuevo Mundo 2000 S.A. y Quipudata S.A. Por este acto, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. asumió el pasivo y el activo de las empresas absorbidas, las que se disolvieron sin liquidarse. Esta fusión figura inscrita en las partidas registrales de todas las sociedades participantes de la fusión. La

Sociedad se encuentra inscrita en la partida electrónica 11013167 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao [CITATION Mem05 \l 10250 ]. 2.2.

Tributación. En el 2018, Backus destinó S/ 3,021.6 millones por impuestos pagados divididos en las

siguientes categorías:  S/ 2,084.4 millones por el pago del Impuesto Selectivo al Consumo por la venta de sus productos.  S/ 707.9 millones por el Impuesto General a las Ventas.  S/ 185.4 millones por concepto del Impuesto a la Renta de tercera categoría.  S/ 0.1 millones por el pago de aranceles.  S/ 1.2 millones por Impuesto a las Transacciones Financieras.  S/ 42.5 millones por Impuesto a la Renta de quinta categoría, recaudado a través de las planillas. 2.3.

Definiciones relacionadas. La legislación peruana define a el RG (Régimen General) como: “...la unidad económica

constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades tales como las comerciales, industriales y mineras; la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc. También se encuentran los agentes mediadores de comercio, tales como corredores de seguros y comisionistas mercantiles, los Notarios, las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio [ CITATION Sun20 \l 10250 ].

2.4.

Marco jurídico. En la gran mayoría de países existen legislaciones por las que las empresas se rigen y el Perú no es la excepción. Por ello, El régimen general fue creado por el Decreto Legislativo Nº774, en el cual se aprueba la ley del impuesto a la renta, a partir del cual se han producido complementaciones y modificaciones hasta la fecha, las modificaciones vinculadas al impuesto a la renta entran en vigencia a partir del año siguiente al de su aprobación y publicación. El R.G. es un régimen que incorpora a todos los contribuyentes sin ninguna limitación, su incorporación es voluntaria, siempre que no estén acogidos en otros regímenes previstos en el régimen tributario. Los contribuyentes acogidos a éste régimen tienen obligaciones formales y sustanciales que cumplir como por ejemplo, efectuar pagos a cuenta mensual del impuesto a la renta, presentar declaraciones juradas anuales por impuesto a la renta, además de otras obligaciones propios del régimen. La conceptualización o configuración del régimen opera únicamente en las rentas de tercera categoría o rentas de empresas, mas no así para las otras categorías de rentas [CITATION Art12 \l 10250 ].

2.5. Régimen Tributario. En cuanto al régimen tributario, la empresa Backus está comprendida dentro del Régimen General porque sus ingresos netos supera las 1700 UIT. A continuación, algunos conceptos y si está obligado por el régimen que pertenece Backus: Conceptos Persona Natural Persona Jurídica Límite de Ingresos Límites de Compras Comprobantes que pueden

Régimen General Sí Sí Sin límite Sin límite Todos los permitidos

imprimir DJ anual - Renta Pagos de tributos mensuales Restricción por tipo de actividad Trabajadores Valor de activos fijos Posibilidad de deducir gastos Pago del Impuesto Anual en función a utilidad 2.6.

Sí Pago a cuenta mensual IGV 18% (Incluye IPM) No tiene Ilimitado Ilimitado Sí tiene Sí tiene

Comprobantes de Pago. Para poder acreditar la transferencia de bienes o la prestación de un servicio, se debe de

emitir comprobantes de pago, los cuales deben ser impresos según la Resolución de Intendencia N°007-99-SUNAT. En el caso de la empresa Backus cuenta con los siguientes comprobantes según Consulta RUC: 

Factura.



Boleta.



Liquidación de Compra.



Nota de Crédito.



Nota de Débito.



Guía de Remisión Remitente.



Comprobante de Retención.



Comprobante de Percepción.

2.7. Libros contables obligatorios. Dentro de las obligaciones tributarias que las empresas deben cumplir, es llevar los libros o registros contables, esto dependerá al tipo de régimen tributario al que corresponda y al volumen de ventas. SUNAT a establecido vía Resolución de Superintendencia N°234-

2006/SUNAT, en la cual señala la obligación de registrar sus ingresos o por la generación de rentas de tercera categoría o rentas empresariales, tanto para personas jurídicas como también para personas naturales. En esta resolución se dan los lineamientos para la autorización, legalización, empaste, la forma de llevado, los plazos máximos de atraso, el procedimiento cuando se pierde un libro o destrucción del mimo y los formatos para cada libro según corresponda. La empresa Backus puesto que pertenece al Régimen General y el volumen de ingresos anuales que tiene, debe llevar contabilidad completa: Más de 1700 UIT.  Registro de compras.  Registro de ventas.  Libro Diario.  Libro Mayor.  Libro de Inventarios y Balances. En el Perú, el llevado de registros contables se da bajo el sistema manual con los libros impresos por lo que conlleva a costos de legalización, impresión y ocupa espacio de almacenamiento y no es amigable con el medio ambiente por el papel que se tiende a utilizar para este fin. Por ello, SUNAT ha implementado el sistema de emisión electrónica, dando la opción de que el contribuyente se apoye en un software contable con las especificaciones dadas por SUNAT para cada libro. Así como también, se implementó el Programa de Libros Electrónicos para las declaraciones (la empresa está afiliada al PLE desde el 31/01/2012) y también la opción de afiliarse para poder generar los libros mediante el portal de SUNAT.

En el Registro de compras se debe tener cuidado con los comprobantes que se consideran para la deducción del gasto para la determinación de la renta, puesto que, solo se consideraran aquellos que: Cuya impresión o importación ha sido autorizada por la SUNAT (Formulario 816)



Tener en RUC Activo y Habido.

2.8.



Impuesto General a las ventas. Según el Artículo 1° de la Ley General a las Ventas, el IGV es un impuesto de carácter

general, que grava la venta de bienes muebles en el país, la prestación y utilización de servicios en el país, los contratos de construcción, la primera venta de inmuebles por un constructor y la importación de bienes. 2.8.1. Tasa del Impuesto. Cada operación gravada se le aplica el 18% (16 % + 2% de Impuesto de Promoción Municipal). 2.8.2. Cálculo del Impuesto IGV.

Impuesto Bruto

=

Base Imponible

x

Tasa del Impuesto

Impuesto a Pagar

=

Impuesto Bruto

-

Crédito Fiscal

2.8.3. Crédito fiscal. El crédito fiscal está conformado por el IGV detallado en el comprobante de pago separado de la base imponible como sustento por la compra de bienes y servicios, para poder tener derecho a deducir como crédito fiscal estas adquisiciones deben ser permitidas como gasto o costo. Se debe de considerar las siguientes obligaciones:

Requisitos Sustanciales. Deben ser permitidos gasto o costo, como en los casos de: Gastos de representación, viáticos, agasajo al personal, entre otros. Requisitos Formales. 

El IGV debe estar consignado por separado en el comprobante de pago.



El CP debe consignar el RUC y nombre del emisor. Infracciones y Sanciones vinculadas con la Declaración y Pago. Ejemplo: La empresa Backus pertenece al Régimen General, la cual ha presentado su declaración

mensual de impuestos PDT 621 correspondiente al periodo junio 2020. En la declaración hubo un error en el cálculo del IGV, por lo que realiza la rectificación y se calcula la multa.

Ventas Compras Saldo a favor   Tributo Omitido  

Declaración Inicial Base IGV 989,520 178,114 1,526,140 274,705 96,592  

   

Declaración Rectificada Base IGV 989,520 178,114 826,140 148,705   29,408

En la declaración inicial resultó saldo a favor pero en la rectificación obtuvo un tributo por pagar de S/29,408. Según la Tabla I – Infracciones y Sanciones Tributarias, la multa por datos falsos será: Multa = 50% Tributo por Pagar Omitido

Calculo de la Multa: Multa =

50% (29,408)

Multa =

S/ 14,704 Aplicación del Régimen de Gradualidad.

Página de Sunat. Recuperado de:https://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/declaracion-y-pago-empresas/infraccionesy-sanciones-vinculadas-con-la-declaracion-y-pago-empresas/6715-02-multa-por-declaracion-de-cifras-y-o-datos-falsos

2.9. Impuesto a la renta de tercera categoría. Cada mes se tiene que realizar el Pago de Renta, cuyo cálculo se realiza según los Ingresos netos y estos se consideran como Pagos a Cuenta del impuesto Anual que corresponda pagar. Ingresos Netos Anuales Hasta 300 UIT > 300 hasta 1700 UIT

Pagos a Cuenta 1% Coeficiente o 1.5%

Elaboración: Propia.

En este caso la empresa tiene que hacer la comparación con el cálculo del coeficiente y el resultante de la aplicación del 1.5% a sus ingresos netos. Según la Ley del Impuesto a la Renta en el capítulo XI señala que para determinar el coeficiente se debe dividir:

Impuesto calculado del ejercicio anterior Ingresos netos del ejercicio anterior Para los periodos de enero y febrero se calcula de la siguiente manera:

Impuesto calculado del año precedente al anterior Ingresos netos del año precedente al anterior

El valor obtenido se redondea considerando cuatro decimales en ambos casos. En la situación de que no exista impuesto calculado el año anterior, ni el precedente al anterior, se debe calcular el 1.5% a las ventas anuales del mes. Una vez obtenido ambos coeficientes se realiza la siguiente operación y se toma el valor más alto para el pago a cuenta mensual. 

Ingresos Netos x Coeficiente calculado.



Ingresos Netos x 1.5%

Adicional al cálculo mensual de Renta se debe presentar la declaración jurada anual, en el caso de Backus se le aplica la tasa del 29.50% sobre los ingresos netos del año según el Artículo 55 de la Ley del Impuesto a la Renta: RENTA NETA ANUAL Hasta 15 UIT Más de 15 UIT

TASAS 10% 29.50%

Observación: Si los activos superan el S/1 000,000 se debe declarar el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), con una Tasa 0.4% según la página de Sunat:

Base Legal: Artículo 6 de la Ley 28424

Esquema para la determinación del impuesto a la renta anual.

Sunat. Recuperado de: https://renta.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/cartilla%20Instrucciones%20Empresa_2.pdf

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA 2019 Y 2018.

Página de la Superintendencia del Mercado de Valores. Recuperado de:https://www.smv.gob.pe/Bp_InformacionFinanciera?op=bq11v

ESTADO DE RESULTADOS.

Página de la Superintendencia del Mercado de Valores. Recuperado de:https://www.smv.gob.pe/Bp_InformacionFinanciera?op=bq11v

Caso aplicativo: La empresa Backus que se encuentra en el RG, desea saber cómo hacer sus pagos a cuenta de Renta en el año 2020, ha obtenido Ingresos Netos de S/2480,000en el mes de enero 2020. Sus Ingresos Netos son de S/ 190,500 en marzo 2020. 1. Calcular los pagos a cuenta de renta de enero 2020: Comenzamos con el cálculo del coeficiente: Datos IMPUESTO CALCULADO DEL 2018 INGRESOS NETOS DEL AÑO 2018

Dividimos 195,180 4,617,046

0.0423

Se multiplica el coeficiente obtenido por los Ingresos Netos de enero 2020: S/8,058 2. Comparar el resultado anterior, aplicando el 1.5 % a los ingresos netos y elegir el mayor:

S/248,000 x 1.5% = S/3,720 S/248,000 x 0.0423 = S/10,490 3. Calcular los pagos a cuenta de renta de marzo a diciembre 2020: Comenzamos con el cálculo del coeficiente: Datos IMPUESTO CALCULADO DEL 2019 INGRESOS NETOS DEL AÑO 2019

Dividimos 163,499 4,947,042

0.0330

Se multiplica el coeficiente obtenido por los Ingresos Netos de marzo 2020: S/10,490 4. Comparar el resultado anterior, aplicando el 1.5 % a los ingresos netos y elegir el mayor: S/190,500 x 1.5% = S/2,858 S/190,500 x 0.0330 = S/6,287 2.10. Impuesto Selectivo al Consumo. Es un impuesto indirecto que, a diferencia del IGV, solo grava determinados bienes (es un impuesto específico); una de sus finalidades es disuadir el consumo de productos que generan externalidades negativas en el orden individual, social y medioambiental, como por ejemplo: las bebidas alcohólicas, cigarrillos y combustibles. Otra finalidad del ISC es atenuar la regresividad del Impuesto General a las Ventas al exigir mayor carga impositiva a aquellos consumidores que objetivamente evidencian una mayor capacidad contributiva por la adquisición de bienes suntuosos o de lujo, como por ejemplo la adquisición de vehículos automóviles nuevos, agua embotellada, bebidas rehidratantes, energéticas, entre otras. [CITATION Sun201 \n \l 10250 ]

El ISC afecta a las bebidas alcohólicas y gaseosas que son productos clave de la empresa cervecera Backus por el alza y cambios en este impuesto. Según la página del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha incrementado a lo largo de los años el consumo de productos perjudiciales para la salud y el medio ambiente. Por ello, en el 2018 para reducir este consumo se hicieron algunas modificaciones, los licores que contemplen entre 0 y 6 grados el alcohol se mantiene el ISC de S/ 1,25 por litro producido y se eleva de 30% a 35% la tasa al valor según precio de venta al público y en el caso de las bebidas azucaradas, todas aquellas bebidas que tengan menos de 6 gramos por 100 mililitros de azúcar mantendrán una tasa de 17% y las que contengan una cantidad mayor a esta se les aplicará una tasa de 25%. En la Memoria Annual del 2018 señala que esos cambios al ISC conllevó al incremento en los precios en los formatos familiares de Guaraná en el 2018. En el caso de la categoría Aguas, sí se muestra un crecimiento en valor de +4.5% versus el año anterior, gracias al incremento de precios de las presentaciones 600 ml y 350ml. Las cifras logradas por categoría en el año 2018 fueron las siguientes:

Recuperado de: https://www.backus.pe/sites/default/files/2020-02/Memoria%20Anual%202018.pdf

En el 2019 el Estado peruano publicó el Decreto Supremo Nº 181-2019-EF en donde aumenta el Impuesto Selectivo al Consumo a las bebidas alcohólicas, este Sistema obliga a que

todas empresas paguen por igual S/2.25 por litro de cerveza, sin importar el volumen de ventas o el precio. La variación de las tasas aplicadas y los métodos para la actualización de montos fijos que gravan a estos tipos de productos afectan a las estimaciones que se proyectan y afecta en el aumento de la carga tributaria siendo la cerveza la que más sufre modificaciones por el estado cada año. Caso Aplicativo: La empresa Backus en el mes de mayo 2020 realizó la venta de 950500 litros de ceveza, a 6 soles cada litro. El cálculo del impuesto que le corresponde a pagar sería de: Según el Decreto Supremo Nº 181-2019-EF en el Apéndice IV, literal B se encuentra el product en mención.

Recuperado de: https://www.mef.gob.pe/es/normatividad-sp-9322/por-instrumento/decretos-supremos/20291-decreto-supremon-181-2019-ef-1/file

El cálculo sigue a continuación: Base Imponible Litros Monto Fijo

950500 2.25

Base Imponible x Monto Fijo 950500 x 2.25

=

2,138,625.00

El impuesto que corresponderá abonar a la empresa es de S/2’138,625 mil soles.

2.11.Planilla de trabajadores. Al momento de desarrollar una actividad empresarial como empresa o como persona natural con negocio se tiene la necesidad de contratar personal para desempeñar las funciones. Con ello nace las obligaciones laborales con los empleados y con SUNAT mediante la Planilla Mensual Electrónica (PLAME), el empleador debe informar los conceptos o tributos a pagar según corresponda. En cuanto a los beneficios sociales que les compete a los colaboradores, se toma como referencia las siguientes categorías empresariales, establecidas en función de sus niveles de ventas anuales (Art.11 de la Ley N°30056): Perú: determinación de los segmentos empresariales, por ventas anuales, 2020.

Ventas anuales

Segmento Micro empresa Pequeña empresa Gran empresa.

UIT (4,300)

Soles

Hasta 150 Mayor a 150 hasta 1700 Mayor a 1700 hasta 2300

Hasta 645,000 Mayor a 645,000 hasta 7'310,000 Mayor a 7'310,000

Elaboración: Propia.

En el siguiente cuadro en donde se indican los derechos que les corresponde a los trabajadores por ley: Derechos laborales o beneficios sociales a trabajadores.

RMV = Remuneración Mínima Vital. CTS = Compensación por Tiempo de Servicios. SNP = Sistema Nacional de Pensiones SPP = Sistema Privado de Pensiones. (*) Tope de doce (12) remuneraciones, según lo dispuesto por el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. (**) Tope de noventa (90) remuneraciones diarias. (***) Tope de ciento veinte (120) remuneraciones diarias. Fuente: decreto legislativo N°1086 Sunat.

En la página de Consulta RUC de SUNAT, la empresa Backus cuenta en el periodo mayo del 2020 con la cantidad de 2889 trabajadores o prestadores de servicios. Unión de Cervecerías Backus y Johnston.

Consulta RUC: Recuperado de: https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrS00Alias

III.

CONCLUSIONES.

 Concluimos que la empresa cervecera más grande del Perú se fusionó con muchas otras del mismo rubro y logro posicionarse en el Perú bajo la razón social de Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. Además, se encuentra en el Régimen General debido a sus grandes ingresos, pero al ser una empresa dedicada al rubro cervecero debe pagar el impuesto selectivo al consumo, la cual es del 2.25 por litro, lo que

significó un incremento del 60% en terminos de tasa. Lo anterior forzó a un alza del 10% en el precio. Este cambio, en consecuencia, implicó un incremento de cerca de 30% en la carga tributaria de la cerveza.  La empresa Backus, actualmente cuenta con mas de 2 mil trabajadores en sus diferentes áreas, lo cuales tienes ciertas funciones y derechos laborales dentro de esta. Entre los derechos tenemos a la remuneración que ellos reciben de manera mensual, reciben gratificación 2 veces al año, cuentan con un seguro social y tienen un mes de vacaciones por cada año que trabajan. Asimismo, la organización realiza pagos por el impuesto selectivo al consumo de la cerveza, el cual es de 2.5 soles por cada litro que ellos vendan.

IV.

BIBLIOGRAFÍA

Memoria. (2005). Memoria Anual 2005. Obtenido de https://www.backus.pe/sites/default/files/2020-02/Memoria%20Anual%202005.pdf Ramírez, A. G. (2012). Derecho tributario aplicado II. Tingo María: Universidad Nacional Agraria de la Selva. Sunat. (2020). Sunat. Obtenido de https://emprender.sunat.gob.pe/como-me-conviene-tributar# Sunat. (2020). Sunat. Obtenido de https://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresasmenu/impuesto-general-a-las-ventas-y-selectivo-al-consumo/impuesto-selectivo-alconsumo-empresas Memoria. (2018). Memoria Anual 2018. Obtenido de: https://www.bvl.com.pe/hhii/B30021/20190221165501/MEMORIA32ANUAL322018.1. PDF Sunat. (2020). Sunat. Obtenido de https://emprender.sunat.gob.pe/que-libros-contables-debollevar Sunat. (2020). Sunat. Obtenido de https://emprender.sunat.gob.pe/como-me-conviene-tributar# llevar Ministerio de Economía y Finanzas. (2020). Obtenido de https://www.mef.gob.pe/es/normatividad-sp-9322/por-instrumento/decretos-supremos/20291decreto-supremo-n-181-2019-ef-1/file Sunat. (2020). Sunat. Obtenido de https://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresasmenu/impuesto-general-a-las-ventas-y-selectivo-al-consumo/impuesto-general-a-las-ventas-igvempresas

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