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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA) ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS. PRESENTADO POR Isaura Torres Ulloa.

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA)

ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS.

PRESENTADO POR Isaura Torres Ulloa.

MATRICULA 13-3543.

PRESENTADO PARA Manuel Gómez.

ASIGNATURA Derecho Comercial II.

TAREA Numero 5.

Distinguido participante, luego de investigar en el libro básico de la asignatura, realice la siguiente actividad:

1- Elaboración de los actos para la constitución y la transformación de sociedades comerciales y de empresas individuales de responsabilidad limitada; cumpliendo con los requisitos exigidos por la Ley 479-08.

Los actos para la constitución y la transformación de sociedades comerciales:

1) Convocar la celebración de una Asamblea General Extraordinaria (o el mecanismo de decisión que constate la voluntad de los socios, según permita la Ley para cada tipo de sociedad), para modificar sus estatutos sociales conforme a las siguientes indicaciones mínimas:

a. La modificación de la denominación social, para la cual se podrá utilizar el nombre de uno o varios socios y deberá ser precedida o seguida de las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o de las iníciales “S.R.L.”. A falta de una de estas últimas indicaciones, los socios serán solidariamente responsables frente a los terceros. b. La indicación de la adopción de la modalidad de Sociedad de Responsabilidad Limitada; c. La designación, poderes, atribuciones, incompatibilidades y prohibiciones de la gerencia; d. La forma en que se realizará la cesión o transmisión de las partes sociales (cuotas); e. Las formas en que los socios tomarán las decisiones (podrá ser mediante asamblea general, consulta escrita o acuerdo unánime); f. La fecha de cierre del ejercicio social; g. La forma de repartir los beneficios y las pérdidas, la constitución de reservas, legales o facultativas, las causas de disolución y el proceso de liquidación de conformidad con el Título I, Capítulo II, sección 3 de la Ley; En general, todas las

modificaciones estatutarias que sean necesarias para conciliar su contenido con el Título I, Capítulo II, sección 3 de la Ley.

2) Depositar, dentro del mes de la asamblea general extraordinaria o de la fecha del documento que constate la voluntad de los socios, en el Registro Mercantil, los documentos siguientes:

a) Copia certificada de los documentos constitutivos de la sociedad transformada; (Si ya deposito en algún momento estos documentos en el Registro Mercantil no es necesario volver a depositarlos). b) Original de un balance especial, cortado al último día del mes que preceda a la celebración de la asamblea que apruebe la transformación (o de la fecha del documento que constate la voluntad de los socios, según permita la Ley para cada tipo de sociedad) y actualizado a la fecha de la misma, compilado o auditado por un contador público autorizado; c) Original del informe del comisario de cuentas, si lo hubiere, que compruebe que el activo neto sea por lo menos igual al capital suscrito y pagado; d) Un ejemplar del periódico certificado por el editor que contenga la publicación de un extracto del proyecto de transformación; Original y copia acta(s) de la(s) Asamblea(s) General (extraordinaria con su nómina(s) de los accionistas presentes o representados (o del documento que constate la voluntad de los socios, según permita la Ley para cada tipo de sociedad) que aprueba la transformación y la modificación estatutaria; e) Original

de los estatutos sociales

correspondientes

a la Sociedad

de

Responsabilidad Limitada. f) En caso de existir nuevos socios, incluir fotocopias de la Cédula de Identidad y electoral, si son dominicanos, si son extranjeros, pasaporte, cédula de identidad de extranjero u otro documento de identidad con foto que sea válido en el país d su procedencia, acompañada de una declaración jurada que evidencie la validez< en su país de origen como documento de identidad. g) Recibo (s) de pago de impuestos por aumento del capital (si aplica);

h) Copia del Registro del nombre comercial que identificará a la sociedad solicitante emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), (si aplica);

3) Completar el Formulario de modificación del Registro Mercantil, a máquina o computadora, firmado por la persona autorizada o por el gestor apoderado, debiendo anexar copia del poder de representación;

4) Llevar el Original del Certificado de Registro Mercantil para ser cancelado y expedido el nuevo;

5) Pago de la tasa correspondiente por concepto de modificación y/o transformación, de conformidad con las tarifas establecidas por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.

6) Luego expedido su nuevo certificado de registro Mercantil modificado deberá dirigirse a la Dirección General de Impuestos Internos y completar el Formulario de Declaración Jurada para el Registro y actualización de datos de Sociedades, anexando el certificado nuevo de Registro Mercantil que sustente la transformación.