Contrato Maestro de Obra Huacar

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCAR PROVINCIA DE AMBO – REGION HUANUCO CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES: MAESTRO DE OBR

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCAR PROVINCIA DE AMBO – REGION HUANUCO CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES: MAESTRO DE OBRA-TOPOGRAFO OBRA: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL HUACAR - COCHATAMA - HUISHCA, DEL DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO Y REGION DE HUANUCO” Conste por el presente documento,

el contrato de locación

de Servicios Profesionales que

celebran de una parte, LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUACAR con RUC. Nº 20189021764; con domicilio en el Jr. Grau N°502, Huacar-Provincia de Ambo, Región de Huánuco debidamente representado por su Alcalde el Sr. VIJAI YEN CHAGUA JULCA, identificado con DNI. Nº 41273904; a quien en adelante de denominará LA MUNICIPALIDAD, y de otra parte el Sr. BERROSPI ORTEGA LEIBNITZ JUVENCIO, identificado con DNI N° 42963187 R.U.C. Nº 10429631870, siendo los a quién en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: BASE .LEGAL Y REFERENCIAS 1.- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal del 2007. 3.-Ley 27972 orgánica del Municipalidades. 4.- Decreto Supremo No 083-2004-PMC – Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.. 5.- Decreto Supremo

No 84 – 2004 – PMC- Reglamento de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado. En el presente Contrato se tendrá en consideración la siguiente referencia. 

El presente contrato se menciona la palabra “LEY” se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

aprobado

por

Decreto

Supremo

No

o83-2004-PCM,

y

la

mención

al

“REGLAMENTO” , se entenderá referida al reglamento de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supremo No 084-2004-PCM. 

Los plazos de vigencia del presente contrato se computan por días naturales.

SEGUNDO: ANTECEDENTES La Municipalidad Distrital de Huacar, es un órgano de gobierno local, encargado de poner en marcha las políticas de desarrollo local, brindar los servicios públicos locales y administrar los intereses de los vecinos: les son aplicables las leyes y las disposiciones que, de manera general y de conformidad con la constitución, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional: La Municipalidad es

una persona Jurídica de Derecho Público con

Autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia. TERCERO: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente documento LA MUNICIPALIDAD, Contrata los servicios de EL LOCADOR, bajo la modalidad de Locación de Servicios No Personales, para que realice los trabajos de Dirección Técnica – Maestro de Obra-Topógrafo en la ejecución del “MEJORAMIENTO DEL CAMINO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCAR PROVINCIA DE AMBO – REGION HUANUCO VECINAL HUACAR - COCHATAMA - HUISHCA, DEL DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO Y REGION DE HUANUCO”, jurisdicción del Distrito de Huacar; Obra a ser ejecutado por la Municipalidad Distrital de Huacar bajo la modalidad de Administración Directa. En la modalidad de locación de servicios, es decir sin dependencia ni vinculación de carácter laboral con la municipalidad. Los trabajos se ejecutaran en estricto cumplimiento a los Planos y Especificaciones Técnicas del Expediente Técnico. CUARTO: DECLARACION JURADA EL LOCADOR, declara no estar inhabilitado para contratar con el estado. QUINTO: PLAZO DE EJECUCION El Plazo de duración del presente contrato de Locación de servicios, es de 150 días calendarios (05 Meses)

contados a partir del 01 de Octubre del 2,015 o inicio de obra; vencido dicho

termino las partes contratantes podrán extenderlo, previo acuerdo de las partes y si el caso así lo requiere. SEXTO: FUENTE DE FINANCIAMIENTO El fuente de financiamiento proviene del convenio de financiamiento por Donacion con cargo para la ejecución del proyecto entre el Fondo Contravalor Peru – Alemania y la Municipalidad “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL HUACAR - COCHATAMA - HUISHCA, DEL DISTRITO DE HUACAR, PROVINCIA DE AMBO Y REGION DE HUANUCO” SEPTIMO: MONTO CONTRACTUAL LA MUNICIPALIDAD, por los servicios que presto EL LOCADOR se compromete a retribuir el monto de S/. 11,500.00 (Once Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) por la fuente de financiamiento Recursos Determinados y/o Donaciones y Transferencias correspondiente al ejercicio presupuestal 2015,monto el cual cubre el integro de sus servicios profesionales a todo costo del servicio a prestar.Dicho monto es fijo no correspondiendo ningún tipo de reajuste. OCTAVO: FORMA DE PAGO LA MUNICIPALIDAD pagara a EL LOCADOR de la siguiente manera: -

En contraprestación a los servicios de EL LOCADOR, LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar una remuneración de S/. 2,300.00 (Dos Mil Trescientos y 00/100 Nuevos Soles) en forma mensual hasta la liquidación de la obra.

-

El Residente deberá, previamente, certificar el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales.

-

Las partes contratantes declaran que dada la naturaleza del proyecto, el monto total a pagar por los servicios no estará sujeto a incremento o reajuste alguno.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCAR PROVINCIA DE AMBO – REGION HUANUCO NOVENO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR EL LOCADOR se obliga a cumplir fiel mente los términos del pr3esente contrato con los siguientes obligaciones que deberá cumplir: -

El LOCADOR debe realizar trazo y replanteo topográfico inicial de la obra.

-

El LOCADOR deberá realizar trazo y replanteo topográfico permanente de la obra.

-

EL LOCADOR, deberá realizar el trazo y replanteo topográfico final de la obra .

-

EL LOCADOR deberá realizar el trabajo de gabinete de procesamiento de datos del campo.

-

EL LOCADOR, debe elaborar los planos finales de la obra.

-

EL LOCADOR, no podrá ceder parcial o totalmente su posición contractual teniendo responsabilidad total sobre la ejecución y cumplimiento del mismo.

-

EL LOCADOR deberá ejecutar los trabajos de acuerdo a los planos y especificaciones técnicas que forman parte del Expediente Técnico y a la dirección del Ing. Residente de Obra.

-

EL LOCADOR, deberá cuidar el material designado para el correspondiente trabajo.

-

EL LOCADOR, deberá disponer que el material excedente de cada jornada sea devuelto al almacén.

-

EL LOCADOR, deberá restituir los materiales deteriorados por negligencia en el ejercicio de los trabajos.

-

EL LOCADOR, deberá levantar las observaciones que fueran objetadas por el Residente de Obra y/o

Supervisor de Obra, tanto durante la ejecución de la obra,

como después de terminada la misma, sin perjuicio de costo adicional a que hubiere lugar. DECIMO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD -

LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar al LOCADOR el monto establecido en la cláusula octava por los servicios efectivamente prestados, previa conformidad de la Gerencia de la Infraestructura y Desarrollo Urbano.

-

LA MUNICIPALIDAD proporcionara al locador todos los documentos e información requerida y disponible para el cumplimiento del servicio.

DECIMO PRIMERO: LA PRESTACION DE SERVICIOS Y SUPERVISION DEL CONTRATO Los servicios objeto del presente contrato serán prestados por EL LOCADOR bajo su propia dirección y responsabilidad. LA MUNICIPALIDAD supervisara permanentemente los trabajos efectuados por EL LOCADOR a través de sus entes encargados quien estará facultada a exigir la aplicación y cumplimiento de lo previsto en el contrato. EL LOCADOR, efectuara las gestiones y coordinaciones relativas al desempeño de sus funciones con el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Gerente Municipal.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCAR PROVINCIA DE AMBO – REGION HUANUCO

DECIMO SEGUNDO: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el ART. 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado, y será otorgada por el área de dar conformidad de la prestación en este caso la Gerencia de la Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad. DECIMO TERCERO: DOMICILIO Y VARIACION DEL MISMO Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones de las partes, ambas partes señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la parte introductoria del presente contrato. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efectos desde la fecha de comunicación del mismo a la otra parte, pudiendo realizarse por cualquier medio escrito. DECIMO CUARTO: PENALIDADES Que conforme establece el artículo 1341° del Código Civil, que es de aplicación supletoria, queda establecido que en caso de incumplimiento por parte del EL LOCADOR de las clausulas contenidas en el presente y las obligaciones asumidas será posible del pago de una penalidad, el mismo que tiene como efecto el de limitar el resarcimiento a la contraprestación. DECIMO QUINTO: DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO -

De acuerdo en lo dispuesto en el Art. 1371 del código civil, la resolución deja sin efecto un contrato valido por causal sobreviviente a su celebración.

-

Las partes podrán resolver el contrato de mutuo acuerdo por causas no atribuibles a estas o por caso fortuito o fuerza mayor

-

Que, en el caso del Art. 1428° del código civil, la parte que se perjudica con el incumplimiento de la otra parte requeriría mediante carta vía notarial para que satisfaga su prestación, dentro del plazo no menor de quince (15) días, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, el contratado será resuelto, quedando a cargo del deudor la indemnización de los daños y perjuicios que irrogue tal cumplimiento.

DECIMO SEXTO: DISPOSICION FINAL Todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las normas del código civil peruano. En señal de conformidad firman las partes,en la ciudad de Huacar a los veintiocho días del mes de agosto del presente año dos mil quince.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCAR PROVINCIA DE AMBO – REGION HUANUCO

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LA MUNICIPALIDAD

BERROSPI ORTEGA LEIBNITZ JUVENCIO DNI N° 42963187 EL LOCADOR