El Proceso Administrativo I parte

Universidad Rural de Guatemala Sede Central zona 13 Faculta de Ciencias Económicas Administración de Empresas VII semes

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Universidad Rural de Guatemala

Sede Central zona 13 Faculta de Ciencias Económicas Administración de Empresas VII semestre Lic. Edvin Samayoa Derecho Procesal Administrativo

Texto Paralelo Fase I

Francisco David Paredes Grijalva Carné No. 15-000-0382

Guatemala 11 de marzo 2018

Índice 1

Los Procedimientos Administrativos ........................................................................... 1 1.1

El procedimiento administrativo .............................................................................. 1

1.2

Principios del procedimiento administrativo ........................................................... 2

1.2.1

Principio de legalidad, de juridicidad y de justicia administrativa ................... 2

1.2.2

Principio de seguimiento de oficio ................................................................... 2

1.2.3

Principio de informalismo a favor del administrado ........................................ 2

1.2.4

Principio del debido proceso (garantía de la defensa) ...................................... 3

1.2.5

Principio de imparcialidad ................................................................................ 3

1.2.6

Principio de procedimiento escrito ................................................................... 3

1.2.7

Principio de procedimiento sin costas .............................................................. 3

1.2.8

Principio de sencillez, rapidez, economía y eficacia ........................................ 3

1.2.9

Principio de trato justo...................................................................................... 4

1.2.10

Principio de juego limpio ................................................................................. 4

1.2.11

Principio de publicidad ..................................................................................... 4

1.3

Evolución del procedimiento administrativo ........................................................... 4

1.4

Elementos del procedimiento administrativo .......................................................... 5

1.4.1

Iniciación de oficio, a petición de parte o mediante denuncia.......................... 5

1.4.2

Competencia ..................................................................................................... 5

1.4.3

Órgano administrativo ...................................................................................... 6

1.4.4

El administrado ................................................................................................. 6

1.5

Características del procedimiento administrativo .................................................... 6

1.5.1

La audiencia ...................................................................................................... 6

1.5.2

Recolección de los medios de prueba ............................................................... 6

1.5.3

Plazo ................................................................................................................. 7

1.5.4

Plazo a otras instituciones ................................................................................ 7

1.5.5

Pruebas ............................................................................................................. 7

1.5.6

Notificación ...................................................................................................... 7

1.6

Naturaleza jurídica ................................................................................................... 8

1.7

Definición ................................................................................................................ 8

1.8

Clasificación de los procedimientos administrativos ............................................... 8

1.8.1

Por la forma de iniciarse el procedimiento ....................................................... 8

1.8.2

Por los motivos que originan el procedimiento administrativo ........................ 9 I

1.8.3

Procedimiento de oficio .................................................................................... 9

1.8.4

Procedimiento a petición de parte .................................................................... 9

1.8.5

Procedimiento de oposición ............................................................................. 9

1.8.6

Procedimiento de ejecución .............................................................................. 9

1.8.7

Procedimiento revisor ..................................................................................... 10

1.8.8

Procedimiento sancionador............................................................................. 10

1.9

Los expedientes administrativos ............................................................................ 10

1.9.1 2

3

Componentes de los expedientes administrativos .......................................... 10

Fases del Procedimiento Administrativo................................................................... 11 2.1

Inicio de oficio ....................................................................................................... 11

2.2

Inicio a solicitud del interesado ............................................................................. 11

2.3

El decreto de trámite .............................................................................................. 12

2.4

Las notificaciones .................................................................................................. 12

2.5

Intervención de terceros ......................................................................................... 12

2.6

Diligencias ............................................................................................................. 12

2.6.1

Las inspecciones ............................................................................................. 13

2.6.2

Los informes ................................................................................................... 13

2.6.3

Las declaraciones ............................................................................................ 13

2.6.4

Los documentos .............................................................................................. 13

2.6.5

Los expertajes ................................................................................................. 13

2.6.6

Los dictámenes técnicos ................................................................................. 14

2.6.7

Intervención de la Procuraduría General de la Nación ................................... 14

2.7

La resolución originaria ......................................................................................... 14

2.8

Procedimiento administrativo y proceso judicial ................................................... 14

Procedimientos de Impugnación de las Resoluciones Administrativas ................. 15 3.1

Medios de impugnación ......................................................................................... 15

3.2

Características ........................................................................................................ 16

3.3

Elementos............................................................................................................... 16

3.3.1

Es una resolución administrativa .................................................................... 16

3.3.2

La fijación de un procedimiento ..................................................................... 16

3.3.3

La obligación legal de la resolución ............................................................... 16

3.3.4

Existencia de un órgano administrativo ......................................................... 16

3.3.5

El plazo ........................................................................................................... 16

3.4

Clases de recursos .................................................................................................. 16 II

3.4.1

Recurso jerárquico .......................................................................................... 16

3.4.2

Recurso resuelto por el mismo órgano ........................................................... 17

3.5

Denominaciones ..................................................................................................... 17

3.6

Sistema de justicia delegada .................................................................................. 17

3.7

Sistema de justicia retenida.................................................................................... 18

3.8

La unificación de los recursos administrativos ...................................................... 18

3.9

El caso de Guatemala ............................................................................................. 18

3.10 Fases o etapas del procedimiento de impugnación ................................................ 19 3.10.1

Plazo para plantear el medio de impugnación o recurso administrativo ........ 19

3.10.2

Procedimiento intermedio............................................................................... 19

3.10.3

Órgano que debe emitir la resolución administrativa al recurso planteado .... 19

3.10.4

Plazo en el cual el órgano administrativo que debe emitir la resolución

administrativa al recurso o medio de impugnación planteado ...................................... 19 3.10.5

Audiencias o dictámenes de otras entidades administrativas ......................... 19

4

Conclusiones ................................................................................................................ 20

5

Recomendaciones ........................................................................................................ 21

6

Bibliografía .................................................................................................................. 22

III

Objetivo General Profundizar los temas de Derecho Procesal Administrativo para que los estudiantes conozcan la garantía que representa el procedimiento administrativo de que la Administración de nuestro país no va a actuar de manera arbitraria, sino con objetividad y siguiendo los lineamientos establecidos en las normas jurídicas.

Objetivos Específicos  Aprender el correcto procedimiento contra la administración en caso de que los derechos o intereses se vean afectados.  Conocer el desarrollo de los actos administrativos.  Desarrollar una mejor capacidad de análisis en cuanto se refiere a los procedimientos administrativos.

IV

Introducción El procedimiento administrativo se configura como una herramienta al servicio de la eficacia de la Administración, ya que le sirve para recabar todos los hechos relevantes y fundamentos jurídicos de la decisión, y al mismo tiempo como una garantía que tiene el ciudadano de que la Administración no va a actuar de un modo arbitrario, sino con objetividad y siguiendo las pautas del procedimiento establecido en las normas, que por otra parte el administrado puede conocer y en el que puede participar cuando en él se diriman asuntos que afecten a sus derechos o intereses. El desarrollo del procedimiento administrativo es de suma importancia dentro de la legislación guatemalteca y más aún, es esencial que como futuros administradores tengamos el conocimiento adecuado para actuar en contra de la administración cuando no se nos respeten o reconozcan las garantías mínimas que nos concede la Constitución. Como requisito para aprobación del curso de Derecho Procesal Administrativo, es necesario el desarrollo completo de los temas vistos en clase para una mejor comprensión de éstos, a continuación se presenta la primera parte del informe.

V

1

Los Procedimientos Administrativos

Los procedimientos administrativos consisten en un conjunto de actuaciones efectuadas en orden legalmente predeterminado y reflejadas documentalmente en los correspondientes expedientes administrativos, y que se dirigen a preparar y prefigurar la declaración final resolutoria con relevancia jurídica que resuelven el procedimiento. En tanto el procedimiento administrativo está compuesto por un conjunto de actos, cada uno de ellos conserva su propia individualidad, lo que implica que su régimen y su naturaleza sean diferentes. Dentro de éstos se pueden distinguir los actos preparatorios o de trámite de los actos resolutorios o definitivos del correspondiente procedimiento. Los procedimientos administrativos responden a una serie de fines específicos entre los que destacan los siguientes:  Garantizar, gracias a su formalización, el sometimiento pleno a la Ley y al Derecho de las actuaciones administrativa con relevancia jurídica directa sobre la esfera jurídica de los ciudadanos.  Permitir mediante la uniformización y racionalización de la actividad administrativa, la satisfacción de las necesidades colectivas de forma rápida, ágil y flexible.  Posibilitar la participación de los particulares en la toma de decisiones del poder público administrativo, en tanto que derecho. 1.1

El procedimiento administrativo El ejercicio de las funciones del Estado es realizado por sus órganos mediante

diversos actos que constituyen la expresión de la voluntad estatal. La formación de estos actos se realiza a través de procedimientos, que de acuerdo con la materia que contienen son identificados como legislativos, judiciales o administrativos. La función administrativa equivale a la administración pública, que es la principal actividad que corresponde desarrollar al Poder Ejecutivo para la prestación de los servicios públicos, a fin alcanzar el bien común. Pero cabe advertir que el ejercicio de la función administrativa en particular, como manifestación del poder estatal, se encuentra sujeto al cumplimiento de requisitos que, al estar previstos en la Ley, se traducen en garantías del gobernado, y al mismo tiempo representan limitaciones a la actuación de la autoridad, es decir, que toda actividad del Estado debe estar sometida a la Ley.

1

El procedimiento administrativo resulta un elemento fundamental para la determinación de la legalidad en la actuación de la autoridad. Es por ello que es importante hacer un análisis general del procedimiento administrativo, desde su iniciación, formas de iniciarlo, principios que lo rigen y todo lo que a él respecta, en una forma muy general. 1.2

Principios del procedimiento administrativo Los principios que veremos se aplican a todos los procedimientos administrativos

clásicos, e igualmente a los procedimientos administrativos especiales (los de audiencia pública y licitación pública, que por cierto se subsumen dentro de la categoría general del procedimiento administrativo). 1.2.1 Principio de legalidad, de juridicidad y de justicia administrativa EI principal objetivo en el procedimiento administrativo es garantizar la debida protección al administrado que pide la decisión administrativa o la impugna. Se debe observar estos principios y sobre todo cuidar que no se altere el orden público, que debe estar encaminado al bienestar general. Con estos principios se trata, que la administración no dicte actos arbitrarios, contrarios a la finalidad de la administración pública o a los intereses de la generalidad o de los administrados en particular y garantizar con ello justicia administrativa en las resoluciones o actos que emiten. 1.2.2 Principio de seguimiento de oficio Seguimiento de oficio significa que la administración pública no debe ser rogada dentro de sus procedimientos, sino por el contrario debe agilizar, des arrollar, dinamizar y vigilar que los procedimientos finalicen sin que para ello resulte como un proceso civil. La administración pública y sus órganos tienen la obligación y responsabilidad de dirigir el procedimiento administrativo y ordenar que en él se practiquen cuantas diligencias sean necesarias para dictar el acto o resolución final, independientemente que el mismo se inicie de oficio, a petición o gestión del interesado. 1.2.3 Principio de informalismo a favor del administrado En el procedimiento administrativo, en muchas ocasiones, suele prescindirse de muchas condiciones formales, tanto en los escritos iniciales como en su tramitación. Por ello,

2

la inadecuación a las formas, no conlleva, en principio la pérdida de un derecho dentro de dicho procedimiento.1 1.2.4 Principio del debido proceso (garantía de la defensa) El principio de la defensa en juicio, o debido proceso (razonabilidad, racionalidad, proporcionalidad, justicia natural, fairness, etc.), es un principio general del derecho, de carácter universal en los países que tienen Estado de derecho. Es por lo tanto aplicable también, desde luego, en el procedimiento administrativo y con criterio amplio, no restrictivo. 1.2.5 Principio de imparcialidad Si bien es cierto que el Administrador debe cuidar por el orden público, también lo es que cuando exista conflicto de intereses entre particulares debe resolver en una forma imparcial atendiendo el interés general, sin inclinaciones hacia ninguno de los administrados. Este caso se puede e ejemplificar en un procedimiento ante Juez de Asuntos Municipales cuando existe denuncia o queja de un particular contra otro particular o en el caso de las licitaciones públicas, en las que el funcionario o funcionarios que participan en estas deben actuar con absoluta imparcialidad. 1.2.6 Principio de procedimiento escrito EI procedimiento administrativo es eminentemente escrito y todas sus actuaciones, pruebas, inspecciones, etc. deben quedar escritos dentro del mismo. Este es principio general en Guatemala, salvo en casos cuando puede ser verbal, ejemplo: en el recurso de apelación municipal, en donde la ley deja al particular la facultad de presentar el recurso verbalmente, en el acto de la notificación o por escrita dentro del tercer día de notificada la resolución. 1.2.7 Principio de procedimiento sin costas Cuando en un procedimiento administrativo se dicta la resolución final no hay pronunciamiento de condena en costas al administrado. El procedimiento administrativo es gratuito. 1.2.8 Principio de sencillez, rapidez, economía y eficacia Este conjunto de principios tiene como propósito que la administración moderna no burocratice los expedientes y que si se cumplieron requisitos o se verificaron gestiones internas dentro del procedimiento administrativo, deberá resolverse con forme a la ley.

1

López Nieto, Francisco, El procedimiento administrativo, Barcelona, Bosch, 1960, pág. 25 y 26

3

En este caso e l procedimiento administrativo debe culminar con un resultado que sea beneficioso tanto para la administración como para los particulares. 1.2.9 Principio de trato justo La administración pública debe tratar justamente al administrado, pues hay que recordar que el funcionario público, es alguien que sirve a la colectividad, no que se sirve de la administración para intereses personales. 1.2.10 Principio de juego limpio Los administrados deben siempre saber a dónde va la administración y la administración no debe guardar ningún secreto para los particulares, pues de las acciones de gobierno depende que su población mejore su calidad de vida. 1.2.11 Principio de publicidad Relacionado con el anterior principio se encuentra el de publicidad de los actos de la ad ministración pública; así lo recoge nuestra Constitución Política, en su artículo 30 y que establece: Todos los actos de la administración son públicos. Los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consulta r, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional o de datos sumistrados por particulares bajo garantía de confidencia. 1.3

Evolución del procedimiento administrativo En la actualidad los estudiosos del derecho procesal administrativo, le han dado una

mayor importancia al procedimiento administrativo, al extremo de haber precisado los principios rectores del derecho administrativo anteriormente anotados.

En las

administraciones modernas se han preocupado por el desarrollo eficiente de sus procedimientos. Tanto la tecnología, como una debida legislación y personas conscientes, hacen que, mediante procedimientos adecuados, logran que efectivamente cumpla con sus objetivos, los cuales son que se respete el bienestar de la colectividad y que los servicios públicos sean eficientes. En nuestra legislación guatemalteca, se busca la eficacia de los procedimientos administrativos a través de la Constitución Política de la República, tomando en cuenta para el efecto la publicidad que debe existir en el procedimiento en mención.

4

El Artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala regula lo referente al límite de treinta días para la resolución de las peticiones de los particulares y notificarla dentro de los mismos, al indicarnos lo siguiente: “Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. En materia administrativa el término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta días. 1.4

Elementos del procedimiento administrativo A continuación se detallan cuáles son los elementos que conforman al procedimiento

administrativo: 1.4.1 Iniciación de oficio, a petición de parte o mediante denuncia Cualquier procedimiento administrativo debe comenzarse de oficio, a petición de parte o bien a través de una denuncia, la primera cuando el mismo se inicia mediante impulso de la administración y ocurre principalmente cuando va implícita una violación del particular a normas reglamentarias o legales, siempre velando por el derecho que tiene todo particular de darle la audiencia respectiva para que se pueda pronunciar. El segundo tiene lugar cuando el impulso del procedimiento se lleva a cabo por el particular de conformidad al derecho de petición regulado en nuestra Constitución Política de la República de Guatemala. La tercera forma, o sea la denuncia ocurre con la presentación de la misma. 1.4.2 Competencia “La facultad legal que tienen los órganos administrativos para poder actuar. La ausencia de competencia implica que las resoluciones o actos administrativos devengan nulos ipso jure, es decir nulos de pleno derecho”. 2 “Contienda suscitada entre dos jueces, tribunales o autoridades, respecto al conocimiento y decisión de un negocio, judicial o administrativo”. 3 Cualquier órgano administrativo debe contar de manera necesaria con competencia administrativa para de dicha forma poder tomar decisiones en determinados casos concretos.

2 3

Calderón Morales, Hugo. Derecho procesal administrativo, pág. 8 Cabanellas, Guillermo. Diccionario jurídico, pág. 9

5

1.4.3 Órgano administrativo Es el elemento primordial de todo procedimiento administrativo, ya que dichos deben obligatoriamente sustentarse a través de órganos con carácter administrativo. “El órgano administrativo es a quien la ley le otorga la competencia administrativa. El funcionario público sólo pone su voluntad para ejercer la competencia del mismo, razón por la cual el órgano administrativo va a ser el elemento más importante de la administración”.4 1.4.4 El administrado Todos los habitantes de la República de Guatemala somos administrados y nos debemos a la administración pública del país. “El administrado o particular es otro de los elementos más importantes dentro del procedimiento administrativo, pues a él es que el acto o resolución del órgano administrativo, va a beneficiar o va a perjudicar”. 1.5

Características del procedimiento administrativo

El procedimiento administrativo en Guatemala cuenta con diversas características fundamentales, las cuales son de utilidad para garantizar el efectivo cumplimiento de los principios anteriormente anotados, siendo las mismas las siguientes: 1.5.1 La audiencia Dentro del procedimiento administrativo de nuestra sociedad guatemalteca, todo administrado cuenta con el derecho de que se le debe de dar audiencia previa a que el administrador emita su decisión final, acto administrativo o resolución. 1.5.2 Recolección de los medios de prueba Es de importancia en el procedimiento administrativo la enumeración clara y precisa de todos los medios de prueba que deberán ser utilizados con posterioridad por la administración o bien por las partes dentro del procedimiento. Cuando el procedimiento administrativo es impulsado de oficio, entonces el administrador se debe encargar de recabar determinadas pruebas para posteriormente emitir una resolución adecuada, pronta y justa para los particulares, como son los informes a dependencias, inspecciones oculares y dictámenes jurídicos y técnicos.

4

Calderón. Ob. Cit. pág. 9

6

1.5.3 Plazo La fijación de un determinado plazo en el procedimiento administrativo es fundamental, y en el mismo la administración del Estado guatemalteco debe encargarse de resolver, tomando en cuenta para el efecto los medios de prueba necesarios que deban ser practicados. Todos los términos o plazo dentro de la administración pública guatemalteca dependen de todos aquellos reglamentos o normas jurídicas que se encuentren determinados en la administración. 1.5.4 Plazo a otras instituciones Es de vital importancia el precisar claramente el plazo y la forma cuando deban intervenir otras autoridades o consejos técnicos o jurídicos dentro del procedimiento administrativo. Los plazos en los cuales se debe llevar a cabo la audiencia correspondiente o la intervención a otros distintos órganos e instituciones deben encontrarse fijados en las normas de carácter reglamentario 1.5.5 Pruebas Es fundamental dentro del procedimiento administrativo el análisis de las pruebas de manera rápida de todos aquellos actos que puedan lesionar a los particulares tomándose en cuenta para el efecto el interés de la colectividad. El administrador al llevar a cabo el análisis correspondiente a las pruebas debe aplicar todos los principios rectores del procedimiento administrativo, y muy especialmente el de legalidad. 1.5.6 Notificación La notificación a los administrados es aquella condición en la cual se notifica la decisión tomada a los particulares que se encuentran involucrados. Cualquier resolución con carácter administrativo debe ser notificada o hecha saber a los administrados que hayan intervenido dentro del proceso administrativo, lo cual se lleva a cabo mediante notificaciones. “Notificar al particular significa hacerle saber que existe un procedimiento abierto en su contra o bien si el procedimiento es a petición del interesado, hacerle saber lo que el órgano administrativo decidió sobre el asunto que se ventila dentro del procedimiento administrativo”.5

5

Ibíd., pág. 10

7

1.6

Naturaleza jurídica El procedimiento administrativo es de naturaleza pública, y el mismo produce efectos

jurídicos inmediatos al particular, debido a la resolución final del procedimiento en mención, motivo por el que los efectos jurídicos del mismo son el acto o la resolución final, el hecho de la autorización, de la negativa, de una sanción o amonestación al administrado o particular. 1.7

Definición “Procedimiento administrativo es la parte del derecho administrativo que estudia las

reglas y principios que rigen la intervención de los interesados en la preparación e impugnación administrativa”.6 “Procedimiento administrativo es la parte del Derecho Administrativo que estudia las reglas y principios que rigen la intervención de los interesados en la preparación e impugnación administrativa”.7 Del procedimiento no podemos decir que se trata de una serie de actos, no todas las etapas del procedimiento administrativo producen efectos jurídicos, sino se trata de hechos administrativos que se suceden dentro de un expediente, es decir dentro del procedimiento administrativo. 1.8

Clasificación de los procedimientos administrativos Dentro de la doctrina del derecho administrativo existe un sin número de

clasificaciones de procedimientos administrativos como autores existen. Para fines de aprendizaje y desarrollo del curso de Derecho Procesal Administrativo dentro de la Universidad Rural de Guatemala analizaremos las siguientes: 1.8.1 Por la forma de iniciarse el procedimiento  A solicitud del particular. Es cuando el particular hace uso del Artículo 28 de la Constitución Política de la República, pidiendo algo a la administración pública.  De oficio. Es cuando la propia administración lo inicia, normalmente cuando existe alguna falta administrativa, se tiene que sancionar al administrado.

6 7

Del Río González, Manuel. Compendio de derecho administrativo, pág. 98 Romero Acosta, Miguel. Teoría general del derecho administrativo. pág. 240

8

1.8.2 Por los motivos que originan el procedimiento administrativo  Por impugnación de una resolución administrativa. Cuando el particular hace uso de los recursos en la vía administrativa e impugna un acto o resolución administrativa que le afecta en sus derechos e intereses.  Petición propiamente dicha. Aunque se trata de una mera clasificación, se considera que en el fondo el derecho de petición y el derecho de impugnación son la misma cosa, pues el derecho de petición es el género y el derecho de impugnación es la especie.  De oficio. Cuando la propia administración lo inicia, sin mediar petición de los particulares. 1.8.3 Procedimiento de oficio Es aquel en el que la actividad de la administración se inicia por el impulso interno que da la voluntad administrativa, por ejemplo, en los procedimientos de control y sancionatorios. 1.8.4 Procedimiento a petición de parte Este procedimiento debe ser llevado a cabo por la administración, previa solicitud del gobernado, en las quejas, los recursos y las peticiones de los particulares. 1.8.5 Procedimiento de oposición Generalmente se inicia dentro de otro procedimiento, durante la fase de instrucción, como un elemento más que la administración se allega para resolver un asunto que conoce. Se encuentra en las inconformidades en las que, al no ser instancias, el particular sólo aporta su punto de vista respecto de hechos que la autoridad analiza; también se presenta durante el procedimiento de otorgamiento de concesiones, en el que los terceros interesados pueden intervenir. 1.8.6 Procedimiento de ejecución Está integrado por el conjunto de actos que tienden a hacer efectiva la decisión administrativa, cuando el particular no la acata en forma voluntaria. Procede inmediatamente después de la fase de eficacia, como sucede en el procedimiento administrativo de ejecución en materia tributaria.

9

1.8.7 Procedimiento revisor Este procedimiento se produce respecto de un procedimiento anterior y conduce a la producción de un nuevo acto administrativo que confirma, anula o modifica el acto que se revisa. Generalmente se produce por la interposición de los recursos. 1.8.8 Procedimiento sancionador Se produce por el ejercicio de la potestad sancionadora de la administración, por incumplimiento de las obligaciones a cargo de los particulares o de los empleados de la propia administración. Cuando la sanción se impone a los particulares recibe el nombre de procedimiento correctivo, y cuando se impone a los servidores públicos se denomina disciplinario.8 1.9

Los expedientes administrativos

En cuanto a definiciones de expediente propiamente dicho no existen muchas pero con lo que hasta ahora hemos analizado, se puede definir en general expediente de una manera sencilla. EI expediente administrativo es por naturaleza la constancia escrita de los hechos, documentos que se encuentran ordenados en una forma cronológica. EI expediente administrativo es el conjunto de documentos, actas, peticiones, pruebas, etc. ordenados en forma cronológica en que se realizaron los hechos administrativos, peticione, actuaciones, audiencias, presentación de pruebas y que finaliza con la decisión administrativa. Los documentos y hechos del expediente administrativo son los que dan fundamento y vida jurídica a los actos y resoluciones que emite el órgano administrativo. 1.9.1 Componentes de los expedientes administrativos Los expedientes tienen una serie de componentes que es de suma importancia enumerar y que debemos tratar de individualizar, para una mejor comprensión de lo que implica este. 1.9.1.1 Los documentos El expediente administrativo se compone de documentos de toda índole. Dentro de los documentos podemos encontrar actas de toda naturaleza, memoriales de petición o de impugnación, pruebas documentales, certificaciones, escrituras públicas, etc.

8

Delgadillo Gutiérrez, Luis Humberto, Elementos de derecho administrativo I. Pág. 218.

10

1.9.1.2 Cronología de los hechos administrativos Todas las actuaciones dentro del expediente se encuentran enumeradas y foliadas en forma cronológica de todo lo que ha sucedido dentro del expediente, esto por cuestión de orden administrativo y para facilitar su análisis antes de emitir una resolución o acto administrativo. 1.9.1.3 La decisión administrativa. La finalidad principal del procedimiento administrativo es la resolución o acto administrativo, esto es lo que al final va a producir los efectos jurídicos

del acto

administrativo. 2

Fases del Procedimiento Administrativo

Todo procedimiento en particular, cuenta con determinadas fases o etapas características, debido a que los mismos no cuentan con una unificación. Cada uno de los sistemas de organización administrativa, cada órgano administrativo y entidad posee etapas propias. 2.1

Inicio de oficio La mayoría de los procedimientos administrativos comienzan de oficio, o sea que es

la misma administración quien por iniciativa propia y sin la existencia de petición alguna por un particular le da origen. 2.2

Inicio a solicitud del interesado El procedimiento administrativo puede comenzar de tres distintas formas, siendo las

mismas las siguientes:  Petición de manera personal por parte del interesado sea de forma escrita o verbal.  La petición por denuncia de un administrado que ocurre cuando un particular presenta una denuncia en contra de otro administrado debido a una violación de los reglamentos o bien de las normas jurídicas que le pudiera estar ocasionando algún daño y afecta además el interés de la colectividad.  Las peticiones por la impugnación de resoluciones de orden administrativo que ocurren cuando existe un acto administrativo o una resolución de cualquier autoridad administrativa o de cualquier naturaleza que lesiona los intereses y los derecho de los particulares, y los mismos cuentan con la facultad de poder presentar su oposición a las resoluciones administrativas mediante los recursos administrativos.

11

2.3

El decreto de trámite El decreto de trámite es aquella fase o etapa del procedimiento administrativo que dicta la autoridad administrativa en el momento de darle comienzo al procedimiento en mención, ya sea de oficio, por petición de parte o bien a través de una denuncia. En el mismo se da a conocer que efectivamente se le da trámite a la petición, al informe de otra dependencia o a la denuncia, otorgando a la vez audiencias y señalando los plazos correspondientes.

2.4

Las notificaciones “Notificación es el acto de dar a conocer a los interesados la resolución recaída en un

trámite”.9 “Documento en que consta una comunicación, y donde deben figurar las firmas de las partes o de sus representantes”. 10 Cualquier iniciación de un procedimiento administrativo debe ser notificada a las partes que se encuentren involucradas y posteriormente se le debe dar la audiencia correspondiente, ya que uno de los principios rectores de mayor importancia en el procedimiento en mención es el legítimo derecho de defensa. 2.5

Intervención de terceros Dentro de los procedimientos administrativos en Guatemala es bien frecuente que

existan terceros que intervienen en dicho procedimiento en mención cuando una resolución administrativa que es emitida en beneficio de una persona, pueda afectar con ello a otra u otras y por ello mismo se le debe de dar la intervención que el caso amerite. 2.6

Diligencias Dentro de los procedimientos administrativos se pueden llevar a cabo una serie de

diversas diligencias previo a la resolución final. Dicho diligenciamiento consiste en que una vez se encuentre formulada la solicitud por la parte que ha solicitado de manera previa e iniciado el procedimiento respectivo, entonces allí comienza la colaboración y ayuda material de los órganos que se encuentran encargados de recibir las pruebas, así como su incorporación al expediente que corresponda.

9

Cabanellas. Ob. Cit. pág. 262 Ibíd.

10

12

2.6.1 Las inspecciones También se les denomina inspecciones administrativas. Las inspecciones oculares o inspecciones administrativas tienen por objeto que el administrador verifique hechos y circunstancias aseveradas por la parte pudiente o la parte que solicitó su realización y las haga constar mediante informe o acta administrativa para que tenga validez legal y se tenga como prueba en el expediente administrativo. 2.6.2 Los informes El alegato o exposición oral que hace un abogado o el representante del Ministerio fiscal ante el juez o tribunal que ha de fallar la causa o proceso. 2.6.3 Las declaraciones Las declaraciones pueden realizarse por escrito o bien verbalmente a través de la persona que la expresa. Dentro de todo procedimiento administrativo deben prestarse las declaraciones correspondientes. 2.6.4 Los documentos “Instrumento, escritura, escrito con que se prueba, confirma o justifica alguna cosa o, al menos, que se aduce con tal propósito”. 11 Las pruebas, peticiones, actuaciones, dictámenes y la misma resolución administrativa son constitutiva de documentos, los cuales en su conjunto forman un expediente administrativo. 2.6.5 Los expertajes Nos indica que expertaje es: “Un estudio, un análisis, una inspección, un dictamen sobre un asunto específico, técnico o científico, vertido por una persona técnica o científica, verdad en una materia determinada, que a través de la experiencia puede establecer la veracidad o la falsedad de un hecho o circunstancia, el cual constituye prueba dentro del procedimiento administrativo”.12 Dentro del procedimiento administrativo, los expertos son de utilidad ya sea para que los solicitantes o bien el mismo administrador esclarezca los asuntos relativos al conocimiento técnico de una persona que cuente con conocimientos en la materia relacionada.

11 12

Cabanellas. Ob. Cit. pág. 131 Calderón Morales, Hugo. Derecho procesal administrativo, pág. 22

13

2.6.6 Los dictámenes técnicos “Opinión, consejo o juicio que en determinados asuntos debe oírse por los tribunales, corporaciones, autoridades”. 13 Los dictámenes técnicos son de importancia dentro del procedimiento administrativo, ya que dentro de los mismos puede encontrarse la opinión de una persona con especialización en la ciencia o técnica relacionada. 2.6.7 Intervención de la Procuraduría General de la Nación La intervención de la Procuraduría General de la Nación es de vital importancia en los procedimientos administrativos en la administración pública de nuestra sociedad guatemalteca ya sea porque el órgano administrador pida de manera libre su asesoría o porque la norma legal lo obligue a solicitar su dictamen. 2.7

La resolución originaria La resolución originaria o de fondo como también se le denomina es la finalidad que

el procedimiento administrativo busca, es aquella manifestación de la voluntad del órgano administrativo que se encuentra plasmado en un documento, que desde el momento en el cual se encuentra notificado generará efectos de orden jurídico en beneficio o perjuicio del administrado. 2.8

Procedimiento administrativo y proceso judicial En variadas ocasiones se utilizan como sinónimos los términos de procedimiento y

proceso, por lo cual es de importancia hacer la distinción entre ambos, siendo los mismos: “Proceso es un conjunto de actos, acontecimientos o realizaciones que suceden a través del tiempo y que tienen entre si determinadas relaciones que les dan unidad”.14 “El conjunto de actos realizados conforme a determinadas normas, que tienen unidad entre sí y buscan una finalidad, que es la resolución de un conflicto, la restauración de un derecho, o resolver una controversia preestablecida, mediante una sentencia”.15 El procedimiento administrativo es aquel que se verifica primordialmente ante los órganos correspondientes a la administración pública, mientras que el proceso lleva a cabo sus verificaciones ante los órganos jurisdiccionales.

13

Ibíd. Calderón Morales. Ob. Cit. pág. 27 15 Romero Acosta. Ob. Cit. pág. 340 14

14

El procedimiento administrativo al tomar en cuenta la finalidad que persigue, puede establecerse que la mismo busca la resolución administrativa, y el proceso judicial busca esencialmente la sentencia. 3

Procedimientos de Impugnación de las Resoluciones Administrativas

Es importante el análisis jurídico de los procedimientos de impugnación de las resoluciones administrativas, al ser las mismas: “Todos aquellos recursos que los particulares tienen para oponerse a las resoluciones de la administración pública, los cuales se encuentran dispersos dentro de la legislación guatemalteca”. 16 “Todo administrado tiene el derecho que se le aplique la legalidad y la juridicidad en las resoluciones que se dictan, de acuerdo con las formalidades legales, por los motivos que fijen las leyes y con el contenido que las mismas señalen, siguiendo estrictamente con el contenido de las mismas”.17 3.1

Medios de impugnación El derecho de los particulares en las resoluciones administrativas y el ejercicio de la

competencia en las resoluciones administrativas tienen que protegerse de manera de brindarles a los particulares los medios de orden legal para la obtención de la administración. Es importante la revisión de un acto administrativo, con el objetivo de alcanzar la reparación de violaciones a los derechos, o sea para lograr la revocatoria o bien la anulación del acto que perjudica los derechos de los administrados. Los recursos de los administrados son el remedio eficaz, rápido y de utilidad para el combate a la violación de un derecho particular y la solicitud de revisión del mismo en los procedimientos administrativos. “Los recursos administrativos constituyen un medio legal de que dispone el particular, afectado en sus derechos e intereses por un acto administrativo determinado, para obtener en los términos legales, de la autoridad administrativa una revisión del propio acto, a fin que dicha autoridad lo revoque, lo anule o lo reforme en caso de encontrar comprobada la ilegalidad o la inoportunidad del mismo”. 18

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Calderón Morales. Ob. Cit. pág. 29 Ibíd. pág. 32 18 Fraga, Gabino. Derecho administrativo, pág. 47 17

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3.2

Características Generalmente, la mayoría de los tratadistas de la materia anotada buscan una serie de

elementos característicos de importancia para los recursos administrativos. 3.3

Elementos

3.3.1 Es una resolución administrativa Una resolución administrativa debe existir y la misma debe afectar los intereses y los derechos de un administrado o de un particular. Si no existe una decisión por parte del órgano administrativo que produzca efectos jurídicos no habrá tampoco recurso alguno que interponer. 3.3.2 La fijación de un procedimiento La norma debe contener una fijación bien concreta relativa al procedimiento con plazos determinados para la tramitación y resolución posterior del recurso. 3.3.3 La obligación legal de la resolución Existe obligación legal por parte de la entidad que se encargará de revisar el expediente de la emisión de una resolución, ya sea modificando, revocando o bien confirmando la resolución que se halla impugnado. 3.3.4 Existencia de un órgano administrativo Es la determinación de las normas de orden legal del órgano administrativo ante quien se deberá plantear el recurso administrativo correspondiente. En mención debe contar con la debida competencia administrativa, debido a que si el mismo no es competente no existirá el acto o la resolución, y existirá abuso de poder o abuso de autoridad. 3.3.5 El plazo La determinación legal de un plazo dentro del que se tiene que interponer el recurso administrativo es indispensable así como también del tiempo en el cual se debe dar la resolución correspondiente. 3.4

Clases de recursos Existen dos distintas clases de recursos, siendo los mismos los que a continuación se

explican brevemente: 3.4.1 Recurso jerárquico “El recurso jerárquico es aquel que resuelve un órgano superior, en un asunto en el que ha resuelto el órgano subordinado, como ocurre en el recurso de revocatoria, que se

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plantea contra los directores generales de los Ministerios de Estado, así como el recurso de revocatoria que puede plantearse en la vía administrativa municipal contra las resoluciones del Alcalde y Órganos Colegiados distintos del Consejo Municipal; el recurso de apelación que también se plantea contra órganos subordinados y es el superior jerárquico el que resuelve; apelación en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social ( IGSS ); Apelación de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Apelación Municipal”.19 3.4.2 Recurso resuelto por el mismo órgano También se le denomina recurso de reposición, y es aquel recurso planteado ante un órgano superior jerárquico y el mismo que emitió la resolución, se encarga de resolver el recurso que se haya planteado. 3.5

Denominaciones Los medios de impugnación son denominados de diversas formas, siendo las mismas

las siguientes:  Recursos administrativos  Impugnaciones  Medios de defensa  Derecho de revisión administrativa 3.6

Sistema de justicia delegada Para el estudio de este tema es necesario remontarse a la época de la revolución

francesa, en la cual se desarrolla la Justicia Delegada. La revolución francesa cambio todo el sistema monárquico. El Consejo del Rey fue privado de sus poderes judiciales por la ley del 27 de noviembre de 1790 que lo transfirió al Tribunal de Casación. Posteriormente, la Ley del 27 de abril de 1971 suprimió el Consejo del Rey, organiza en forma embrionaria una especie de Consejo de Estado, el Tribunal de Conflictos y la Corte de Casación. Dentro de la Administración Pública francesa la Justicia Delegada, significa la potestad que la ley le otorgó a la propia administración para que impartiera justicia a nombre del pueblo francés, a través de un Tribunal Administrativo, que conoce las controversias derivadas de los conflictos administrativos que se dan dentro de la Administración Pública y

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Ibíd. pág. 33

17

a esto se le denomina la Delegación de la Competencia, que es una figura parecida a la Justicia Delegada, pero en su esencia por los Órganos administrativos que la ejercen. 3.7

Sistema de justicia retenida En el sistema de justicia retenida existe un tribunal especial de lo contencioso

administrativo, el cual se encuentra adscrito al Organismo Judicial, como es el caso de nuestro país, y en el cual la Constitución Política de la República de Guatemala nos indica en su Artículo 221 que: “Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Su función es de contralor de la juridicidad de la administración pública y tiene atribuciones para conocer en caso de contienda por actos o resoluciones de la administración y de las entidades descentralizadas y autónomas del Estado, así como en los casos de controversias derivadas de contratos y concesiones administrativas. Para acudir a este Tribunal, no será necesario ningún pago o caución previa. Sin embargo, la ley podrá establecer determinadas situaciones en las que el recurrente tenga que pagar intereses a la tasa corriente sobre los impuestos que haya discutido o impugnado y cuyo pago al Fisco de demoró en virtud del recurso. 3.8

La unificación de los recursos administrativos Modernamente, la tendencia es la de unificación de los procedimientos

administrativos, ya que la codificación del derecho administrativo no es posible pero si es la unificación de los procedimientos. Los recursos administrativos deben de unificarse con el objetivo del facilitamiento al administrado de lugar y a quien dirigir los órganos administrativos. Dentro de los reglamentos y normas a nivel general de la administración pública pueden encontrarse variados procedimientos de recursos y no existe unificación alguna. 3.9

El caso de Guatemala En la legislación administrativa de Guatemala se pueden encontrar variados recursos

administrativos, los cuales se encuentran dispersos en diversas normas y reglamentos administrativos. Actualmente tres son los recursos fundamentales de la legislación guatemalteca, siendo los mismos: el de reposición y el de revocatoria dentro de la administración centralizada y el recurso de apelación en la descentralizada.

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3.10 Fases o etapas del procedimiento de impugnación Por la inexistencia de una legislación uniforme relativa a los procedimientos administrativos, es bien difícil partir de un procedimiento general Los procedimientos de los recursos administrativos tienen en distintas normas, distintos procedimientos, según se trate de la materia y se encuentren dispersos en diversas leyes administrativas. Dentro de los procedimientos administrativos de impugnación contra resoluciones administrativas, a grandes rasgos se pueden mencionar las siguientes: 3.10.1 Plazo para plantear el medio de impugnación o recurso administrativo Siempre contamos con un plazo para plantear el medio de impugnación, que se inicia con el acto de la notificación, que va de tres hasta diez días, después que se ha notificado la resolución. 3.10.2 Procedimiento intermedio Si el órgano ante quien se plantea el recurso es subordinado, implica que él tiene necesariamente que elevar el expediente al superior jerárquico, para que sea resuelto por éste, como cuando se plantea el recurso de revocatoria ante una Dirección General de los ministerios, el Director tiene la obligación de elevarlo al Ministro para su resolución. 3.10.3 Órgano que debe emitir la resolución administrativa al recurso planteado El superior jerárquico es el que tiene que emitir la resolución tanto del recurso de revocatoria como de reposición, esta facultad no es atribuida a los subordinados. 3.10.4 Plazo en el cual el órgano administrativo que debe emitir la resolución administrativa al recurso o medio de impugnación planteado Todo plazo dentro de la administración pública no puede exceder de treinta días, de conformidad con lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala en el derecho de petición. 3.10.5 Audiencias o dictámenes de otras entidades administrativas Como es el caso de la Procuraduría General de la Nación, Consejos Técnicos y la Dirección de Estudios Financieros, en el caso del Ministerio de Finanzas Públicas. Todas las audiencias conferidas a los órganos de consulta deben tener contemplado un plazo máximo para emitir sus dictámenes, sin embargo si no lo tuvieren se entenderá que es de treinta días”.

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Conclusiones

Los Procesos Administrativos tienen efecto en nuestra vida cotidiana muchas veces pasamos desapercibidos de que todo lo que realizamos gira alrededor de una secuencia o mejor un cronograma de actividades que a diario organizamos para poder llevar a cabo nuestros objetivos, pero en realidad, para poder dar cumplimiento a cada meta que tenemos en mente, siempre se debe tener en cuenta los pasos del Proceso Administrativo. Para emitir una resolución sobre un procedimiento administrativo se debe tomar en cuenta las normas reglamentarias y legales en las cuáles se fundamenta. Serán nulas las resoluciones tomadas a partir de un dictamen emitido por un órgano de asesoría legal o técnica. La administración pública guatemalteca al emitir una resolución administrativa tiene obligatoriamente que dirigir dichas resoluciones a personas individuales o colectivas, debido a que los efectos jurídicos que el acto administrativo conlleva tienen que dirigirse a determinados sujetos.

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Recomendaciones

Que la población en general tenga mayor conocimiento sobre los procedimientos administrativos, ya que es un medio de defensa de los particulares frente a la administración y de esa manera reducir la afectación a los derechos e intereses de los ciudadanos. Garantizar la efectividad de las peticiones dirigidas a los funcionarios o empleados de la administración pública, para que las mismas sean debidamente resueltas y notificadas dentro de los plazos legales regulados. Que el Estado de Guatemala establezca un control adecuado sobre los procedimientos administrativos con el fin de agilizar la resolución de los recursos administrativos planteados por los administrados.

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Bibliografía

Cabanellas, G. (2006). Diccionario Jurídico Elemental. Madrid: Heliasta S R L. Fraga, G. (2002). Derecho Administrativo. México: Porrúa. González, M. d. (1981). Compendio de Derecho Administrativo. Cárdenas. Gutiérrez, L. H. (1988). Elementos del Derecho Administrativo. México: Limusa. Morales, H. H. (2011). Derecho Procesal Administrativo Guatemalteco. Guatemala: Litografía MR. Nieto, F. L. (1960). El Procedimiento Administrativo. Barcelona: Bosch. Romero, M. A. (2004). Teoría General del Derecho Administrativo. México: Porrúa. Constitución Política de la República de Guatemala. Asamblea Constituyente

1986

Ley de lo Contencioso Administrativo. Decreto 119-96 del Congreso de la República de Guatemala.

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