Foro 1 Semana 2

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Buenas tardes profesor y compañeros, lamento no haber podido participar antes, por temas laborales, recién estoy teniendo acceso a un PC de manera libre. Revisando las preguntas semanales, y respondiendo a la pregunta N°1: De acuerdo a su experiencia profesional, reconozca de qué forma la legislación nacional considera aplicable el SGS y SL en igualdad de condiciones para todas las organizaciones. Fundamente su respuesta y debata con sus compañeros. La legislación nacional vigente establece los lineamientos o requisitos básicos para asegurar la integridad de los trabajadores. En la actualidad existen políticas de seguridad y salud en el trabajo, que obligan a las empresas hacer todo lo que este a su alcance para disminuir y/o eliminar las fuentes de riesgos presentes en cada uno de los puestos de trabajo. En términos de la prevención de riesgos y accidentes del trabajo, la ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, se creó básicamente para establecer un seguro social de carácter obligatorio, regulando a todas las empresas a cumplir parámetros aceptables en términos de seguridad laboral. Por otro lado tenemos el Decreto Supremo 594 el cual establece las condiciones básicas de higiene y seguridad en los lugares de trabajo. Ambas herramientas se crearon con la finalidad de mejorar la calidad de vida y la dignidad de las personas en el ámbito laboral. Nuestro país se ha hecho parte de los tratados internacionales, cuyo objetivo es la promoción de los derechos fundamentales del ser humano, que en este caso es poder trabajar en lugar libre de accidentes y enfermedades profesionales. Nuestra legislación apoya toda esta gestión y todo este requisito obligatorio en los siguientes estatutos legales: -

La Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

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El Código del Trabajo (artículos 184 y siguientes)

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El Código Sanitario Libro III: “De la Higiene y Seguridad del Ambiente y de los Lugares de Trabajo”.