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Trabajo Práctico Nº 12 EJERCITACIONES SOBRE CASOS DE ETICA PROFESIONAL CASO Nº 1 Se está construyendo un edificio desti

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Trabajo Práctico Nº 12

EJERCITACIONES SOBRE CASOS DE ETICA PROFESIONAL CASO Nº 1 Se está construyendo un edificio destinado a oficinas comerciales. El Arquitecto A, representante técnico de una empresa constructora quiere mantener una reunión con la Arquitecta B, directora de la obra. En la reunión, el representante técnico le plantea a la arquitecta que los costos de algunos materiales especificados en el pliego de condiciones exceden largamente el presupuesto de la construcción, y que la empresa “estaría dispuesta a gratificar” a la arquitecta si accediera a permitir la sustitución de algunos materiales sin que se enterara el comitente, a fin de evitar inconvenientes y de no dilatar el cumplimiento de los plazos de la obra. La arquitecta no acepta. De haber aceptado, ¿habría incurrido en falta de ética? Y de existir dicha falta, ¿cómo se calificaría y cómo se castigaría? CASO Nº 2 La Señora A posee un terreno, en el cual desea construir una sala cinematográfica. Debido a que el Código de Planeamiento Urbano impide el desarrollo del mencionado uso en el referido terreno, varias han sido las presentaciones ante el Gobierno de la Ciudad que la Sra. A ha efectuado durante años, tendientes a lograr una excepción a las normas. Hasta que un día, le es presentado el Arquitecto B, especialista en gestiones municipales (tal como él mismo se presentaba), quien escucha la historia del proyecto de sala de cine, intima fantasía de la Sra. A. El Arq. B le dice que es posible realizar una gestión ante el municipio, realizando las pertinentes presentaciones, que dados sus infinitos contactos en pasillos y oficinas, se verían notoriamente favorecidas. Y el arquitecto comenzó a trabajar, no sin antes cobrar un suculento anticipo sobre sus honorarios. Al cabo de un año y medio, cuando los honorarios del Arq. B se habían sextuplicado para hacer frente a nuevas contingencias, la Sra. A descubre que nadie en el municipio conoce al Arq. B, y que no existe presentación alguna para permitir la construcción de una sala de cine en el terreno de la citada señora. Establecer si está tipificada en el Código de Ética la falta del Arquitecto B. Si esta existe, ¿Cómo se calificaría y cómo se castigaría? De descubrirse que el Arq. B no es arquitecto, ¿cuáles serían los pasos a seguir por la Sra. A? CASO Nº 3 Un estudio de arquitectura ha sido contratado para ejecutar el proyecto y la dirección de una obra destinada a vivienda unifamiliar, cuya superficie total alcanza los 300 m2. La titular del estudio, la Arquitecta A ha convocado a un viejo amigo, el Arquitecto B, a fin de que trabaje en la referida obra. De manera verbal fue pactado un honorario, y al día siguiente, el Arq. B comenzó a trabajar no sin antes recibir por parte del estudio un pequeño anticipo de dinero “para viáticos” a cuenta de lo que efectivamente debía cobrar por su tarea. El Arq. B no solamente colaboró en las etapas de proyecto sino que tuvo a su cargo la realización de la documentación total de la obra, y además hasta tramitó la registración de planos de demolición total, de obra nueva y de instalaciones eléctricas ante el Municipio y los diversos entes reguladores. Al comenzar la obra, Una vez terminada la documentación, el Arq. B fue al estudio para cobrar por su trabajo, pero se le pidió que recién se acercara “la semana que viene”. Cinco meses después de estar acercándose nuevamente, el arquitecto se hartó de las evasivas y se dirigió a hablar con la Arquitecta A para exigirle el monto adeudado. La arquitecta -su amiga hasta ese momento- no solamente se rehusó a abonarle lo pactado sino que le recriminó su falta de profesionalismo en la calidad de la documentación, recriminándole que “un estudiante lo hubiera hecho mejor”, que “los planos y archivos CAD hubo que tirarlos a la basura por carecer de nivel de definición”, y frases por el estilo. Hubo una áspera discusión, y todo terminó con el Arquitecto B retirándose del estudio bajo la intimidatoria mirada del personal de seguridad previamente llamado por la Arq. A. El Arq. B tuvo la precaución de contar con un recibo firmado por cada entrega parcial de documentación que entregaba personalmente al estudio, y pretende hacerla valer para reclamar judicialmente su derecho a cobrar por lo trabajado. ¿Es esto posible? ¿Cuál profesional ha incurrido en falta de ética? De existir ésta, establecer si está tipificada en el Código de Etica, como se calificaría y cómo se castigaría. CASO Nº 4 Cuando una mañana llegó a la obra que dirigía -un pequeño complejo deportivo- el Arquitecto A descubrió que los caños destinados a la instalación eléctrica no eran metálicos, como había acordado con el comitente y como consta en las Listas de Trabajos, sino que habían sido sustituidos (por el mismo comitente, quien los llevó a la obra una hora antes de que llegara el arquitecto) por caños flexibles. Y no solamente descubre eso, sino además que la instalación que estaba preparando el electricista evidenciaba -en las canalizaciones de muros ya realizadas- una modificación al proyecto de la cual el arquitecto no estaba enterado, ni mucho menos había realizado. Este cambio había sido impartido al instalador por el mismo comitente. El profesional ordena suspender las tareas. ¿Es correcta la actitud del arquitecto? Verificar que hubiese ocurrido en el aspecto ético si el profesional hubiera permitido la prosecución de las obras. CASO Nº 5 El Arquitecto A es contratado para dirigir una obra que fue proyectada por otro profesional. Luego de examinar el proyecto -un reciclaje de un gran edificio comercial- este decide introducir unas modificaciones en el mismo, más precisamente en la fachada sobre una importante avenida. Al poco tiempo de terminadas las obras, el Arq. A recibe un mensaje telefónico en

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el contestador de su estudio. El mensaje -muy escueto pero de altísimo tenor en el lenguaje- era del autor original del proyecto, el Arquitecto B, quien le recriminó haber utilizado y alterado la documentación sin su permiso. ¿Cual profesional incurre en un cuestionable comportamiento ético, si éste existiera? De existir dicha falta, ¿cómo se calificaría y cómo se castigaría? CASO Nº 6 En un exclusivo barrio de esta ciudad, se están decorando tres exclusivos lofts, tareas que se realizan por el sistema de contratos separados. El Arquitecto A, proyectista, director y administrador de las obras, es duramente cuestionado por su comitente, el Señor B. Todo comenzó a raíz de una leve sospecha del comitente respecto de materiales que fueron comprados por el arquitecto para dichos lofts, -ya que por administrar está encargado de compras y pagos a obreros, contratistas y proveedores- y que nunca llegaron a la obra en las cantidades adquiridas. Habiéndose confirmado la sospecha a través de un seguimiento, el Sr. B inició una acción judicial. ¿Incurrió en falta de ética el Arquitecto A? De existir dicha falta, ¿cómo se calificaría y cómo se castigaría?. ¿Qué tipo de acción judicial le cabría por su actitud? CASO Nº 7 El Señor A, próspero comerciante de esta Ciudad, desea construir una ampliación de su vivienda y leyendo una publicación semanal de oportunidades y gangas comerciales, observa un aviso que reza “ARQUITECTO -TODO TIPO DE OBRAS - $499/M2 INCLUYE PLANOS, PROYECTO, DIRECCION, A.R.T. Y CONSTRUCCION” y un número de teléfono celular. Tras llamar a ese teléfono, concreta una reunión con una persona, quien dice ser el Arquitecto B. Este, luego de mostrar unos bosquejos en escala 1:100, es contratado verbalmente por el Sr. A. Tras el pago de un copioso anticipo, el Arq. B desembarca en la vivienda con una andanada de puntales, madera para andamios, ladrillos y personal laboral de dudoso origen. Cuando la obra estaba avanzada en un 60% el Sr. A le comunica al Arq. B que apareció un señor que dijo ser inspector de obras particulares del Gobierno de la Ciudad dejó un papel en el cual se indica “paralizar las obras y presentarse en la Dirección General de Fiscalización. de Obras y Catastro dentro de las 48 hs. ...” y etc. etc. etc. El arquitecto toma el papel una cédula de notificación- y le dice al comitente que no se hiciera problema, que ese papel es una mera formalidad debido a los avalúos inmobiliarios que se realizan continuamente, que iría personalmente a la Dirección de Catastro a solucionar el tema y que etc. etc. etc. Semanas después, cuando la obra estaba próxima a concluirse, dos personas de la Dirección de Catastro, entre ellos el señor que dejó ese papel que el arquitecto se llevó, llegaron hasta el lugar con el objetivo de clausurar la obra, colocar una faja de seguridad y labrar un acta de infracción, cosa que hicieron. Y a las 48 hs. una citación del Tribunal de Faltas de la Municipalidad intimaba al Sr. A a “presentarse dentro de los cinco (5) días de recibida la presente ante el Tribunal de Faltas por obras realizadas sin presentación de planos contraviniendo los arts.......” y etc. etc. etc. Se pide establecer puntos del Código de Etica que contemplen las actitudes del arquitecto. De corresponder observaciones a la conducta del comitente, deben formularse. ¿Cabe presentar una demanda judicial contra el arquitecto? ¿De que tipo sería dicha demanda? Si el Arq. B no es arquitecto, verificar que establece el Decreto-Ley 6070/58 y el Código Penal de la Nación sobre usurpación de títulos. CASO Nº 8 Se esta colocando una importante marquesina -un anuncio saliente frontal luminoso- en el frente de un no menos importante local comercial que vende maquinas de coser. Pero la marquesina posee un defecto: está construida violando normas y ordenanzas municipales diversas, excediéndose en su proyección sobre la acera peatonal, y en su ancho, debido a que se extiende de línea divisoria de predios a la línea divisoria opuesta, cuando las normas indican que debe existir unas separación de 1,00 m desde la citada línea divisoria. La vecina de la vivienda contigua al local, salió a la vereda a observar la colocación de la marquesina, advertida de la situación por su sobrino arquitecto, y pidió hablar con el responsable de la empresa que colocaba la enorme marquesina. El responsable a cargo, el Arquitecto A le indicó socarronamente que “desde el eje divisorio cada propietario puede hacer lo que quiere”, que la marquesina estaba construida según normas municipales y que no había nada más que hablar. Ante la situación, la vecina le dio las buenas tardes y entró a su casa. Quince días después, el importante local comercial recibe la visita de dos inspectores de la Dirección de Habilitaciones y Publicidad del gobierno ciudadano, quienes exigieron al propietario del local, el Señor B, los planos de habilitación de la marquesina. Este les explicó que él no tenía en su poder nada de lo que se le exigía, que de esas cosas se encargaba la empresa contratada que construyó la marquesina. Los inspectores labraron un acta de infracción y le advirtieron que el cartel debía ser retirado en forma inmediata, haciéndose pasible de una multa por demorar en su retiro. ¿Cuáles artículos del Código de Etica tipifican la actitud del Arquitecto A? ¿Qué tipo de sanción le cabe? ¿Puede ser la empresa constructora de la marquesina demandada judicialmente? Justificar esta última respuesta.

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