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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento, que celebran de una parte, la Sra. _________________________________, identificado con DNI. Nº _________, domiciliada en la Asociación José Luis Bustamante y Rivero, Sector VIII ______________ Cerro Colorado, en calidad de PROPIETARIO del inmueble materia de alquiler, a quien en adelante se denominara “EL ARRENDADOR”; y, de la otra parte, el Sr. YONNE AMILCAR HUAHUIZO VIZA, identificado con DNI N. º 42450005, domiciliado en la Asociación José Luis Bustamante y Rivero, Sector VII, Mza. 4-A Lte. 6, Cerro Colorado, a quien en adelante se denominará “EL ARRENDATARIO”; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO.- Es materia de este contrato el arrendamiento de un local ubicado en el Asociación José Luis Bustamante y Rivero, Sector VIII _____________ Cerro Colorado, Arequipa, conformado por un ambiente: con piso de cemento, las paredes tartajeadas pintada de color blanco, techo de concreto, puerta principal enrollable, cuenta con instalaciones eléctricas y servicios de agua y desagüe, domicilio legal de EL ARRENDADOR para todos los efectos de este contrato. SEGUNDO.- EL ARRENDATARIO no podrá realizar otros cambios ni modificaciones en el bien, las mejoras útiles, con asentimiento ESCRITO del ARRENDADOR y de ejecutarse algún cambio no habrá lugar a ningún pago y/o desembolso a EL ARRENDATARIO, por ningún concepto ni mejoras sin su consentimiento. TERCERO.- El ARRENDATARIO pagará la merced conductiva de manera mensual la suma de S/ 300.00 (trecientos 00/100 nuevos soles), con una gracia de los 2 primeros meses a S/ 250.00 00/100 nuevos soles; previa conformidad del ARRENDADOR. CUARTO.- La duración del presente contrato es de 12 meses, siendo posible que EL ARRENDATARIO comunique su decisión de rescindir el contrato, previa comunicación con treinta (30) días de anticipación a EL ARRENDADOR. QUINTO.- EL ARRENDATARIO dedicará el local para los fines que estime conveniente sin perjuicio imputable a EL ARRENDADOR, de conformidad a sus fines y objetivos particulares. EL ARRENDATARIO no podrá subarrendar, ceder ni traspasar total o parcialmente a terceros el inmueble materia del presente contrato. SÉXTO.- Serán de cuenta de EL ARRENDATARIO los pagos de servicio de agua, electricidad, y que por su naturaleza sean de cuenta del ARRENDATARIO. SEPTIMO.- EL ARRENDATARIO recibe el inmueble y sus instalaciones en buen estado de conservación, y se obliga a devolver el INMUEBLE al término del presente contrato en las mismas condiciones en que los recibe, sin más deterioro que el proveniente de su uso ordinario. OCTAVO.- En caso que el ARRENDATARIO desocupase el local en cualquier momento antes de la fecha de vencimiento, deberá hacerlo previa comunicación con 30 (treinta) días de anticipación. NOVENO.- El incumplimiento de cualquiera de los términos del presente contrato dará lugar a su resolución automática encontrándose al momento de la entrega del inmueble a entera conformidad. DECIMO.- Si EL ARRENDATARIO al término del contrato, no desocupase el inmueble, se verá obligado a pagar el doble del valor de la merced conductiva diaria por cada día de ocupación de dicho local. DECIMO PRIMERO.- Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato será resuelta de común acuerdo entre las partes. En caso de persistir

la controversia, el presente contrato se regula por el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles En señal de conformidad con todas las cláusulas de este contrato, ambas partes contratantes firman de común acuerdo el presente documento, en la ciudad de Arequipa a los 31 días del mes de Mayo de 2017.

_______________________________ EL ARRENDADOR

__________________________ ARRENDATARIO