Estatuto General Aneicuc

Descripción completa

Views 24 Downloads 0 File size 252KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

ENTE LOCAL

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! ESTATUTO GENERAL DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA CIVIL DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA CUC, ANEICUC.

CAPITULO I NOMBRE, CONSTITUCIÓN, DOMICILIO, RADIO DE ACCIÓN, DURACIÓN Y COMPOSICIÓN.

Articulo 1. NOMBRE: Con el nombre de ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA CIVIL DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA CUC, también llamada ente local ANEICUC, se establece esta entidad, la cual funcionará de acuerdo a las normas vigentes de carácter comunitario estudiantil y pluralista sin ánimo de lucro, para que dentro de un marco de solidaridad, respeto y entendimiento mutuo, ayude a la construcción de una sociedad más justa, equitativa y ecuánime. La Asociación se regirá mediante la Ley, el reglamento estudiantil de la institución, los presentes estatutos y su sigla será “ANEICUC”.

Artículo 2. DOMICILIO: La Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil ente local CUC tiene su domicilio en la Corporación Universitaria de la Costa CUC, ubicada en la Calle 58 # 55 – 66 de la ciudad de Barranquilla DEIP, República de Colombia.

Articulo 3. RADIO DE ACCION: El radio de acción o de operaciones de la Asociación, comprenderá todo el territorio nacional, pudiendo ser extensiva con asociaciones o grupos de investigación nacionales o de otros países.

Articulo 4. DURACIÓN: La duración de la Asociación es de carácter continuo e indefinido, pero podrá disolverse en cualquier momento, en los casos previstos por la Ley,

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! y por la Asamblea General de Asociados, previo el lleno de los requisitos a que hacen mención los artículos de los presentes estatutos. Articulo 5. COMPOSICIÓN: ANEICUC estará integrada por estudiantes matriculados en el plan de pregrado de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa CUC, por profesionales que hallan sido asociados activos de ANEICUC en su época de estudiantes y personas que según estos estatutos sean asociados honorarios.

C A P I T U L O II MISIÓN, VISIÓN, OBJETO Y FINALIDADES

Articulo 6. MISIÓN: ANEICUC tiene como misión fortalecer la formación académica del estudiante de ingeniería civil, mediante investigaciones, integrando los procesos formativos con la práctica, la revisión constante de la actividad y el conocimiento de la Ingeniería Civil y el trabajo en equipo.

Articulo 7. VISIÓN: En el 2009 ANEICUC será un grupo estudiantil sólido y comprometido con la institución y el ejercicio de la Ingeniería Civil, legalmente adscrito a la Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil.

Articulo 8. OBJETO: El objeto de la Asociación, es integrar a los estudiantes del Programa de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa CUC con el fin de ayudar a su formación científica, tecnológica, cultural y deportiva. Al igual que fomentar el intercambio informativo con otras asociaciones legalmente constituidas en el País y en la Institución, velar por las necesidades y problemas de sus asociados y servir de enlace con las autoridades académicas y administrativas de la Corporación Universitaria de la Costa CUC.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! Articulo 9. FINALIDADES: Dentro de su funcionamiento, se establece las siguientes actividades;

A. ACADEMICAS.- Desarrollar seminarios, conferencias, talleres, foros, visitas técnicas, entre otros, con el ánimo de incrementar la academia y los conocimientos científicos de sus asociados. Su organización, fecha y ejecución estará a cargo de la Junta Directiva y bajo la responsabilidad directa de los respectivos comités.

B. SOCIALES.- Realizará actividades de aporte a la comunidad general y estudiantil, buscando un acercamiento de la Asociación con los estamentos gubernamentales de la región con el fin de realizar actividades relacionadas con la ingeniería y que beneficien a sus asociados y a la comunidad en general.

PARÁGRAFO. Estas actividades sociales estarán a cargo de la junta directiva encabezadas por la Presidencia y la Vicepresidencia.

C. CULTURALES Y DEPORTIVAS.- Realizará actividades de diversa índole cultural y promoverá la práctica deportiva en todas las disciplinas y ramas del deporte, mediante la organización, reglamentación y ejecución de campeonatos.

D. PUBLICITARIAS Y DE DIVULGACION. - Estarán encaminadas a la difusión e información de las actividades propias de la Asociación, y de interés del gremio, así como de las decisiones que tome la Junta Directiva, que deban hacerse públicas. También buscará vínculos con otras asociaciones u organizaciones que puedan servir de ayuda a todas las actividades realizadas por el grupo. Las actividades publicitarias son funciones exclusivas del comité de Comunicaciones y Mercadeo.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

C A P I T U L O III DE LOS ASOCIADOS

Articulo 10. CLASIFICACION: Los integrantes de la Asociación se clasifican en:

A. ASOCIADOS ACTIVOS: Son asociados activos de la ANEICUC, las personas naturales que tienen la calidad de estudiantes, debidamente matriculados y en activo en el programa de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa, y que aportan semestralmente la cuota de la Asociación.

También se consideran asociados activos, los profesionales egresados de la misma facultad y que aporten semestralmente la cuota de la Asociación y sostenimiento.

B. ASOCIADOS HONORARIOS: Son asociados honorarios las personas naturales o jurídicas, que por medio de una voluntaria donación económica, por méritos, o por su vinculación a los objetivos y desarrollo de la Asociación, merezcan formar parte de la misma. La Junta Directiva de la Asociación someterá a consideración y aprobación de la Asamblea General de Asociados, los nombres de estas personas, que ameriten la distinción de asociados. Los asociados honorarios tendrán derecho a voz pero no a voto en las Asambleas, como tampoco a acceder a cargos directos en la Junta Directiva.

Articulo 11. MECANISMOS DE ASOCIACION: La inclusión de nuevos asociados, podrá realizarse en cualquier momento del semestre académico, mediante inducción de los aspirantes, por parte de la Junta Directiva o del Comité de Admisiones y Finanzas, siempre CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! y cuando haga su respectivo aporte por asociación o se acoja a un plan de cuotas, además se carnetizará a los estudiantes para tener un control de los asociados.

PARAGRAFO.- Es impedimento para asociarse el no cumplir con los requisitos de asociación, o haber obrado en contra de la asociación a menos que la junta directiva lo determine.

Articulo 12. REQUISITOS DE ASOCIACION:

A. ASOCIADOS ACTIVOS: Para afiliarse a la Asociación, se requiere:

1. Estar matriculado como estudiante de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa o ser egresado del mismo programa pero que fue miembro de ANEICUC en su época de estudiante de pregrado. 2. Haber cancelado la cuota de asociación de acuerdo al valor fijado para la fecha de pago. 3. Diligenciar el formulario de inscripción.

B. ASOCIADOS HONORARIOS: La admisión de los asociados honorarios, se hará, mediante solicitud escrita o verbal que haga el aspirante, o mediante distinción otorgada por la Junta Directiva, previa aprobación de la Asamblea General de Asociados.

Articulo 13. DEBERES DE LOS ASOCIADOS: Son deberes de los asociados los siguientes: a.

Comportarse siempre con espíritu cooperativo y de Asociación en sus actuaciones, tanto con los miembros de la Junta Directiva como con los demás asociados.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! b. Realizar cumplidamente el pago de sus obligaciones financieras que llegara a contraer con la Asociación, incluida en estas la cuota semestral de sostenimiento. c.

Conocer y comprometerse a cumplir fielmente los presentes estatutos reglamentos, acuerdos y resoluciones, tanto de la Asociación como de la Junta Directiva, así como el código de ética profesional.

d. Concurrir

puntualmente

a

las

Asambleas

Generales

ordinarias

y/o

extraordinarias que se programen tanto por la Junta Directiva, como por el Coordinador de Comunicaciones y Mercadeo o por el porcentaje de asociados de que se habla más adelante, y aceptar y cumplir las decisiones que se tomen en ellas. e.

Servir a la Asociación para ser útil sin la necesidad de obtener favores personales.

f.

Revisar su correo electrónico institucional diariamente.

g. Ejercer la crítica en forma responsable, constructiva, seria y respetuosa cuando hubiere lugar a ella. h. Desempeñar a cabalidad las tareas, comisiones y obligaciones encomendadas por la Asociación o la Junta Directiva, o de lo contrario hacerse acreedor a las sanciones previstas en los presentes estatutos.

Articulo 14. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS: Son derechos de los asociados los siguientes: a. Elegir y ser elegido para desempeñar cargos en la Junta Directiva, siempre y cuando se encuentre a paz y salvo financiero con la Asociación a la fecha en la cual se realicen dichas elecciones, y no incurra en los impedimentos presentes en éstos estatutos. b. Participar y opinar en las deliberaciones de la Asamblea General, como en la Junta Directiva y los Comités de trabajo cuando se forme parte de estos últimos o halla sido invitado a ellos. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! c. Recibir respuesta oportuna de las inquietudes, quejas o reclamos por parte de la Junta Directiva, por el mismo medio en el cual fueron formuladas (verbal o escrita). d. Ser informado oportunamente a sus decisiones y gestiones que desarrolle la Junta Directiva. e. Hacer uso de los diferentes servicios que preste la Asociación. f. Como asociado podrá desempeñar el papel de veedor de las acciones que desarrollen los diferentes cuerpos o autoridades de la Asociación, exigiendo de éstos respeto, pronta respuesta a sus inquietudes y solución a sus quejas y reclamos. g. Retirarse voluntariamente de la Asociación. h. Aplicar el recurso de apelación y defensa, cuando hubiere lugar a ella. i.

Los demás que se deriven de los presentes Estatutos y Reglamentos.

PARAGRAFO. Los derechos acordados en los ordinales anteriores, sólo podrán ser ejercidos por los asociados que se encuentren a paz y salvo y al día en el cumplimiento de sus obligaciones con la Asociación.

Articulo 15. PERDIDA DE LA CALIDAD COMO ASOCIADO: La calidad de asociado se pierde: a. Por no cancelar cumplidamente la cuota semestral de sostenimiento. b. Por retiro o expulsión de la Universidad. c. Por cambio de programa de estudios. d. Por faltar a los deberes que determinan los presentes estatutos y reglamentos de la Asociación. e. Por determinación de la Asamblea General, previo el lleno de las formalidades estatutarias, entre ellas el concepto del Presidente. f. Dar mala imagen por medio del comportamiento personal ante el gremio estudiantil y/o la sociedad en general. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! g. Violación del Código de Ética Profesional. h. Las demás que se deriven de los presentes Estatutos y Reglamentos.

PARAGRAFO. Sea cual fuere la causa para la pérdida de la calidad de asociado, no habrá reembolso de la o de las cuotas de afiliación y/o sostenimiento con que ha contribuido el asociado.

Articulo 16. DE LAS CUOTAS DE ASOCIACION Y SOSTENIMIENTO.

A. CUOTA DE ASOCIACION: La cuota de asociación que deben pagar todos los asociados será determinada por resolución de la Junta Directiva en acuerdo de la Asamblea General. B. CUOTA DE SOSTENIMIENTO: La cuota de sostenimiento tendrá igual valor de la cuota de asociación. Esta se cancelará en los semestres posteriores al pago de la cuota de afiliación.

C A P I T U L O IV DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Articulo 17. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO: La organización y gobierno de la Asociación, se establece así: a. Asamblea General de Asociados. b. Junta Directiva. c. Comités de trabajo.

Articulo 18. DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS: La Asamblea General es la máxima autoridad de la Asociación y estará compuesta por todos los asociados y la Junta Directiva, y en ella se debaten todos los temas e ideas que lleven tanto la Junta CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! Directiva como los representantes, y las decisiones se tomarán por el voto de la mayoría que en ellas se encuentre presentes.

Articulo 19. La Asamblea General de Asociados se reunirá al menos cada 3 semanas, en el día y la hora que se establezca, representa válidamente a la totalidad de los asociados de la ANEICUC y constituirá quórum legal, para tomar decisiones válidas, la asistencia de la mitad más uno del total de los integrantes de la Asamblea.

PARAGRAFO 1. Si transcurridos treinta (30) minutos, de la hora fijada para la iniciación de la Asamblea no se ha completado el quórum reglamentario la Asamblea podrá reunirse y tomar decisiones válidas con el número de asistentes que se registraron en el momento, siempre y cuando no sea inferior al diez por ciento (10%) del total con que cuenta la Asamblea. El Presidente será responsable del cumplimiento de esta disposición.

PARAGRAFO 2. La Asamblea General de Asociados, se reunirán extraordinariamente cuando sea convocada por motivos puntuales por la Junta Directiva, por el Presidente, y/o por un número de más del 30% de los representantes de los asociados. Y se comunicará mediante correo electrónico, que deberá contener: 1. Lugar, fecha y hora de reunión. 2. Orden del día de los asuntos a tratar. 3. Nombre, cargo y firma, de quien ordena la convocatoria.

La comunicación de la convocatoria, deberá fijarse con una antelación no inferior a tres (3) días a la fecha o día de reunión. A las reuniones de Asamblea General de Asociados, pueden asistir los representantes de los asociados y honorarios de la Asociación, así como personas ajenas a la misma, siempre y cuando sean invitadas por la Junta Directiva bien sea a rendir informes, conceptos o trabajos encomendados. Estas últimas tendrán derecho a voz pero no al voto en las deliberaciones. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

PARAGRAFO 4. Los asociados podrán convocar a Asamblea General de asociados, previo el cumplimiento del siguiente procedimiento: a. Un número de más del treinta por ciento (30%) de los asociados, deberá avalar con su firma autógrafa y el respectivo número del carnet estudiantil, carnet de asociación, el acta de convocatoria. b. La convocatoria previo cumplimiento del punto anterior, se fijará por correo electrónico, para su difusión y conocimiento y es obligatorio incluir en dicho comunicado, la hora, lugar y fecha de reunión.

Articulo 20. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS: Son funciones indelegables de la Asamblea General de Asociados, las siguientes:

a. Presentar al Presidente, al Vicepresidente y a los miembros de la Junta Directiva elegidos en las votaciones pasadas ante los asociados, para que empiecen a ejercer sus funciones durante el periodo para el cual fueron elegidos.

b. Aprobar el presupuesto que en proyecto le presente la Junta Directiva, para periodos de un semestre.

c. Aprobar la modificación, adición o adopción de estatutos, que en proyecto le presente la Junta Directiva.

d. Asesorar a la Junta Directiva y comunicarles las inquietudes de los asociados.

e. Socializar todas las decisiones tomadas por la Junta Directiva.

f. Fallar en última instancia las apelaciones de exclusión de asociados que halla hecho la Junta Directiva. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

Articulo 21. DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Asociación tendrá una Junta Directiva de siete (7) miembros conformada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario(a) y los Coordinadores de los diferentes comités y reconocida por la Asamblea General de Asociados, para periodos de dos semestres académicos, sin perjuicio de que los nombramientos, sean revocados libremente en cualquier tiempo por razones motivadas y avaladas por la Asamblea General.

PARAGRAFO 1. La Junta Directiva se reunirá periódicamente con intervalos no mayores a un (1) mes, en día y hora que reglamente la misma Junta, y extraordinariamente cuando sea convocada para tratar asuntos puntuales, por el Presidente, el Vicepresidente o por la mitad más uno de sus componentes.

PARAGRAFO 2. Será quórum reglamentario para sesionar y tomar decisiones válidas por la Junta Directiva, la asistencia de la mitad más uno de sus componentes.

PARAGRAFO 3. Los miembros de Junta Directiva, que no se hagan presentes en las reuniones legalmente convocadas por dos veces consecutivas sin justa causa, deberán ser sancionados y podrán ser dimitidos de su cargo previa aprobación de la Asamblea General de Asociados.

PARAGRAFO 4. Las sanciones a los miembros de la Junta Directiva serán las mismas que para cualquier miembro del grupo.

Articulo 22. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA: Son atribuciones indelegables de la Junta Directiva, las que a continuación se establecen:

a. Proponer y ejecutar actividades que cumplan con los objetivos de la Asociación. b. Ejecutar las disposiciones emanadas de la Asamblea General de Asociados. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! c. Expedir resoluciones y acuerdos, que deberán presentarse posteriormente a la Asamblea General para su aprobación. Entre estos se incluyen el Reglamento de Multas y Sanciones y el acuerdo de tarifas de admisión y sostenimiento. d. Velar por el estricto cumplimiento de los presentes estatutos y las órdenes emanadas de la Asamblea General de Asociados. e. Presentar el proyecto de presupuesto a la Asamblea General, para su aprobación. f. Ejecutar el presupuesto una vez aprobado. g. Presentar las cuentas y balances a la Asamblea General semestralmente, para su finiquito. h. Procurar la armonía entre los asociados y ser orientadora en todos los aspectos. i.

Elegir delegados para que representen a la Asociación, en todos aquellos eventos de interés para los estudiantes asociados.

j.

Crear los cargos que considere necesarios para la buena marcha de la Asociación, fijar las asignaciones y efectuar los nombramientos y despidos.

k. Comprar y enajenar bienes muebles e inmuebles. l.

Proponer las posibles reformas a los estatutos.

m. Las demás que se le asignen por la Ley y los presentes Estatutos.

Articulo 23. DE SUS FUNCIONES: Son funciones de cada uno de los miembros de la Junta Directiva las siguientes.

Articulo 24. DEL PRESIDENTE: El Presidente es la cabeza del grupo ANEICUC, cumple la función primordial de ser el representante de la universidad ante la ANEIC. Sus funciones son las siguientes:

1. Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! 2. Velar por que se cumplan las disposiciones consignadas en el presente reglamento, y en caso de incumplimiento, denunciarlo y tomar las medidas pertinentes. 3. Elaborar conjuntamente con el Vicepresidente y la Secretaria, la agenda de las sesiones de la Junta Directiva. 4. Firmar, conjuntamente con el Vicepresidente, los acuerdos extendidos por la Junta Directiva. 5. Presidir los actos públicos de la Junta Directiva. 6. Coordinar globalmente las actividades o eventos que el grupo realice o asista y velar que las funciones se cumplan adecuadamente. 7. Proponer a la Junta Directiva, la realización de estudios encaminados a obtener una mejor utilización de los recursos del Grupo. 8. Generar ideas, proyectos y actividades para el grupo y discutirlas en la junta directiva. 9. Presentar a la Junta Directiva y la Asamblea General, conjuntamente con el Coordinador de Finanzas y Admisiones, los informes de la ejecución del presupuesto y los estados financieros. 10. Presentar a la Junta Directiva, conjuntamente con el Vicepresidente, los proyectos de suscripción de convenios. 11. Cumplir con la función fiscal en el grupo, revisar los fondos, los resultados de las decisiones, los estatutos y verificar que se apliquen y cumplan las multas y sanciones. 12. Representar a la Junta Directiva siempre y cuando todos sus integrantes tengan algún impedimento para asistir. 13. Las demás que se deriven de los Estatutos y Reglamentos.

PARÁGRAFO 1: El presidente será el Representante Legal de la Asociación durante su período administrativo.

Articulo 25. DEL VICEPRESIDENTE: Son funciones del Vicepresidente:

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! a. Reemplazar al Presidente en todas las faltas temporales o absolutas mientras esté vigente su periodo. b. Coordinar las actividades que el Presidente disponga a su cargo. c. En ejercicio del cargo de Presidente encargado, tendrá los mismos derechos y obligaciones del titular. d. Coordinar las actividades administrativas de la Junta Directiva. e. Conjuntamente con el Presidente y el Coordinador de Finanzas, elaborar el presupuesto de gastos e inversión semestral para ser presentado a la Asamblea general para su aprobación. f. Es la responsable junto con el Coordinador de Finanzas, de los recaudos por las actividades que generan ganancias económicas para la Asociación. g. Será el encargado de manejar el banco de programas y proyectos de la Asociación, y creará el manual de formulación de proyectos. h. Es el encargado llevar a cabo los proyectos emanados por los asociados y por la Junta Directiva a realizarse en nombre de la Asociación. i.

Juntamente con el Presidente será la encargada en la identificación, formulación y presentación de proyectos emanados de la Asociación ante entidades territoriales

j.

Con el Presidente, cumplir con la función fiscal en el grupo, revisar los fondos, los resultados de las decisiones, los estatutos y verificar que se apliquen y cumplan las multas y sanciones.

k. Todas aquellas que se deriven del presente reglamento.

Articulo 26. DE LA SECRETARIA GENERAL: Son funciones indelegables de la Secretaría:

a. Llevar el control de asistencia a las reuniones de la Junta Directiva y la Asamblea General.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! b. Llevar el archivo de actividades, de actas, de control de reuniones con fecha, lugar y hora de la junta, de balances financieros, balances de visitas empresariales y balances de actividades y eventos ya sea como realizadores o asistentes, todo con visto bueno del presidente de ANEICUC. c. Generar, junto con el Vicepresidente el cronograma de reuniones de la junta directiva y la asamblea general. d. Todas aquellas que se deriven del presente reglamento.

Artículo 27. COMITÉ DE LOGÍSTICA: El comité de logística tiene a su cargo la ejecución de todas las actividades del grupo ANEICUC, para tal efecto contará con todo el apoyo de los diferentes comités y de la Junta Directiva. En general sus funciones son:  Gestionar el espacio.  Mantener la seguridad.  Organizar todas las operaciones de transporte, información y movilización de todos los asistentes a los eventos y actividades que se estén llevando a cabo.  Controlar el personal asistente a los eventos y actividades.  Garantizar el Bienestar del Grupo, los asistentes y los Conferencistas si los hubiera, en cualquier evento o actividad.  Ambientación y consecución de los escenarios.  Las demás que requiera la actividad del grupo.  Presentar y llevar a cabo su programa piloto de gestión y actividades.

Cargos:  Coordinador de Logística: Tiene a su cargo la coordinación, organización, dirección y responsabilidad de las funciones del Comité de Logística.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!  Asistentes de logística: Los asistentes de logística tienen a su cargo la ejecución de las funciones del comité de logística y estarán bajo la dirección del Coordinador de Logística.

PARÁGRAFO 1: Si una actividad no requiere del número total de asistentes de logística para su ejecución, el Coordinador de Logística podrá seleccionar un número adecuado de estos para que se encarguen del trabajo solicitado, aunque esto no exime a los restantes, su asistencia, participación, colaboración y en caso de ser necesario, la asignación de actividades imprevistas. Para una siguiente actividad en donde de igual forma no se requiera de mucho personal de logística el Coordinador de Logística seleccionará al grupo que no tuvo funciones en la anterior actividad.

Artículo

28:

COMITÉ

DE

INVESTIGACIÓN

CIENTÍFICA

Y

DE

CAPACITACIÓN: El Comité de Investigación Científica será el cuerpo organizador de ANEICUC, tiene a su cargo las siguientes funciones:  Gestión de actividades investigativas.  Convenios.  Realización del Cronograma de Actividades del grupo ANEICUC.  Contactar los ponentes y conferencistas que se requieran para cualquier actividad, también deberá garantizar su atención, bienestar y comodidad, para tal efecto contará con la ayuda del Comité de Logística.  Diseño y estructuración de las Actividades (presentación, justificación, objetivos, cronograma de trabajo, control de tiempos, elaboración del presupuesto (con la junta directiva) y balance de la actividad como documento escrito, con fotografías).  Presentar y llevar a cabo su programa piloto de gestión y actividades.  Conducir la labor de investigación en el grupo, promover la formación de semillero de investigación.  Organizar visitas empresariales o a otras universidades, y realizar su respectivo balance. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!  Organizar cursos de capacitación, formación integral, cívica y moral, para el grupo ANEICUC y/o todos los estudiantes de Ingeniería Civil o la comunidad universitaria.  Organizar viajes y actividades que tengan como objetivo el aprendizaje.

Cargos:  Coordinador científico y de capacitación: Tiene a su cargo la coordinación, organización, dirección y responsabilidad de las funciones del Comité Científico y de Capacitación, con la función exclusiva de ser el responsable de la generación de los balances.  Asistentes del Comité Científico y de Capacitación: Tienen a su cargo la ejecución de las funciones del comité científico y de capacitación y estarán bajo el mando del coordinador científico y de capacitación.

Artículo 29. COMITÉ DE COMUNICACIÓN Y MERCADEO: El comité de comunicación y mercadeo es el órgano encargado de la vocalía, promoción y comunicación del grupo ANEICUC, sus funciones son:  Llevar a cabo la comunicación interna del grupo, por cualquier medio (cartelera, verbal, email, página web, etc.).  Mantener informada a toda la comunidad universitaria (estudiantes, docentes y directivos), en especial los estudiantes de ingeniería civil, acerca de los fines, el desarrollo y las actividades del grupo ANEICUC.  Permanecer en contacto con las directivas nacionales de la ANEIC y los entes locales vecinos.  Hacer la publicidad del grupo, promoción de las actividades y labor de imagen, por medio de emails, folletos, carteleras, pasacalles, boletín informativo, página web institucional y/o del grupo, programa de comunicaciones de la institución. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!  Coordinar, junto con la oficina de producción intelectual de la institución, la creación, ejecución y circulación de la revista o Boletín del grupo ANEICUC.  Crear, publicar por un medio gratuito y mantener actualizada una página web del grupo ANEICUC.  Obtener un espacio en la página web de la institución y mantenerlo actualizado.  Conseguir patrocinios de empresas o entidades.  Consecución del apoyo institucional.  Hacer investigación de expectativas de la comunidad universitaria, conocer sus opiniones e ideas, por medio de correo electrónico, encuestas, etc.  Realizar la evaluación de resultados de los eventos y actividades de ANEICUC, por medio de encuestas a los asistentes, donde se le pidan sugerencias y opiniones.

Cargos:

Coordinador de Comunicación y Mercadeo: Tiene a su cargo la coordinación, organización, dirección y responsabilidad de las funciones del Comité de Comunicación y Mercadeo. Cumple la función específica de la comunicación interna en el grupo, de mantener informados a todos los integrantes acerca de las decisiones tomadas en la junta directiva, además, es el representante de la asamblea en la junta directiva, deberá estar atento de la necesidad de convocar una asamblea general como en el caso de elecciones, pues a él le corresponde.

Asistentes de Comunicación y Mercadeo: Tienen a su cargo la ejecución de las funciones del comité de Comunicación y Mercadeo, estarán bajo el mando del coordinador de Comunicación y Mercadeo.

Artículo 30. COMITÉ DE ADMISIONES Y FINANZAS: El comité de admisiones y Finanzas es el órgano encargado de la revisión y control fiscal en el grupo, y de las admisiones de nuevos miembros, sus funciones en general son: CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

 Llevar el registro y control de admisiones, para lo cual deberá recolectar y actualizar toda la información personal y académica pertinente como nombres y apellidos completos, semestre, teléfonos, comité al que pertenece, etc.  Se encarga de controlar los pagos por admisiones y llevar su control, asimismo si este se financió deberá controlarse las fechas de pago.  Velar por la adjudicación de las Multas y Sanciones económicas y llevar el control de estos pagos.  Llevar el balance económico del grupo, ingresos, egresos, concepto, etc.  Diseñar actividades para la consecución de recursos.  Cumple las funciones de tesorería.  Se encarga, con la junta directiva, de diseñar los presupuestos para las actividades y eventos, y controlar los ingresos que por estos se generan.  Hacer el balance económico de cada actividad, discriminado a No, Fecha, Concepto, Beneficiario, quien realizó el gasto y valor, con sus respectivas facturas. Al final deberá hacerse un análisis de gastos y presentarse en un gráfico por finalidad, agrupando como gastos de Bienestar del Grupo y/o asistentes, atención a los ponentes, Publicidad, logística, organización y ejecución del evento, etc.  En general, todas las actividades que requieran la administración de recursos.

Cargos:

Coordinador de Admisiones y Finanzas: Tiene a su cargo la coordinación, organización, dirección y responsabilidad de las funciones del Comité de Admisiones y Finanzas. Cumple la función específica de ser el tesorero del grupo y mantener informados a todos los integrantes acerca de los gastos y balances económicos.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! Asistentes de Admisiones y Finanzas: Tienen a su cargo la ejecución de las funciones del comité de Admisiones y Finanzas, estarán bajo el mando del coordinador de Comunicación y Mercadeo.

CAPITULO V PROCESO ELECTORAL

Articulo 31. ELECCIONES PARA JUNTA DIRECTIVA: Las elecciones para Presidente, Vicepresidente, Secretario(a) y Coordinadores de comité, serán convocadas por el Presidente, con una antelación mínima de quince (15) días al día de las elecciones las cuales se harán por votación popular y podrán participar todos los asociados activos. Los requisitos para aspirar a cualquier cargo son:

1. Ser asociados activos. 2. Estar a Paz y Salvo económicamente con el Grupo. 3. Tener un registro en lo posible impecable de Multas y Sanciones. 4. Demostrar interés en las acciones del grupo.

Para el Presidente y Vicepresidente, tener una antigüedad de por lo menos un semestre en el grupo. Será de carácter obligatorio, para aspirar a cualquier cargo, realizar campaña electoral con el ánimo de fortalecer la democracia.

Cada uno de los cargos debe ser debidamente reconocido por la Asamblea General de Asociados, para periodos de dos semestres académicos, sin perjuicio de que los nombramientos, sean revocados libremente en cualquier tiempo por razones motivadas y avaladas por la Asamblea General, en este caso el cargo es ocupado por la persona que haya obtenido la segunda mayor votación en las respectivas votaciones, o si el 50% + 1 de la Asamblea General lo decide, deben realizarse nuevas elecciones a dicho cargo. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

CAPITULO VI DEL PATRIMONIO

ARTÍCULO 32.

ACTIVO PATRIMONIAL. El activo patrimonial estará constituido por todos los bienes que ingresen por concepto de contribuciones, cuota de asociación, aportes, donaciones y los que provengan de cualquier actividad que efectúe la Asociación. El patrimonio pertenece a los asociados y será responsabilidad de la Junta Directiva su administración y custodia.

CAPITULO VII DE LA REFORMA DE ESTATUTOS, DISOLUCION Y LIQUIDACION

ARTÍCULO 33. DE LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS Para acordar una reforma estatutaria se requiere de lo siguiente:

a. Que la Junta Directiva o un Asociado Activo u Honorario recomiende a la Asamblea de Asociados la reforma o adición a los estatutos.

b. Que la Asamblea General nombre una comisión para estudiar la propuesta de adición o reforma de estatutos.

c. Previo estudio de la comisión, se citará a Asamblea General Extraordinaria en donde la Asamblea en pleno aprueba o reprueba el proyecto de reforma o adición a los estatutos redactado por la comisión nombrada para tal efecto.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro! d. La Junta Directiva en cabeza de su Presidente sanciona y promulga mediante el acuerdo respectivo la decisión aprobatoria dentro de los cinco (5) días siguientes, el cual comunicará mediante publicación expresa en la cartelera de información de la Asociación.

PARÁGRAFO 1. El número de integrantes de la comisión debe ser como mínimo tres asociados.

PARÁGRAFO 2.El proyecto de reforma de estatutos presentado por la comisión deberá ser sustentada explicando los cambios realizados.

ARTICULO 34. DE LA REVISIÓN DE ESTATUTOS. En caso de no presentarse una propuesta de reforma de Estatutos durante dos años a partir de la fecha en la que se hizo la última adopción de Estatutos, la Junta Directiva deberá conformar una comisión de estudio y reforma de estatutos que lo revise para introducir posibles cambios a los artículos aquí propuestos.

ARTÍCULO 35. CAUSALES DE LA DISOLUCION Son causales de la disolución los siguientes:

1. La imposibilidad de cumplir el objeto estipulado en el artículo 6º del presente estatuto por causas ajenas a la voluntad de los asociados. 2. Por la desvinculación de las 2/3 partes de los asociados activos de la Asociación, sustentada de forma escrita y con sus firmas autógrafas. 3. Por la forzosa desaparición del programa de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa ANEICUC ¡Juntos Construyendo Futuro!

ARTÍCULO 36.

PROCEDENCIA DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION

De conformidad con lo establecido en el artículo 35 del presente estatuto la Junta Directiva designará a uno de sus miembros por voto unánime quien cumplirá las funciones de liquidador en el cual recaerá la ejecución de los siguientes actos: a. Confrontará el inventario de bienes muebles e inmuebles por medio de oficio librado por la secretaria general de la Asociación. b. Verificará el balance de ingresos y egresos presentados por el respectivo Tesorero de la Asociación.

Una vez el liquidador halla realizado los anteriores actos procederá a la liquidación efectiva de la siguiente forma:

1. Los bienes muebles e inmuebles pasarán a la dotación de la biblioteca y a la implementación de los laboratorios de la Facultad de Ingeniería Civil de la Corporación Universitaria de la Costa, salvo que la disolución proceda de la causal tercera del artículo 36 del presente estatuto, caso en el cual dichos bienes pasarán exclusivamente en poder de la biblioteca de la Corporación Universitaria de la Costa.

2. Una vez el liquidador halla recibido el balance de ingresos y egresos y de haber solucionado todas y cada una de las obligaciones contraídas por la Asociación y quedaran dineros excedentes estos se destinarán para la compra de libros, especialmente relacionados con la Ingeniería Civil, los cuales serán donados en su totalidad a la biblioteca de la Corporación Universitaria de la Costa.

3. Cumplido por el liquidador el procedimiento anterior diligenciará la inscripción de liquidación de la Asociación en el respectivo registro de la Cámara de Comercio conforme a lo establecido por la ley y los estatutos.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE LA COSTA, CUC CALLE 58 NO. 55-66, BARRANQUILLA