Calculo de Las Vacaciones PDF

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CASOS PRÁCTICOS

CONTENIDO Informe Especial B1 Cálculo de las vacaciones: aplicación práctica

CASOS PRÁCTICOS Cálculo de las vacaciones: aplicación práctica El descanso vacacional es uno de los derechos laborales más importantes, se encuentra regulado por el D. Leg. Nº 713 (08.11.91) y el D.S. Nº 012-92-TR (03.12.92). A continuación desarrollamos casos prácticos sobre este derecho en sus distintas variantes: descanso vacacional, vacaciones truncas, remuneración mensual, remuneración semanal, remuneración variable, etc.

I. Trabajadores de remuneración mensual 1. Trabajadores que hayan laborado todo el período computable

2. Vacaciones truncas a. Datos • Fecha de ingreso • Fecha de cese • Vacaciones truncas por liquidar

b. Remuneración computable la vigente al momento del cese • Básico : S/. 1,242.50 • Asignación familiar : 67.50 : 500.00 • Gratificación extraordinaria (*) • Alimentación principal : 350.00 ––––––––





En el presente caso calcularemos la remuneración vacacional de un trabajador que ha laborado un año en el centro de trabajo y ha obtenido el derecho a vacaciones. a. Datos • Fecha de ingreso • Período del descanso vacacional (Del 01.04.2011 al 30.04.2011) • Fecha de pago de la remuneración vacacional



S/. 1,660.00

(*) Según el inciso a) del artículo 19° del D.S. N° 001-97-TR (01.03.97) éste concepto no es remunerativo, por tanto no se debe incluir en el cálculo de la remuneración vacacional.

c. Cálculo de vacaciones truncas : 01.06.2003 : 30 días : 31.03.2011

b. Remuneración mensual computable (la que hubiera percibido en el mes de abril de 2011) • Básico : S/. 1,500.00 • Asignación familiar : 60.00 • Alimentación principal : 455.00 –––––––– Total : S/. 2,015.00 c. Remuneración vacacional La remuneración vacacional en este caso será igual a una remuneración mensual. Por lo tanto, la remuneración vacacional será S/. 2,015.00.

Informativo Caballero Bustamante

: 01.05.2007 : 12.08.2011 : 3 meses y 12 días

• Por los 3 meses Remuneración N° de meses Remuneración mensual del año vacacional por mes ––––––––––––––– –––––––––––––– –––––––––––––––––––– S/. 1,660.00 ÷ 12 = S/. 138.33 Remuneración vacacional por mes ––––––––––––––––––––



S/. 138.33

x

N° de meses a liquidar –––––––––––––

3

=

Total ––––––––––––

S/. 415.00

• Por los 12 días Remuneración N° de meses Remuneración mensual del año vacacional por mes ––––––––––––––– ––––––––––––– –––––––––––––––––––– S/. 1,660.00 ÷ 12 = S/. 138.33 2da. quincena, MAYO 2012 REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

B1

INFORMATIVO CASUÍSTICA Remuneración N° de días Remuneración vacacional por mes del mes vacacional por día –––––––––––––––––––– –––––––––––– –––––––––––––––––––– S/. 138.33 ÷ 30 = S/. 4.61 Remuneración vacacional por día –––––––––––––––––––– S/. 4.61 x

N° de días a liquidar Total –––––––––––– ––––––––––––– 12 = S/. 55.32

Resumen: – Vacaciones truncas por los 3 meses : – Vacaciones truncas por los 12 días : Total :

S/. 415.00 55.32 ––––––– S/. 470.32

3. Trabajador que no goza del descanso vacacional En el presente caso un trabajador en calidad de empleado ha cumplido con el récord vacacional correspondiente pero no ha gozado del descanso vacacional respectivo dentro del año siguiente de haber cumplido el mencionado récord, por lo que le corresponderá recibir una indemnización por concepto de vacaciones no gozadas. a. Datos • Fecha de ingreso : • Período vacacional computable : Del 15.10.2005 al 14.10.2006 • Período en que debió gozar del descanso vacacional : • Fecha de pago : • Remuneración computable :



Por el período vacacional – Remuneración mensual



Por los 15 días laborados – Remun. mensual = 2,939.00 ÷ 2 : 1,469.50 ––––––––– Total: S/. 4,408.50

: S/. 2,939.00

II. Trabajadores de remuneración semanal

1. Vacaciones completas

a. Datos • Período del récord vacacional (Del 01.01.2011 al 31.12.2011) • Descanso vacacional (Del 01.05.2012 al 30.05.2012) • Fecha de pago de la remuneración vacacional

4. Reducción de vacaciones Mediante un acuerdo con su empleador, un trabajador ha reducido su descanso vacacional de 30 a 15 días. : 27.07.94 : 1 año : 30 días

REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

c. Remuneración total a percibir en setiembre

Del 15.10.2006 al 14.10.2007 setiembre 2011 setiembre 2011 (*)

c. Cálculo de la remuneración total de setiembre de 2011 • 1 Remuneración mensual por las vacaciones ganadas : S/. 3,218.00 • 1 Remuneración mensual por el trabajo realizado : 3,218.00 • 1 Remuneración mensual como indemnización por vacaciones no gozadas : 3,218.00 ––––––––– Total : S/. 9,654.00

2da. quincena, MAYO 2012

b. Remuneración mensual de setiembre de 2011 • Básico : S/. 2,850.00 • Incrementos por AFP – 10,23% : 65.00 – 3% : 24.00 ––––––––– Total : S/. 2,939.00

Un trabajador en calidad de obrero (cuyo pago es semanal) que ha cumplido con el récord vacacional en el mes de diciembre de 2010, ha decidido salir de vacaciones en el mes de mayo de 2011.

b. Remuneración mensual de setiembre 2011 • Básico : S/. 2,800.00 • Asignación familiar : 67.50 • Bonificación por turno : 350.50 –––––––– Total : S/. 3,218.00

B2

: 15 días (laborados)

15.10.2005 1 año

(*) Se utiliza la remuneración vigente a la fecha de pago, según lo señalado en el artículo 23° del Decreto Legislativo N° 713 (08.11.91).

a. Datos • Fecha de ingreso • Período vacacional computable (Del 27.07.2010 al 26.07.2011) • Descanso vacacional (Del 01.09.2011 al 30.09.2011)

• Reducción vacacional (Del 01.09.2011 al 15.09.2011)

: 1 año : 30 días : abril 2012

b. Jornal diario del mes de abril 2011 • Básico : S/. 92.00 –––––– Total : S/. 92.00 c. Cálculo de la remuneración vacacional Jornal diario N° de jornales computables Total ––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––– S/. 92.00 x 30 = S/. 2,760.00

2. Vacaciones truncas Un trabajador en calidad de obrero al cual se le ha remunerado semanalmente ha cesado en su centro de trabajo antes de completar el récord vacacional correspondiente. a. Datos • Fecha de ingreso • Fecha de cese • Período laborado (Del 06.06.2011 al 31.03.2012)

: 06.06.2011 : 31.03.2012 : 9 meses, 25 días

b. Jornal diario al momento del cese • Básico : S/. 50.00 • Asignación familiar : 2.25 • Alimentación principal : 8.00 –––––– Total : S/. 60.25

Informativo Caballero Bustamante

CASOS PRÁCTICOS d. Cálculo de la remuneración total de agosto de 2011

c. Cálculo de las vacaciones truncas

• 1 remuneración mensual por las vacaciones ganadas : S/. • 1 remuneración mensual por el trabajo realizado : • 1 remuneración mensual como indemnización por vacaciones no gozadas : Total : S/.

• Por los 9 meses

Jornal N° de jornales Remuneración diario computables computable ––––––––– ––––––––––––––– ––––––––––––––– S/. 60.25 x 30 = S/. 1,807.50

Remuneración N° de meses Remuneración computable al año vacacional por mes ––––––––––––––– ––––––––––––– –––––––––––––––––––– S/. 1,807.50 ÷ 12 = S/. 150.63 Remuneración Nº de meses vacacional por mes a liquidar –––––––––––––––––––– –––––––––––– S/. 150.63 x 9 =

Total –––––––––––– S/. 1,355.67

• Por los 25 días Remuneración N° de meses Remuneración computable al año vacacional por mes ––––––––––––––– –––––––––––––– –––––––––––––––––––– S/. 1,807.50 ÷ 12 = S/. 150.63 Remuneración Nº de días Remuneración vacacional por mes del mes vacacional por día ––––––––––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––––––––––– S/. 150.63 ÷ 30 = S/. 5.02

Remuneración Nº de días vacacional por día a liquidar ––––––––––––––––––– ––––––––––– S/. 5.02 x 25 =

Resumen: – Vacaciones truncas por los 9 meses : – Vacaciones truncas por los 25 días : Total :

Total –––––––––– S/. 125.50 S/. 1,355.67 125.50 ––––––––– S/. 1,481.17

3. Trabajador que no goza del descanso vacacional En el presente caso un trabajador en calidad de obrero no ha gozado de su descanso vacacional en el período correspondiente. a. Datos • Fecha de ingreso : • Período vacacional computable : (Del 25.08.2005 al 24.08.2006 • Período en que debió gozar del descanso vacacional : • Fecha de pago : • Remuneración computable :

25.08.2005 1 año Del 25.08.2006 al 24.08.2007 agosto 2011 agosto 2011

b. Jornal diario de agosto 2011 • Básico : S/. 65.50 • Asignación familiar : 2.25 —–— Total : S/. 67.75 c. Cálculo de la remuneración mensual computable Jornal diario N° de jornales computables Total ––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––– S/. 67.75 x 30 = S/. 2,032.50

Informativo Caballero Bustamante

2,032.50 2,032.50 2,032.50 ———— 6,097.50

4. Reducción del período vacacional Mediante un acuerdo con su empleador, un trabajador en calidad de obrero reduce su descanso vacacional de 30 a 15 días, laborando los otros 15 días. a. Datos • Período del récord vacacional (Del 09.10.2009 al 08.10.2010) • Fecha del descanso vacacional (Del 01.09.2011 al 30.09.2011) • Reducción vacacional (Del 01.09.2011 al 15.09.2011)

: 1 año : 30 días : 15 días

b. Jornal diario del mes de setiembre 2011 (jornal que hubiera percibido el trabajador en el mes) • Básico : S/. 85.00 • Asignación familiar : 2.25 • Movilidad (libre disposición) : 15.00 • Prestación alimentaria : 8.00 (suministro indirecto) (*) ––––––– Total : S/. 102.25 (*) De acuerdo con el artículo 3° de la Ley N° 28051 (02.08.2003), este concepto constituye remuneración no computable y por lo tanto no se tendrá en cuenta para la determinación de derechos o beneficios de naturaleza laboral, sea de origen legal o convencional.

c. Remuneración total a percibir en el mes de setiembre de 2011

Por el período vacacional de un año – 30 jornales diarios S/. 102.25 x 30



Por los 15 días laborados – 15 jornales diarios S/. 102.25 x 15 : S/. 1,533.75 ––––––––– Total : S/. 4,601.25

: S/. 3,067.50

III. Trabajadores con remuneración variable

1. Trabajadores comisionistas En el presente caso calcularemos el importe que le corresponde percibir a un trabajador comisionista por remuneración vacacional que cumplió con el correspondiente récord. a. Datos • Período vacacional computable (Del 02.07.2010 al 01.07.2011) • Descanso vacacional (Del 01.06.2012 al 30.06.2012) • Fecha de pago de las vacaciones

: 1 año : 30 días : 31.05.2012

2da. quincena, MAYO 2012 REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

B3

INFORMATIVO CASUÍSTICA b. Remuneración computable para el pago de vacaciones • Promedio de comisiones del último semestre – Dic. 2011 : S/. 675.00 – Ene. 2012 : 640.00 – Feb. 2012 : 745.00 – Mar. 2012 : 830.00 – Abr. 2012 : 815.00 – May. 2012 : 755.00 —––—— S/. 4,460.00 ÷ 6 = S/. 743.33 –——— Total remuneración computable: S/. 743.33

2. Trabajadores destajeros Un trabajador que realiza labor a destajo ha cumplido con el respectivo récord vacacional dentro del año de servicios. A continuación calcularemos la remuneración vacacional que corresponda al trabajador. a. Datos • Fecha de ingreso • Período vacacional computable (Del 20.12.2009 al 19.12.2010) • Descanso vacacional (Del 01.09.2011 al 30.09.2011) • Fecha de pago de las vacaciones

: 20.12.2007 : 1 año : 30 días : 31.08.2011

b. Remuneración computable para el pago de las vacaciones Remuneración promedio diario de la semana: – Del 09.05.2011 al 15.05.2011 : S/. – Del 16.05.2011 al 22.05.2011 : S/. – Del 13.06.2011 al 19.06.2011 : S/. – Del 20.06.2011 al 26.06.2011 : S/. S/. Promedio diario de remuneración a destajo : S/.

48.50 38.50 55.00 60.00 ——— 202.00 ÷ 4 ——— 50.50

Remuneración vacacional – Promedio destajo : S/. 50.50 —–— Total S/. 50.50 x Número de jornales computables : 30 –––—–— Remuneración vacacional : S/. 1,515.00 IV. Regímenes especiales

1. Trabajadores del hogar Una trabajadora del hogar ha cumplido con el récord correspondiente para el goce de su descanso vacacional. a. Datos • Fecha de ingreso • Período vacacional computable (Del 24.10.2009 al 23.10.2010) • Descanso vacacional (Del 01.09.2011 al 15.09.2011) • Fecha de pago de las vacaciones

: 24.10.2006 : 1 año : 15 días : 31.08.2011

b. Remuneración computable para el pago de las vacaciones • Remuneración mensual : S/. 640.00 • Alimentación principal : 160.00 • Asignación familiar : 67.50 ——— Total : S/. 867.50

B4

2da. quincena, MAYO 2012 REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

Remuneración vacacional – Remuneración mensual : S/. 867.50 ÷ 2 —–––—— Total : S/. 433.75

2. Trabajadores intermitentes En el presente caso calcularemos lo que corresponde recibir como compensación vacacional a un trabajador que tiene un contrato intermitente de servicios, pues a este tipo de trabajadores no les corresponde gozar de descanso físico, debido a que sus servicios son prestados de manera discontinua en el tiempo. El trabajador ha laborado en lo que va del año 3 meses y 13 días hasta el momento del cese el 13.08.2011, con lo cual cumple el requisito de contar con un mes como mínimo para tener derecho a recibir una compensación vacacional. La compensación vacacional se calculará en función al tiempo efectivamente laborado. a. Datos – Fecha de ingreso – Fecha de cese – Tiempo efectivamente laborado

: 03.01.2011 : 13.08.2011 : 3 meses y 13 días

b. Jornal diario • Básico : Total :

S/. 42.00 –––––– S/. 42.00

c. Remuneración computable para el pago de la compensación vacacional

Jornal diario ––––––––– S/. 42.00 x

N° de jornales computables ––––––––––––––– 30 =

Remuneración computable ––––––––––––––– S/. 1,260.00

d. Cálculo de la compensación vacacional • Por los 3 meses Remuneración computable ––––––––––––––– S/. 1,260.00 ÷

N° de meses Rem. vacacional al año por mes ––––––––––––– ––––––––––––––––– 12 = S/. 105.00

Rem. vacacional por mes –––––––––––––––– S/. 105.00 x

Nº de meses a liquidar ––––––––––––– 3 =

Total –––––––––––– S/. 315.00

• Por los 13 días Rem. vacacional por mes –––––––––––––––– S/. 105.00 ÷

Nº de días Rem. vacacional del mes por día ––––––––––– –––––––––––––––– 30 = S/. 3.50

Rem. vacacional por día ––––––––––––––– S/. 3.50 x

Nº de días a liquidar –––––––––––– 13 =

Total –––––––––– S/. 45.50

d. Resumen – Vacaciones por los 3 meses : S/. 315.00 – Vacaciones por los 13 días : 45.50 ––––––– Total : S/. 360.50

Informativo Caballero Bustamante