Caso Practico El Impuesto a Los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

Perucontable.com I Contabilidad - Red de blogs CURSO VIRTUALES 2015  OSCE – 2015: Contrataciones y Adquisiciones del

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CURSO VIRTUALES 2015 

OSCE – 2015: Contrataciones y Adquisiciones del Estado



SEACE : Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – 2015



SIAF : Sistema Integrado de Administración Financiera – Básico



SIMI : Control patrimonial de los bienes estatales



Beneficios Sociales



Planilla Electrónicas – PDT 601: T-Registro y Plame



Actualización de “PDT 2015″



Software Contable “CONCAR”



Software Contable “CONCAR AVANZADO”



Contabilidad para no contadores



Contabilidad básica



Microsoft Office Word 2013



Microsoft Office Excel 2013



Microsoft Office PowerPoint 2013



Microsoft Office Access 2013

INFORMES E INSCRIPCIONES Teléfono: 043-429824 | Celular (M): 944952337 | RPM: *735479 RPC: 954782378 | Correo: [email protected] SITIO WEB

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Perucontable.com I Contabilidad - Red de blogs El impuesto a los juegos de casino y máquinas tragamonedas El cuadro que se muestra seguidamente es parte del formulario anexo 2 mostrado al final de la primera parte del presente artículo en la edición de la quincena anterior. 1. Nombre de sujeto del impuesto 2. Nombre del Local 3. Registro único del contribuyente 4. Mes por el que se declara 5. Número de la máquina asignado por el operador 6. Número de serie de la máquina 7. Nombre del fabricante 8. Determina el tipo de moneda (nuevos soles = S dólares = D ) 9. Valor de la ficha expresado en nuevos soles o dólares 10. Registra el total de entradas al contador al inicio del día 11. Registra el total de salidas del contador al inicio del día 12. Registra los pagos manuales al inicio del día 13. Registra el total de entradas a contador al final del día 14. Registra el total de salidas del contador al final del día 15. Registra los pagos manuales al final del día 16. Casilla 13 menos Casilla 10 17. Casilla 14 menos Casilla 11 18. Casilla 15 menos Casilla 12 19. Casilla 16 menos Casilla (17+18) 20. Casilla 19 x Casilla 9 21. Registra el Ingreso Bruto en nuevos soles 22. Registra el 2% de la casilla 21 23. Casilla 21 menos la casilla 22 24. Es el 12 % de la Casilla 23

SUJETO DEL IMPUESTO O DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL Apellidos y Nombres Firma

Nota: Cuando corresponda, el tipo de cambio para la determinación del ingreso bruto diario será el promedio ponderado venta que establezca la SBS.

Forma y condiciones para comunicar los reinicios o reseteos de los contadores de las máquinas tragamonedas Los sujetos del impuesto deberán comunicar a la Sunat de los reinicios o reseteos de las máquinas tragamonedas en el Formulario N° 0550 a que se refiere la segunda disposición final de la Res. De Sup, N° 014-2003/SUNAT, dentro del día siguiente de ocurridos estos hechos. En el caso de reseteos de máquinas tragamonedas, se adjuntará adicionalmente un informe que sustente el motivo de los referidos reseteos, elaborado por el responsable técnico de la sala de juego y suscrito por el sujeto del impuesto o su representante legal.

Perucontable.com I Contabilidad - Red de blogs Asimismo los sujetos del impuesto, a efectos de la determinación correspondiente, deberán informar dichos reinicios y reseteos a través del Formulario Virtual N° 693, con la declaración jurada mensual del periodo en que sucedió el incidente.

Forma, plazo y condiciones para comunicar los cambios en el valor de las fichas Los sujetos del impuesto deberán comunicar a la Sunat el cambio de valor de fichas de las máquinas tragamonedas en el Formulario N° 0550, cinco días calendario antes de efectuar el referido cambio. Asimismo, los sujetos del impuesto, a efectos de la determinación correspondiente, deberán informar los citados cambios de valor mediante el Formulario Virtual N° 693 correspondiente al periodo tributario en el cual se produjo dicho cambio de valor. Para tal efecto, al momento de elaborar la declaración, se deberá elegir dentro del rubro "TRAGAMONEDAS", la opción "reingresar" consignando toda la información que se solicite.

Lugar y plazo para presentar las comunicaciones Los sujetos del impuesto deberán presentar las comunicaciones a que se refieren los puntos en los siguientes lugares: 1. Tratándose de los contribuyentes que pertenezcan al directorio de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes, en el Departamento de Servicios al Contribuyente de dicha intendencia nacional. 2. Tratándose de los contribuyentes que pertenezcan al directorio de la Intendencia Regional Lima, en los centros de servicios al contribuyente ubicados en la provincia de Lima y Provincia Constitucional del Callao. 3. Tratándose de los contribuyentes que pertenezcan al directorio de otras intendencias regionales u oficinas zonales, en las dependencias o centros de servicios al contribuyente ubicados en la demarcación geográfica que corresponda a su domicilio fiscal, a excepción de los contribuyentes que pertenezcan a la Oficina Zonal de San Martín, quienes deberán presentar dichas comunicaciones en el Centro de Servicios al Contribuyente de Tarapoto u Oficina de Moyobamba.

El Formulario N° 0550 El Formulario N.º 0550 "Comunicación de Reinicio, Reseteo o Cambio en el Valor de Ficha de Máquinas Tragamonedas" debe ser utilizado por los sujetos del impuesto, el cual podrá ser fotocopiado del diario El Peruano para efectos de su presentación, así como también se encontrará a disposición de estos en Internet, en la página web: http://www.sunat.gob.pe de Sunat.

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Porcentaje máximo de deducción por gastos A efectos de lo dispuesto en la décima disposición transitoria de la Ley N.º 27796, a fin de determinar la renta neta de tercera categoría del impuesto a la renta, se deducirá los gastos de alimentos, cigarrillos y bebidas alcohólicas, que de manera gratuita el sujeto del impuesto entregue a los clientes en las salas de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas, en la parte que, en conjunto, no excedan del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos de rentas de tercera categoría, con un límite máximo de cuarenta (40) unidades impositivas tributarias (UIT).

Facultades de fiscalización Para fiscalizar los tributos que se originan en la explotación de máquinas tragamonedas, además de las facultades conferidas en el Código tributario, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, podrá inspeccionar sin previo aviso, el funcionamiento de las máquinas tragamonedas que se encuentren en los domicilios fiscales y establecimientos

Perucontable.com I Contabilidad - Red de blogs anexos de los contribuyentes, debiendo estos disponer la presencia permanente, durante el horario de funcionamiento del establecimiento, de un representante designado para tales efectos y de un técnico responsable, quien deberá facilitar el acceso a los contadores manuales, electrónicos y/o mecánicos de las máquinas tragamonedas, así como permitir la instalación de soportes informáticos que faciliten el control de las mismas.

Infracción y sanción relacionada con el Código Tributario (artículo 177) Constituye infracción relacionada con la obligación de permitir el control de la administración tributaria, informar y comparecer ante la misma: Numeral 18  No facilitar el acceso a los contadores manuales, electrónicos y/o mecánicos de las máquinas tragamonedas, no permitir la instalación de soportes informáticos que faciliten el control de ingresos de máquinas tragamonedas; o, no proporcionar la información necesaria para verificar el funcionamiento de los mismos. Sanción: Cierre de establecimiento por el plazo de treinta (30) días calendario la primera vez, sesenta (60) días calendario la segunda vez y noventa (90) días calendario la tercera vez. Numeral 21  No implementar las empresas que exploten juegos de casino y/o máquinas tragamonedas el Sistema Unificado en Tiempo Real o implementar un sistema que no reúne las características técnicas establecidas por SUNAT. Sanción: cierre o comiso. La sanción de cierre se aplicará para la primera y segunda oportunidad en que se incurra en la infracción. La sanción de comiso se aplicará a partir de la tercera oportunidad de incurrir en la misma infracción. Para tal efecto, se entenderá que ha incurrido en una oportunidad anterior cuando la resolución de la sanción hubiera quedado firme y consentida en la vía administrativa.

Normas técnicas complementarias del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real El Sistema Unificado de Control en Tiempo Real (SUCTR) consiste en la interconexión de las máquinas tragamonedas y/o las mesas de juegos de casinos a un computador central en el establecimiento, y, si el sujeto del impuesto tuviera varios establecimientos, dichos computadores a su vez deben estar interconectados a un computador central ubicado en el domicilio fiscal del sujeto del impuesto. Mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR modificado por el Decreto Supremo N° 002-2010-MINCETUR se estableció que corresponde al MINCETUR (Ministerio de Comercio Exterior y Turismo) establecer las características técnicas para la

Perucontable.com I Contabilidad - Red de blogs implementación del mencionado sistema. En vista de ello el 3 de setiembre de 2010 se ha publicado en el diario El Peruano el Decreto Supremo N° 015-2010-MINCETUR que aprueba el Reglamento de "Normas Técnicas Complementarias para la Implementación del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real - SUCTR".

Laboratorio tributario contable

Caso práctico N° 01 La empresa La Suerte SAC con nombre comercial Real City que se dedica a la explotación de juegos de máquinas tragamonedas, durante julio de 2015 ha obtenido ingresos brutos por un monto de S/. 43,000 y el monto total por premios entregados en el mismo mes asciende a la suma de S/. 38,000. Se pide determinar el impuesto a los juegos de casino y máquinas tragamonedas correspondiente a julio de 2015.

Solución Ingreso por juegos de máquinas tragamonedas Premios otorgados Ingreso neto del mes Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto) Base imponible Impuesto a pagar 12%

Llenado del PDT

S/. 43,000 -38,000 5,000 -100 4,900 588

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Caso práctico N° 02 La empresa Los Mariños SAC con nombre comercial Casino Rayale que se dedica a la explotación de juegos de casino, durante julio de 2015 ha obtenido ingresos brutos por dinero destinado a los juegos por un monto de S/. 108,000 y el monto total por premios entregados en el mismo mes asciende a la suma de S/. 133,000. Se pide determinar el impuesto a los juegos de casino y máquinas tragamonedas correspondiente a julio de 2015.

Solución Ingreso por apuestas en juegos de casino Premios otorgados Saldo pendiente para el próximo mes Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto) Base imponible Impuesto a pagar 12%

S/. 108,000 -133,000 -25,000 0 0 0

No hay impuesto a pagar

Caso práctico N° 03 La empresa La Angelitos SAC de nombre comercial Casino Ferrolano que se dedica a la explotación de juegos de casino, durante agosto de 2015 ha obtenido ingresos brutos por dinero destinado a los juegos por un monto de S/. 104,000 y el monto total por premios entregados en el mismo mes asciende a la suma de S/. 42,500. Se sabe que en julio de

Perucontable.com I Contabilidad - Red de blogs 2015 quedó un saldo pendiente de deducción por premios otorgados en el mismo mes por un importe de S/. 25,000. Se pide determinar el impuesto a los juegos de casino y máquinas tragamonedas correspondiente a agosto de 2015.

Solución Ingreso por apuestas en juegos de casino Premios otorgados Ingreso neto Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto) Saldo de deducción pendiente del mes anterior Base imponible Impuesto a pagar 12%

S/. 104,000 -42,500 61,500 -1,230 60,270 -30,000 30,270 3,632

Caso práctico N° 04 La empresa Juegos Bustamante SAC que se dedica a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, durante agosto de 2015 ha obtenido ingresos brutos por dinero destinado a los juegos de casino por un monto de S/. 132,000; por juegos de máquinas tragamonedas S/. 89,200 y el monto por premios entregados en el mismo mes por juegos de casino asciende a la suma de S/. 35,400 y por máquinas tragamonedas S/. 20,300. Se pide determinar el impuesto a los juegos de casino y máquinas tragamonedas correspondiente al mes de agosto de 2015.

Solución

Impuesto a pagar 12%

S/. 132,000 -35,400 96,600 -1,932 94,668 11,360

Ingreso por juegos de máquinas tragamonedas Premios otorgados Ingreso neto del mes Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto) Base imponible Impuesto a pagar 12%

89,200 -20,300 68,900 -1,378 67,522 8,103

Ingreso por apuestas en juegos de casino Premios otorgados Ingreso neto Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto)