Estatutos

Capítulo I Nombre del sindicato   Art. 1o.- Con el nombre de Sindicato de Trabajadores XXXXXX establece una organización

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Capítulo I Nombre del sindicato   Art. 1o.- Con el nombre de Sindicato de Trabajadores XXXXXX establece una organización de base, la cual funcionará de conformidad con la Constitución Nacional, el Código Sustantivo de Trabajo y demás disposiciones pertinentes sobre la materia. El Sindicato estará formado por los Trabajadores de XXXXXX que laboren una jornada no inferior a la de XXXXXX horas semanales. Capítulo II Domicilio   Art. 2o.- El domicilio principal del Sindicato será el Municipio de XXXXXX Departamento XXXXXX de XXXXXX, República de Colombia. Capítulo III Objeto y fines del sindicato Art. 3o.- Como organización gremial tiene carácter permanente y tiene por objeto el estudio, defensa, desarrollo y protección del proceso social de trabajo, la protección, defensa y promoción de los intereses de sus Agremiados, profesionales de la Psicología, del conjunto del pueblo, de la independencia y soberanía nacional conforme a la Constitución de la República de Colombia. Art. 4o.- Los fines principales del Sindicato son los siguientes: a) Estudiar las características de los salarios, prestaciones, horarios, sistemas de protección o de prevención de accidentes y demás condiciones de trabajo referentes, para procurar su mejoramiento y su defensa. b) Promover la capacitación y especialización del Profesional de la Psicología, así como la defensa y proyección de la actividad científica de la Psicología. c) La defensa jurídica del Psicólogo, derivadas del ejercicio de la profesión y que provengan de la observancia del secreto Profesional y cualquiera otra propia del cumplimiento de la Ley de Ejercicio de la Psicología y del Código de Ética,

d) Hacer respetar las normas de contratación, en lo que se refiere a nombramientos, movimientos de personal, ascensos, los problemas laborales y despidos injustificados. e) Organizar y acreditar toda actividad que procure el mejoramiento profesional del Psicólogo a través de Congresos, Seminarios, Jornadas, Simposios, Mesas Redondas, Talleres y cualquier otra opción que enriquezca el acervo científico y profesional. f)

Promocionar y apoyar el estudio y redacción de anteproyectos de leyes y Estatutos relacionados con los problemas sociales, políticos, laborales, económicos, culturales, científicos y educativos del país. Atender y tomar parte activa en las consultas que le sean sometidas a su consideración, sobre estas materias.

g) Defender los intereses comunes de sus agremiados y procurar el mejoramiento socioeconómico de los mismos a través de la elaboración, amparo y respaldo de los Convenios Colectivos y cualquier otra posición que favorezca al Psicólogo. h) Prestar solidaridad en caso de calamidad por fuerza mayor o caso fortuito, dentro de las posibilidades del Sindicato. i)

Advertir sobre el riesgo de corrupción presentado con motivo de cualquier situación, decisión, proceso, etc. a la alta dirección y denunciar los hechos en que se evidencie este tipo de situaciones a los organismos de control respectivos.

j)

Realizar vigilancia sobre los procesos de reestructuración y modificación de la planta de personal y su correspondencia con los estudios técnicos debidamente fundamentados en necesidades del servicio, cargas laborales, procesos y procedimientos, etc., así como sobre los procesos de contratación por prestación de servicios exclusivamente para actividades de apoyo, en concordancia con situaciones ciertas de insuficiencia de personal.

k) Velar por el cumplimiento de la deontología de la profesión sancionado en el Código de Ética 6 del Psicólogo. l)

Cualquiera otra que asignen las Leyes, la Asamblea Nacional XXXXXX y el Consejo Nacional.

Art. 5o.- Corresponde También al Sindicato como principales funciones: a) Fomentar el espíritu de solidaridad entre sus agremiados y propender a la defensa de sus miembros.

b) Firmar los Convenios Colectivos en representación de todos sus agremiados o cualquier otro convenio entre la Federación y organismos públicos o privados que contraten Profesionales de la Psicología. Los Colegios de Psicólogos activos y Delegaciones de Psicólogos de cada departamento, podrán estar plenamente facultados por delegación formal de la Junta Directiva, para representar a la Federación de Psicólogos de Colombia ante las autoridades. c) Defender al Profesional de la Psicología ante el Estado Colombiano, de las exoneraciones fiscales que se derivan de la aplicación del Art. 3 de la Ley de Ejercicio de la Psicología. d) Celebrar el Día Nacional del Psicólogo, evento de carácter científico, cultural, gremial y social, que se celebra el 20 de noviembre de cada año. Durante esta Celebración, impondrá la Condecoración "Honor al Mérito" a aquellos Profesionales de la Psicología, que cumpliendo con el Art. 13 del Código de Ética, hayan desarrollado meritoria labor en cualquiera de los campos de acción del Psicólogo. e) Las demás atribuciones que les señalan las Leyes y sus Estatutos. Capítulo IV Condiciones de admisión Art. 6o.- Para ser miembro del Sindicato se requiere: a) Ser mayor de edad. b) Es condición indispensable de admisión que se trate de un profesional de la Psicología, quien haya obtenido el Título de Psicólogo, en Universidades reconocidas y autorizadas por el Consejo Nacional de Acreditación (CNA) y demás leyes de la República de Colombia, que ejerzan o no la profesión y cumplan los requisitos señalados en los Artículos 2 y 5 de la Ley de Ejercicio de la Psicología. Capítulo V Obligaciones y derechos de los afiliados