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Trabajo Colaborativo- Legislación Comercial y Tributaria Caso 5 Concluir y contrastar  

 

Presentado Por            Maura Alejandra Bonces Chacon -Código 1.101.756.418

 

  Presentado a Renzo Alfredo Florez    

  Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Escuela de ciencias administrativas, contables, económicas y de negocios  ECACEN 2020  

Introducción En este documento encontraran la investigación, búsqueda informacion realizada sobre la publicidad engañosa, se identificaran las normas, leyes y decretos incumplidos descritos en las normas Colombianas, cada uno de estos con el fin de poder identificar los efectos del incumplimiento de la legislación comercial y tributaria. Con esto realizar un análisis de cada una de las normas y los efectos del incumplimiento de la legislación comercial y tributaria para cada caso. Se relacionaron los artículos correspondientes.

Desarrollo de la actividad

Actividad individual 1. Seleccionar un caso y manifestarlo en el foro Publicidad engañosa

2. Investigar más sobre el caso seleccionado.

Según la ley 1482 de 2011 la publicidad es toda forma y contenido de comunicación que tenga como finalidad influir en las decisiones de consumo. Esto pasa con el tiempo de entrega o los términos y condiciones. Salud noviembre 24 de 2018. El comercio en línea está lleno de promesas que no se cumplen. La publicidad engañosa se refiere a la forma en la que se realiza una campaña publicitaria en la que se da informacion que no es conforme a la realidad sino que por lo contrario utiliza informacion para llamar la atención de los consumidores, aumentar sus ventas de manera desleal. En Colombia en el estatuto de protección al consumidor en su decreto 3466 de 1982 para su Artículo 14 describe así: “Marcas, Leyendas Y Propagandas. Toda información que se dé al consumidor acerca de los componentes y propiedades de los bienes y servicios que se ofrezcan al público deberá ser veraz y suficiente. Están prohibidas, por lo tanto, las marcas, las leyendas y la propaganda comercial que no correspondan a la realidad, así como las que induzcan o puedan inducir a error respecto de la naturaleza, el origen, el modo de fabricación, los componentes, los usos, el volumen, peso o medida, los precios, la forma de empleo, las características, las propiedades, la calidad, la idoneidad o la cantidad de los bienes o servicios ofrecidos”. Esto quiere decir que todo distribuidor, vendedor o comercializador de un bien o servicio debe informar de forma clara a los consumidores informacion real de los productos, sus componentes y efectividad; además de las condiciones de uso y toda aquella informacion que es de obligatorio conocimiento para los consumidores. Es importante aclarar que por muchos años y debido a las alzas en demandas y quejas de los usuarios por incumplimiento de informacion suministrada por las empresas o productos en el año 2012 se creó la ley 1480 quien en su Art 5 numeral 13 establece que toda aquella informacion o mensaje que no

corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión. Aclara también en su art 30  Prohibiciones y responsabilidad. Está prohibida la publicidad engañosa “El anunciante será responsable de los perjuicios que cause la publicidad engañosa. El medio de comunicación será responsable solidariamente solo si se comprueba dolo o culpa grave” en el art 33 aclara sobre las promociones y ofertas que realicen los comerciantes o quien actué como tal. Algunas formas de engaño son:    

Rebajas o descuentos por fechas que no son reales. No suministrar toda la informacion de costos adicionales o condiciones y restricciones. Fotos de productos que al ser comprados no es lo que ofrecieron. Productos milagro.

3. Identificar las normas incumplidas: Si las características de algún bien o servicio como: composición, resultados del producto, características y derechos del anunciante, disponibilidad, restricciones, condiciones de ofertas, fechas, precios comparativos, efectividad, cantidad de productos o son los anunciados se considera que se incumple y por lo tanto es publicidad engañosa.

4. Hacer una observación a uno de sus compañeros 5. Autoevaluación

  V. Referencias y citas de las fuentes de información consultadas. https://competenciayley.com/los-productos-milagro-un-ejemplo-deinformacion-y-publicidad-enganosa/

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