Etica- Actividad Final Del Bloque 1

MARTILLERO, CORREDOR PÚBLICO Y TASADOR SISTEMA DE EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA - MATHEU 4098- B7602GCD - MAR DEL PLAT

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MARTILLERO, CORREDOR PÚBLICO Y TASADOR SISTEMA DE EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA - MATHEU 4098- B7602GCD - MAR DEL PLATA-

ETICA E INCUMBENCIAS PROFESIONALES

Actividad final del Bloque 1 Resolución individual ALUMNO DAL MOLIN ALEJANDRA SUSANA DNI Nº 18.261.748  Ud debe enviar esta Actividad final del Bloque 1 en el plazo fijado por la cátedra.. La entrega de la misma se realiza a través de Programa – Bloque 1- Actividad - Realizar Realizar Actividad, de acuerdo con el procedimiento que Ud ya ha utilizado en otros Bloques.  No olvide colocar en su archivo un nombre informativo del contenido (Actividad 1- Pérez)

ACTIVIDAD FINAL BLOQUE 1 : La Actividad Final correspondiente al Bloque 1 consta de tres partes, a), b) y c) : a) -Realice un cuadro comparativo sobre la evolución histórica del instituto de la subasta. -Describa la recepción legislativa del régimen de corredores en nuestro país b) A partir del artículo de Maximiliano Ceballos "El corredor inmobiliario. Una opinión sobe la sanción de la ley 9445, responda a las siguientes cuestiones: -El corredor inmobiliario ¿es comerciante o profesional?. Fundamente su respuesta desarrollando el concepto de comerciante y profesional y exprese su opinión al respecto. -¿Cuándo se configura el "corretaje". Enuncie una definición al respecto. c) Por último, y a modo de introducción a la metodología de estudio de casos, intente dar respuesta al siguiente caso : "Diferencias entre corredor y mandatario " En un concurso preventivo, el concursado le encarga a una persona cuyo apellido es Echeverría incluyéndola dentro de un poder general para actuar en juicio junto con otros letrados- la negociación con sus acreedores, a los fines de obtener un acuerdo o quita en el pago del crédito verificado, a cambio de una retribución determinada. El Sr. Echeverría intervino en las gestiones iniciales de la negociación de la deuda verificada, llegando a cancelarse luego la acreencia mediante un letrado diferente, con una importante quita sobre el monto total.

1) ¿La relación que vinculó a las partes es de corretaje o de mandato comercial? Fundamente su respuesta y enuncie las diferencias entre ambas figuras. 2) ¿Influiría en la respuesta anterior el hecho de que la quita sea lograda por el último sujeto en la cadena de negociaciones? 3) ¿Qué comisión le correspondería el Sr. Echeverría? Ante cualquier inquietud, no dude en consultar a sus tutores, ellos están dispuestos a asesorarlo por los medios de comunicación que brinda el Aula.

a)

Cuadro comparativo sobre la evolución histórica del instituto de la subasta

En la antigüedad GRECIA

EGIPTO

Las subastas se realizaban en el ágora (Plaza Publica)

Las subastas se realizaban en la banca real , en las oficinas de arrendamiento o en un local del Templo de Amòn.

El que adjudicaba al mejor oferente era un Magistrado

La subasta la realizaban delante de funcionarios

Concurrencia libre Reglamentaron asociación de licitantes. Podian ofertar los ciudadanos y los metecos (extranjeros

Participaban de las subastas los extranjeros, hasta los que llegaban de Siria y Fenicia

Hubo fraudes

Hubo fraudes

ROMA Las subastas se realizaban en la plaza (fórum) o si se subastaban botines de guerra lo podían hacer en tierras muy alejadas, o en el Foro Trajano La subasta era efectuada por un magistrado con colaboración de un pregonero, era quien subastaba. Los licitantes podían pertenecer a las mas diversas clases sociales. Los senadores les estaba prohibido, salvo autorización legal. Los senadores que la ley no los autorizaba, utilizaban testaferros. Tambien hubo fraude en las subastas.

En la Edad Media

ESPAÑA Las subastas se efectuaban en el lugar donde estaban los bienes a subastar.

La subasta se efectuaba con la presencia del juez o escribano actuario

GRECIA Los acreedores se reunían en asamblea para elegir al magister, que se encargaba de preparar la bonorum venditio, para lo cual confeccionaba un inventario y una lex venditionis en la que se concretaban las condiciones generales de la subasta. Además se encargaba de dirigir la subasta, de cobrar el precio ofrecido y de repartir proporcionalmente el dinero entre los acreedores.

EGIPTO

ROMA

ESPAÑA

Cada subasta era realizada en el mismo lugar donde se encontraban los bienes a subastar, igual que lo hacían

La Subasta como institución surge como consecuencia de la invención de la moneda y de allí se origina el contrato de compraventa. Antes de la moneda no se tuvo conocimiento de la subasta.

Asia Siglo XIX A.C. se la utilizaba para la venta de esclavos. Fenicia se usaba como instrumento de negociación Babilonia Siglo V A.C. se subastaban mercaderías y jóvenes casaderas al mejor postor. En Tracia (Bulgaria actual) y Iliaria (Italia, Austria y Yugoslavia actual) se subastaban niñas núbiles, las que están en edad de casarse.

Grecia Las subastas se hacían en la Plaza Pública, que eran llevadas adelante por el heraldo, previo dar a conocer el pliego de condiciones. Pero quien adjudicaba era el magistrado. La concurrencia era libre y se reglamentó la asociación de licitantes. Se practicaron subastas administrativas, judiciales y particulares pero la que más trascendió fue la administrativa por su organización y las formalidades exigidas en cuanto a percepción de impuestos y el arriendo de obra pública. Tanto extranjeros como ciudadanos podían ofertar. En la segunda mitad del Siglo V se subastaba para el arrendamiento de los

Roma Las ramas de la actividad económica se basó en el arrendamiento de impuestos, las obras públicas y la banca, vinculadas con la subasta. Aquí al igual que en Grecia se subastaba en la plaza, a menos, si se trataba de botín de guerra se podía llevar a cabo en otro lugar aunque sean tierras lejanas. También se subastaba en al Foro Trajano. El magistrado con ayuda de un pregonero era el que subastaba. Era verbal a viva voz. No había limitación para la concurrencia de licitantes. A los

impuestos. Más tarde aparecen los bancos privados y luego las sociedades. No escasearon los fraudes, los arrendatarios de impuestos gozaban de muy mala fama.

senadores se les estaba prohibido licitar, salvo que la ley los autorice, por ello solían utilizar testaferros. Tampoco podían licitar quien le debiera al estado. Aquí tambien abundaron los fraudes.

Mediante el sistema de subasta no solo percibían impuestos sino tambien el derecho de explotación de minas, la locación de bancos, operaciones de cambio, etc.

Egipto La subasta administrativa fue introducida aquí por los griegos. Innovaron con la invención de la sucesión de remates en una misma subasta, así como las propuestas por escrito. Se subastaba en la banca real, en las oficinas de arrendamiento o en un local del gran templo de Amon. Se realizaban todos los años en el primer mes del año egipcio y llegaban poderosos desde Siria y Fenicia. Se subastaba delante de funcionarios. Aquí tambien fueron frecuentes los fraudes en las subastas administrativas.

España Las subastas normalmente se llevaban a cabo donde estaban los bienes a subastarse, ante el Juez o en su reemplazo del escribano actuante. En cuanto a las ofertas la de mayor monto dejaba sin efecto las anteriores.

En Argentina según registros en acta del Cabildo, Justicia y Regimiento de 1589, entendían como necesaria la participación del Estado para todos los casos. Adjudicar por remate era el medio más imparcial para la asignación de cosas y cargos. Remataban empleos de gobierno y cualquier tarea que hoy requiere concurso o licitación.-

Recepción legislativa del régimen de corredores en nuestro país La regulación del corretaje en Argentina se remite a las Ordenanzas de Bilbao, donde se establecía un número fijo de corredores nombrados por el tribunal del consulado Por un decreto de 1821 se fijó en cuatro la cantidad de corredores marítimos. Había dos clases de corretaje, el oficial y el libre. El oficial lo ejercían las personas especialmente autorizadas y el libre lo podía ejercer cualquiera. Asimismo había una tercera clase de corretaje, el mixto, donde es oficial para algún tipo de operaciones y libre para otras. Las Ordenanzas de Bilbao adoptaban el sistema de corretaje oficial, dictándose en 1821 una reglamentación donde se fijó el número de corredores, se necesitaba designación oficial para ciertos actos y condiciones específicas Esto permitía utilizar personas no matriculadas que eran los únicos que intervenían en los actos en que el Estado (ej. en las compraventas de títulos públicos) En la época de Rosas se prohibió el corretaje libre (decretos de 1836 y 1847) En el año 1854, la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires declaró el libre ejercicio del corretaje, sin limitación de número ni exigencia de fianza, mediando solamente el pago de la patente.

a) El corredor inmobiliario es un profesional que se forma con conocimientos específicos para desarrollar determinadas actividades, el cual deberá contar con un Título Universitario habilitante además de matricularse en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la jurisdicción donde desarrollará su actividad que será donde haya declarado su domicilio fiscal. Es una profesión legal, constitucional y conformada de manera colegiada. El corredor es aquella persona cuya profesión consiste en intermediar entre la oferta y la demanda para facilitar o promover la celebración de contratos entre personas que desean contratar, realizando su actividad en forma independiente. El corredor inmobiliario es para el jurista Dr. Isaac Halperin: "un intermediario que sin representación de ninguna de las partes las acerca, haciendo posible con su intervención la celebración del contrato. El corredor es la persona física o jurídica que de forma profesional realiza un acercamiento entre la oferta y la demanda con el objeto de celebrar un determinado negocio jurídico entre estos últimos, como puede ser una venta, locación o fondo de comercio, encargándose de la búsqueda de un interesado para la operación que desea realizar el comitente en forma autónoma e imparcial, realiza actos de corretaje, es decir, de mediación entre la oferta y la demanda, buscando un interesado para la operación que desea realizar el comitente. En tanto el comerciante puede realizar la actividad elegida sin ninguna de estas condiciones. Se entiende por comerciante a aquella persona física o jurídica, nacional o extranjera, que se dedica habitualmente a la comercialización de bienes, entendida como una etapa intermedia entre la de producción y la de consumo, suponiendo el traspaso de la propiedad de los bienes de un sujeto a otro. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, en ningún capítulo hace referencia alguna al “acto de comercio”, ni al “comerciante. Respecto a mi opinión, claramente considero que el corredor es un profesional desde el momento en que tuvo que finalizar una carrera universitaria con título habilitante, que es la de Martillero y Corredor Público, para poder ejercer su tarea, así como el deber de matricularse en el departamento judicial correspondiente. Se configura corretaje cuando una persona se obliga ante otra a mediar en la negociación y conclusión de uno o varios negocios, sin tener relación de dependencia o representación con ninguna de las partes. Es un contrato de colaboración gestoría no representativa, consensual, conmutativo, oneroso y comercial El corredor se compromete con una obligación que consiste en una prestación profesional y deberes secundarios de conducta. Es consensual y no formal. Corretaje es el contrato a través del cual una persona denominada proponente o interesado, efectúa un encargo material a una persona denominada corredor (Sr. Echeverria) a fin de que se le señale la oportunidad y la persona con quien puede celebrar un negocio jurídico a cambio de una compensación pecuaniaria que en la practica se traduce en % de valor de venta del bien.

b)

Diferencia entre corredor y mandatario

1) La relación que vinculó a las partes fue el Mandato Comercial que es un contrato por el cual una parte confiere a otra, que lo acepta, el poder para representarla en la gestión de uno o más negocios por cuenta y riesgo de la primera. . Si no hay culpa imputable al mandatario, no puede el mandante excusarse de abonar, aun cuando el negocio hubiese dado malos resultados, mientras que el corretaje, el corredor es la persona que por su especial conocimiento de los mercados, se ocupa como agente intermediario en la tarea de poner en relación a dos o más personas, con el fin de que celebren un negocio comercial, sin estar vinculado a las partes por relaciones de colaboración, dependencia, mandato o representación. 2) Que la quita sea obtenida por otro en la cadena, no significa que Echeverría no haya negociado y tratar de conseguir el mejor resultado para con su cliente, en su tarea como mandatario. 3)

Al Sr. Echeverría no le corresponde una comisión, que sería un porcentaje del importe total de la negociación porque no consiguió finalmente la quita pactada.

Alejandra Dal Molin