Endeudamiento Interno y Externo

ENDEUDAMIENTO INTERNO Y EXTERNO 1 CONCEPTO El endeudamiento público interno y externo se basa en una estrategia de larg

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ENDEUDAMIENTO INTERNO Y EXTERNO 1

CONCEPTO El endeudamiento público interno y externo se basa en una estrategia de largo plazo, que tiene como objetivo fundamental cubrir parte de los requerimientos de financiamiento del sector público a los más bajos costos posibles, sujetos a un grado de riesgo prudente y en concordancia con la capacidad de pago del país.

El endeudamiento público debe contribuir con la estabilidad macroeconómica y la sostenibilidad de la política fiscal, mediante el establecimiento de reglas y límites a la concertación de operaciones de endeudamiento del sector público y una prudente administración de la deuda.

El proceso de endeudamiento público debe llevarse a cabo mediante mecanismos transparentes y predecibles que estén previstos en la Ley.

El endeudamiento público permite obtener financiamiento externo e interno, de acuerdo con la capacidad de pago del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales o de la entidad obligada.

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PRINCIPIOS Eficiencia y prudencia. El Endeudamiento Público interno y externo se basa en una estrategia de largo plazo que tiene como objetivo fundamental cubrir parte de los requerimientos de financiamiento del Sector Público a los más bajos costos posibles, sujetos a un grado de riesgo prudente y en concordancia con la capacidad de pago del país. Responsabilidad fiscal. El Endeudamiento Público debe contribuir a la estabilidad macroeconómica y a la sostenibilidad de la política fiscal, mediante el establecimiento de reglas y límites a la concertación de operaciones de endeudamiento del Sector Público y una prudente administración de la deuda.

El Gobierno Nacional no reconocerá deudas contraídas por los Gobiernos Regionales y Locales, salvo las debidamente avaladas. Transparencia y credibilidad. El proceso de Endeudamiento Público debe llevarse a cabo mediante mecanismos previstos en la Ley, que sean transparentes y predecibles. Capacidad

de

pago. El

Endeudamiento

Público

permite

obtener

financiamiento externo e interno, de acuerdo con la capacidad de pago del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales o de la entidad obligada.

Centralización normativa y descentralización operativa. El Endeudamiento Público se sujeta a la regla de centralización normativa y descentralización operativa en el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

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El Sistema Nacional de Endeudamiento Conjunto de órganos e instituciones, normas y procesos orientados al logro de una eficiente concertación de operaciones de endeudamiento a plazos mayores de un año, y a una prudente administración de la deuda del Sector Público.

Existe una ley cuyas atribuciones son:  Es el ente rector del Sistema  Regula el proceso de endeudamiento público.  Programa, evalúa y negocia las operaciones de endeudamiento.  Emite títulos representativos de deuda pública.  Registra la deuda del sector público.  Programa y atiende el servicio de deuda pública.  Actúa en fideicomisos asociados a operaciones de endeudamiento.  Agente financiero único del Estado

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Modalidades  Préstamos  Emisión y colocación de Bonos  Adquisición de Bienes y Servicios a plazos  Avales  Asignaciones de Líneas de Crédito  Leasing Financiero

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Ámbito  Gobierno Nacional  Gobiernos Regionales  Gobiernos Locales

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TIPO DE DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO Operaciones de endeudamiento externo, contratada con personas naturales o jurídicas no domiciliadas en el país. Operaciones de endeudamiento interno, contratada con personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país. Los Gobiernos Regionales y Locales sólo pueden contratar endeudamiento público externo con el aval o garantía del Estado. El endeudamiento externo e interno se destina exclusivamente para proyectos de inversión.

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PROCESO DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO

El PROCESO DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO

Concertación

Programación

2

1

REGISTRO

Pago 4

Desembolso 3

Ley N° 28563 Ley del Sistema Nacional de Endeudamiento Público

8

ETAPAS DEL PROCESO DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO Deben cumplirse para contratar las operaciones de endeudamiento las siguientes etapas:



Programación: en esta etapa se establecen los montos máximos de las operaciones de endeudamiento externo e interno (concertaciones) que el Gobierno Nacional puede acordar en cada año fiscal.



Concertación: etapa en la cual se solicita, evalúa, negocia, aprueba y suscribe el contrato de una operación de endeudamiento público.



Desembolso: se produce la recepción de los recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento.



Pago de deuda: el pago del servicio de la deuda se efectúa de acuerdo al cronograma de pagos establecido en el contrato.



Registro: Proceso mediante el cual se registra la información relacionada con las operaciones de endeudamiento y de administración de deuda. Dicho registro se efectúa en los Módulos del SIAF – SP.

Clasificación de la Deuda

Entidad

Por el Domicilio de la Fte. Financiera

Por la Garantía Institucional

Por el Periodo de Reembolso

Mediano Largo Plazo Interna

Con y Sin Garantía del Gobierno Nacional Corto Plazo

Gobiernos: Regionales y Locales Mediano Largo Plazo Externa

Con Garantía del Gobierno Nacional Corto Plazo

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Procedimientos Administrativos 8.1.

Operaciones de Endeudamiento Interno de Mediano y largo Plazo (Sin Garantía del Gob. Nacional) Los GR y GL tienen autonomía para aprobar operaciones de endeudamiento interno. No requieren de la autorización del MEF, salvo que soliciten la garantía del Gobierno Nacional.

Requisitos para solicitar endeudamiento interno, sin garantía del GN:  Poseer capacidad de pago.  Calificación Crediticia  Financiar proyectos de inversión en el marco del SNIP.  Cumplimiento de las Reglas Fiscales.  Informe Previo de la Contraloría General de la República.  Informar a la DNEP()Dirección Nacional del Endeudamiento Público , vía el Módulo de Deuda SIAF 8.2.

Operaciones de Endeudamiento Externo (del Gobierno Nacional para los GR y GL) 1. Son operaciones que el Gobierno contrata por su cuenta para financiar proyectos de los GR o GL, y luego los traslada a los GR y GL a través de un Convenio de Traspaso de Recursos. Para lo cual se requiere lo siguiente: 2. Demostrar la capacidad de pago a través de:

plan económico y

financiero, análisis del flujo de caja, etc. 3. No requiere de calificación crediticia, por que el deudor es el MEF. 4. Cumplimiento de la Reglas Fiscales. 5. Informe Previo de la Contraloría General de la República.(Lo solicita el MEF) 6. Financiar proyectos de inversión pública en el marco del SNIP.

8.3.

Operaciones de Endeudamiento Externo Directo del GR/GL (con la garantía del GN)

1. Para operaciones de endeudamiento externo, los GR y GL requieren la garantía del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Economía y Finanzas. Se aprueba mediante Decreto Supremo. Para lo cual deben cumplir con lo siguiente: 2. Debe demostrar la capacidad de pago para atender el servicio de deuda, plan económico y financiero, análisis del flujo de caja, etc. 3. Calificación Crediticia en operaciones mayores a $ 5 millones de dólares americanos o su equivalente en Nuevos Soles. 4. Cumplimiento de la Reglas Fiscales. 5. Informe Previo de la Contraloría General de la República. 6. Financiar proyectos de inversión pública en el marco del SNIP.

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