Cuadro Comparativo derecho ambiental

MECANISMO CABILDO ABIERTO CONSULTA POPULAR REFERENDO OBJETO REGULACION NORMATIVA Reunión pública del Concejo Munic

Views 142 Downloads 4 File size 134KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

MECANISMO

CABILDO ABIERTO

CONSULTA POPULAR

REFERENDO

OBJETO

REGULACION NORMATIVA

Reunión pública del Concejo Municipal o Distrital, o de la junta Administradora Local con el propósito de permitir la participación de la comunidad en la discusión de asuntos de interés

 C.N. art. 103  L. 134/94, arts. 9, 81 a 88

Poner a consideración del pueblo (en el orden nacional, deptal, municipal, distrital o local) por parte de sus autoridades, una pregunta de carácter general siendo la decisión del pueblo obligatoria. La decisión popular es obligatoria.

 C.N.art. 40 num.2, 103, 104, 105  L. 134/94, arts. 8, 50 a 62.

Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. El referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo o de ley a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.

 LEY 1341994

A QUIEN SE DIRIGE

QUIEN LO PUEDE UTILIZAR

APLICACIÓN PRACTICA

A Corporación de elección popular a nivel local (Concejo o Junta Administradora Local)

Se trata de una iniciativa de origen popular (5% del censo electoral de la respectiva circunscripción. Las organizaciones civiles pueden promover dicha iniciativa

En materia ambiental su función se reduce a la capacidad de deliberar y obtener respuesta, de los Concejos municipales y Juntas Administradoras Locales en el tema del ordenamiento territorial y regulaciones del uso del territorio.

Es popular y restringida a la votación en términos de “SI” o “NO”, acerca de la pregunta que proponen los administradores. En el objeto del mecanismo se incluyen decisiones de trascendencia.

La iniciativa es del presidente de la República, de los Gobernadores, alcaldes, previo concepto favorable del Senado, la Asamblea, el Concejo o la Junta Administradora Local acerca de su conveniencia.

Al quedar como iniciativa gubernamental, restó posibilidades a los ciudadanos para proponerlo y perdió capacidad de uso. Decisiones transcendentales en el campo ambiental serían viables de pro poner en consulta popular

Una vez que el proyecto de referendo se inscriba ante el Registrador Nacional, la organización electoral dará un plazo de seis meses para la recolección de las firmas que lo respalden. Cuando en un referendo hay más de una iniciativa (es decir, hay más de una ley que se pretende cambiar o aplicar), los miembros que van a respaldar las iniciativas solo podrán apoyar con su firma a una de ellas.

Para ser promotor de una iniciativa legislativa y normativa o de una solicitud de referendo, se requiere ser ciudadano en ejercicio y contar con el respaldo del cinco por mil de los ciudadanos inscritos en el respectivo censo electoral, cumpliendo con este requisito, podrán también ser promotores, una organización cívica, sindical, gremial, indígena o comunal del orden nacional, departamental, municipal o local, según el caso, o un partido o movimiento político, debiendo cumplir

El día de la votación de un referendo no puede coincidir con otras votaciones; además, la fecha para llevarlo a cabo debe estar entre los primeros seis meses posteriores a la solicitud del referendo. La tarjeta electoral que se utilice debe tener una pregunta dirigida a los ciudadanos en la que se les inquiera por la ratificación o derogación de la norma que se somete a dicho referendo. Para responder esto, el ciudadano tendrá una casilla para marcar "Sí", una para marcar "No" y otra para marcar "Voto

EJEMPLO EN COLOMBIA Alarmantes cifras por consecuencias de la contaminación producto de la zona industrial de Yumbo, serán expuestas en el primer cabildo abierto ambiental y del agua. La iniciativa busca generar un plan de acción frente a esta problemática. Los cabildos abiertos ambientales se han implementado en epicentros industriales de Colombia como Soacha en Bogotá e Itaguí en Medellín. La decisión fue anunciada este lunes por la Alcaldía de Barrancabermeja, quien promoverá una consulta popular por fracking en Santander.

Avanza en el país una iniciativa de referendo encaminada a consagrar en la Constitución Nacional algo que parece obvio, pero que está lejos de ser realidad en el país: que el acceso al agua se debe garantizar sin discriminación e incluso gratuitamente a quienes no puedan pagar la cantidad mínima necesaria para preservar su vida.

con el requisito de la personería jurídica en todos los casos.

CONSULTA PREVIA A COMUNIDADES INDIGENAS Y NEGRAS

Proteger la identidad étnica y cultural de los grupos étnicos

 C.P. arts. 7,63,330  L. 21/91  L.99/93 art.76  L. 70/93  D. 1397/96

Autoridad competente para proferir la decisión

Comunidades indígenas o negras y sus representantes

en blanco". El referendo sólo se aprobará cuando el pueblo haya respondido de manera positiva en un 50% más uno de los votantes, de lo contrario, la norma que se planteó se derogará. LIMITACIONES: Es un instrumento inadecuado e impráctico en el mundo si se le utiliza para modificar decenas de artículos constitucionales, en complicadísimas redacciones que muy pocos van a estudiar con cuidado, sobre todo cuando hayan intereses económicos que primen sobre los intereses ambientales.

Consultar a las comunidades. Concertación de Obras de Infraestructura o inversiones en territorios indígenas

Sentencia T-236/17: Comunidades étnicas del municipio de Nóvita deben ser consultadas sobre los programas de aspersión de cultivos a realizarse en su territorio. La Corte Constitucional ha determinado la existencia de afectación directa, especialmente en aquellos casos en los que se encuentra un impacto a tradiciones culturales significativas que implican afectaciones a sus identidades como grupo étnico. Dentro de estas tradiciones pueden encontrarse los usos ancestrales de la hoja de coca, pero también, en casos de erradicación de cultivos, se pueden encontrar afectaciones directas en los impactos sobre los cultivos lícitos y de manera general la relación de las comunidades con la tierra, las fuentes de agua y el entorno de sus territorios.

AUDIENCIA PUBLICA AMBIENTAL

Participar en la toma de decisiones sobre licencias ambientales

INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA Y NORMATIVA

Derecho del ciudadano a tener iniciativa en las corporaciones públicas. Proyectos de Acto Legislativo y de Ley ante el Congreso, de Ordenanza, Acuerdo y Resoluciones ante la Asamblea Departamental, el Concejo Municipal y las juntas Administradoras Locales

VEEDURIA CIUDADANA O JUNTAS DE VIGILANCIA

Controlar y vigilar: a. la gestión pública y sus resultados b. la prestación de los servicios públicos. La vigilancia puede ejercerse ampliamente en todos los aspectos, ámbitos y niveles de gestión en donde total o mayoritariamente se empleen recursos públicos

 L. 99/93 art. 72

 C.N. art 40 num.5 art. 103,106  L.134/94, art.2, 10 a 30

 C.N. art. 103, 270 y 369.  L. 134/94 arts. 99, 100.

Autoridad competente para expedir el permiso o licencia ambiental

Procurador General, Defensor del Pueblo, Minambiente, Autoridades Ambientales, gobernadores, alcaldes, convoca la comunidad en grupo de mínimo 100 personas o tres entidades sin ánimo de lucro

Intercambia información y criterios sobre aspectos ambientales que sirven a la autoridad ambiental para la toma de decisiones

A todas la Corporaciones públicas: Congreso, Asambleas Departamentales, Consejos Municipales y Juntas Administradoras Locales

Los promotores pueden ser: todo ciudadano habitante de las entidades territoriales. Organizaciones: cívicas, sindicales, gremiales, indígenas, o comunales con personería jurídica o de partido o movimiento político y en todos los casos debe contar con el respaldo del cinco por mil de los inscritos en el censo electoral

La iniciativa legislativa y normativa bien puede utilizarse en el campo ambiental. Limitaciones de su aplicación: El criterio de circunscripción territorial: puede ser reducido debido a que muchos conflictos ambientales tienen causas más allá de sus fronteras político administrativas

A autoridades públicas y particulares que presten servicios públicos.

Ciudadanos, organizaciones civiles, etc.

Hacer seguimiento y control a la gestión pública. El Estado valida la vigilancia ciudadana a través de unas figuras cuya conformación y funcionamiento no dependen dl marco institucional sino de la autonomía de los sujetos sociales. Para la implantación de veedurías ambientales es necesario apoyos técnicos y financieros para el análisis de os estudios, proyectos y ejecuciones.

Las audiencias pueden ser solicitadas o convocadas de oficio por la autoridad ambiental, sin embargo, según información suministrada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de derecho de petición, desde 1993 hasta el 9 de febrero del año 2013, y a pesar de que se han otorgado más de 2.300 licencias, sólo se han realizado 60 audiencias públicas ambientales. Con gran alegría queremos informar que el Concejo Municipal de Cerrito, Santander, aprobó en la tarde de hoy la Iniciativa Popular Normativa que había sido interpuesta por un grupo de ciudadanos que desde hace 20 años han defendido el páramo del Almorzadero de la explotación minera.

En el país existen aproximadamente 500 veedurías ciudadanas que son respaldadas por una Red Institucional de Apoyo, sin embargo, como lo reconoce la Procuraduría General, no cuentan con los recursos financieros ni el personal suficiente, las entidades públicas no les facilitan las condiciones necesarias para su quehacer y, además, sus miembros se exponen a diversas amenazas, “el oficio del veedor está desprotegido, los veedores ciudadanos se

hallan bajo las mismas condiciones de inseguridad que padecen los defensores de los Derechos Humanos” (El Heraldo, 2013).