Estado Compuesto

ESTADO COMPUESTO Podemos definir a los Estados compuestos como aquellos que poseen varios centros de impulsión política

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ESTADO COMPUESTO Podemos definir a los Estados compuestos como aquellos que poseen varios centros de impulsión política y gubernamental. El poder político, en la totalidad de sus atributos y funciones, proviene, emana o surge de una pluralidad de Estados, los cuales subsisten, al menos en forma disminuida, a pesar de su unión. Diferencia entre Descentralización y Federación Estado Descentralizado Según Georges Vedel “la descentralización consiste en delegar poderes de decisión en órganos distintos de los simples agentes del poder central, no sometidos al deber de obediencia jerárquica y que frecuentemente son elegidos por los ciudadanos interesados”. Para André de Laubadére el término descentralización “despierta la idea de una colectividad local, que ha pesar de estar incluida en otra colectividad más grande, se administra a sí misma y dirige sus propios negocios” En su acepción gramatical el diccionario de la Lengua Española, en su vigésima segunda edición, tomo 4 dice que descentralizar significa “transferir a diversas corporaciones o personas una parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado” Para Libardo Rodríguez en su libro Derecho Administrativo general y colombiano, la descentralización es “la facultad que se les otorga a las entidades públicas diferentes del Estado para gobernarse por sí mismas, mediante la radicación de funciones en sus manos para que las ejerzan autónomamente”. Afirma este tratadista, que desde el punto de vista jurídico solo se habla de descentralización administrativa, pues aunque podría hablarse de descentralización legislativa y judicial estás son expresiones del fenómeno federal. A partir de estas definiciones se puede inferir que la descentralización es: El otorgamiento de funciones administrativas por parte del Estado a entidades territoriales, a entidades que desarrollen actividades técnicas o especializadas y a personas que de acuerdo con la normatividad vigente, estén autorizadas para ejercer funciones públicas, para que sean ejercidas autónomamente manteniendo la autoridad central control de tutela con la finalidad de coordinar las políticas generales del estado. ELEMENTOS a) la descentralización implica la existencia de un ente con capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones, esto es, con personalidad jurídica b) implica la existencia de necesidades locales o asuntos que requieran una administración especializada lo cual justifica la figura. c) requieres autoridades propias encargadas de la administración de la persona jurídica d) supone autonomía patrimonial y financiera. La primera consiste en tener un patrimonio propio y administrarlo independientemente y, la segunda, en procurarse sus propios ingresos y decidir la forma de emplearlos e) debido a que la autonomía no es absoluta, por la necesidad de coordinar las políticas y programas del estado existe un control de tutela gubernamental. Modalidades La descentralización puede revestir tres formas: Territorial Por servicios y Por colaboración Descentralización territorial.

Consiste en el otorgamiento de competencias o funciones administrativas a entidades regionales o locales, para que las ejerzan en su nombre y bajo su responsabilidad, de forma autónoma Descentralización funcional o por servicios Consiste en el otorgamiento de competencias funciones administrativas a entidades que se crean para ejercer actividades especializadas que puedan ser la prestación de servicios o la realización de actividades de interés público o social. En Colombia se manifiesta por medios de los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de la economía mixta, empresas sociales del estado, entes universitarios autónomos, entre otros. Descentralización por colaboración. Consiste en el ejercicio de funciones administrativas o prestación de servicios públicos no inherentes al estado, por partes de personas naturales y jurídicas privadas “en las condiciones que determine la ley” a través de esta se aprovechan, la experiencia y la eficacia privada para el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios, satisfaciendo necesidades de cualquier orden (nacionales o locales), dependiendo del órgano estatal que emplee este mecanismo. El Estado unitario Descentralizado es un Estado simple en el cual ciertas entidades territoriales tienen una esfera de competencia que le es propia y la ejercen a través de órganos de su propia escogencia y no mediante funcionarios delegados del poder central. Esta escogencia implica el reconocimiento o creación de entidades territoriales, estas entidades gozan de: ÿ ÿ ÿ ÿ ÿ ÿ

Personalidad jurídica Autonomía financiera Escogen por medio de elecciones a los órganos locales Se distinguen los asuntos locales y los nacionales En lo cultural se toma en cuenta la realidad social de la región Para su planificación se generan polos de desarrollo propios Estado Federal Es una asociación de Estados en el cual los miembros están sometidos, para determinadas materias, a un poder central único, pero conservan autonomía para el ejercicio de funciones administrativas y políticas. En esta forma de Estado la soberanía es única y reside en el Estado Federal, quien en al ámbito internacional es el titular de la personalidad jurídica de la federación. No obstante, los miembros son verdaderas formaciones estatales y no simples unidades territoriales con funciones administrativas, participando en el ejercicio de la soberanía pero limitados a su circunscripción territorial y a determinadas materias. Según Jaime Vidal Perdomo “el sistema federal resulta de un movimiento de varios Estados independientes que se vinculan por medio de un pacto federal los Estados Unidos de Norteamérica y Canadá, por ejemplo, nacieron de esta manera. El movimiento puede ser centrífugo por el debilitamiento de los poderes centrales en sus relaciones con los territorios integrantes, como en el caso de los federalismos latinoamericanos México, Venezuela, Brasil y Argentina. Se caracteriza porque el Estado federal ejerce la función constitucional, legislativa, ejecutiva y jurisdiccional a través de unos órganos nacionales en cuya conformación participan los estados federados; a su vez, estos en su espacio territorial ejercen las funciones legislativa, ejecutiva, jurisdiccional y de control por medio de órganos propios, independiente de los órganos nacionales.

Una federación es un estado compuesto por regiones que se autogobiernan (a las cuales también se llega a dar con frecuencia el nombre de "estados") unidas bajo un gobierno central ("federal"). En una federación el estatus de autogobierno de las regiones que lo componen está sancionado por su constitución y no puede alterarse unilateralmente por decisión del gobierno central.

Un Estado federal es la porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque sometidos en ciertos asuntos a las decisiones del gobierno federal central. Las federaciones pueden ser multiétnicas o extenderse por amplios territorios, aunque no necesariamente ha de darse alguna de estas situaciones. Con frecuencia las federaciones se constituyen sobre un acuerdo original entre estados soberanos. Los estados que forman la federación no suelen tener derecho a separarse unilateralmente de la misma. Entre las federaciones más significativas de nuestros días se encuentran los Estados Unidos, Brasil, la India, Alemania, México y Venezuela. La forma de gobierno o estructura constitucional que caracteriza a una federación se conoce como federalismo. El Estado federal es una asociación de Estados sometidos por una parte a un poder único, y por otra parte, conservando su independencia.