EJEMPLO DE MATRIZ DISCIPLINARIA

GRAVEDAD – FRECUENCIA DE LA FALTA FRECUENCIA Falta Leve PRIMERA VEZ SEGUNDA VEZ TERCERA VEZ Amonestación Suspensió

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GRAVEDAD – FRECUENCIA DE LA FALTA

FRECUENCIA Falta Leve

PRIMERA VEZ

SEGUNDA VEZ

TERCERA VEZ

Amonestación

Suspensión de

Despido sin

Escrita

hasta 8 días

Responsabilidad Patronal

Falta Grave

Suspensión de

Despido sin

hasta 8 días

Responsabilidad Patronal

Falta

Despido sin

Gravísima

Responsabilidad Patronal

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TABLA PARA EVALUAR LA MATRIZ DISCIPLINARIA OFICINAS

SANCION Suspen

Acción

Aperci

sión

bimien

sin

to por

goce

escrito

de salario

Dos llegadas tardías computadas en el mismo mes calendario

1 vez

2 vez

Despido sin respons abilidad patronal 3 vez

Una ausencia injustificada en el mismo mes calendario 3 vez

(En este caso el DSRP se ejecuta cuando

el

trabajador

en

un

semestre acumula al menos 3 ausencias

injustificadas

en

meses continuos o alternos y se le aplicó la minuta disciplinaria con

una

amonestación

de

advertencia y de reincidir se le

1 vez

2 vez

cuando

acomp

medió

añada

de

de

previo

minuta

minuta

discipli disciplin aria y naria suspens ión

suspende y la nueva reincidencia justifica el DSRP) PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

No elaboración de reportes que le resulten solicitados para el cumplimiento de sus funciones y para

medición

de

metas

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

del

negocio. No entrega de comprobantes de gastos de viáticos, caja chica y cualesquiera otros que se le solicite. Se

requiere

documentado

que y

esté

firmado

el

conocimiento y la adhesión a las políticas de caja chica, viáticos y cualesquiera otras por parte del empleado. Uso de lenguaje soez (malas palabras o de contenido sexual) sin

ofender

directamente

a

ninguna persona Bajo rendimiento (Poco esmero y/o baja intensidad en relación a las labores) Se requiere llevar el proceso de PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

matriz por bajo rendimiento y llevar registro detallado de la estadística individual

de y

desempeño

grupal,

con

una

medición documentada diaria o semanal

y

con

objetivos

remediales claros y objetivos. No cumplir con sus tareas de trabajo de manera satisfactoria y eficiente, así como impedir su correcta ejecución por parte de los

demás

reputará

colaboradores. como

insatisfactorio,

el

Se

trabajo dejar

de

ajustarse a los procedimientos operativos.

1 vez

2 vez

3 vez

Esta conducta general de manera que prevalecerá lo regulado en la matriz de políticas específicas. Se requiere que el trabajador conozca los procesos y que la capacitación se documente y que existan circulares o correos que

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detallen el trabajo a realizar y el resultado y tiempos esperados. Negarse a reparar los trabajos defectuosos por errores que le

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

resulten imputables. Negarse

a

capacitación

asistir que

a

brinde

la la

empresa. Se requiere que la capacitación se realice dentro de la jornada laboral y de ser fuera, debe pagarse la jornada extraordinaria o la hora doble y comunicarse por escrito con debida antelación y

firma

del

empleado.

Es

importante que la solicitud de empleo, la acción de personal de contratación o el contrato de trabajo, detallen la disponibilidad del

empleado

capacitación

para

dentro

tomar de

su

jornada ordinaria y fuera de la jornada.

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Negarse a prestar la colaboración que se le requiera, incluyendo laborar jornada extraordinaria, cuando

necesidades

de

la

empresa así lo exijan. Es importante que la solicitud de empleo, la acción de personal de

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

contratación o el contrato de trabajo, detallen la disponibilidad del

empleado

de

laborar

en

turnos rotativos, con descanso rotativo y jornada extraordinaria, tomando en cuenta la naturaleza del negocio. Trabajar jornada extraordinaria y cobrarla sin autorización. Hacer

propaganda

política

o

religiosa en el centro de trabajo. Tomar descanso

tiempos no

de

café

o

autorizados

y

excederse del tiempo autorizado para café, almuerzo o cena. En este punto es importante que

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el encargado del personal repase con

ellos

semanalmente

los

horarios asignados y firme una minuta de la reunión. Tres

llegadas

tardías

en

el

mismo mes calendario Dos

ausencias

alternas

en

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

injustificadas

el

mismo

mes

injustificado

del

calendario. Abandono

puesto de trabajo, que será no solamente la ausencia física del puesto

de

trabajo,

sino

la

desatención de las labores por causas injustificadas, incluyendo las

ausencias

utilizar

el

excesivas baño

para

(ausencias

superiores a 10 minutos). En

este

caso

debe

indicarse

mediante circular general a todo el personal, que el empleado que llegue con alguna condición de salud que lo obligue durante la jornada a ir varias veces al baño, PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

lo debe reportar de inmediato al encargado para evitar incidencias disciplinarias. Inobservancia de las medidas de salud ocupacional que incluyen pero no están limitadas a no utilizar los equipos de protección personal, desatender las medidas preventivas que se le indiquen en

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

forma verbal o escrita, no utilizar los equipos y herramientas de trabajo en forma adecuada y segura para prevenir accidentes. Uso

inadecuado

de

las

herramientas de trabajo, correo electrónico,

fax,

teléfono,

vehículo, etc. En

este

punto

deben

considerarse las situaciones en que el empleado utiliza tales equipos

y

herramientas

desviándolos del uso asignado, para beneficio personal o para favorecer a terceros, lo mismo PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

que usarlo de forma tal que propicie

su

deterioro

o

destrucción en forma intencional o por falta de cuidado. Uso inadecuado de los uniformes y

uso

inadecuado

de

signos

distintivos de la empresa. En este punto debe considerarse las

situaciones

en

que

el

empleado se moviliza con la camisa

con

los

logos

de

la

empresa o en un vehículo de la empresa rotulado, e incurre en actos contrarios a la moral y las

1 vez

2 vez

3 vez

buenas costumbres generando una

asociación

de

imagen

y

afectando gravemente el nombre comercial de la empresa (por ejemplo,

acudir

a

bares

o

cantinas con la camisa, agredir física o verbalmente a cualquier persona en la calle, faltar el respeto

a

otras

personas

en

especial a personas de la tercera PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

edad, mujeres y menores de edad –frases vulgares, piropos ofensivos y de naturaleza sexual, frases

discriminatorias

por

razones de raza, edad, género o preferencia sexual-, lanzarle el vehículo a otro conductor o a un peatón, participar de la comisión de

un

vehículo

delito o

utilizando

la

camisa

de

el la

empresa. Sobrepasar,

con

cualquier

pretexto, los descansos entre jornadas,

así

como

quedarse

rezagado después del tiempo de descanso, en forma injustificada, en

pasillos

u

otros

lugares

distintos a su puesto de trabajo o suspender las labores antes de

1 vez

2 vez

3 vez

la hora para el término de la jornada a fin de ocuparse en su arreglo personal. Resulta un imperativo para la empresa el que las labores den PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

inicio a la hora en punto en el puesto de trabajo, por lo que la hora en punto que se exige es en el

puesto

de

trabajo

y

no

haciendo la marca de ingreso, por lo que no se aceptarán llegadas tardías. Abuso del tiempo laboral, tal como mantener conversaciones innecesarias en horas de trabajo con compañeros o con terceras personas en perjuicio o demora del trabajo sobre temas que no son propios del trabajo, recibir visitas personales que desvíen su atención del trabajo salvo casos

1 vez

2 vez

3 vez

de urgencia comprobada, hacer grupos en su área de trabajo y ponerse a sobre

jugar

situaciones

o

conversar ajenas

al

trabajo, etc., así como incurrir en otras formas de ausencias o abandono no autorizadas, de su puesto de trabajo.

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El incumplimiento de cualquiera de

las

obligaciones

y

prohibiciones previstas en los artículos 71, 72, 285 y 286 del Código de Trabajo. En

el

procedimiento

de

inducción, al personal se le debe

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

documentar el conocimiento de tales artículos del CT y se debe verificar que su referencia conste en el contrato de trabajo o la acción

de

personal

de

contratación. Realizar actos o conductas que constituyan

acoso

laboral

o,

acoso sexual, y que la primera vez requieran por su gravedad una amonestación escrita. En este caso debe considerarse las

manifestaciones

de

acoso

sexual previstas en el art. 4 de la Ley

Contra

Sexual

en

el el

Hostigamiento Empleo

y

la

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Docencia principio

considerando de

el

proporcionalidad

(arts. 18 y 34 de la misma ley).

Introducir

o

sacar

paquetes

personales de las instalaciones de la empresa sin mostrar su

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

contenido, cuando así le sea requerido. Negarse injustificadamente a los reconocimientos médicos que en tiempo y forma se le soliciten, por

razones

ocupacional

o

de por

salud motivos

sanitarios. Negarse

injustificadamente

a

firmar acuse de recibo de las comunicaciones

que

se

le

remitan sobre cualquier asunto, así

como

omitir

mantener

actualizado su prontuario, con sus datos de domicilio, estado civil y demás pormenores. Desacato reiterado a las órdenes

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e instrucciones de los Superiores Incumplir

con

las

tareas

de

trabajo en el tiempo establecido y

de

acuerdo

instrucciones

de

con

las

su

jefe

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

3 vez

1 vez

2 vez

inmediato. Mantener su celular en su puesto de trabajo durante la jornada laboral. Debe quedar documentado que el celular el empleado lo debe dejar guardado en su locker y no lo puede mantener en el puesto durante la jornada. Faltar al respeto en la recepción de

productos

en

bodega,

al

personal del proveedor. Faltar al respeto en cualquier forma, en las áreas expuestas al público y en lugares cerrados como bodega, pasillos, baños, comedor,

a

proveedores,

clientes

visitas,

compañeros

y

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jefes, y en general personas que no laboren directamente para la empresa. Recibir y consumir regalías que le

entregue

personal

de

los

proveedores dentro del centro de labores

y

sin

el

reporte

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

y

autorización de su superior. Discutir, amenazar, insultar y ofender con palabras vulgares, y acudir al intento de agresión o consumar la agresión física en perjuicio

de

compañeros

(as)

dentro del centro de trabajo y durante la jornada laboral, sin que se interrumpan las labores o se altere gravemente el orden y la disciplina (por ejemplo, en una bodega o dentro de un baño u oficina

sin

otras

personas

presentes). Se debe tener presente que el inciso b) art. 81 CT se aplica solo cuando

se

interrumpen

las

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labores y se altera gravemente el orden y la disciplina. Falta

de

respeto

leve a

sus

superiores, tal como hacerles bromas

indebidas,

cuestionar

sus decisiones, burlarse de ellos, levantarles la voz, expresarse

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

hacia ellos en forma vulgar, dejar hablando solo a su jefe, entre otras. Exceder la autoridad otorgada bajo

poderes,

corporativos

documentos

u

otros

y

comprometer a la empresa por el abuso

de

tal

autoridad,

por

ejemplo, haciendo concesiones a proveedores que no están bajo su nivel de aprobación. Dañar,

destruir,

remover

o

alterar los avisos, circulares o advertencias condiciones higiene asimismo,

en

sobre de

las

seguridad

e

trabajo

y,

el alterar

o

dañar

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voluntariamente los equipos de protección personal o negarse a usarlos sin motivo justificado. Incumplir

con

su

deber

de

asistencia un día feriado, cuando previamente se le pasó la lista y se comprometió a asistir o, le corresponde programación

asistir

por

semanal

la

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

de

trabajo previamente comunicada con al menos una semana de anticipación. Faltas de Servicio al Cliente tales como: ponerse a discutir con un cliente, dejar con la palabra en la boca a un cliente, no devolver el saludo a un cliente, no dar prioridad a mujeres embarazadas y adultos mayores en la atención, no atender de inmediato una pregunta o conducir a un cliente al punto que busca. Llegar a Trabajar bajo los efectos de Licor o Drogas, de manera

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que

ponga

desempeño

en y

compañeros,

riesgo el

de

así

su sus

como

comprometer la seguridad propia y la de otros compañeros. Cuatro llegadas tardías en el mismo

mes

(suspensión

por

calendario 1

día

como

sanción sustitutiva del despido

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

sin responsabilidad patronal por los inconvenientes que causa la llegada tardía en la operación). Cinco mismo

llegadas mes

tardías

en

el

calendario

(suspensión por 2 días como sanción sustitutiva del despido sin responsabilidad patronal por los inconvenientes que causa la llegada tardía en la operación). Seis llegadas tardías en el mismo mes calendario (suspensión por 3 días como sanción sustitutiva del despido sin responsabilidad patronal por los inconvenientes

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que causa la llegada tardía en la operación). Autorizar o realizar, directa o indirectamente, cualquier pago o incentivo a cualquier funcionario público,

incluyendo

cualquier

funcionario o entidad bajo el control

del

intención

o

gobierno, propósito

con

la

de

(i)

influenciar cualquier acción o decisión de cualquier funcionario en su capacidad oficial, (ii)inducir a tal oficial a realizar, o dejar de realizar, cualquier acción que

1 vez

2 vez

transgreda su función, o (iii) inducir a tal funcionario a utilizar su influencia con el gobierno o algún sector del gobierno para afectar o influenciar cualquier acción o decisión de tal gobierno o sector con el fin de obtener contratos del gobierno o sector para la empresa. De la misma forma,

deberá

abstenerse

de

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recibir

gratificaciones

de

cualquier naturaleza por razón de sus servicios prestados como trabajador de la empresa. Ingresar a las áreas de trabajo dentro de las instalaciones de la empresa, y en particular a su puesto de trabajo, con familiares o

terceros,

autorización

sin de

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

previa su

jefe

inmediato. Malgastar, echar a perder o en cualquier otra forma disponer indebidamente del tiempo y del material con el que se está trabajando,

así

como

dejar

productos expuestos al peligro de que se puedan dañar, robar o echar a perder, así como poner en marcha cualquier máquina, equipo o motor que requiera instrucciones o autorización del jefe

inmediato

incluyendo

dejar

superior, prendidos

y

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funcionando, máquinas

equipos que

no

y estén

ocupándose.

Utilizar

inadecuadamente

los

equipos de cómputo que se le suministren,

acceder

pornografía

o

contenido accesar

bajar

material

sexual a

o

de

explícito,

chats

a

o

entablar

conversaciones por la vía de internet,

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

utilizando

indebidamente

los

equipos

entregados como herramienta de trabajo

y

por

pérdida

injustificada de su tiempo. Tomar

bienes

naturaleza

que

de

cualquier

hayan

sido

abandonados o extraviados por los

clientes,

proveedores

y/o

usuarios de las instalaciones de la empresa y no entregarlos a la administración correspondiente. PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]

No apegarse a las regulaciones sobre otorgamiento de créditos a los clientes y/o devolución de mercaderías,

así

como

omitir

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

consultar y pedir autorización a sus

jefaturas

inmediatas

al

respecto. Negarles

a

información

los

clientes

completa

y

fidedigna y dar trato preferencial a

unos

clientes

–incluyendo

familiares-en perjuicio de otros, cuando ambos se encuentren en igualdad de condiciones. Utilizar aparatos radiofónicos o teléfonos celulares en su puesto de trabajo, si por esta razón pone en peligro las políticas y procedimientos

de

seguridad

ocupacional. Fumar dentro de los confines de la empresa –áreas abiertas o cerradas, dentro o fuera de la edificación-

violentando

la

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política y prohibiciones legales vigentes,

exponiendo

a

empresa a una sanción. falta

será

extensiva

conductores vehículos

y

la Esta

a

los

pasajeros

de

propiedad

de

la

empresa. Introducir al centro de trabajo licor o drogas y/o mantenerlas, para

su

consumo

personal

1 vez

2 vez

1 vez

2 vez

dentro del lugar y dentro de la jornada laboral. En

el

caso

administrativo

de

personal

tomar

otros

tiempos de descanso distintos a una hora de almuerzo –no hay tiempo

para

desayuno

en

la

mañana-. Incurrir en más de seis llegadas tardías injustificadas en el mismo

1 vez

mes calendario La comisión de cualquiera de las conductas previstas en el artículo

1 vez

81 del Código de Trabajo, tales

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como

pero

no

limitadas

a:

incurrir en ofensas graves de palabra en contra de sus jefes en el centro de trabajo y dentro de la jornada, incurrir en la agresión física en contra de sus jefes en el centor de trabajo y dentro de la jornada,

incurrir

en

actos

contrarios a la moral y a las buenas costumbres en el centro de trabajo y dentro de la jornada, incurrir

en

ofensas

graves

o

agresión física en contra de sus compañeros de trabajo dentro de la jornada y en el centro de trabajo y que a consecuencia de ello se altere el orden y la disciplina y se suspendan las labores,

incurrir

en

ofensas

graves o en agresión física en contra de sus jefes fuera del centro de trabajo y de la jornada laboral siempre que no medie provocación y a consecuencia de

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ello

se

haga

insostenible

la

continuidad de la relación por afectarse la armonía y el respeto, por incurrir en un hurto o robo o daños intencionales en perjuicio del patrimonio de la empresa o de un tercero dentro de las instalaciones

de

la

empresa,

incurrir en una conducta en la que

medie

imprudencia daño

o

negligencia que

amenaza

conlleve de

o un

riesgo

potencial contra el patrimonio, la seguridad o la imagen de la empresa, incurrir en actos de deslealtad

incluyendo

competencia

desleal

o

no

informar de actos contrarios a los intereses del patrono, incurrir en

actos

secretos confidencial,

de de

revelación

de

información

reincidir

en

la

violación de las prohibiciones contenidas en el art. 72 CT,

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incurrir

en

consecutivas dentro

dos o

del

ausencias

tres

alternas

mismo

mes

calendario, incurrir en desacato manifiesto y reiterado de las órdenes patrono

e

instrucciones

para

la

del

correcta

ejecución de las labores y para el cumplimiento de las medidas de salud

ocupacional,

incurrido

por

el trabajador

haber en

el

suministro de datos falsos que incidieron en su contratación y evidenciarse durante la ejecución del trabajo que no tiene las facultades o condiciones que dijo tener, por ser detenido por la comisión de un delito y llevado a juicio y ser sentenciado a cárcel. Consumir licor o drogas y/o comercializar

licor

o

drogas

1 vez

dentro del centro de trabajo. Incurrir

en

agresión

verbal a un cliente.

física

o

1 vez

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Incurrir grave

en de

el

incumplimiento

cualesquiera

otras

obligaciones que le impone su contrato considerando antigüedad,

de

trabajo, su

puesto,

experiencia,

1 vez

así

como en pérdida objetiva de confianza. Incurrir en la manipulación de los comprobantes

de

la

CCSS

a

asistencia a cita médica o de los

1 vez

comprobantes de incapacidad.

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