Funciones Sociales Del Derecho

FUNCIONES SOCIALES DEL DERECHO – ANÁLISIS SOCIOLÓGICO DEL DERECHO MENDOZA PÉREZ MARÍA CAMILA UNIVERSIDAD DEL SINÚ ELÍA

Views 82 Downloads 2 File size 330KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

FUNCIONES SOCIALES DEL DERECHO – ANÁLISIS SOCIOLÓGICO DEL DERECHO

MENDOZA PÉREZ MARÍA CAMILA

UNIVERSIDAD DEL SINÚ ELÍAS BECHARA ZAINÚM ESCUELA DE DERECHO, GRUPO IC SOCIOLOGÍA JURÍDICA CARTAGENA DE INDIAS 2019

FUNCIONES SOCIALES DEL DERECHO - ANÁLISIS SOCIOLÓGICO DEL DERECHO

1. ¿Por qué nace la sociología del derecho? Para responder la pregunta primero es necesario definir los conceptos de derecho y sociología por separado, y luego decir como éstas dos fuentes, una ciencia y una subdisciplina, se convierten en una vertiente importante de la sociedad. Cuando hablamos del conjunto de normas que regulan el vínculo entre seres humanos, y que son coercibles, es decir, deben ser cumplidas incluso en contra de la voluntad del individuo y su incumplimiento genera una sanción impuesta por el estado, nos referimos a derecho. Lo anterior implica, que cada sociedad debe estar regido por un sistema de normas establecidas bajo el poder legítimo, que puedan resolver los conflictos y necesidades de los individuos, con el fin de establecer un orden social que tenga en cuenta las conductas y la cultura de dicha población. Por otra parte, tenemos la sociología, entendida como la ciencia que estudia el comportamiento de las sociedades humanas y los fenómenos que se dan en ella. Si bien es cierto, que creemos que la sociología del derecho es una ciencia relativamente nueva, ésta es una verdad a medias pues la misma tienes vestigios que datan desde la antigüedad, donde algunos filósofos intentaron explicar la dicotomía entre lo que hoy conocemos como el derecho natural y el derecho positivo. A partir de ahí, diferentes pensadores han desarrollados conceptos propios de la sociología jurídica.

“Estos primeros esbozos de una sociología jurídica elemental y rudimentaria dieron paso a la indagación sobre la regularidad de las leyes que regían los fenómenos sociales y sobre los factores que configuraban y determinaban la naturaleza de la legislación y la forma de ser de los pueblos.” [1] Entonces la sociología del derecho nace como respuesta a diversas necesidades, y sobretodo para resalta que no pude dejarse a la improvisación la creación de las normas que van a entrar en vigor. De otra forma se corre el riego de que la misma sea ineficiente, por eso la sociología les brinda a los legisladores la posibilidad de conocer las causas que motiven a la expedición, modificación o derogación de las normas, con el propósito de garantizar el cumplimiento masivo de esta.

2. ¿Cuál debe ser el tema central de la sociología del derecho? En la actualidad la teoría del derecho y las ciencias jurídicas están desplazando su enfoque a la teoría socio-jurídica del derecho. La ciencia jurídica tradicionalmente se desentendía de todo lo que no fuera el derecho positivo, se centraba en ese conjunto de normas abstractas, desligando la trascendencia social del derecho. Es menester, que siendo el derecho la disciplina encargada de crear el sistema normativo se apoye de la ciencia que estudie a los individuos de manera colectiva. Manuel Calvo y Teresa Piconto [2] propone la teoría socio-jurídica del derecho orientada hacia la incorporación de las investigaciones de la teoría social para el

3 1. SORIANO, Ramón. Sociología del derecho, Editorial Ariel, 2005. P. 15, disponible en internet: https://bibliotecavirtual.unisinu.edu.co:2120/lib/bibliotecaunisinusp/reader.action? docID=3159930&query=sociologia+del+derecho 2. CALVO, Manuel y PICONTO, teresa. Introducción y perspectivas actuales de la sociología jurídica, Editorial UOC, 2017. P. 26, disponible en internet: https://bibliotecavirtual.unisinu.edu.co:2120/lib/bibliotecaunisinusp/reader.action? docID=5192601&query=manuel+calvo

conocimiento de las instituciones y las prácticas jurídicas, el cambio jurídico, los mecanismos jurídicos de control social, etc. Lo que lleva a deducir que el tema central de la sociología del derecho es la interpretación sociológica de las ideas jurídicas, como la esencia para la comprensión del derecho.

3. Enuncie y explique las funciones sociales del derecho 

Función de Organización: se da para la construcción de una sociedad política que nos distinga del estado de naturaleza, y nos proporcione la organización necesaria para que los derechos de las personas sean respetados. Ésta función de organización tiene dos enfoques, las relaciones jurídicas públicas (relación entre el estado y los individuos) y las relaciones jurídicas privadas (entre los individuos mismos).



Función orientativa-persuasiva: la orientación y persuasión tienen como fin instruir y dar a conocer el esquema normativo a los individuos, para incrementar la probabilidad de que sus normas se cumplan. Éstas dependen del modelo de sujeto que crea la norma, de quienes aplican la norma, de los operadores jurídicos y de quienes son destinatarios de dicha norma.



Función de control social: la coacción le da al derecho la característica de ser un mecanismo de control efectivo, de no ser así se dejara la elección a la voluntariedad de la persona, lo que facilitaría el incumplimiento de las normas.



Función de resolución de conflictos: es la razón de la existencia del derecho según algunos autores, pues éste existe para resolver los conflictos que se generan en la sociedad. La manera en que el derecho hace frente a los conflictos puede variar: a veces lo acepta y crea nuevas normas reguladoras, cuando la razón del conflicto tiene mucho apoyo en la opinión pública; otras veces se enfrenta a él, cuando la razón del conflicto van en contra del estado, o de los intereses del poder dominante; en ocasiones lo 4

canaliza y orienta, porque la regulación social es legítima y además no atenta a los valores que defiende el derecho; y no faltan situaciones en las que es el propio derecho el que genera conflicto, cuando no hay una adaptación del derecho a la generalidad de los sectores sociales donde se aplica. 

Función legitimadora del poder: Max Weber planteó que el poder tenía que ser reconocido y aceptado por los súbditos para ser un poder estable; de esta manera el poder se hacía legítimo; el poder va unido a la oportunidad de su acatamiento y a la obediencia de los súbditos.



Función distributiva: o de reparto de ventajas y carga entre los ciudadanos y grupos de la sociedad, tiene como objetivo la distribución legal de derechos y deberes; o la distribución de recursos y cargas entre los ciudadanos en el tráfico jurídico ordinario, siguiendo las reglas generales preestablecidas por el derecho. [3]

4. ¿Qué entiende por análisis sociológico del derecho? La sociología como ciencia teórica-practica, y que se ha manifestado principalmente a través de los movimientos sociologistas y antiformalistas, los cuales pretenden reivindicar la perspectiva social, cultural e histórica del derecho, así como los mecanismos de funcionamiento interno de los sistemas jurídicos. Actualmente algunos autores prefieren cambiar el término sociología jurídica por Análisis sociológico de los sistemas jurídicos o del derecho. Este cambio semántico no se da por simple capricho, sino porque ha influido en la forma de enfocar y entender los estudios e investigaciones socio-jurídicas. El análisis sociológico del derecho parte de la consideración de que el derecho jurídico no es como el derecho natural, que como su nombre lo dice es fundamentado en un ente abstracto natural y va por encima de la voluntad del individuo, sino que se debe construir con base en las necesidades de la sociedad. 5 3. SORIANO, Ramón. Sociología del derecho, Editorial Ariel, 2005. P.385 - 399

Actualmente podemos observar, por ejemplo en Colombia, que hay participación más activa de la sociedad civil, en tanto la costumbre se considera fuente auxiliar de derecho. La sociología jurídica difiere del análisis sociológico del derecho, pues la segunda recupera algunas metodologías no aplicadas en la primera. El análisis sociológico del derecho se fundamenta en el pluralismo (existencia de múltiples sistemas jurídicos en una misma área geográfica) y le da fundamento al derecho consuetudinario, a las minorías y a la sociedad-no al estado-como eje fundamental de la legislación. Para concluir, se cita textualmente a María Fariñas, quien tiene una postura firme en que debido a la evolución de la sociología jurídica, su nombre también debe cambiar, por uno más adecuado; por "Análisis Sociológico del Derecho. “El desarrollo actual de los estudios socio-jurídicos está marcado, no sólo por la inevitable colaboración y el inevitable entendimiento entre juristas y sociólogos cosa que la Sociología del Derecho tradicional no consiguió-, sino entre juristas y otros

investigadores

de

formaciones

académicas

diversas

(economistas,

politólogos, criminólogos, asistentes sociales, antropólogos, psicólogos...). Se trata de que especialistas de disciplinas científicas y académicas diversas trabajen conjuntamente por un proyecto científico común”. [4]

5. Teniendo en cuenta las funciones sociales del derecho anteriormente preguntadas, plantee un caso en el que aplique por lo menos tres de ellas y al finalizar el caso enumere las que utilizó. “La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, creado por el 6 4. FARIÑAS, María. Sociología del Derecho versus análisis sociológico del Derecho, [En línea] Universidad de Alicante. Área de Filosofía del Derecho, 1994. Disponible en internet: https://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/10666/1/doxa1516_51.pdf

Acuerdo de Paz entre el Gobierno Nacional y las Farc-EP. La JEP tiene la función de administrar justicia transicional y conocer de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016. La existencia de la JEP no podrá ser superior a 20 años. La JEP fue creada para satisfacer los derechos de las víctimas a la justicia, ofrecerles verdad y contribuir a su reparación, con el propósito de construir una paz estable y duradera. El trabajo de la JEP se enfocará en los delitos más graves y representativos del conflicto armado, de acuerdo con los criterios de selección y priorización que sean definidos por la ley y los magistrados. En particular, podrá conocer de los delitos que hubieren cometido excombatientes de las FARC-EP, miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado y terceros civiles. Sobre estos dos últimos, la Corte Constitucional aclaró que su participación en la JEP sería voluntaria.” Desde una perspectiva orgánica, la JEP estará integrada por: 

Tres salas compuestas por un total de 18 magistrados y que han sido denominadas:

Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y

de Determinación de los Hechos y Conductas, Sala de Amnistía o Indulto y Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. 

Un Tribunal para la Paz integrado en total por 20 magistrados. El Tribunal, a su vez, se subdivide en cuatro secciones denominadas así: Sección de Primera Instancia para los Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidades, Sección de Primera Instancia para los Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, Sección de Revisión de Sentencias y Sección de Apelación. Eventualmente, podrá estar integrado por una quinta sección llamada de Estabilidad y Eficacia de las Resoluciones y Sentencias de la JEP.

7



Una Unidad de Investigación y Acusación.



Una Secretaría Ejecutiva.



Una Secretaría Judicial.



Un Grupo de Análisis de la Información.



Una Presidencia.



Un Órgano de Gobierno.

Adicionalmente, se cuenta con las comisiones y comités que fueron creados por el Reglamento General de la JEP (Acuerdo 001 del 9 de marzo de 2018 proferido por la Sala Plena), y son: 

Comisión Territorial y Ambiental: Se encarga de promover la efectiva implementación del enfoque territorial y ambiental en el componente de justicia del SIVJRNR. Sus funcionesn se encuentran en el capítulo 16 del Reglamento General de la JEP.



Comisión Étnica: Se encarga de promover la efectiva implementación del enfoque étnico-racial en la JEP. Sus funciones se encuentran en el capítulo 16 del Reglamento General de la JEP.



Comisión de Género: Se encarga de promover la efectiva implementación del enfoque de género en la JEP. Sus funciones se encuentran en el capítulo 16 del Reglamento General de la JEP.



Comité de Coordinación Interinstitucional del SIVJRNR: Cuya principal función es la de propiciar la articulación y coordinación de la actuación de los órganos del Sistema.



Comité de Ética: Debe velar por la observancia y cumplimiento del Código de ética, buenas prácticas y convivencia.

8



Otras instancias temporales y permanentes que pueden ser creadas por el Órgano de Gobierno de la JEP. [5]

Aplicación de las funciones sociales del derecho a la JEP A este componente de justicia creado para ejercer funciones judiciales y hará parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). Podemos destacarle las siguientes funciones sociales del derecho:

1. Función de Organización: La JEP tiene un órgano de gobierno que se encarga de establecer los lineamientos para garantizar su efectivo funcionamientos. Tiene una estructura orgánica (contemplada en la página 8 de este documento) y contiene una serie de normas jurídicas claramente formuladas, así que ofrecen seguridad sobre sus contenidos, y su cumplimiento está reforzado por la posibilidad de coacción, pues tiene un componente de sanciones impuestas a los actores del conflicto armado con el fin de reparar a las víctimas. Otorga plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado. 2. Función de Control Social: El estado Colombiano tiene un historial de más de 5 décadas donde se ha visto gravemente maltratado por el conflicto armado. El acuerdo de paz con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en el gobierno de Juan Manuel Santos, tuvo como uno de sus propósitos garantizar el control social. Está claro, que la JEP es un excelente ejemplo de cómo ejerce el derecho esta función social, con el fin de regular la conducta de los grupos al margen de la ley. 9 5. Jurisdicción Especial para la Paz, Jurisdicción Especial Para La Paz – JEP, [En línea], Disponible en internet: https://www.jep.gov.co/Paginas/JEP/JurisdiccionEspecial-para-la-Paz.aspx

3. Función de Resolución de Conflictos: En este caso el derecho fue mediador del conflicto pero también generador de él (capacidad disgregadora del Derecho), ya que la JEP logró arbitrar ciertos conflictos pero generó otros, que aunque no se tratan de conflicto armado, han originado susceptibilidad en gran parte de la población colombiana. Incluso hoy podemos ver que el gobierno actual quiere objetar la Jurisdicción Especial para la Paz. Esta función de resolución de conflictos se vio contemplada también en la necesidad de frenar las muertes de víctimas inocentes a causa del conflicto armado; para satisfacer el deseo de justicia de las víctimas; Ofrecer verdad a la sociedad Colombiana, Reparar las víctimas y luchar contra la impunidad.

10

BIBLIOGRAFÍA

ABC JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ, Alto Comisionado Para la Paz, [En línea], consultado el 23 de marzo del 2019, Disponible en internet: http://www.altocomisionadoparalapaz.gov.co/Documents/informesespeciales/abc-del-proceso-de-paz/abc-jurisdiccion-especial-paz.html

CALVO, Manuel y PICONTO, teresa. Introducción y perspectivas actuales de la sociología jurídica, ISBN DE LIBRO ELECTRÓNICO 9788491168584, Editorial UOC, 2017. P. 26, disponible en internet: https://bibliotecavirtual.unisinu.edu.co:2120/lib/bibliotecaunisinusp/reader.action? docID=5192601&query=manuel+calvo

FARIÑAS, María. Sociología del Derecho versus análisis sociológico del Derecho, [En línea] Universidad de Alicante. Área de Filosofía del Derecho, 1994. [Consultado el 23 de marzo del 2019], disponible en internet: https://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/10666/1/doxa15-16_51.pdf JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ, Jurisdicción Especial Para La Paz – JEP, [En línea], consultado el 23 de marzo del 2019, Disponible en internet: https://www.jep.gov.co/Paginas/JEP/Jurisdiccion-Especial-para-la-Paz.aspx

SORIANO, Ramón. Sociología del derecho, ISBN DE LIBRO ELECTRÓNICO 9788434416116, Editorial Ariel, 2005. P. 15, disponible en internet: https://bibliotecavirtual.unisinu.edu.co:2120/lib/bibliotecaunisinusp/reader.action? docID=3159930&query=sociologia+del+derecho

SORIANO, Ramón. Sociología del derecho, ISBN DE LIBRO ELECTRÓNICO 9788434416116, Editorial Ariel, 2005. P.385 – 399, disponible en internet: https://bibliotecavirtual.unisinu.edu.co:2120/lib/bibliotecaunisinusp/reader.action? docID=3159930&query=sociologia+del+derecho

11