Caso de Estudio Nia 560

CASO DE ESTUDIO DE LA NIA 560 Instrucciones: Considere los siguientes hechos que tuvieron lugar durante la auditoría, a

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CASO DE ESTUDIO DE LA NIA 560 Instrucciones: Considere los siguientes hechos que tuvieron lugar durante la auditoría, a fin de que indique qué efecto tienen en el dictamen y si será necesario hacer alguna mención en las notas a los estados financieros y en los mismos estados financieros. 1. El auditor de la empresa X, S.A. de C.V., ha concluido con su trabajo de auditoría por el período de 2007, habiendo fechado su dictamen el “14 de febrero de 2010”; sin embargo, antes de que entregue su carpeta de dictamen se entera de un evento relevante que modifica de manera considerable la provisión para contingencias que la administración había dejado registrada al cierre de año. ¿Qué alternativas puede seguir el auditor respecto de su dictamen? ¿Tendrá que modificar estados financieros y notas a los mismos? De acuerdo al libro de modelos de dictámenes, la pág. 18 cita los efectos en el dictamen de hechos posteriores: Existen hechos o transacciones que es necesario sean revelados en los estados financieros que ocurren con posterioridad a la fecha de terminación de la auditoria, los cuales se pueden dar en dos tiempos: -De la fecha del dictamen a la fecha en cuanto se entregue a la entidad -De la fecha del dictamen a la fecha en que, debido a propósitos diversos, se solicite al contador emitir nuevamente su opinión En el caso del ejemplo del ejercicio el auditor conoció de hechos que ocurrieron después de haber concluido su trabajo, pero antes de entregar su dictamen estos hechos tendrán un efecto sobre él, es por esto que se deben de seguir cualquier de estas dos alternativas: Utilizar dos o más fechas, dejando la fecha original de terminación de la auditoria y mencionando enseguida la nueva fecha, referida exclusivamente al hecho posterior relevado en una nota a los estados financieros, en este caso el auditor se responsabiliza únicamente por los hechos ocurridos hasta la fecha de terminación de la auditoría, excepto por el hecho posterior Cambiar la fecha de dictamen a la del hecho posterior, en cuyo caso el auditor se responsabiliza por todos los hechos ocurridos hasta la nueva fecha. En el caso de nuestro ejercicio el hecho de que el auditor se percatara un evento relevante que modifica de manera considerable la provisión para contingencias que la administración había dejado registrada al cierre de año, el hecho de ser relevante lo amerita como un asunto importante, entonces es recomendable ,que el auditor lleve a cabo una revelación completa del hecho en un párrafo en su dictamen, haciendo referencia a la nota en sus estados financieros en donde se proporcionen mayores detalles. 2. El auditor concluyó su trabajo de auditoría y procedió a la entrega de la carpeta del dictamen la cual ya ha sido autorizada por los accionistas; sin embargo, se entera de un hecho posterior que afectaba el período auditado y que de haber sido registrado afectaría

de manera relevante la utilidad del período. ¿Cuál es la alternativa que debe seguir el auditor? Basados en el libro de modelos de dictámenes, después de haberse emitido cualquier dictamen el auditor conoce de hechos o situaciones que existían a esa fecha y que de haber sido conocidos por el hubieran afectado su dictamen, deberá solicitar a la entidad que notifique los hechos descubiertos a las personas que se saben estén utilizando o hayan utilizado los estados financieros y el dictamen relativo, para que suspendan su uso y esperen a que los estados financieros y el dictamen revisados puedan ser nuevamente emitidos. En este caso el auditor deberá referirse a su examen anterior y explicar los hechos descubiertos que originaron los cambios. En este caso también será necesario utilizar una doble fecha en el dictamen (la fecha original de emisión del primer dictamen y la nueva fecha referida exclusivamente a los hechos posteriores que motivan una modificación en el dictamen). En estos casos, el auditor se está responsabilizando únicamente por tales hechos ocurridos desde la fecha original a la fecha original a la fecha del dictamen que se está emitiendo nuevamente.