Ensayo Trata de Personas

INTRODUCCIÓN La trata de personas es un tema que a medida que pasa el tiempo se agrava mucho más, en nuestro país cada v

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INTRODUCCIÓN La trata de personas es un tema que a medida que pasa el tiempo se agrava mucho más, en nuestro país cada vez vemos como son más las víctimas de estos delitos, desde trata de niños hasta la trata de blancas, el índice de niños secuestrados va en avanza y cada año son más los casos que se reportan y lo más preocupante es que la nula respuesta de las autoridades es demasiado preocupante. En nuestro entorno muchas personas colaboran con este delito, aunque de manera indirecta, lo podemos observar en las personas que van a trabajar a otro lado o viajan hacia Estados Unidos como inmigrantes, las personas colaboran de manera indirecta con este delito. El negocio de la trata de personas ha incrementado en los últimos años a nivel mundial debido principalmente a la pobreza que se vive en todas las regiones del mundo y al aumento de la migración. El surgimiento de diversas modalidades de este delito y de redes del crimen organizado que utilizan al máximo los recursos tecnológicos, económicos y humanos con que cuentan han provocado que cada día sea un reto para las autoridades poder detectarlas, combatirlas y darles una atención integral a las víctimas, quienes en su mayoría son niños, niñas, adolescentes y mujeres.

TRATA DE PERSONAS La trata de personas es un problema pues consiste en una violación a los derechos humanos, coarta la libertad de las personas que son víctimas y pone en peligro su vida, integridad física y mental. En la actualidad es uno de los problemas más graves que afecta a las sociedades del mundo, sin importar si el país es desarrollado o subdesarrollado y aunque puede afectar a hombres y mujeres por igual, son las mujeres, adolescentes, niños y niñas los que corren más riesgo de ser víctimas; los factores de vulnerabilidad pueden ser la falta de educación, falta de fuentes de empleo, pobreza, violencia intrafamiliar, violencia sociopolítica, baja autoestima, antecedentes de maltrato físico y psicológico, abuso sexual, prostitución, desconocimiento de los alcances reales de la trata, casos en que las mujeres son cabeza del hogar, entre otros. La trata es considerada la esclavitud del siglo XXI y ocupa el lugar del tercer negocio más lucrativo en todo el mundo; el primer lugar es ocupado por el tráfico de drogas y el segundo por el tráfico de armas. En el ámbito de las relaciones internacionales, la trata de personas se convierte en uno de los factores que altera las relaciones entre Estados, principalmente porque las redes del crimen organizado han trascendido fronteras y trabajan utilizando al máximo todos los recursos humanos, económicos, tecnológicos con que cuentan por lo que ya no sólo es necesaria la acción del Estado a nivel interno, sino que resulta sumamente importante la relación multilateral con los países de origen, tránsito y destino de las víctimas y de los victimarios. La desigualdad existente entre los países y regiones del mundo ha provocado que los habitantes de las zonas pobres emigren a otros países o a ciudades urbanizadas en busca de mejores oportunidades de vida, por lo que la migración se ha convertido en la principal causa de la trata de personas. Guatemala, debido a su posición geográfica y a los vacíos existentes principalmente en seguridad y justicia, se ha convertido en país de origen, tránsito y destino de presuntas víctimas de trata de personas; esto se da principalmente en las ciudades fronterizas y en las ciudades que han alcanzado un mayor desarrollo. Resulta prácticamente imposible medir la

magnitud de la trata de personas debido a su naturaleza clandestina; en muchos países hay ausencia de legislación relativa a este tema, en algunos países donde existe, se refiere únicamente a la explotación sexual comercial y en otros se refiere exclusivamente a la explotación de menores de edad y no se incluye a mujeres y hombres en la edad adulta. Las víctimas de trata de personas que son trasladadas al exterior de sus países de origen son detectadas solamente como migrantes irregulares y por su misma situación ilegal no acuden a las oficinas migratorias. (BARRERA, 2010) A pesar de que el fenómeno de la trata de personas es reciente y se presenta en diversas modalidades, sus raíces se pueden encontrar tanto en el comercio de esclavos como en el de mujeres. Este fenómeno también representa una de las violaciones más graves a los derechos humanos ya que atenta contra la vida, la libertad y la integridad de sus víctimas y de acuerdo al informe presentado por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en febrero del año 2009, la trata de personas es considerada como el tercer negocio más lucrativo del mundo, después del comercio de drogas y el de armas. El tráfico de mujeres y la prostitución en América Latina y el Caribe inició en la época de la conquista, cuando los españoles tomaban o entregaban el “botín de mujeres” al vencedor, cumpliendo con la “ley de guerra”; este fue el origen del comercio sexual en la región y de los establecimientos para su ejercicio. Después de las guerras mundiales se observó también un incremento considerable del tráfico de mujeres motivado por el deseo de huir del hambre y del horror de la guerra; ambas situaciones de vulnerabilidad provocaron que las mujeres europeas fueran presa fácil de los traficantes. La trata de personas es un delito grave, proveniente del crimen organizado; el cual requiere de un protocolo de orden internacional para poder prevenirlo reprimirlo, sancionarlo y erradicarlo penalmente. El mismo se encuentra regulado en el Artículo 194 del Código Penal vigente en Guatemala. En los delitos contra la libertad y seguridad sexuales y el pudor, a los cuales pertenece el delito de trata de personas, el hecho delictivo es consistente en atentar contra la seguridad y la libertad que en materia erótica poseen las personas. También dentro de

dichos delitos, aparecen también los atentados contra el pudor en lo que a materia sexual respecta. Dichos delitos han sido objeto de distintas denominaciones y de las diversas legislaciones a través de la historia. Se les ha denominado de las siguientes formas: atentados contra las costumbres, atentados contra el orden de las familias, crímenes y delitos contra la moralidad, atentados contra la decencia y la moral públicas, delitos contra las buenas costumbres, delitos contra las buenas costumbres y el orden de la familia, delitos contra la honestidad. Actualmente se les denomina de la siguiente manera: delitos contra la libertad y seguridad sexuales y el pudor, perteneciendo el delito de trata de personas a los mismos. El delito de trata de personas se define como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al fraude, al engaño al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o de beneficios para poder obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. El delito de trata de personas es aquel que constituye una violación grave a los derechos humanos de las víctimas, siendo las mismas reclutadas y transportadas a su lugar de destino con fines sexuales, siendo la mayoría por lo general mujeres, adolescentes y niñas. El delito de trata de personas es la captación, transporte, traslado o recepción de personas con fines de orden sexual, recurriendo y utilizando para alcanzar dichos objetivos, la amenaza o la fuerza. El Código Penal, Decreto número 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, nos indica la definición legal del delito de trata de personas, en su Artículo 194, al indicarnos lo siguiente: “Quien, en cualquier forma, promoviere, facilitare o favoreciere la entrada o salida del país de mujeres para que ejerzan la prostitución, será sancionado con prisión de uno a tres años y con multa de quinientos a tres mil quetzales. En la misma pena incurrirá quien realice las actividades a que se refiere el párrafo anterior, con varones. La pena se

aumentará en dos terceras partes si concurriera cualquiera de las circunstancias a que se refiere el artículo 189 de este Código”. (REPUBLICA, 1889) Nuestra legislación penal vigente regula con pena de multa y de prisión el delito de trata de personas en Guatemala. La pena de prisión consiste en uno a tres años y la multa en quinientos a tres mil quetzales. Además, la pena será aumentada en dos terceras partes si concurre cualquier circunstancia referida en el Artículo 189, del Código Penal, Decreto número 17-73 del Congreso de la República de Guatemala. El delito de trata de personas, es constitutivo en Guatemala de una grave violación a los derechos humanos de mujeres, adolescentes y niñas en la mayoría de las ocasiones, no importando la forma en que las mismas sean reclutadas y transportadas, ya que de igual forma les son negadas a dichas víctimas su debido derecho a la libertad y a su vez expuestas a tratos inhumanos y crueles; afectando y dañando con ello su salud tanto física como mental, tal y como ocurre en nuestra sociedad guatemalteca. Generalmente, los traficantes en este delito acostumbran a retener los documentos de sus víctimas durante el transporte o después, dejándolas con dicha maniobra en una posición de completa vulnerabilidad. También, ejercen control en las mismas, por la creación de ellos mismos de dependencia y endeudamiento a favor de ellos, ya que por lo general cuando la víctima llega a su lugar de destino, le son cobradas sumas de dinero por gastos de transporte y alimentación. En Guatemala, para que el Estado persiga a los traficantes de personas, es necesario que la víctima del delito de trata de personas interponga la denuncia correspondiente. El efectivo combate del delito se logra mediante la penalización del mismo, persiguiéndolo de oficio y sin la necesidad de que exista una denuncia interpuesta por las víctimas, al poder ser perseguido dicho delito de oficio, en nuestra sociedad guatemalteca. Por lo anotado anteriormente, es necesario reformar el Artículo 194 de nuestro Código Penal, Decreto número 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, para poder perseguir de oficio el delito de trata de personas, y así sancionar a los responsables del mismo de manera efectiva.

A través del delito de trata de personas se capta, transporta, traslada y recibe a diversas personas, recurriendo para ello al uso de la fuerza y amenaza u otras formas de coacción, así como también al engaño y al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad para la obtención del consentimiento de una persona para que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

CONCLUSIÓN La trata de personas, es un delito que se encuentra vinculado con otros, tales como: el secuestro, desapariciones, falsificación de documentos públicos y privados, violencia física, psicológica y sexual, corrupción, tráfico y abuso de drogas, aspectos a los cuales son más vulnerables las mujeres, niños y niñas. Los casos de delitos de trata de personas son cerrados, ya que, por lo general, la falta de seguimiento a los mismos, por prescripción de la acción penal y además porque los familiares se conforman solamente con el regreso de la víctima desparecida, además no existe atención a la salud de las mismas o programas que faciliten una reinserción de los afectados. Es de vital importancia que la persona víctima del delito de trata de personas, haga efectivo su derecho de acceso a la justicia cualquiera que sea su estatus legal, para así denunciar a los tratantes y comenzar un proceso judicial en su contra. La asistencia a prestar por parte del Estado de Guatemala a las víctimas es de importancia para resarcir el trauma sufrido, otorgando prioridad a los servicios de salud, para que los afectados por el delito de trata de personas puedan reconstruir sus vidas y ser testigos efectivos en una investigación.

Bibliografía

BARRERA, R. M. (2010). “LA TRATA DE PERSONAS, SUS MODALIDADES E IMPLICACIÓN EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES”. Guatemala : USAC. REPUBLICA, C. D. (1889). CODIGO PENAL . Guatemala : Guatemala .