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DEFINICIONES DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL “La contabilidad Gubernamental es una técnica que registra sistemáticamente las operaciones que realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal, con el objeto de generar información financiera, presupuestal, programática y económica que facilite a los usuarios la toma de decisiones”. José Amadeo Castelán Cortez.

Es la disciplina que tomando los principios y preceptos del control de la Contabilidad General, los adecua a la esfera administrativa del Estado con el propósito de poner de manifiesto en forma permanente, utilizando para ello cuentas, todas y cada una de las operaciones que el Estado realiza, con el objeto no solo de exhibir o acusar un registro contable sino de poner de manifiesto, al finalizar cada ejercicio, de qué medida o de qué manera el Estado ha satisfecho la necesidades públicas, aproximándose o no al bienestar general. Ovejero

Matocq: La Contabilidad pública es la parte de la contabilidad que se ocupa de dar el ordenamiento que permita medir el alcance, cumplimiento y resultado de la gestión y demás hechos previstos y acaecidos en la hacienda pública. La Contabilidad Pública:  Es una disciplina que tiene autonomía científica.  Etimológicamente la palabra “Contabilidad”, indica el conjunto de cuentas y métodos de registración para “llevar cuentas” de una administración pública o privada.  La Contabilidad del Estado tiene un contenido más amplio del que sugiere la denominación.  Ha sido considerada como una “disciplina técnica”, como una “disciplina económica” y como una “disciplina jurídica”.  A pesar de la controversia que existe en la doctrina, la doctrina nacional encuadra a la Contabilidad Pública en la disciplina económica.

FINALIDAD DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL. El Sistema Contable debe ser diseñado y estructurado en base a los objetivos del ente en que se aplique. Dicho la anterior podemos mencionar como finalidad de la Contabilidad Gubernamental. 1.- Mostrar la rendición de cuentas para hacer conocer a la ciudadanía en general, la situación patrimonial y presupuestal del Estado a través de la Cuenta General de la Republica. 2.- Analizar la eficiencia de la gestión y de la eficacia de los programas del ente. 3.- Asegurar el cumplimiento de la Ley en la ejecución Presupuestal y en general de las diferentes transacciones que realiza el ente gubernamental. 4.- Orientar la gestión administrativa para asegurar el uso eficiente de los recursos del Estado. 5.- Medir el avance y cumplimiento de las metas del Gobierno, así como la distribución e impacto social del origen y aplicación de los recursos públicos.

IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL La contabilidad Gubernamental es de gran importancia porque todas las empresas tienen la necesidad de llevar un control de sus negociaciones mercantiles y financieras. Así obtendrá mayor productividad y aprovechamiento de su patrimonio. Por otra parte, los servicios aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener información de carácter legal.

LEY Nº 30372 LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2016 CAPÍTULO I APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO Artículo 1. Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2016 1.1 Apruébese el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2016 por el monto de S/. 138 490 511 244,00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitución Política del Perú y de acuerdo con el detalle siguiente:

Los créditos presupuestarios correspondientes al Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales se detallan en los anexos que forman parte de la presente Ley de acuerdo con lo siguiente:

Las subvenciones y cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2016 por los pliegos presupuestarios están contenidas en los anexos: “A: Subvenciones para Personas Jurídicas – Año Fiscal 2016” y “B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2016” de la presente Ley. Durante el Año Fiscal 2016, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en dicho anexo. Las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B de la presente Ley se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Artículo 2. Recursos que financian el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 Los recursos que financian el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se estiman por fuentes de financiamiento, por el monto total de S/.138 490 511 244,00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), conforme al siguiente detalle:

CAPÍTULO II NORMAS PARA LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA SUBCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 3. Del alcance Las disposiciones contenidas en el presente capítulo son de obligatorio cumplimiento por las entidades integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial; Ministerio Público; Jurado Nacional de Elecciones; Oficina Nacional de Procesos Electorales; Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Contraloría General de la República; Consejo Nacional de la Magistratura; Defensoría del Pueblo; Tribunal Constitucional; universidades públicas; y demás entidades y organismos que cuenten con un crédito presupuestario aprobado en la presente Ley. Asimismo, son de obligatorio cumplimiento por los gobiernos regionales y los gobiernos locales y sus respectivos organismos públicos.