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ARL SURA El día 10 de agosto de 2001, el señor Juan José Rubio celebró un contrato laboral a término indefinido con un s

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ARL SURA El día 10 de agosto de 2001, el señor Juan José Rubio celebró un contrato laboral a término indefinido con un salario de $2.500.000 con la empresa bananera Bananitos S.A., la cual opera en la finca El Recuerdo, ubicada en el municipio de Carepa, Antioquia. Al momento de realizar la vinculación laboral, la empresa le practicó los exámenes físicos pertinentes para establecer su capacidad laboral para desempeñarse en las labores requeridas por la entidad. El ciudadano se encuentra afiliado a la EPS COOMEVA y a la ARL Sura. El día 4 de mayo de 2004 el señor Juan José sufrió un accidente de trabajo que le dejó una severa lesión en su rodilla derecha; señala que, a pesar de la práctica de dos intervenciones quirúrgicas, no se ha logrado recuperar de los efectos del percance sufrido, por lo cual se encuentra actualmente incapacitado para laborar. Según informa la EPS y la ARL, la pérdida de capacidad laboral a causa del accidente de trabajo fue de un 67%, es decir su invalidez es de este porcentaje y, por ende, tiene derecho a la prestación económica de pensión de invalidez.

Con base en lo anterior responda las siguientes preguntas:

1. ¿A qué otras prestaciones económicas tuvo derecho el Señor Juan José a causa del accidente? Tiene derecho a las prestaciones asistenciales (servicios en salud, asistencia médica, quirúrgica, terapéutica, farmacéutica, entre otras) y prestaciones económicas derivadas del accidente de trabajo que tuvo, serán reconocidas y pagadas por la ARL a la cual se encuentre afiliado el señor juan José con su respectiva ARL que es Sura.

Según La ley 776 del 17 de diciembre de 2002: Artículo 10- Tiene derecho a una pensión de invalidez a. Cuando la invalidez sea superior al sesenta y seis por ciento (66%), tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del ingreso base de liquidación. Además si el señor Juan José, requiere el auxilio de otra u otras personas para realizar las funciones elementales de su vida, el monto de la pensión del señor José, se incrementara en un 15%.

b. Subsidio por incapacidad temporal: Se da cuando el trabajador se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar. Tiene derecho a un subsidio equivalente al 100% del salario base de cotización por cada día que esté incapacitado.  El derecho se adquiere desde el día siguiente a la ocurrencia del accidente de trabajo o diagnóstico de enfermedad laboral.

2. El monto de la pensión se debe liquidar de acuerdo a un porcentaje del Ingreso Base de Liquidación y al porcentaje de pérdida laboral. ¿A cuánto corresponde el dicho porcentaje del ingreso Base de Liquidación? (Para dar respuesta a esta pregunta se recomienda revisar las lecturas fundamentales de los escenarios 3 y 4). Pensión de invalidez Como la invalidez se originó por un accidente de origen laboral, la pensión de invalidez la paga la Arl a la que está afiliado el señor Juan José en este caso Sura. La base de liquidación es aquella sobre la cual se cotizó a seguridad social, es decir el salario del señor juan José era de $2.500.000 la pensión se liquidará sobre este valor. Como la invalidez del señor juan es superior al 66 % el tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al 75 % del ingreso base de liquidación, si requiere auxilio de terceros esta se incrementa en un quince por ciento (15%). Inicial. 2.500.000 x 75% = 1.875.000

La pensión de invalidez, se reconocerá y pagará en forma retroactiva, desde la fecha en que ocurrió el accidente en este caso, el día 4 de mayo de 2004.

2. ¿Qué procedimiento debió llevar a cabo la empresa Bananitos S.A. ante la ocurrencia de dicho accidente de trabajo?

1. Se debe informar de manera inmediata al jefe o supervisor directo acerca del accidente de trabajo. 2. Luego se informa al área de talento humano de la compañía. 3. Se debe prestar los primeros auxilios, pero si es muy grave, no se puede movilizar al paciente en este caso el señor juan José, solamente se moviliza hasta que llegue la ambulancia. 4. Mientras tanto el área de talento humano, se comunica con la ARL Sura para que nos informe a que hospital cercano poderlo llevar o a la IPS más cercana que la Aseguradora de Riesgos Laborales ARL (Sura) informe para recibir la atención y tratamiento médico. 5. El empleador, tendrá que realizar el reporte del accidente, poniendo en conocimiento a la

Aseguradora de Riesgos Laborales (Sura) , para este informe el empleador cuenta con 2 días hábiles y lo puede hacer por la página de internet de Sura.( www.arlsura.com).

En la página le preguntaran fecha del accidente, hora, el tiempo que laboro don Juan José antes del accidente, zona donde ocurrió el accidente de trabajo, parte del cuerpo y lesión causada por el accidente, se verificara que estén bien los datos de trabajador y por último se hará la confirmación del reporte y autorización, esto para que la Eps Coomeva acceda a la información solo en caso de que lo solicite de esta manera el reporte de accidente de trabajo quedara completamente registrado. Si no se realizara el reporte de este accidente: La sanción empleador que no realice el informe del accidente en el plazo establecido puede llegar hasta los 200 SLMMV.

6. Al señor Juan José se le dará toda la asistencia que necesite como los servicios en salud, asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica o en su defecto el tratamiento de rehabilitación y recuperación que requiera y se le da la incapacidad dependiendo el caso, esto lo pagara la ARL en este caso Sura que es la Aseguradora de Riesgos laborales a la cual el señor esta afiliado. 7. En la empresa, existe un grupo de apoyo llamado Copasst, (Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo) ellos entraran en el análisis del riesgo y verificaran porque se incurrió en el accidente y realizaran un plan de mejora para que no se presente nuevamente estos accidentes.

https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-16603636

https://actualicese.com/reliquidacion-de-pension-de-invalidez/

escenario 4 – guía .