Informe Distrito de Pucara (Revisado)

ORIGINAL Informe N° -2013-OEFA/ODJUNIN/SEP ÓRGANO DE LÍNEA: Dirección de Supervisión ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN AMBIE

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Informe N°

-2013-OEFA/ODJUNIN/SEP

ÓRGANO DE LÍNEA:

Dirección de Supervisión

ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL:

Municipalidad Distrital de Pucará

FECHA DE LA SUPERVISIÓN

31 de Mayo del 2013

1 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

ÍNDICE

I.

Página OBJETIVO………………………………………………………………………………………….. 3

II.

ANTECEDENTES…………………………………………………………………………………. 3

III.

AMBITO DE COMPETENCIA DEL OEFA……………………………………………………… 3

IV. IDENTIFICACIÓN Y COMPETENCIAS DE LA EFA SUPERVISADA…………………...... V.

PLAN ANUAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL – PLANEFA…………

VI. FUNCIONES FISCALIZABLES OBJETO DE LA SUPERVISIÓN 1. Evaluación 2. Supervisión 3. Fiscalización VII. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DE LA SUPERVISIÓN……………………………. a) Gestión de Residuos Solidos b) Saneamiento (Agua para consumo Humano y aguas residuales) c) Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental d) Juntas Vecinales VIII. CONCLUSIONES…………………………………………………………………………………. 7 IX. RECOMENDACIONES……………….………………………………………………………..............8 X. ANEXOS……………………..…………………………………………………………………………10 1. Copia del Acta 2. Vista Fotográfica ANEXOS DOCUMENTOS DE LA SUPERVISIÓN Anexo N° 1. Acta de Supervisión Anexo N° 2. Matriz de Verificación de Supervisión Anexo N° 3. Credencial y Plan de Trabajo.

DOCUMENTOS PRESENTADOS POR LA EFA Anexo N° 4. Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MDP/CM, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones. Anexo N° 5. Resolución de Alcaldía N°026-2012/MDP-A, conformación del equipo de trabajo que tienen responsabilidades del control y prevención del medio ambiente, capacitar y fiscalizar las normas emanadas del MINAM. Cuyos responsables son: Lic. Sergio Ureta Romero, Prof. Alvino Vila Díaz. Anexo N° 6. Carta N°030-2013-GG-CEPE, presentación del perfil completo “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos de la localidad de Pucará del Distrito”.

2 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

Anexo N° 7. Informe Nº 007-2013SGDESB/MDP, plan de trabajo de la planta de tratamiento de residuos sólidos de manejo manual del 2013. Anexo N° 8. Informe Nº 036-2013 SGDESB/MDP, Informe Nº 310-2013 SGDESB/MDP, solicitan presupuesto para adquisición de bienes fungibles para la limpieza de parques y residuos sólidos. Anexo N° 9. -Oficio N°158-2013-GRJ_DRSJ/DESA, emite la DIRESA sobre la opinión técnica favorable para la selección del área para infraestructura de Disposición Final de residuos sólidos en el paraje denominado Luichos. Anexo N° 10. Copia volantes de realización de campañas ambientales.

3 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

INFORME DE SUPERVISIÓN N°

-2013-OEFA/OD JUNIN/SEP

PARA

:

DELIA MORALES CUTI Directora de Supervisión

ASUNTO

:

Informe de supervisión a las funciones de fiscalización ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará.

REFERENCIA:

Oficio Circular N° 006-2013-OEFA/OD JUNIN

FECHA : Huancayo, _______________________________________________________________________ I.

OBJETIVO Supervisar el desempeño de la Municipalidad Distrital de Pucará, Provincia de Huancayo, departamento de Junín, como Entidad de Fiscalización Ambiental – EFA de nivel local. Para estos efectos únicamente se tendrá en cuenta las funciones de evaluación de la calidad ambiental, supervisión, fiscalización y sanción prevista en las normas de alcance nacional y en su Reglamento de Organización y Funciones.

II.

ANTECEDENTES a.

De acuerdo al Programa de supervisiones regulares a EFA, establecidas en Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA del 20131, se viene desarrollando las acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización ambiental2 a cargo de las EFA del nivel nacional, regional o local.

b.

Mediante Oficio Circular N° 006-2013-OEFA/OD JUNIN, de fecha 16 de mayo de 2013, se comunicó a la Municipalidad Distrital de Pucará, acerca de la supervisión correspondiente a las funciones de fiscalización ambiental a realizarse el día 31 de mayo de 2013.

c.

Conforme al Acta de Supervisión de fecha 31 de mayo de 2013, se llevó a cabo la supervisión programada a la Municipalidad Distrital de Pucará.

1

Aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 017-2012-OEFA/CD de fecha 28 de diciembre de 2012. 2

Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM Artículo N° 2 - Ámbito de Aplicación (…) 2.2. La fiscalización ambiental, regulada en la presente norma, comprende las acciones de fiscalización ambiental que son ejercidas por el OEFA y las EFA de acuerdo a sus competencias. La fiscalización ambiental, en sentido amplio, comprende las acciones de vigilancia, control, monitoreo, seguimiento, verificación, evaluación, supervisión, fiscalización en sentido estricto y otras similares, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de obligaciones ambientales fiscalizables y de aquellas derivadas del ejercicio de la fiscalización ambiental. La fiscalización ambiental en sentido estricto comprende la facultad de investigar la comisión de posibles infracciones administrativas sancionables y la de imponer sanciones; sujeta al inicio del procedimiento administrativo sancionador. Cuando en la presente norma se hace referencia a la fiscalización ambiental, esta deberá entenderse en sentido amplio.

4 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

III. AMBITO DE COMPETENCIA DEL OEFA. El objetivo antes mencionado se cumple en merito a las funciones conferidas por la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modificada por la Ley N° 300113, por lo cual el OEFA ejerce a través de la Dirección de Supervisión, la función supervisora de Entidades de Fiscalización Ambiental, que comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización ambiental4 que tienen las EFA. IV. IDENTIFICACIÓN Y COMPETENCIA DE LA EFA SUPERVISADA Factores o fuentes Acciones de Normas de contaminantes Fiscalización Ambiental. competencia Emisión de humos, gases, Fiscalizar y realizar labores Literal 3.4 del Numeral ruidos y demás elementos de control. 3 del Artículo 80° de la contaminantes Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Contaminación sonora en Vigilancia y monitoreo. Primer párrafo del el ámbito local de acuerdo Artículo 14° del a sus competencias. Decreto Supremo N° 085-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido. Cumplimiento de las Fiscalizar. Literal b) del Artículo disposiciones del 24° del Decreto reglamento de Estándares Supremo N° 085-2003Nacionales de Calidad PCM, que aprueba el Ambiental para Ruido, con Reglamento de 3

Ley N° 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modificada mediante Ley N° 30011. Artículo 11.- Funciones generales 11.2 El OEFA en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA), ejerce las siguientes funciones: (…) b) Función supervisora de Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), nacional, regional o local: comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización a cargo de entidades de fiscalización ambiental nacional, regional o local a las que se refiere el artículo 7. 4

Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente Artículo 130°.- De la fiscalización y sanción ambiental 130.1 La fiscalización ambiental comprende las acciones de vigilancia, control, seguimiento, verificación y otras similares, que realiza al Autoridad Ambiental Nacional y las demás autoridades competentes a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y obligaciones establecidas en la presente Ley, así como en sus normas complementarias y reglamentarias. La autoridad competente puede solicitar información, documentación u otra similar para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales. (…)

5 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora. En lo respecta a las instalaciones de residuos sólidos; las operaciones y procesos de manejo de residuos sólidos en espacios públicos. Al generador del ámbito de su competencia por el incumplimiento de la Ley, el Reglamento y las normas que se emitan al amparo de ésta.

Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido. Ejercer funciones de Literal 8 del numeral supervisión, fiscalización y 49.1 del Artículo 49° de sanción en materia de la Ley 27314 - Ley residuos sólidos. General de Residuos Sólidos. Sancionar

Actividades de segregación Fiscalizar y recolección selectiva de residuos sólidos y formalización de recicladores

Literal e) del Numeral 2 del Artículo 8° del Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27314 – Ley de Residuos Sólidos. Numeral 7.6 del Artículo 7° del Decreto Supremo N° 005-2010MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores.

El Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29419 – Ley que regula la actividad de los recicladores, señala en su Artículo 7° que las Municipalidades Distritales y Provinciales son responsables de elaborar e implementar el Programa de Formalización de recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el ámbito de su jurisdicción, así como fiscalizar las actividades de segregación y recolección de residuos sólidos y formalización de recicladores. Para el caso de ruidos en particular, las Municipalidades Distritales, son competentes para fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones dadas en el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, con el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora en el marco establecido por la Municipalidad Provincial5. La Municipalidad Distrital de Pucará, forma parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA, del cual el OEFA es el ente rector, por tal motivo 5

Artículo 24.- De las Municipalidades Distritales Las Municipalidades Distritales, sin perjuicio de las funciones legalmente asignadas, son competentes para: (…) b) Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones dadas en el presente reglamento con el fin de prevenir y controlar la contaminación sonora en el marco establecido por la Municipalidad Provincial. (…) Artículo. 14.- De la vigilancia de la contaminación sonora La vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias, sobre la base de los lineamientos que establezca el Ministerio de Salud. Las municipalidades podrán encargar a las instituciones públicas o privadas dichas actividades (…)

6 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

deberá elaborar su Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) en el marco de lo establecido en la Directiva N° 03-2010-OEFA/PCD, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 070-2010-OEFA/PCD, a más tardar en el mes de mayo de cada año, con el fin de ser incluido en el proyecto de presupuesto fiscal del siguiente año. V. PLAN ANUAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL – PLANEFA La Municipalidad Distrital de Pucara, no cuenta con un Plan de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2013. No cuentan con avances del proyecto PLANEFA 2014. VI. FUNCIONES FISCALIZABLES OBJETO DE LA SUPERVISIÓN 1. Evaluación6 La Subgerencia de Desarrollo Económico y Social, no realiza acciones de monitoreo y vigilancia de la contaminación atmosférica ni acústica. No cuenta con personal, equipos e instrumentos para realizar dichas acciones. 2. Supervisión7 La Subgerencia de Desarrollo Económico y Social, no realiza acciones de supervisión ambiental a sus administrados en el marco de sus competencias y no cuenta con equipos e instrumentos para realizar dichas acciones, asimismo la entidad no identifica a todos sus administrados dentro del ámbito de su jurisdicción. Además, no ha realizado supervisiones regulares, ni supervisiones especiales en base a denuncias registradas o de oficio. La Municipalidad Distrital de Pucará, no cuenta con un procedimiento para la atención de denuncias ambientales, ni con un listado de denuncias ambientales recibidas y atendidas durante el 2013.

6

Ley N° 29325, modificada por el Artículo 1° de la Ley N° 30011 Artículo 11° .- Funciones generales 11.1 (…) a) Función evaluadora: comprende las acciones de vigilancia, monitoreo y otras similares que realiza el OEFA para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales. 7

Ley N° 29325, modificada por el Artículo 1° de la Ley N° 30011 Artículo 11° .- Funciones generales 11.1 (…) b) Función supervisora directa: comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación con el propósito de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la regulación ambiental por parte de los administrados. (…)

7 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

3. Fiscalización8 La Subgerencia de Desarrollo Económico y Social no realiza fiscalización ambiental de las emisiones de humos, gases, ruidos y otros contaminantes y no cuenta con instrumentos de fiscalización ambiental para realizar dichas acciones. Cuenta con un Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) que incluye un Cuadro Único de Infracción y Sanción Administrativas (CUISA), pero que no refiere sanciones en temas ambientales, lo cual no permite el ejercicio de su facultad sancionadora, al no haberse regulado el procedimiento para determinar la existencia de infracciones administrativas de carácter ambiental e imponer la sanción correspondiente. Respecto a sanciones impuestas por incumplimiento del marco normativo ambiental de su competencia, no cuenta con resoluciones de sanción impuestas ni con ningún procedimiento administrativo sancionador iniciado. VII. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DE LA SUPERVISIÓN a) Gestión de Residuos Sólidos La Subgerencia de Desarrollo Económico y Social, realiza el servicio de limpieza pública en la zona urbana del Distrito de Pucará9. La Municipalidad Distrital de Pucará, cuenta con estudio de caracterización de residuos sólidos, se encuentra en proceso de elaboración el plan de manejo de residuos sólidos, actualmente no cuenta con infraestructura de disposición final de residuos sólidos autorizado por la entidad competente, la disposición final de los residuos sólidos se realiza en el botadero municipal ubicado en el paraje Retamal, no cuenta con plan de cierre de botadero, sin embargo cuentan con el perfil denominado “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos de la localidad de Pucará del Distrito” previa opinión técnica favorable para la selección del área para la infraestructura de Disposición Final de residuos sólidos en el paraje denominado Luichos. Por otro lado, no cuenta con programa de segregación en la fuente, ni con el programa de formalización de recicladores, ni con una planta de tratamiento previo de residuos orgánicos e inorgánicos. Igualmente, no cumple con reportar al Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) la gestión y manejo de los residuos sólidos municipales, ni promueve el manejo y la segregación de los aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) dentro de su jurisdicción.

8

Ley N° 29325, modificada por el Artículo 1° de la Ley N° 30011 Artículo 11° .- Funciones generales 11.1 (…) c) Función fiscalizadora y sancionadora: comprende la facultad de investigar la comisión de posibles infracciones administrativas sancionables y la de imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones y compromisos derivados de los instrumentos de gestión ambiental, de las normas ambientales, compromisos ambientales de contratos de concesión y de los mandatos o disposiciones emitidos por el OEFA, (…) 9 El cual ha sido verificado, con la presentación de sus Informe Nº 036-2013 SGDESB/MDP, Informe Nº 310-2013 SGDESB/MDP

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Asimismo, se señala que la entidad no fiscaliza las actividades de segregación y recolección selectiva de residuos sólidos y formalización de recicladores. b) Saneamiento La Municipalidad Distrital de Pucará, no identifica puntos de vertimientos de aguas residuales dentro del ámbito de su jurisdicción, ni cuenta con un programa y/o plan para la identificación de puntos de descarga, no cuenta con una Planta de tratamiento de agua para consumo humano, ni con Planta de tratamiento de aguas residuales. El servicio de agua para consumo humano y alcantarillado es administrado por la JASS del Distrito de Pucará. c) Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental La Municipalidad Distrital de Pucará, no cuenta con un procedimiento para la certificación ambiental de los proyectos y/o actividades económicas que se desarrollen dentro de su jurisdicción de acuerdo a sus competencias, no cuenta con un registro de instrumentos de gestión ambiental (DIA, EIA, PAMA), cuenta con un TUPA vigente (aprobado), pero no incluye como requisito la certificación ambiental emitida por la autoridad competente, para el otorgamiento de licencias de construcción/ejecución de obras/inicio de actividades y funcionamiento, sin embargo cuenta con un consultor10 quien se encuentra modificando el TUPA donde incluirán los requisitos. Asimismo, no participa en el proceso de difusión de los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos a desarrollarse dentro de su jurisdicción. d) Juntas Vecinales En el distrito de Pucará, no existen juntas vecinales, ni asociaciones civiles referidas a temas ambientales. La entidad no promueve, ni garantiza la participación de juntas vecinales y/o asociaciones civiles en su jurisdicción. e) Campañas de sensibilización La Municipalidad Distrital de Pucará realiza campañas ambientales en temas de limpieza de calles y botaderos, pero no en base a un plan o programa. 4.

CONCLUSIONES Del análisis realizado se concluye lo siguiente: 4.1. La Municipalidad Distrital de Pucará, no ha elaborado, ni aprobado su Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2013, actualmente no ha presentado ningún avance del proyecto PLANEFA 2014.

10

Contrato Locación de Servicios Nº 067-2012/MDP-GM, para la elaboración del TUPA.

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4.2. La Municipalidad Distrital de Pucará no realiza acciones de evaluación, monitoreo y vigilancia de la contaminación atmosférica, ni acústica y no cuenta con equipos e instrumentos para realizar dichas acciones. 4.3. La Municipalidad Distrital de Pucará, no ha realizado supervisiones regulares, ni supervisiones especiales en base a denuncias registradas o de oficio, asimismo no ha identificado a todos sus administrados dentro de su jurisdicción, en la actualidad no cuentan con un procedimiento para atención de denuncias ambientales, ni con un listado de denuncias ambientales recibidas y atendidas durante el 2013. 4.4. La Municipalidad Distrital de Pucará, no ha realizado fiscalización ambiental de las emisiones de humos, gases, ruidos y otros contaminantes y no cuenta con instrumentos de fiscalización ambiental para realizar dichas acciones, cuenta con un Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas pero que no contempla en su CUISA sanciones de carácter ambiental, no cuenta con resoluciones de sanción impuestas ni con ningún procedimiento administrativo sancionador iniciado. 4.5. La Municipalidad Distrital de Pucará, cuenta con servicio de limpieza pública, con estudio de caracterización de residuos sólidos, se encuentra en proceso de elaboración el plan de manejo de residuos sólidos. Actualmente no cuenta con infraestructura de disposición final de residuos sólidos autorizado por la entidad competente, la disposición final de los residuos sólidos se realiza en el botadero municipal ubicado en el paraje Retamal, sin embargo cuentan con el perfil denominado “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos de la localidad de Pucará del Distrito” previa opinión técnica favorable para la selección del área para la infraestructura de Disposición Final de residuos sólidos. Por otro lado, no cuenta con programa de segregación en la fuente, ni con el programa de formalización de recicladores, ni cuenta con una planta de tratamiento previo de residuos orgánicos e inorgánicos. Igualmente, no cumple con reportar al Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos (SIGERSOL) la gestión y manejo de los residuos sólidos municipales, ni promueve el manejo y la segregación de los aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) dentro de su jurisdicción. Asimismo, se señala que la entidad no fiscaliza las actividades de segregación y recolección selectiva de residuos y formalización de recicladores. 4.6. La Municipalidad Distrital de Pucará, no ha identificado puntos de vertimientos de aguas residuales dentro del ámbito de su jurisdicción. No cuenta con una Planta de tratamiento de agua para consumo humano, y con Planta de tratamiento de aguas residuales. El servicio de agua para consumo humano y alcantarillado es administrado por la JASS del Distrito de Pucará, el agua que consumen la población proviene de un reservorio. 4.7. En la Municipalidad Distrital de Pucará, no existen juntas vecinales ni organizaciones civiles referidas a temas ambientales. Realiza campañas de sensibilización ambiental en temas de limpieza de calles y botaderos, pero no en base a un plan o programa. 10 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

5.

RECOMENDACIONES 5.1 La Municipalidad Distrital de Pucará debe formular, aprobar y ejecutar el PLANEFA 2014, incluyendo acciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental, deberá identificar a todos los administrados dentro de su jurisdicción, programar supervisiones regulares, el PLANEFA 2014, debe ser aprobado a más tardar el 30 de enero del 2014, además deberá realizar los reportes del cumplimiento del PLANEFA en los primeros 07 días del mes de Julio y enero de cada año. 5.2 La Municipalidad Distrital de Pucará, debe de realizar acciones de evaluación, monitoreo y vigilancia de la contaminación atmosférica y acústica, debe incorporar personal técnico en temas ambientales y asignar presupuesto para la adquisición de equipos e instrumentos para que realicen acciones de evaluación, debe establecer alianzas estratégicas con entidades públicas que cuentan con los recursos necesarios, como equipos de medición ambiental y personal técnico capacitado, que les permitan realizar acciones de evaluación ambiental. 5.3 La Municipalidad Distrital de Pucará, debe de realizar supervisiones regulares, y supervisiones especiales en base a denuncias registradas o de oficio, contar con un procedimiento para atención de denuncias ambientales crear un registro de las mismas recibidas y atendidas. En tanto se gestione lo indicado deben de cumplir con remitir el listado de atención de denuncias recibidas y atendidas al Ministerio del Ambiente en cumplimiento de lo señalado en el numeral 43.1 del artículo 43° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente 5.4 La Municipalidad Distrital de Pucará, debe de realizar acciones de fiscalización ambiental con respecto a las emisiones de humos, gases, ruidos y otros contaminantes deberá de contar con los instrumentos para la fiscalización ambiental que incluyan funciones de fiscalización ambiental, incluir en su Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas y su CUISA sanciones de carácter ambiental. 5.5 La Municipalidad Distrital de Pucará, debe elaborar, aprobar y ejecutar los siguientes instrumentos técnicos para mejorar la gestión de los residuos sólidos: plan de manejo de residuos sólidos, plan de segregación en la fuente y de formalización de recicladores, plan de cierre del botadero ubicado en el paraje el Retamal. Debe garantizar que la disposición final de residuos sólidos que se generen en su jurisdicción se realice en una infraestructura de disposición final de residuos sólidos autorizada, cumplir con reportar la gestión y manejo de los residuos sólidos municipales en el SIGERSOL y promover a través de planes y/o programas, convenios o campañas de sensibilización, el manejo y segregación de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. 5.6 La Municipalidad Distrital de Pucará, debe identificar puntos de vertimientos de aguas residuales dentro del ámbito de su jurisdicción y elaborar informes o reportes a la autoridad competente. Asimismo debe de gestionar la formulación y 11 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

ejecución de proyectos de planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR) domésticas y planta de tratamiento de agua para consumo humano. Conjuntamente con la Autoridad de Salud deberían de verificar la calidad de agua para consumo humano y el correcto manejo de las aguas residuales que son administrados por las JASS del distrito de Pucará. 5.7 La Municipalidad Distrital de Pucará debe promover la formación de juntas vecinales u organizaciones civiles en temas ambientales dentro de su jurisdicción. Asimismo debe implementar programas o planes de sensibilización ambiental dentro de su jurisdicción.

12 Informe de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Pucará

6.

REGISTRO FOTOGRÁFICO

Vista N°1: Durante la supervisión de Izquierda a Derecha: Lic. Sergio Ureta Romero, Sub gerente de Desarrollo Económico y social y la Sra. Mercedes Huacaychuco Bravo , Regidora de la Municipalidad Distrital de Pucará, la Ing. Verónica Solórzano Medina, Especialista y la Ing. Raquel Pérez Girón, Especialista en Entidades Públicas de la Oficina Desconcentrada Junín del OEFA.

Vista N°2: Desarrollo de la supervisión con la revisión de documentación sobre sus competencias en fiscalización ambiental a la Municipalidad Distrital de Pucará.

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Vista N°3: Botadero Municipal ubicado en el paraje Retamal

Vista N°4: Almacenamiento de residuos sólidos inorgánicos en el botadero de la Municipalidad Distrital de Pucará.

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Es todo cuanto informe para fines y conocimiento.

Ing. RAQUEL YANINA PÉREZ GIRÓN Especialista en Entidades Públicas OD Junín

Huancayo, De conformidad con el informe que antecede y estando de acuerdo con su contenido APRUÉBESE el Informe N° -2013-OEFA/OD JUNIN; para su posterior remisión a la Municipalidad Distrital de Pucará.

Blga. YMELDA MONTORO ZAMORA Jefa de la Oficina Desconcentrada Junín OEFA

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