Impugnacion y Reclamacion Paternidad

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MATERIA PROCEDIMIENTO DEMANDANTE RUT ABOGADO PATROCINANTE RUT ABOGADO PATROCINANTE RUT APODERADO RUT DEMANDADO RUT DEMANDADO RUT

: DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD Y RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN. : ORDINARIO DE FAMILIA. : DIANA NICOL VALDES CASTILLO. : 17.686.024-3 : MARÍA PAZ JEREZ REINOSO. : 13.232.153-1. : LUIS MONTECINOS GONZALEZ. : 12.962.499-K. : MARTA LORENA URRUTIA SAZO. : 13.949.214-5. : LUCAS SEGUNDO VALDES CARRASCO : 10.201.474-K : JUAN ANTONIO ZAMORANO QUINTANA : 8.286.836-4

EN LO PRINCIPAL: Demanda de Impugnación de Paternidad y Reclamación de Filiación no matrimonial; PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Propone forma de notificación que indica; TERCER OTROSÍ: Privilegio de pobreza; CUARTO OTROSÍ: Solicita copias; QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder. S.J. DE FAMILIA DE TALCA DIANA NICOL VALDES CASTILLO, soltera, estudiante, R.U.T. 17.686.0243, 19 años de edad, domiciliada en la localidad de Queri, La Palmera sin N°, comuna de San Clemente, a SS. Respetuosamente digo: Que vengo en deducir demanda de impugnación de paternidad en contra de LUCAS SEGUNDO VALDES CARRASCO, desconozco ocupación, R.U.T. 10.201.474-K, con domicilio en la localidad de Queri, Villa Roca, sin N°, comuna de San Clemente; y de reclamación de filiación no matrimonial en contra de JUAN ANTONIO ZAMORANO QUINTANA, R.U.T. 8.286.836-4, domiciliado en 4 norte N°3334, Villa Valle Claro, en Talca, en atención a los argumentos de hecho y fundamentos de derecho que a continuación expongo: HECHOS: El 23 octubre del año 1987 mi madre MARGOT DEL CARMEN CASTILLO BARRIOS

contrajo

CARRASCO,

pero

matrimonio

con

posteriormente,

don

LUCAS

producto

de

SEGUNDO

desavenencias,

VALDES deciden

separarse. Durante el tiempo en que ellos estuvieron separados de hecho, mi madre conoce a don JUAN ANTONIO ZAMORANO QUINTANA con quien inicia una relación sentimental. Cuando mi madre queda embarazada de mi, esta relación se termina, y al momento de mi nacimiento, yo quedo inscrita en el Registro Civil como hija de filiación matrimonial de don LUCAS SEGUNDO VALDES CARRASCO.

Actualmente es mi deseo regular esta situación y poder ser reconocida por quien es mi verdadero padre. DERECHO El artículo 204 del Código civil señala quienes son los titulares de la acción de reclamación de filiación, siendo el artículo 208 del mismo cuerpo legal el que justifica esta presentación al rezar “Si estuviese determinada la filiación de una persona y quisiese reclamarse otra distinta, deberán a ejercerse simultáneamente las acciones de impugnación y de reclamación de la nueva filiación” señalando el inciso segundo que no regirán para este caso los plazos señalados en el párrafo tercero del título VIII. Cabe señalar que el artículo 186 del Código civil, indica que la filiación no matrimonial queda determinada legalmente por el reconocimiento o por sentencia firme en juicio para filiación. Por otra parte, el artículo 195 del mismo cuerpo legal, permite la libre investigación de la paternidad, aceptando toda clase de pruebas para este efecto, sean estas decretadas de oficio o a petición de parte, de acuerdo al artículo 198. POR TANTO, en virtud de lo expuesto, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código Civil, 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y de la ley N° 19.968, sobre Tribunales de Familia, y demás normas aplicables. RUEGO A S.S.: Se sirva tener por deducida demanda de impugnación de paternidad en contra de LUCAS SEGUNDO VALDES CARRASCO, y de reclamación de filiación no matrimonial en contra de

JUAN ANTONIO

ZAMORANO QUINTANA, ambos ya individualizados, acogerlas a tramitación, citando a las partes a la Audiencia Preparatoria respectiva, y en definitiva, dar lugar a ella en todas sus partes, determinando legalmente la filiación no matrimonial reclamada, declarando al demandado JUAN ANTONIO ZAMORANO QUINTANA como mi padre, ordenando subinscribir la sentencia al margen de la inscripción de nacimiento, rolante bajo el N°209 del Registro del Año 1991, correspondiente al Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Talca.

PRIMER OTROSI: Ruego a US. Se sirva tener acompañados, en la forma y bajo el apercibimiento correspondiente, los siguientes documentos: -

Certificado de nacimiento de DIANA NICOL VALDES CASTILLO.

SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. Que de acuerdo el artículo 23 inciso 6 de la ley N° 19.968, se sirva autorizar que todas las resoluciones que se dicten en este juicio

sean

notificadas

[email protected].

al

correo

electrónico

[email protected];

TERCER OTROSI: Ruego a US. Tener presente que en esta causa me encuentro patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial, razón por la cual gozo de privilegio de pobreza por el solo ministerio de la ley, en los términos de los artículos 600 del Código Ordinario de Tribunales, circunstancia que acreditaré oportunamente con el certificado respectivo. CUARTO OTROSI: Ruego a US. que con la finalidad de tener conocimiento de todo lo que ocurre en el proceso, se sirva darnos copia de todo lo obrado en el este, así como también tener acceso a toda la documentación acompañada. QUINTO OTROSI: Ruego a S.S. tener presente que en esta causa designo como abogado patrocinante y confiero poder a los abogados de la Corporación de Asistencia Judicial, Consultorio Talca, doña MARIA PAZ JEREZ REINOSO, y don LUIS MONTECINOS GONZALEZ, ambos con patente municipal al día, otorgándole para tal efecto, las facultades de ambos incisos del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, confiero poder a la licenciada en Ciencias Jurídicas doña MARTA LORENA URRUTIA SAZO, postulante de dicha Corporación, para el sólo efecto de realizar la vista y retiro del expediente, así como para la asistencia a las audiencias y alegatos que se decreten, durante el curso de esta causa, con expresas facultades de transigir, avenir y conciliar, quienes están domiciliados para estos efectos en calle 4 Sur Nº 768, de la ciudad de Talca.

LUIS MONTECINOS GONZÁLEZ. 12.962.499-K.

MARÍA PAZ JEREZ REINOSO. 13.232.153-1.

MARTA LORENA URRUTIA SAZO. 13.949.214-7

DIANA VALDES CASTILLO. 17.686.024-3