Derechos Humanos y Derechos Fundamentales

DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS FUNDAMENTALES CONSTITUCIÓN POLITICA INTEGRANTES: YEINELIS ESCOBAR MARILYN MERCADO DANIELA J

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DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS FUNDAMENTALES CONSTITUCIÓN POLITICA

INTEGRANTES: YEINELIS ESCOBAR MARILYN MERCADO DANIELA JIMENEZ LILIBETH MACIAS LUIBA DIAZ

DOCENTE: ROSELIA RODRIGUEZ AREVALO

ADMINISTRACION SALUD OCUPACIONAL V SEMESTRE CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS BARRANQUILLA ATLANTICO NOVIEMBRE/2018

INTRODUCCIÓN El desplazamiento forzoso en Colombia no ha sido una cuestión reciente, pues se trata de un fenómeno que se ha estado viviendo desde los años cuarenta, cuando se agudizó la violencia partidista a raíz de los enfrentamientos suscitados por la defensa de las ideologías correspondientes al partido político al que pertenecían. Como consecuencia, quienes no hacían parte de la filosofía política predominante en una zona rural determinada y, con el propósito de proteger sus vidas y las de sus familias, se veían obligados a desplazarse hacia las ciudades o a lugares distintos. Colombia tradicionalmente ha sido violenta, desde la conformación del Estado y los partidos políticos, que derivan en la aparición de grupos armados ilegales, paramilitares, guerrilleros, a los cuales se les unen otros actores como el narcotráfico y el mismo Estado por intermedio del ejército. Todos estos actores generan desplazamiento de manera directa o indirecta. Porque la presencia del Estado no es eficaz, ya que intenta remedios bélicos y la instrumentalización del derecho penal y civil para dar solución al problema, sin tomar soluciones de fondo. El

desplazamiento

forzado

vulnera

un

conjunto

de

derechos

inherentes

a la

Persona reconocidos por la Constitución Política de 1991, como lo son: El derecho a la vida, integridad, libre desarrollo de la personalidad, dignidad Humana, libertad, seguridad personal y publica, igualdad, patrimonio económico,

trabajo, libre movilización,

convivencia, paz, el derecho de los nacionales a escoger su lugar de domicilio, sus derechos de expresión y de asociación, los derechos de los niños, de las mujeres cabeza de familia, de los discapacitados y de las personas de la tercera edad.

SITUACIÓN ACTUAL DE LOS DESPLAZADOS EN COLOMBIA Las particulares condiciones que caracterizan el fenómeno estructural del desplazamiento por la violencia en Colombia, exigen un tratamiento particular en el planteamiento de las políticas, instituciones y organismos relacionados con este proceso, así como demanda una ejecución adecuada de esos mecanismos.

CAUSAS DEL DESPLAZAMIENTO En cuanto a las causas que dan lugar al desplazamiento en Colombia se identifican varias razones que giran directamente en torno a los actores del conflicto armado. En efecto se encuentran como responsables a los grupos guerrilleros, los grupos de extrema derecha, y la fuerza pública. Así lo sostiene la Red de Solidaridad Social.

DIFERENCIA ENTRE LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Cuando hablamos de Derechos Humanos, su aplicación no tiene territorio alguno, puesto que su característica principal es la de ser universales. Esto quiere decir que, aun cuando la persona no se encuentre en su territorio normal (lugar de su residencia), puede solicitar que se le garantice su derecho.

Los Derechos Fundamentales, por otro lado, son aquellos establecidos en las normas de un Estado en específico, con mecanismos de garantía y limitaciones que la misma Ley le otorga. Un ejemplo perfecto para la explicación de esta diferencia es el derecho al sufragio. Todos poseemos el derecho humano a votar, y sin importar donde estés ese derecho es inherente a tu persona. Sin embargo, como derecho fundamental está limitado a un territorio en específico. Así, tiene condiciones que se deben cumplir para poder ejercerlo. Condiciones como la mayoridad, la nacionalidad, el establecer tu residencia en el exterior y bajo una embajada en específico (ejemplo del voto de los nacionales en el extranjero).

DERECHOS

HUMANOS

Y

FUNDAMENTALES

QUE

TIENEN

LOS

DESPLAZADOS 

El derecho a la vida, la libertad y la seguridad (Art. 3), ya que no son libres de escoger su sitio de residencia, y además, no hay quien les brinde seguridad con respecto a los actos violentos de los que son victimas.



El derecho a no sufrir penas ni tratos crueles, inhumanos o degradantes (Art. 5), ya que se les está obligando a abandonar su lugar de residencia de manera cruel y degradante.



El derecho a no ser arbitrariamente desterrado (Art. 9), acto que realizan los diferentes grupos armados, generando así el desplazamiento forzado.



El derecho a que se le respete su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia (Art. 12), ya que al ser desplazados se afectan todos los componentes personales y familiares.



El derecho de toda persona a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado (Art. 13), ya que esto es precisamente lo que impiden los diferentes grupos armados a los desplazados.



En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país (Art. 14), ya que muchos de los problemas con los países vecinos con respecto al tema de los colombianos que cruzan las fronteras para huir de los actos violentos en su zona habitual, tienen que ver precisamente con este derecho, que debe ser garantizado y atendido por los países vecinos en caso de emergencia, pero también en los casos en que los desterrados solicitan formalmente el asilo.



El derecho a la propiedad privada, individual o colectiva (Art. 17), ya que tras los intereses económicos y geoestratégicos que se ven involucrados dentro del conflicto armado, la propiedad es lo primero que pierde la población civil desplazada.



El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacifica, y de que nadie podrá ser obligado a pertenecer a una organización (Art. 20). El desplazamiento está en algunos casos asociado con la violación de estos derechos, cuando la población se ve expulsada de su sitio de residencia a causa de pertenecer y participar en actividades sociales o gremiales, o porque se niegan a colaborar con los mismos grupos armados.



El derecho al trabajo y a la libre elección de su profesión (Art. 23), éste también se ve violentado en el momento que la población se ve obligada a abandonar su lugar de residencia.



El derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure así como a su familia, la

salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; de igual manera el derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad (Art. 25), ya que cuando las personas desplazadas abandonan su territorio habitual pierden los medios que tenían para asegurar un nivel de vida adecuado para sus familias, el acceso a los servicios de salud, a la fuente de ingresos económicos, a la vivienda y a los servicios sociales básicos en su comunidad de origen; se pierden y muy pocas veces son recuperados en su nuevo lugar de residencia. 

El derecho a la educación, la cual debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental (Art. 26), ya que los niños, niñas y jóvenes que se ven obligados a desplazarse junto con sus familias, pierden su vinculación a la formación educativa brindada en los colegios y escuelas de su región habitual.