El Juicio

UNICARIBE UNIVERSIDAD DEL CARIBE TEMA: EL JUICIO ASIGNATURA: LOGICA JURIDICA PRESENTADO POR: SAN AGUSTIN MONTERO OGANDO

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UNICARIBE

UNIVERSIDAD DEL CARIBE TEMA: EL JUICIO ASIGNATURA: LOGICA JURIDICA PRESENTADO POR: SAN AGUSTIN MONTERO OGANDO 2009-2566 RAQUEL FRONTAL RICARDO 2006-4004 FACILITADOR: LIC. LEONIDAS DIAZ TURBI SANTO DOMINGO, D. N. 13 de agosto de 2015

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INDICE

Introducción............................................................................................................2 Justificación............................................................................................................3 El Juicio..................................................................................................................4 Noción.....................................................................................................................4 Elementos Del Juicio..............................................................................................4 Materia Y Forma Del Juicio.-..................................................................................4 Divisiones De Los Juicios.......................................................................................4 División De Los Juicios Por Su Cualidad.-.............................................................5 División De Los Juicios Por Su Cantidad.-.............................................................6 La Proposición Expresión Del Juicio......................................................................9 Inferencias Inmediatas.........................................................................................10 Cuadro De Las Oposiciones.................................................................................11 Racionamiento O Raciocinio................................................................................12 Conclusión............................................................................................................14 Bibliografia............................................................................................................15

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INTRODUCCIÓN Dentro del amplio mundo de la lógica, la lógica elemental estudia lo concerniente al concepto, el juicio y el raciocinio. Estos tres elementos están estrechamente relacionados. En el presente trabajo trataremos específicamente la relación existente entre juicio y razonamiento o raciocinio. Para destacar la relación existente entre dos o más elementos, es necesario conocerlos previamente por separado; en ese sentido primeramente hacemos una descripción de lo que en el juicio y lo que es el razonamiento, para luego en base a sus particularidades propias pasar a las similitudes y relaciones entre ambos. Finalmente se presenta un resumen sobre lo que consideramos son las principales relaciones entre juicio y razonamiento, que le permita al lector la comprensión de las mismas de la mejor manera.

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JUSTIFICACIÓN En la lógica como en otras áreas, los diferentes elementos que la integran, no son elementos aislados, sino que están íntimamente relacionados. Es de vital importancia conocer la relación existente entre los diferentes elementos de la lógica, y de manera particular entre el juicio y el razonamiento o raciocinio como una forma de comprender la interdependencia entre ellos. En ese sentido entendemos necesario destacar la relación entre el juicio y el razonamiento como paso previo para obtener conclusiones lógicas y materialmente verdaderas en el desarrollo de nuestra profesión como futuros abogados.

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EL JUICIO Noción Para que haya juicio se requiere una afirmación o una negación, y en consecuencia todo juicio debe ser verdadero o falso. El juicio es la operación intelectual por medio de la cual, comparando dos conceptos, pronunciamos la conveniencia o la repugnancia del uno respecto al otro, es decir, afirmamos o negamos un concepto de otro concepto.

Elementos del juicio. En el juicio, pues, encontramos tres elementos: los dos conceptos que se comparan, y la misma relación de conveniencia o inconveniencia observada entre ellos. El concepto al que atribuimos o excluimos otro, se llama sujeto, el concepto atribuido o excluido del sujeto se denomina predicado, que se designa con la letra P; el propio acto de comparar, o sea, de atribuir o excluir un concepto de otro, o, en términos más precisos, de afirmar o negar el predicado del sujeto, recibe el nombre de cópula.

Materia y forma del juicio.Los dos conceptos –sujeto y predicado– que se relacionan mediante el acto de juzgar, constituyen la materia del juicio; y la misma relación entre ambos conceptos, es decir, la cópula, constituye la forma de aquél.

Divisiones de los juicios. — Las principales divisiones de los juicios se establecen por razón de la cualidad, de la cantidad, de la relación y de la modalidad. Por la cualidad, los

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juicios se dividen en afirmativos y negativos; por la cantidad, en universales, particulares y singulares por la relación, en categóricos, hipotéticos y disyuntivos, y por la modalidad, en asertorios, problemáticos y apodícticos.

División de los juicios por su cualidad.La cópula constituye el elemento formal del juicio» y que consiste alternativamente en una afirmación o negación, los juicios, según su cualidad, se dividen en afirmativos y negativos. En el juicio afirmativo el predicado es atribuido al sujeto; en el juicio negativo el predicado es excluido del sujeto. La cualidad de afirmativo o negativo reside precisamente en la cópula, de suerte que los juicios cuyo predicado es de suyo negativo, como «el espíritu es inmaterial». En el juicio afirmativo el predicado se atribuye al sujeto según toda su comprensión, pero no según toda su extensión. Así, en el ejemplo «el vegetal es viviente», se atribuye a «vegetal» toda la comprensión del concepto «viviente», pero no toda su extensión, porque hay otros seres vivientes que no son vegetales. Empero si el predicado tiene igual comprensión que el sujeto, como sea que en este supuesto también tiene igual extensión, el predicado se toma a la vez según toda su comprensión y toda su extensión. Por ejemplo, en el juicio del hombre es racional», como quiera que fuera de los hombres, no hay otros seres racionales, el predicado racional se atribuye a hombre según toda su comprensión y toda su extensión.

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División de los juicios por su cantidad.Cantidad de un juicio es la extensión con que el sujeto se toma en tal juicio, y por consiguiente la cantidad de un juicio determina por la extensión del sujeto, los juicios por razón de su cantidad podrán ser respectivamente universales, particulares y singulares. Juicio universal es aquel en que el sujeto se toma en toda su extensión; juicio particular, aquel en que el sujeto es tomado en parte de su extensión juicio singular es aquel en que por sujeto se toman uno o varios individuos determinados entre los que caen bajo la extensión de cierto concepto. Conforme a su doctrina de la cuantificación del predicado habrá cuatro clases de proposiciones en razón de su cantidad: Toto-totales: sujeto y predicado universales. Ejemplos: Afirmativo: Todo A es todo B. Negativo: Ningún A es ningún B. Toto-parciales:

sujeto

universal

y

predicado

particular:

Ejemplos:

Afirmativo: Todo A es algún B. Negativo: Ningún A es algún B. Parti-totales: sujeto particular y predicado universal. Ejemplos: Afirmativo: Algún A es todo B. Negativo: Aún A es ningún B. Parti-parciales: sujeto y predicado particulares. Ejemplos: Afirmativo: Algún A es algún B. Negativo: Algún A no es algún B. Según la forma de su relación, esto es, por la manera de la relación de inherencia del predicado al sujeto, según que es afirmada o negada, los juicios

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se dividen en categóricos, hipotéticos y disyuntivos. En efecto, el principio de identidad y de contradicción se enuncia bajo la forma de incondicionalidad, es decir, absolutamente; el principio de razón suficiente, en cambio es enunciado bajo la forma alternativa. Habrá tres clases de juicios, atendida la forma de su relación: categóricos, que son aquellos en que el predicado se afirma o niega del sujeto de manera absoluta, hipotéticos, en que el predicado se afirma o niega del sujeto bajo condición, y disyuntivos, en los cuales se pronuncia que de varios predicados diversos, uno de ellos conviene al sujeto, sin precisar, cual es. El juicio disyuntivo se llama contradictorio cuando el predicado consta de dos conceptos contradictorios. El juicio disyuntivo contrario es aquel cuyo predicado consta de dos o más conceptos contrarios. Juicio disyuntivo divisivo es aquel cuyo predicado se compone de todos los miembros de la extensión del sujeto, y su enunciación equivale a una división. Finalmente, el llamado juicio conjuntivo, en realidad es una forma especial del juicio disyuntivo, pues aquél consiste en declarar que a un sujeto no le pueden convenir dos predicados opuestos. Así, pues, decir: Juan no puede estar a la vez casado y soltero, equivale a decir. Juan o está casado o es soltero. La división de los juicios por su modalidad se funda también en la manera de la relación de inherencia del predicado al sujeto, pero no según la manera que lógicamente es afirmada o negada, sino conforme a la manera que antológicamente dicha relación de inherencia es concebida, a saber, como meramente posible, como real o como necesaria. Con arreglo a la modalidad los juicios correlativamente se dividen en problemáticos, asertorios y apodícticos.

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Juicio problemático será, pues, aquel en que la relación de inherencia del predicado al sujeto es concebida como meramente posible. Juicio asertorio es aquel en que dicha relación es concebida como rea, y juicio apodíctico es aquel en que la repetida relación es concebida como necesaria, o en su caso, como imposible. Juicios analíticos son aquellos en que el atributo está contenido en el sujeto, es decir, en que se predica una de las notas esenciales del sujeto, por ejemplo: “el cuadrado tiene cuatro ángulos rectos”, “el hombre es racional” Juicios sintéticos son aquellos en que, por el contrario, el atributo no está contenido en el sujeto, sino que en cierto modo se le añade, de tal suerte que para comprobar la verdad o falsedad del juicio sintético no basta el análisis de las notas del concepto del sujeto, sino que es preciso recurrir a la experiencia. Por ejemplo. “el elefante es útil”. El juicio existencia o de realidad enuncia simplemente un hecho, por ejemplo: “Pedro está enfermo. Los juicios de valor implican una apreciación del hecho enunciado, de suerte que el predicado importa una calificación del sujeto; por ejemplo: “estas señoritas son agradables”. Relación entre el juicio y la proposición.- Así como el lenguaje es la expresión del pensamiento y el término es la expresión del concepto, así también la proposición es la expresión del juicio. Del mismo modo que el término corresponde gramaticalmente al nombre, la proposición, de ordinario, es correlativa de la oración gramatical.

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LA PROPOSICIÓN EXPRESIÓN DEL JUICIO El juicio y la proposición, son elementos fundamentales en el hombre para poder comprender o analizar los diferentes problemas o conceptos que la sociedad emplea en el lenguaje. El juicio es un ejercicio del pensamiento en el que se afirma o se niega algo, si es verdad o no lo es; por lo tanto, podemos notar que no es necesario un juicio para decir con plena certeza que conocemos, sino que es la afirmación y la negación la que nos dan el conocimiento a través del juicio. Recordemos que en esa afirmación juega un papel importante el “ser” “es o no es”. En la proposición, podemos notar ese juicio expresado, después una operación interna de la mente, vemos por medio de palabras y de letras esa proposición que fue formulada en el proceso mental. El ser humano, para poder aplicar estos dos elementos fundamentales en el proceso del pensamiento, debe distinguirlos muy bien, distinguir las diferencias y las semejanzas, saber que toda proposición es “enunciativa” y que todo juicio es “judicativo”. Una estructura importante de la proposición, es, que ésta tenga sentido, para así no sembrar la duda sobre el sentido del concepto. “la proposición es un discurso perfecto enunciativo que expresa un juicio y significa lo verdadero y lo falso”. Este concepto de proposición que da Aristóteles y otros filósofos, reúne todo lo visto anteriormente, dándonos a llegar a la conclusión de que, el ser humano, siendo racional por naturaleza, tiene la capacidad de analizar conceptos para emitir juicios que después serán expresados en palabras y textos, una proposición.

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Inferencias Inmediatas En la lógica tradicional se llamaba inferencia a la figura lógica que permite obtener una conclusión directamente, a partir de una única premisa. Teniendo en cuenta que el esquema fundamental de esa lógica era el silogismo, la inferencia aparecía como un caso especial. Así del conocimiento de que !‘Está lloviendo”, se infiere “el suelo está mojado”. Además podemos decir que, inferir es interpretar el contenido de un texto con solo leer el titulo o palabra clave de este. Las inferencias inmediatas de la filosofía se asocian a lo que es la lógica y los juicios mentales. La lógica es un derivado de la palabra logos los cual desprende otra palabra más la cual es logeein de la cual podremos extraer lego-pensar-decir-contar nosotros nos iremos a lo que es pensar. Las características de un juicio mental son la cantidad y la cualidad. La cualidad: este es la cualidad de un juicio la cual será afirmativo y negativo. La cantidad: esto será la cantidad ya sea todo, nada o una parte. Las cualidades de un juicio descienden de los medievales los cuales de la palabra afirmó y negó sacaron las cualidades de este y lo dividieron en 4 partes las cuales por mera casualidad son las primeras 4 vocales (A-E-I-O) esto tiene la siguiente explicación. A: es lo universal afirmativo E: es lo universal negativo I: es lo particular afirmativo O: es lo particular negativo

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Cuadro de las Oposiciones El cuadro de Boecio, conocido con el CUADRO DE LA OPOSICIÓN, muestra las relaciones de las proposiciones categóricas típicas (A, E, I, O) entre sí. Estas se denominan contradictorias, contrarias, subcontrarias y subalternantes, se gráfica así:

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Racionamiento o raciocinio En general, es la operación intelectual en virtud de la cual pasamos de una cosa conocida a otra desconocida. Elementos del razonamiento.- Las cosas conocidas de las cuales parte el razonamiento, o si quiere, los juicios dados desde los cuales pasa o discurre a un nuevo juicio, constituyen el antecedente; y aquella cosa que se trata de conocer, partiendo de lo ya conocido, se denomina consiguiente. Finalmente, la conexión o ilación entre el antecedente y el consiguiente, aquello que hace que se pueda pasar del primero al segundo, o que legitima el tránsito o discurso del antecedente al consiguiente, se llama consecuencia. De los elementos indicados, el antecedente y el consiguiente, constituyen la materia del razonamiento. La consecuencia, constituye la forma del razonamiento. Puede, en efecto, partir de verdades o juicios generales para descubrir otra verdad o inferir un nuevo juicio, más particulares, o sea, descender de unos conocimientos generales a otros particulares; o puede, por el contrario, partir de verdades o juicios particulares para alcanzar otros más generales, esto es, ascender de unos conocimientos particulares a otros generales. En el primer supuesto, tenemos el razonamiento deductivo o simplemente deducción, cuyo antecedente es más general que el consiguiente; en el segundo el razonamiento inductivo, o inducción, en el cual, por el contrario, el antecedente es más particular que el consiguiente, que infiere una ley general de una pluralidad de datos particulares.

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Cuando no es posible el conocimiento inmediato, necesitamos recurrir a otros conocimientos adquiridos, relacionándolos entre sí, para tratar de obtener un nuevo conocimiento. Y refiriéndonos al razonamiento deductivo stricto sensu, si no podemos proferir un juicio sobre la conveniencia o no conveniencia entre dos conceptos, habremos de requerir la mediación de un tercer concepto, con el cual compararemos los dos primeros, estableciendo así dos juicios, de los cuales, según la conveniencia o no conveniencia de aquellos dos conceptos con el mediador, podremos inferir un tercer juicio que se pronuncie acerca de la conveniencia o no conveniencia entre los primeros conceptos. El fundamento de esta operación reside en los principios anteriores, las cosas que convienen con una tercera, las cosas que repugnan con una tercera entre sí. Paradigma o instrumento técnico de la estructura del razonamiento o raciocinio deductivo, es el silogismo.

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CONCLUSIÓN

A modo de conclusión podemos decir que el juicio es la segunda operación lógica consiste en afirmar o negar un concepto respecto de otro. La operación mental por la cual nos percatamos si entre dos conceptos puede establecerse o no estable serse una relación de conveniencia se llama juicio psicológico. El juicio está formado por tres elementos a saber el sujeto, el predicado y la copula o nexo, que suele ser el verbo ser en tercera persona. Ahora bien en tanto que el juicio se afirma o se niega algo respecto de alguien esta afirmación o negación puede ser verdadera o falsa Decimos que un juicio es verdadero cuando está de acuerdo con la realidad y falso cuando no lo está. Los juicios se pueden clasificar según su cantidad en universales, particulares y singulares. Por su cualidad en afirmativos y negativos y por su propiedad fundamental en verdaderos y falsos. De este modo podemos tener juicios que sean universales afirmativos y falsos. Universales negativos y verdaderos etc.

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BIBLIOGRAFIA

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Lógica

Jurídica.

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