Contrato de Joint Venture

Contrato de Joint Venture Es un contrato Sui Generis cuando dos a más empresas, personas naturales ojurídicas, nacionale

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Contrato de Joint Venture Es un contrato Sui Generis cuando dos a más empresas, personas naturales ojurídicas, nacionales y/o extranjeras acuerdan asociarse, para combinar conjuntamente sus recursos y actividades para la ejecución y concreción de un negocio específico. Es un contrato de riesgo compartido (esa es la diferencia con el de Participación, donde los participantes lo que buscan es obtener ganancias y en caso existiera pérdidas no pueden responder más allá de lo que aportaron) Naturaleza Jurídica: Contrato de Participación Particularidades:  Una de las principales características del joint venture es que las empresas implicadas no necesariamente renuncian a su identidad como personas naturales o jurídicas, sino que mantienen su independencia, como sucedería en la fusión o absorción  Tiene carácter ad hoc. Es propio del contrato estar destinado a un proyecto específico  Reciprocidad en las facultades de representar y obligar a la otra u otras partes respecto de terceros.  No es sociedad nueva, sólo contrato pero puede acordarse promesa de formar sociedad o incluso surgir posteriormente de la voluntad de las partes crear una sociedad. Clases:  POR SU MODALIDAD LEGAL Y/U ORGANIZACIONAL a. Joint Venture Societaria: Es una organización empresarial que da origen a una nueva entidad o a una nueva sociedad con las implicancias jurídicas que ello significa por su rigidez y complejidad con la diversidad de las leyes de cada país. Está ligada al sistema jurídico del Sistema Civil. b. Joint Venture Contractual: Consiste en una relación contractual que no da origen a una nueva entidad jurídica. Pragmatismo, flexibilidad, autonomía, son características inherentes a este Joint Venture. Está ligada al sistema jurídico del "CommonLaw".  POR SU CONTEXTO GEOGRÁFICO a. Joint Venture Nacional: Son las creadas por socios con idéntica nacionalidad y dentro de su país de origen. b. Joint Venture Internacional: Son las creadas por socios de diferentes nacionalidades. Se considera como socio local el que tenga el domicilio social en el país donde se instale la Joint Venture.  POR EL TIPO DE CONTRATO O ACUERDOS DE LAS PARTES a. Para proyectos manufactureros. b. Para las industrias extractivas c. Para la industria de la construcción d. Para proyectos comerciales. e. Para investigación y desarrollo. f. Para actividades financieras. g. Para prestación de servicios. h. Para actividades de turismo. i. Para actividades agropecuarias y agroindustriales  POR EL ROL O DESEMPEÑO DE LOS SOCIOS

a. Joint Venture con un Socio Dominante: Significa que el emprendimiento está básicamente controlado o dominado por el socio, que juega un rol activo, mientras que el otro socio tiene un rol pasivo. b. Joint Venture de Administración y Operación Compartida: Significa que ambos socios juegan un rol activo en la administración y gerenciamiento de la empresa. c. Joint Venture Independientes: Significa que ninguno de los socios juega un rol activo. El papel fundamental en el proceso de toma de decisiones, y en la administración y operación de la empresa o el proyecto, recae en manos de un gerente general, que habitualmente no proviene de ninguno de los socios 1. Una característica es que se asocian para un fin determinado, una tarea específica, pero si se crea una sociedad esta sería temporal? O ya no es un contrato de Joint Venture? 2. Diferencia entre Joint Venture y Consorcio? 3. Diferencia entre Joint Venture y Sociedad de Hecho?