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Misión, visión y valores Visión Ser referente institucional de información para el apoyo al desarrollo empresarial en Bo

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Misión, visión y valores Visión Ser referente institucional de información para el apoyo al desarrollo empresarial en Bolivia. Misión FUNDEMPRESA es una Fundación sin fines de lucro que apoya al desarrollo empresarial y opera el Registro de Comercio de Bolivia, brindando un servicio eficiente a los empresarios y al Estado, orientada a la mejora continua. Valores Integridad Transparencia Ética Lealtad Respeto Competencias Pro actividad Innovación Orientación al cliente Compromiso Calidad de trabajo Trabajo en equipo

¿Qué es el Registro de Comercio?

Seguridad Jurídica Empresarial: El Registro de Comercio certifica la legalidad de las empresas. El Registro de Comercio de Bolivia es el órgano del Estado Plurinacional que otorga personalidad jurídica y calidad de sujetos de derecho a las sociedades comerciales. (Art 133 Código de Comercio), que tiene como objeto extender la Matrícula de Comercio a los comerciantes e inscribir los actos, contratos y documentos sobre los cuales la Ley establece esta formalidad (Art. 27 Código de Comercio). Por lo tanto, las empresas unipersonales y sociedades comerciales, documentos, actos y contratos

sujetos a inscripción adquieren publicidad y oponibilidad frente a terceros a partir de la fecha de su inscripción (Art. 31 Código de Comercio). Principales funciones:

1. Registrar a todas las sociedades comerciales y empresas unipersonales que operan en el territorio nacional, sin importar su tamaño, ubicación geográfica o actividad económica.

2. Registrar los actos comerciales de las sociedades comerciales y empresas que sean públicos.

3. Certificar la información contenida en el Registro a cualquier ciudadano que así lo solicite.

4. Generar información estadística para coadyuvar a la institucionalidad pública y privada a la toma de decisiones.

Marco institucional

FUNDEMPRESA es una fundación sin fines de lucro que, en el marco de un Contrato de Concesión suscrito con el estado Plurinacional, opera el Registro de Comercio en todo el país (Ley 2064, Ley 2196, Decreto Supremo 26215 y Decreto Supremo 26335). La Ministra o Ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural administra el Registro de Comercio (Decreto Supremo 0071). El Ministerio cumple las funciones de regulación, control y fiscalización de las actividades del Concesionario y la prestación del servicio, en el marco del Reglamento y Contrato de Concesión (Decreto Supremo 26215).

La Autoridad de Fiscalización de Empresas - AEMP regula, controla y supervisa a las personas, entidades, empresas y actividades sujetas a su jurisdicción en lo relativo a Registro de Comercio (Decreto Supremo 0071).

Utilidad del Registro de Comercio

El Registro de Comercio de Bolivia es un bien social que brinda seguridad jurídica empresarial, constituyéndose en sí mismo en una institución importante para el resguardo y seguridad jurídica de las empresas y sociedades comerciales del país. A continuación, se detalla las principales utilidades del servicio: 

Certifica la legalidad de las empresas y sociedades comerciales.



Certifica el nacimiento y legalidad de su empresa a través de la Matrícula de Comercio.



Garantiza que el nombre de cualquier empresa (razón social o denominación) sea única, dentro de una misma actividad económica, en todo el territorio nacional.



Genera una imagen empresarial positiva frente a los clientes, testimoniando seriedad y confianza.



La Matrícula de Comercio de Bolivia es una carta de presentación de su empresa, acreditando su existencia legal ante las reparticiones públicas y privadas.



Otorga solvencia a las empresa y sociedades comerciales para ofertar productos y servicios en procesos de contratación públicos y privados.



La inscripción de las empresas constituye una ventaja comparativa porque le otorga mejores oportunidades frente a un competidor que no cuenta con la Matrícula de Comercio.



Promociona y hace visible a las empresas y sociedades comerciales mediante el Directorio Empresarial Virtual (www.fundempresa.org.bo/directorio).



Al inscribir los documentos, contratos y actos en el Registro de Comercio de Bolivia, se promueve la transparencia y legitimidad de las empresas unipersonales y sociedades comerciales.



Los actos de su empresa, inscritos en el Registro de Comercio de Bolivia, son una prueba fehaciente ante cualquier autoridad judicial o administrativa, nacional, departamental o municipal.



Resguarda y custodia los documentos comerciales de las empresas unipersonales y sociedades comerciales, cuyas copias o certificación se puede obtener en cualquier momento.



El Registro de Comercio de Bolivia, las empresas unipersonales y sociedades comerciales contribuyen a formalizar la economía del país.

Cómo inscribir una empresa en Bolivia

Conozca paso a paso cómo inscribir una empresa en el Registro de Comercio de Bolivia. FUNDEMPRESA elaboró guías sencillas y prácticas para la constitución e inscripción de una empresa unipersonal y sociedades comerciales en el Registro de Comercio de Bolivia. Se diseñaron tres modelos de guías: una para inscribir una empresa unipersonal, otra para constituir una sociedad de responsabilidad limitada y finalmente una para constituir una sociedad anónima. Guías de Trámites



Guía de Trámite para inscribir una Empresa Unipersonal Usted encontrará consejos útiles, requisitos, plazos, arancel, modelos de documentos para inscribir una empresa unipersonal y un detalle de las principales responsabilidades ante el Registro de Comercio de Bolivia.



Guía de Trámite para inscribir una Sociedad de Responsabilidad Limitada - SRL Usted encontrará consejos útiles, requisitos, plazos, arancel, modelos de documentos para inscribir una Sociedad de Responsabilidad Limitada - SRL y un detalle de las principales responsabilidades ante el Registro de Comercio de Bolivia.



Guía de Trámite para inscribir una Sociedad Anónima - SA Usted encontrará consejos útiles, requisitos, plazos, arancel, modelos de documentos para

inscribir una Sociedad Anónima - SA y un detalle de las principales responsabilidades ante el Registro de Comercio de Bolivia.

Marco normativo Documentos de interés: R.M. 050.2017 Aprobación de los periodos de aplicación obligatoria para la actualización anual de las matrículas de comercio R.M. 051/2017 Aprobación de modificaciones del nombre y del cuestionario de la Encuesta Anual de Unidad Productivas R.M. 141/2017 Modificación de trámites del Registro de Comercio R.M. 142/2017 Aprobación Reglamento de funcionamiento de la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio Códigos 

Código de Comercio Leyes



Ley N° 779 - Ley de Desburocratización para la creación y funcionamiento de Unidades Económicas



Ley Nº 708 Conciliación y Arbitraje



Ley N° 685 Cierre del Proceso de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas y de Atribuciones de la Autoridad de Fiscalización de Empresas - AEMP



Ley N° 3076 Modificaciones a las Leyes de Bancos, del Bonosol y de Procedimiento Administrativo



Ley N° 2495 - Ley de Reestructuración Voluntaria Decretos



D.S. 71/2009 Creación de Autoridades de fiscalización y Control Social



D.S. 27757 Procedimiento Reclamación Directa y Administrativa



D.S. 27384 Reglamento a la Ley Nº 2495



D.S. 27203 Reglamento de la Ley N° 2427 y el Capítulo VIII de la Ley N° 2495



D.S. 26733 Aclara y precisa los alcances del D.S. N° 26215 y el Artículo 444 del Código de Comercio



D.S. 26215 Reglamento de la Concesión del Registro de Comercio



D.L. 16833 Reglamento de la Dirección General de Registro de Comercio y Sociedades por Acciones Resoluciones vigentes emitidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural



R.M. 157/2017 Aprobación de los trámites de inscripción y actualización en el Registro de Comercio , para empresas públicas del nivel central del Estado



R.M. 126/2002 Aprobación del Manual de Procedimientos y cuadro de aranceles, 7/06/2002



R.M. 048/2013 Modificación y Actualización de Matrícula de Comercio, depuración de la Base Empresarial 27/03/2013



R.M. 307/2015 Implementación de la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia y del Portal Web del Registro de Comercio de Bolivia



R.M. 264/2015 Aprobación de trámites y modificaciones en el Registro de Comercio a ser incorporadas en el Manual de Trámites del Registro de Comercio



R.M. 030.2016 Aprobación de los Cuestionarios Encuesta Anual de Unidades Productivas Gestión 2015



R.M. 015 / 2016 Aprobación de los períodos de actualización de matrículas de comercio para la Gestión 2016



R.M. 035/2015 Aprobación de Cuestionarios de la Encuesta Anual de Unidades Productivas - Gestión 2014 - Sectores de Comercio y Servicios, Industria Manufacturera y Agroindustria



R.M. 028/2014 Aprobación de cuestionarios de la Encuesta Anual de Unidades Productivas - Gestión 2013 - Sectores de Comercio y Servicios, Industria Manufacturera y Agroindustria



R.M. 209/2013 Aprobación de Modificaciones a la Encuesta Anual de Unidades Productivas de la Agroindustria



R.M. 131/2013 Aprobación de Modificaciones a la Encuesta Anual de Unidades Productivas de la Industria Manufacturera



R.M. 027/2013 Modificación de Encuesta Anual de Unidades Productivas y modificación del cronograma de Actualización de Matrícula de Comercio



R.M. 184/2012 Aprobación de la Encuesta Anual de Unidades Productivas para el Sector Agroindustrial



R.M. 142/2012. Modificación periodo de Actualización industriales y petroleras



R.M. 095/2012 Complementaciones a la R.M. 071/2012



R.M. 071/2012 Aprobación de Encuesta Anual de Unidades Productivas y modificación de trámite de Actualización de Matrícula de Comercio



R.M.144/2010 Aprobación de nuevo procedimiento de trámite de control de homonimia o consulta de nombre



R.M.129/2010 Aprobación de nuevos requisitos de Actualización de Matrícula de Comercio



R.M.059/2010 Trámites para el Registro de Comercio



R.M.286/2009 Inscripción de contratos de Riesgo Compartido en el Registro de Comercio



R.M.283/2009 Autorización de Trámite de Revisión Previa a la Publicación en un Órgano de Prensa - Registro de Comercio



R.M.265/2009 Incorporación de la Escisión de Sociedades en el Manual de Procedimientos de Trámites del Registro de Comercio de Bolivia Resoluciones vigentes emitidas por la ex Superintendencia de Empresas



R.A.71/2008 Aprobación del Reglamento de Sanciones, 05/05/2008



R.A.36/2008 Reuniones Directorio por videoconferencia, 07/03/2008



R.A.10/2008 Ampliar el Reglamento de Infracciones y sanciones al Concesionario del Registro de Comercio, 25/03/2008



R.A.89/2007 Saneamiento de la documentación, 10/08/2007



R.A.77/2007 Gastos por concepto de fotocopias, 25/07/2007



R.A.56/2007 Publicaciones de convocatoria a asamblea de socios o junta de accionistas, 08/06/2007



R.A.33/2007 Aprobación del Reglamento de Infracciones y sanciones al Concesionario del Registro de Comercio, 24/12/2007. Con modificaciones. Ver R.A. SEMP N° 010/2008



R.A.160/2005 Inscripción de poderes de administradores y representantes, 14/11/2005



R.A.150/2005 Reuniones de directorio de sociedades anónimas constituidas en Bolivia, 19/10/2005



R.A.135/2005 Sanciones a personas individuales o colectivas, 13/09/2005



R.A.48/2005 Ampliación de plazo para la implementación del nuevo Manual de Procedimientos de Trámites, 31/03/2005



R.A.27/2005 Modificaciones al manual de Procedimientos de Trámites, 23/02/2005



R.A.256/2004 Ampliación para la implementación del Manual de Procedimientos de Trámites, 30/12/2004



R.A.205/2004 Aprobación del manual Guía de Procedimientos para el Registro de Comercio, 20/10/2004



R.A.135/2004 Cambio de información de empresas unipersonales con relación: a la dirección, aumento o disminución de capital, RUC, teléfono, licencia de funcionamiento, 21/06/2004 Resoluciones vigentes emitidas por el ex SENAREC



R.A.433/2003 Incremento de capital mediante la suscripción pública de acciones, 03/09/2003



R.A.176/2003 Plazo de renovación y vigencia de la Matrícula de Comercio, 14/04/2003



R.A.40/2003 Inscripción del acuerdo de ampliación o prorroga del término de duración de sociedades comerciales que no peticionaron la inscripción de su prorroga antes del vencimiento de su plazo, 15/01/2003



R.A.14/2002 Autorización para inscribir actos y/o contratos sin necesidad de haber realizado el proceso de saneamiento, 21/10/2002 Resoluciones Administrativas emitidas por la AEMP



RA/AEMP/DTFVCOC/RC/N° 003/2017 Registro de renuncia de Representante Legal de la empresa Minera Tahuamanu S.R.L., 04/07/2017



RA/AEMP/N° 91/2016 Inscripción Obligatoria ante el Registro de Comercio de Intermediación Inmobiliaria, 29/11/2016



RA/AEMP/N° 89/2016 Exhibición obligatoria de matrícula de comercio, 22/11/2016



RA/AEMP/N°010/2013 Actualización de Matrícula de Comercio gestión 2011, 04/02/2013



RA/AEMP/N° 0029/2012 Aclaración RA/AEMP/N° 0015/2012, 10/02/2012



RA/AEMP/N° 0015/2012 Actualización de matrícula de comercio Gestion 2010, 12/01/2012 Reglamentos emitidos por la AEMP Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales, 16/08/2011

TRÁMITES, REQUISITOS Y FORMULARIOS

 Reserva de razón social Control de Homonimia o Consulta de Nombre

Requisitos 1. Formulario Nº 0010 de solicitud de Control de Homonimia, debidamente llenado y firmado por el cliente. Arancel 

Empresa Unipersonal: Bs. 78,00



S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 136,50



S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 175,00

Plazos Un día hábil, a computarse a partir del día siguiente hábil al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Concepto A fin de establecer si el nombre comercial no se encuentra registrado, el trámite de consulta de Control de Homonimia se constituye en el mecanismo operativo del cliente para conocer la viabilidad del uso del nombre. Marco legal El derecho al nombre comercial y la protección que merece éste se encuentra regulado en los Art. 470 al 474 del Código de Comercio. El concepto básico de su formación se encuentra regido por la libertad de su creación, sin que pueda ser idéntico al de otro ya inscrito, similar, o que induzca a la confusión. Asimismo, no puede incluir el nombre de otro comerciante que no sea titular de la sociedad y/o empresa. Procedimientos El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural mediante Resolución Ministerial N° 144/2010 aprobó la modificación del Procedimiento del Trámite N° 1 "Control de homonimia o consulta de nombre" del Manual de Procedimientos de Trámites del Registro de Comercio, de acuerdo a lo siguiente: 1. Presentación de formulario en ventanilla de atención al cliente. 2. Pago correspondiente según arancel vigente. 3. En caso de aceptación de la solicitud, se emite el certificado de homonimia. 4. En caso de homonimia, se reinicia nuevamente el trámite, las veces que sea necesario (sin costo

adicional), hasta obtener la certificación de control de homonimia que acredite la posibilidad de utilizar el nombre consultado.  Actividades de iniciación Dentro de las actividades de iniciación se encuentran los siguientes tramites:  Inscripción de Comerciante Individual o Empresa Unipersonal  Inscripción de Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), Sociedad Colectiva o Sociedad en Comandita Simple  Inscripción de Sociedad Anónima (S.A.) o Sociedad en Comandita por Acciones constituidas por acto único  Inscripción de Sociedad Anónima (S.A.) o Sociedad en Comandita por Acciones por suscripción pública de acciones  Inscripción de Sociedad de Economía Mixta (S.A.M.)  Inscripción de Sociedad Constituida en el Extranjero  Inscripción de Entidad Financiera de Vivienda  Actualización de Matrícula  Fusión de Sociedades  Transformación  Apertura de Sucursal de Sociedad Comercial y Empresa Unipersonal constituidas en Bolivia/Apertura de Agencia de Entidad Financiera

 Modificaciones a la constitución  Modificación, Aclaración y/o Complementación de la Escritura de Constitución y/o Estatutos  Aumento de Capital  Disminución de Capital  Transferencia de Cuotas de Capital de Sociedad de Responsabilidad Limitada

 Transferencia de Empresa Unipersonal

 Cambios operativos Requisitos 1. Formulario Nº 0030 (para sociedad comercial) ó Formulario Nº 0032 (para empresa unipersonal o comerciante individual) de solicitud de Registro de Modificaciones y Cambios Operativos con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal o propietario según sea el caso. 2. En el caso de cambio de dirección, acompañar la publicación en un periódico de circulación nacional del aviso de cambio de dirección. (Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación) 3. En el caso de cambio de número de Licencia de Funcionamiento Municipal, acompañar fotocopia simple de la Licencia de Funcionamiento modificado. 4. En el caso de cambio de número de RUC o NIT, acompañar además fotocopia simple del mismo. 5. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial o la empresa unipersonal cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.

CAMBIO DE SISTEMA CONTABLE REQUISITOS: 1. Formulario Nº 0030/03 (para sociedad comercial) ó Formulario Nº 0032/03 (para empresa unipersonal o comerciante individual), de solicitud de Registro de Modificaciones y Cambios Operativos con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal, en caso de sociedad comercial.

2. Presentar un informe elaborado por el auditor, contador o empresa, que diseñó el sistema contable que contenga la siguiente información: a. Descripción sucinta del sistema módulos y opciones. b. Plan de cuentas. c. Descripción de centros de costos (en caso de no contar con centros de costos, se debe hacer constar a través de una nota elaborada al efecto). d. Manual de operaciones. e. Formato del listado del libro de ventas y compras IVA. 3. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial o la empresa unipersonal cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.

Arancel Empresa Unipersonal: Bs. 78,00S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 136,50S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 175,00Plazos Para los Cambios Operativos la duración del trámite es de un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Plazos Para los Cambios de Sistema Contable la duración del trámite es de tres días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Concepto CAMBIOS OPERATIVOS Son cambios o modificaciones de datos referenciales de la sociedad comercial o comerciante individual, a efectos de la actualización de los mismos en el Registro de Comercio. CAMBIO DE SISTEMA CONTABLE

Este trámite se refiere al cambio que puede optar la sociedad comercial o comerciante individual en el manejo del sistema contable que obligatoriamente debe llevar, a fin de obtener del Registro de Comercio la autorización para que sus asientos y anotaciones se realicen con el uso y empleo de medios mecánicos o electrónicos sobre hojas removibles o tarjetas. CAMBIOS OPERATIVOS DE DIRECCIÓN Y/O LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, RUC O NIT, TELEFONO, FAX, CASILLA DE CORREO POSTAL, CORREO ELECTRÓNICO Los cambios operativos referidos se pueden realizar en forma anual al momento de la actualización de Matrícula de Comercio, como consecuencia de dicho trámite sin costo alguno. Sin embargo, si por necesidades propias de la sociedad comercial o comerciante individual, éstos requieren efectuar el trámite en forma independiente en cualquier otro momento de la gestión, se deben sujetar al presente trámite y al arancel individual establecido al efecto Marco legal CAMBIOS OPERATIVOS Estos cambios se encuentran regulados en el Código de Comercio, en su Art. 30. CAMBIO DE SISTEMA CONTABLE Este cambio se encuentra regulado en el Código de Comercio, en su Art. 40. Procedimientos CAMBIOS OPERATIVOS El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite, en Ventanilla de Atención al Cliente se efectúa el cambio solicitado en el sistema informático, y procede a extender el certificado de registro del cambio operado. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente. En caso de advertirse observaciones al trámite, Ventanilla de Atención al Cliente puede emitir la nota de devolución en la que se especifique los aspectos que dieron lugar a la observación del mismo o en su caso informar verbalmente al cliente, y efectuar la devolución al mismo. CAMBIO DE SISTEMA CONTABLE

El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para que éste remita mediante proveído la documentación al encargado de Sistemas de Área para su respectivo análisis e informe dentro de las 24 horas de recibido el mismo. Una vez elaborado el informe técnico, la Jefatura de Sede efectúa el registro del cambio de sistema contable y la digitación de las partes pertinentes de la documentación correspondiente al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender la resolución de autorización de cambio de sistema contable. En caso que el informe técnico emitido por el encargado de Sistemas de Área establezca requerir un cambio o complemento en la estructura presentada, el Jefe de Oficina emite una nota de observación en la que se determinan las razones por las que el trámite fue observado y como pueden subsanarse las mismas, derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución. En mérito a que no puede determinarse que un sistema contable sea bueno o malo, o fundamentarse técnicamente su contenido, la entidad únicamente procede a autorizar el cambio de sistema manual a uno electrónico o computarizado. La resolución debe especificar "no existir responsabilidad por el contenido técnico de los módulos o por su incorrecta utilización".  Quiebras  Declaración de Quiebra o Auto de Revocatoria  Concurso Preventivo  Registros y otros  Registro de Otorgamiento de Poder y/o de Revocatoria  Liquidación de Sociedad Conyugal  Registro de Acta  Registro de Resolución Administrativa  Registro de Gravamen, Modificación y/o de Cancelación  Memorial o Solicitud  Resoluciones Judiciales, Anotaciones Preventivas, Demandas Judiciales y/o Cancelaciones

 Registro de Resolución Judicial de Interdicción  Registro de Declaración de Incapacidad para el Ejercicio del Comercio  Emancipaciones y/o Habilitaciones  Registro de Contratos Comerciales  Resellado de Documento Registrado  Constitución y Cancelación de Fianza de Síndicos, Directores y Fiscalizadores Internos  Registro de Auxiliares de Comercio  Registro de otros Documentos Comerciales  Registro del Programa de Fundación de Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones, a constituirse mediante Suscripción Pública  Registro de Títulos - Valores de Sociedad Comercial  Posesión en cargo público que inhabilite el ejercicio del Comercio  Registro de Actos Aislados u Ocasionales de Comercio  Fin de actividades  Cancelación de Matricula de Comercio de Empresa Unipersonal o Comerciante Individual  Disolución y Liquidación de Sociedad Comercial y consiguiente Cancelación de Matricula de Comercio  Disolución de Sociedad Comercial  Liquidación de Sociedad Comercial y consiguiente Cancelación de Matricula de Comercio  Cierre de Sucursal o Representación Permanente de Sociedad Constituida en el extranjero

 Cierre de Sucursal de Sociedad Comercial y Empresa Unipersonal Constituida en Bolivia / Cierre de Agencia de Entidad Financiera  Bonos Emisión de Bonos

Requisitos 1. Formulario Nº 0070 de solicitud de Registro de Actos de Comercio, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal. 2. Testimonio de escritura pública de declaración unilateral de voluntad para la emisión de bonos, que contenga la transcripción del acta de la junta general extraordinaria de accionistas en caso de sociedades anónimas,asamblea de socios en caso de sociedades de responsabilidad limitada y asamblea general extraordinaria para entidades financieras de vivienda, que autorice la emisión de bonos. 3. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente con la Matrícula de Comercio actualizada. Arancel S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 1.575,00S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: y Entidad Financiera de Vivienda Bs. 1.575,00 Plazos Dos días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Concepto Son títulos valores referidos a una operación crediticia constituida a cargo de la sociedad o entidad emisora. Marco legal Esta figura se encuentra regulada en el Art. 444 inc. 6) y Art. 642 del Código de Comercio. Procedimientos

El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis legal y verificar el cumplimiento de las formalidades establecidas, puede registrar la emisión de bonos o en su caso observar el trámite. - En el primer caso, el Analista Jurídico procede a digitar las partes pertinentes de la documentación correspondiente al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender el respectivo certificado de registro. Una vez efectuado el registro, el Analista Jurídico y/o Jefe de Oficina elevará el informe a Gerencia de Área respectiva a los fines que ésta haga conocer al ente encargado de autorizar la emisión de valores en cumplimiento al Art. 444 inc. 6) del Código de Comercio. - En caso de existir observaciones al trámite, se emite una nota de devolución del trámite en la que se especifique las observaciones que determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución. En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento de Escritura Pública de Declaración Unilateral de Voluntad para la Emisión de Bonos, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder el registro, debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la Escritura Pública de Declaración Unilateral de Voluntad para la Emisión de Bonos.  Certificados  Certificado de Inscripción de Sociedad Comercial o Comerciante Individual  Certificado de Registro de Documento  Certificado de no Inscripción  Certificados Específicos  Certificado de Tradición Comercial  Legalización de Documentos  Nuevos trámites

 Inscripción de Escisión de Sociedades

 Revisión Previa a la Publicación  Inscripción de Empresa Estatal  Inscripción de Empresa Estatal Mixta, Empresa Mixta, Empresa Estatal Intergubernamental  Actualización de Matrícula de Comercio de Empresas públicas del nivel central del Estado