GUARDAS, FAJAS TRANSPORTADORAS

DS 024 - 2016 EM DS 023 - 2017 EM DS 024 - 2016 EM DS 023 - 2017 EM REFERENCIAS LEGALES AL CA NC E OB JE T IV O

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DS 024 - 2016 EM

DS 023 - 2017 EM

DS 024 - 2016 EM

DS 023 - 2017 EM

REFERENCIAS LEGALES

AL CA

NC E

OB JE T

IV O

ANEXO 09 DS 024- 2016

Art. 38. (7): Verificar que los trabajadores usen máquinas con las guardas de protección colocadas en su lugar.

Art. 320.: Toda máquina, equipo y sistema Art. 320.: Las máquinas y equipos que posean operacional que posea partes móviles o que partes móviles expuestas que impliquen riesgo de provoquen la caída de material deberá contar con caídas o atrapamiento de personas deben contar guardas de protección adecuadas. Estos con guardas de protección. Estos dispositivos deben dispositivos deberán evitar el contacto del cuerpo evitar el contacto del cuerpo humano con humano con elementos móviles tales como fajas elementos móviles tales como fajas transportadoras, polines, poleas, rodillos, transportadoras, polines, poleas, rodillos, engranajes, volantes, bielas, ejes, correas, tornillo engranajes, volantes, bielas, ejes, correas, tornillo sin fin y otros, los cuales deben ser identificados, sin fin y otros, los cuales deben ser identificados, inventariados y señalizados. inventariados y señalizados. Art. 320.: Estará prohibido el inicio de operación de maquinarias y equipos que no cuenten con estas guardas de protección.

Art. 360. (d): Antes de iniciar cualquier trabajo de mantenimiento y reparación de equipos o circuitos eléctricos, se procederá a desenergizarlo y descargarlo bloqueando su reconexión. Si en un sólo circuito existe la necesidad de hacer varios trabajos, cada trabajador o cada jefe responsable colocará su candado y tarjeta; los cuales serán retirados sucesivamente al término del trabajo. Antes de la reconexión de la energía, el área debe quedar limpia de herramientas, materiales y desperdicios. Además, todas las maquinarias deben tener puestas sus respectivas guardas, salvo las excepciones indicadas por el Código Nacional de Electricidad o Norma DGE específica.

Art. 320.: Está prohibido el inicio de operación de maquinarias y equipos que no cuenten con las respectivas guardas de protección.

descargarlo bloqueando su reconexión. Si en un sólo circuito existe la necesidad de hacer varios trabajos, cada trabajador o cada jefe responsable colocará su candado y tarjeta; los cuales serán retirados sucesivamente al término del trabajo. Antes de la reconexión de la energía, el área debe quedar limpia de herramientas, materiales y desperdicios. Además, todas las maquinarias deben tener puestas sus respectivas guardas, salvo las excepciones indicadas por el Código Nacional de Electricidad o Norma DGE específica.

Art. 320.: Está prohibido el retiro de guardas de protección, de maquinaria y equipos en movimiento.

ESTANDAR

ESPECIFICACIONES DEL ESTA

Art. 277. (h): En los caminos peatonales donde se requiera que trabajadores caminen a lo largo de fajas elevadas se construirá barandas de seguridad apropiadas. Los caminos peatonales inclinados deben de ser de tipo antideslizante. Art. 277. (j): Se construirá pasos a nivel donde sea necesario cruzar fajas transportadoras. Las fajas en movimiento sólo deben cruzarse en los puntos designados. Art. 325.: En las concesiones de transporte de mineral o concentrado o desmonte en fajas transportadoras se debe implementar programas Art. 325.: En las concesiones de transporte de de supervisión y mantenimiento, sistemas de concentrados en fajas transportadoras se control de monitoreo de operación, de monitoreos implementará programas de supervisión y topográficos, de iluminación, de ventilación, de mantenimiento, sistemas de control de monitoreo ruido, de polvo, de comunicación y de drenaje; de operación, de monitoreos topográficos, de instalaciones eléctricas, motores y sistemas contra iluminación, de ventilación, de ruido, de polvo, de incendio. comunicación y de drenaje; instalaciones eléctricas, motores y sistemas contra incendio.

Art. 377.: La instalación, operación y mantenimiento de fajas, polines, motores y reductores, poleas motoras, poleas de cola, sistema de frenado, entre otros, deberán hacerse de acuerdo con los estándares del fabricante. Todas las fajas transportadoras tendrán un cable interruptor a cada lado para casos de emergencia, instalado a lo largo de toda su longitud, operativa, libre de obstáculos y al alcance del operador.

RE VI SI ÓN

R CO EGI D N S N OC TR TRO UM O S, L EN ES TA Y CI Ó

RE SP ON SA B LE

017 EM

Norma G 050 seguridad durante la construccion

OSHA 29 CFR 1926 subparte I

017 EM

Norma G 050 seguridad durante la construccion

OSHA 29 CFR 1926 subparte I

17. Herramientas Manuales y Equipos Portátiles.: 1Las y equipos que posean que impliquen riesgo de herramientas manuales y equipos portátiles deben estar personas deben contar exentos de grasas o aceites antes de su uso o almacenaje Estos dispositivos deben y contar con las guardas protectoras en caso se usen discos de esmerilado, corte o pulido. uerpo humano con 2Toda herramienta manual o equipo portátil tales como fajas accionado por fuerza motriz debe poseer guardas de es, poleas, rodillos, seguridad para proteger al trabajador de las partes s, ejes, correas, tornillo móviles del mismo, y en la medida de lo posible, de la eben ser identificados, proyección de partículas que pueda producirse durante señalizados. su operación.

l inicio de operación de ue no cuenten con las s de protección.

el retiro de guardas de naria y equipos en ento.

Las correas de transmisión deben tener guardas para contener la acción de chicoteo de una correa quebrada.

ones de transporte de o desmonte en fajas mplementar programas nimiento, sistemas de peración, de monitoreos ión, de ventilación, de nicación y de drenaje; otores y sistemas contra dio.

26 subparte I

26 subparte I

NORMAS NACIO

ALTO RIESGO: GUARDAS DE PR OSHA 29 CFR 1910 Industrial general subparte O (211-219)

ANSI B11.19

Establecer los requerimientos mínimos para p

Este estándar aplica a todas las máquinas y equipos en gener

OSHA 29 CFR 1910 Industrial general subparte O (211-219)

Se deberá resguardar el punto de operación de las máquinas cuya operación exponga a un empleado a lesiones. El resguardo deberá estar de acuerdo con cualquier norma apropiada para el mismo, o en ausencia de normas específicas aplicables, deberá estar diseñado y construido de modo que evite que el operador tenga cualquier parte de su cuerpo en la zona de peligro durante el ciclo de operación.

ANSI B11.19

7.1. Diseño y construcción. Material utiliza en la construcción de dispositivos de barrera deberá ser de diseño y lo suficientemente resistentes para proteger a la personas contra los peligros identificados.

Guardas de barrera deben estar libres de bordes afilados rebabas, soldaduras de escoria, cierres, u otros peligros qu pueden dañar a las personas durante la manipulación, la eliminación o el uso de los guardas o equipos.

El diseño y la construcción de la barrera de protección se asegurarán de que los individuos no pueden alcanzar el peli al tocar, por debajo, alrededor oa través de la barrera de protección.

Guardas de barrera deben estar diseñados y construidos pa garantizar la facilidad de uso.

La guarda estará diseñado y construido para proporciona visibilidad de la zona de peligro apropiados para la operaci particular

7.2. Instalación y operación La unión de la guarda de barrera a la máquina o la zona peligro deberá garantizar que las personas no pueden alcanz peligro al tocar, por debajo, alrededor oa través de la barrera protección.

El ajuste de los dispositivos de barrera debe ser revisado reajustado, si es necesario, después de cada puesta en marc el cambio de herramientas.

Cuando una máquina se modifica o se trasladó, la guarda ( barrera deberá ser re-evaluado o vuelve a instalar para prot a los individuos de riesgos reconocidos.

El usuario debe asegurarse de que las guardas de barrera es instalados, mantenidos y operados con el fin de proteger con a) ajuste o elusión no autorizada; b) Peligros entre la protec y las partes móviles de la máquina o herramientas.

El usuario debe asegurarse de que las guardas de barrera es instalados, mantenidos y operados con el fin de proteger con a) ajuste o elusión no autorizada; b) Peligros entre la protec y las partes móviles de la máquina o herramientas.

n deben tener guardas chicoteo de una correa ada.

De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 y 44 del D.S. 024

NOMBRE DEL REGISTRO (N/A) - RESPON

C

NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES

UARDAS DE PROTECCIÓN, FAJAS TRANSPORTADORES

NSI B11.19

ANSI B11.TR3

ISO 13857

os requerimientos mínimos para prevenir accidentes por contacto sin intención con partes móviles de maquinarias.

las máquinas y equipos en general, y deberá ser cumplido por todos aquellos que tengan contacto directo con dichos elementos.

NSI B11.19

ANSI B11.TR3

UNE- EN ISO 13857:2008

n. Material utilizado ositivos de barrera deberá ser de tal nte resistentes para proteger a las los peligros identificados.

en estar libres de bordes afilados, scoria, cierres, u otros peligros que sonas durante la manipulación, la so de los guardas o equipos.

ión de la barrera de protección se viduos no pueden alcanzar el peligro ededor oa través de la barrera de protección.

n estar diseñados y construidos para r la facilidad de uso.

do y construido para proporcionar eligro apropiados para la operación particular

n de barrera a la máquina o la zona de ue las personas no pueden alcanzar el , alrededor oa través de la barrera de protección.

vos de barrera debe ser revisado y después de cada puesta en marcha o o de herramientas.

modifica o se trasladó, la guarda (s) ado o vuelve a instalar para proteger s de riesgos reconocidos.

de que las guardas de barrera están perados con el fin de proteger contra: rizada; b) Peligros entre la protección de la máquina o herramientas.

Alcance hacia arriba La figura 1 muestra las distancias de seguridad para dicho alcance. h será mayor o igual a 2700 mm si el riesgo es alto, o 2500 mm si el riesgo es bajo. Alcance por encima de estructuras de protección La figura 2 muestra los parámetros intervinientes en la determinación de la altura de la estructura de protección y la distancia de seguridad horizontal.

Las condiciones para la utilización de la norma en este caso son las siguientes: - Se utilizará la tabla 1¹ en caso de riesgo bajo y la tabla 2¹ en caso de riesgo alto - Las tablas ofrecen valores mínimos. - No se deben hacer interpolaciones en las tablas - Las estructuras de protección de altura inferior a 1000 mm no están incluidas, porque no restringen suficientemente las partes del cuerpo. - En caso de riesgo alto, no se deberían utilizar estructuras de protección más bajas de 1400 mm sin medidas preventivas adicionales. - Para

Las condiciones para la utilización de la norma en este caso son las siguientes: - Se utilizará la tabla 1¹ en caso de riesgo bajo y la tabla 2¹ en caso de riesgo alto - Las tablas ofrecen valores mínimos. - No se deben hacer interpolaciones en las tablas - Las estructuras de protección de altura inferior a 1000 mm no están incluidas, porque no restringen suficientemente las partes del cuerpo. - En caso de riesgo alto, no se deberían utilizar estructuras de protección más bajas de 1400 mm sin medidas preventivas adicionales. - Para zonas peligrosas por encima de 2500/2700 mm hay que remitirse al apartado anterior

Alcanzar el otro lado mediante estructuras protectoras con un riesgo elevado y bajo No se han considerado las estructuras protectoras con una altura inferior a 1.000 mm, dado que no restringen satisfactoriamente el movimiento. Cuando el riesgo es elevado, no se deberán utilizar las estructuras protectoras inferiores a 1.400 mm sin adoptar medidas adicionales en razón de la seguridad. Los valores que aparecen en los campos de color verde oliva serán válidos en caso de riesgo reducido. Los valores que aparecen en los campos amarillos serán válidos en caso de riesgo elevado o, será necesario adoptar otras medidas en razón de la seguridad.

Alcance a través de aberturas irregulares Las condiciones para la utilización de la norma en este caso son las siguientes: - Hay que determinar el diámetro de la abertura circular más pequeña, el lado de la abertura cuadrada más pequeña y la anchura de la ranura más estrecha, en las que se puede inscribir completamente la abertura irregular.

ido en el Art. 38 y 44 del D.S. 024-2016-EM. Será el compromiso de supervisor y trabajadores es decir empleadores y empleados.

RE DEL REGISTRO (N/A) - RESPONSABLE DEL CONTROL (N/A) - TIEMPO MÍNIMO DESDE SU APLICACIÓN (N/A)

CONTROL DE CAMBIOS - VERSIÓN 00

RTADORES NTP 552

30 CFR56 14105

NTP 552

30 CFR56 14105

quinarias.

o con dichos elementos.

Las reparaciones o el mantenimiento de la maquinaria o el equipo deben realizarse solo después de que la alimentación esté apagada y la maquinaria o el equipo bloqueados contra movimientos peligrosos. El movimiento o activación de maquinaria o equipo está permitido en la medida en que los ajustes o pruebas no se pueden realizar sin movimiento o activación, siempre que las personas estén efectivamente protegidas del movimiento peligroso.

maquinaria o el equipo deben realizarse solo después de que la alimentación esté apagada y la maquinaria o el equipo bloqueados contra movimientos peligrosos. El movimiento o activación de maquinaria o equipo está permitido en la medida en que los ajustes o pruebas no se pueden realizar sin movimiento o activación, siempre que las personas estén efectivamente protegidas del movimiento peligroso.

Dimensionamiento de resguardos para impedir el alcance hacia arriba o por encima de una estructura de protección.Se deben determinar las distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los miembros superiores.Las normas armonizadas elaboradas por el CEN establecen que, cuando el riesgo en la zona peligrosa es bajo (las posibles lesiones son de carácter leve, en general lesiones reversibles), se considera protegida por ubicación (distanciamiento) toda zona peligrosa situada por encima de 2,50 m; mientras que si el riesgo en la zona peligrosa es alto (en general lesiones o daños irreversibles), se considera protegida por ubicación (alejamiento) toda zona peligrosa situada por encima de 2,70 m (figura 1).

Para dimensionar la protección cuando el elemento peligroso está a una determinada altura, inferior a 2,50 - 2,70 m, con respecto al plano de referencia del trabajador (nivel en el que la persona se sitúa normalmente), se valoran conjuntamente tres parámetros que influyen en el alcance por encima

Para dimensionar la protección cuando el elemento peligroso está a una determinada altura, inferior a 2,50 - 2,70 m, con respecto al plano de referencia del trabajador (nivel en el que la persona se sitúa normalmente), se valoran conjuntamente tres parámetros que influyen en el alcance por encima de una estructura de protección (figura 2):distancia de un punto de peligro al suelo.altura del borde del resguardo.distancia horizontal desde el punto de peligro al resguardo.

En la Tabla 2 se representan, cuando el riesgo en la zona peligrosa es bajo, los valores mínimos que deben tener esos parámetros a fin de garantizar la inaccesibilidad al elemento peligroso, fijando como criterio de aplicación que no se deben hacer interpolaciones a partir de los valores de la tabla. Así pues, cuando los valores de a, b o c estén situados entre dos valores de la tabla, se elegirá el valor que entrañe el mayor nivel de seguridad.

Dimensionamiento de resguardos para impedir el alcance por debajo de las estructuras de protección

Dimensionamiento de resguardos para impedir el alcance por debajo de las estructuras de protección

pleadores y empleados.

N/A)

RM N° 111 -2013 - MEM - DM

OSHA 30 CFR 75.1731

RM N° 111 -2013 - MEM - DM

OSHA 30 CFR 75.1731

Art. 60.: Protección de partes energizadas (vivas desnudas)Todas las partes vivas que operen a más de 50 V con relación a tierra sin cubiertas aislantes serán provistas de guardas, a menos que se ubiquen a suficiente distancia horizontal, vertical o combinación de ambas de tal forma que minimicen la posibilidad de contacto accidental con los trabajadores de acuerdo a lo establecido en el Código Nacional de Electricidad. La protección de las partes energizadas dentro de compartimientos se mantendrá durante la operación y

compartimientos se mantendrá durante la operación y mantenimiento para impedir que las herramientas u otros equipos caigan sobre dichas partes, a excepción del reemplazo de fusibles u otro accesorio necesario, el cual será realizado por personal calificado y equipado. Al retirar las guardas de los equipos energizados, se colocará avisos y se instalará barreras alrededor del área de trabajo para impedir que el personal que no trabaja en los equipos, pero que está en el área, tenga acceso a las partes vivas expuestas

Art. 29.: Previsiones contra contactos con partes con tensión Se colocarán, obstáculos que impidan todo contacto accidental con las partes vivas de la instalación. Los obstáculos de protección deben estar fijados en forma segura; y, deberán resistir los esfuerzos mecánicos usuales

Mantenimiento de cintas transportadoras y entradas de cintas transportadoras.(a) Los rodillos dañados u otros componentes dañados de la cinta transportadora, que representan un peligro de incendio, deben repararse o reemplazarse de inmediato. Todos los demás rodillos dañados u otros componentes dañados de la cinta transportadora deben repararse o reemplazarse.(b) Las cintas transportadoras deben estar correctamente alineadas para evitar que la banda en movimiento roce la estructura o los componentes.(c) No se permitirán materiales en la entrada de la cinta transportadora donde el material pueda contribuir a un peligro de calentamiento por fricción.(d) El empalme de cualquier cinta transportadora aprobada debe mantener las propiedades ignífugas de la banda.

calentamiento por fricción.(d) El empalme de cualquier cinta transportadora aprobada debe mantener las propiedades ignífugas de la banda.

R 75.1731

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 308-2001-EM-VME

R 75.1731

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 308-2001-EM-VME

as transportadoras y rtadoras.(a) Los rodillos ntes dañados de la cinta esentan un peligro de se o reemplazarse de más rodillos dañados u añados de la cinta rarse o reemplazarse.(b) doras deben estar ara evitar que la banda la estructura o los mitirán materiales en la sportadora donde el buir a un peligro de ón.(d) El empalme de adora aprobada debe s ignífugas de la banda.

3.4.5 Sistemas de fajas transportadoras Toda sección accesible de una faja transportadora accionada eléctricamente deberá tener un cordón de seguridad que se extienda a lo largo de la sección y que esté dispuesto de tal manera que pare la faja en caso de emergencia. El interruptor operado por el cordón de seguridad será de reposición manual. Una faja transportadora usada en mina subterránea o una faja transportadora de más de 15 m de longitud instalada en un edificio u otra estructura cerrada tendrá un dispositivo de detección para parar el motor en el caso de que la faja se obstruya o se desvíe. Cuando la faja transportadora se arranque automáticamente o cuando una parte de ésta no sea visible para el operador, la faja tendrá un dispositivo de alarma previo al momento del arranque.

faja se obstruya o se desvíe. Cuando la faja transportadora se arranque automáticamente o cuando una parte de ésta no sea visible para el operador, la faja tendrá un dispositivo de alarma previo al momento del arranque.