GRAVEDAD – FRECUENCIA DE LA FALTA FRECUENCIA Falta Leve PRIMERA VEZ SEGUNDA VEZ TERCERA VEZ Amonestación Suspensió
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GRAVEDAD – FRECUENCIA DE LA FALTA
FRECUENCIA Falta Leve
PRIMERA VEZ
SEGUNDA VEZ
TERCERA VEZ
Amonestación
Suspensión de
Despido sin
Escrita
hasta 8 días
Responsabilidad Patronal
Falta Grave
Suspensión de
Despido sin
hasta 8 días
Responsabilidad Patronal
Falta
Despido sin
Gravísima
Responsabilidad Patronal
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TABLA PARA EVALUAR LA MATRIZ DISCIPLINARIA OFICINAS
SANCION Suspen
Acción
Aperci
sión
bimien
sin
to por
goce
escrito
de salario
Dos llegadas tardías computadas en el mismo mes calendario
1 vez
2 vez
Despido sin respons abilidad patronal 3 vez
Una ausencia injustificada en el mismo mes calendario 3 vez
(En este caso el DSRP se ejecuta cuando
el
trabajador
en
un
semestre acumula al menos 3 ausencias
injustificadas
en
meses continuos o alternos y se le aplicó la minuta disciplinaria con
una
amonestación
de
advertencia y de reincidir se le
1 vez
2 vez
cuando
acomp
medió
añada
de
de
previo
minuta
minuta
discipli disciplin aria y naria suspens ión
suspende y la nueva reincidencia justifica el DSRP) PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
No elaboración de reportes que le resulten solicitados para el cumplimiento de sus funciones y para
medición
de
metas
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
del
negocio. No entrega de comprobantes de gastos de viáticos, caja chica y cualesquiera otros que se le solicite. Se
requiere
documentado
que y
esté
firmado
el
conocimiento y la adhesión a las políticas de caja chica, viáticos y cualesquiera otras por parte del empleado. Uso de lenguaje soez (malas palabras o de contenido sexual) sin
ofender
directamente
a
ninguna persona Bajo rendimiento (Poco esmero y/o baja intensidad en relación a las labores) Se requiere llevar el proceso de PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
matriz por bajo rendimiento y llevar registro detallado de la estadística individual
de y
desempeño
grupal,
con
una
medición documentada diaria o semanal
y
con
objetivos
remediales claros y objetivos. No cumplir con sus tareas de trabajo de manera satisfactoria y eficiente, así como impedir su correcta ejecución por parte de los
demás
reputará
colaboradores. como
insatisfactorio,
el
Se
trabajo dejar
de
ajustarse a los procedimientos operativos.
1 vez
2 vez
3 vez
Esta conducta general de manera que prevalecerá lo regulado en la matriz de políticas específicas. Se requiere que el trabajador conozca los procesos y que la capacitación se documente y que existan circulares o correos que
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detallen el trabajo a realizar y el resultado y tiempos esperados. Negarse a reparar los trabajos defectuosos por errores que le
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
resulten imputables. Negarse
a
capacitación
asistir que
a
brinde
la la
empresa. Se requiere que la capacitación se realice dentro de la jornada laboral y de ser fuera, debe pagarse la jornada extraordinaria o la hora doble y comunicarse por escrito con debida antelación y
firma
del
empleado.
Es
importante que la solicitud de empleo, la acción de personal de contratación o el contrato de trabajo, detallen la disponibilidad del
empleado
capacitación
para
dentro
tomar de
su
jornada ordinaria y fuera de la jornada.
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Negarse a prestar la colaboración que se le requiera, incluyendo laborar jornada extraordinaria, cuando
necesidades
de
la
empresa así lo exijan. Es importante que la solicitud de empleo, la acción de personal de
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
contratación o el contrato de trabajo, detallen la disponibilidad del
empleado
de
laborar
en
turnos rotativos, con descanso rotativo y jornada extraordinaria, tomando en cuenta la naturaleza del negocio. Trabajar jornada extraordinaria y cobrarla sin autorización. Hacer
propaganda
política
o
religiosa en el centro de trabajo. Tomar descanso
tiempos no
de
café
o
autorizados
y
excederse del tiempo autorizado para café, almuerzo o cena. En este punto es importante que
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el encargado del personal repase con
ellos
semanalmente
los
horarios asignados y firme una minuta de la reunión. Tres
llegadas
tardías
en
el
mismo mes calendario Dos
ausencias
alternas
en
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
injustificadas
el
mismo
mes
injustificado
del
calendario. Abandono
puesto de trabajo, que será no solamente la ausencia física del puesto
de
trabajo,
sino
la
desatención de las labores por causas injustificadas, incluyendo las
ausencias
utilizar
el
excesivas baño
para
(ausencias
superiores a 10 minutos). En
este
caso
debe
indicarse
mediante circular general a todo el personal, que el empleado que llegue con alguna condición de salud que lo obligue durante la jornada a ir varias veces al baño, PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
lo debe reportar de inmediato al encargado para evitar incidencias disciplinarias. Inobservancia de las medidas de salud ocupacional que incluyen pero no están limitadas a no utilizar los equipos de protección personal, desatender las medidas preventivas que se le indiquen en
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
forma verbal o escrita, no utilizar los equipos y herramientas de trabajo en forma adecuada y segura para prevenir accidentes. Uso
inadecuado
de
las
herramientas de trabajo, correo electrónico,
fax,
teléfono,
vehículo, etc. En
este
punto
deben
considerarse las situaciones en que el empleado utiliza tales equipos
y
herramientas
desviándolos del uso asignado, para beneficio personal o para favorecer a terceros, lo mismo PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
que usarlo de forma tal que propicie
su
deterioro
o
destrucción en forma intencional o por falta de cuidado. Uso inadecuado de los uniformes y
uso
inadecuado
de
signos
distintivos de la empresa. En este punto debe considerarse las
situaciones
en
que
el
empleado se moviliza con la camisa
con
los
logos
de
la
empresa o en un vehículo de la empresa rotulado, e incurre en actos contrarios a la moral y las
1 vez
2 vez
3 vez
buenas costumbres generando una
asociación
de
imagen
y
afectando gravemente el nombre comercial de la empresa (por ejemplo,
acudir
a
bares
o
cantinas con la camisa, agredir física o verbalmente a cualquier persona en la calle, faltar el respeto
a
otras
personas
en
especial a personas de la tercera PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
edad, mujeres y menores de edad –frases vulgares, piropos ofensivos y de naturaleza sexual, frases
discriminatorias
por
razones de raza, edad, género o preferencia sexual-, lanzarle el vehículo a otro conductor o a un peatón, participar de la comisión de
un
vehículo
delito o
utilizando
la
camisa
de
el la
empresa. Sobrepasar,
con
cualquier
pretexto, los descansos entre jornadas,
así
como
quedarse
rezagado después del tiempo de descanso, en forma injustificada, en
pasillos
u
otros
lugares
distintos a su puesto de trabajo o suspender las labores antes de
1 vez
2 vez
3 vez
la hora para el término de la jornada a fin de ocuparse en su arreglo personal. Resulta un imperativo para la empresa el que las labores den PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
inicio a la hora en punto en el puesto de trabajo, por lo que la hora en punto que se exige es en el
puesto
de
trabajo
y
no
haciendo la marca de ingreso, por lo que no se aceptarán llegadas tardías. Abuso del tiempo laboral, tal como mantener conversaciones innecesarias en horas de trabajo con compañeros o con terceras personas en perjuicio o demora del trabajo sobre temas que no son propios del trabajo, recibir visitas personales que desvíen su atención del trabajo salvo casos
1 vez
2 vez
3 vez
de urgencia comprobada, hacer grupos en su área de trabajo y ponerse a sobre
jugar
situaciones
o
conversar ajenas
al
trabajo, etc., así como incurrir en otras formas de ausencias o abandono no autorizadas, de su puesto de trabajo.
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El incumplimiento de cualquiera de
las
obligaciones
y
prohibiciones previstas en los artículos 71, 72, 285 y 286 del Código de Trabajo. En
el
procedimiento
de
inducción, al personal se le debe
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
documentar el conocimiento de tales artículos del CT y se debe verificar que su referencia conste en el contrato de trabajo o la acción
de
personal
de
contratación. Realizar actos o conductas que constituyan
acoso
laboral
o,
acoso sexual, y que la primera vez requieran por su gravedad una amonestación escrita. En este caso debe considerarse las
manifestaciones
de
acoso
sexual previstas en el art. 4 de la Ley
Contra
Sexual
en
el el
Hostigamiento Empleo
y
la
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Docencia principio
considerando de
el
proporcionalidad
(arts. 18 y 34 de la misma ley).
Introducir
o
sacar
paquetes
personales de las instalaciones de la empresa sin mostrar su
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
contenido, cuando así le sea requerido. Negarse injustificadamente a los reconocimientos médicos que en tiempo y forma se le soliciten, por
razones
ocupacional
o
de por
salud motivos
sanitarios. Negarse
injustificadamente
a
firmar acuse de recibo de las comunicaciones
que
se
le
remitan sobre cualquier asunto, así
como
omitir
mantener
actualizado su prontuario, con sus datos de domicilio, estado civil y demás pormenores. Desacato reiterado a las órdenes
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e instrucciones de los Superiores Incumplir
con
las
tareas
de
trabajo en el tiempo establecido y
de
acuerdo
instrucciones
de
con
las
su
jefe
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
3 vez
1 vez
2 vez
inmediato. Mantener su celular en su puesto de trabajo durante la jornada laboral. Debe quedar documentado que el celular el empleado lo debe dejar guardado en su locker y no lo puede mantener en el puesto durante la jornada. Faltar al respeto en la recepción de
productos
en
bodega,
al
personal del proveedor. Faltar al respeto en cualquier forma, en las áreas expuestas al público y en lugares cerrados como bodega, pasillos, baños, comedor,
a
proveedores,
clientes
visitas,
compañeros
y
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jefes, y en general personas que no laboren directamente para la empresa. Recibir y consumir regalías que le
entregue
personal
de
los
proveedores dentro del centro de labores
y
sin
el
reporte
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
y
autorización de su superior. Discutir, amenazar, insultar y ofender con palabras vulgares, y acudir al intento de agresión o consumar la agresión física en perjuicio
de
compañeros
(as)
dentro del centro de trabajo y durante la jornada laboral, sin que se interrumpan las labores o se altere gravemente el orden y la disciplina (por ejemplo, en una bodega o dentro de un baño u oficina
sin
otras
personas
presentes). Se debe tener presente que el inciso b) art. 81 CT se aplica solo cuando
se
interrumpen
las
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labores y se altera gravemente el orden y la disciplina. Falta
de
respeto
leve a
sus
superiores, tal como hacerles bromas
indebidas,
cuestionar
sus decisiones, burlarse de ellos, levantarles la voz, expresarse
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
hacia ellos en forma vulgar, dejar hablando solo a su jefe, entre otras. Exceder la autoridad otorgada bajo
poderes,
corporativos
documentos
u
otros
y
comprometer a la empresa por el abuso
de
tal
autoridad,
por
ejemplo, haciendo concesiones a proveedores que no están bajo su nivel de aprobación. Dañar,
destruir,
remover
o
alterar los avisos, circulares o advertencias condiciones higiene asimismo,
en
sobre de
las
seguridad
e
trabajo
y,
el alterar
o
dañar
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voluntariamente los equipos de protección personal o negarse a usarlos sin motivo justificado. Incumplir
con
su
deber
de
asistencia un día feriado, cuando previamente se le pasó la lista y se comprometió a asistir o, le corresponde programación
asistir
por
semanal
la
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
de
trabajo previamente comunicada con al menos una semana de anticipación. Faltas de Servicio al Cliente tales como: ponerse a discutir con un cliente, dejar con la palabra en la boca a un cliente, no devolver el saludo a un cliente, no dar prioridad a mujeres embarazadas y adultos mayores en la atención, no atender de inmediato una pregunta o conducir a un cliente al punto que busca. Llegar a Trabajar bajo los efectos de Licor o Drogas, de manera
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que
ponga
desempeño
en y
compañeros,
riesgo el
de
así
su sus
como
comprometer la seguridad propia y la de otros compañeros. Cuatro llegadas tardías en el mismo
mes
(suspensión
por
calendario 1
día
como
sanción sustitutiva del despido
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
sin responsabilidad patronal por los inconvenientes que causa la llegada tardía en la operación). Cinco mismo
llegadas mes
tardías
en
el
calendario
(suspensión por 2 días como sanción sustitutiva del despido sin responsabilidad patronal por los inconvenientes que causa la llegada tardía en la operación). Seis llegadas tardías en el mismo mes calendario (suspensión por 3 días como sanción sustitutiva del despido sin responsabilidad patronal por los inconvenientes
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que causa la llegada tardía en la operación). Autorizar o realizar, directa o indirectamente, cualquier pago o incentivo a cualquier funcionario público,
incluyendo
cualquier
funcionario o entidad bajo el control
del
intención
o
gobierno, propósito
con
la
de
(i)
influenciar cualquier acción o decisión de cualquier funcionario en su capacidad oficial, (ii)inducir a tal oficial a realizar, o dejar de realizar, cualquier acción que
1 vez
2 vez
transgreda su función, o (iii) inducir a tal funcionario a utilizar su influencia con el gobierno o algún sector del gobierno para afectar o influenciar cualquier acción o decisión de tal gobierno o sector con el fin de obtener contratos del gobierno o sector para la empresa. De la misma forma,
deberá
abstenerse
de
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recibir
gratificaciones
de
cualquier naturaleza por razón de sus servicios prestados como trabajador de la empresa. Ingresar a las áreas de trabajo dentro de las instalaciones de la empresa, y en particular a su puesto de trabajo, con familiares o
terceros,
autorización
sin de
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
previa su
jefe
inmediato. Malgastar, echar a perder o en cualquier otra forma disponer indebidamente del tiempo y del material con el que se está trabajando,
así
como
dejar
productos expuestos al peligro de que se puedan dañar, robar o echar a perder, así como poner en marcha cualquier máquina, equipo o motor que requiera instrucciones o autorización del jefe
inmediato
incluyendo
dejar
superior, prendidos
y
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funcionando, máquinas
equipos que
no
y estén
ocupándose.
Utilizar
inadecuadamente
los
equipos de cómputo que se le suministren,
acceder
pornografía
o
contenido accesar
bajar
material
sexual a
o
de
explícito,
chats
a
o
entablar
conversaciones por la vía de internet,
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
utilizando
indebidamente
los
equipos
entregados como herramienta de trabajo
y
por
pérdida
injustificada de su tiempo. Tomar
bienes
naturaleza
que
de
cualquier
hayan
sido
abandonados o extraviados por los
clientes,
proveedores
y/o
usuarios de las instalaciones de la empresa y no entregarlos a la administración correspondiente. PBX: (506) 2291-7190 • Fax: (506) 2291-7167 • Apartado Postal: 1096-1200 Pavas • San José, Costa Rica • www.laborlawcorp.com • [email protected]
No apegarse a las regulaciones sobre otorgamiento de créditos a los clientes y/o devolución de mercaderías,
así
como
omitir
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
consultar y pedir autorización a sus
jefaturas
inmediatas
al
respecto. Negarles
a
información
los
clientes
completa
y
fidedigna y dar trato preferencial a
unos
clientes
–incluyendo
familiares-en perjuicio de otros, cuando ambos se encuentren en igualdad de condiciones. Utilizar aparatos radiofónicos o teléfonos celulares en su puesto de trabajo, si por esta razón pone en peligro las políticas y procedimientos
de
seguridad
ocupacional. Fumar dentro de los confines de la empresa –áreas abiertas o cerradas, dentro o fuera de la edificación-
violentando
la
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política y prohibiciones legales vigentes,
exponiendo
a
empresa a una sanción. falta
será
extensiva
conductores vehículos
y
la Esta
a
los
pasajeros
de
propiedad
de
la
empresa. Introducir al centro de trabajo licor o drogas y/o mantenerlas, para
su
consumo
personal
1 vez
2 vez
1 vez
2 vez
dentro del lugar y dentro de la jornada laboral. En
el
caso
administrativo
de
personal
tomar
otros
tiempos de descanso distintos a una hora de almuerzo –no hay tiempo
para
desayuno
en
la
mañana-. Incurrir en más de seis llegadas tardías injustificadas en el mismo
1 vez
mes calendario La comisión de cualquiera de las conductas previstas en el artículo
1 vez
81 del Código de Trabajo, tales
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como
pero
no
limitadas
a:
incurrir en ofensas graves de palabra en contra de sus jefes en el centro de trabajo y dentro de la jornada, incurrir en la agresión física en contra de sus jefes en el centor de trabajo y dentro de la jornada,
incurrir
en
actos
contrarios a la moral y a las buenas costumbres en el centro de trabajo y dentro de la jornada, incurrir
en
ofensas
graves
o
agresión física en contra de sus compañeros de trabajo dentro de la jornada y en el centro de trabajo y que a consecuencia de ello se altere el orden y la disciplina y se suspendan las labores,
incurrir
en
ofensas
graves o en agresión física en contra de sus jefes fuera del centro de trabajo y de la jornada laboral siempre que no medie provocación y a consecuencia de
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ello
se
haga
insostenible
la
continuidad de la relación por afectarse la armonía y el respeto, por incurrir en un hurto o robo o daños intencionales en perjuicio del patrimonio de la empresa o de un tercero dentro de las instalaciones
de
la
empresa,
incurrir en una conducta en la que
medie
imprudencia daño
o
negligencia que
amenaza
conlleve de
o un
riesgo
potencial contra el patrimonio, la seguridad o la imagen de la empresa, incurrir en actos de deslealtad
incluyendo
competencia
desleal
o
no
informar de actos contrarios a los intereses del patrono, incurrir en
actos
secretos confidencial,
de de
revelación
de
información
reincidir
en
la
violación de las prohibiciones contenidas en el art. 72 CT,
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incurrir
en
consecutivas dentro
dos o
del
ausencias
tres
alternas
mismo
mes
calendario, incurrir en desacato manifiesto y reiterado de las órdenes patrono
e
instrucciones
para
la
del
correcta
ejecución de las labores y para el cumplimiento de las medidas de salud
ocupacional,
incurrido
por
el trabajador
haber en
el
suministro de datos falsos que incidieron en su contratación y evidenciarse durante la ejecución del trabajo que no tiene las facultades o condiciones que dijo tener, por ser detenido por la comisión de un delito y llevado a juicio y ser sentenciado a cárcel. Consumir licor o drogas y/o comercializar
licor
o
drogas
1 vez
dentro del centro de trabajo. Incurrir
en
agresión
verbal a un cliente.
física
o
1 vez
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Incurrir grave
en de
el
incumplimiento
cualesquiera
otras
obligaciones que le impone su contrato considerando antigüedad,
de
trabajo, su
puesto,
experiencia,
1 vez
así
como en pérdida objetiva de confianza. Incurrir en la manipulación de los comprobantes
de
la
CCSS
a
asistencia a cita médica o de los
1 vez
comprobantes de incapacidad.
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