Carcova Resumen Notas acerca de la teoria critica del Derecho

CARCOVA RESUMEN Notas acerca de la teoria critica del Derecho Dentro de las Teorias post-positivistas Luego del modelo s

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CARCOVA RESUMEN Notas acerca de la teoria critica del Derecho Dentro de las Teorias post-positivistas Luego del modelo superador del positivismo la disputa del iusnaturalismo – iuspositivismo se supero, propone un nuevo paradigma(teoria operante en torno a la cual gira todo el conocimiento en determinado tiempo), establece una unica teoria para todos los investigadores Paradigmas: iusnaturalista –> derecho natural Positivista la letra de la ley (sin margen de interpretacion para el juez) Ninguno ha funcionado alguno de los conceptos centrales (ej sancion) los toman del positivismo (por eso post-positivismo) Pero con una vision distinta al interpretar la teoria y los hechos. 1) Metodo de la teoria critica p/investigar la conducta humana: Comprensivismo metodologico: Ponerse en el lugar del otro Interpretacion de la ley en positivismo Seguridad juridica no existe K= Margen de posibilidades del juez p/ interpretar la norma, no hay lagunas ej:Homicidio de 8 a 25 años .Ni aun asi K puede garantizar la seguridad juridica , El positivismo que pretende ser una teoria practica, en la practica no lo es el tema de la validez, el derecho no es autosuficiente Teoria critica : Hay que darle al juez un marco de interpretacion mas alla de la letra de la ley, Derecho ciencia que interactua con otras y que se vale de otras Cs, (Juzgados incorporar asistentes sociales – psicologos como aux de derecho), Si hay lagunas no todas las soluciones pueden salir del del derecho, no es autosuficiente no basta solo con la teoria , valerse de otras cs pero no solo como prueba que estas traigan un papel relevante. Interpretacion judicial: El juez podria apartarse de la la letra de la ley para fallar sobre el caso concreto, si considera que esa ley no es justa podria fallar en sentido contrario, esto es distinto del positivismo , (subsunción es aplicación rigurosa de la norma) hay que ocuparse de los mas desprotegidos con esta idea surge la critica legal, le da un mayor poder al juez para fallar, la voluntad del legislador es relativa, sobretodo si es un texto tan antiguo. ¿Es posible objetividad en la ciencia? A veces ni en la cs naturales se puede 2) Interpretar la letra de la ley: analogia con una novela, lo que el autor quiso decir es interpretado por cada tipo que lo leo. .Voluntad del escritor .Lo que la letra dice

.Lo que el lector interpeta

Teoria critica lo mismo pasa con la norma juridica: .Voluntad del legislador Letra de la ley (con esto no alcanza porque la norma va dirigida a determinada sociedad a la gente. La teoria critica combate el iusnaturalismo como concepcion (valores absolutos) pero si ve una relacion con una etica situado (K) T critica no pretender ser universalista si no estar inmerso en la realidad social Interpretacion de la ley y validez y vigencia diferencias cruciales con el positivistmo (Estructura, norma sanción) T critica -> (relacion del dcho y la realidad ej no existia ley divorcio gay una ley no representa la realidad) Teoria critica (post positivismo) no solo señalar que esta mal, tiene un sentido más amplio 1) Consideran agotados al iusnaturalismo e iuspositivismo 2) Metodo -> comprensivismo – dialectico (marx) el investigador no es externo al derecho esta inmerso en el, el derecho esta afectado por otras cs no es una ciencia aislada de todo 3) No es el Sujeto lo que constituye la sociedad, si no la sociedad lo que constituye a los sujetos. Esta determina a los sujetos 4) Ideologia influye en el dcho y para eso va a entender que el discurso juridico al igual que el derecho se forma en la sociedad y por eso es una practica social (Dado por como nos relacionamos nosotros) Porque el dcho por un lado ordena pero ademas emancipa, dentro de si van a existir valores contradictorios ARG a partir del 75 – E. Mari: (Influenciado por Foucault) Neopositivismo e ideologia critica al pos critico. Moi Pierre Riviere (Caso estudiado por Foucault – asesino a toda la familia analizado desde el derecho) Pregunta – cual es la regla de produccion y de formacion del discurso que determina a un caso juridico especifico?

Estudia las influencias Mari -1) medicina (discurso medico psiquiatra) empieza a influir en el derecho por ejemplo declarar inimputabilidad. 2) política - intento de matar a un rey era un intento de Parricidio 3) administrativo - lo oprimian del alcalde 4)Sociologico 5) Judicial Respuesta esta influenciado por TODO esto el derecho NO es puro es una practica social influenciada por otras disciplinas Crisis a mitad del siglo pasado del positivismo, tiene que ver con: No podemos juzgar que es bueno y que es malo y eso sucedio Crisis de la ciencia en gral Crisis de la modernidad Dos grandes grupos de respuestas frente a la crisis de la modernidad la rev francesa , el iluminismo mas presente en libertad igualdad, dos grandes grupos de los post positivistas a)modernos b)pos modernos a) si bien reconocen la crisis de la modernidad los falsos problemas, hay que recuperar la tradicion, ver que no funciono y mejorarlo b) el modelo de la modernidad esta agotado hay que empezar de cero a)Son racionalistas -> reivindican el papel de la razon (unica y universal) conocidos como neocontractualistas b) irracionalistas -> mostrar como los modernos tratan de disfrazar como racional lo ideologico a) inspiracion de KANT predomina la razon b)siguen la logica de la filosofia (Freud Marx) Hay influencia del poder e ideologia hacia el dcho Dcho = a)practica social – b)discursiva a)Vinculado con la realidad y con la sociedad, b)el dcho se adapto a la realidad debe absorver los conflictos, No universal, se respetan las culturas de los demas contextos

la T critica -> Entre la ley el Dcho: Relacion entre el derecho y los conflictos sociales Tres partes: 1 Estado y derecho en las Sociedades Contemporaneas 2 Juego derecho y los movimientos sociales 3 Derecho Alternativo Formas que asume el E moderno E liberal: es el producto del pensamiento ilustrado producto de la rev burguesa forma juridica ideal para el para el liberalismo economico (E ausente) el mercado resuelve todo (a smith mano invisible) Conclusiones de este modo de entender el derecho Monismo juridico -> material juridico adopta en lo sucesivo la forma dominante de la ley. Monismo politico -> consolidacion del E nacion Racionalidad deductiva y lineal -> soluciones particulares deducidas de reglas generales ( norma valida porque viene de otra norma) Tiempo orientado hacia el futuro controlado -> derecho trata de controlar el futuro, anticipando cosas que puedan llegar a suceder, creencia del progreso de la historia. Modelo liberal entra en crisis por Rev industrial E de bienestar social -> interviene en la vida economica y social . Figura Keynes Dcho liberal -> abstencion por parte del E Dcho social -> prestacion estatales (escuelas hospitales) Modelo Dossier. Al monismo normativo corresponde oponer las decisiones particulares, deja lugar a lo concreto del juicio Monismo politico Dispersion de las autoridades encargadas de aplicar derecho Racionalidad inductiva Tiempo discontinuo, irrupciones juridicas, desechables despues del uso. E neoliberal -> vuelta al modelo liberal , el mercado regula todo nuevamente, competencia desigual, se funden las empresas nacionales como en nuestro país, explotacion laboral.

Equilibrio regulacion y emancipacion Regulacion constituida por: Estado mercado y comunidad Emancipacion constituida por: racionalidad moral practica- racionalidad cognoscitiva de la ciencia y tecnicas modernas y la racionalidad estetico exprersiva de las artes y literatura El equilibrio nunca fue tal el capitalismo se pilar de la regulacion se fortalecio a costa de la emancipacion. Nuevos movimientos sociales: Surgen a partir de los 60 unión de los estudiantes mas los obreros, hartos de la opresion de la vida cotidiana Rasgos definitorios de los nuevos movimientos sociales: 1) Orientacion emancipatoria -> vocacion cambiar la realidad 2) Caracter antiestatalista o pro soc civil -> no querian asumir el poder estatal querian desarrollar formas de contra-poder 3) Orientacion antimodernista -> no comparte la concepcion lineal de la historia que entiende el progreso como el desarrollo material y moral interminanable 4) Composicion social heterogenea 5) Objetivos y estrategias de accion muy diferenciados -> entiende n que la crisis que afecta a la humanidad no pueden resolverse transformando un solo sector 6) Red de redes -> se aleja de las formalidades jurídicas 7) Politizacion de la vida cotidiana -> rechazan dicotomia publico/privado. 8) Metodos de accion colectiva no convencionales -> nueva cultura de la accion politica la estatizacion de la protesta.

Derecho alternativo: distintos sentidos 1era manifestacion derecho critico alternativo en los 70 1 Interpretacion alternativa ej: condeno a un flaco a la carcel por 15 dias por fumarse un porro (se lo van a violar y contagiarle sida lo condeno de por vida) ver todos los aspectos 2 Positivismo de combate: transformador ( no cambiar leyes si no hacerlas cumplir) ejemplo carceles dignas, derechos que conquistamos luchando hacerlos cumplir Pluralismo juridico: en un mismo espacio geopolitico existen dos derechos ejemplo una villa dcho argentino y dcho wachiturro

Ferrasoli – garantismo NEO CONSTITUCIONALISMO -- tomarse en serio la constitucion . Teoria juridica -> validez posible si solo me importa el proceso procedimental, a veces existen normas contenido no valido y a veces hay normas invalidas que deberian existir ej ley matar a todos los pibes negros puede ser valida con contenido invalido Valida por solo existir pero es antimoral primer vicio, ANTINOMIA 1er vicio 2do vicio LAGUNA hay laguna cuando no esta vigente norma valida Derecho civiles estado hace algo que no deberia hacer Derechos sociales estado no hace algo que deberia haber hecho Democracia formal - quien decide?, como decide? Al agregar aspectos sustanciales decido tambien que decide y quien decide. Hay cosas que no puede decidir ej cerrar hospitales publicos Ciencia juridica modelo garantista ciencia debe ser critica y proyectiva.