Historia Del Derecho Laboral guatemalteco

HISTORIA DEL DERECHO LABORAL Surgimiento Es difícil ubicar un momento exacto en el que surgió El D. Laboral, sin embargo

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HISTORIA DEL DERECHO LABORAL Surgimiento Es difícil ubicar un momento exacto en el que surgió El D. Laboral, sin embargo se preceptúa que surge por la necesidad de los trabajadores, muchos lo ubican con el período de la revolución industrial (Edad Moderna), la cual dio origen a nuevas relaciones de trabajo en las cuales los trabajadores pasaron de desempeñar su labor en sus domicilios a establecimientos propiedad de sus empleadores, siendo sometidos a exigencias y a desempeñar labores hasta ese momento desconocidas. A esto se agrega la introducción de la maquina la que hizo posible el trabajo de niños y de mujeres que competían con los trabajadores adultos, lo que sumado a la mayor productividad alcanzado por las maquinas ocasionó la existencia de enormes contingentes de trabajadores desempleados cuyas condiciones de trabajo eran miserables. Por lo cual se podía sustituir a un trabajador que protestara por las condiciones de trabajo por otro. Esta nueva organización de trabajo sometía a condiciones de esfuerzo, horario, riesgos de accidentes, enfermedades profesionales, falta de descanso y remuneración ínfima. A raíz de esta nueva forma de presar el trabajo fueron surgiendo de forma espontánea y esporádica diversos tipos de protestas como las manifestaciones, la huelga, la ocupación de fábricas, el sabotaje, y por último la formación de organizaciones de trabajadores (sindicatos).  Trabajo: prestación de un servicio a cambio de una remuneración  Persona jurídica: ente jurídico incorpóreo que se forma por la voluntad de 2 o más personas que adquiere capacidad para contraer obligaciones y adquirir derechos.  Cuándo surgió el D. laboral en Guatemala? Surgió con la Revolución del 44, en el gobierno de Juan José Arévalo Bermejo. Definición del Derecho de Trabajo Es una rama de D. público que comprende un conjunto de principios, doctrinas y normas jurídicas, que regulan la relación entre patrono y trabajador con ocasión del trabajo; derechos y obligaciones de cada uno de ellos y las instituciones que resuelven sus conflictos. Art. 1 Código de Trabajo (objeto de la ley). Trabajador (individual o colectivo) Persona individual o jurídica que presta sus servicios ya sea materiales so intelectuales a un patrono a cambio de una remuneración (salario) Art. 3 C.T. Patrono Persona individual o jurídica que solicita los servicios de un trabajador para obtener una ganancia y los recompensa con un salario. Art. 2 C.T. El D. de Trabajo está ubicado en el D. público porque interviene el Estado para garantizar los derechos humanos, el bien común, para regularizar y evitar los abusos. La evolución histórica se ha dado por la necesidad.

ETAPAS EN EL DESARROLLO DEL DERECHO DE TRABAJO 1. Represión En dicha fase era proscrito (sinónimo de delito) todo intento de sedición (cualquier movimiento popular que exige un cambio), conspiración y otras figuras delictivas a los intentos de huelga y de organización de los trabajadores. Se persiguió a los líderes obreros y se trato de sofocar todo movimiento. 2. Tolerancia Esta etapa obedece a un cambio en la orientación del Estado; ya no se perseguían los movimientos obreros pero tampoco se les protegía, ni se creaban leyes que los regularen, simplemente se les ignoraba, no se les tomaba en cuenta salvo cuando sus actuaciones afectaban el orden público. Se empieza a aceptar el derecho de la libre asociación el cual empezó a ser invocado por los trabajadores. 3. Legalización A principios del S. XX emergió el concepto de derechos sociales y comienzan los gobiernos a reconocer el empuje del movimiento colectivo laboral. Es quizá el hecho de que no se pudo reprimir los movimientos colectivos laborales; y que al mismo tiempo surge un interés político en ellos para aprovecharse de esos movimientos a intereses políticos; el hecho fue que aquellos movimientos anteriormente perseguidos marginados, ignorados ahora serian reconocidos por la ley. Este movimiento legislativo de reconocimiento se dio en 2 fases: la primera fase un reconocimiento a nivel de las leyes ordinarias, la 2a. fase un reconocimiento de carácter constitucional.  La primera constitución que reconoció el D. Laboral fue? La Constitución de la Revolución de 1945. EVOLUCIÓN DE LAS NORMAS LABORALES EN GUATEMALA La evolución laboral del normativo guatemalteco tuvo un retraso puesto que existieron pocos precedentes legales del D. de trabajo. Las Leyes de Indias que rigieron bajo la corona española sorprenden al contener pequeñas pinceladas de carácter laboral como por ej. una jornada de trabajo de 8 horas. No obstante que fueron muy poco cumplidas. De lo civil a lo laboral Al igual que el contexto general internacional las normas laborales surgen del área civil por ej. el Código Civil de 1877 dentro de sus contratos incluye un art. que dice: "En caso de duda se estará a lo que diga el patrono bajo palabra". En el Decreto 486 de 1894 se indica: "Aunque no se oculta a las autoridades delegadas para hacer leyes y cumplirlas, el trabajo en una sociedad libre no debe reglamentarse, si no dejar a la espontaneidad individual de oferta y demanda dictar trámites que allanen (permitan) la transición que sufre el trabajo para que pase de un estado coactivo a una acción independiente".

PRINCIPIOS QUE ILUSTRAN EL DERECHO DEL TRABAJO Principios Son una serie de directrices que pueden ser escritas o no escritas que orientan, sustentan cualquier rama del Derecho. Principio de tutelaridad Es aquel que establece que el D. del trabajo es tutelar del trabajador (su esencia es proteger más al trabajador), trata de compensar, equilibrar la desigualdad económica y general o de todo tipo que existe entre patrono y trabajador. Art. 103 CPRG. La inversión de la carga de la prueba Principio conexo al de tutelaridad. Todo lo que el trabajador diga se tiene por cierto, el que tiene que desvirtuar lo que el trabajador dice es el patrono. Art. 30 C.T. Garantías mínimas Este principio establece que todo los derechos obtenidos en materia laboral son un mínimo para una relación laboral, sobre el cual se puede negociar pero nunca disminuirlo. Art. 22 C.T. (garantías y derechos mínimos) y Art. 102 CPRG (derechos mínimos sociales).  Art. 102 # 1: Escoger su trabajo. El Estado debe general el trabajo.  Art. 102 # b: Igual trabajo, igual salario.  Art. 102 # d: Pagar con dinero.  Art. 102 # e: Inembargable el salario solo cuando la ley lo determine (Ej. pensión alimenticia).  Art. 102 # m: No discriminar a incapacitados. Principio de irrenunciabilidad Establece que los derechos laborales son irrenunciables para el trabajador y en caso que manifestare su voluntad esto será ipso jure (nulo de pleno derecho) Art. 106 CPRG y 12 C.T. Principio de estabilidad Se entiende que una relación laboral por principio otorga al trabajador estabilidad, es decir permanencia continua en su trabajo. Art. 26 C.T. Principio de imperatividad y necesidad El Derecho de trabajo es de un carácter obligatorio para las partes y se hace necesario por la relación de trabajo. Art. 14 C.T. y Considerando 4 literal c. Realidad y objetividad El D. de trabajo se basa en una realidad nacional, para establecer sus garantías mínimas y es objetivo; porque no obstante la tutelaridad no viola los derechos del patrono. Art. 103 CPRG y Considerando 4o. literal d C.T. El Derecho de trabajo es una disciplina hondamente democrática Considerando 4o. literal f C.T. (dignificación) Induvio pro operario

Consiste en q en caso de duda en la aplicación de las normas laborales se entenderá aplicado lo más favorable al trabajador. Art. 102 # i CPRG.