Diferencias Entre Las Sociedades

TEMA clases de socios SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE 2 clase de socios Gestores o colectivos y comanditarios pueden ser

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TEMA

clases de socios

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE 2 clase de socios Gestores o colectivos y comanditarios pueden ser 1 o más sin límite máximo.

SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES Más de 5 accionistas sin límite máximo

SOCIEDAD COLECTIVA

SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA

2 o más socios sin límite en cuanto al número máximo.

2 o más socios sin exceder de 25.

Todos los socios responden ilimitadamente.

Los socios responden hasta el monto de sus aportes.

Los socios responden hasta el monto de sus aportes.

Los socios responden hasta el monto de sus aportes. Denominación social acompañada de las palabras ¨sociedad anónima o S.A¨

responsab ilidad de los socios

Gestores- comprometen ilimitadamente su responsabilidad, Comanditarioslimitan la responsabilidad a sus respectivos aportes.

constituci ón

Por escritura pública sujeta a registro mercantil.

Aplica lo misma que la anterior.

Aplica lo misma que las anteriores

Los socios responden hasta el monto de sus aportes.

Razón social conformada con el nombre completo o el solo apellido de 1 o más socios gestores, con la expresión & Cía.¨ seguido de ¨S en C¨

Aplica lo mismo que la sociedad E. simple, & Cía. Seguido de la ¨sociedad comanditarias por acciones¨ o su sigla SCA

Razón social nombre completo de alguno o algunos de los socios, & Cía.

Puede utilizarse denominación o razón social en todo caso seguida de la palabra limitada o LTDA

Corresponde a los socios gestores.

FALTA

Corresponde a todos y cada uno de los socios.

nombre

administra ción

SOCIEDAD ANONIMA

Aplica lo mismo que la sociedad E. Simple.

Corresponde a todos los socios, pero se acostumbra a nombrar un gerente que se encargue de la representación y administración de la sociedad.

mínimo 5 accionista y no tiene un límite máximo

FALTA

UT Y CONSORCI OS.

capital social

conceptos respecto del capital

reglas sobre el capital derechos de los socios en la sociedad. cesión de interés social de los socios gestores. cesión de cuotas de los socios comandita rios.

Se forma con los aportes de los socios comanditarios, los gestores también pueden aportar capital.

fALTA

Está representado en títulos de igual valor llamados acciones.

C. autorizado: fijado en los estatutos. C.suscrito: cantidad que se han concreto los socios a pagar Capital pagado: es la suma que han cancelado efectivamente.

Se divide en partes de interés, no es indispensable pagarlo en su totalidad al momento de constitución de la sociedad.

-Debe pagar se íntegramente al constituirse la sociedad. - está constituido en cuotas de igual valor cuotas que no se representan en títulos.

No aplica

No aplica

Se divide en acciones nominativas de igual valor que se representan en títulos negociables. Capital autorizado: Capital suscrito: Capital pagado:

No aplica

FALTA

No aplica

No aplica

No aplica.

Para los Gestores se denomina partes de interés, para los comanditarios se denomina cuotas

Gestores lo mismo que la e. simple. Para los comanditarios se denomina acciones.

No aplica

No aplica

No aplica.

FALTA

FALTA

No aplica

No aplica.

FALTA

FALTA

No aplica

No aplica.

Requiere reforma estatutaria aprobada en la junta de socios, con voto unánime de los socios gestores y comanditarios. Se hace mediante reforma estatutaria aprobada en la junta de socios con el voto unánime de los demás comanditarios.

órganos sociales

Decisione s relativas a la administra ción. junta de socios derecho de voto quórum deliberativ o

adopción de decisione s

reformas estatutaria s

La dirección de la sociedad estará a cargo de la junta de socios y la administración y representación legal estará a cargo de los socios gestores. Solamente pueden tomarla los socios gestores con el voto favorable de la mayoría numérica de ellos. Está integrada por todos los socios, gestores y comanditarios. Cada socio gestor tiene un voto. Los comanditarios tendrán un voto por cuota. FALTA

No aplica. La junta de socios Aplica lo mismo que la E. simple No aplica. Aplica lo mismo que la E. simple

Aplica lo mismo que la E. simple

Está integrada por todos los socios.

Aplica lo mismo que la E. simple

En las decisiones de junta cada asociado tendrá un voto.

FALTA

No aplica

Las decisiones se adoptaran con el voto favorable de la mayoría de los socios gestores, más el voto favorable de un numero plural de comanditarios.

Las decisiones se adoptaran con el voto favorable de la mayoría de los socios gestores, más el voto favorable la mitad más una de las acciones presentes en la reunión.

Se aprueban por unanimidad de los socios gestores

Se aprobaran por unani midad de los socios gestores y por la mayoría de votos de las acciones de los comanditaros presentes en la reunión.

FALTA COMPLEMENTAR.

Corresponde a todos y cada uno de los socios. No aplica.

Cada cuota da derecho a un voto.

No aplica.

No aplica

No aplica.

No aplica. No aplica

Las decisiones de la junta de socios se tomaran por un número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas en que se halla dividido el capital de la compañía. No aplica.

No aplica

FALTA

utilidades sociales

inquietud

Preguntar al profesor

Preguntar al profesor

revisor fiscal

Legalmente no es obligatorio. A menos de:Art 13 ley 43 1990.

Es un cargo obligatorio en este tipo de sociedad, lo eligen los socios comanditarios, mediante el voto favorable de la mayoría de las acciones presentes en la reunión.

Se distribuyen en proporción a la parte pagada del valor nominal de las partes de interés de cada asociado. Legalmente no es obligatorio. a menos.Art 13 ley 43 1990.

Se reparten entre los socios en proporción a las cuotas que posean.

No aplica.

Legalmente no es obligatorio. A menos de: Art 13 ley 43 1990.

No aplica.

Se conforma con el

Reserva legal

No aplica

Ascenderá por lo menos al 50% del capital suscrito formada con el 10% de las utilidades liquidas de cada ejercicio. Art 350.

No aplica

10% de las utilidades

FALTA

liquidas de cada ejercicio hasta complementar el 50 %

Cesión de acciones Causal especial de disolución

No se hace por reforme estatutaria. Las acciones son libremente negociables.

No aplica

No aplica

No aplica

Además de las causales generales art 218.

Además de las causales generales art 218.

Además de las causales generales art 218.

Además de las causales generales art 218.

Por perdida que reduzca su capital a la tercera parte o menos.

Cuando ocurran perdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos del 50% del capital suscrito.

Por muerte, por incapacidad en los algunos socios, por quiebra, por renuncia o retiro de los socios.

Se disolverá cuando ocurran perdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%,o cuando se exceda de 25 socios.

Además de las causales generales art 218.

Art 338 German mire el art.

Cuando el 95% de las acciones llegue a pertenecer a un solo accionista.