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Manual sobre Elaboración y Empleo de las Especificaciones de la FAO para Productos Destinados a la Protección de las Pla

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Manual sobre Elaboración y Empleo de las Especificaciones de la FAO para Productos Destinados a la Protección de las Plantas Quinta edición

preparado por el Grupo de Expertos en Especificaciones de Plaguicidas del Cuadro de Expertos de la FAO en Especificaciones de Plaguicidas, Requisitos de Registro y Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo

Enero, 1999

DOCUMENTO DE TRABAJO PRIMER SEMINARIO PARA PAISES DEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE SOBRE ESPECIFICACIONES FAO APLICABLES AL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS (PROHIBIDA SU REPRODUCCION)

Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, de parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, juicio alguno sobre la condición jurídica de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni respecto a la delimitación de sus fronteras o límites.

ISBN xx-x-xxxxxx-x

Reservados todos los derechos. No se podrá reproducir ninguna parte de esta publicación, ni almacenarla en un sistema de recuperación de datos o transmitirla en cualquier forma o por cualquier procedimiento (electrónico, mecánico, fotocopia, etc.), sin autorización previa del titular de los derechos de autor. Las peticiones para obtener tal autorización, especificando la extensión de lo que se desea reproducir y el propósito que con ello se persigue, deberán enviarse al Director de Publicaciones, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Viale delle Terme di Caracella, 00100 Roma, Italia.

© FAO 1999

CONTENIDO

Página

Miembros del Grupo de Especificaciones y sus consejeros, 1997-1998.................................. i Advertencia ............................................................................................................................... iv Términos de referencia del Grupo de Especificaciones ........................................................... v Informe de las políticas sobre procedimientos para manejar datos de propiedad de plaguicidas no publicados ................................................................................................. vi Declaración ...............................................................................................................................vii Fundamento del desarrollo de las especificaciones FAO para plaguicidas...........................viii 1. Introducción a las especificaciones FAO para plaguicidas, su desarrollo, objetivo y uso........................................................................................................................ 1.1 Miembros del Grupo de especificaciones de la FAO ............................................ 1 1.2 Vínculos con otras organizaciones internacionales............................................... 1 1.3 Participación de la Industria de Plaguicidas .......................................................... 2 1.4 Finalidad y uso de las especificaciones ................................................................. 3 1.5 Acceso a las especificaciones FAO ....................................................................... 4 2. Proceso de desarrollo de las especificaciones FAO ....................................................... 2.1 Categorías de especificación y su estado ............................................................. 5 2.2 Reuniones y funciones del Grupo de especificaciones ......................................... 5 2.3 Información Confidencial........................................................................................ 6 2.4 Procedimientos para el Desarrollo de Especificaciones de Plaguicidas de la FAO............................................................................................................... 6 2.5 Edición .................................................................................................................... 8 2.6 Análisis.................................................................................................................... 9 2.7 Información requerida para nuevas especificaciones o ampliación de las especificaciones..................................................................................................... 9 2.8 Aceptación de los métodos de prueba analíticos y físicos .................................. 10 3. Finalidad, aplicabilidad y requisitos de las cláusulas de las especificaciones ....... 11 3.1 Título y código ...................................................................................................... 12 3.2 Descripción ........................................................................................................... 12 3.3 Ingrediente Activo................................................................................................. 13 3.3.1 Pruebas de Identidad ............................................................................ 13 3.3.2 Contenido de ingrediente activo............................................................ 13 3.4 Impurezas significativas ....................................................................................... 15 3.4.1 Impurezas de fabricación ...................................................................... 15 3.4.2 Agua....................................................................................................... 16 3.4.3 Sustancias insolubles ............................................................................ 16 3.5 Propiedades físicas y fisicoquímicas ................................................................... 17 3.5.1 a 10 Propiedades de densidad ............................................................. 17 3.5.11 a 20 Propiedades de tensión superficial ............................................. 18 3.5.21 a 30 Propiedades de volatilización...................................................... 19 3.5.31 a 40 Propiedades granulométricas, de fragmentación y de adhesividad ........................................................................... 20 3.5.41 a 50 Propiedades de dispersión.......................................................... 22 3.5.51 a 60 Propiedades de flujo.................................................................... 25 3.5.61 a 70 Propiedades de solución y disolución......................................... 27 3.6 Estabilidad en almacenamiento ........................................................................... 28 4. Normas para especificaciones de materiales técnicos y concentrados técnicos ... 31 4.1 Materiales técnicos (TC)................................................................................. 31 4.2 Concentrados técnicos (TK)........................................................................... 32 5. Normas para especificaciones de formulaciones secas ............................................. 34 5.1 a 5.10 Formulaciones secas para uso directo 5.1 Polvos Secos (DP) ......................................................................................... 34 5.2 Polvos Secos para tratamiento de semillas (DS) .......................................... 36 5.3 Granulados (GR) ............................................................................................ 38 5.4 Tabletas para aplicación directa (DT) ............................................................ 41

5.11 a 5.20 Formulaciones secas para dispersión 5.11 Polvos mojables (WP) .................................................................................. 43 5.12 Polvos dispersables para Tratamiento semillas "slurry" (WS) ................... 46 5.13 Gránulos dispersables en agua ................................................................... 48 5.14 Tabletas dispersables en agua (WT) ........................................................... 53 5.21 a 5.30 Formulaciones secas para disolución 5.21 Polvos solubles (SP) .................................................................................... 56 5.22 Polvos solubles para tratamiento de semillas (SS) ..................................... 60 5.23 Granulados solubles (SG) ............................................................................ 62 5.24 Tabletas solubles (ST).................................................................................. 66 6. Normas para especificaciones de formulaciones líquidas ......................................... 69 6.1 a 6.10 Soluciones simples 6.1 Concentrados solubles (SL) ........................................................................... 69 6.2 Soluciones para tratamiento de semillas (LS) ............................................... 71 6.3 Líquidos miscibles en aceite (OL) .................................................................. 73 6.4 Líquidos Ultra Bajo Volumen (UL).................................................................. 74 6.11 a 6.20 Soluciones para dispersión 6.11 Concentrados emulsionables (EC) .............................................................. 76 6.21 a 6.30 Emulsiones 6.21 Emulsiones aceite en agua (EW)................................................................. 78 6.22 Emulsiones para tratamiento de semillas (ES)............................................ 81 6.23 Micro-emulsiones (ME)................................................................................. 83 6.31 a 6.40 Suspensiones 6.31 Suspensión concentrada acuosa (SC) ......................................................... 86 6.32 Suspensión concentrada para tratamiento de semillas (FS)........................ 89 6.33 Suspensiones acuosas de encapsulado (CS) ............................................. 92 6.41 a 6.50 Formulaciones líquidas de carácter dual 6.41 Suspo-emulsiones acuosas (SE) ................................................................. 96 Apéndice A: Requisitos y Procedimientos para el Desarrollo de especificaciones FAO ... 100 Anexo 1: Paquete mínimo de datos ......................................................................... 100 Anexo 2: Proceso para determinar la equivalencia de materiales técnicos (TC and TK)............................................................................................... 103 Anexo 3: Modelo de reporte de evaluación.............................................................. 106 Anexo 4: Procedimiento de decisión y acción para tratar solicitudes de proponentes iniciales y posteriores........................................................... 109 Anexo 5: Criterios de importancia para el desarrollo de nuevas especificaciones y para la revisión de las existentes ........................................................... 111 Apéndice B: Normas de Muestreo ....................................................................................... 112 Anexo 1: Modelo de reporte de muestreo ............................................................... 124 Apéndice C: Aporte y certificación de las sustancias de referencia.................................... 125 Apéndice D: Glosario de Términos ...................................................................................... 126 Apéndice E: Codificación de ingredientes activos, y estado de las especificaciones y del método ................................................................................................... 133 Apéndice F: Codificación para plaguicidas técnicos y formulados .................................... 135 Apéndice G: Códigos CIPAC, en orden numérico.............................................................. 143 Apéndice G: Códigos CIPAC, en orden alfabético ............................................................. 148

Miembros del Grupo de Especificaciones y sus Consejeros, 1997-1998, que han contribuido a la preparación de la quinta edición del Manual Miembros, Grupo de Especificaciones de la FAO DECLERCQ, B.

Laboratoire Interrégional DGCCRF 25, Avenue de la Republique 91744 Massy, FRANCE

DOBRAT, W.

Federal Biological Research Center for Agriculture & Forestry Department of Plant Protection Products Messeweg 11 38104 Braunschweig, GERMANY

GALOUX, M.

Station de Phytopharmacie Rue du Bordia 11 B.5030 Gembloux, BELGIUM

GILLESPIE, M. J.** (Rapporteur & Assistant Editor)

Pesticides Safety Directorate Mallard House, King’s Pool 3 Peasholme Green York YO1 3PQ, U.K.

HAMILTON, D. J. (Rapporteur)

Chemical Services, Floor 3 PIB Department of Primary Industries 80 Ann Street, P.O. Box 46 Brisbane, Queensland 4001, AUSTRALIA

HANKS, A. R.

Professor of Agricultural Chemistry Purdue University 1154 Biochemistry Bldg. W. Lafayette, IN 47907-1154, U.S.A.

HILL, A. R. C. (Chairman & Editor)

Central Science Laboratory Sand Hutton York YO41 1LZ, U.K.

MARTIJN, A. J.**

‘t Gotink 7 7261 VE Ruurlo The Netherlands

SANCHEZ RASERO, F

Estación Experimental del Zaidin C.S.I.C. c/o Prof. Albareda I, 18008 Granada, SPAIN

TAN S. H.

Pesticide Control Branch Department of Agriculture Jalan Gallagher 50632 Kuala Lumpur, MALAYSIA

Agencias de las N.U. ZAIM, M.*

WHO Pesticide Evaluation Scheme World Health Organization 5

CH-1211 Geneva 27, SWITZERLAND AITIO, A.**

Secretaría de la FAO KOPISCH-OBUCH, F-W.

International Programme on Chemical Safety World Health Organization CH-1211 Geneva 27, SWITZERLAND FAO Consultant & Senior Officer Plant Production & Protection Division FAO Via delle Terme di Caracalla Rome, ITALY

ADAM, A. V.*

FAO Consultant Ermou St. 6 Voula Athens 166-73, GREECE

VAAGT, G.**

Senior Officer, Pesticides Group Plant Production & Protection Division FAO Via delle Terme di Caracalla, Rome, ITALY

Consejeros técnicos de la industria BERTRAND, A.† Rhône-Poulenc Agro - Europe Zone 55 Avenue René Cassin F-69337 Lyon Cedex 09, FRANCE van HOOGSTRATEN, D.**

European Crop Care Association c/o Poenaardlaan 7 B-3090 Overijse, BELGIUM

IGLESIAS PEREZ, J. C.**

IPESA SA J. V. Gonzalez 4977 Buenos Aires, ARGENTINA

PARKER, R. J.†*

Zeneca Agrochemicals Manufacturing and Technology Centre Yalding Kent TN12 0QQ, U.K.

PAWLICZEK, J.-B.†**

BASF Aktiangesellschaft APD/CP - Li 444 P.O. Box 120 67114 Limburgerhof, GERMANY

VERBIST, F.†

Monsanto Europe NV Haven 627, Scheldlaan 460 B2040 Antwerpen, BELGIUM

6

WOHLERS, K.†

Bayer AG, Crop Protection Business Group Quality Management PF-Stab/QM, Building 6100 D-51368 Leverkusen, GERMANY

* Asistió en Marzo, 1997 ** Asistió en Octubre, 1998 † Representante de la the Global Crop Protection Federation (GCPF)

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Advertencia1 Las especificaciones FAO tienen como objetivo fundamental garantizar, en la medida de lo posible, que los plaguicidas que a ellas se ajusten pueden utilizarse satisfactoriamente para los fines a que se destinan. Las especificaciones no constituyen un respaldo o garantía del uso de un plaguicida para un objetivo particular. Tampoco constituyen una garantía que los plaguicidas que se ajusten a estas especificaciones sean adecuados para combatir una determinada plaga o para utilizarlos en una zona concreta. Debido a la complejidad de los problemas involucrados, la idoneidad de la aplicación de un plaguicida específico debe decidirse a nivel nacional o provincial. Además, la preparación y el empleo de los plaguicidas que se ajustan a estas especificaciones no están exentos de cumplir con las regulaciones de seguridad, legales o administrativas que les sea aplicable. FAO no será responsable por ninguna lesión, daño, pérdida o perjuicio de cualquier índole que pueda producirse como consecuencia de la preparación, transporte, venta o uso de plaguicidas que se ajustan a estas especificaciones. Adicionalmente, FAO desea advertir a los usuarios de las especificaciones que, la mezcla y/o aplicación inadecuada de un plaguicida sobre el terreno, puede provocar tanto una disminución como una pérdida total de su eficacia. Esto es válido aún cuando dichos plaguicidas satisfagan las especificaciones. En consecuencia, FAO no puede aceptar responsabilidad alguna por las consecuencias derivadas de una mezcla y/o aplicación inadecuadas sobre el terreno. FAO tampoco es responsable de asegurar que cada producto llamado a cumplir con sus especificaciones actualmente lo haga.

1

Esta advertencia se aplica a todas las especificaciones publicadas por FAO. Además, no pretende asegurar a nadie que utilice ya sea este Manual o sus especificaciones contra la responsabilidad de infringir cualquiera de las patentes, ni asuma tal responsabilidad.

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Términos de Referencia del Grupo de Especificaciones Los términos de referencia del Grupo de Especificaciones del Panel de Expertos de la FAO en Especificaciones de Plaguicidas, Requisitos de Registro, Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo entregan advertencias y asesoría científica independiente al Director-General de FAO en todos los temas relacionados con las Especificaciones FAO para Productos Fitosanitarios. Específicamente:



evalúan propuestas de nuevas especificaciones FAO para plaguicidas, evalúan objetivos para modificar o ampliar una especificación FAO existente, revisan especificaciones existentes ya sea que estén o no respaldadas por los fabricantes, y preparan reportes de evaluación y hacen recomendaciones respecto a las especificaciones propuestas y pre-existentes;



consideran propuestas para normas de especificación nuevas o modificadas, y consideran métodos analíticos y métodos físicos de pruebas, cuando éstos son directamente relevantes a las especificaciones FAO para plaguicidas;



tienen bajo consideración el ámbito de acción y la importancia del programa del Grupo para el desarrollo y revisión de las especificaciones FAO para los plaguicidas;



consideran políticas, procedimientos y materias técnicas relativas a las especificaciones FAO.

Estos términos de referencia están dentro del objetivo general de la FAO de minimizar los riesgos asociados al uso de plaguicidas, siguiendo los principios propuestos en el Código Internacional de Conducta para la Distribución y Uso de Plaguicidas.

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Informe de políticas de la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) de las Naciones Unidas, considerando procedimientos para manejar información de propiedad de plaguicidas no publicada por el Grupo de Especificaciones, del Panel de Expertos de la FAO en Especificaciones en Plaguicidas, Requisitos de Registro, Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo Este informe ha sido preparado por FAO para conciliar el proceso transparente de la evaluación de información por el Grupo de Especificaciones de la FAO (un proceso esencial para el desarrollo de especificaciones de plaguicidas internacionalmente aceptadas) con la necesidad legítima de la industria de proteger sus secretos comerciales (ej.: resultados de sus investigaciones, información comercial confidencial). • Se le solicita al proponente de una especificación proveer toda la información pertinente especificada en los Anexos 1 ó 2 del Apéndice A de este Manual, junto con cualquier otra información requerida, en forma justificada por el Grupo de Especificaciones para una evaluación completa. El proponente debe identificar claramente la información altamente confidencial de su proceso de fabricación y otros registros secretos, de modo que ésta no sea publicada en el resumen de la evaluación. • Cuando el fabricante ponga a disposición una información de propiedad no publicada o una información comercial confidencial, para ser evaluada por el Grupo de Especificaciones de la FAO, la política de ésta es respetar y salvaguardar la información frente a liberaciones no autorizadas y entregar las facilidades necesarias a las instalaciones de la FAO en Roma para garantizar el adecuado manejo y seguridad de la información antes mencionada. •

El paquete de información recibido por la Secretaría de la FAO será enviado a un miembro designado del Grupo para su evaluación para la reunión venidera.



Al enviar información de propiedad no publicada o información comercial confidencial a un miembro del Grupo de Especificaciones, la Secretaría de la FAO lo instruirá de no reproducir ni parte ni todo el documento, ni compartir ni usar esta información para otra causa que no sea la evaluación de la especificación propuesta y la presentación correspondiente a la Reunión. Se le consultará al Miembro del Grupo si acepta estas condiciones y de ser así, firmará la declaración.



Después de la reunión, toda la información (incluida la de propiedad confidencial) retornará a FAO a través del miembro y estará seguro en las instalaciones de la FAO hasta el momento en que sea solicitada para determinaciones de equivalencia o hasta que la especificación sea retirada. Cuando se retira una especificación, en la medida de lo posible, el Secretario contactará al proponente que entregó inicialmente la información, para determinar si ésta será destruida en FAO o retornará a su dueño.

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Declaración Yo, ……………………………….., Miembro del Grupo de Especificaciones de Plaguicidas del Panel de Expertos de la FAO en Especificaciones de Plaguicidas, Requisitos de Registro, Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo, declaro aquí que adheriré a los principios de las políticas establecidas de FAO sobre los procedimientos para manejar información de propiedad confidencial e información comercial confidencial. Actuaré en concordancia con las políticas de FAO cuando evalúe los datos y la información y en la preparación de los documentos de trabajo para las reuniones del Grupo. Además, declaro que no tengo conflicto de intereses para evaluar información del ingrediente activo, ..................................................... en beneficio de la FAO. (Firma)

(Fecha)

(Dirección)

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(Lugar)

Fundamento para el Desarrollo de las Especificaciones FAO para Plaguicidas De acuerdo con las recomendaciones de la Conferencia de la FAO sobre Plaguicidas en Agricultura2, ratificadas por el Comité de Expertos FAO sobre Plaguicidas en Agricultura3 en su segundo período de sesiones, el Director General de FAO creó el 25 de Julio de 1963 el Grupo de Trabajo de la FAO sobre el Control Oficial de Plaguicidas. El objetivo y los términos de referencia del Grupo de Trabajo consisten en asesorar y prestar asistencia al Director General en todas las materias relativas al control oficial de plaguicidas, especialmente en lo concerniente a la preparación de un sistema modelo de registro y aprobación; entregar modelos sobre la eficacia y seguridad durante el uso y el transporte; y formular especificaciones para los plaguicidas utilizados en agricultura, análogas a las preparadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para salvaguardar la salud pública. Posteriormente, el Grupo de Trabajo fue dividido en dos secciones: la sección A encargada de preparar un sistema modelo para el control oficial de los plaguicidas y para dar normas sobre etiquetado; y la sección B, encargada de preparar especificaciones para Productos Fitosanitarios. En 1975 el Grupo de Trabajo, fue denominado Panel de Expertos de la FAO en Especificaciones de Plaguicidas, Requisitos de Registro y Normas de Aplicación4. Su objetivo y cometidos consistían en asesorar y prestar asesoría al Director General en materias referentes al control oficial de plaguicidas, metodología eficaz y segura de aplicación y normas para ensayo biológico, con especial referencia a desarrollar y adoptar especificaciones para los plaguicidas de uso agrícola. La sección B del Grupo de Trabajo llegó a ser lo que hoy se conoce como Grupo de Especificaciones. En 1989, el Panel de Expertos en Consentimiento Fundamentado Previo se fusionó con los otros Grupos, para llegar a constituir el Panel de Expertos en Especificaciones de Plaguicidas, Requisitos de Registro, Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo. El Grupo de Especificaciones sostuvo reuniones formales en 1977, 1979, 1981, 1992, 1997 y 1998 y, por muchos años, ha sostenido reuniones técnicas (adicionales) informales con ocasión de las reuniones anuales del Consejo Internacional para la Colaboración en los Análisis de Plaguicidas. La primera edición de este Manual de Especificaciones se publicó en 1971 en la Serie FAO Cuaderno de Fomento Agropecuario, N° 93. La segunda, tercera y cuarta ediciones se publicaron en 1979, 1987 y 1995, en la Serie de Estudios FAO: Producción y Protección Vegetal, N° 13, N° 85 y N° 128, respectivamente. Los miembros del grupo que participaron en las reuniones (Roma, Italia, Marzo 1997; Roskilde, Dinamarca, Junio 1997; York, U.K., Julio 1998, y Roma, Italia, Octubre, 1998) y han contribuido en esta quinta edición del Manual están mencionados en la página (i). En 1996, el Grupo de Especificaciones preparó un plan preliminar para modificar los procedimientos a través de los cuales se desarrollaban y aplicaban las especificaciones FAO. Los objetivos fueron: (i) preparar especificaciones mediante un procedimiento de evaluación formal, transparente y análogo al empleado por la Reunión Conjunta FAO/OMS de Residuos Plaguicidas (JPMR); (ii) facilitar las evaluaciones JMPR de toxicología y residuos de plaguicidas para adicionarlas a las evaluaciones de los 2 3 4

FAO. Informe de la Conferencia FAO sobre Plaguicidas en Agricultura. Roma, 1962. FAO. Informe de la Reunión del Comité de la FAO de Plaguicidas en Agricultura. Roma, 1962. FAO. Informe de la Novena Reunión del Comité de Experto en Plaguicidas en Agricultura. Roma, 1975.

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ingredientes activos técnicos; y (iii) limitar el ámbito de la aplicación a fabricantes cuyos ingredientes activos técnicos hubieran sido evaluados por el Grupo. Después de extensas consultas y comentarios de las partes interesadas, el Grupo adoptó los procedimientos, en una reunión formal sostenida en Octubre de 1998, en Roma. Los nuevos procedimientos se presentan en esta quinta edición del Manual. Además de introducir nuevos procedimientos para el desarrollo y uso de las especificaciones, el Grupo decidió reorganizarse y editar la quinta edición de este Manual. En la sección 3 de esta edición, las informaciones sobre objetivo, aplicabilidad, métodos y requisitos han sido ampliadas a todas las cláusulas de especificaciones, las que han sido agrupadas de acuerdo a las características obvias involucradas. Similarmente, para claridad y facilidad de comparación, las normas de especificación han sido agrupadas acorde a sus características generales. El Grupo continúa con los esfuerzos para armonizar los requisitos de especificación y la metodología para muestreo de plaguicidas técnicos y formulados para distintos propósitos, sea agricultura, salud pública u otros ámbitos. Con esta finalidad, la FAO y el Grupo de Especificaciones agradecen comentarios respecto a cualquier aspecto de la edición actual del Manual.

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1.

INTRODUCCION A LAS ESPECIFICACIONES FAO PARA PLAGUICIDAS, SU DESARROLLO, PROPOSITO Y USO

1.1

Miembros del Grupo de Especificaciones de la FAO

Este Grupo está compuesto por científicos que en conjunto poseen experto conocimiento respecto a todos los aspectos del desarrollo de especificaciones. Son invitados a participar debido a sus capacidades individuales y no en representación de sus países u organizaciones. El Grupo forma parte del Panel FAO sobre Especificaciones de Plaguicidas, Requisitos de Registro, Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo y es asesorado por un representante técnico de la OMS. El Grupo puede buscar asesoramiento técnico de científicos oficiales e industriales especializados, quienes pueden ser invitados a colaborar como consejeros especiales. 1.2

Vínculos con otras organizaciones internacionales

1.2.1

CIPAC y AOAC

En la medida de lo posible, los métodos de ensayo indicados en las especificaciones FAO han sido examinados críticamente en pruebas de laboratorio en colaboración. El Consejo Internacional para la Colaboración en los Análisis de Plaguicidas (CIPAC) y la Asociación de Químicos Analistas Oficiales (AOAC) publican métodos de análisis que han sido aceptados tras realizar ensayos en colaboración (que pueden incluir validación de los pares). CIPAC también ha facilitado métodos comprobados para determinar propiedades físicas. Los métodos usados como apoyo a las especificaciones FAO pueden ser validados por otras organizaciones pero, con muy pocas excepciones, los métodos actualmente en uso han sido producidos por CIPAC y AOAC. En casos de discrepancia, deberá utilizarse un método de arbitraje, siendo los métodos CIPAC y AOAC, de estar disponibles, los de referencia. 1.2.2

OMS

La Organización Mundial de la Salud (OMS) prepara especificaciones para los plaguicidas relacionados al ámbito de salud pública5. Si bien estas especificaciones se refieren a formulaciones diseñadas para combatir vectores de enfermedades humanas, hasta cierto punto son similares a aquellas requeridos para Productos Fitosanitarios. FAO y OMS han tratado de armonizar, en la medida de lo posible sus respectivas especificaciones y métodos de ensayo para los plaguicidas de interés común. 1.2.3

ISO

Siempre que ha sido posible, se han adoptado los Nombres Comunes Estándar para Plaguicidas1 publicados por la Organización Internacional para la Estandarización (ISO). . 5

Especificaciones para Plaguicidas Usados en Salud Pública, 7a Ed., Organización Mundial de la Salud, Génova, 1997 (OMS/CTD/WHOPES/97.1). Especificaciones Interinas para Plaguicidas usados en Salud Pública, Organización Mundial de la Salud, Génova, 1997 & 1998 (OMS/CTD/WHOPES/97.7 & WHO/CTD/WHOPES/98.8). Especificaciones de OMS para plaguicidas también están accesibles a través del sitio web OMS (http://www.who.ch/ctd).

1

International Standard ISO 1750 and amendments – Plaguicidas y otros productos químicos agrícolasNombres Comunes.

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1.2.4

CE

La Comunidad Europea (CE) tiene sistemas de registro y control de plaguicidas armónico entre los países miembros y las especificaciones FAO son una importante pieza de las directivas de autorización. 1.2.5 OECD La Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OECD) opera un programa de productos químicos que incluye a los plaguicidas. No obstante, para establecer especificaciones técnicas a los ingredientes activos y las formulaciones se basa en otras organizaciones internacionales, como FAO y OMS. 1.2.6 UNIDO La Organización de Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (UNIDO) coopera con FAO y OMS en el establecimiento de especificaciones técnicas para los ingredientes activos y las formulaciones, y en los usos o recomendaciones de uso de éstas, en sus programas de asistencia técnica. 1.3

Participación de la Industria de Plaguicidas

1.3.1 Desarrollo de Especificaciones La información en la cual se basan las especificaciones FAO son aportadas por la Industria de Plaguicidas. 1.3.2 Desarrollo de normas de especificación La industria generalmente prepara el anteproyecto de las normas de especificación a ser consideradas por el Grupo de Especificaciones. Tanto la industria, como los miembros del Grupo como cualquier parte interesada pueden sugerir enmiendas a las normas propuestas o ya existentes. Normalmente en las reuniones informales abiertas el Grupo considera normas y materias relacionadas (ver Glosario, Apéndice D) y con los principios generales de las especificaciones. FAO invita a representantes técnicos de los grupos industriales (por ejemplo, la Federación Global de Protección de Cultivos, GCPF) a las reuniones formales del Grupo, como parte de proceso de consulta continuo para considerar los principios de las especificaciones. 1.4

Finalidad y uso de las especificaciones

1.4.1. Requisitos Para caracterizar un plaguicida es necesario determinar su composición y sus propiedades químicas y físicas. Queda claro que no es factible determinar todas las propiedades químicas y físicas posibles. No obstante, se deben identificar los parámetros relacionados con identidad y calidad, y seleccionar criterios que formen la base de una especificación. Una especificación debe ser lo mas breve posible, no debe ser ambigua y debe estar respaldada por métodos de prueba apropiados que determinen si el material cumple o no con los criterios establecidos. La especificación por sí misma no define eficacia biológica ni brinda información sobre riesgos, pero este tipo de información (p.ej., punto de inflamación, explosividad) puede acompañarla, aunque no forme parte de ella.

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1.4.2. Finalidad En general, las especificaciones pueden usarse: (i) (ii)

como parte de un contrato de venta, a fin de que el comprador pueda adquirir un plaguicida con cierta garantía de calidad esperada; y para que la autoridad competente controle que la calidad de la formulación comercializada sea igual a la registrada.

Las especificaciones FAO no están destinadas a reemplazar criterios nacionales o internacionales de registro. Las especificaciones van dirigidas a reforzar la confianza en la compra y el uso de los plaguicidas que cumplen con éstas y, de esta manera contribuir a un mejor control de plagas, a incrementar la producción agrícola y a mejorar la seguridad del usuario, del consumidor y del medio ambiente. 1.4.3. Base de un contrato Una especificación puede utilizarse como parte de un contrato de venta que incluya, en general, una declaración sobre la validez de la especificación y un tiempo acordado para el análisis que determine el cumplimiento con dicha especificación. Si no, se sugiere que todas las cláusulas de la especificación rijan desde el momento en que el plaguicida es recibido por el consignatario o comprador inicial. Es común en este caso otorgar al comprador hasta tres semanas después de la entrega, para realizar el análisis del plaguicida, determinando así si cumple o no con la especificación. Se espera que los plaguicidas continúen siendo aptos para uso después de un almacenamiento de por lo menos dos años en envases originales intactos, siempre y cuando (i) no hayan sido expuestos indebidamente a condiciones extremas de temperatura, humedad y/o luz; (ii) las etiquetas (p. ej., aquellos preparados de acuerdo con las normas FAO para etiquetado6) no indiquen un período de vencimiento más corto; y (iii) que se hayan seguido instrucciones especiales del fabricante. El test de estabilidad a 54°C diseñado para ser aplicado a las formulaciones en el momento de la primera venta, podrá no ser aprobado en forma total si la formulación hubiera permanecido almacenada por cierto tiempo (ver Apartado 3.6, estabilidad en almacenamiento, página 30). Los compradores y demás partes involucradas en el control oficial de plaguicidas, al aplicar los requisitos de las especificaciones, deberán recurrir al conocimiento práctico sobre el uso previsto. La falta de cumplimiento total con los requisitos de una especificación no implica que la formulación sea inadecuada para usarla en todos los casos. Por ejemplo, la cláusula de “Estabilidad a 0°C” para un concentrado emulsionable es de importancia en climas fríos, pero puede no ser pertinente cuando la formulación es fabricada, entregada y utilizada en climas cálidos y, por lo tanto, nunca sujeta a almacenamiento a bajas temperaturas. 1.4.4 Control oficial de plaguicidas Cuando corresponda, las especificaciones FAO pueden ser vinculadas a los requisitos de registro, a fin de que también puedan ser utilizadas en el control oficial de plaguicidas, para asegurar al máximo que la calidad del plaguicida suministrado sea igual a la registrada. Las normas para especificaciones entregadas en este Manual, también pueden aplicarse como un marco de criterios y/o parámetros para la evaluación de las formulaciones para las cuales no existen especificaciones FAO. 6

Guidelines on Good Labelling Practice (Revisada). Food and Agriculture Organization. Roma, 1995.

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Solamente las autoridades competentes podrán decidir sin un plaguicida en particular podrá o no utilizarse en sus países; esta no es función de la FAO ni del Grupo de Especificaciones. 1.4.5

El rol de las especificaciones en el mercado mundial

La armonización de estándares nacionales y/o internacionales es significativo, por medio del uso de especificaciones FAO, debería facilitarse el comercio mundial de plaguicidas. Las especificaciones FAO están diseñadas para reflejar estándares de aceptación generalizada de productos7. Las especificaciones suministran un punto de referencia internacional para poder juzgar los productos, ya sea con fines regulatorios o convenios comerciales, y de esta manera contribuyen a prevenir la comercialización de productos de calidad inferior. Definen las propiedades químicas y físicas esenciales que pueden estar relacionadas con la eficacia de un producto. 1.5

Acceso a las Especificaciones FAO

Copias de las especificaciones FAO pueden solicitarse a Sales & Marketing Group, FAO, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Roma, Italia. fax: ++39-06-5705-3360 e-mail: [email protected] web site: http://www.fao.org/catalog/interact//order-e.htm Las especificaciones también están disponibles en: web site: http://www.fao.org/ag/agp/agpp/pesticid/

7

En la Monografía de GIFAP, Guidance on the Quality Control of Pesticides during Formulation and Packing, Bruselas, 1985, se dan consejos útiles para el mantenimiento de altos estándares de productos.

17

2.

EL PROCESO DE DESARROLLO DE LAS ESPECIFICACIONES FAO

2.1

Categorías de las especificaciones y su estado

Antes introducir la quinta edición de éste Manual, se desarrollaron tres categorías de especificaciones FAO (preliminar, provisional y completa)8. Las primeras están sobre una base temporal, hasta el momento que sean retiradas o elevadas al nivel de especificaciones completas9. Aunque las especificaciones de esta nueva categoría pueden diferir en apariencia de las anteriores, el Grupo de Especificaciones tendrá que evaluarlas de acuerdo a los procedimientos definidos en la quinta edición de este Manual. A todos aquellos productos que eran nominalmente similares se aplicaron las especificaciones preparadas de acuerdo a procedimientos anteriores. O sea, para un ingrediente activo determinado, la especificación se aplica a todos los productos que lo contienen, cuidando que ellos estén dentro del tipo apropiado de formulación. Sin embargo, bajo los nuevos procedimientos de las especificaciones FAO, no se aplica necesariamente a productos nominalmente similares de otros fabricantes, ni a todos aquellos donde el ingrediente activo se produce por otros métodos de síntesis. Cuando el Grupo de Especificaciones ha convenido en que los productos adicionales son equivalentes a aquellos que conformaron las bases de la especificación de referencia (ver glosario, Apéndice D), el ámbito de esta nueva especificación FAO puede ser ampliado y aplicarse a productos similares. 2.2 Reuniones y funciones del Grupo de Especificaciones Anualmente, FAO organizará reuniones formales e informales10, con el objeto de considerar la evaluación de especificaciones preliminares. Los detalles figuran en los Apéndices A y D. Previo a estas reuniones, las especificaciones preliminares o aquellas revisadas, junto con la información de apoyo, serán evaluadas por miembros designados del Grupo. Los objetivos de estas reuniones son: •

evaluar y confirmar (o rechazar) especificaciones nuevas o revisadas y resolver temas o evaluaciones en discrepancia.



actualizar y preparar el programa de trabajo del Grupo por los próximos tres años, considerando cualquier información desarrollada o emergente que pueda hacer necesarios cambios en la prioridad.



asesorar a FAO sobre políticas y procedimientos de especificación.

8

Manual on the Development and Use of FAO Specifications for Plant Protection Products, 4th Edition, FAO Plant Production and Protection Paper 128, FAO, Rome, 1995. 9 Las especificaciones adoptadas antes de la introducción del nuevo procedimiento se considerarán temporalmente, hasta que sean re-evaluadas de acuerdo al nuevo procedimiento. Esto se hará efectivo dentro de un lapso establecido por el Grupo de Especificaciones, de acuerdo a los requerimientos de las industrias. Desde 1999, sólo las especificaciones completas serán aprobadas. El paso desde especificación tentativa existente o provisional a nivel completo (definida bajo el procedimiento previo) puede proseguir, sujeto al desarrollo correspondiente de los métodos analíticos. Los desarrollos o revisiones posteriores bajo el procedimiento anterior cesará después de la reunión informal del año 2000. Los proponentes que deseen convertir las especificaciones FAO existentes (de cualquier nivel) a especificaciones completas bajo el nuevo procedimiento, deben entregar la información correspondiente, tal como se define en el Apéndice A y sus Anexos, y no menos de 9 meses antes de la reunión informal del Grupo de Especificaciones. 10 Reuniones informales del Grupo se sostienen anualmente en conjunto con aquellas de CIPAC.

18

En las reuniones informales abiertas, el Grupo considerará temas de importancia general de la especificaciones, junto con evaluaciones que no involucran datos comerciales confidenciales. En las reuniones informales cerradas, el grupo considerará evaluaciones que involucran datos comerciales confidenciales. En las reuniones formales (cerradas), el grupo considerará temas sin resolver de las reuniones informales; hará recomendaciones finales o proposiciones respecto de las reuniones informales; asesorará a la FAO respecto a políticas sobre las especificaciones, considerará cambios en los requisitos para las especificaciones y determinará prioridades para revisar especificaciones en los próximos tres años (ver Apéndice A, Anexo 5). Cuando sea necesario, pueden asistir a las reuniones formales científicos invitados, con el objeto de garantizar que las decisiones sean tomadas en base a un consenso completamente informado. Cuando se considere tomar decisiones confidenciales, se les solicitará su retiro de la reunión, a criterio del presidente del Grupo. 2.3

Confidencialidad de la Información

La complementación o revisión de las especificaciones desarrolladas bajo el procedimiento anterior podrá ser considerada en reuniones informales abiertas o cerradas, dependiendo de si la información involucrada en la consideración (o reconsideración) corresponde a una comercial confidencial. Todas las especificaciones, o ampliación de estas propuestas bajo el nuevo procedimiento, introducido en esta edición del Manual, se considerarán sólo en sesiones cerradas. FAO, OMS, y el Grupo de Especificaciones mantendrán la confidencialidad de toda la información comercial confiada como apoyo a la especificación propuesta11. Si bien FAO puede solicitar opinión respecto dicha información a las autoridades de registro en aquellos países donde el proponente indique que el plaguicida está registrado, la información adicional respecto al ingrediente activo o a la formulación será solicitada sólo al proponente. Una especificación no será publicada sin el consentimiento alcanzado entre el proponente, el Grupo y FAO/OMS referente al contenido, no obstante, las evaluaciones del Grupo serán indicadas en el resumen de las evaluaciones FAO. 2.4 Procedimiento Plaguicidas12,13

para

el

desarrollo

de

Especificaciones

FAO

para

El procedimiento y los límites de tiempo, se planifican respecto a las reuniones informales anuales del Grupo de Especificaciones. (i)

Seis meses antes de la reunión14, FAO publicará a través de redes de comunicación15 los plaguicidas que se incluirán en el programa de los próximos

11

VerFAO Policy Statement, página vi. La correspondencia debe enviarse a Senior Officer (Pesticides Group), Plant Production and Protection Division, FAO, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Rome, Italy. Telephone ++3906-5705-5757, fax ++3906-5705-6347. 13 La asistencia a las reuniones cerradas, formales e informales, del Grupo de Especificaciones es sólo bajo invitación expresa de FAO. La asistencia a las reuniones abierta informales está disponible para quien desee asistir. 14 Las reuniones usualmente tiene lugar a fines de Mayo o principios de Junio de cada año. 15 La red de información será publicada en internet (http://www.fao.org/AG/AGP/AGPP/Pesticid/) y en publicaciones relevantes como Farm Chemicals, Agrow, Pesticide Outlook, Inside Laboratory Management, etc. 12

19

tres años del Grupo. Los proponentes interesados pueden solicitar la inclusión de especificaciones nuevas o revisadas, escribiendo a la Secretaría de la FAO, en cualquier momento, hasta dos meses antes de cada reunión formal. Previo a cada reunión, la Secretaría de la FAO entregará al grupo de Especificaciones un resumen de los solicitudes recibidas. El hecho de entregar una solicitud no garantizará su inclusión en el próximo programa trienal, pero el grupo lo incluirá mientras más solicitudes reciba. (ii)

El programa trienal será preparado en la reunión formal (con aproximadamente 50 plaguicidas, para dejar tiempo a casos urgentes), asumiendo que el Grupo será capaz de trabajar con aproximadamente 20 plaguicidas al año. Posteriormente a la publicación del programa trienal, se les solicitará a los proponentes que entreguen las especificaciones preliminares o revisadas y la información de respaldo, destacada en el Apéndice A, Anexos 1 ó 2. Los proponentes que están incapacitados para entregar la información solicitada de respaldo a las especificaciones dentro del tiempo determinado en los párrafos (iii) y (vi), deben notificar a FAO tan pronto como sea posible, para que el programa pueda ser ajustado en forma acorde.

(iii)

Los proponentes deben entregar las especificaciones preliminares y la información de respaldo a la Secretaría de la FAO al menos 9 meses antes de las reuniones (normalmente el 30 de septiembre). Se debe entregar una copia impresa de la especificación preliminar junto con una versión electrónica.

iv)

Respecto a la recepción de las especificaciones preliminares y la información de respaldo, la Secretaría de la FAO los entregará a miembros individuales del Grupo de Especificaciones para tener una evaluación preliminar. FAO contactará inmediatamente a las autoridades de registro en los países donde el plaguicida esté registrado. Los miembros asignados del Grupo garantizarán que la información de respaldo cumple con el criterio para su evaluación completa por parte del Grupo. FAO buscará, en todos los casos, asesoría de la OMS respecto a la información toxicológica, ecotoxicológica y/o el perfil de impurezas. Sin embargo, cuando 2 o más autoridades de registro sean capaces de entregar asesorar en forma aceptable a la FAO, y la OMS sea incapaz de entregar una evaluación, el grupo procederá a completar de la evaluación. Sólo cuando exista una evaluación externa aceptable y la OMS no pueda entregar una evaluación dentro de los límites de tiempo, FAO puede proceder a completar la evaluación, con criterio caso a caso. Cuando no se disponga de una evaluación externa, la evaluación de la OMS será esencial.

(v)

Se le notificará al Proponente respecto a la información adicional solicitada, si la hay, el 31 de Diciembre.

(vi)

El proponente debe ir enviando la información adicional a medida que la FAO lo requiera hasta el 28 Febrero, si la propuesta y la evaluación correspondiente van a ser consideradas en la próxima reunión del Grupo. FAO enviará inmediatamente la información al evaluador y a la OMS.

(vii)

Las evaluaciones de la OMS y de las autoridades de registro deben ser enviadas a FAO hasta el 31 de Marzo y FAO las enviará inmediatamente al evaluador.

(viii)

El evaluador considerará la información consignada y enviará una evaluación completa a FAO el 30 de Abril, para que llegue al proponente, a OMS y al Grupo.

20

(ix)

El(los) proponente(s) que esté(n) en desacuerdo con la evaluación preliminar o quienes deseen presentar información adicional de respaldo, deben suministrar a FAO dicha información al menos tres semanas antes de la reunión en la cual se considerará esta evaluación. FAO enviará la información inmediatamente al evaluador y a la OMS.

(x)

El procedimiento para considerar una evaluación en las reuniones del Grupo permiten: •

una presentación del evaluador, aproximadamente 5 minutos, en presencia del proponente;



una presentación del caso por parte del proponente, aproximadamente 10 minutos, en caso de existir discrepancias con la evaluación;



un tiempo de discusión, aproximadamente 10 minutos, tras el cual el proponente debe salir para que el Grupo considere una decisión final.

Cuando el Grupo considere especificaciones preliminares o aquellas solicitadas por varios proponentes para un mismo plaguicida, los proponentes pueden dirigirse al Grupo individualmente o juntos, de acuerdo a sus preferencias. (xi)

Si el Grupo es incapaz de tomar una decisión, se le solicitará al proponente la entrega de información que resuelva el (los) tema(s) pendiente(s), dentro de un plazo determinado. Después de decidir rechazar, el considerar nuevamente estas especificaciones preliminares en la próxima reunión informal, dependerá de las prioridades (ver Apéndice A, Anexo 5) y de la carga de trabajo del Grupo.

(xii)

El Grupo registrará los fundamentos por los cuales se decidió aceptar o rechazar una especificación y los incluirán en los proyectos de evaluación en la reunión formal.

(xiii)

El (los) proponente(s), identificará(n) en el informe de evaluación y en el resumen de especificaciones y evaluaciones FAO: el nombre común, el registro CAS y el número CIPAC del ingrediente activo en el que se basaron las especificaciones (ver Apéndice A, Anexo 3).

(xiv)

Las especificaciones no necesariamente se aplican a ingredientes activos o formulaciones de otros fabricantes, ni a aquellos productos sintetizados mediante un proceso distinto, a menos que éstos hayan sido evaluados (ver Apéndice A, Anexo 4). Si la evaluación indica que la especificación de referencia16 resulta apropiada para un ingrediente activo o producto formulado adicional, los procedimientos adicionales también se identificarán en los reportes y nóminas de evaluación. Cuando un productor de la nómina cambie significativamente su proceso de fabricación, será necesaria una re-evaluación para asegurar que cumple con tal especificación. Dependiendo del resultado de la evaluación, la especificación inicial puede ser modificada para adecuarse tanto a productos adicionales, como a aquellos producidos a través de diferentes procesos.

2.5 Publicación Una especificación nueva o modificada, aceptada, será publicada expeditamente y las evaluaciones correspondientes estarán disponibles por FAO. Las evaluaciones asegurarán que las especificaciones FAO se han basado en consideraciones acuciosas de todos los temas importantes, pero no contendrán información comercial confidencial. FAO determinará la naturaleza y el estilo de las publicaciones. La nómina de especificaciones aceptadas, modificadas o preliminares, con su correspondiente 16

Ver glosario (Apéndice D)

21

evaluación, se publicarán a través de un medio adecuado. FAO normalmente sólo publicará especificaciones completas, aunque las ya existentes y las actualmente en desarrollo bajo el sistema anterior continuarán siendo publicadas como especificaciones temporales, hasta que vuelvan a ser revisadas por el Grupo. FAO publica las especificaciones para plaguicidas en cuadernos y en Internet. Los métodos de análisis se publican en los Manuales CIPAC17, AOAC18 y las revistas y métodos de prueba físicos en los manuales CIPAC. 2.6 Revisión Las especificaciones serán revisadas a intervalos, acorde a las prioridades indicadas en el Apéndice A, Anexo 5. El Grupo preparará un programa de revisión de todas las especificaciones publicadas. Las especificaciones bajo revisión deben ser respaldadas por la información indicada en el Apéndice A, Anexos 1 ó 2 (según corresponda), de lo contrario, el Grupo normalmente recomendará retirarla. El Grupo entonces: (i) (ii) (iii)

confirmará que la especificación existente es apropiada, o recomendará una corrección en la especificación, o recomendará que la especificación sea eliminada.

FAO y el Grupo de Especificaciones agradecerán comentarios y mayor información con relación a las especificaciones. Cuando las organizaciones de normas nacionales o los gobiernos encuentren necesario adaptar o modificar una especificación FAO, se le debe informar a ésta de tales cambios y las razones de ello, pues ayudará en las asesorías o revisiones futuras de las especificaciones por FAO. Las proposiciones para modificar las especificaciones FAO deben estar respaldadas por evidencia que demuestre que el cambio es pertinente ya sea para mantener o mejorar la calidad, o para reducir los riesgos tanto de los ingredientes activos técnicos como de las formulaciones. 2.7 Información solicitada para la creación o ampliación de las especificaciones de ingredientes activos o formulaciones producidas por fabricantes posterior o paralela Se debe entregar la siguiente información: (i) (ii) (iii) (iv)

Nombre, dirección y punto de contacto del(de los) proponente(s) de la especificación. La nueva especificación preliminar; o la especificación a ser ampliada. La información descrita en el Apéndice A, Anexo 1, para respaldar una nueva especificación; o la información descrita en el Apéndice A, Anexo 2, para respaldar la ampliación de una especificación existente. Cualquier otra información relevante que pueda ayudar al Grupo a alcanzar una decisión.

17

Obtenible de Black Bear Press Ltd., King's Hedges Road, Cambridge, CB4 2PQ, UK. (fax: ++44-1223-426877)

18

Cuniff P. A., Ed. (1998) Official Methods of Analysis of AOAC INTERNATIONAL, 16th edition. Obtenible de AOAC International, 481 North Frederick Avenue, Suite 500, Gaithersburg, Maryland 20877-2417, USA. (fax: ++1-301-924-7089, e-mail: [email protected], website: http://www.aoac.org)

22

Todas las cláusulas en el proyecto de especificación deben ser presentadas en un formato estándar (ver Secciones 4, 5 y 6 de este Manual). 2.8

Aceptación de los métodos de prueba analíticos y físicos

Los métodos analíticos, que respaldan las especificaciones FAO para la determinación de los ingredientes activos en plaguicidas técnicos y formulados deben ser probados en forma conjunta y estar aprobados por CIPAC o AOAC. Los métodos analíticos para determinar impurezas significativas en el material técnico deben ser validados por los pares (ej: verificación del procedimiento de método(s) por los pares de AOAC) y aprobados por AOAC o CIPAC. Cuando los estudios en colaboración o la validación por los pares del método de análisis aún esté en progreso a la fecha de entregar la proposición, se debe indicar la fecha estimada en que se complete. Normalmente, las especificaciones no serán publicadas antes de completar la validación de los métodos y, si ésta no parece estar completa antes de la próxima reunión informal del Grupo, la consideración de la propuesta puede diferirse. Los métodos físicos pueden ser validados por CIPAC o, en ciertos casos, por OECD, ASTM o la Comunidad Europea. En este Manual, la referencia a los métodos de prueba físicos usan el prefijo “MT” para CIPAC, “CE” para la Comunidad Europea, o la sigla completa para OECD o ASTM. Estos métodos se pueden considerar como definitivos, pues en muchos casos, la propiedad física está definida por el método de medición. Cuando existe más de un método disponible, debe designarse un método de arbitraje. Aún cuando se especifique un método que no haya sido adoptado por CIPAC, la especificación también deberá definir el método CIPAC más adecuado para definir la propiedad, si lo hubiese. El método CIPAC usualmente será considerado el método de arbitraje. Aunque el nivel de aceptación de los métodos dentro de los sistemas CIPAC o AOAC no es crítico, se dará preferencia a métodos “completos” o de “acción final”. La revocación del nivel CIPAC/AOAC de un método, puede gatillar la revisión de una especificación existente.

23

3.

FINALIDAD, APLICABILIDAD Y REQUISITOS DE LAS CLAUSULAS DE LAS ESPECIFICACIONES

Introducción Una especificación no deberá requerir que el criterio sea ejercido por el comprador, y deberá describir, por medio de límites, los parámetros cuantificables. Además del título y la descripción, los elementos no cuantificables deberán ser incluidos en un anexo que puede adjuntarse a la especificación, pero no formar parte de la misma. Este anexo podrá contener información sobre la clasificación de peligro del ingrediente activo y de las formulaciones, incluso el punto de inflamación cuando correspondiera. Asimismo, podrá incluir breves notas sobre otras propiedades y características que puedan ayudar al usuario, por ejemplo, referencias sobre regulaciones nacionales e internacionales para la manipulación y transporte, fitotoxicidad y otros problemas potenciales relacionados con el uso del producto técnico o formulado. Al desarrollar y utilizar las especificaciones FAO, es importante que todas las partes involucradas, en particular los fabricantes y los responsables del control de calidad, conozcan el propósito para el cual se requiere el producto, la manera en que deberá ser utilizado y, si estuvieran disponibles, las condiciones de almacenamiento que deben encontrarse. Los ingredientes activos grado técnico deberán ser tan puros como sea económicamente factible, pues esto tenderá a minimizar los problemas de formulación y de toxicidad, así como también los que surjan por contaminación, fitotoxicidad, etc. Al establecer estándares de calidad, el Grupo de Especificaciones se guía por requisitos técnicos pertinentes pero, aún cuando no existan grandes razones para incrementar la calidad, a menudo las ventajas de hacerlo compensarán a largo plazo las desventajas. La especificación para una formulación toma en cuenta propiedades que sean relevantes en cuanto a, por ejemplo, eficacia, seguridad del operador e impacto sobre el medio ambiente. Los ensayos estandarizados que existen no cubren todos estos aspectos. Por lo tanto, hay una continua necesidad de desarrollar nuevos métodos de prueba y mejorar los existentes. En ciertos casos es ventajoso elaborar formulaciones a partir de concentrados técnicos (TK), o sea, sin separar primero el material técnico (TC), siempre y cuando esto no genere la inclusión de impurezas no deseables en la formulación. Las especificaciones para formulaciones pueden abarcar uno o más ingredientes activos. No obstante, las mezclas (p. ej., las realizadas en el tanque de la pulverizadora) exceden el ámbito de las especificaciones FAO. Dentro de lo posible, una muestra para análisis de laboratorio deberá ser tomada de acuerdo a un procedimiento tal que asegure que la misma sea representativa del lote del plaguicida que esté siendo investigado. El Anexo B presenta recomendaciones detalladas para el muestreo de plaguicidas. Las normas para formulaciones para tratamiento de semillas no son aplicables a las formulaciones diseñadas para revestimiento o peletizado de semillas. Ellas incluyen cláusulas especiales relacionadas con sus pautas de uso, a pesar de que algunos de los métodos correspondientes de prueba aún no han sido desarrollados. La influencia del tratamiento en la germinación es de máxima importancia, pero no es materia de una cláusula de especificación, dado que ningún método de prueba puede aplicarse a todos los tipo de semillas. Para evitar efectos adversos, los usuarios deberán aplicar la 24

formulación estrictamente de acuerdo a las recomendaciones del fabricante y no deberán tratar semillas en las cuales se desconozca el efecto que pueda haber sobre la germinación. La semilla tratada deberá almacenarse en envases adecuados y protegidos de condiciones excesivas de temperatura y humedad. 3.1

Título y código (a)

La finalidad es suministrar una identificación inequívoca de los ingredientes activos y de su forma (producto técnico, concentrado técnico o tipo de formulación).

(b)

Aplicable a todas las especificaciones.

(c)

Métodos. No pertinente.

(d)

Requisito. Debe utilizarse el nombre común E-ISO del ingrediente activo, indicando el estado o condición ISO del nombre. De no existir un nombre ISO, puede utilizarse el nombre común o el nombre químico, de acuerdo con las convenciones IUPAC o CA. Los códigos CIPAC para ingredientes activos figuran en el Anexo G, y los códigos internacionales GCPF para plaguicidas técnicos o formulados están indicados en el Apéndice F. Comentarios. Los códigos para especificaciones desarrollados bajo procedimientos anteriores incluían un código de estado o situación. El sistema anterior está explicado en el Apéndice B del Manual sobre Desarrollo y Uso de Especificaciones FAO para Productos Fitosanitarios, 4ª edición, Artículo 128 sobre Producción y Protección Vegetal, FAO, Roma, 1995. Bajo el procedimiento indicado en la Sección 2 de dicho Manual, estos códigos de estado o situación serán paulatinamente eliminados cuando las especificaciones anteriores sean revisadas.

3.2

Descripción (a) La finalidad es suministrar una descripción breve y clara del ingrediente activo técnico o de la formulación, en términos de las propiedades que puedan ser verificadas por simple inspección, junto con informes que identifiquen el(los) ingrediente(s) activo(s) y la presencia de aditivos necesarios. (b) Aplicable a todas las especificaciones. (c) Métodos. No pertinente. (d) Requisitos. La descripción del ingrediente activo grado técnico, o de la formulación, deberá incluir el estado físico (p. ej.: en cristales, líquido, en grumos duros), color, olor (cuando corresponda) y, de ser requerido, también la declaración de la presencia de agentes modificadores (p. ej.: agentes para molienda). Cada norma de las especificaciones (Secciones 4, 5 y 6) incluye una cláusula estándar para la descripción. Cuando un ingrediente activo exista en varias formas químicas, la descripción deberá brindar una identificación completa de la forma. Por ejemplo, en el caso del 2,4-D, el ingrediente activo deberá describirse ya sea como sal sódica del 2,4-D, ácido libre del 2,4-D, éster iso-octílico del 2,4-D, etc, según corresponda. La frase deberá ser eliminada de la descripción (Secciones 4,5 y 6) si no correspondiera. 25

Cuando la formulación contenga más de un ingrediente activo, la descripción deberá incluir todos los ingredientes activos presentes. 3.3

Ingrediente activo 3.3.1

Pruebas de Identidad

(a) La finalidad es suministrar un medio probatorio de identificación del(de los) ingrediente(s) activo(s). (b) Aplicable a todas las especificaciones. (c) Métodos. Deberán ser de consulta y se deberá suministrar a FAO una descripción completa, a fin de que esta información pueda ser de conocimiento público. (d) Requisito. Los ingredientes activos deberán cumplir con un prueba de identidad, y cuando la identidad esté en duda, deberán cumplir por lo menos con un ensayo adicional. Cuando la formulación contenga más de un ingrediente activo, se deberán entregar ensayos para todos los ingredientes activos presentes. Comentarios. Cuando el ensayo primario de identidad no sea definitivo, pero se prefiera por rutina de uso, se deberán suministrar una o más técnicas alternativas basadas en diferentes principios. Cuando el ingrediente activo esté en forma de una sal (etc.) y el contraión (etc.) no pueda identificarse por medio del test para el componente activo, deberá suministrarse, por separado, un prueba de identidad para el contraión (etc.) 3.3.2

Contenido de ingrediente activo (a) La finalidad es asegurar que el contenido de ingrediente activo sea descrito de manera inequívoca. (b) Aplicable a todas las especificaciones. (c) Métodos. El(los) método(s) de análisis deberá(n) ser método(s) CIPAC o AOAC. Si los métodos todavía no hubieran sido publicados, el proponente deberá suministrar a FAO los detalles completos. Se requerirán datos validatorios adecuados, previo a la publicación de la especificación. (d) Requisitos. Para el caso de sólidos, plaguicidas técnicos líquidos, líquidos volátiles (punto de ebullición máximo de 50ºC) y líquidos viscosos (viscosidad cinemática mínima de 1 x 10¯³ m²/s a 20 ± 2°C), la especificación FAO deberá ser expresada en g/kg de contenido. Para todos los demás líquidos, el contenido de ingrediente activo deberá ser declarado en unidades de g/kg o g/l a 20 ± 2°C. El contenido de ingrediente activo de productos grado técnico deberá ser expresado como:

26

“El contenido de [Nombre común de la ISO] deberá declararse (g/kg o g/l a 20 °C +- 2°C) y, una vez determinado, el contenido promedio medido no deberá ser inferior al contenido declarado.” El contenido de ingrediente activo en concentrados técnicos y plaguicidas formulados deberá ser expresado como: “El contenido de [Nombre común de la ISO] deberá declararse (g/kg ó g/l a 20 ± 2°C) y, una vez determinado, el contenido promedio medido no deberá diferir del declarado en más de las siguientes tolerancias.” Las tolerancias deberán expresarse en la forma indicada en la siguiente tabla, utilizando contenido y tolerancias correspondientes:

Contenido declarado en g/kg ó g/l a 20 ± 2°C

Tolerancia

hasta 25 declarado para

± 15% del contenido formulaciones homogéneas (EC, SC, SL, etc.) o ± 25% para formulaciones heterogéneas (GR, WG, etc.)

más de 25 y hasta 100

± 10% del contenido declarado

más de 100 y hasta 250

± 6%

del contenido declarado

más de 250 y hasta 500

± 5%

del contenido declarado

más de 500

± 25 g/kg o g/l

Cuando la formulación contenga más de un ingrediente activo, se deberán suministrar especificaciones para todos los ingredientes activos presentes. Cuando el método de determinación del contenido de ingrediente activo se base solamente en la detección del componente activo de una sal y no de la sal intacta, la especificación deberá definir las bases exactas para el cálculo y la expresión del contenido de ingrediente activo, si no estuviera así definida en el método analítico publicado. Lo mismo será válido cuando el contenido se determine a través de la medición de un producto de degradación del ingrediente activo. Comentarios. Las tolerancias se refieren al resultado analítico promedio obtenido, y normalmente sólo toman en cuenta las variaciones en fabricación, muestreo y análisis, excepto cuando se requiere un excedente. Si la formulación incluyera un excedente para compensar la degradación durante el almacenamiento, se necesitarán desviaciones positivas de los límites superiores. Para mayores precisiones sobre tolerancias ver: Use of Tolerances in the Determination of Active Ingredient Content in Specifications for Pesticidal Products, Technical Monograph No.1, 1982, GIFAP, Bruselas. Los métodos desarrollados en colaboración están normalmente respaldados por datos que 27

indican la repetibilidad y reproducibilidad que se puede esperar con un intervalo de confianza del 95%, y su exactitud está generalmente basada en la comparación con sustancias plaguicidas de referencia (Apéndice C). Se considerará que los materiales técnicos, los concentrados técnicos y las formulaciones cumplen con la especificación si el resultado analítico promedio se ubica dentro del rango de tolerancia del contenido declarado. Si el cliente requiriera especificaciones en g/kg y también en g/l entonces, en caso de controversia, los resultados analíticos deberán ser calculados en g/kg. Las especificaciones para formulaciones mixtas deberán incluir una cláusula separada para cada ingrediente activo. 3.4.

Impurezas significativas

3.4.1

Impurezas de fabricación (a) La finalidad es limitar el contenido de impurezas que puedan incrementar los riesgos asociados con el manejo o uso del material técnico o de la formulación, o bien afecten adversamente la eficacia de la formulación. (b) Aplicable a todas las especificaciones cuando se hayan identificado impurezas significativas. Para respaldar propuestas para especificaciones, se deberán (c) Métodos. presentar a FAO métodos de análisis que hayan sido verificados por los pares. Cuando la verificación por los pares no haya sido publicada, también deberán presentarse datos validatorios. (d) Requisito. El nivel máximo permitido deberá ser expresado como porcentaje del contenido medido de ingrediente activo. Comentarios. La especificación no deberá incluir límites de impurezas que no sean clasificadas como significativas. Se deberán presentar cláusulas separadas para cada impureza significativa. El límite podrá establecerse a un nivel inferior a 1 g/kg en el caso de impurezas de importancia excepcional (p. ej. dioxinas). Las impurezas ausentes del perfil presentado, pero que de alguna manera pudieran considerarse significativas y estar potencialmente presentes si se empleara una ruta alternativa de síntesis, no deberán incluirse. Serán tomadas en cuenta por el Grupo siempre y cuando los fabricantes que utilicen la vía alternativa de síntesis propongan que la especificación se amplíe a sus productos. La producción de ingredientes activos grado técnico a niveles de costo aceptables para el usuario puede conducir a la presencia de impurezas detectables, tales como (i) materiales utilizados en la síntesis; (ii) productos de reacciones secundarias formados durante la síntesis, p.ej. isómeros inactivos; (iii) productos de degradación del ingrediente activo que surjan durante la preparación de la formulación o durante el almacenamiento; (iv) trazas de solvente remanentes de la síntesis o purificación. Tales impurezas serán consideradas significativas si, a niveles que excedan los especificados, (i) presentan un riesgo inaceptable tanto para humanos como para el medio ambiente; (ii) influyen en la calidad de la formulación causando, por ejemplo, degradación química del ingrediente activo o deterioro de los envases durante el almacenamiento o corrosión de la maquinaria de aplicación; (iii) causan fitotoxicidad en las plantas tratadas o contaminación de cultivos para consumo, etc. 28

Las impurezas también pueden estar presentes en los auxiliares de formulación. Puede ocurrir contaminación no intencional con otros productos químicos durante la preparación de una formulación. Los auxiliares o inertes y sus impurezas, o los contaminantes de la formulación, exceden el ámbito de las especificaciones FAO. No obstante, cuando haya presencia de compuestos de reconocido riesgo, los formuladores deberán asegurarse de que los peligros derivados de estas fuentes estén minimizados y sean aceptables. 3.4.2

Agua (a) La finalidad de la cláusula es limitar el contenido de agua en los preparados, que pudiera afectar adversamente la estabilidad en almacenamiento. (b) Aplicable a material técnico, concentrados técnicos y formulaciones no acuosas. (c)

Métodos.

MT 17 Pérdidas durante el secado 17.2

Secado al vacío: a 45°C durante 24 horas

17.3

Secado a horno: a 100°C durante 4 horas

17.4

Secado al vacío: a temperatura ambiente

MT 30 Agua 30.1

Método Karl Fischer

30.2

Método Dean y Stark

(d) Requisito. El nivel máximo permitido deberá expresarse en g/kg del ingrediente activo técnico o de la formulación. Deberá mencionarse el método utilizar. Comentarios. Si ninguno de los métodos existentes fuera adecuado, deberán suministrarse las razones y presentarse alternativas, junto con información que respalde su validación. 3.4.3

Sustancias insolubles (a) La finalidad es limitar la presencia de materiales que son insolubles en solventes especificados. Esto es para permitir que los formuladores cuantifiquen las impurezas que puedan tapar filtros y boquillas durante la aplicación en el campo, o que también puedan afectar adversamente las propiedades físicas de la formulación. Se deberá demostrar que las partículas insolubles son significativas, para poder incluirlas en una especificación. (b) Aplicable a materiales técnicos, concentrados técnicos y formulaciones solubles. (c) Métodos: 29

MT 7

etanol

MT 71

hidróxido de sodio

MT 76

trietanolamina

MT 10

agua

MT 11

xileno

MT 27

acetona

(d) Requisito. El nivel máximo permitido deberá expresarse en g/kg de ingrediente activo grado técnico o de formulación. Deberá mencionarse el método a utilizar. Comentarios. Si ninguno de los métodos existentes fuera adecuado, deberán suministrarse las razones y presentarse alternativas, junto con información que respalde su validación. 3.5

Propiedades físicas y fisicoquímicas

Las propiedades a ser especificadas varían de acuerdo con el tipo de ingrediente activo técnico o la formulación de que se trate (ver Secciones 4,5 y 6). A los efectos de este Manual, se categorizan y numeran de la siguiente manera: (i) propiedades de densidad, 1-10; (ii) propiedades de tensión superficial, 11-20; (iii) propiedades de volatilización, 2130; (iv) propiedades granulométricas, de fragmentación y de adhesividad, 31-40; (v) propiedades de dispersión, 41-50; (vi) propiedades de flujo, 51-60; (vii) propiedades de solución y disolución, 61-70. Las categorías adoptadas son flexibles. Algunas propiedades puede ser ubicadas en más de una categoría. Las propiedades físicas de las formulaciones que deben diluirse en agua antes de usarse, pueden verse afectadas por la dureza del agua utilizada en la dilución. El Manual F de CIPAC brinda un listado de las aguas estándar que pueden ser utilizadas en pruebas de laboratorio para simular aguas naturales. El Grupo de Especificaciones ha decidido que, con ciertas excepciones, deberá adoptarse el Agua Estándar D en forma general, aún en los casos en que el método CIPAC recomiende usar un Agua Estándar alternativa. Las excepciones son las pruebas de estabilidad de la emulsión y estabilidad de la dispersión, en las cuales se utilizarán ambas Aguas Estándar, A y D. Esta modificación armoniza los requisitos de las especificaciones FAO y OMS. La diferencia de dureza entre el Agua Estándar D y el Agua Estándar C (que es el agua dura que se recomendaba anteriormente) es pequeña, y las formulaciones podrían o no pasar esta prueba con cualquiera de las dos aguas. (i)

Propiedades de densidad

3.5.1

Masa por mililitro (a) Las finalidades de la cláusula son (i) asegurar que se mantenga la integridad de la cápsula; o (ii) suministrar un factor típico de conversión para el cálculo del contenido del ingrediente activo en g/l a partir del valor en g/kg, o vice versa.

30

(b) Aplicable (i) a suspensión de encapsulado (CS) y (ii) a todas las formulaciones líquidas donde el contenido de ingrediente activo esté expresado en g/l a 20 ± 2°C. (c) Métodos: Métodos generales MT 3.1 Método de hidrómetro MT 3.2 Método de picnómetro OECD 109 CE A3 Métodos específicos MT 3.3 Densidad de suspensiones concentradas (d) Requisito. La masa por mililitro deberá medirse a 20 ± 2°C. Comentarios. Se admitirán variaciones en ± 2°C centradas en el objetivo de 20°C para la determinación de masa por mililitro, dado que los coeficientes de expansión cúbica de la mayoría de las formulaciones de plaguicidas son reducidos. En caso de duda, el contenido en g/l deberá calcularse partiendo de la masa por mililitro medida de la formulación en cuestión, y no del valor típico dado en la especificación. En caso de duda en lo concerniente al contenido de ingrediente activo, su concentración se determinará y expresará en términos de g/kg. 3.5.2

Densidad aparente después de la compactación (a) La finalidad de la cláusula es suministrar información para el embalaje, transporte y aplicación. (b) Aplicable a polvos y a materiales granulados. (c) Métodos MT 33

Densidad aparente después de la compactación

MT 58.3

Densidad aparente, después de compactar sin presión

MT 159

Densidad aparente después de la compactación de materiales granulados

MT 169

Densidad aparente después de la compactación de gránulos dispersables en agua (WG)

(d) Requisito. No se pueden dar límites generales. (ii)

Propiedades de tensión superficial

3.5.11 Mojabilidad/Humectabilidad (a) La finalidad de la cláusula es asegurar que los polvos mojables, los polvos solubles y los gránulos dispersables en agua se humecten rápidamente al mezclarlos con agua, por ejemplo en el tanque de la pulverizadora. 31

(b) Aplicable a polvos mojables (WP), polvos dispersables en agua para formar una pasta para tratamiento de semillas (WS), gránulos dispersables en agua (WG) y polvos solubles (SP). (c) Método. MT 53.3 Humectación de polvos mojables. (d) Requisito. Normalmente la formulación deberá humectarse en 1 minuto, sin revolver. 3.5.12 Persistencia de la espuma (a) La finalidad de la cláusula es limitar la cantidad de espuma formada al llenar el tanque de la pulverizadora. (b) Aplicable a todas las formulaciones que deben ser diluidas con agua antes de usar. (c) Método. MT 47.2 Medición de la formación de espuma en suspensiones concentradas. (d) Requisito. El requisito normal es que deberá haber un máximo de 60 ml de espuma después de 1 minuto. Comentarios. El método MT 47.2 ha sido probado para determinar la persistencia de la espuma producida por suspensiones concentradas, pero CIPAC está de acuerdo en que es aplicable a otras formulaciones (WP, EC, WG, etc.). Excepto en el caso de formulaciones envasadas en bolsas hidrosolubles, no es necesario determinar la persistencia de la espuma después del almacenamiento a temperaturas elevadas, dado que es improbable que la capacidad de producir espuma aumente con el almacenamiento. (iii) Propiedades de volatilización 3.5.21 Volatilidad (a) La finalidad de la cláusula es asegurar que la aplicación de formulaciones de ultra bajo volumen no produzca una deriva inaceptable, por la evaporación excesivamente rápida de las gotitas pulverizadas. (b) Aplicable a líquidos para ultra bajo volumen (UL). (c)

Método. Método en estudio.

(d)

Requisito. Depende del método de medición de que se trate. Comentarios. La velocidad de evaporación de las gotitas depende de su tamaño, composición y de la temperatura del aire. En parte, el tamaño de gota está en función del equipo de aplicación utilizado. En ausencia de una prueba estándar para medir la velocidad de evaporación, el método que se adopte para la especificación debe ser suministrado a FAO, junto con los datos que respalden su validez. El Grupo de Especificaciones está considerando cláusulas dirigidas a minimizar los riesgos derivados de impurezas volátiles significativas, etc. Las Secciones 4, 5 y 6 no dan normas, aunque tales cláusulas aparecen en ciertas especificaciones existentes, por ejemplo para ésteres fenoxi ácidos. 32

(iv)

Propiedades granulométricas, de fragmentación y de adhesividad

3.5.31 Prueba del tamizado en húmedo (a) La finalidad de la cláusula es restringir el contenido de partículas insolubles de tamaños tales que puedan tapar boquillas y filtros. (b) Aplicable a polvos mojables, suspensiones concentradas incluyendo las destinadas a tratamiento de semillas, gránulos dispersables en agua, suspensiones de encapsulado acuosas, concentrados dispersables, suspoemulsiones, tabletas solubles en agua y tabletas dispersables. (c) Métodos: MT 59.3 Tamizado húmedo MT 167 Tamizado húmedo luego de la dispersión de gránulos dispersables en agua (WG). MT 182 Prueba del tamizado en húmedo utilizando recirculación de agua. (d) Requisito. Una cifra adecuada del residuo retenido podría ser: Máximo 2% retenido en un tamiz de prueba de 75 µm. Comentarios. En algunas normas para especificaciones no se incluye esta prueba, dado que está incluida en forma efectiva en otros ensayos, por ejemplo, en el de estabilidad de la solución (ver 3.5.64). 3.5.32 Prueba del tamizado en seco (a) La finalidad de esta cláusula es restringir el contenido de partículas de tamaños no deseados. (b) Aplicable a polvos y granulados de aplicación directa. (c) Métodos: MT 59.1 Polvos secos (DP) MT 59.2 Granulados (GR) (d) Requisito. No se pueden dar límites generales. 3.5.33 Rango nominal de tamaños (a) La finalidad de la cláusula es asegurar que una proporción aceptable de una formulación granulada esté dentro de un rango granulométrico adecuado, a fin de minimizar la segregación o separación de las partículas durante el transporte y la manipulación, garantizando de esta manera un flujo uniforme en el equipo de aplicación. (b)

Aplicable a granulados (GR).

(c)

Método. MT 59.2 (MT 58) Análisis por tamizado.

(d)

Requisito. No menos del 85% de la formulación deberá estar dentro del rango nominal de tamaño. Comentarios. El rango nominal de tamaños (el diámetro mayor dividido por el diámetro menor) no deberá exceder un factor de 4, y deberá ser 33

menor, preferiblemente. El rango de tamaños puede afectar la actividad biológica y la capacidad de funcionamiento del equipo de aplicación. 3.5.34 Pulverulencia (a) La finalidad de la cláusula es restringir la pulverulencia o formación de polvo en formulaciones granuladas, que pueda producir liberación de polvo hacia el ambiente durante la manipulación y aplicación.

3.5.35

(b)

Aplicable a granulados (GR), gránulos dispersables en agua (WG) y gránulos solubles (SG).

(c)

Método. MT 171 Pulverulencia (formación de polvo) en formulaciones granuladas.

(d)

Requisito. La formulación deberá estar “casi libre de polvo” o “esencialmente libre de polvo”, según lo definido en el método MT 171. Comentarios. El método MT 171 describe dos maneras de medir la pulverulencia: un método gravimétrico y uno óptico. El método óptico tiene generalmente buena correlación con el método gravimétrico, por lo que puede utilizarse como alternativa, cuando haya equipo de medición disponible. Cuando la correlación sea dudosa, debe verificarse con la formulación a ser analizada. En caso de controversia, se deberá utilizar el método gravimétrico.

Resistencia al atrito o a la abrasión (a) Las finalidades de la cláusula son: asegurar que las formulaciones granuladas permanezcan intactas hasta su uso, minimizar los riesgos del polvo generado por efecto de la desintegración producida durante la manipulación o uso y, en el caso de granulados (GR), evitar la generación de polvo y/o partículas finas que, además, pueden afectar la aplicación y la eficacia en el campo. (b) Aplicable a formulaciones granuladas (GR, WG y SG). (c) Método. MT 178 Resistencia de los granulados al atrito o abrasión. (d) Requisito. No se pueden dar límites generales.

3.5.36

(a)

Integridad La finalidad de la cláusula es asegurar que las tabletas permanezcan intactas hasta ser usadas y, de esta manera, evitar riesgos derivados del polvo y asegurar que se aplique siempre la dosis prevista.

(b)

Aplicable a tabletas (DT, ST y WT).

(c)

Método. Método en estudio.

(d)

Requisito. No debe haber presencia de tabletas rotas. El grado de integridad deberá expresarse como porcentaje del peso. Comentarios. El grado de integridad de las tabletas dependerá de si las mismas están envasadas en forma suelta o envueltas en forma apretada.

34

3.5.37 Adherencia a las semillas (a) La finalidad de la cláusula es asegurar que la dosis prevista permanezca adherida a las semillas y no pueda ser removida fácilmente, ya que su desprendimiento incrementaría los riesgos durante la manipulación, y afectaría la eficacia.

(v)

(b)

Aplicable a polvo que se aplica a las semillas en estado seco (DS).

(c)

Método. El método está actualmente en desarrollo, pero puede aplicarse el MT 83 (Prueba de adherencia para polvos para tratamiento de semillas).

(d)

Requisito. No se pueden dar límites generales.

Propiedades de dispersión

3.5.41 Dispersibilidad (a) La finalidad de la cláusula es asegurar que la formulación se disperse fácil y rápidamente al diluirse en agua. (b) Aplicable a suspensiones concentradas (SC), suspo-emulsiones (SE), suspensiones acuosas de encapsulados (CS) y gránulos dispersables en agua (WG). (c) Métodos: MT 160 Espontaneidad de la dispersión en suspensiones concentradas MT 174 Dispersibilidad de gránulos dispersables en agua (d) Requisito. No se pueden dar límites generales. Comentarios. Utilizando el método MT 160, el análisis químico es la única técnica totalmente confiable para medir la masa de ingrediente activo que permanece en suspensión. Las mediciones más sencillas, como la extracción gravimétrica o con solventes, pueden ser utilizadas como práctica de rutina, siempre que demuestren dar los mismos resultados que el análisis químico. En caso de controversia, el análisis químico será el método de arbitraje. El método previsto para la determinación gravimétrica es el MT 174. 3.5.42

Tiempo de desintegración y grado de dispersión o disolución (a)

La finalidad de la cláusula es asegurar que las tabletas solubles o dispersables se desintegren rápidamente al agregarse al agua y que la formulación se disperse o disuelva rápidamente.

(b)

Aplicable a tabletas solubles (ST) y a tabletas dispersables en agua (WT).

(c)

Método. Método actualmente en desarrollo.

(d)

Requisito. Máximo tiempo de desintegración de la tableta completa: ... segundos (ó minutos).

3.5.43

Suspensibilidad (a)

La finalidad de la cláusula es asegurar que una cantidad suficiente del ingrediente activo esté homogéneamente dispersa en suspensión en el 35

caldo, a fin de mantener una mezcla satisfactoria y eficaz durante la aplicación. (b)

Aplicable a polvos mojables (WP), suspensiones concentradas (SC), suspensiones de encapsulado (CS), gránulos dispersables en agua (WG) y concentrados dispersables (DC).

(c)

Métodos: MT 15.1 MT 161 MT 168 MT 177

(d)

Suspensibilidad de polvos mojables Suspensibilidad de suspensiones acuosas concentradas Suspensibilidad de gránulos dispersables en agua Suspensibilidad de polvos dispersables en agua (método simplificado) Requisito. En el caso de polvos mojables, suspensiones concentradas, suspensiones de encapsulado y gránulos dispersables en agua, no menos del 60% de ingrediente activo deberá permanecer en suspensión. Comentarios. El método MT 177 tiene dos versiones y es una forma simplificada del MT 15.1. Ambos métodos comprenden la determinación de la suspensibilidad por medio del análisis químico pero, en caso de controversia, el MT 15.1 será el método de arbitraje. En la aplicación de los métodos MT 161 y MT 168, el análisis químico es la única técnica totalmente confiable para medir la masa del ingrediente activo que permanece en suspensión. Las mediciones mas sencillas, como la determinación gravimétrica (con o sin extracción con solventes) pueden utilizarse como práctica de rutina, siempre y cuando hayan demostrado dar los mismos resultados que el análisis químico. En caso de controversia, el análisis químico será el método de arbitraje. La suspensión se preparará según el método dado en las instrucciones de uso de la formulación o, si no se diera ningún método, por el método MT 15.1 (b) sin formación de crema. Normalmente, la prueba se lleva a cabo a continuación del ensayo de estabilidad a temperatura elevada, utilizando Agua Estándar D CIPAC. En casos especiales, puede ser necesario realizar la prueba con Agua Estándar D antes del ensayo de termoestabilidad. Las suspensiones deberán ser probadas a la dosis máxima y mínima recomendadas de uso . La prueba se realiza a baño de agua (baño María) a 30 ± 2°C, a menos que se requieran otras temperaturas.

3.5.44

Estabilidad de la dispersión (a)

La finalidad de la cláusula es asegurar que una cantidad suficiente del ingrediente activo se disperse homogéneamente en suspensión y emulsión en el caldo, para obtener una mezcla satisfactoria y efectiva durante la aplicación.

(b)

Aplicable a suspo-emulsiones.

(c)

Método. MT 180 Estabilidad de dispersión de las suspo-emulsiones.

(d)

Requisito. La formulación, diluida a 30 ± 2°C (a menos que se requieran otras temperaturas) con Aguas Estándar A y D CIPAC, deberá cumplir con lo siguiente:

36

Tiempo de reposo de la dispersión 0

Límites de estabilidad

h

dispersión inicial completa

0,5 h

“crema”, máximo: ... ml “aceite libre”, máximo: ... ml sedimento, máximo: ... ml

24,0 h

re-dispersión completa

24,5 h

“crema”, máximo: ... ml “aceite libre”, máximo: ... ml

3.5.45 Estabilidad de la emulsión (a)

La finalidad de la cláusula es asegurar que una cantidad suficiente del ingrediente activo se disperse homogéneamente en emulsión, para formar una mezcla satisfactoria y efectiva durante la aplicación.

(b)

Aplicable a concentrados emulsionables (EC) y emulsiones aceite en agua (EW).

(c)

Métodos: MT 36 MT 36.1 MT 36.2 MT 173

(d)

Requisito. La formulación, diluida a 30 ± 2°C (a menos que se requieran otras temperaturas) con Aguas Estándar A y D CIPAC, deberá cumplir con lo siguiente:

Propiedades de la emulsión 5% v/v fase oleosa cuando está diluido – agitado a mano ≤ 1% v/v fase oleosa cuando está diluido Método colorimétrico para la determinación de la estabilidad de emulsiones diluidas.

37

Tiempo después de MT 36.1 la dilución

0

Límites de estabilidad,

h

Emulsificación inicial completa

0,5 h

“Crema”, máximo: ... ml

2,0 h

“Crema”, máximo: ... ml “Aceite libre”, máximo: ... ml

24 h

Re-emulsificación completa

24,5 h

“Crema”, máximo: ... ml

Nota: al aplicar el MT 36.1, solamente se requerirán tests después de 24 horas cuando

los resultados de 2 horas estén en duda

“Aceite libre”, máximo: ... ml

Tiempo después de la dilución

Límites de estabilidad, MT 173

Comentarios. Normalmente, el ensayo se realizará a continuación de la prueba de estabilidad al calor, utilizando Aguas Estándar A y D CIPAC a una temperatura de 30 ± 2°C. En casos especiales, puede ser necesario realizar el ensayo con Aguas Estándar A y D antes de la prueba de estabilidad al calor. El método MT 36.1 es un método extremo debido a la alta concentración utilizada (5%), y puede no ser aplicable a formulaciones diseñadas para ser utilizadas a concentraciones mucho menores. El MT 36.1 es una prueba de selección (“screening test”) útil para tales formulaciones. Cuando las emulsiones sean utilizadas a diluciones de 40

Número de unidades de embalaje para los cuales se deben tomar muestras simples/compuestas 1 2 3 3, + 1 por cada 20 unidades adicionales hasta un máximo de 15

El informe de muestreo debe indicar si las condiciones de almacenamiento podrían haber sido insatisfactorias para aquellas formulaciones que deben protegerse del congelamiento, calor extremo o humedad. Si la legislación nacional lo permite y si las muestras sacadas representan más del 10% de los contenidos netos, éstos contenidos de los envases abiertos pueden reintegrarse (cuando las muestras han sido tomadas desde varios envases) combinando sus contenidos. En este caso, se debe resellar el envase con cinta oficial que indique que ha sido muestreado. 7.2.1

Formulaciones Líquidas (Soluciones, Concentrados Suspensiones Concentradas, Emulsiones)

Emulsionables,

Antes del muestreo, con la finalidad de lograr la homogeneidad física y teniendo el cuidado necesario, el envase debe ser agitado, revuelto y volteado (usando métodos que debían ser adoptados por los usuarios finales). De ser posible, el contenido de los envases de plaguicidas líquidos deben inspeccionarse visualmente previo a la toma de muestra, para detectar cualquier heterogeneidad física como: cristalización, precipitación, sedimentación o separación. Se puede usar una varilla para comprobar la presencia de sedimento denso. Después del vaciado total o parcial, inspeccionar envases nuevamente para detectar sedimentos que no fueron re-suspendidos. Se debe registrar en el informe de muestreo cuando los componentes separados de las formulaciones no puedan volver a disolver o a homogeneizar por métodos que también sean aplicables en terreno previo a la aplicación de la formulación.

121

Nota Tal formulación no es adecuada para usarse y se deben tomar muestras separadas desde las porciones separadas, como evidencia de la condición deteriorada. Deben omitirse los análisis posteriores. Debe hacerse una estimación de la cantidad o profundidad de cualquier sedimento o capas separadas remanentes .

Al abrir un envase, las muestras deben extraerse usando aparatos apropiados, como bombas o pipetas, guardarse dentro de botellas de vidrio u otros envases, que puedan cerrarse apretadamente. 7.2.2

Sólidos Particulados (Polvos, Polvos Dispersables, Granulos Dispersables en Agua, Formulaciones Granulares)

Las formulaciones sólidas particuladas usualmente no son sensibles al congelamiento, pero sí a las altas temperaturas y a la humedad. Un lote que ha estado expuesto durante el almacenamiento (por ejemplo: en bolsas inadecuadamente selladas) no debe considerarse uniforme y el número de muestras compuestas tomadas debe estar acorde con la tabla 1. Las formulaciones granulares (especialmente aquellas como GR, WG, SG, etc.) pueden sufrir separación mecánica de los diferentes tamaños de partículas durante el transporte y cuando son transferidas a otros envases. En el muestreo inicial, cuando las muestras se subdividen para preparar la muestra de laboratorio y las porciones analíticas, se debe ejercer el máximo cuidado para obtener una porción representativa de ese material. Para muestrear sólidos se deben usar los métodos CIPAC MT 58.1 y MT 166, cuando sea aplicable. De otro modo, las bolsas deben muestrearse por una esquina superior. Las muestras simples de una única bolsa debe colectarse con un tubo sumergible, verificador, sonda de muestreo o pala apropiadas, para generar la muestra compuesta, en una botella de vidrio, bolsa plástica u otro envase que pueda cerrarse apretadamente. El tubo sumergible, etc., debe insertarse por la abertura hecha diagonalmente en la bolsa y debe ser lo suficientemente largo como para alcanzar el fondo. Se puede marcar la bolsa, de modo que usando un pala de mango largo, se puede tomar la muestra simple de la parte superior, media o inferior de la bolsa. Otro tipo de envases deben abrirse apropiadamente y ser muestreados de un modo similar a las bolsas. La muestra compuesta de cada bolsa, u otro envase del plaguicida, debe dividirse en tres muestras de laboratorio iguales, usando preferentemente un separador de muestras mecánico. Si el separador mecánico no está disponible, las muestras de laboratorio deben prepararse por división manual, prestando la máxima atención para evitar la contaminación del ambiente de trabajo, como sigue: • Transfiera la muestra compuesta dentro de una bolsa de polietileno lo suficientemente grande como para que se llene un tercio. • Mezcle el contenido invirtiendo la bolsa bien cerrada al menos unas 10 veces, coloque la bolsa en una superficie plana y esparza el material dentro de ella sobre un área tan grande como sea posible (La capa de muestra debe tener aproximadamente 1 cm de profundidad.) • Divida el material disperso en aproximadamente 6 porciones iguales y combine pares de cada muestra de laboratorio (por ejemplo: 1º y 4º; 2º y 5º; 3º y 6º). Cuando se muestrea una formulación en bolsas solubles, se deben tomar las bolsas completas con los contenidos e intactas, preferentemente desde embalajes comerciales recientemente abiertos. Las bolsas individuales no deben abrirse y deben ser enviadas para los ensayos lo antes posible.

122

8.

Embarque y Transporte de las Muestras

Debe tenerse cuidado para evitar derrames, fugas o deterioro de las muestras durante el embarque y el transporte. Las muestras de plaguicidas embaladas inadecuadamente y rotas durante el transporte, pueden aumentar el riesgo sanitario tanto de quienes las transportan como del equipo de laboratorio. Se puede adoptar el siguiente procedimiento tipo al embalar y embarcar muestras de plaguicidas. (a) Coloque en una bolsa sellada con cinta cada envase de muestra sellado, claramente marcado con el número de muestra correspondiente al del informe de muestreo que lo acompaña. (b) Forre un envase resistente de capacidad aproximada de 4 l (por ejemplo, lata plástica o metálica con tapa firmemente asegurada) con una bolsa plástica grande y adecuada. (c) Llene hasta la mitad el envase forrado con plástico con material absorbente con la finalidad de inmovilizar las botellas muestra y absorber cualquier fuga si éstas se rompen. (d) Coloque el informe de muestreo en una bolsa plástica separada, sellada y colóquela en el envase anterior. Llene el remanente del contenedor con material absorbente. (e) Cierre el contenedor y selle su tapa. Adjunte en forma segura las etiquetas mostrando: (i) la dirección del laboratorio de ensayos y el nombre de la persona o unidad de contacto; (ii) la clasificación de peligrosidad correspondiente al plaguicida; (iii) flecha(s) indicando la posición vertical de las muestras. Durante el transporte de las muestras del plaguicida, se deben cumplir las regulaciones de ICAO, IMO, RID o IATA, en la medida que sean aplicables.

APENDICE B ANEXO 1: MODELO DE UN INFORME DE MUESTREO Nombre y dirección del almacén o planta: 123

Nombre del plaguicida: Nº de lote:

Fabricante/proveedor: Cantidad total de lotes (kg, l ó csp):

Fecha de fabricación: Pruebas externas Número de unidades de embalaje seleccionadas:

csp.

Peso neto o bruto, especificado /volumen de los envases: Peso bruto mínimo y máximo medido, del envase: Peso promedio medido del envase vacío (si corresponde): Peso bruto nominal estimado del envase (si corresponde): Calidad del embalaje: Calidad de la etiqueta: Muestreo para pruebas de laboratorio Número de unidades de embalaje muestreados: Cantidad y número de muestras simples tomadas para la muestra compuesta: Ubicación de la muestra de referencia y nombre de la persona responsable: Observaciones Fecha...........

....................................................................

...........................................................

. Nombre y firma del Inspector

Nombre y firma del dueño o representante del almacén /planta

APENDICE C APORTE Y CERTIFICACION DE SUSTANCIAS DE REFERENCIA DE LOS INGREDIENTES ACTIVOS DE LOS PLAGUICIDAS Introducción 124

Las sustancias de referencia, de contenido conocido, suelen ser esenciales para la determinación cuantitativa de los ingredientes activos de un plaguicida en los distintos tipos de muestra y a diferentes niveles de concentración. Están disponibles desde varias fuentes. Es importante que el contenido de ingrediente activo esté declarado y certificado (Nota 1). 1.

Aporte de Sustancias de Referencia

Existen dos fuentes de abastecimiento de sustancias de referencia certificadas: - el fabricante de la sustancia activa en cuestión; - instituciones estándar o compañías que venden sustancias de referencia. 1.1

Aporte por el fabricante El fabricante de un ingrediente activo grado técnico de un plaguicida, o su formulación, está obligado a abastecer de sustancia de referencia certificada en los siguientes casos: 1.1.1Relaciones comerciales entre cliente y fabricante Cuando el cliente, o un laboratorio independiente, quiera verificar el contenido de ingrediente activo del material entregado por el fabricante. Esto se debe hacer sobre la base de la especificación y usando los métodos analíticos establecidos allí. Las sustancias de referencia certificadas del fabricante deben estar disponibles para el cliente para evitar también cualquier discrepancia en los resultados analíticos, los que incluso podrían derivar de diferencias en la pureza de las sustancias de referencia usadas por ambas partes. 1.1.2 Relaciones entre los fabricantes y las autoridades de registro Cada compañía (no sólo la creadora) que postule al registro de un plaguicida (nuevo i.a. o nueva formulación) debe aportar su propia sustancia de referencia certificada, si así lo solicitan las autoridades de registro. 1.2

Abastecimiento por productores o proveedores Existen varias instituciones estándar (Nota 2) y compañías comerciales que ofrecen sustancias de referencia. Se les solicitan las sustancias de referencia en situaciones diferentes a aquellas mencionadas anteriormente. Los fabricantes también pueden aportar las sustancias de referencia en tales casos si lo desean.

2.

Certificación

Cada muestra de una sustancia de referencia certificada debe venir siempre acompañada por un certificado de identidad y contenido determinado, junto con la medición correspondiente en duda y la referencia al(a los) método(s) de análisis usados. Descripciones tales como “mayor que..%”, son inaceptables. Deben venir indicadas las condiciones de almacenamiento recomendadas y la fecha de vencimiento. Nota 1 Para información más detallada, ver Manual CIPAC D, páginas 186-196. Nota 2 Por ejemplo: LGC, Queen’s Road, Teddington, Middlesex, TW11 0LY, U.K.

APENDICE D GLOSARIO DE TERMINOS

125

Nota. Las definiciones de los distintos tipos de formulaciones de plaguicidas figuran en el Apéndice D, junto con el sistema de códigos de dos letras de GIFAP. Término

Definición

Abrasión

ver atrito o rozamiento

Ácido activo

Ingrediente activo que es un ácido orgánico (normalmente formulado como una sal o un éster).

Ácido extraíble

Ácido total que puede extraerse de una formulación basada en un ácido orgánico. Las sales y los ésteres son convertidos a ácido libre antes de la medición.

Adherente

Auxiliar de formulación que aumenta la adherencia de un caldo de pulverización.

Agente de compatibilidad

Sustancia que mejora la compatibilidad.

Agente emulsionante

Surfactante que reduce la tensión interfacial, promoviendo así la formación de emulsión de un líquido en otro.

Agente humectante

ver Surfactante

Agente tensioactivo

ver Surfactante

Aglomerado

Partículas unidas firmemente entre sí.

Agregado

Partículas adheridas entre sí en forma suelta.

AOAC Chemists

AOAC Internacional, ex Association of Official Analytical (Asociación de Analistas Químicos Oficiales).

Arenisca

Partículas duras no friables (ver Friabilidad).

Atrición

El desgaste de la superficie de un sólido por fricción o impacto, especialmente por interacción entre partículas.

Auxiliar de formulación

Cualquier substancia, fuera de ingredientes técnicos, agregada a una formulación. Ver Inerte

CIPAC

Collaborative International Pesticides Analytical Council (Consejo Analítico Internacional Colaborativo de Plaguicidas).

Compatibilidad

Propiedad que tienen los productos químicos o las formulaciones de no reaccionar o interactuar adversamente entre sí, física o químicamente, o en su efecto biológico, cuando se mezclan juntas.

Crema

Cualquier capa opaca que se separa en la superficie o en el fondo de una emulsión.

126

activos

Densidad

Masa de substancia por unidad de volumen, a una temperatura dada. Las unidades de volumen y masa se deben especificar claramente, ej. gramos por mililitro a 20±2°C. El término densidad de masa (bulk density) de polvos y gránulos se refiere a su densidad aparente, incluyendo el aire, etc., incorporado a la masa. Los valores de densidad de masa son afectados por la decantación, la compactación o la presión.

Densidad aparente

ver Densidad.

Densidad aparente después de la compactación ver Densidad (“tap density”) Densidad de masa (“bulk density”)

ver Densidad

Diluyente sólido (“filler”)

Auxiliar de formulación, sólido, utilizado como diluyente.

Dispersibilidad

Facilidad con que una uniformemente en un líquido.

Resultado crítico

Característica o parámetro físico-químico, ecológico o toxicológico medible, del sistema de ensayo (generalmente un organismo), elegido como el criterio de evaluación más significativo (ej. temperatura de descomposición, muerte en un test agudo, o incidencia de tumores en un estudio crónico).

Equivalente ácido

El contenido de ácido activo expresado en términos del ácido total presente.

substancia

se

dispersa

Especificación de referencia Especificación vigente, publicada, para un plaguicida, desarrollada de acuerdo con el procedimiento de evaluación agregado a la 5ª edición (1998) de este Manual. Se basa en la evaluación, por el Grupo de Especificaciones, del(de los) paquete(s) de datos (ver Paquete Mínimo de Datos) presentado(s). Está sujeta a revisión a la luz de nueva información, o para incorporar las formulaciones de un fabricante subsiguiente o paralelo (ver Fabricante Subsiguiente o Paralelo). La especificación de referencia se utiliza para determinar la equivalencia de un material técnico y/o de una formulación elaborados por un fabricante subsiguiente o paralelo. Especificaciones FAO

Estándares internacionales de calidad para plaguicidas, evaluados y publicados por FAO.

Evaluador

Uno o más miembros del Grupo de Especificaciones, asignados por FAO para llevar a cabo la evaluación de una propuesta de especificación FAO, o de una propuesta de ampliación de una especificación existente, siguiendo los principios de procedimientos expuestos en la presente edición de este Manual. 127

Fabricante subsiguiente o

Cualquier fabricante de plaguicidas que no sea el proponente de la paralelo especificación original.

Fecha de liberación

Fecha a partir de la cual el proveedor garantiza una fecha de vencimiento o vida útil de por lo menos 2 años, a menos que se especifique otra fecha, bajo las condiciones reales de almacenamiento existentes en la zona donde se comercializará el ingrediente activo técnico o la formulación.

Fitotóxico

Perjudicial para algunas especies o plantas cultivadas.

Floabilidad (fluidez)

Capacidad que tienen los materiales de fluir libremente bajo condiciones dadas.

Floculación

La unión de partículas en suspensión.

Formulación

Preparación de plaguicidas que contiene ingredientes activos técnicos y auxiliares de formulación en una forma apta para uso.

Fracción de tamaños

Porción de un material que se ubica entre dos límites de tamaño dados.

Friabilidad

Tendencia de un sólido a deshacerse y desintegrarse en partículas más pequeñas.

GCPF

Federación Global de Protección de Cultivos (ex GIFAP)

Granulometría

La masa o la distribución numérica de frecuencias de las partículas de un material sólido.

Grupo de Especificaciones El grupo de expertos, en especificaciones de Plaguicidas del Cuadro de expertos de la FAO en Especificaciones, Requisitos de Registro y Normas de Aplicación y Consentimiento Fundamentado Previo de Plaguicidas, designados por FAO para ocuparse de especificaciones de plaguicidas. Impurezas significativas

Son aquellos sub-productos de fabricación o los que surgen durante el almacenamiento de un plaguicida los que, comparados con el ingrediente activo, son toxicológicamente significativos para la salud o el medio ambiente, son fitotóxicos para las plantas tratadas, causan contaminación en cultivos para consumo, afectan la estabilidad del plaguicida o causan cualquier otro efecto adverso.

Inerte

Cualquier sustancia, fuera de ingredientes activos técnicos, agregada a una formulación. Ver Auxiliar de formulación.

Inflamable

Que entra rápidamente en ignición.

128

Ingrediente(s) activo(s)

El componente de una formulación, responsable de la actividad biológica contra plagas y enfermedades, o de regulación del crecimiento de las plantas, etc.

JMPR

Reunión Conjunta FAO/OMS de Residuos de Plaguicidas. Compuesto por el FAO Panel of Experts on Pesticide Residues in Food and the Environment y el WHO Expert Group on Pesticide Residues.

Líquido altamente inflamable Líquido que posee un punto de inflamación menor de 21ºC, según lo determinado por un método de vaso cerrado. Ver también Líquido Inflamable. Líquido inflamable

Líquido que posee un punto de inflamación de 21ºC o más, pero menor de 55ºC, según lo determinado por un método de vaso cerrado. Ver también Líquido Altamente Inflamable.

Lote de consignación (“lot”) Parte o la totalidad de una consignación que, a su vez, puede ser parte o la totalidad de un lote de fabricación. Lote de fabricación (“batch”) La cantidad definida de un material producida en una sola operación. Manual

La edición actual del Manual sobre Desarrollo y Uso de Especificaciones FAO para Productos Fitosanitarios.

Materiales compatibles

Las formulaciones o productos químicos que son química, física y biológicamente compatibles entre sí cuando se mezclan en el tanque de la pulverizadora.

Materiales incompatibles

Materiales cuyas propiedades son adversamente afectadas cuando se mezclan juntos. Ver Materiales compatibles.

Mezcla

Una mezcla visualmente homogénea de dos o más lotes de fabricación.

Mezcla en el tanque

La mezcla de dos o más formulaciones en el tanque de la pulverizadora.

No inflamable

Que no entra rápidamente en ignición, y que tiene un punto de inflamación mayor de 55ºC, según lo determinado por un método de vaso cerrado.

OMS

Organización Mundial de la Salud de las Naciones Unidas

Paquete mínimo de datos

Set mínimo de datos requerido por FAO para evaluar propuestas de especificaciones, a fin de que puedan ser aceptadas como tales por la FAO. Son los datos considerados como mínimos necesarios para evaluar todos los aspectos de la especificación y de los niveles máximos de impurezas significativas.

129

Partes interesadas

Organizaciones o individuos, tales como empresas comerciales, autoridades de registro de plaguicidas, organizaciones no gubernamentales y científicos que tratan sobre especificaciones para plaguicidas.

Particulado fino

ver Partículas subdimensionadas.

Partículas sobredimensionadas Partículas de un material sólido que poseen un tamaño mayor al especificado. Partículas subdimensionadas Partículas de un material sólido que poseen un tamaño menor al especificado. Perfil de impurezas

Es la identidad de las impurezas de un material técnico (o concentrado técnico, cuando corresponda), el rango de concentraciones y límite máximo para cada impureza.

Perfil de referencia

Es la composición del material técnico (o concentrado técnico, cuando corresponda) en que se basa la especificación FAO de referencia, que incluye el contenido de ingrediente activo (rango, y mínimo especificado), perfil de impurezas e impurezas identificadas como significativas (con sus límites máximos), junto con los correspondientes perfiles toxicológicos y ecotoxicológicos. Con excepción de la información agregada a la especificación de referencia, los perfiles de referencia son confidenciales para FAO. Cuando corresponda, un perfil de referencia podrá incluir datos presentados por más de un proponente.

Perfil ecotoxicológico

Resumen de los resultados ecotoxicológicos que pueden traer consecuencias a organismos acuáticos y terrestres, consecuencias debido a posibles exposiciones que dependen de los usos previstos.

Perfil toxicológico

Resumen de los resultados críticos toxicológicos que pueden traer consecuencias a la salud humana debido a exposición por varias vías.

Plaguicida

Cualquier sustancia o mezcla de sustancias diseñadas para prevenir, destruir o controlar plagas, incluyendo vectores de enfermedades humanas y animales, especies no deseadas de plantas o animales, que de alguna manera causen daño o interfieran con la producción, procesamiento, almacenamiento, transporte o comercialización de alimentos, productos agrícolas y forestales, o alimentos para animales, o que puedan ser administrados a animales para el control de insectos, arácnidos u otras plagas internas o externas. El término incluye las sustancias a ser utilizadas como fitorreguladores, defoliantes, disecantes o agentes para el raleo de frutos o para prevenir la caída prematura de frutos, y las sustancias aplicadas a los cultivos, sea antes o después de la cosecha, para proteger el producto de deterioro durante el almacenamiento y transporte. El término plaguicida técnico se refiere a materiales técnicos y 130

concentrados técnicos. El término plaguicida formulado se refiere a cualquier formulación que contenga un plaguicida. Polvo

Material sólido fino, posible de quedar suspendido en el aire, con tamaño de partícula menor de 50µm.

Proponente

Cualquier fabricante u organización de fabricantes, o cualquier parte interesada que presente un proyecto de especificación y un paquete de datos a FAO para su evaluación, en respaldo de una nueva especificación o para ampliar una especificación existente.

Punto de inflamación mezcla

La temperatura más baja a la cual un material forma una inflamable de vapor/aire bajo condiciones estándar.

Rango de tamaños

Límites de tamaño, superiores e inferiores, de un material compuesto por partículas.

Reunión abierta

Reunión del Grupo de Especificaciones donde, además de los miembros del Grupo, la participación está abierta para cualquiera que desee asistir.

Reunión cerrada

Reunión del Grupo de Especificaciones donde la participación está limitada exclusivamente a miembros del Grupo, pero que puede incluir la participación de un proponente y/u otras personas invitadas por FAO.

Reunión formal

Reunión cerrada del Grupo de Especificaciones, dentro del Programa Aprobado de Trabajo y Presupuesto de FAO, sin participantes adicionales, a menos que sean oficialmente invitados.

Reunión informal

Reunión del Grupo de Especificaciones de FAO que se lleva a cabo conjuntamente con las reuniones anuales de CIPAC, y que consiste en reuniones cerradas o abiertas, según sea necesario. Ver también Reunión cerrada y Reunión abierta.

Sedimentación

La decantación o caída de partículas en un medio continuo.

Surfactante

Auxiliar de formulación que reduce la tensión interfacial de dos superficies adyacentes, mejorando así las propiedades emulsificantes, esparcidoras, dispersantes y/o humectantes de líquidos o sólidos.

Tamizado

Separación de partículas de acuerdo a su tamaño, mediante la utilización de tamices.

Terrón

Masa de materia sólida de forma irregular.

Tolerancia

Límite permitido de variación en el contenido de un ingrediente activo, con referencia a un valor dado.

131

Tratamiento de semillas

Proceso de recubrimiento o impregnación de semillas con un producto químico.

Validación por los pares

La validación de un método analítico por un laboratorio distinto del laboratorio iniciador del método. El proceso de validación deberseguir el procedimiento de AOAC Internacional (o similar) para verificación por los pares.

Vehículo (“carrier”)

Un auxiliar de formulación sólido agregado a un material técnico como absorbente o diluyente.

132

APENDICE E CODIFICACION DE INGREDIENTES ACTIVOS Y ESTADO DE LAS ESPECIFICACIONES Y DEL METODO Para los títulos descriptivos de las especificaciones y métodos de análisis, se han utilizado siempre que ha sido posible, los nombres comunes de la ISO. A cada especificación o método CIPAC de análisis se le ha asignado un número basado en un código numérico de CIPAC para las sustancias químicas y sus derivados, formándose una referencia cruzada entre las especificaciones FAO y el método de análisis. 1. Codificación De Sustancias Químicas Plaguicidas A cada sustancia química plaguicida se le ha asignado un número de código único, de acuerdo al sistema CIPAC, indicado en el Apéndice G. Las sustancias derivadas de los compuestos parentales se han codificado con un sufijo, ubicado como se indica a continuación: Cationes Inorgánicos 003 Li 007 NH4 011 Na 012 Mg 013 Al 019 K 020 Ca 029 Cu 030 Zn Cationes Orgánicos 101 MeNH2 102 Me2NH 103 EtNH2 104 Et2NH 105 iso-PrNH2 106 (iso-Pr)2NH 107 BuNH2 108 sec-BuNH2 109 ter-BuNH2 110 olamine 111 diolamine 112 trolamine 113 diclexine 114 trimesium Radicales Ester 201 methyl

Radicales Ester, continuación 202 ethyl 203 propyl 204 iso-propyl 205 butyl 206 sec-butyl 207 ter-butyl 208 pentyl (amyl) 209 iso-amyl 210 hexyl 211 heptyl 212 mexyl 213 octyl 214 meptyl 215 iso-octyl 216 nonyl 217 decyl 218 lauryl 219 stearyl 220 oleyl 221 butomethyl 222 butotyl 223 ethadyl 224 ethotyl 225 propargyl 226 tefuryl 227 benzyl

Aniones Inorgánicos 301 F 302 Cl 303 Br 304 I 305 OH 306 SO4 307 SO3 308 NO3 309 NO2 310 PO4 311 PO3 Radicales ácido, aniones orgánicos 401 acetate (acetyl) 402 propanoate (propanyl) 403 butyrate (butanoyl) 404 pentanoate 405 hexanoate 406 heptanoate 407 octanoate 408 laurate 409 stearate 410 411 oleate 412 benzoate 413 naphthoate

2. Estado de Elaboración de los Métodos Analíticos y de Ensayo El estado de elaboración de los métodos analíticos y de prueba CIPAC se indican como: Método completo M/F Método provisional M/P Proyecto de Método

133

Por lo general, CIPAC no publica los proyectos de métodos, pero pueden obtenerse previa solicitud de la FAO. Los distintos métodos se especifican por un número después de la letra, por ejemplo. -/M1/-, -/(M)2/-, -/m3/- indicando respectivamente un método completo, un segundo método provisorio y un tercer proyecto de método. Las técnicas diversas (MT) y los reactivos (RE) se enumeran manera análoga.

134

APENDICE F SISTEMA INTERNACIONAL DE CODIFICACION PARA LOS TIPOS DE PRODUCTOS Y PREPARADOS Nota: Se basa en el “Catalogue of Pesticide Formulation Types and International Coding System”. Monografía Técnica No.2, GIFAP, Bruselas. Revisado en Febrero de 1989. CODIGO

DENOMINACION

DESCRIPCION

AB

CEBO EN GRANOS

Cebo presentado en granos recubiertos.

AE

AEROSOL

Formulación contenida en un recipiente, desde el cual es dispersada en forma de finas gotas por el efecto de un agente propelente, liberado por una válvula.

AL

LIQUIDO

Producto líquido para aplicar directamente, sin dilución previa.

AP

OTRO POLVO

Polvo para ser aplicado sin dilución y sin código específico aún asignado.

BB

CEBO EN BLOQUES.

Cebo presentado en forma de bloques

BR

BRIQUETAS

Bloques sólidos, diseñados para la liberación lenta del activo en el agua.

CB

CEBO CONCENTRADO

Cebo sólido o líquido que se utiliza diluido.

CF

CAPSULAS EN SUSPENSION Una suspensión estable de cápsulas PARA TRATAMIENTOS DE en un fluido, para ser aplicado a las SEMILLAS semillas en forma directa o diluida.

CG

GRANULADO ENCAPSULADO

Gránulos para aplicación directa, que poseen una cobertura para protección o para la liberación controlada de la(s) sustancia(s) activa(s).

CL

LIQUIDO O GEL DE CONTACTO

Formulación rodenticida o insecticida en la forma de un líquido/gel, para aplicación directa o después de dilución en caso de gel.

CP

POLVO DE CONTACTO

Formulación rodenticida o insecticida

135

en la forma de polvo para aplicación directa. CS

SUSPENSION DE ENCAPSULADO

DC

CONCENTRADO DISPERSABLE

DP

DS

Suspensión estable de cápsulas conteniendo sustancia(s) activa(s), en líquido, para aplicar diluida en agua.

Líquido homogéneo para ser aplicado como dispersión, luego de ser diluido en agua. (Nota : Existen formulaciones que presentan características intermedias entre DC y EC). POLVO SECO Formulación sólida, uniforme, en forma de polvo con buena movilidad, únicamente para aplicación directa en forma de espolvoreo. POLVO PARA TRATAMIENTO Formulación sólida, uniforme, en SECO DE SEMILLAS. forma de polvo, para aplicación directa sobre las semillas.

DT

TABLETAS PARA APLICACION DIRECTA

Formulación en forma de tabletas para ser aplicadas individual y directamente en el campo y/o cuerpos de agua, sin preparación de una solución o dispersión.

EC

CONCENTRADO EMULSIONABLE

Líquido homogéneo para ser aplicado como emulsión, luego de ser diluido en agua.

ED

LIQUIDO ELECTRO APLICABLE

Líquido especial para aspersión electrostática o electrodinámica.

EG

GRANULOS EMULSIONABLES

Formulación granular para ser aplicada como emulsión aceite en agua del ingrediente activo, después de la desintegración en agua, pudiendo contener auxiliares de formulación insolubles.

EO

EMULSION AGUA EN ACEITE Fluido heterogéneo por dispersión de finos glóbulos de agua con activo en fase continua en un líquido orgánico.

ES

EMULSION PARA TRATAMIENTO DE SEMILLAS.

EW

EMULSION ACEITE EN AGUA Fluido heterogéneo por dispersión de finos glóbulos de un líquido orgánico con activo, en fase continua en agua

Emulsión estable para aplicación directa sobre las semillas, como tal o luego de diluida en agua.

136

FD

FUMIGENO EN LATA

Lata generadora de humo.

FG

GRANULADO FINO

Gránulos con rango de tamaño entre 300 y 2500 um.

FK

FUMIGENO EN VELA

Vela o lámpara generadora de humo

FP

FUMIGENO EN CARTUCHO

Cartucho generador de humo.

FR

FUMIGENO EN BASTONES

Bastones generadores de humo

FS

Producto en suspensión estable para aplicar a las semillas directamente o diluido en agua.

FT

SUSPENSION CONCENTRADA PARA TRATAMIENTO DE SEMILLAS FUMIGENO EN TABLETAS

FU

FUMIGENO

Formulación combustible, generalmente sólida y de diferentes formas, la cual, durante su combustión o ignición, libera la(s) sustancia(s) activa(s) en forma de humo.

Formas especiales de fumígeno FK

Tabletas generadoras de humo.

FUMIGENO EN VELA

FP

FUMIGENO EN CARTUCHO

FW

FUMIGENO EN PELLETS

FR

FUMIGENO EN BASTONES

FT

FUMIGENO EN TABLETAS

FD

FUMIGENO EN LATAS

FW

FUMIGENO EN PELLETS

Pellets generadores de humo.

GA

GAS.

Gas envasado a presión.

GB

CEBO GRANULADO

Cebo presentado en forma de gránulos.

GE

GENERADOR DE GAS

Formulación sólida o líquida, para aplicación directa, capaz de liberar gas a través de una reacción química.

137

GF

GEL PARA TRATAMIENTO DE Formulación gelatinosa homogénea SEMILLAS para ser aplicada directamente a la semilla.

GG

MACRO GRANULADO

Gránulos con rango de tamaño entre 2000 y 6000 um.

GL

GEL EMULSIONABLE

Formulación gelatinosa para ser aplicada como una emulsión en agua.

GP

POLVO FLUIDO

Forma especial de polvo muy fino, para espolvoreo neumático en invernaderos.

GR

GRANULADO

Formulación sólida, uniforme, en forma de gránulos con dimensiones bien definidas, para aplicación directa.

Formas especiales de gránulos CG FG GG MG GS

GRANULADO ENCAPSULADO GRANULADO FINO MACRO GRANULADO MICRO GRANULADO GRASA

GW

GEL SOLUBLE

Formulación gelatinizada para ser aplicada como solución acuosa.

HN

TERMONEBULIZABLE

Formulación específica para aplicación directa mediante nebulización en caliente.

KK

COMBI-PAK Sólido- Líquido

Una formulación sólida y una líquida contenidas separadamente en un mismo envase exterior, para aplicación simultánea en una mezcla de tanque.

KL

COMBI-PAK: Líquido - Líquido

Dos formulaciones líquidas contenidas separadamente en un mismo envase exterior, para aplicación simultánea en una mezcla de tanque.

138

Producto muy viscoso, de formulación en base a aceite o grasa.

KN

NEBULIZACIÓN EN FRIO

Formulación específica para aplicación directa mediante nebulización a temperatura ambiente.

KP

COMBI-PAK: Sólido - Sólido.

Dos formulaciones sólidas contenidas separadamente en un mismo envase exterior, para aplicación simultánea en una mezcla de tanque.

LA

LACA

Formulación líquida, homogénea, a base de solventes, para aplicación directa, en forma de película sobre el objetivo deseado.

LS

SOLUCION PARA TRATAMIENTO DE SEMILLAS.

Producto en solución líquida para aplicar a las semillas directamente o diluido en agua. El líquido puede contener agentes formulantes insolubles en agua.

ME

MICROEMULSION

Líquido claro a opalescente, conteniendo aceite y agua, para ser aplicado directamente o diluido en agua, pudiendo formar una microemulsión diluida o una emulsión convencional.

MG

MICRO GRANULADO

Gránulos con rango de tamaño entre 100 y 600 um.

OF

SUSPENSION MISCIBLE

OL

LIQUIDO MISCIBLE

Suspensión líquida estable, para aplicar diluida en un líquido orgánico. Líquido homogéneo para aplicar diluido en un líquido orgánico.

OP

POLVO DISPERSABLE EN ACEITE

Polvo para aplicar como suspensión, luego de ser dispersado en un líquido orgánico.

PA

PASTA

Producto de base acuosa, uniforme, muy viscosa, para aplicación directa, en forma de película sobre la superficie a tratar.

PB

CEBO EN DISCO

Cebo presentado en forma de disco.

PC

GEL O PASTA CONCENTRADA

Fórmula sólida para ser aplicada como gel o pasta luego de su dilución

139

en agua. PO

PRODUCTO VERTIBLE

PR

VARILLA VEGETAL

PS

SEMILLA REVESTIDA DE UN PLAGUICIDA CEBO (LISTO PARA EL USO)

RB

Solución que se vierte en gran volumen sobre la piel de los animales ( normalmente más de 100 ml por animal). Pequeña varilla, generalmente de pocos centímetros de longitud y algunos milímetros de diámetro, que contiene un ingrediente activo. Se autodefine. Producto destinado a atraer a la especie objetivo deseada, y/o a ser ingerido por ella.

Formas especiales de cebos : BB

CEBO EN BLOQUES.

AB GB PB SB SA

CEBO EN GRANOS CEBO GRANULADO CEBO EN DISCO CEBO EN PEDAZOS MANCHA

SB

CEBO EN PEDAZOS.

SC

Líquido con el activo en suspensión estable, para aplicar diluido en agua

SE

SUSPENSION CONCENTRADA ( = concentrado fluido) SUSPO-EMULSION

SG

GRANULADO SOLUBLE

Gránulos para aplicación luego de la disolución de la(s) sustancia(s) activa(s) en agua, en forma de solución verdadera, pudiendo, sin embargo, contener auxiliares de formulación insolubles

SL

CONCENTRADO SOLUBLE

Líquido homogéneo que, al ser diluido en agua, forma una emulsión verdadera del activo, pudiendo contener auxiliares de formulación insolubles.

Solución que se aplica en volumen reducido manchando la piel de los animales (normalmente menos de 100 ml por animal). Cebo presentado en trozos de forma irregular.

Formulación heterogénea fluida consistente de una dispersión estable de sustancias activas en la forma de partículas sólidas y glóbulos finos en una fase acuosa continua.

140

SO

ACEITE DISPERSIVO

Formulación líquida, homogénea, para aplicación directa, capaz de formar una película en el objetivo deseado.

SP

POLVO SOLUBLE

Polvo para aplicación luego de la dilución de la(s) sustancia(s) activa(s) en agua, en forma de solución verdadera, pudiendo contener auxiliares de formulación insolubles.

SS

POLVO SOLUBLE PARA TRATAMIENTO DE SEMILLAS TABLETAS SOLUBLES

Polvo para el tratamiento de semillas en dilución acuosa.

SU

SUSPENSION ULTRA BAJO VOLUMEN

Suspensión líquida estable, para aplicar directa y específicamente con equipos de Ultra Bajo Volumen (ULV).

TB

TABLETAS

Producto sólido en forma de tabletas pequeñas, para aplicar en forma directa luego de su disolución o dispersión en agua.

ST

Formas especiales de tabletas : DT ST WT TC

TABLETAS PARA APLICACION DIRECTA TABLETAS SOLUBLES TABLETAS DISPERSABLES ACTIVO GRADO TECNICO

TK

TECNICO CONCENTRADO

141

Formulación en forma de tabletas para ser usadas individualmente para formar una solución del ingrediente activo después de su desintegración en agua. La formulación puede contener auxiliares de formulación insolubles.

Sustancia biológicamente activa obtenida directamente de las materias primas, por un proceso de manufactura (químico, físico o biológico), cuya composición contiene porcentajes definidos de ingrediente activo puro, impurezas y aditivos. Pre-mezcla de sustancia activa grado técnico y auxiliares de formulación, utilizada únicamente para la preparación de productos formulados.

TP

POLVO DE RASTREO

UL

ULTRA BAJO VOLUMEN

VP

EVAPORABLE

WG

GRANULADO DISPERSABLE

Gránulos para aplicación en forma de suspensión, luego de su desintegración y dispersión en agua.

WP

POLVO MOJABLE.

Polvo para aplicar como suspensión, luego de ser dispersado en agua

WS

POLVO DISPERSABLE PARA Polvo para ser dispersado a alta TRATAMIENTO DE SEMILLAS concentración en agua, antes de su (Slurry). aplicación a la semilla.

WS

POLVO DISPERSABLE

Formulación sólida, uniforme, en forma de polvo, para aplicación directa sobre las semillas, luego de dispersarlo en agua, en forma de pasta.

WT

TABLETAS DISPERSABLES

Formulación en forma de tabletas para ser usadas individualmente para formar una suspensión del ingrediente activo después de su desintegración en agua.

XX

OTRAS

Código temporario para formulaciones nuevas, cuya definición aún no ha sido acordada.

142

Preparado rodenticida de contacto en forma de polvo. Líquido homogéneo listo para su aplicación directa con equipos Ultra Bajo Volumen (ULV). Producto a base de activo(s) volátil(es), cuyos vapores se desprenden, de modo controlado, en el aire.

APENDICE G NUMERO DE CODIGO DE LA CIPAC Código Plaguicida

Código Plaguicida

Código Plaguicida

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33

48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67

94 95 96 97 98 99 100 101 102 103

34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47

2,4-D MCPA DDT HCH bromophos 2,4,5-T sodium chlorate nicotine lead arsenate parathion dichlorvos malathion chlordane methoxychlor diazinon dieldrin (HEOD) lime sulfur sulfur DNOC metam-sodium nabam simazine camphechlor thiram zineb carbaryl aldrin (HHDN) endrin petroleum oils tar oils ziram pyrethrins piperonyl butoxide mancozeb fenitrothion heptachlor azinphos-methyl rotenone antu captan monochloroaceti c acid chlorbenside chlorpropham copper compounds mevinphos dinoseb demeton-Smethyl

68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93

2,3,6-TBA MCPB mecoprop dalapon chlorfenson fenson diquat paraquat ferbam dimefox dimethoate endothion maneb metaldehyde propham schradan tecnazene TEPP trichloroacetic acid (TCA) trichlorfon zinc phosphide warfarin mercury compounds chlorthiamid dichlobenil dichlofluanid folpet linuron phenmedipham quintozene fenthion propoxur 4-benzothienyl methylcarbamate (OMS 708) diphenyl (biphenyl) 2,4-DB dichlorprop dicamba ioxynil bromoxynil chlorfenvinphos endosulfan amitrole (aminotriazole) atrazine propazine prometryn

143

104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130

131 132 133 134 135 136

methoprotryne carbetamide di-allate tri-allate dinocap monuron diuron dodine ethion fentin compounds isolan menazon pentachlo rophenol phenkapton phenthoate phosalone phosphamidon chloridazon fenchlorphos tetradifon tetrasul thiometon triamiphos vamidothion fenoprop chlorobenzilate chloropropylate coumaphos crufomate dicofol dioxathion 1,2dibromoethane hydrogen cyanide hydrogen phosphide methyl bromide dicapthon 3,4,5trimethylphenyl methylcarbamate - OMS 597 diphacinone allidochlor ametryn atraton barban benazolin

Código

137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187

Plaguicida

benquinox binapacryl bromacil carbophenothion chloramben chlorazine chlormequat chlorbicyclen cufraneb dazomet desmetryn dichlofenthion dichlone dicloran dimexano disulfoton dithianon endothal EPTC formaldehyde ethoate-methyl fenuron fluometuron formothion hexachloro -benzene isobenzan lenacil medinoterb methiocarb methometon --metobromuron monolinuron nitrofen oxydemetonmethyl chinomethionat phorate picloram prometon propachlor propineb simeton simetryn 2,4,5-TB thallium compounds thionazin trifluralin buturon captafol chlorbromuron chloroxuron

Código Plaguicida

Código Plaguicida

188 189 190 191 192 193 194 195 196 197

236 237 238 239

198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235

coumachlor coumatetralyl crimidine demephion fenazaflor methidathion morfamquat naled pindone potassium cyanate sulfotep TDE trichloronat methabe nzthiazuron omethoate bioallethrin alachlor propanil benomyl fluoracetic acid chlorophacinone coumafuryl valone sulfaquinoxaline terbutryn oxadiazon cycloate aldicarb propargite chlorotoluron ethoprophos metoxuron erbon chlorpyrifos bioresmethrin dinobuton mecarbam ethylene oxide (epoxyethane) methyl formate aluminium phosphide magnesium phosphide benzoylprop cyanazine pirimicarb bendiocarb ethofumesate terbuthylazine molinate 144

240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284

pebulate vernolate dinoterb pirimiphosmethyl asulam azobenzene ethirimol chloranil pdichlorobenzene dimethirimol 2-phenylphenol diphenyl sulfone 2-aminobutane chloralose arsenic (III) oxide barium carbonate calcium cyanide dicoumarol fluoracetamide norbormide phosacetim radione scilliroside strychnine bupirimate thiophanatemethyl carbendazim methomyl tetrachlorvinphos butylate allethrin resmethrin bromofenoxim chlorfenprop napropamide terbacil carboxin oxycarboxin tolylfluanid carbofuran chlordimeform iprodione dimefuron vinclozolin fluchloralin 1-naphthyl -acetamide metribuzin glyphosate

Código

285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334

Plaguicida

benfluralin methyl arsonic acid monocrotophos chlorothalonil cyhexatin anthraquinone 4-CPA (4-chloro phenoxyacetic acid) DDE aminocarb anilazine bensulide chlorbufam chlordecone chloropicrin dicrotophos dodemorph drazoxolon EPN fensulfothion flurenol (flurecol) fluorodifen fonofos gibberellic acid griseofulvin isonoruron maleic hydrazide mebenil streptomycin 1-naphthylacetic acid neburon propyzamide oxytetracycline pentanochlor phosmet pyridinitril salicylanilide siduron tetramethrin thiabendazole tridemorph dichlorophen aziprotryne dialifos chlorthal crotoxyphos daminozide permethrin cypermethrin deltamethrin fenvalerate

Código Plaguicida

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335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345

378 379 380 381 382

346

347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377

imazalil isoproturon chlormephos acephate diflubenzuron temephos chlorphoxim oxamyl ditalimfos fosamine N-(2-ethylhexyl)8,9,10trinorborn-5-ene2,3dicarboximide 1,4,4a,5a ,6,9,9a,9boctahydrodibenz ofuran 4acarbaldehyde dipropyl pyridine2,5dicarboxylate flamprop flamprop-M pyrazophos thiofanox triadimefon triazophos butachlor methamidophos d-phenothrin pendimethalin diclofop fenbutatin oxide triforine guazatine amitraz ethiofencarb phoxim metalaxyl bentazone difenzoquat karbutilate methazole brodifacoum bromadiolone diphenamid ethephon hexazinone mirex triclopyr benzoximate 145

383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429

butocarboxim etrimfos fenarimol metamitron nitrothalisopropyl procymidone fosetyl cyfluthrin bitertanol cartap thiobencarb fthalide fenobucarb chlorsulfuron isofencarb iprobenfos propetamphos fluazifop isoprocarb oxadixyl triadimenol propamocarb metolachlor sethoxydim pencycuron dinoseb acetate azocyclotin cyhalothrin flucythrinate prochloraz propiconazole edifenphos flupropanate metazachlor isofenphos bifenox methoprene bifenthrin benalaxyl carbosulfan clofentezine cymoxanil cyromazine diclobutrazol (Z)-9-dodecenyl acetate fenfuram fenoxaprop fenoxycarb fenpropathrin fenpropimorph flubenzimine quizalofop

Código

430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469 470 471 472 473 474 475 476 477 478 479

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flurochloridone fluroxypyr fluvalinate furalaxyl furathiocarb flusilazole flutriafol glufosinate haloxyfop hexythiazox mepiquat metsulfuron myclobutanil nuarimol ofurace paclobutrazol penconazole pyridate pyrifenox quinalphos teflubenzuron tefluthrin thifensulfuron flocoumafen alphacypermethrin clopyralid isoprothiolane bromethalin 3-chloropropan1,2-diol terbufos diphenylamine profenofos diflufenican lambdacyhalothrin bensultap hexaconazole methacrifos fluazifop-P bisthiosemide cycloheximide flufenoxuron etofenprox Sha Chong Shuang flucylcloxuron fluquinconazole mecoprop-P dichlorprop-P desmedipham metiram tolclofos-methyl

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480 481 482 483 484 485 486

529 530 531 532 533 534 535 536 537 538 539 540 541 542 543 544 545 546 547 548 549 550 551 552 553 554 555 556 557 558 559 560 561 562 563 564 565 566 567 568 569 570 571 572 573

487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521 522 523 524 525 526 527 528

triasulfuron esfenvalerate beta-cyfluthrin dimethomorph fenoxaprop-P azinphos-ethyl chlorpyrifosmethyl parathion-methyl lindane fentin acetate fentin hydroxide chlozolinate pirimiphosmethyl quinclorac tebuconazole abamectin acetochlor acifluorfen aclonifen aldimorph ampropylofos benfuracarb bensulfuron bromopropylate butralin calcium phosphide chlorflurenol (chlorflurecol) cinosulfuron clethodim clomazone cycloxydim cyprodinil demeton-Smethyl sulfone diethofencarb difenacoum amidosulfuron ethalfluralin ethoxyquin etridiazole fenpiclonil fenpropidin fluazinam fludioxonyl fluoroglycofene flutolanil fuberidazole haloxyfop-R heptenophos hymexazol 146

574 575 576 577 578 579 580

imazamethabenz imazapyr iminoctadine isopropalin mepronil methfuroxam metsulfovax monalide oryzalin oxyfluorfen prosulfocarb TCMTB tebutam thiocyclam thiodicarb tralkoxydim triapenthenol tribenuron tricyclazole triflumuron difethialone alloxydim benodanil benzthiazuron bromocyclen bromophos-ethyl cycluron cyprofuram ethidimuron fenaminosulf furmecyclox isocarbamide nitralin prothiocarb qinmerac thiophanate triazbutyl quinoxyfen prohexadione kresoxim-methyl flurtamone chlorfenapyr azoxystrobin spiroxamine Paecilomyces fumosoroseus Pseudomonas chloroaphis isoxaflutole alanycarb flupyrsulfuron flumioxazine prosulfuron metalaxyl-M

Código

581 582 583 584 585 586 587 588 589 590 591 592 593 594 595 596 597 598 599 600 601 602 603 604 605 606 607 608 609 610 611 612 613 614 615 616 617 618

619 620 621 622 623

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fipronil imidacloprid pyridaben azimsulfuron fosthiazate cyclanilide carfentrazone flufenacet (formerly fluthiamide) Ampylomyces quisqualis imazosulfuron ethoxysulfuron Spodoptera exigua pymetrozine famoxadone flazasulfuron cyhalofop acibenzolar-Smethyl cinodon-ethyl niclosamide cyproconazole sulfosulfuron carvone fenhexamid oxadiargyl pyraflufen-ethyl azafenidin S-metolachlor tepraloxydim epoxiconazole sulfometuron mepanipyrim indoxacarb fluazolate Coniothyrium minitans flusulfamide florasulam trifoxystrobin Zucchini Yellow Mosaic Virus (ZYMV mild strain) imazamox iprovalicarb clethoxydim benzoic acid etoxazol

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624 625 626 627 628 629 630

Giocladium catenulatum (strain J1446) mesotrione oxasulfuron azadirachtin A (Neem) ZA 1963 ferric phosphate pyridafol

147

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abamectin 495 acephate 338 acetochlor 496 acifluorfen 497 aclonifen 498 alachlor 204 alanycarb 576 aldicarb 215 aldimorph 499 aldrin (HHDN) 27 allethrin 267 d-trans-allethrin 203 alloxydim 550 allidochlor 132 alpha-cypermethrin 454 aluminium phosphide 227 ametryn 133 2-aminobutane 248 aminocarb 293 amitraz 362 amitrole (aminotriazole)90 Ampelomyces quisqualis 589 ampropylofos 500 anilazine 294 anthraquinone 290 antu arsenic (III) oxide 250 asulam 240 atraton 134 atrazine 91 azadirachtin A (Neem)627 azafenidin 606 acibenzolar-S-methyl 597 azimsulfuron 584 azinphos-ethyl 485 azinphos-methyl 37 aziprotryne 326 azobenzene 241 azocyclotin 404 azoxystrobin 571 barban 135 barium carbonate 251 benalaxyl 416 benazolin 136 bendiocarb 232 benfluralin 285 benfuracarb 501 benodanil 551 benomyl 206 benquinox 137 bensulfuron 502 bensulide 295 bensultap 464 bentazone 366

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benzoic acid 622 4-benzothienyl methylcarbamate (OMS 708) 81 benzoximate 377 benzoylprop 229 benzthiazuron 552 beta-cyfluthrin 482 BHC - see HCH 4 bifenox 413 bifenthrin 415 binapacryl 138 bioallethrin (d-transallethrin) 203 bioresmethrin 222 bisthiosemide 468 bitertanol 386 brodifacoum 370 bromacil 139 bromadiolone 371 bromethalin 457 bromocyclen 553 bromofenoxim 269 bromomethane 128 bromophos 5 bromophos-ethyl 554 503 39 bromopropylate bromoxynil 87 bupirimate 261 butachlor 354 butocarboxim 378 butralin 504 buturon 184 butylate 266 calcium cyanide 252 calcium phosphide 505 camphechlor 23 captafol 185 captan 40 carbaryl 26 carbendazim 263 carbetamide 95 carbofuran 276 carbophenothion 140 carbosulfan 417 carboxin 273 carfentrazone 587 cartap carvone 602 chinomethionat 172 chloralose 249 chloramben 141 chloranil 243 chlorazine 142 chlorbenside 42 148

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chlorbicyclen 144 chlorbromuron 186 chlorbufam 296 chlordane 13 chlordecone 297 chlordimeform 277 chlorfenapyr 570 chlorfenprop 270 chlorfenson 53 chlorfenvinphos 88 chlorfenurol (chlorfurecol) 506 chloridazon (pyrazon) 111 chlormephos 337 chlormequat 143 chlorobenzilate 119 chlorophacinone 208 chloropicrin 298 3-chloropropan-1,2-diol458 chloropropylate 120 chlorothalonil 288 chlorotoluron 217 chloroxuron 187 chlorphoxim 341 chlorpropham 43 chlorpyrifos 221 chlorpyrifos-methyl 486 (221.a) chlorsulfuron 391 chlorthal 328 chlorthiamid 72 chlozolinate 491 cinidon-ethyl 598 cinosulfuron 507 clethoxydim 621 clethodim 508 clofentezine 418 clomazone 509 clopyralid 455 Conothyrium minitans 614 copper compounds 44 coumachlor 188 coumafuryl 209 coumaphos 121 coumatetralyl 189 4-CPA (4-chlorophenoxyacetic acid) 291 387crimidine 190 crotoxyphos 329 crufomate 122 cufraneb 145 cyclanilide 586 cyanazine 230 cycloate 214 cycloheximide 469

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cycloxydim 510 cycluron 555 cyfluthrin 385 cyhalofop 596 cyhalothrin 405 cyhexatin 289 cymoxanil 419 cypermethrin 332 cyproconazole 600 cyprodinil 511 cyprofuram 556 cyromazine 420 2,4-D 1 dalapon 52 daminozide 330 dazomet 146 2,4-DB 83 DDE 292 DDT 3 deltamethrin 333 demephion 191 demeton-S-methyl 47 demeton-S-methyl sulfone 512 desmedipham 477 desmetryn 147 dialifos 327 di-allate 96 diazinon 15 1,2-dibromoethane 125 dicamba 85 dicapthon 129 dichlobenil 73 dichlofenthion 148 dichlofluanid 74 dichlone 149 dichlorobenzene 244 dichlorophen 325 3-dichloropropan-2,2diol 458 dichlorprop 84 dichlorprop-P 476 dichlorvos 11 diclobutrazol 421 diclofop 358 dicloran 150 dicofol 123 dicoumarol 253 dicrotophos 299 dieldrin (HEOD) 16 diethofencarb 513 difenacoum 514 difenzoquat 367 difethialone 549 diflubenzuron 339

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N-(2-ethylhexyl)-8,9,10diflufenican 462 trinorborn-5-enedimefox 58 2,3-dicarboximide 345 dimefuron 279 etofenprox 471 dimethirimol 245 etoxazol 623 dimethoate 59 etridiazole 518 dimethomorph 483 etrimfos 379 dimexano 151 famoxadone 594 dinobuton 223 fenaminosulf 558 dinocap 98 fenarimol 380 dinoseb 46 fenazaflor 192 dinoseb acetate 403 fenbutatin oxide 359 dinoterb 238 fenchlorphos 112 dioxathion 124 fenfuram 423 diphacinone 131 fenhexamid 603 diphenamid 372 fenitrothion 35 diphenyl (biphenyl) 82 fenobucarb 390 diphenylamine 460 fenoprop 118 diphenylsulfone 247 fenoxaprop 424 dipropyl pyridine-2,5 484 dicarboxylate 347fenoxaprop-P fenoxycarb 425 diquat 55 fenpiclonil 519 disulfoton 152 fenpropathrin 426 ditalimfos 343 fenpropidin 520 dithianon 153 fenpropimorph 427 diuron 100 fenson 54 DNOC 19 (Z)-9-dodecenyl acetate422 fensulfothion 303 fenthion 79 dodemorph 300 fentin acetate 489 dodine 101 fentin compounds 103 drazoxolon 301 fentin hydroxide 490 edifenphos 409 fenuron 158 endosulfan 89 fenvalerate 334 endothal 154 ferbam 57 endothion 60 ferric phosphate 629 endrin 28 fipronil 581 EPN 302 flamprop 348 epoxyconazole 609 flamprop-M 349 epoxyethane 225 flazasulfuron 595 EPTC 155 flocoumafen 453 erbon 220 florasulam 616 esfenvalerate 481 fluazifop 395 ethalfluralin 516 ethephon 373 fluazifop-P 467 fluazinam 521 ethidimuron 557 fluazolate 613 ethiofencarb 363 flubenzimine 428 ethion 102 fluchloralin 281 ethirimol 242 flucycloxuron 473 ethoate-methyl 157 flucythrinate 406 ethofumesate 233 fludioxonyl 522 ethoprophos 218 flufenacet 588 ethoxyquin 517 flufenoxuron 470 ethylene dibromide 125 flumioxazine 578 ethylene oxide fluometuron 159 (epoxyethane) 225 fluoracetamide 254 149

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fluoracetic acid 207 fluorodifen 305 fluoroglycofene 523 flupropanate 410 flupyrsulfuron 577 fluquinconazole 474 flurenol (flurecol) 304 flurochloridone 430 fluroxypyr 431 flurtamone 569 flusilazole 435 flusulfamide 615 flutolanil 524 flutriafol 436 fluvalinate 432 folpet 75 fonofos 306 formaldehyde 156 formothion 160 fosamine 344 fosetyl 384 fosthiazate 585 ftalide 389 fuberidazole 525 furalaxyl 433 furathiocarb 434 furmecyclox 559 gamma-HCH (lindane)488 gibberellic acid 307 Giocladium catenulatum (strain J1446) 624 glufosinate 284 glyphosate 284 griseofulvin 308 guazatine 361 haloxyfop 438 haloxyfop-R 526 HCH 4 heptachlor 36 heptenophos 527 hexachlorobenzene 161 hexaconazole 465 hexazinone 374 hexythiazox 439 hydrogen cyanide 126 hydrogen phosphide 127 hymexazol 528 imazalil 335 imazamethabenz 529 imazamox 619 imazapyr 530 imazosulfuron 590 imidacloprid 582 iminoctadine 531 indoxacarb 612

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ioxynil 86 iprobenfos 393 iprodione 278 iprovalicarb 620 isobenzan 162 isocarbamide 560 isofencarb 392 isofenphos 412 isolan 104 isonoruron 309 isoprocarb 396 isopropalin 532 isoprothiolane 456 isoproturon 336 isoxaflutole 575 karbutilate 368 kresoxim-methyl 568 lambda-cyhalothrin 463 lead arsenate 9 lenacil 163 lime sulfur 17 lindane (gamma-HCH)488 linuron 76 magnesium phosphide228 malathion 12 maleic hydrazide 310 mancozeb 34 maneb 61 MCPA 2 MCPB 50 mebenil 311 mecarbam 224 mecoprop 51 mecoprop-P 475 medinoterb 164 menazon 105 mepanipyrim 611 mepiquat 440 mepronil 533 mercury compounds 71 mesotrione 625 metalaxyl 365 metalaxyl M 580 metaldehyde 62 metam 20 metamitron 381 metazachlor 411 methabenzthiazuron 201 methacrifos 466 methamidophos 355 methazole 369 methfuroxam 534 methidathion 193 methiocarb (mercaptodimethur) 165

methometon 166 methomyl 264 methoprene 414 methoprotryne 94 methoxychlor 14 methylarsonic acid 286 methyl bromide 128 methyl formate 226 metiram 478 metobromuron 168 metolachlor 400 S-metolachlor 607 metoxuron 219 metribuzin 283 metsolvax 535 metsulfuron 441 mevinphos 45 mirex 375 molinate 235 monalide 536 monochloroacetic acid 41 monocrotophos 287 monolinuron 169 monuron 99 morfamquat 194 MSMA 286 myclobutanil 442 nabam 21 naled 195 1-naphthylacetamide 282 1-naphthylacetic acid 313 napropamide 271 neburon 314 niclosamide 599 nicotine 8 nitralin 561 nitrofen 170 nitrothal-isopropyl 382 norbormide 255 nuarimol 443 1,4,4a,5a,6,9,9a,9boctahydrodibenzofuran4a-carbaldehyde 346 ofurace 444 omethoate 202 OMS 597 (3,4,5-trimethylphenyl methylcarbamate 130 OMS 708 81 oryzalin 537 oxadiargyl 604 oxadiazon 213 oxadixyl 397 oxamyl 342 oxasulfuron 626

150

Código

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oxycarboxin oxydemeton-methyl oxytetracycline oxythioquinox paclobutrazol paraquat parathion oxyfluorfen oxytetracycline paclobutrazol Paecilomyces fumosoroseus paraquat parathion parathion-methyl pebulate penconazole pencycuron pendimethalin pentachlorophenol pentanochlor permethrin petroleum oils phenkapton phenmedipham d-phenothrin phenthoate 2-phenylphenol phorate phosacetim phosalone phosmet phosphamidon phosphine phoxim picloram pindone piperonyl butoxide pirimicarb pirimiphos-ethyl pirimiphos-methyl pivalyn potassium cyanate prochloraz procymidone profenofos prohexadione prometon prometryn propachlor propamocarb propanil propargite propazine propetamphos

Código Plaguicida

274 171 316 172 445 56 10 538 316 445 573 56 10 487 236 446 402 357 106 317 331 29 107 77 356 108 246 173 256 109 318 110 127 364 174 196 33 231 492 239 257 197 407 383 461 567 175 93 176 399 205 216 92 394

propham propiconazole propineb propoxur propyzamide prosulfocarb prothiocarb Pseudomonas chloraphis pymetrozine pyraflufen-ethyl pyrazophos pyrethrins pyridaben pyridafol pyridate pyridinitril pyrifenox quinalphos quinclorac quinmerac quinoxyfen quintozene quizalofop radione resmethrin rotenone salicylanilide schradan scilliroside sethoxydim Sha Chong Shuang siduron simazine simeton simetryn sodium chlorate spiroxamine Spodoptera exigua streptomycin strychnine sulfaquinoxaline sulfometuron sulfosulfuron sulfotep sulfur 2,4,5-T tar oils 2,4,5-TB 2,3,6-TBA TCA TDE tebuconazole tebutam tecnazene 151

Código Plaguicida

63 408 177 80 315 539 562 574 593 605 350 32 583 630 447 319 448 449 493 563 566 78 429 258 268 38 320 64 259 401 472 321 22 178 179 7 572 592 312 260 211 610 601 198 18 6 30 180 49 67 199 494 541 65

teflubenzuron 450 tefluthrin 451 temephos 340 TEPP 66 tepraloxydim 608 terbacil 272 terbufos 459 terbuthylazine 234 terbutryn 212 tetrachlorvinphos 265 tetradifon 113 tetramethrin 322 tetrasul 114 thallium compounds 181 thiabendazole 323 thifensulfuron 452 thiobencarb 388 thiocyclam 542 thiodicarb 543 thiofanox 351 thiometon 115 thionazin 182 thiophanate 564 thiophanate-methyl 262 thiram 24 tin compounds 103 tolclofos-methyl 479 tolylfluanid 275 tralkoxydim 544 triadimefon 352 triadimenol 398 tri-allate 97 triamiphos 116 triapenthenol 545 triasulfuron 480 triazbutyl 565 triazophos 353 tribenuron 546 trichlorfon 68 trichloronat 200 trichloroacetic acid 67 triclopyr 376 tricyclazole 547 tridemorph 324 triflumuron 548 trifluralin 183 triforine 360 trifoxistrobin 617 3,4,5-trimethylphenylmethylcarbamate 130 valone 210 vamidothion 117 vernolate 237 vinclozolin 280 warfarin 70

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ZA 1963 628 zinc phosphide 69 zineb 25 ziram 31 zucchini yellow mosaic virus (ZYMV mild strain)618

152

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i

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