Derechos de Autor

IE-AP02-AA3-EV07-Storyboard-Derechos-Autor Aprendiz: Juan Ramón Rodríguez Aranda Tecnólogo en Análisis y Desarrollo de

Views 137 Downloads 0 File size 46KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

IE-AP02-AA3-EV07-Storyboard-Derechos-Autor

Aprendiz: Juan Ramón Rodríguez Aranda

Tecnólogo en Análisis y Desarrollo de Sistemas de Información. Ficha 2104596 SENA 2021

Evidencia Derechos de autor DESCRIPCIÓN DE LA EVIDENCIA. El aprendiz luego de revisar el material de formación debe leer con detenimiento el caso planteado y elaborar un guion gráfico – Storyboard (Conjunto de ilustraciones mostradas en secuencia con el objetivo de servir de guía para entender la historia) con la finalidad de retroalimentar y exponer el conocimiento de la temática (Derechos de autor).

LO QUE DEBE CONTENER LA EVIDENCIA Después de haber revisado el material de formación proceda a leer con detenimiento el siguiente caso, prosiga a elaborar el guion gráfico – Storyboard - Derechos de Autor basado en el caso y las preguntas planteadas a continuación.

Caso de estudio Un aprendiz del SENA está realizando un ensayo argumentativo sobre un tema en particular, para esto consulta fuentes diversas, pero como está sobre el tiempo de la entrega se le olvida citar y agregar las referencias correspondientes, enviando el trabajo sin esta parte. 1. ¿Esto se consideraría plagio? R/la copia o uso individuo de datos, imágenes, documentos y otro material con derechos de autor se considera un plagio y afecta ética y moralmente al profesional o empresa. 2. De acuerdo con la política del plagio del SENA, ¿qué consecuencias le puede acarrear al aprendiz en no haber citado las fuentes consultadas? R/ Cuando se habla de plagio en el país y de derechos de autor la asociación más cercana que suele hacerse una persona sobre el tema tiende a estar relacionada con la venta de libros, música y películas piratas.

El plagio, aclaró, ocurre entonces cuando alguien lleva a cabo un uso excesivo y desproporcional del mismo y además pasa por alto la mención del autor y su procedencia. El titular de una obra adquiere tres tipos de derechos que son irrenunciables e imprescriptibles. Los primeros hacen alusión a la paternidad, la integridad, la inédita y el retracto sobre la obra. Vulnerar cualquiera de estos, sostuvo, puede generar multas de 26,6 a 300 Smlv y cárcel de 2 a 5 años. En segundo lugar, están los patrimoniales, estos tienen que ver con la facultad que tiene el titular de una obra para permitir a terceros su utilización o reproducción, como es el caso de las transmisiones de fútbol. Obviar este derecho trae penas que van desde los 4 a los 8 años de prisión y multas que van hasta los 1.000 Smlv. En tercer lugar están los derechos conexos, estos, aseguró Montoya, recaen en los artistas, intérpretes, organizadores de radiodifusión, así como en los productores de fonogramas. 3. Considera que el plagio y el delito de derechos de autor tienen alguna similitud. R/el plagio es la copia ilegal o no citada de algún artículo o material ya expuesto por otra persona. Los derechos de autor le dan propiedad de un documento o articula al escritor o persona que elaboro dicho material. 4. ¿Cuál es la importancia de que un Tecnólogo en Análisis y Desarrollo de Sistemas de Información respete los derechos de autor? R/la importancia que un profesional debe tener a la hora de utilizar información o documentos de terceros es dar la prioridad o citar a la persona que lo realizo para así no cometer el error de ganar reconocimientos por algo que no se realizó o no se mencionó a su creador. Esto es, si una persona utiliza información sin la cita adecuada, comete un hurto intelectual, a su vez, la ética va directamente relacionada con el actuar cotidiano.