Ensayo Sobre Los Derechos Humanos

Respeta Venezuela los Derechos Humanos? decía Edmund Burke que "para que triunfe el mal sólo hace falta que los buenos n

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Respeta Venezuela los Derechos Humanos? decía Edmund Burke que "para que triunfe el mal sólo hace falta que los buenos no hagan nada". De este modo el filósofo irlandés denunciaba los abusos que presenció en la Revolución francesa. En pleno siglo XXI, con una comunidad internacional consciente e insistente en la defensa de los Derechos Humanos en el mundo, marcada por el objetivo de prever y no volver a caer en los totalitarismos que arrasaron el siglo pasado, volvemos a vivir situaciones indignantes para la razón humana. Desde la crisis de los refugiados en Europa hasta Venezuela, la vulneración de los Derechos Humanos es algo intolerable en una sociedad donde el bien, la dignidad, la justicia y la libertad debieran ser derechos inalterables. El caso de Venezuela, más allá de la valoración política -que no es sujeto de debate en esta tribuna- es paradigmático.

Venezuela se encuentra entre los 38 estados de la lista negra de la ONU por violación de los Derechos Humanos. La defensa de estos derechos no es una causa ni regional ni política, ya que de ser así ¿cuál sería el sentido de los entes supranacionales? La Declaración Universal De los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 1950 y la Convención Americana sobre los DDHH de 1969 abogan por una misma realidad: el derecho a un juicio justo, con todas las garantías, el derecho a acudir ante un tribunal independiente, imparcial y sin arbitrariedad. A pesar de la voluntad internacional de velar y garantizar nuestros derechos y libertades públicas, hoy en Venezuela tenemos a un

ciudadano que -preso por sus ideas o no- no tuvo el derecho a un juicio justo. Leopoldo López, encarcelado en el centro de detención militar de Ramo Verde desde el día 18 de febrero de 2014, fue declarado por la Justicia venezolana culpable de "incitación pública a la violencia a través de supuestos mensajes subliminales" y condenado a 13 años y 9 meses de prisión.

La cuestión es si Leopoldo López pudo defenderse con todas las garantías de un Estado de Derecho Independientemente de la valoración jurídica o no de los hechos, la cuestión a debate es si Leopoldo tuvo o no el derecho a poder defenderse con todas las garantías que una democracia y un Estado de Derecho salvaguardan. Amnistía Internacional, en un comunicado del 19 de febrero indicó que los cargos presentados contra Leopoldo "sugieren la existencia de un intento, de motivación política, de silenciar la disidencia en el país". En esta misma línea, Human Rights Watch defendió que el Gobierno venezolano "ha adoptado abiertamente las tácticas habituales de los regímenes autoritarios, y ha encarcelado a opositores, censurado medios de comunicación e intimidado a la sociedad civil". Cabe recordar además que el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Ra'ad Al Hussein, pidió la inmediata liberación de López y de todos los venezolanos detenidos durante las protestas de 2014. Pero además no podemos olvidar que el fiscal del caso huyó a Estados Unidos tras denunciar la arbitrariedad del caso.

¿Existen garantías procesales en un país como Venezuela donde el poder Ejecutivo lo controla todo? En Venezuela, algunos jueces (contados) accedieron a la Judicatura por concurso; sin embargo, la regla para acceder actualmente es por designación de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, compuesta por magistrados del máximo tribunal venezolano elegidos previamente por la Asamblea Nacional. Llama la atención que Susana Barreiros Rodríguez, encargada de enjuiciar a

Leopoldo López, fuera designada por esta comisión para ejercer la función de jueza provisoria -es decir, que podría ser removida en cualquier momento-. Ahora, es la Defensora Pública Nacional, elegida por la mayoría de los diputados oficialistas. ¿Premio o casualidad? ¿Existen garantías procesales en un país donde el poder Ejecutivo lo controla todo? El debate no son los hechos jurídicos que versan sobre la acusación frente a Leopoldo, sino si ha podido hacer valer su inocencia bajo los parámetros de legalidad que se exigen en el marco internacional. Y la cuestión será, ¿hasta cuándo seguiremos en silencio ante tal impunidad? Esas y otras preguntas las abordaremos este jueves en la mesa redonda "Derechos Humanos y derecho a un juicio justo. Análisis de las resoluciones internacionales sobre Venezuela" (a las 19.30 horas en la Universidad Antonio de Nebrija) en la que participará Leopoldo López Gil, padre de Leopoldo López. "Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente". Sócrates. *** Juan Gonzalo Ospina es presidente de la Agrupación de Jóvenes Abogados de Madrid (AJA).

La crisis que vive Venezuela hoy día no sólo se enmarca dentro de lo económico, sino que engloba una serie de factores políticos, sociales y culturales. Contexto en el cual los derechos humanos no se garantizan e incluso están siendo violados, dado el clima de inestabilidad presente en el país que no permite asegurar la satisfacción de las necesidades básicas como alimentación y salud, ni mucho menos garantizar un nivel de vida adecuado a los venezolanos, que junto a la carencia de unas instituciones económicas y políticas restringen a diario su fiel garantía y cumplimiento. Cabe considerar, que los Derechos Humanos hacen referencia a un conjunto de exigencias que deben ser respetadas de tal manera de asegurar una vida digna, en igualdad, en libertad y en paz a las personas. Estando dentro de éstos los derechos civiles y políticos, que están relacionados con la posibilidad de pensar y expresarse libremente, así como la libertad de participar y hacer vida política, siendo el Estado de Derecho el garante de éste conjunto de libertades. Asimismo, se encuentran los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, vinculados con el derecho a un nivel de vida adecuado, a una alimentación, vestido, vivienda, educación, atención sanitaria, entre otros. Aunado a ello, el derecho a la paz y vivir una vida tranquila se circunscriben dentro del conjunto de derechos humanos. En este sentido, son los Estados los encargados de llevar adelante toda la regulación y promoción de políticas necesarias para asegurar la plena realización, respeto y el fiel cumplimiento de todas éstas premisas. Dentro de estos argumentos, y tal como lo establece la constitución de la República (Titulo III), es el Estado Venezolano representado por el conjunto de instituciones públicas, el que tiene la obligación de promover el respeto de éstos derechos dentro del país. Sin embargo, éste no está siendo garante de los mismos, dado que en la actual crisis, existen un conjunto de derechos humanos que están siendo violados y no se están implementado las políticas necesarias, ni los mecanismos que permitan asegurar el respeto y garantía de los mismos. Tampoco se están llevando a cabo las políticas para superar la crisis, dado que ésta es una de las variables que resta a la hora de garantizarle a la población Venezolana las condiciones estables para un nivel de vida adecuado. Dentro del conjunto de derechos humanos que son violados en el país resalta el derecho a la alimentación, dado que no existe la oferta suficiente de alimentos para cubrir la demanda de bienes alimenticios, producto de las políticas erráticas implementadas en los últimos años, siendo la escasez la consecuencia evidente de tal situación, lo que conllevando a una crisis alimentaria donde la dieta del venezolano se ha reducido a niveles que no permiten cubrir los requerimientos nutricionales, generándose así problemas de salud como lo es la desnutrición. En cuanto al derecho a la salud la situación se agrava, dado que en el país existe una hostil infraestructura de hospitales y centros asistenciales, lo cual aunado al déficit de personal de salud y la escasez de medicamentos que ronda cerca del 80% ha agudizado el panorama en el sector de salud, dejando a la población prácticamente sin éste vital servicio. Por otro lado, la educación es otro de los

ámbitos en el cual no se garantiza el derecho a plenitud, ya que la calidad de la misma ha disminuido en los últimos años. Ahora bien, al analizar el estado de los derechos civiles y políticos en el país, nos encontramos con una polarización muy fuerte donde cada día la libertad de expresión, la libertad política, los derechos de propiedad, de libre mercado, a ser juzgado con imparcialidad, el derecho a la vida, a la integridad física juegan un papel menos importante para los garantes de dichos derechos en Venezuela, siendo restringidos cada día y sin derecho a réplica. Bajo esta realidad así desdibujada, la crisis estructural del país es un aliciente que restringe muchas de las libertades y derechos humanos de la población venezolana, dado que no permite crear las condiciones estables dentro de la economía, que junto a la falta de un Estado de derecho hacen difícil las garantías de los mismos en Venezuela. No obstante, el llamado es hacia las autoridades públicas dado que éstas son las que tienen la responsabilidad por un lado de llevar a cabo las políticas necesarias para superar la crisis y, por el otro las responsables directamente de promover, y asegurar el cumplimiento de los mismos. Finalmente, el llamado es hacia la reflexión de la población sobre el tema ya que los derechos humanos son universales, prioritarios e innegociables y ninguna sociedad puede negarlos ni restringirlos y, dado que somos nosotros los íntimamente afectados, debemos de ser corresponsables a la hora de promover y luchar por su realización dentro del país.

Los Derechos Humanos Los valores que las antiguas culturas legaron al mundo han sido recogidas por el derecho positivo; los pueblos civilizados han guardado como patrimonio moral e históricos las experiencias que obtuvieron a través de su vida comunitaria, pero es indudable que los derechos han sido reconocidos a través de convenciones y protocolos, en el ámbito internacional y de constituciones políticas en el ámbito de cada Estado. Fue en la antigua Grecia donde se desarrollaron los primeros elementos constitutivos de la democracia, la dinámica convivencia en el medio social, cultural, político y económico; sirvieron de escenario para apuntalar los primeros conceptos sobre Democracia y Derechos. De esta manera los primeros conceptos que se manejaron en la democracia antigua fueron: Democracia: definida como el gobierno del pueblo, se basó en igualdad política, igualdad social y gobierno del pueblo. La libertad: para los griegos ser libre es no ser esclavo de nadie, esta libertad se fue logrando sucesivamente, así la libertad civil se alcanzó al abolirse la prisión por deudas, la libertad jurídica al proteger al ciudadano con el habeas corpus, y la libertad política con el derecho de obedecer la ley. La ley: tuvo un origen teológico, la importancia en la vida de los griegos era de tal magnitud que ‘’Todos le deben obediencia porque, entre otras razones toda ley es una invención y un don de los dioses al mismo tiempo que una descripción del hombre sabio, el contrato de una sociedad al que todos sus habitantes deben adaptar su manera de vivir’’. Evolución histórica de los Derechos Humanos De manera específica, de los Derechos Humanos se comienza a hablar en el siglo XX, como consecuencia de los tratados de paz celebrados luego de las guerras mundiales. Por ejemplo, el Tratado de Versalles se suscribió finalizando la Primera Guerra Mundial y dio lugar a la creación de la Sociedad de las Naciones, como una organización internacional con sede en Ginebra (Suiza), la cual tuvo como finalidad primordial el cumplimiento de los tratados de paz y el mantenimiento de la paz, destacándose por su ayuda a los refugiados, la solución de conflictos entre Estados y la reconstrucción de Estados por los desastres de la citada guerra mundial. Con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, entre el 25 de abril y el 26 de junio de 1945 se llevó a cabo La Conferencia de San Francisco, en la cual participaron cerca de cincuenta Estados. De esa reunión surgió la expedición de la “Carta de la Naciones Unidas” y, consecuencialmente, la creación de las Naciones Unidas el 26 de junio de 1945, con finalidades y propósitos contenidos en el preámbulo y en el artículo 1º de la Carta. Los propósitos que resaltan para ese momento eran el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, la tutela de los derechos y libertades fundamentales de los hombres en el ámbito universal y el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de libre determinación de los pueblos. Declaración Universal de los Derechos Humanos En fecha 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU); proclamó la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”. Esta declaración contiene 30 artículos, y en cuyo preámbulo se lee lo siguiente: “La presente Declaración tiene como ideal común que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos”.

Estas declaraciones de derechos humanos han sido base para que distintos países del mundo con vocación democrática adapten sus constituciones para implementar medidas que aseguren el cumplimiento de tales derechos. Para el caso específico de Venezuela, la llegada de los españoles significó, al igual que en el resto del continente, un cambio violento que asentó nuevas prácticas caracterizadas por el ejercicio despótico del poder a través de un uso indiscriminado de la fuerza. En nuestro país, el proceso de la conquista estuvo marcado por hechos que claramente atentaban contra la dignidad de la persona y contra uno de los principios fundamentales de los derechos humanos: la igualdad o no discriminación. La población que fue objeto de actos violatorios de la dignidad como personas, los indígenas y los negros (y, en menor medida, los blancos criollos), fueron considerados como seres inferiores, a tal punto que fueron objeto de terribles vejaciones, instaurándose la práctica de la esclavitud y la obligada aceptación de la religión católica como la única práctica religiosa. Pero fueron más tarde las ideas independentistas las que constituyeron la fuerza fundamental para la conquista de derechos como la libertad, la autodeterminación y la igualdad. Las primeras rebeliones y movimientos organizados surgen a mediados del año 1700 y buscan no sólo acabar con la opresión colonial, sino también hacer más justo el reparto de las riquezas e impedir que los españoles continuaran acumulando y saqueando los bienes del país. Los primeros esfuerzos organizativos estuvieron motorizados por Gual y España en 1797, movimiento considerado como el primero basado en raíces populares. En 1811 se produce la Declaración de Independencia. Después de muchas luchas sociales, políticas y militares, con un gran número de muertes, Venezuela alcanza su independencia definitiva en 1821. Estas luchas no sólo permitieron obtener la independencia política de España, sino que estuvieron acompañadas de logros como la abolición de la esclavitud (1854) y de la pena de muerte (1863). También, en 1870, se implanta la educación gratuita y generalizada en el país. Más adelante, con el avance de la República, se consolidaban estructuras políticas que dieron origen a la democracia representativa y que no estaban exentas de importantes luchas por la libertad, el respeto a la disidencia y la pluralidad. Durante las dos dictaduras que afectaron a nuestro país en el siglo XX, importantes movimientos sociales levantaron la bandera de la libertad y el rechazo a la represión. La Generación del 28 fue un movimiento estudiantil que se enfrentó al régimen gomecista sin apelar a la violencia, haciendo uso de recursos muy creativos, como la utilización de los espacios de recreación colectiva (carnavales) para hacer sus denuncias, o por medio de la solidaridad, al entregarse masivamente a las autoridades para exigir la libertad de los estudiantes presos, este movimiento introdujo nuevas formas de lucha política y social (paros, huelgas, acciones pacíficas de presión) y contribuyó, por su carácter colectivo, a disminuir el liderazgo personal característico de las luchas políticas venezolanas. En el proceso de conquista de los derechos económicos, sociales y culturales deben recordarse las huelgas petroleras de 1925 y 1936, las cuales exigían mejoras reivindicativas y sociales y movilizaban no sólo a los propios trabajadores petroleros, sino a sus familiares, a la misma comunidad en la que estaban insertos y a otras organizaciones gremiales. Como ejemplo de la lucha por los derechos políticos, destaca el establecimiento del voto para las mujeres, en 1947, durante el gobierno del presidente Gallegos. El 23 de enero de 1958 una revuelta cívico-militar derroca al régimen del general Marcos Pérez Jiménez. Se inicia un período provisorio, presidido por una Junta Militar de Gobierno. A los pocos días de instaladas tanto la Cámara del Senado como la de Diputados, en enero de 1959, acordaron cada una designar una Comisión con la “…misión de estudiar y redactar un nuevo proyecto de

Constitución…”. Esta comisión amplía el desarrollo de los derechos sociales, y crea todo un sistema programático de prestaciones del Estado hacia el individuo y los grupos sociales. En materia de derechos políticos continúa los principios imperantes de sufragio universal, incluido el femenino, directo, secreto y obligatorio, sin discriminación por analfabetismo. Para esta misma época se establece el derecho o recurso de amparo como protección a los derechos individuales y consagra y regula el llamado hábeas corpus, que es el amparo de la libertad contra detenciones ilegales mientras se dicta la ley general de amparo. Esta constitución sufrió dos enmiendas, una en 1973 y otra diez años después. En 1999 se aprobó, en proceso constituyente, una nueva Constitución, contentiva de importantes disposiciones en materia de protección a los derechos humanos tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela fue modificada y promulgada el 20 de diciembre de 1999, siendo la única en la historia del país cuya redacción fue aprobada por el pueblo mediante el voto en referéndum, recibiendo el respaldo del 72% de los votos escrutados. En cuanto a los derechos de niños, niñas y adolescentes, el 1° de junio de 2000 se aprobó la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), elaborada con la participación activa de diversos organismos no gubernamentales y académicos, incluyendo a los propios niños y niñas, y la cual recoge el espíritu de la Convención Internacional de Derechos del Niño, resultando muy prometedora para la vigencia de los derechos de la infancia y adolescencia en nuestro país. El texto Constitucional venezolano responde a criterios de una carta sustantiva moderna, adecuada a los preceptos de la Declaración Universal de los Derecho Humanos, y su modificación posee características de avance institucional. A pesar de todos estos logros, la vigencia plena de los derechos humanos no es, aún, una realidad en nuestro país ni en América Latina. Por el contrario, existen serias amenazas a la vigencia de derechos ya conquistados con mucho esfuerzo y al costo de muchas vidas. Por eso el reto, es doble: evitar retrocesos en los derechos alcanzados y lograr el reconocimiento y disfrute de nuevos derechos para toda la población, especialmente en lo concerniente a los derechos económicos, sociales y culturales, donde existen enormes desafíos, entre ellos alcanzar su justiciabilidad, en momentos cuando las tendencias de la economía mundial impulsan su desconocimiento. Hoy se demuestra, más que nunca, la necesidad de unirnos y trabajar coordinadamente para seguir construyendo la historia de los derechos humanos, continuar luchando por su efectiva vigencia y lograr que la conquista de nuevos derechos sea una realidad para las generaciones futuras.

Ya en serio: ¿Venezuela viola los derechos humanos o no? 0

No es un asunto sencillo hablar de derechos humanos en Venezuela. Los boletines de diversas organizaciones internacionales en la materia como Human RightWatch, —cuyas actividades son financiadas mediante proyectos de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID)—, se centran en asuntos políticos, pintando un panorama realmente opaco sobre este país, afirmando que “la acumulación de poder en el ejecutivo y el deterioro de las garantías de derechos humanos han permitido que el gobierno intimide, censure y persiga penalmente a sus críticos”.

No obstante, la perspectiva de Venezuela sobre el concepto de “derechos humanos”, cambió radicalmente desde el arribo de Hugo Chávez Frías a la presidencia del país, en 1999. De hecho, tal acepción se contrapuso radicalmente a la que se ofrece desde la hegemonía, la cual privilegia la noción de “libertades” que al mismo tiempo protege la liberación absoluta del mercado, dejando a la clase trabajadora —sobre todo las capas más bajas—, en un estado de indefensión frente a la progresiva privatización de servicios públicos de salud, educación, tierra o cultura, como ocurre en países como México o Colombia. Por supuesto, esto no se cuenta como “violaciones a derechos humanos” pues pasan por regulaciones capitalistas, no humanas. Tal revuelco conceptual sobre los derechos humanos propuesto por Chávez tuvo su anuncio cuando el líder bolivariano decidió el retiro de Venezuela del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el año 2012 al denunciar que el aparato de protección de los derechos humanos está bajo el dominio de una “mafia” que los utiliza con “doble rasero” para sus propios fines políticos y en detrimento de países que han decidido no alinearse a la estrategia geopolítica de Estados Unidos.

De esto ya había hablado el Comandante Fidel Castro, durante su intervención ante la Asamblea General de la ONU en 1979, cuando expuso la notable diferencia entre “derechos humanos”, y “derechos de la humanidad”: “Se habla con frecuencia de los derechos humanos, pero hay que hablar también de los derechos de la Humanidad.¿Por qué unos pueblos han de andar descalzos, para que otros viajen en lujosos automóviles? ¿Por qué unos han de vivir 35 años, para que otros vivan 70? ¿Por qué unos han de ser miseramente pobres, para que otros sean exageradamente ricos? Hablo en nombre de los niños que en el mundo no tienen un pedazo de pan. Hablo en nombre de los enfermos que no tienen medicinas, hablo en nombre de aquellos a los que se les ha negado el derecho a la vida y a la dignidad humana.” En ese sentido, Venezuela propone una concepción de derechos humanos desde la noción primigenia de humanidad. Ha creado un sistema político-económico que privilegia garantías colectivas, donde todos y todas tengan pan, trabajo y bienestar, y en el cual nadie pueda explotar estos tres valores para su propio beneficio económico. Y ha echado adelante su propio derecho a defender a la clase trabajadora del paísante las amenazas de quienes pretender romper esa estructura progresista, y regresar al país a los dominios del neoliberalismo, donde los “derechos humanos y libertades” son, en primera instancia, la libertad de lucrar con las necesidades de las personas. Cuando éstas amenazas son apresadas con apego a la justicia, es cuando organizaciones como HRW rompen en denuncias, sin considerar a un pueblo que, de hecho, ya goza por beneficio estatal, de esos derechos que reclama. Esto mismo lo recordó el pasado 8 de septiembre la embajadora en México de la República Bolivariana de Venezuela, Maria Lourdes Urbaneja Durant, durante la mesa redonda “Sociedad, Cultura y Derechos Humanos”, organizada por la delegación Tlalpan, de la Ciudad de México. “Mundialmente los derechos humanos son usados para defender posiciones hegemónicas y para apalancar la intervención en naciones y pueblos que transitan senderos emancipatorios y libertarios”, dijo la diplomática, recordando que, la experiencia de Venezuela en cuanto a derechos fundamentales “significa hoy el desarrollo de un proceso innovador, revolucionario en derechos, comprehensivo y de más empoderamiento del pueblo” En ese sentido la embajadora Urbaneja Durant afirmó que “los excluidos hoy han ganado voz propia, se han visibilizado en una lucha intensa asumiendo la conducción de procesos importantes, lo que sin duda impulsan la profundización de los cambios tanto conceptuales, como en el quehacer de lo público”. Entonces, ¿de qué hablamos cuando hablamos de derechos humanos en Venezuela?

Hablamos de un país que sacó de la pobreza al 80% de su población. Que no exento a fracasos y sí, sujeto a una necesarísima autocrítica política, pero inocente de esas acusaciones de las agencias estadounidenses que, por un lado, aseguran que bajo el chavismo hay persecución política y censura y, por el otro, ocultan que ningún otro país en el mundo (mucho menos en las naciones protegidas por Washington) se han realizado tantas elecciones como referéndums, incluido el actual que pretende acreditar la derechista Mesa de la Unidad Democrática para revocar al presidente Nicolás Maduro. Por eso, hablar de derechos humanos en Venezuela, no es sólo es hablar de libertad de expresión o de libertad de asociación: “hablar de derechos humanos en la Venezuela bolivariana es hablar de superación de la pobreza, de la desigualdad, es educación pública gratuita y de calidad, es la conformación de un sistema de salud público que atienda a las grandes mayorías”, como bien dijo la embajadora Urdaneta, en México. Algo que, obviamente, no entienden las mentes enajenadas por el capitalismo