Abog. María Elena De La Cuba Aréstegui - Repaso de la clase pasada. - Preguntas introductorias. - Antecedentes de
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Abog. María Elena De La Cuba Aréstegui
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Repaso de la clase pasada.
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Preguntas introductorias.
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Antecedentes del tema a tratar.
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Desarrollo del tema.
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Discusión de logros y objetivos.
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¿Qué entienden por el trabajo como deber?
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¿ Qué entienden por el trabajo como derecho?
Principio protector o tuitivo. El proceso oral laboral forma parte del derecho social, de ahí se rige el principio tuitivo a favor del trabajador, eso significa que el juzgador está en la obligación legal de amparar y proteger, no los intereses del empleador, si no
los del trabajador y de suplir alguna deficiencia técnica que el abogado hubiese cometido. Materializa el principio “pro obrero” o “pro operario”, en
caso de dudas se aplica en sentido más favorable al trabajador.
¿Trabajo como deber o derecho?
¿Trabajo como deber o derecho?
Primacía de la realidad. En caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de documentos y acuerdos, debe darse preferencia a lo que sucede en el terreno de los hechos.
Igualdad de oportunidades laborales.
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Discutamos el logro de objetivos.
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Definamos precisamente al trabajo como deber y derecho, primacía de la realidad, igualdad de oportunidades laborales, principios de no discriminación.