Caso Practico de Identificacion de Tercero

En la ciudad de Santa Catarina Mita, el dos de abril de dos mil dieciocho, siendo las once horas, JOSELYN MELISSA BARRER

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En la ciudad de Santa Catarina Mita, el dos de abril de dos mil dieciocho, siendo las once horas, JOSELYN MELISSA BARRERA FUENTES DE POLANCO, Notario, constituido en mi oficina profesional ubicada en el barrio la javia, zona tres de Santa Catarina Mita, a requerimiento de la señora: NORA CONSUELO CORNEJO PALMA de treinta años de edad, soltera, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, quien se identifica con Documento Personal de identificación Código Único de Identificación número un mil setecientos setenta y ocho, setenta y ocho mil doscientos noventa, dos mil doscientos dos, expedido por el Registro Nacional de Personas de la República de Guatemala. La requirente actúa en nombre propio y el objeto de su rogación es promover ante mis oficios y en jurisdicción voluntaria, LA IDENTIFICACIÓN DE TERCERO, de su esposo JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, motivo por el cual procedo de la manera siguiente: ANTECEDENTES: Declara la requirente que su esposo JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, falleció el día ONCE DE ENERO DE DOS MIL DIEZ, y que constante también conocido con los nombres de JOSE DANIEL LLANES MARTINEZ Y JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, además del que aparece inscrito de su nacimiento en el Registro Civil respectivo, por lo que declare la notoriedad de los nombres relacionados. SEGUNDO: La requirente presenta la siguiente documentación: a) Certificado de Defunción número setenta y siete mil ciento ochenta (77180) del Registro Civil del Registro Nacional de Las Personas de la República de Guatemala, b) Certificación de la partida número trecientos nueve (309), folio ciento cincuenta y dos (152), del libro siete (7) de nacimientos del registro Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Asunción Mita del Departamento de Jutiapa, correspondiente al fallecido; JOSE DANIEL YANES MARTINEZ; y c) certificado de la partida número treinta y dos (32), folio treinta y tres (33), del libro cincuenta y cinco (55) de nacimientos, del Registro Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Asunción Mita, del departamento de Jutiapa, correspondiente a la requirente. Asimismo, propone el testimonio de los señores JOAQUIN MENDEZ GONZALES y BRENDA YANET PALMA.

TERCERO: PETICION: En virtud de lo anteriormente expuesto al suscrito Notario, la requirente SOLICITA: a) Se tenga por promovidas ante mis oficios las diligencias voluntarias de IDENTIFICACION DE TERCERO del señor JOSE DANIEL YANES MARTINEZ; b) Se tenga por presentados los documentos relacionados y por ofrecida la información testimonial propuesta; c) Se publique el edicto que indica la ley; y d) Oportunamente se faccione el Acta Notarial de Notoriedad respectiva que en derecho corresponde, DECLARANDO: a) CON LUGAR las presentes diligencias de identificación de tercero del señor: JOSE DANIEL LLANES MARTINEZ Y JOSE DANIEL YANES MARTINEZ. b) Se mande a inscribir tal declaración en los registros correspondientes. Termino la presente, cuando son las doce horas con quince minutos, en el mismo lugar y fecha indicados al principio, quedando comprendida en dos hojas de papel bond tamaño oficio. Leo lo escrito a la requirente y enterada de su contenido, objeto valor y demás efectos legales, lo acepta, ratifica y firma.

OFICINA PROFESIONAL DEL NOTARIO JOSELYN MELISSA BARRERA FUENTES DE POLANCO. Barrio la Javia, zona 3, Santa Catarina Mita, Jutiapa. Santa Catarina Mita, Jutiapa Guatemala, veintiocho de enero de dos mil dieciséis. En vista del requerimiento hecho en el acta Notarial que procede, l) Se tienen por iniciadas ante mis oficios las diligencias voluntaria de tercero del señor JOSE DANIEL YANES MARTINEZ; ll) Por ofrecidos los medios de prueba individualizadas y por presentados los documentos relacionados; lll) Publíquese el edicto de rigor, citando a quienes se consideren afectados por tal notificación; lV) Oportunamente fracciónese el Acta Notarial de Notoriedad que en derecho corresponde, certificándose para los efectos registrales. Artículos 66 al 79, 128, 178, 401, 402, 403, 440, 441, 442, del código procesal Civil y mercantil. Notifíquese.

En la ciudad de Santa Catarina Mita, Jutiapa, cinco de abril de dos mil dieciocbo, siendo las quince horas con veinte minutos, en el Barrio el Centro zona 1 de Santa Catarina Mita, Jutiapa, Notifique a: a la señora NORA CONSUELO CORNEJO PALMA el contenido de la resolución notarial de fecha de hoy, y le entregue copia de la misma, quien de enterada no firmo. DOY FE.

EDICTO NORA CONSUELO CORNEJO PALMA, solicita la notoriedad de los nombres de JOSE DANIEL LLANES MARTINEZ Y JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, con los que fue conocido su señor esposo. Efectos legales, cito a quienes se consideren afectados con su identificación en el Barrio el Centro zona 1 de Santa Catarina Mita, Jutiapa. Santa Catarina Mita Jutiapa siete de abril de dos mil dieciocho.

Joselyn Melissa Barrera Fuentes de Polanco Colegiado 14,991.

En la ciudad de Santa Catarina Mita Jutiapa, el once de abril del año dos mil dieciocho, siendo las ocho horas, JOSELYN MELISSA BARRERA FUENTES de POLANCO, Notario, constituido en mi oficina profesional ubicada en el Barrio la Javia zona tres de Santa Catarina Mita Jutiapa a requerimiento de la señora NORA CONSUELO CORNEJO PALMA de treinta años de edad, soltera, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, quien se identifica con Documento Personal de identificación Código Único de Identificación numero un mil setecientos setenta y ocho, setenta y ocho mil doscientos noventa,

dos mil doscientos dos; expedido por el Registro Nacional de Personas de la República de Guatemala. La requirente actúa en nombre propio y el objeto de su rogación es para solicitar la autorización del ACTA NOTARIAL DE NOTORIEDAD del nombre su esposo JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, motivo por el cual procedo de la manera siguiente: ANTECEDENTES: Bajo juramento prestado de conformidad con la ley, y debidamente enterada de lo relativo a la pena por el delito de falso testimonio, declara la requirente que su esposo JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, falleció el día ONCE DE ENERO DE

DOS MIL DIEZ, constante también conocido con los nombres JOSE DANIEL LLANES MARTINEZ Y JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, además del que aparece inscrito de su nacimiento en el Registro Civil respectivo. SEGUNDO: La requirente acredito el interés con que actúa mediante la siguiente documentación: a) Certificado de Defunción número setenta y siete mil ciento ochenta (77180) del Registro Civil del Registro Nacional de Las Personas de la República de Guatemala, b) Certificación de la partida número trecientos nueve (309), folio ciento cincuenta y dos (152), del libro siete (7) de nacimientos del registro Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Asunción Mita del Departamento de Jutiapa, correspondiente al fallecido; JOSE DANIEL YANES MARTINEZ; y c) certificado de la partida número treinta y dos (32), folio treinta y tres (33), del libro cincuenta y cinco (55) de nacimientos, del Registro Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Asunción Mita, del departamento de Jutiapa, correspondiente a la requirente. Asimismo, este acto entrego a la suscrita la publicación del Diario de Centroamérica, de fecha treinta del mes de marzo año dos mil dieciséis, que contiene la publicación del edicto que ordena la ley TERCERO: Se encuentran asimismo presentes como testigos, los

señores JOAQUIN MENDEZ GONZALES y BRENDA YANET PALMA, a quienes juramento de conformidad con la siguiente fórmula: ¿Prometéis, bajo juramento, decir la verdad en la que fuereis preguntado? Responde: Si, bajo juramento, prometemos decir la verdad, por lo que les hago saber lo relativo a la pena por el delito de perjurio, por lo que declaran llamarse exactamente como quedo apuntado y ser de los datos de identificación personales siguientes. JOAQUIN MENDEZ GONZALEZ de cincuenta y nueve años de edad, soltero, guatemalteco, mecánico, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación número un mil novecientos noventa y seis cuarenta y dos mil quinientos noventa y uno dos mil doscientos tres, expedido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; y la señora: BRENDA YANET PALMA, de treinta y seis años de edad, soltera, ama de casa, guatemalteca, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación Código Único de Identificación numero un mil novecientos trece setenta y tres mil treinta y seis dos mil doscientos tres; expedido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala;. Examinados una en pos de otra. DECLARAN: Que no son parientes dentro de los grados de ley del señor JOSE DANIEL YANES MARTINEZ, que no tiene interés directo en este asunto que no son trabajadores domésticos, dependientes, acreedores ni deudores de la requirente y difunto, y que conocieron indistintamente a JOSE DANIEL YANES MARTINEZ constándoles que en forma indistintamente al señor: JOSE DANIEL LLANES MARTINEZ Y JOSE DANIEL YANES MARTINEZ constándoles dicha circunstancia porque lo conocieron y trataron durante toda su vida con él. CUARTO: El infrascrito Notario, con base en los documentos relacionados, las declaraciones testimoniales que constan en el punto anterior y por no existir oposición, declara la notoriedad de la identificación justificada suficientemente a su juicio de la identificación de tercero del nombre del señor: JOSE DANIEL YANES MARTINEZ y, como consecuencia, que ese nombre y los de JOSE DANIEL LLANES MARTINEZ Y JOSSE DANIEL YANES MARTINEZ, corresponde e identifican a una misma persona, por lo que la Registradora civil del registro nacional de las personas del municipio de Asunción Mita departamento de Jutiapa, deberá hacer las anotaciones al margen en lo que respecta a la inscripción de la partida a) Certificado de Defunción

número setenta y siete mil ciento ochenta (77180) del Registro Civil del Registro Nacional de Las Personas de la República de Guatemala, b) Certificación de la partida número trecientos nueve (309), folio ciento cincuenta y dos (152), del libro siete (7) de nacimientos del registro Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Asunción Mita del Departamento de Jutiapa, correspondiente al fallecido. Termino la presente en el mismo lugar y fecha de su inicio treinta minutos después y Leo lo escrito a las requirentes, quienes, enteradas de su contenido, objeto validez y demás efectos legales de certificar esta acta con su duplicado para la inscripción y anotaciones, lo aceptan, ratifican y firman quedando la presente comprendida en dos hojas de papel bond tamaño oficio a las que adhiero los timbres de ley, mismas que numero, sello y firmo. DOY FE.

Yo: JOSELYN MELISSA BARRERA FUENTES de POLANCO, Notario, CERTIFICO: Que las dos hojas de fotocopia que anteceden, reproducen el auto final de las diligencias voluntarias extrajudiciales de cambio de nombre iniciadas por NORA CONSUELO CORNEJO PALMA Dicho auto fue dictado el cinco de febrero del año dos mil dieciséis. Y para la inscripción y anotación en la partida número cuatro mil cuatrocientos once (4411) de nacimientos del Registro Civil de las Personas del municipio de Asunción Mita, del departamento de Jutiapa, extiendo la presente certificación. En la ciudad de Santa Catarina Mita Jutiapa, el doce de abril del año dos mil dieciocho.