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FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL INFORME ACADEMICO “Título” “SEGURIDAD Y SALUD E

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FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL INFORME ACADEMICO “Título” “SEGURIDAD Y SALUD EN LA CONSTRUCCIÓN CIVIL BASADA EN EL COMPORTAMIENTO”

Autores: DIAZ VILLACORTA, Anderson PÉREZ VÁSQUEZ, Edgar Feliciano OCHOA BUSTAMANTE, Rubén

Asesor: Lic. Temístocles MONDRAGÓN HERNÁNDEZ

MOYOBAMBA-PERU 2015

INDICE

I.

INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………………………………………..……. 02

II.

DESARROLLO: “SEGURIDAD Y SALUD EN LA CONSTRUCCIÓN CIVIL, BASADA EN EL COMPORTAMIENTO” …………………………………………………………..…………. 03 CAPITULO I 1. SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD, SALUD Y EL DEBER DE PREVENCIÓN… 03 CAPITULO II 2. LA SEGURIDAD Y SALUD BASADA EN EL COMPORTAMIENTO EN NUESTRA LEGISLACIÓN …………………………………………..…………………………………………………… 06

III.

CONCLUSIONES ……………………………………………………………………………………………………… 08

IV.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ………………………………………………………………………………. 09

I.

INTRODUCCIÓN

Para

la

elaboración

del

presente

informe

Académico

se

ha

considerado la Ley Nº 29783 Ley de Seguridad y Salud, su reglamento, el D.S. Nº 005-2012-TR, la NTE G. 050 Seguridad durante la construcción, como también, de la Tesis Doctoral de los ingenieros Ballesteros y García, sobre Seguridad y Salud en la Construcción, y del trabajo Monográfico sobre Historia de la Seguridad en la Construcción, de Oladipo de la Universidad da Coruña. Según Ballesteros y García, por seguridad en el trabajo entendemos ‘el conjunto de técnicas no médicas que tienen como fin el identificar aquellas situaciones que pueden originar accidentes de trabajo, evaluarlas y corregirlas con el objetivo de evitar daños a la salud o, por lo menos, minimizarlos’. La Formación (el comportamiento), del trabajador es uno de los elementos

más

importantes

para

disminuir

la

ocurrencia

de

accidentes y proliferación de enfermedades profesionales, por el cual se adquiere competencias y mejora actitudes que garantizan la eficacia real del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo. En esta línea, la educación y/o formación, compuesta tanto de conocimiento como de actitudes, deberá ser adecuada según las necesidades, deficiencias y/o carencias que presenten las personas al momento de desarrollar alguna actividad propia de la relación laboral, no sólo en un momento o situación puntual, sino que ha de actualizarse y deberá tener continuidad en un orden determinado según se encuentre dispuesto en el plan de capacitación. Nuestro proyecto tiene como finalidad analizar el deber de la formación por parte de los empleadores, y demostrar como el adiestramiento de los trabajadores, tienen una relación directa con los riesgos laborales en las obras de construcción civil. En

el

primer

capítulo

del

presente

instrumento

de

investigación

hablaremos sobre los sistemas de gestión en seguridad, salud y el deber

de prevención; y en último capítulo, la seguridad y salud basada en el comportamiento en nuestra legislación.

II.

DESARROLLO:

“SEGURIDAD Y SALUD EN LA CONSTRUCCIÓN CIVIL, BASADA EN EL COMPORTAMIENTO”

La formación es uno de los elementos básicos que mejoran los estándares de todo sistema de gestión. Para ello, es necesario que se analicen no sólo las competencias, sino las actitudes y/o comportamientos de los trabajadores con el fin de mejorar el plan de capacitación, lo que garantizaría la eficacia del sistema de seguridad y salud al interior de los centros de trabajo. Asimismo, es necesario el análisis del “deber de prevención” ¿exclusivo o compartido? Éstas y otras interrogantes serán desarrolladas en el presente informe.

CAPITULO I

3.

SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD, SALUD Y EL DEBER DE PREVENCIÓN Como punto de partida, es necesario revisar algunas definiciones de lo que debemos entender como “sistema de gestión”:

1.

Debe ser entendido como un sistema probado para la gestión y mejora continua de políticas, procedimientos y procesos de la organización.

2.

Estructura operacional de trabajo, bien documentada e integrada a los procedimientos técnicos y gerenciales, para guiar las acciones de la fuerza de trabajo, la maquinaria o equipos, y la información de la organización de manera práctica y coordinada, y que asegure la satisfacción del cliente y bajos costos para la calidad.

Analizando las definiciones anteriores, debemos considerar que la Ley N° 29783, Ley de seguridad y salud, y su reglamento, el D.S N° 005-2012-TR, obligan a las empresas a la

implementación de un sistema de gestión en seguridad y salud con algunas de características mencionadas en las definiciones anteriores, todo ello, con el fin disminuir la ocurrencia de accidentes de trabajo y evitar la proliferación enfermedades profesionales, atendiendo al deber de prevención que recae –según disposiciones legales – única y exclusivamente sobre el empleador.

las de de las

De lo anterior, es necesario detenernos y realizar un análisis más profundo del deber de prevención que, para efectos de la actual Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se ha establecido – en el Título Preliminar- a la letra lo siguiente:

3.

Principio de Prevención: “El empleador garantiza en el centro de trabajo el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores y de aquellos que no teniendo vínculo laboral prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo incorporando la dimensión del género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral”

Es evidente que una de las obligaciones puntuales del empleador es el estudio de los riesgos existentes –según actividad- en el o los centros de trabajo que mantenga, con el fin de prevenir el riesgo al máximo posible. No obstante, se debe hacer una crítica a lo dispuesto en la ley como principio de prevención, toda vez que se exime de responsabilidad alguna al trabajador respecto de este deber. Entiéndase que, como bien lo disponen las normas generales en seguridad y salud, la obligación es tripartita:

Esquema Nº 1

Estado Empleador Trabajador

En esta línea, y basándonos puntualmente en el trabajador, si éste no cumple con las disposiciones de los especialistas en materia de prevención de riesgos ¿de qué serviría que el empleador implemente el mejor sistema de seguridad y salud si la participación

del trabajador no es la adecuada? Ahora bien, para ello, intervienen una serie de factores, tales como aptitud, actitud, compromiso con la gestión en seguridad y salud de la empresa, formación o capacitación, entre otros.

La prevención del riesgo enmarcado desde la seguridad y salud en el trabajo, basada en el comportamiento del trabajador, se traslada también al trabajador, toda vez que como primer punto a considerar en el proceso de implementación del sistema de gestión, además de determinar los riesgos que existen en el centro de trabajo, se debe considerar la necesidad de formación de los trabajadores respecto de las medidas preventivas a adoptarse según su puesto de trabajo. Actualmente los especialistas –en la mayor parte ingenieros ocupacionales e higienistas- focalizan el estudio de riesgos del centro de trabajo plasmándolos en un documento denominado “Identificación de peligros y riesgos “(IPER), que luego es utilizado para fijar el nivel de riesgos e identificar la normativa aplicable en seguridad y salud, para posteriormente elaborar el reglamento de seguridad y salud en el trabajo, sin perjuicio de los demás documentos que se elaboran y complementan el sistema de gestión. Sin embargo, es necesario que se considere otro aspecto medular como “la identificación de la necesidad de formación que puedan tener los trabajadores que componen la organización o institución”, para posteriormente ir a la materialización de esa formación con las distintas capacitaciones que puedan planificarse. Un buen análisis del estado de necesidad de la formación nos permite incluso mejorar los estándares de seguridad –ya no solo del centro de trabajo- sino del puesto de trabajo que per se dependerá del conocimiento o formación que ya tenga o requiera el trabajador que lo ocupa. De esta manera, el empleador, por ejemplo, podrá detectar si un operario, con quien mantiene una relación laboral de más de 20 años, deberá nivelar sus conocimientos con los de un trabajador nuevo que viene con una formación reciente y actualizada. De la misma manera, podrá detectar si los puestos de trabajo vulnerables, requieren además del conocimiento y formación, ciertas actitudes que no necesariamente tienen todos los trabajadores debidamente capacitados para su desempeño, entre otros aspectos que podrían ser identificados.

De lo anterior, resulta cuestionable que “el deber de prevención” recaiga sólo en el empleador, toda vez que es un deber compartido que desde el punto de vista de la seguridad y salud en el trabajo basado en el comportamiento del trabajador únicamente

tendrá éxito cuando se identifique la necesidad de formación (en todos sus aspectos) y la prevención de un determinado riesgo se encuentre bajo el exclusivo control del trabajador. No podemos dejar de mencionar que, además de lo anterior, otro factor que interviene es la motivación del trabajador con la empresa, que tendrá mucho que ver con la política de recursos humanos que tenga implementada la organización o institución. Además de la participación adecuada del sindicato u organizaciones sindicales, de ser el caso existan.

CAPITULO II

4.

LA SEGURIDAD Y SALUD BASADA EN EL COMPORTAMIENTO EN NUESTRA LEGISLACIÓN

Uno de los aspectos que no han sido considerados expresamente a la dación de la Ley N° 29783 y el D.S N° 005-2012-TR es la seguridad y salud en el trabajo basada en el comportamiento. Sobre el particular, las disposiciones legales establecen la obligatoriedad de realizar capacitaciones a los trabajadores sobre los diversos riesgos a los que se encuentran expuestos, ello, considerando la estructura y los puestos existentes en la organización, mas no considerando las actitudes o perfiles de los trabajadores que se constituyen en los diversos puestos de trabajo. Asimismo, determina la obligación de información respecto del sistema de gestión a trabajadores de parte del empleador; no obstante, esto no es el único método de concientización, ni el más efectivo respecto de la cultura preventiva que debe mantener el trabajador al momento de desarrollar sus actividades. Según las normas vigentes, el objetivo esencial es que el trabajador tenga conocimiento de los riesgos laborales inherentes a su trabajo y sea capaz de prevenirlos, con ello se brinda formación donde el trabajador –alumno, solo escucha y aprende, lo que no necesariamente es eficiente considerando la retención de estos conocimientos al corto plazo. A manera de ejemplo, encontramos que en el sector construcción civil -hasta el momento- a pesar que muchos empleadores socialmente responsables cumplen con la adecuada capacitación e información sobre los riesgos de sus trabajadores, no se ha logrado que efectivamente utilicen los cascos de protección, se coloquen el arnés de seguridad al momento de desempeñar sus labores, entre otros, es evidente que la cultura preventiva no solo se implementa de esta manera. Es cierto que es uno de las formas de mejorarlo, sin embargo, no resulta

eficiente considerando que recién a partir del año 2005, con el D.S N° 009-2005-TR el Estado peruano se ha ocupado de la seguridad y salud en el trabajo.

Siendo ésta una problemática particular de uno de los sectores más vulnerables, es que presentamos algunos de los aspectos relevantes de la seguridad y salud basada en el comportamiento. a. La seguridad y salud basada en el comportamiento debe ser vista como una herramienta que sirva para concientizar adecuadamente a los trabajadores, jóvenes bajo modalidades formativas, locadores de servicio, proveedores, entre otros, que integren el sistema de gestión. b. Para una efectiva implementación, existen diversas técnicas disponibles y consistentes en el análisis de necesidades, análisis de la organización, los planes de formación, las conductas y las actitudes de los trabajadores. c. Según lo establece Roberto Roldan Don, la dedicación a la tarea de formación en cualquier empresa, organización o institución puede tener una doble vertiente.

Esquema Nº 2

Gestión de la formación

Operativización de la formación

La primera consiste fundamentalmente en el análisis de las necesidades de formación de las personas que componen dicha organización o institución, y el intento de satisfacerlas, planificando las acciones formativas que se llevarán a cabo. Es necesario resaltar que se requiere no sólo la evaluación de las competencias del trabajador, sino que además se debe evaluar las actitudes según el puesto de trabajo que requiere la organización; la segunda vertiente, denominada operativización de la formación, consiste en llevar a cabo las acciones formativas, establecidas en el plan de formación, contenidos que se van a impartir, qué estrategias formativas se van a emplear y cómo se desarrollarán los cursos, todo ello en el marco de las disposiciones legales existentes.

Organizaciones de todo tipo están cada vez más interesadas en alcanzar y demostrar un sólido desempeño de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) mediante el control de sus riesgos, acorde

con su política y objetivos de SST. Lo hacen en un contexto de una legislación cada vez más exigente, del desarrollo de políticas económicas y otras medidas para fomentar las buenas prácticas de SST, y de una mayor preocupación de las partes interesadas en esta materia.

III.

CONCLUSIONES La implementación de la Seguridad y Salud basada en el comportamiento se funda en la formación de los trabajadores no sólo en el desarrollo de las competencias, sino en el análisis y mejoramiento de actitudes del trabajador responsable de su seguridad al momento del desarrollo de sus funciones en el puesto de trabajo específico. Consecuentemente, “el deber de prevención” no puede recaer exclusivamente en el empleador, toda vez que para su eficaz cumplimiento se requiere de la participación adecuada del trabajador.

Asimismo, resulta indispensable considerar que la formación en seguridad y salud “trabajador-alumno” debe ser impartida desde educación inicial como ocurre en otros países, y que han obtenido mejores resultados, toda vez que la cultura preventiva es adquirida desde temprana edad y el proceso de formación para el trabajo resulta más eficiente en materia de prevención de riesgos.

Finalmente, es necesario insistir en que la implementación de un adecuado sistema de gestión contribuye con la competitividad, productividad, rentabilidad, crecimiento, disposición para el cambio de las empresas cuyos empleadores socialmente responsables deseen alcanzar los referidos objetivos. En esta línea, con el fin de acreditar la adecuada implementación pueden obligarse voluntariamente a las diversas certificaciones como son las OHSAS 18001, sobre sistemas de seguridad y salud, ISO 9001, sobre sistemas de control de calidad, o ISO 14001, referido al mejoramiento del medio ambiente. 9 Siendo esto así, fácilmente podríamos implementar un sistema de gestión basada en el comportamiento, sin requerimientos de orden legal, recordando que las legislación solo establece pisos mínimos que pueden ser mejorados en el sistema de gestión de seguridad y salud

IV.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS  



 

HISTORIA DE LA SEGURIDAD EN CONSTRUCCIÓN, UNIVERSIDAD DE CORUÑA, ENERO 2015, PP 231, BALLESTEROS REYES PEREZ, RICARDO; GARCIA RIVERA, FELIX N. SEGURIDAD Y SALUD EN LA CONSTRUCCIÓN. TESIS DOCTORAL INÉDITA. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, FACULTAD DE INGENIERIA, 2010 NORMA TECNICA DE EDIFICACION G.050 SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION. DIRECCIONA NACIONAL DE RELACIONES DE TRABAJO, DIRECCIONES DE CAPACITACIÓN. MINTRA. 2009. DISTRIBUCION GRATUITA. LEY N° 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD, Y SU REGLAMENTO, EL D.S N° 005-2012-TR WWW.STPS.GOB.MX/04_SUB_PREVISION/_03_DGSHT/VARIOS/TRATADOS.HTM , DECRETOS Y TRATADOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO.