Contrato Construccion Casa Habitacion

CONTRATO de Prestación de Servicios Profesionales que celebran de una parte: Jesús Pérez Magallanez y por la otra parte

Views 148 Downloads 5 File size 57KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

  • Author / Uploaded
  • Belen
Citation preview

CONTRATO de Prestación de Servicios Profesionales que celebran de una parte: Jesús Pérez Magallanez y por la otra parte la C. Arquitecto Alejandra Pérez Coronado, conforme a los siguientes Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas.

ANTECEDENTES I.- En beneficio de la brevedad, las partes contratantes se designarán en el curso de este documento y sus anexos, con los nombres de Cliente y Arquitecto, respectivamente. II.- El Cliente manifiesta tener su domicilio en Vista Real Norte 4513, Vista Hermosa, y desea que el Arquitecto desarrolle la Construcción de una Casa Habitación ubicada en Vista Real Sur 3936, Vista Hermosa. III.- El Arquitecto manifiesta tener su domicilio en ITR de Nuevo León 1900A-P, Otay Tecnológico y de poseer Título Profesional otorgado por el Instituto Tecnológico de Tijuana y de estar registrado en la Dirección de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, con Cédula Profesional 14210083 y ser miembro de número del Colegio de Arquitectos de Tijuana A. C. con credencial No. 693.

DECLARACIONES I.- Declara el Cliente estar de acuerdo en contratar los servicios del Arquitecto que consisten en la construcción de una Casa Habitación. II.- El Cliente manifiesta contar con los recursos necesarios para la realización de la construcción de la Casa Habitación en el terreno ubicado en Vista Real Sur 3936, Vista Hermosa. III.- El Cliente manifiesta que cuenta con el Proyecto Ejecutivo de la Casa Habitación, así como el Presupuesto y el Calendario de Obra entregado por el Arquitecto, y estar de acuerdo en todas sus partes de dichos documentos. IV.- El Arquitecto manifiesta estar de acuerdo en la realización de la construcción de la Casa Habitación en el terreno ubicado en Vista Real Sur 3936, Vista Hermosa. V.- El Arquitecto manifiesta que cuenta con los recursos humanos y materiales, así como la experiencia profesional para la realización de dichos trabajos. VI:- El Arquitecto manifiesta estar registrado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT) con el número 6543211.

CLÁUSULAS PRIMERA.- El Arquitecto se obliga a prestar al Cliente los Servicios Profesionales consistentes en la Construcción de una Casa Habitación mencionada en el Antecedente II. SEGUNDA.- Por los trabajos que realizará el Arquitecto, el Cliente se obliga a pagar a éste la cantidad de: $1,400,600.00 pesos (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 CENTAVOS) TERCERA.- La forma de pago que realizará el Cliente al Arquitecto será de la siguiente manera: El Cliente le entregará al Arquitecto el equivalente al 30% del monto total de la obra que corresponde a la cantidad de: $420,180.00 pesos (CUATROCIENTOS VEINTE MIL CIENTO OCHENTA PESOS 00/100 CENTAVOS) CUARTA.- La cantidad restante de dicho presupuesto se pagará vía estimaciones de obra. Dichas estimaciones serán presentadas por el Arquitecto al Cliente para su pago quincenalmente. QUINTA.- El Arquitecto se compromete en amortizar cada una de las estimaciones resultantes en un 30% para reponer el anticipo mencionado en la Cláusula Tercera, para cubrir el pago del anticipo otorgado por el cliente para el inicio de estos trabajos. SEXTA.- Para que el Arquitecto tenga derecho de cobrar las estimaciones correspondientes deberá cumplir con los trabajos según el calendario de obra respectivo.

SÉPTIMA.- Serán por cuenta del Cliente los gastos que se originen por la realización de estudios o trabajos especiales, distintos a los señalados en cláusulas anteriores. OCTAVA.- Cualquier modificación, ampliación o adición al trabajo motivo del presente contrato serán objeto de un ajuste de presupuesto, reservándose las partes el derecho de aceptarlo o rechazarlo de acuerdo a sus intereses sin que esto anule el presente contrato. NOVENA.- Las partes convienen que cualquier modificación al presente contrato, así como las órdenes e instrucciones que gire el Cliente al Arquitecto con motivo o en ocasión de los trabajos convenidos, será necesariamente por escrito. El Arquitecto se obliga a acusar recibo de dichas órdenes, instrucciones, acuerdos o modificaciones. DÉCIMA.- Cuando por cualquier cause fuere necesario suspender total o parcialmente los trabajos encomendados al Arquitecto al amparo del presente contrato, el Cliente se obliga a cubrir al Arquitecto el importe de los gastos generados hasta la fecha de suspensión del trabajo. DÉCIMO PRIMERA.- El Arquitecto se reserva el derecho de autor sobre el proyecto motivo de este contrato, no pudiendo el cliente hacer más de una construcción conforme al mismo sin el expreso consentimiento y por escrito del Arquitecto. Sólo podrá el Cliente ejecutar varias construcciones conforme al proyecto al que se refiere este contrato, previo acuerdo expreso y por escrito con el Arquitecto, en el que se fijen los honorarios que éste perseguirá por el uso repetido del proyecto del que es autor. DÉCIMO SEGUNDA.- Para la decisión de cualquier controversia que se suscite sobre aspectos meramente técnicos, las partes convienen en que dichas controversias serán resueltas por la persona que designe el Colegio de Arquitectos de Tijuana A. C. DÉCIMO TERCERA.- Para todo lo que no haya sido expresamente previsto en este contrato, las partes se sujetan a las disposiciones relativas al Código Civil para el Distrito y Territorios Federales. DÉCIMO CUARTA.- Para las decisiones de cuestiones que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales del lugar donde se firmó este documento, para lo cual renuncian al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio, tanto actual como futuro. DÉCIMO QUINTA.- Será por cuenta del Arquitecto el pago de Impuesto Sobre la Renta por los recursos que el cliente le cubra el acuerdo con el presente Contrato. DÉCIMO SEXTA.- Para los efectos del presente contrato, las partes convienen en manifestar cualquier cambio de domicilio en un plazo máximo de ocho días después de efectuado dicho cambio.

El presente contrato se extiende por triplicado en la Ciudad de Tijuana, Baja California a los 7 días del mes de diciembre del 2018, siendo firmado por las partes, quedando el original en poder del Cliente, una copia en poder del Arquitecto y una copia en poder del Colegio de Arquitectos de Tijuana A. C.

________________________________ El Cliente

________________________________ El Arquitecto